PRESIDENCIA
HACIENDA
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DEFENSA
.CONDECORACIONES
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PRESIDENCIA
D. JOSÉ LUIS ALCAZO ALCAZO.
D. MIGUEL CRUZ CUENCA.
D. FLORENTINO HERGUEDAS CARRETERO.
D. MANUEL INDIANO AZAUSTRE.
D. JOSU LEONET AZKUNE.
D. JOSÉ MARTÍNEZ MORENO.
D. SANTIAGO OLEAGA ELEJABARRIETA.
D. JUSTO OREJA PEDRAZA.
D. FRANCISCO PÉREZ PÉREZ.
D. JOSÉ ÁNGEL SANTOS LARRAÑAGA.
REALES DECRETOS
PRESIDENCIA
REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de Catalogación de la Defensa.
REAL DECRETO sobre envases de productos fitosanitarios.
REAL DECRETO por el que se procede a la conversión a euros de las cuantías establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
JUSTICIA
REAL DECRETO por el que se establece la separación de Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en los partidos judiciales de Oviedo, León y Elche.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas.
REAL DECRETO por el que se aprueban los estatutos de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 728/1993, de 14 de mayo, por el que se establecen pensiones asistenciales por ancianidad en favor de los emigrantes españoles.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
ECONOMÍA
REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/1992, de 1 de junio, de recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras.
REAL DECRETO por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, referidas al 1 de enero de 2001.
REAL DECRETO por el que se modifican las zonas de reserva provisional a favor del Estado denominadas "La Monaguera", inscripción núm. 207, "La Monaguera II", inscripción núm. 380 y "La Remonta", inscripción núm. 272, comprendidas en las provincias de Badajoz, Huelva y Sevilla, por reducción de su superficie, prórroga de su período de vigencia y levantamiento del resto de las mismas.
ACUERDOS
PRESIDENCIA
ACUERDO por el que se autoriza la participación de unidades militares españolas en la Operación "Libertad Duradera" (Enduring Freedom).
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 6.676.023,82 euros a la República Bolivariana de Venezuela para financiar el suministro de equipamiento para el fortalecimiento de la educación técnica (lote 1), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 3.332.902,3 euros a la República Bolivariana de Venezuela para financiar el suministro de equipamiento para el fortalecimiento de la educación técnica (lote 2), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ASUNTOS EXTERIORES
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales, así como su aplicación provisional
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo marco de cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud (OMS).
ACUERDO por el que se toma conocimiento del Protocolo anejo al Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra de 13 de abril de 1999, para la ampliación del puente internacional sobre el río Runer.
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre la realización de controles móviles.
ACUERDO por el que se toma razón de la contratación del suministro y transporte de ayuda alimentaria de emergencia a Angola, por importe de 116 millones de pesetas.
ACUERDO por el que se toma razón de la contratación del suministro y transporte de ayuda alimentaria de emergencia a Cabo Verde, por importe de 50 millones de pesetas.
JUSTICIA
ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Juan María Olano Olano por delito de integración en la organización terrorista ETA.
ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Dolores López Resina por delitos de estragos terroristas, robo de vehículo con finalidad terrorista y falsificación de placa de matrícula con finalidad terrorista.
ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Carlos Íñigo Blasco por delito de integración en organización terrorista.
DEFENSA
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del memorando de entendimiento (MOU) de desarrollo, producción y apoyo inicial del Programa A400M.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del memorando de entendimiento (MOU) del Programa de fase única para el desarrollo, producción y apoyo logístico inicial del misil METEOR.
ACUERDO por el que se autoriza la ejecución del Programa "Refabricación de tres aviones AV-8B y su apoyo", y se aprueba el gasto que conlleva.
ACUERDO por el que se autoriza y aprueba un gasto de 83.632 millones de pesetas (502,64 millones de euros), de actualización de anualidades del Programa EF-2000.
HACIENDA
ACUERDO por el que se autoriza la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., el Ministerio de Hacienda, el Parque Móvil del Estado y el Instituto de Estudios Fiscales, para la prestación de servicios postales.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Economía a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar la concesión de incentivos a favor de General Electric Plastics, S.L. -Proyectos MU/800/PO2, MU/907/PO2 y MU/324/PO2-.
ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a ampliar la cifra de aportaciones del Programa de Actuación, Inversiones y Financiación de 2001, PAIF-2001.
INTERIOR
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Almería para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Cádiz para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Córdoba para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Granada para la realización y financiación de las obras necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Huelva para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Jaén para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Málaga para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Diputación Provincial de Sevilla para la realización y financiación de las obras e instalaciones necesarias para la mejora de la seguridad vial en la red de carreteras dependientes de la Diputación Provincial.
FOMENTO
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Córdoba-Málaga, tramo: Cártama-apeadero de los Remedios, canal margen izquierda del río Guadalhorce-Los Prados, término municipal de Cártama, longitud: 5 km", con un presupuesto estimado de 4.031.574.971 pesetas (24.230.253,57 euros), Málaga.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Variante de la CN-623, de Burgos a Santander, puntos kilométricos 0 al 5, tramo: Burgos-Villatoro, términos municipales de Burgos y Quintanilla-Vivar, longitud: 14,7 km", con un presupuesto estimado de 7.937.232.610 pesetas (47.703.728,74 euros), Burgos.
ACUERDO por el que toma razón de las obras de emergencia en la red ferroviaria de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con un presupuesto de 1.900 millones de pesetas (11.419.229,98 euros).
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en la red ferroviaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Sevilla y Huelva, con un presupuesto de 900 millones de pesetas (5.409.108, 94 euros).
ACUERDO por el que toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 92.762.278 pesetas (557.512,52 euros), necesarias para la reposición de vías pecuarias, riegos y accesibilidad a predios tras las obras "Mejora de la plataforma de la CN-211 (Guadalajara-Alcañiz y Lleida), tramo: Caspe-Barranco de Valmayor", término municipal de Caspe (Zaragoza).
ACUERDO por el que toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 73.080.000 pesetas (439.219,65 euros), necesarias para la estabilización de un talud sito entre los puntos kilométricos 63,86 y 64,08 de la CN-420 (Córdoba-Tarragona por Cuenca), término municipal de Montoro (Córdoba).
ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 441.403.722 pesetas (2.652.889,80 euros), necesarias para reparar los daños ocasionados por las lluvias en los terraplenes situados en los puntos kilométricos 53,3 y 74,900 de la CN-323 (autovía de Granada), términos municipales de Pegalajar y Campillo de Arenas, (Jaén).
ACUERDO por el que se autoriza la concesión a Iberia, Líneas Aéreas de España, S.A., de la subvención del 33% al tráfico aéreo regular entre las Islas Canarias y el resto del territorio nacional durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2001, por un importe de 2.268.171.181 pesetas (13.631.983,35 euros).
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales la realización de un gasto de hasta 660 millones de pesetas (3.966.679,89 euros), con motivo de la celebración en España de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, organizada por las Naciones Unidas en abril de 2002.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalida el gasto derivado del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de La Rioja, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Generalidad Valenciana, relativo a la cooperación y asistencia mutua para el mantenimiento, conservación y vigilancia del espacio marítimo terrestre del archipiélago de las islas Columbretes.
SANIDAD Y CONSUMO
ACUERDO por el que se aprueban diversas modificaciones en los complementos de destino y específicos del personal estatutario del Instituto Nacional de la Salud, como consecuencia de Acuerdos suscritos en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Ramón y Cajal, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Puerta de Hierro, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Clínico San Carlos, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Universitario La Paz, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Universitario de la Princesa de Madrid, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital de Getafe, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Salud a constituir la Fundación de Investigación del Hospital Son Dureta, al amparo de lo establecido en la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y se aprueban sus estatutos.
MEDIO AMBIENTE
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de daños ocasionados por los temporales acaecidos en las costas de las Comunidades Autónomas de Cataluña, de las Illes Balears y Comunidad Valenciana.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de daños ocasionados por los temporales acaecidos en las costas de las provincias de Málaga, A Coruña y Santa Cruz de Tenerife.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de daños ocasionados por los temporales acaecidos en las costas de las Comunidades Autónomas de Cataluña, de las Illes Balears y Comunidad Valenciana, que se financiarán mediante transferencias de crédito de programas de gasto del Ministerio de Medio Ambiente.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de daños ocasionados por los temporales acaecidos en las costas de las Comunidades Autónomas de Cataluña, de las Illes Balears y Comunidad Valenciana, que se financiarán mediante transferencias de crédito de la sección 31 de los Presupuestos Generales del Estado.
ECONOMÍA
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de una ayuda por importe de 9.760.000 dólares USA a la República Popular China para la creación de un centro tecnológico de máquina herramienta, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., para la recogida de datos de los Censos de Población y Vivienda 2001.
ACUERDO por el que se autoriza la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., y el Ministerio de Economía, el Instituto de Turismo de España, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, el Instituto Nacional de Estadística y el Comisionado para el Mercado de Tabacos, para la prestación de servicios postales.
