Ayudas para Hogares

29.11.2024

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Ayudas directas.

Son transferencias directas del Gobierno a los ciudadanos que han sufrido las consecuencias de la DANA, y que no hay que devolver. Se solicitan aquí.

  • Por fallecimiento e incapacidad: hasta 72.000 euros.
  • Por daños en vivienda habitual o arrendada y en enseres de los propietarios y de los inquilinos.

- Por destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.

- Por daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.

- Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda: hasta 20.640 euros.

- Por daños en elementos comunes de una comunidad de vecinos: hasta 36.896 euros.

- En el caso de los enseres, incluye muebles, electrodomésticos y todo lo que hace habitable la vivienda: hasta 10.320 euros.

  • En el caso de estos 78 municipios, se podrá anticipar el 50% de las ayudas de aquellos afectados que lo soliciten, para evitar el tiempo de espera durante la tramitación del expediente.

Indemnizaciones por vehículos y otros bienes asegurados.

Son compensaciones directas por la pérdida de bienes a causa de la DANA. Se solicitan aquí.

Ayudas directas para la compra de vehículos.

Son subvenciones para la sustitución de vehículos siniestrados como consecuencia de la DANA. Las cantidades de subvención varían según la etiqueta del vehículo, su categoría y su condición. Más información aquí.

Medidas para estudiantes.

  • Ayudas directas para estudiantes universitarios afectados por la DANA de 600 euros por estudiante, destinadas a reposición de material de estudio. Se solicitan aquí.
  • Exención del pago de tasas por la expedición de duplicados de títulos universitarios oficiales.
  • Ayudas directas para estudiantes de enseñanzas artísticas superiores afectados por la DANA de 600 euros por estudiante, destinadas a reposición de libros de texto y material escolar o de estudio. Se puede solicitar aquí.

Beneficios fiscales.

Durante un tiempo, no habrá que pagar determinados impuestos y tasas, y se pospondrá el pago de otros.

  • Los afectados no tendrán que pagar el IBI correspondiente al ejercicio 2024. Los ayuntamientos aplicarán esta medida
  • No pagarán tasas de Tráfico quienes tengan que tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir sus carnets de conducir perdidos o dañados. Se aplicará de forma automática.
  • No se pagará IRPF por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales. Se aplicará de forma automática.
  • Se aplaza hasta 2025 el segundo pago del IRPF para quienes vivan en municipios afectados por la DANA. Se ha aplicado de forma automática.

Mejora de las prestaciones.

  • Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y de pensiones no contributivas que vivan en municipios afectados verán incrementadas sus prestaciones en un 15% durante los próximos 3 meses. Se aplicará de forma automática. Más información aquí.
  • El Complemento de Ayuda Para la Infancia (CAPI) del IMV se ampliará en un 30% durante los próximos tres meses.

Mejora de las condiciones bancarias.

  • Suspensión temporal del pago de hipotecas y créditos. Durante un tiempo, los afectados por la DANA podrán posponer el pago de sus hipotecas y créditos. Se solicitará a través de las entidades bancarias. Conoce los detalles aquí.
  • Se extiende el Código de Buenas Prácticas para que los hogares golpeados por la DANA puedan congelar sus hipotecas durante un plazo adicional, una vez pasados los 12 meses ya recogidos en el Real Decreto Ley del día 4 de noviembre.
  • Los hogares y empresas podrán beneficiarse de una línea de avales del ICO para acceder a préstamos en mejores condiciones hasta diciembre 2025. Esta línea facilita también el cobro de anticipos en base a las solicitudes de indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros. La línea, dotada con 5.000 millones de euros, ya ha sido activada y está disponible en las entidades bancarias.

Garantía de suministros básicos y aplazamiento de facturas.

  • Se prohíben los cortes de energía eléctrica y gas a los hogares afectados por la DANA.
  • Se permite, sin coste para el consumidor, la modificación y suspensión temporal de los contratos de suministro y el aplazamiento de las facturas de electricidad y gas.
  • Los operadores de telecomunicaciones tendrán que compensar a sus clientes por los servicios que no han recibido durante la catástrofe.