Ayudas para Empresas

7.11.2024

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Del Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Aprobado en el Consejo de Ministros del 5 de noviembre de 2024 (consulte el RDL aquí)


  • Ayudas directas a las pymes y autónomos de las zonas más gravemente afectadas por la DANA, por valor de 838 millones de € (más información aquí)

- Ayudas desde los 10.000€ para las de menos de 1 millón de facturación, que se pueden incrementar hasta 150.000€ para las de más de 10 millones de facturación.


  • Beneficios fiscales (más información aquí y aquí)

- Los afectados no tendrán que pagar el IBI correspondiente al ejercicio 2024.

- Se aplicará una reducción al IAE correspondiente al ejercicio 2024.

- El 5 de noviembre se produjo el vencimiento del plazo para el ingreso del segundo pago del IRPF. El RDL aplaza el pago hasta 2025 para los afectados por la DANA. Afecta a 200.000 contribuyentes.

- Se flexibilizan los plazos para el pago de tributos, tanto en período voluntario como ejecutivo, así como para presentar declaraciones catastrales.

- Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias realizadas en la zona afectada.


  • Medidas en materia de Seguridad Social (más información aquí)

- Las empresas podrán solicitar exenciones a la cotización a la Seguridad Social de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas o reducidas como consecuencia de la DANA.

- Faculta a empresas y autónomos a solicitar el aplazamiento o moratoria en el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social.

- Se amplían los plazos para el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social e ingreso de las cuotas devengadas antes de la catástrofe natural y se suspenden los procedimientos de recaudación.


  • Suspensión del pago de créditos con y sin garantía hipotecaria a los afectados por la DANA (más información aquí).

  • Medidas de agilización judicial y del ámbito notarial y registral. Se establecen diversos mecanismos para habilitar a notarios con la finalidad de ampliar la capacidad disponible. Los registradores emitirán forma gratuita notas de localización de patrimonio inmobiliario u otros bienes cuando los titulares hayan perdido su documentación. Las Oficinas de los Registros Civiles utilizarán medios telemáticos para la tramitación y comunicación con los ciudadanos mientras persistan los efectos de la DANA.

  • Se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos y procesales.

  • Se aprueba una línea de avales por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a hogares, empresas y autónomos. Se podrán conceder avales por importe máximo de 5.000 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2025 (más información aquí).

Del Acuerdo por el que se declara "Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio damnificado como consecuencia de la DANA durante los días 28, 29 y 30 de octubre de 2024 (consulte el acuerdo aquí)


  • Se recogen ayudas destinadas a paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios y a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, en las cuantías y en las condiciones previstas en el Real Decreto 307/20005, de 18 de marzo (cuantías del régimen ordinario) (más información aquí).


Ayudas adicionales desplegadas desde los ministerios


  • Ministerio de Trabajo y Economía Social (más información aquí)

- Las empresas ya pueden acogerse a los ERTE de Fuerza Mayor introducidos en la reforma laboral que cuentan ahora con una bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social.


  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

- Las empresas que soliciten el ERTE podrán acogerse a la exención del 100% de las cotizaciones, tanto para ellas como para sus trabajadores.