ACUERDO por el que se formaliza, para el ejercicio 2001, la distribución de los créditos del Ministerio de Economía para acciones singulares, en aplicación del fondo operativo de los programas específicos del Plan marco de modernización del comercio interior.
ACUERDO por el que, conforme a lo dispuesto en el párrafo a) del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por Kuraray Specialities Europe GmbH del negocio de alcoholes de polivinilo (PVA) y polivinilo butyral (PVB) de Clariant GmbH.
ACUERDO por el que se declara el año 2002 como año del turismo cultural.
ACUERDO por el que se aprueba la transmisión a favor de la empresa Río Narcea Recursos, S.A., de los derechos de participación de Atlantic Copper, S.A., (antes, Río Tinto Minera, S.A.) en el Consorcio con el Estado Español, para la investigación y eventual explotación de diversos recursos minerales en las zonas de reserva a favor del Estado "La Monaguera", "La Monaguera II" y "La Remonta", las tres con el mismo perímetro y comprendidas en las provincias de Badajoz, Huelva y Sevilla.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.150.000 dólares USA a la República de Srpska de Bosnia y Herzegovina para financiar el suministro de sistemas celulares destinados a la reconstrucción de la red telefónica, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se fijan los importes a percibir por el Instituto de Crédito Oficial en concepto de compensación de los costes en que incurra durante el año 2001 por la administración de los créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
ACUERDO por el que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional vigésimo séptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, se decide autorizar el ejercicio de los derechos políticos de Enel SpA en Electra del Viesgo, S.L.
ACUERDO por el que, conforme a lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 1 del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la constitución de la empresa en participación Autoclub Iberoamericano, S.A., por Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., (REPSOL) y el Real Automóvil Club de España (RACE).
Educación, Cultura y Deporte
PROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Se adapta la Formación Profesional a las cambiantes demandas del mercado laboral y se facilita una formación dirigida al empleo.
El nuevo sistema integra las tres modalidades de FP (formación reglada, continua y ocupacional) y se homologan las titulaciones españolas a las existentes en la UE.
Se crea un Sistema de Información y Orientación y se establece un sistema de evaluación y calidad externa para garantizar la adecuación permanente a las necesidades de la sociedad.
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Formación Profesional y de las Cualificaciones, el primero que con carácter exclusivo regula las enseñanzas de Formación Profesional en España, y que ha sido elaborado por los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Trabajo y Asuntos Sociales.
El Proyecto eleva a rango de Ley lo acordado en el II Programa Nacional de Formación Profesional, aprobado en marzo de 1998, y consensuado con los agentes sociales y las Comunidades Autónomas. El texto ha sido debatido durante más de un año por todos los agentes implicados en la Formación Profesional.
El Proyecto adecuará las ofertas de formación con las necesidades del mercado de trabajo, con el fin de lograr una mayor cualificación de las personas para una mejor inserción laboral. También se trata de aumentar las vías de formación de las personas a lo largo de toda su vida, permitiendo al conjunto de la sociedad española la adaptación continua a las cambiantes circunstancias del mercado de trabajo. Con esta Ley, se estará en condiciones de ajustar nuestras titulaciones a las Directivas europeas.
Objetivos y contenido
Los objetivos del Proyecto de Ley de Formación Profesional y de las Cualificaciones son los siguientes:
1.- Relacionar directamente la formación con el empleo
Para conseguir este objetivo se crea un Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales (SNCP), con la creación de:
Un Catálogo de Cualificaciones Profesionales, en el que se incluirán las cualificaciones que requiere el mercado de trabajo
Un Catálogo Modular de Formación Profesional, en el que se detallarán los módulos de formación necesarios para que las personas puedan conseguir cada una de esas cualificaciones que demanda el mercado laboral. Esta formación podrá ser impartida por las Administraciones Educativas y Laborales así como por los agentes sociales.
De esta forma, se conseguirá un sistema capaz de definir en todo momento la formación que se requiere y que permitirá mantener actualizadas permanentemente las competencias profesionales de estudiantes y trabajadores. En definitiva, se persigue un sistema que pretende formar directamente para el empleo, ya sea para insertarse laboralmente por primera vez o para mantener y mejorar el trabajo.
2.- Colaborar con el mundo empresarial para garantizar mejor formación y más
posibilidades de empleo
Esta colaboración se desarrollará en diversos ámbitos: identificación de las cualificaciones necesarias en el mercado; definición de la formación necesaria para cada una de esas cualificaciones, y también en la propia Formación Profesional, contribuyendo a la formación de alumnos y profesores mediante estancias en empresas, por un lado, y aportando profesionales cualificados que puedan contribuir al proceso de formación, por otro.
3.- Facilitar la movilidad de alumnos y trabajadores
Se establece que las cualificaciones tendrán los efectos establecidos en las Directivas europeas, con lo que nuestro sistema de Formación Profesional será homologable con Europa. Ello facilitará la movilidad de alumnos y trabajadores por todo el espacio de la Unión Europea.
4.- Integrar las tres modalidades de Formación Profesional
Actualmente, la Formación Profesional en España se divide en tres subsistemas: inicial o reglada (impartida por las administraciones educativas), ocupacional (dirigida a los desempleados), y continua (organizada por los agentes sociales para actualizar la formación de los trabajadores ocupados).
En la actualidad, estos tres sistemas no guardan relación entre sí, aunque el objetivo común de todos ellos es la formación de los individuos de cara al empleo. La Ley de Formación Profesional y de las Cualificaciones prevé la integración de los tres subsistemas, con lo que la formación superada en una modalidad podrá ser reconocida por las otras. Esta integración permitirá organizar la formación de manera flexible y conforme a los intereses y circunstancias de las personas, favoreciendo de esta forma el aprendizaje a lo largo de la vida.
5.- Facilitar mayor oferta a los grupos con dificultades de integración laboral
De acuerdo al Catálogo de Cualificaciones y su formación asociada, las Administraciones podrán diseñar ofertas formativas adaptadas a las necesidades de las personas y los grupos con especial dificultad de integración en el mercado laboral, tales como mayores de 45 años, mujeres, trabajadores temporales, trabajadores con bajos niveles de cualificación, trabajadores autónomos y agrarios.
6.- Crear centros integrados de FP
Para favorecer la integración de las ofertas de Formación Profesional, la Ley establece la existencia de Centros Integrados, que serán creados por las Administraciones competentes para impartir la formación profesional inicial, ocupacional y continua.
Estos centros posibilitarán la integración de las tres ofertas de Formación Profesional y serán un referente para las empresas de su entorno, ya que en ellas los trabajadores podrán actualizar sus conocimientos y los empresarios podrán encontrar personal cualificado. Serán centros de prestigio y de referencia para el sector productivo, para los empleadores y para la sociedad en general.
7.- Reconocer las competencias y las cualificaciones profesionales
Muchas personas poseen importantes competencias profesionales como fruto de su experiencia laboral o de aprendizajes no formales, pero no poseen ninguna cualificación reconocida o acreditada oficialmente. La Ley establece que estas personas verán reconocidas sus competencias profesionales para que se les acredite mediante procedimientos objetivos. Esto será posible gracias al Catálogo de Cualificaciones, que establecerá lo que las personas deben saber hacer en los diferentes puestos de trabajo. Este sistema permitirá que todas estas personas puedan disponer de una acreditación oficial de sus conocimientos.
8.- Establecer los ámbitos competenciales y de participación de todos los sectores
implicados en la Formación Profesional
La Ley establece los ámbitos de participación de las Administraciones y de los agentes sociales en el Sistema Nacional de Formación Profesional y Cualificaciones.
De esta forma, establece lo que le corresponde a la Administración General del Estado y a las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los ámbitos en los que deben participar directamente las empresas y otras entidades, así como la participación y cooperación de los agentes sociales con los poderes públicos en las políticas formativas y de cualificación profesional.
El Consejo General de la Formación Profesional, creado en 1986 y modificado en 1997 para incorporar a las Comunidades Autónomas, es el órgano de asesoramiento al Gobierno en materia de formación profesional pero es, sobre todo, el órgano consultivo y de participación institucional de las Administraciones y de los agentes sociales. Por lo tanto, su actividad es fundamental para el desarrollo del Sistema Nacional de Formación Profesional y Cualificaciones y, en esta Ley, a lo largo de todo su articulado, se refuerza el papel que le corresponde desempeñar.
9.- Crear un Sistema de Información y Orientación
El Proyecto crea un Sistema de Información y Orientación para que todos (trabajadores, empleadores, alumnos y familias) conozcan las cualificaciones profesionales que se requieren en el mercado de trabajo y los centros en los que se imparte la formación correspondiente, así como las oportunidades de empleo y la movilidad profesional. Este sistema garantizará la transparencia informativa.
10.- Garantizar la calidad y evaluación del Sistema Nacional de Formación
Profesional y Cualificaciones
Para garantizar la calidad del sistema de Formación Profesional y para que éste se adecue de forma permanente a las necesidades del mercado de trabajo, es necesario que sea sometido a un proceso de evaluación y mejora de la calidad. De esta forma, se establece un sistema de evaluación y calidad externa que posibilitará la realización de los ajustes necesarios para mantener viva la eficiencia y credibilidad del Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
11.- Hacer realidad la formación a lo largo de toda la vida
Con este nuevo marco normativo, se facilitan y se abren nuevas vías para desarrollar procesos de formación a lo largo de toda la vida, de manera que las personas puedan recibir una actualización permanente de sus saberes profesionales, y hacer frente a los cambios organizativos y técnicos que experimentan los sistemas de producción y las empresas.
Defensa
PARTICIPACIÓN DE UNIDADES AÉREAS DE TRANSPORTE
ESPAÑOLAS EN LA OPERACIÓN "LIBERTAD DURADERA"
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la participación de unidades aéreas de transporte y sus correspondientes apoyos en la Operación "Libertad Duradera", en una cifra máxima de 190 personas, por un período de tres meses, a partir de hoy.
La Comunidad Internacional, sobre la base de distintas Resoluciones del Consejo de las Naciones Unidas, está acometiendo, a través de la coalición contra el terrorismo liderada por los Estados Unidos, diversas acciones en legítima defensa después de los atentados del 11 de septiembre en Estados Unidos.
El Gobierno español ha mostrado desde los primeros momentos su total apoyo y colaboración a dichas acciones, con actuaciones en los campos político, diplomático, financiero, policial, judicial y militar. En consecuencia, se ha determinado poner a disposición de la coalición internacional distintas unidades militares terrestres, navales y aéreas para ser empleadas a requerimiento de la misma. Las misiones que puedan ser asignadas a los medios españoles aportados requerirán la aceptación previa de las autoridades españolas.
Por lo tanto, y ante el hecho de haber sido solicitados, por parte de la coalición, medios aéreos de transporte, y en cumplimiento de las Resoluciones de las Naciones Unidas, el Consejo de Ministros ha autorizado la participación de unidades aéreas de transporte y sus correspondientes apoyos en la Operación "Libertad Duradera", con una cifra máxima de 190 personas, por un período de tres meses a partir de hoy.
Hacienda
CRÉDITO EXTRAORDINARIO PARA OPERACIONES
DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LA ONU
Corresponde a pagos de los dos últimos años y asciende a 11.000 millones de pesetas.
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito para atender al pago de obligaciones con la Organización de Naciones Unidas (ONU) por operaciones de mantenimiento de la paz.
Estos pagos corresponden a los ejercicios 2000 y 2001 y su importe asciende a 27.206.740 euros (4.527 millones de pesetas) y 38.848.609 euros (6.464 millones de pesetas), respectivamente, lo que suponen totales de 66.055.349 euros y de 10.991 millones de pesetas.
La Carta de las Naciones Unidas señala que "todos los miembros, con el fin de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales se comprometen a poner a disposición del Consejo de Seguridad, cuando éste lo solicite, las Fuerzas Armadas, la ayuda y las facilidades que sean necesarias para el propósito de mantener la paz y seguridad internacionales".
En este contexto, España, como miembro de las Naciones Unidas, tiene la obligación financiera de hacer frente a los pagos por Operaciones de Mantenimiento de la Paz. La aportación de España a estos pagos está prefijada para cada año. En el año 2000 suponía el 2,591 por 100 del presupuesto total de Operaciones y en el año 2001, el 2,534 por 100.
Como el importe total de los gastos de las Operaciones de Mantenimiento de la Paz no se puede saber a priori, ya que es imprevisible conocer las crisis políticas o situaciones de emergencia que se van a producir, las cuotas que deben abonar los países miembros pueden sufrir variaciones.
Ése ha sido el caso de España. En el año 2000 quedaron cuotas sin atender y los créditos dotados para el pago de cuotas en el año 2001 van a resultar insuficientes. Precisamente, los créditos que se incluyen en el Proyecto de Ley atenderán el pago de esas cuotas pendientes.
Entre las Operaciones de Mantenimiento de la Paz a las que se destina este dinero, destaca la Misión en Kosovo, con 12.759.092 dólares en 2000 y 11.403.000 dólares en 2001, mientras que la Misión en Sierra Leona supone 13.194.919 dólares en 2000 y 12.781.472 dólares en 2001.
Economía
EL AÑO 2002, AÑO DEL TURISMO CULTURAL
Se trata de actuar sobre los productos culturales para convertirlos en productos turísticos-culturales.
La Presidencia española de la UE promocionará los acontecimientos culturales del año.
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declara el año 2002 como Año del Turismo Cultural.
La relevancia del sector turístico como motor de desarrollo y crecimiento de la economía española es un hecho incuestionable desde hace treinta años. Tradicionalmente, los esfuerzos del sector se han concentrado en el aprovechamiento turístico de nuestras excepcionales condiciones naturales, de modo que, en la actualidad, España es líder indiscutible de turismo vacacional a través de su oferta de sol y playa.
Una vez obtenida esta posición de liderazgo, el Gobierno pretende consolidarla estableciendo nuevos objetivos prioritarios necesarios para el desarrollo de este sector estratégico. En este contexto de actuación cobra especial relevancia la incorporación de los recursos culturales a nuestra oferta turística. España cuenta con un patrimonio histórico, artístico y lingüístico que pocos países pueden igualar, y prueba de ello es que España es el país con más conjuntos histórico-artísticos declarados Patrimonio de la Humanidad; sin embargo, el aprovechamiento turístico de la riqueza de nuestro patrimonio cultural, presenta en la actualidad un escaso nivel de desarrollo.
Análisis y problemas
Consciente de las posibilidades que tiene el aprovechamiento turístico de estos recursos para el crecimiento del sector, el Gobierno, a través del Ministerio de Economía, ha realizado el análisis y estudio de la significación actual y potencial del turismo cultural e idiomático en España, y se ha detectado una serie de debilidades y amenazas que, básicamente, son las siguientes:
La situación competitiva en el mercado turístico cultural.
Desconocimiento de la identificación cultural de España y sus productos estrella en los turistas potenciales de los principales mercados emisores.
Falta de un modelo coherente en la gestión de los recursos culturales y de orientación turística de la gestión de acontecimientos culturales.
Necesidad de avanzar, en el ámbito del turismo cultural en la coordinación entre los distintos agentes (Administraciones, instituciones y empresas) con responsabilidades y actuaciones en la materia.
Dicho análisis ha llevado al Gobierno a la aprobación en la Comisión Delegada para Asuntos Culturales del 26 de julio de 2001 el Plan de Impulso al Turismo Cultural e Idiomático, que contempla diversas medidas para favorecer la creación y promoción de la oferta cultural.
Medidas
Una de las medidas previstas es la declaración por el Consejo de Ministros de 2002 como Año del Turismo Cultural e Idiomático. Dicha declaración aprovechará el marco de la Presidencia española de la Unión Europea para conseguir la promoción de forma especial de los acontecimientos culturales que se celebrarán ese año: el centenario de la muerte de Gaudí o la Capitalidad Europea de la cultura en Salamanca, así como las exposiciones temporales que se programen para ese ejercicio en los grandes museos de Madrid (Prado, Reina Sofía y Thyssen), el Instituto Valenciano de Arte Moderno o el Guggenheim de Bilbao, entre otros.
Uno de los objetivos consiste en despertar el interés por el aprovechamiento turístico entre los gestores de los recursos culturales, con el objeto de valorizar el producto. Se trata, en definitiva, de actuar sobre la accesibilidad y gestión de los recursos culturales para convertirlos en productos turísticos-culturales así como reforzar la promoción de España como destino de turismo cultural.
Por otro lado, la declaración del año 2002 como el Año del Turismo Cultural pretende lograr una gran repercusión en la opinión pública, a través de la presencia en los actos que de ella se deriven de las máximas autoridades españolas e internacionales (UNESCO, Consejo de Europa, Organización Mundial del Turismo), consiguiendo el objetivo social de una mayor concienciación del potencial que representa nuestro patrimonio cultural de cara a un progreso sostenible y a la mejora de nuestro nivel de vida.
Sanidad y Consumo
AUTORIZADA LA CONSTITUCIÓN DE SIETE FUNDACIONES
DE INVESTIGACIÓN EN HOSPITALES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la constitución de siete Fundaciones de Investigación en otros tantos hospitales de la red del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), concretamente, en seis de la provincia de Madrid (Ramón y Cajal, Getafe, La Princesa, La Paz, Clínico de San Carlos y Puerta de Hierro) y uno en Baleares (Son Dureta).
El objeto de las Fundaciones de Investigación es gestionar programas y proyectos de investigación clínica y otras actividades conexas con el campo de la biomedicina, para contribuir a la promoción y protección de la salud de la población y al progreso y mejora del Sistema Nacional de Salud. Su objetivo es estimular, impulsar, promover y facilitar la investigación científica y la gestión del conocimiento, así como fomentar la formación del personal investigador y definir y recomendar la política de investigación del respectivo centro sanitario.
Actividades investigadoras
Todos los hospitales reseñados son centros que realizan actividades de investigación clínica, básica y básica aplicada, así como investigación en práctica clínica. Asimismo, numerosos servicios de los hospitales trabajan habitualmente en proyectos de investigación, que participan en todos los proyectos clínicos-básicos, y otros son desarrollados exclusivamente por el área experimental.
Las Fundaciones de Investigación se consideran un instrumento complementario de la actividad sanitaria que lleva a cabo cada centro y se proyectan como una actividad accesoria que contribuye a dotar de flexibilidad, agilidad y dinamismo a las instituciones sanitarias.
Fundaciones
Las Fundaciones, cuya regulación se encuentra recogida en la Ley 30/1994, se han venido utilizando con asiduidad para la gestión de las actividades de investigación, tanto en el sector privado como en el público, en los diferentes Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas con el INSALUD transferido, y desarrolladas en la mayoría de las universidades.
Las Fundaciones constituidas a raíz de este acuerdo del Consejo de Ministros tienen nacionalidad española y son de competencia estatal al extenderse, conforme a sus estatutos, el ámbito territorial de sus actividades investigadoras, dentro del Sistema Nacional de Salud, en todos los campos de la biomedicina y de las ciencias de la salud a toda España. No obstante, una vez que se hayan producido las transferencias del INSALUD a aquellas Comunidades Autónomas que todavía no tienen asumidas las competencias sanitarias, las Fundaciones de Investigación se transformarán automáticamente en Fundaciones de competencia autonómica y pasarán a depender de la Administración Sanitaria de la respectiva Comunidad.
Economía
LA POBLACIÓN ESPAÑOLA SUPERA LOS 41 MILLONES DE HABITANTES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población de los Municipios españoles resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2001, según las cuales la población española en esa fecha era de 41.116.842 habitantes.
Dichas cifras, que causan efecto desde 31 de diciembre de 2001, fueron propuestas al Gobierno por el Instituto Nacional de Estadística, con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento, que es el órgano colegiado de colaboración, en materia padronal, entre la Administración General del Estado y los Entes Locales y está adscrito al Ministerio de Economía, a través del Instituto Nacional de Estadística.
La cifra de población del total nacional y su distribución por Comunidades Autónomas es la siguiente:
POBLACIÓN OFICIAL A 1 DE ENERO DE 2001
Total nacional por Comunidades Autónomas
Comunidad Autónoma | Población |
TOTAL NACIONAL | 41.116.842 |
Andalucía | 7.403.968 |
Aragón | 1.199.753 |
Asturias (Principado de) | 1.075.329 |
Balears (Illes) | 878.627 |
Canarias | 1.781.366 |
Cantabria | 537.606 |
Castilla-La Mancha | 1.755.053 |
Castilla y León | 2.479.425 |
Cataluña | 6.361.365 |
Comunidad Valenciana | 4.202.608 |
Extremadura | 1.073.381 |
Galicia | 2.732.926 |
Madrid (Comunidad de) | 5.372.433 |
Murcia (Región de) | 1.190.378 |
Navarra (Comunidad Foral de) | 556.263 |
País Vasco | 2.101.478 |
Rioja (La) | 270.400 |
Ciudades Autónomas: | |
Ceuta | 75.694 |
Melilla | 68.789 |
Economía
NUEVA NORMATIVA DE SOLVENCIA APLICABLE
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Se refuerza la capacidad de las Entidades Locales para obtener ingresos financieros
Se actualiza la normativa interna sobre el riesgo de mercado
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa de solvencia aplicable a las entidades financieras y, dentro de estas, a las entidades de crédito y a las sociedades y agencias de valores con un doble objeto:
En primer lugar se refuerza la capacidad de las Entidades Locales españolas para obtener ingresos financieros a un coste reducido. Para ello, siguiendo lo establecido por normas con rango de Ley recientemente aprobadas, se ajustan las ponderaciones que reciben los riesgos asumidos por las entidades financieras con dichos Entes.
Para el cálculo de los requerimientos de recursos propios que han de satisfacer las entidades financieras, los riesgos asumidos por éstas se ponderan en función de unos coeficientes establecidos en un Real Decreto de 1992. Hasta ahora existían diferencias entre las emisiones de Deuda Pública del Estado y las Comunidades Autónomas, que gozan de una ponderación nula, y las realizadas por las Entidades Locales, a las que se asignaba una ponderación del 20 por 100, y, a partir de ahora, se concede a las Entidades Locales el mismo tratamiento que a las Comunidades Autónomas, lo que les permite recibir una ponderación nula. Ahora bien, este beneficio sólo será efectivo cuando dichas emisiones estén autorizadas por el Estado.
Al disminuir la ponderación, se estimulará la demanda de estos títulos por parte de las entidades financieras, ya que para éstas serán más rentables, y ello permitirá que las Entidades Locales obtengan mayores ingresos financieros y a un coste más reducido.
Riesgo de mercado
El segundo objetivo planteado por el nuevo Real Decreto es el de actualizar la normativa interna referida al riesgo de mercado, que es el que asumen las entidades financieras por los movimientos sufridos por los precios en el mercado. Al mismo tiempo, se transpone a nuestro ordenamiento jurídico una Directiva comunitaria.
Las medidas concretas adoptadas en este sentido son dos:
En primer lugar, se regulan por primera vez los riesgos asumidos por las entidades por sus posiciones en materias primas y en instrumentos financieros derivados sobre materias primas. También se introducen por vez primera en nuestra legislación sobre solvencia las posiciones en oro, que reciben el mismo tratamiento que las posiciones en divisas. Con estas nuevas previsiones normativas, se busca cubrir de manera adecuada el riesgo de mercado asociado a activos que no recibían un tratamiento específico, pese a sus particularidades: alta volatilidad de los precios de las materias primas y de los derivados sobre ellas.
En segundo lugar, se permite la utilización de modelos internos, elaborados por las propias entidades, para el cálculo de los requerimientos de capital para cubrir riesgos de mercado. De esta forma, se avanza notablemente en la modernización del régimen jurídico sobre solvencia de las entidades financieras, en el camino apuntado en foros internacionales, como el Comité de Basilea (del Banco Internacional de Pagos), y recogido en buena parte en las últimas propuestas debatidas en el seno de la Comisión Europea. Con esta medida se pretende actuar como un incentivo para que se desarrollen sistemas de evaluación que se ajusten más al riesgo económico.
Trabajo y Asuntos Sociales
MEDIDAS PARA MANTENER EL PODER ADQUISITIVO DE
LAS PENSIONES ASISTENCIALES DE LOS EMIGRANTES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa reguladora de la pensiones asistenciales por ancianidad de los emigrantes españoles y que tiene por objeto que las medidas establecidas para asegurar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones no contributivas puedan tenerse en cuenta en la base de cálculo de las pensiones asistenciales, por razones de justicia y equidad.
Hasta ahora, y un Real Decreto del 14 de mayo de 1993, la base de cálculo tomada en consideración para las pensiones asistenciales por ancianidad era la que anualmente fijaba la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la pensión de jubilación en su modalidad no contributiva. Sin embargo, la normativa que hoy aprueba el Ejecutivo cubrirá la laguna existente en la regulación de las pensiones asistenciales, ya que anteriormente no se preveían las fórmulas para tener en cuenta las adecuaciones que puedan producirse en la cuantía de las pensiones no contributivas.
Con este fin, se dará igualdad de trato a los españoles residentes en el exterior, dado que las pensiones asistenciales tienen la misma naturaleza que las pensiones de jubilación no contributivas. Ambas prestaciones constituyen un sistema de protección que garantiza un mínimo de subsistencia para las personas con escasos recursos económicos.
Oscilaciones de la moneda y derecho a la prestación
El segundo objetivo del Real Decreto, que se ha aprobado una vez oído el Consejo General de la Emigración, es garantizar a los beneficiarios de las pensiones asistenciales que las oscilaciones que se produzcan en el valor de la moneda del país de residencia respecto de la moneda española no afecten ni al derecho ni a la cuantía de la pensión que tuvieran reconocida. Podrá ser así siempre y cuando se mantengan invariables los ingresos del interesado o de su unidad familiar, aunque como consecuencia de las citadas oscilaciones los ingresos superen la base de cálculo que resulte aplicable a ese país.
Fomento
TRAMO BURGOS-VILLATORO DE LA VARIANTE NORTE DE BURGOS
El presupuesto es de 7.937 millones para una longitud de 8,7 kilómetros
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado las obras del tramo Burgos-Villatoro, perteneciente a la Variante Norte de Burgos, Carretera N-623 de Burgos a Santander, en los términos municipales de Burgos y Quintanilla de Vivar, en la provincia de Burgos.
La longitud del tramo es de 8,7 km, de los que 3,4 km serán de autovía y el resto de vía rápida con una calzada única bidireccional, convertible posteriormente en autovía. La obra cuenta con un presupuesto de 47.703.728,74 euros (7.937.232.610 pesetas) y un plazo de ejecución de veinticuatro meses.
Antecedentes
La finalidad primordial de la obra autorizada es evitar que el tráfico en tránsito (vehículos pesados, mercancías peligrosas, transportes especiales, etcétera) atraviese la ciudad de Burgos en sentido Norte-Sur (itinerario Santander-Madrid). En este proyecto se contempla, además, la futura conexión con la variante de la N-I, de Madrid a Irún.
Esta obra se puede ejecutar de forma independiente después de que el 9 de octubre de 2001 se autorizara la desagregación del Proyecto de Construcción de la Variante de la N-I/N-623, Villafría-Rubena/Burgos-Villatoro, que dio lugar a dos proyectos, uno para la Variante Norte de la carretera N-623, y otro para la carretera N-I, exclusivamente: el primero corresponde a la obra que hoy se autoriza y comprende las obras de la Variante Norte de la N-623, de Burgos a Santander, eliminando la actual travesía de Burgos por la Avda. de Cantabria; el segundo define la variante de la N-I, entre el enlace del aeropuerto y Rubena.
Características técnicas
Las obras recogidas en este proyecto corresponden a la Variante Norte de la carretera N-623, de Burgos a Santander, a la salida de la ciudad, que conducirá el tráfico que atraviesa actualmente la ciudad de Sur (Madrid) a Norte (Santander) y de Este (Vitoria) a Norte (Santander) por una nueva carretera cuyo inicio se sitúa en el enlace de las proximidades del aeropuerto de Villafría y su final en el barrio de Villatoro, dirección a Santander.
Dentro de las obras de la variante se proyectan tres enlaces, de tipo glorieta a distinto nivel, para conectar con la red viaria existente. Dos de ellos se sitúan en ambos extremos (conectando el primero con la N-I y el segundo con la N-623), disponiéndose, además, de otro enlace intermedio a la altura del barrio de Villímar.
El primero de los enlaces corresponde a una remodelación del existente en las proximidades del aeropuerto de Villafría y permitirá, además de la captación del tráfico de la circunvalación Sureste de Burgos, recoger los de la zona industrial de Villafría y el proveniente del Este de la ciudad por la carretera N-I, con dirección a Santander.
El segundo enlace (Villímar) permitirá el acceso de este barrio a la nueva variante, así como el de la carretera de Poza de la Sal y de la futura Estación de Ferrocarril, mientras que el tercer enlace se sitúa en Fresdeval -N-623, entre Villatoro y Quintanilla-Vivar-, y permitirá el acceso a la nueva carretera de estos núcleos de población así como la futura conexión con la Ronda Noroeste de Burgos y con la autovía a Aguilar de Campóo, ambas actuaciones en fase de Estudio Informativo.
La sección de la nueva variante es de dos tipos. La primera parte es de calzadas separadas, tipo autovía, con dos calzadas de dos carriles de 3,50 m. en cada una, arcenes exteriores de 2,50 m. e interiores de un metro, como prolongación de la Vía de Penetración desde el primer enlace (Villafría) hasta el segundo (Villímar), con una longitud de 3,4 km. Desde aquí, la sección se reduce a la de una vía rápida: calzada única bidireccional con dos carriles de 3,50 m. y arcenes de 2,50 m, hasta el tercer enlace (conexión con la actual N-623), después de atravesar el túnel de Fuente Buena de 560 metros, siendo la longitud en vía rápida de 5,3 km.
Fomento
DECIMOSEXTO TRAMO DE LA ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA
Se trata del tramo Cártama-Los Remedios y tendrá un presupuesto de 4.032 millones.
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras de plataforma de la Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga, tramo Cártama-Los Remedios, en la provincia de Málaga. El presupuesto de licitación asciende a 24.230.253,57 euros (4.031.574.971 pesetas) y el plazo de ejecución es de veinticuatro meses.
La construcción de la línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga está incluida en el Plan de Infraestructuras 2000-2007 y se inscribe en el corredor de Andalucía que conectará, a través de la línea Madrid-Córdoba-Sevilla, con Málaga, Jaén, Granada, Cádiz y Huelva.
El Consejo de Ministros en su reunión de 31 de julio de 1999 atribuyó a GIF la construcción y administración del Nuevo Acceso Ferroviario Córdoba-Málaga. Consta de veintidós tramos, con una longitud total de 155 km, por lo que con el tramo autorizado hoy son ya 127,9 km del recorrido total del itinerario Córdoba-Málaga los que están en marcha.
Cártama-Los Remedios
Este tramo tiene una longitud de cinco kilómetros y discurre por el municipio de Cártama, en la provincia de Málaga.
El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios y servidumbres afectados y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje. Como elementos singulares hay que destacar la construcción de cuatro viaductos de 402, 178, 146 y 114 metros de longitud.
Los nuevos trazados ferroviarios de Alta Velocidad están diseñados con ancho de vía internacional (1.435 mm), vía doble y son aptos para velocidades superiores a 300 kilómetros por hora.
Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga
Con la construcción de la línea de Alta Velocidad se conseguirán los siguientes beneficios: disminución de la distancia de recorrido entre Córdoba y Málaga en 20 km y del tiempo de viaje, que se reduce desde dos horas a 45 minutos; aumento de la seguridad y el confort, e incremento de la capacidad y la regularidad de los servicios.
LINEA DE ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA | |||
Obras adjudicadas | |||
TRAMO | KM | IMPORTE | |
Fuente Palmera-Santaella | 21,5 | 50,64 Millones euros | 8.426 Millones pesetas |
La Roda de Andalucía-Fuente de Piedra | 13,2 | 28,05 Millones euros | 4.668 Millones pesetas |
Fuente de Piedra-Antequera | 8,4 | 31,20 Millones euros | 5.191 Millones pesetas |
Almodóvar del Río-Guadalcázar | 6,3 | 55,74 Millones euros | 9.275 Millones pesetas |
Guadalcázar-Fuente Palmera | 8,4 | 37,95 Millones euros | 6.315 Millones pesetas |
Puente Genil-Herrera | 10,1 | 62,14 Millones euros | 10.340 Millones pesetas |
Herrera-La Roda de Andalucía | 16,6 | 41,99 Millones euros | 6.987 Millones pesetas |
Santaella-Puente Genil | 12,8 | 63,44 Millones euros | 10.556 Millones pesetas |
Antequera-Estación de Bobadilla | 2,6 | 19,97 Millones euros | 3.323 Millones pesetas |
TOTAL adjudicado | 99,9 | 391,12 Millones euros | 65.081 Millones pesetas |
Obras licitadas | |||
TRAMO | KM | IMPORTE | |
Túnel de Gobantes | 2,2 | 39,00 Millones euros | 6.490 Millones pesetas |
Túnel de Abdalajís-Álora. V. Arroyo Espinazo y Jévar | 3,4 | 36,78 Millones euros | 6.120 Millones pesetas |
Gobantes - Túnel de Abdalajís Este | 8,0 | 125,36 Millones euros | 20.858 Millones pesetas |
Gobantes - Túnel de Abdalajís Oeste | 131,34 Millones euros | 21.854 Millones pesetas | |
TOTAL LICITADO | 13,6 | 332,48 Millones euros | 55.322 Millones pesetas |
Obras autorizadas | |||
TRAMO | KM | IMPORTE | |
Est.Bobadilla.Boca Norte Túnel Gobantes | 5,4 | 22,92 Millones euros | 3.814 Millones pesetas |
Túnel de Abdalajís-Álora. Viaducto Arroyo Piedras | 4 | 40,20 Millones euros | 6.689 Millones pesetas |
Cártama-Los Remedios | 5 | 24,23 Millones euros | 4.032 Millones pesetas |
TOTAL AUTORIZADO | 14,4 | 87,35 Millones euros | 14.535 Millones pesetas |
TOTAL EN MARCHA | 127,9 | 810,95 Millones euros | 134.938 Millones pesetas |
Medio Ambiente
4.161 MILLONES PARA REPARAR LOS DAÑOS DE LOS
ÚLTIMOS TEMPORALES EN COSTAS ESPAÑOLAS
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado inversiones de emergencia en el litoral español por un importe de 4.161 millones de pesetas (25.002.103,54 euros) para paliar parte de los daños producidos por los últimos temporales. Estas inversiones van destinadas a las Comunidades Autónomas de Cataluña, de las Illes Balears y Comunidad Valenciana y a las provincias de Málaga, A Coruña y Tenerife.
Las inversiones a realizar se detallan a continuación:
- Comunidad Autónoma de Cataluña: 828 millones de pesetas (4,97 millones de euros).
- Comunidad Autónoma de Valencia: 1.390 millones de pesetas (8,35 millones de euros).
- Comunidad Autónoma de Baleares: 1.201 millones de pesetas (7,22 millones de euros).
- Provincia de Málaga: 277 millones de pesetas (1,6 millones de euros).
- Provincia de A Coruña: 38 millones de pesetas (228.000 euros).
- Provincia de Tenerife: 427 millones de pesetas (2,5 millones de euros).
Las inversiones que la Dirección General de Costas va a llevar a cabo permitirán recuperar las zonas de costa dañada, pero, además, servirán para regenerar el litoral y evitar nuevos daños en un futuro. Se prevén actuaciones en paseos marítimos, espigones, frentes marítimos, regeneración de playas, dunas y demás bienes pertenecientes al dominio público maritimo-terrestre, dentro de las competencias de la Administración General del Estado.
Los temporales acaecidos en el mes de noviembre pasado ocasionaron importantes daños en el dominio público marítimo-terrestre, que el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Costas, evaluó y reparará con la máxima agilidad posible.
Interior
1.200 MILLONES PARA LA MEJORA DE CARRETERAS
PROVINCIALES EN ANDALUCÍA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Jefatura Central de Tráfico a suscribir convenios de colaboración con las ocho Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla), para la realización y financiación de obras de mejora en la red de carreteras provinciales.
En la actualidad el 50 por 100 de los accidentes de tráfico se producen en las carreteras que integran la red secundaria..
El presupuesto total para la mejora de estas redes es de 2.400 millones de pesetas. El Gobierno invertirá 1.200 millones de pesetas de los años 2002 al 2004 e idéntica cantidad aportarán las distintas Diputaciones Provinciales.
En cada uno de los convenios se elaborarán programas de actuación que serán financiados con 50 millones anuales por cada una de las partes. La cantidad aportada por la Jefatura Central de Tráfico durante los tres años citados en cada convenio asciende a 150 millones de pesetas.
Prevención de accidentes
En la elección de los tramos de carretera en los que se actuará se tendrá en cuenta la concentración de accidentes, la anchura inferior a siete metros, la carencia de arcenes, el trazado con curvas de bajo radio, así como la intensidad media de tráfico.
Una vez ejecutadas las obras e instalaciones que correspondan a cada Jefatura Provincial de Tráfico, se entregarán a las Diputaciones Provinciales que serán las encargadas de su mantenimiento y conservación.
Otras inversiones
A lo largo del 2001 han sido autorizados contratos similares con otras quince Diputaciones Provinciales por valor de 4.500 millones de pesetas para las anualidades 2001-2003.
En Castilla y León se han suscrito acuerdos con Ávila, Burgos, Segovia, Soria, Valladolid, León, Palencia, Salamanca y Zamora; en Galicia, con Orense, Pontevedra, A Coruña y Lugo, y en Extremadura, en Cáceres y Badajoz.
Administraciones Públicas
TRASPASO DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO A CANTABRIA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se traspasa a la Comunidad Autónoma de Cantabria la gestión realizada hasta ahora por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
El traspaso de las denominadas políticas activas de empleo contiene funciones referidas a intermediación en el mercado de trabajo, gestión y control de políticas de empleo, comisiones ejecutivas provinciales y de seguimiento de la contratación laboral, y las relativas al cumplimiento de obligaciones de empresarios y trabajadores y la potestad sancionadora en materia de empleo.
Para el ejercicio de estas funciones, la normativa aprobada contempla el traspaso de 110 personas, así como el de oficinas de empleo en la citada Comunidad Autónoma. El coste efectivo de estas acciones asciende a 463,5 millones de pesetas.
Para la construcción de un Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional el Real Decreto aprobado contiene la entrega, por una sola vez, de 900 millones de pesetas, además de otros 42 millones destinados a la rehabilitación de oficinas de empleo.
Todos estos trabajos fueron aprobados previamente en el pleno de la Comisión Mixta de Transferencias, celebrado el pasado día 3.
Asuntos Exteriores
ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DOMINICANA
SOBRE FLUJOS MIGRATORIOS LABORALES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y la República Dominicana relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales, así como su aplicación provisional.
Tiene por finalidad la creación del marco jurídico bilateral para prevenir las migraciones clandestinas y la explotación laboral de los extranjeros, regulando y ordenando los flujos migratorios, con respecto a los derechos humanos y a los instrumentos internacionales firmados por ambos países.
El Acuerdo establece que se consideran trabajadores migrantes a los ciudadanos dominicanos autorizados a ejercer una actividad remunerada por cuenta ajena en territorio español, y articula un procedimiento para la selección en origen de trabajadores migrantes, así como contempla la creación de una comisión de selección hispano-dominicana que intervendrá en la misma.
También se regulan los derechos y condiciones laborales y sociales de los trabajadores migrantes, y se establecen disposiciones específicas para los trabajadores de temporada, así como el retorno voluntario de emigrantes.
Por último, se constituye un Comité Mixto de Cooperación para la aplicación del Convenio, que se reunirá alternativamente en la República Dominicana y en España, a petición de cualquiera de las partes. La designación de sus miembros será efectuada por las autoridades competentes de cada país.
Asuntos Exteriores
ACUERDO HISPANO-PORTUGUÉS SOBRE LA
REALIZACIÓN DE CONTROLES MÓVILES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Portugal sobre la realización de controles móviles.
Se trata de un breve Acuerdo, inspirado en el Acuerdo de Schengen de 14 de julio de 1992, cuya finalidad es que las autoridades policiales de ambos países consoliden un sistema de controles móviles a ambos lados de la línea fronteriza, que posibilite el esfuerzo de la vigilancia conjunta y coordinada de la frontera común con el objetivo de reprimir cualquier tipo de infracción en la zona transfronteriza.
El control de las personas será llevado a cabo de acuerdo con lo previsto en la legislación nacional de cada uno de los países, por la Guardia nacional , regional y local.
También se contemplan en el Acuerdo los medios necesarios para la establecimiento de dichos controles, la formación específica del personal y el intercambio de oficiales de enlace con funciones principalmente de asistencia.
Finalmente, se contemplan las formas de comunicación, así como el intercambio de información que sea precisa, que se llevará a cabo a través de los Comisarios Comunes.
Educación, Cultura y Deportes
SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS
Se introducen mejoras en la fijación de su capital mínimo
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación parcial del Real Decreto sobre Sociedades Anónimas Deportivas de 1999. La modificación, de carácter técnico, introduce mejoras en la fijación del capital social mínimo de las sociedades anónimas deportivas: por un lado, se agiliza y simplifica el procedimiento y, por otro, se actualiza uno de los parámetros empleados en cuantificar el capital social mínimo.
Asimismo, la reforma del Real Decreto regula la información contable que deben contener las auditorías para conocer, con certeza, la situación patrimonial de cada club y poder fijar su capital social. Finalmente, se establece que la información anual que los clubes y Sociedades Anónimas Deportivas han de remitir al Consejo Superior de Deportes, deberá remitirse antes del depósito de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil.
Incremento de la seguridad jurídica
Con estas modificaciones se pretende incrementar la seguridad jurídica de un procedimiento administrativo que entraña cierta complejidad, por lo que en su elaboración se ha contado con un amplio consenso de las Federaciones y Ligas de ámbito profesional y el apoyo técnico del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y la Dirección General de Registros y del Notariado.
Respecto a los elementos determinantes del cálculo del capital social, se pondera más adecuadamente el relativo a la media de los gastos de todos los clubes que participan en competición profesional. Para evitar desviaciones coyunturales excesivas, el cálculo se realizará excluyendo del cómputo a cuatro clubes: los dos con mayor volumen de gasto y los dos clubes con menor nivel de gasto. De esta manera se obtiene un cálculo global más acorde con la realidad económica de la competición.
Tras la publicación de este Real Decreto, los Clubes dispondrán de un marco legal claro, concreto y transparente que simplificará los plazos y la documentación para culminar su transformación en Sociedad Anónima Deportiva, cuyo capital mínimo en ningún caso podrá ser inferior al establecido en la Ley de Sociedades Anónimas.
Justicia
ADAPTADAS LAS CUANTÍAS DE LOS PROCESOS
JUDICIALES CIVILES AL EURO
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se procede a la conversión en euros de las cuantías previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se adaptan a la nueva moneda, que entrará en vigor el próximo 1 de enero, los procesos judiciales civiles, en los que las cantidades dinerarias son esenciales, aumentando así la seguridad jurídica al ciudadano.
Se da cumplimiento así a una previsión de esta Ley, aprobada en enero de 2000 y en vigor desde principios de este año, que en su disposición adicional segunda y ante la inminencia del Euro preveía esta conversión de las cantidades que en la Ley se expresan en pesetas.
Pasan, pues, a denominarse en euros, tras la correspondiente conversión, las cuantías en juicios verbales, las multas de todo tipo y los depósitos que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Justicia
SEPARACIÓN DE JUZGADOS EN OVIEDO, LEÓN Y ELCHE
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la separación de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción que hay en cada uno de los partidos judiciales de Oviedo, León y Elche. Los 11 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Oviedo se convierten en seis de Primera Instancia y cinco de Instrucción; los 11 de León, en siete de Primera Instancia y cuatro de Instrucción, y los 10 de Elche, en seis de Primera Instancia y cuatro de Instrucción
El Gobierno cumple así lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Demarcación y Planta Judicial que dispone la separación entre Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en aquellos partidos judiciales cuyo número de juzgados de Primera Instancia e Instrucción fuera de diez o más.
Por lo tanto se aprueba este Real Decreto tras haber alcanzado los partidos judiciales de Oviedo, León y Elche el nivel de órganos judiciales previstos en el anexo VI (Juzgados de Primera Instancia e Instrucción) de la Ley de Demarcación y Planta Judicial.
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN | NUEVAS DENOMINACIONES |
Número 1 de Oviedo | De Primera Instancia número 1 de Oviedo |
Número 2 de Oviedo | De Instrucción número 1 de Oviedo |
Número 3 de Oviedo | De Primera Instancia número 2 de Oviedo |
Número 4 de Oviedo | De Primera Instancia número 3 de Oviedo |
Número 5 de Oviedo | De Primera Instancia número 4 de Oviedo |
Número 6 de Oviedo | De Primera Instancia número 5 de Oviedo |
Número 7 de Oviedo | De Instrucción número 2 de Oviedo |
Número 8 de Oviedo | De Instrucción número 3 de Oviedo |
Número 9 de Oviedo | De Primera Instancia número 6 de Oviedo |
Número 10de Oviedo | De Instrucción número 4 de Oviedo |
Número 11de Oviedo | De Primera Instancia número 7 de Oviedo |
Número 1 de León | De Primera Instancia número 1 de León |
Número 2 de León | De Instrucción número 2 de León |
Número 3 de León | De Primera Instancia número 3 de León |
Número 4 de León | De Primera Instancia número 4 de León |
Número 5 de León | De Primera Instancia número 5 de León |
Número 6 de León | De Primera Instancia número 6 de León |
Número 7 de León | De Primera Instancia número 7 de León |
Número 8 de León | De Instrucción número 1 de León |
Número 9 de León | De Instrucción número 3 de León |
Número 10 de León | De Instrucción número 4 de León |
Número 11 de León | De Primera Instancia número 2 de León |
Número 1 de Elche | De Primera Instancia número 1 de Elche |
Número 2 de Elche | De Instrucción número 1 de Elche |
Número 3 de Elche | De Instrucción número 2 de Elche |
Número 4 de Elche | De Primera Instancia número 2 de Elche |
Número 5 de Elche | De Primera Instancia número 3 de Elche |
Número 6 de Elche | De Instrucción número 3 de Elche |
Número 7 de Elche | De Primera Instancia número 4 de Elche |
Número 8 de Elche | De Instrucción número 4 de Elche |
Número 9 de Elche | De Primera Instancia número 5 de Elche |
Número 10 de Elche | De Primera Instancia número 6 de Elche |
Economía
375 MILLONES PARA MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO INTERIOR
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha acordado la asignación a Comunidades Autónomas y a Melilla de 375 millones de pesetas correspondientes a los Fondos del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior para acciones singulares.
El Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, en su reforma aprobada en la Conferencia Sectorial de 19 de noviembre de 1.996 y mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de diciembre de ese mismo año, prevé el destinar el 25 por 100 de los fondos disponibles para Programas Específicos a acciones singulares, que deberán ser aprobados en Conferencia Sectorial, y a través de los Convenios de Colaboración suscritos entre el Ministerio de Economía y las correspondientes Consejerías de las Comunidades Autónomas.
La Mesa de Directores Generales se reunió el pasado día 27 de noviembre como comisión de la Conferencia Sectorial de Comercio, seleccionando y aprobando los proyectos a cofinanciar de entre los presentados por las distintas Comunidades Autónomas. Para el ejercicio 2001 la distribución entre Comunidades Autónomas y la Ciudad de Melilla del Fondo Operativo destinado a subvencionar a los beneficiarios de las actuaciones singulares contemplados en los Programas Específicos del Plan marco de Modernización del Comercio Interior será la siguiente:
ANDALUCIA | 47.616.702 ptas. | 2.861.820 Euros |
ARAGÓN | 27.040.953 Ptas. | 1.625.950 Euros |
ASTURIAS | 5.000.000 Ptas. | 300.506 Euros |
BALEARES | 51.246.088 Ptas. | 3.079.951 Euros |
CANARIAS | 32.500.000 Ptas. | 1.953.289 Euros |
CANTABRIA | 20.000.000 Ptas. | 1.202.024 Euros |
CASTILLA Y LEÓN | 12.309.574 Ptas. | 739.820 Euros |
CATALUÑA | 35.812.237 Ptas. | 2.152.358 Euros |
EXTREMADURA | 9.258.511 Ptas. | 556.447 Euros |
GALICIA | 49.240.208 Ptas. | 2.959.396 Euros |
LA RIOJA | 9.764.755 Ptas. | 586.873 Euros |
MADRID | 18.130.191 Ptas. | 1.089.646 Euros |
MELILLA | 5.926.181 Ptas. | 356.170 Euros |
MURCIA | 9.062.100 Ptas. | 544.643 Euros |
COMUNIDAD VALENCIANA | 42.092.500 Ptas. | 2.529.810 Euros |
Fomento
SUBVENCIÓN A IBERIA PARA EL TRÁFICO CON CANARIAS
DURANTE JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión a la compañía Iberia Líneas Aéreas de España, S.A. de la subvención del 33 por 100 al tráfico aéreo regular entre las Islas Canarias y el resto del territorio nacional, durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2001, por un importe de 13.631.983,35 euros (2.268 millones).
El gasto a convalidar corresponde a la liquidación que la compañía Iberia presentó, correspondiente al tercer trimestre del presente año, y a la que tiene derecho según la legislación vigente.
La subvención a cargo del Estado del 33 por 100 de las tarifas de pasajeros de líneas aéreas regulares, a favor de las empresas que prestan este servicio entre las provincias Canarias y la Península, fue establecido por Real Decreto-Ley y en disposiciones posteriores se extendió su aplicación a Ceuta, Melilla y Baleares.
Economía
AUTORIZADO EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS
POLÍTICOS DE ENEL EN ELECTRA DE VIESGO
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar el ejercicio de los derechos políticos de ENEL S.p.A. correspondientes a su participación del 100 por 100 del capital de Electra de Viesgo S.L, en aplicación de la Disposición Adicional 27 de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 29 de diciembre de 1999.
ENEL S.p.A. está controlada por entidades o administraciones públicas, siéndole en consecuencia de aplicación la citada Disposición Adicional, al estar participada al 68 por 100 por la República de Italia, a través del Ministerio de Economía.
Informe de la CNE
Con fecha 8 de octubre de 2001, ENEL S.p.A. notificó a la Secretaría de Estado de Economía, de Energía y de la PYME la adquisición del 100 por 100 del capital social de Electra de Viesgo, S.L., y el 23 de octubre de 2001 la Secretaría de Estado acordó iniciar la instrucción del expediente correspondiente.
La Comisión Nacional de Energía, en su informe preceptivo de 28 de noviembre de 2001, ha estimado que, desde la perspectiva del equilibrio y buen funcionamiento de los mercados y sistemas energéticos, esta operación supone la aparición en el mercado eléctrico español de un nuevo operador verticalmente integrado e independiente que se suma a los cuatro grupos de mayor importancia existentes actualmente, y que ello reduce el grado de concentración del mercado eléctrico en su conjunto, así como la cuota individual del líder (el grupo Endesa), y mejora las condiciones estructurales de competencia y la rivalidad entre operadores.
Adicionalmente, la Comisión Nacional de Energía, tras analizar el sector eléctrico en Italia, con arreglo a los principios de objetividad, reciprocidad y transparencia concluye que, si bien la situación de la regulación de los sectores eléctricos español e italiano presenta una serie de asimetrías, fundamentalmente en relación con la estructura del sector y el desarrollo alcanzado por los mercados mayorista y minorista, los proyectos de desinversión y liberalización emprendidos en Italia tienden a reducir las diferencias existentes.
En atención a los argumentos recogidos en el citado informe de la Comisión Nacional de Energía, el Consejo de Ministros ha considerado adecuado autorizar el ejercicio de los derechos políticos de Enel S.p.A. en Electra de Viesgo S.L. Este Acuerdo atiende a los principios de objetividad, reciprocidad, transparencia, equilibrio y buen funcionamiento de los mercados y sistemas energéticos.
Disposición Adicional
La Disposición Adicional 27 de la Ley Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 29 de diciembre de 1999 establece que las entidades o personas de naturaleza pública y las entidades de cualquier naturaleza, participadas mayoritariamente o controladas en cualquier forma por entidades o administraciones públicas, que directa o indirectamente tomen el control o adquieran participaciones significativas de sociedades de ámbito estatal que realicen actividades en los mercados energéticos, no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes a dichas participaciones.
Esta prohibición no impide a la adquirente informar a la Secretaría de Estado de Economía, de Energía y de la PYME de la toma de control o adquisición que se haya efectuado indicando las características y condiciones de la misma.
En este supuesto, se instruirá un expediente en el que informará preceptivamente la Comisión Nacional de Energía, con el objeto de que el Consejo de Ministros resuelva reconocer o no el ejercicio de los derechos políticos correspondientes a las acciones adquiridas o someterlo a determinadas condiciones.
Educación, Cultura y Deporte
GRAN CRUZ DE ALFONSO X EL SABIO A LA DUQUESA DE ALBA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Rosario Cayetana Fitz-James Stuart y Silva, Duquesa de Alba, en atención a los méritos y circunstancias que concurren en su persona.
La Duquesa de Alba ha llevado a cabo una extraordinaria labor para conservar y mejorar los bienes de interés cultural que forman parte de su patrimonio familiar. Así, reconstruyó el madrileño Palacio de Liria, derruido durante la Guerra Civil, enriqueciéndolo con pinturas, muebles, alfombras y gran número de objetos. Asimismo, ha restaurado y mejorado el Palacio de las Dueñas, en Sevilla, y el de Monterrey, en Salamanca. Todos ellos son visitables. Además, ha abierto los archivos de la Casa de Alba a los investigadores.
Está en posesión de numerosas condecoraciones y distinciones entre las que se cuentan las Grandes Cruces de la Orden de Isabel la Católica, de Beneficencia y del Mérito Agrícola.
Fomento
OBRAS DE EMERGENCIA EN LAS REDES FERROVIARIAS
DE CATALUÑA Y ANDALUCÍA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia en las redes ferroviarias de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en varias provincias de Cataluña y de Andalucía, concretamente en Sevilla y Huelva. El presupuesto es de 16.828.438,92 euros (2.800 millones de pesetas).
Cataluña
Las obras en Cataluña tienen un presupuesto de 11.419.229,98 euros (1.900 millones de pesetas) para una longitud de vía afectada de 220 kilómetros.
Con motivo de los fuertes temporales de lluvia y viento en esta Comunidad Autónoma se originaron numerosos daños en su red ferroviaria. Las líneas más afectadas por el temporal fueron:
Línea Barcelona-Massanet por Mataró (C-1).
Línea Ripoll-Puigcerdá.
Línea Lleida-Pobla de Segur.
Línea Valencia-Tarragona, tramo Hospitalet de L´Infant-Salou.
Ante esta situación es necesario restablecer lo más rápidamente posible el servicio en las líneas con el mismo nivel de seguridad y calidad que antes de que se produjera el temporal, evitando en el futuro que puedan producirse situaciones semejantes.
Las actuaciones que se van a llevar a cabo son las siguientes:
Tratamiento de estabilidad en las trincheras, restablecimiento y mejora de las conducciones de drenaje, estabilización de la plataforma, restitución y limpieza de balasto, sustitución de las traviesas dañadas, reparación de las instalaciones de electrificación y señalización, y refuerzo de la protección de la escollera.
Andalucía
Las obras tendrán un presupuesto de 5.409.108,94 euros (900 millones de pesetas).
Durante los meses de octubre y noviembre debido, al excepcional régimen de lluvias sufrido en Sevilla y Huelva, se vio afectada la traza del ferrocarril en las líneas Sevilla-Huelva y Zafra-Huelva. La longitud de la línea afectada es de 296 km.
Para evitar que puedan producirse daños en las obras ejecutadas que pongan en peligro las mismas se va a proceder a la ejecución de los trabajos necesarios que consisten en: Ejecución de nuevas obras transversales de paso de agua y muros cuneta, elevación de rasante, ampliación de cauces, construcción de muros de coronación, depuración o sustitución del balasto, limpieza de cunetas y desagües transversales, saneamiento y acondicionamiento de trincheras, y limpieza de desprendimientos.
Fomento
OBRAS DE EMERGENCIA EN CARRETERAS DE
JAÉN, ZARAGOZA Y CÓRDOBA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia necesarias para reparar los daños ocasionados en la Autovía de Granada, en Jaén, así como en las carreteras nacionales N-211, en Zaragoza, y N-420, en Córdoba
Autovía de Granada
Las obras de emergencia en la Autovía de Granada han sido motivadas por los daños causados por las lluvias en los terraplenes situados en los puntos kilométricos 53,3 y 74,900 de la carretera N-323 (Autovía de Granada), en los términos municipales de Pegalajar y Campillo de Arenas, en Jaén. El presupuesto previsto es de 441,4 millones de pesetas.
Como consecuencia de las lluvias y de la insuficiencia de los sistemas de drenaje, se han producido graves afecciones en los terraplenes existentes con deslizamientos, grietas e inestabilidades. Con el objeto de evitar el peligro de derrumbamiento, se ha considerado necesario ejecutar varias actuaciones declaradas de emergencia consistentes en la reparación de deslizamientos, colocación de pilotes y tacones en escollera y limpieza y reconstrucción de drenajes.
Zaragoza
En cuanto a Zaragoza, el Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia necesarias para la reposición de vías pecuarias, riegos y accesibilidad a predios tras las obras de Mejora de la plataforma de la carretera N-211, en el tramo comprendido entre Caspe y Barranco de Valmayor, en el término municipal de Caspe, provincia de Zaragoza. Cuentan con un presupuesto de 92.762.278 pesetas.
En septiembre de 2000 fueron declaradas de emergencia una serie de actuaciones necesarias para garantiza la seguridad del tráfico afectado por las obras de mejora de esta plataforma, que se encontraban suspendidas temporalmente. No obstante, las medidas adoptadas se consideran insuficientes, por lo que ha sido necesario ampliar las obras de emergencia ya en marcha y, como consecuencia, se procedió a la declaración de emergencia de las obras de reparación necesarias.
Las obras consisten en la reposición de vías pecuarias, paso de vía pecuaria adyacente a la carretera, caminos y pasos para riego.
Córdoba
Finalmente, el Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencias necesarias para la estabilización de un talud situado entre los puntos kilométricos 63,86 y 64,08 de la carretera N-420 a su paso por el término municipal de Montoro, en la provincia de Córdoba. El presupuesto es de 73.080.000 pesetas.
En el año 2000 se produjeron importantes desprendimientos en los taludes de desmonte entre los puntos kilométricos 63,200 y 64,600 de la carretera N-420. Esto motivó la realización, a la mayor brevedad posible, de las actuaciones imprescindibles para su estabilización. Las obras consisten en la limpieza de los desprendimientos, traslado de éstos al vertedero y estabilización del nuevo talud resultante, así como la instalación de bulones, mallas y anclajes y revegetación y extendido de tierra vegetal.
Trabajo y Asuntos Sociales
660 MILLONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA
MUNDIAL SOBRE EL ENVEJECIMIENTO
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un gasto de 660 millones de pesetas (3.966.679,89 euros), con motivo de la celebración en España de la II Asamblea Mundial sobre el envejecimiento, convocada por Naciones Unidas.
La II Asamblea Mundial del Envejecimiento se celebrará en Madrid del 8 al 12 de abril del 2002 y tendrá su sede en el Palacio Municipal de Congresos del Campo de las Naciones. Previamente a la Asamblea se celebrará el Foro no gubernamental y de la sociedad civil que trabajan con personas mayores. Este Foro se celebrará durante los días 5 al 9 de abril, en las instalaciones del IFEMA.
El Gobierno de España, consciente de la necesidad de revisar el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento, aprobado en la I Asamblea Mundial de 1982, celebrada en Viena y, sobre todo, la necesidad de plantear estrategias políticas, económicas y sociales para hacer frente a los retos del envejecimiento en el siglo XXI, ha apoyado la iniciativa de llevar a cabo esta II Asamblea Mundial.
Mejora de calidad de vida
Los trabajos de la Asamblea permitirán abordar, en los países en desarrollo, los problemas derivados de los incrementos de población mayor y poner en marcha políticas que permitan mejorar la calidad de vida de estos grupos de población.
La preparación de la Asamblea y su desarrollo posterior permitirán también impulsar el intercambio de experiencias entre los países sobre las necesidades de las personas mayores, así como la incorporación de aquellas iniciativas no gubernamentales que jueguen un papel fundamental en la atención los mayores.
La preparación, desarrollo y puesta en práctica de los acuerdos de la Asamblea deberán estimular la iniciativa privada en la búsqueda y generación de nuevos yacimientos de empleo para dar respuesta a las nuevas exigencias surgidas de una población cada vez más envejecida.
Comité Organizador
La trascendencia e importancia de este acontecimiento han hecho necesario crear un Comité Organizador de la Asamblea en el que están representados varios Ministerios con competencia en esta materia. Este órgano dirige y coordina todos los trabajos de preparación de la Asamblea y está presidido por el Ministro de la Presidencia. También se ha nombrado un Comisario del Comité Organizador, al que le corresponde la tarea de asegurar el funcionamiento y cumplimiento de los fines encomendados a este Comité.
La Infanta Doña Cristina ha sido nombrada Embajadora de Buena Voluntad de Naciones Unidas para la II Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento.
Economía
CRÉDITOS FAD A VENEZUELA Y A LA REPÚBLICA
SRPSKA DE BOSNIA Y HERZEGOVINA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de tres créditos con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo por un importe total de 11.301.000 euros a la República de Venezuela y Srpska de Bosnia y Herzegovina con la siguiente distribución:
Dos créditos a Venezuela por un importe total de 10.009.000 euros para financiar el suministro de dos lotes de equipamiento para el fortalecimiento de la educación técnica.
En ambos casos, las condiciones financieras serán de treinta años de plazo total de amortización, con un período de gracia de diez años, a un tipo de interés anual del 0,3 por 100 y con vencimientos semestrales.
Crédito a la República de Srpska de Bosnia Herzegovina por un importe total de 1.292.000 euros, para financiar el suministro de sistemas celulares destinados a la reconstrucción de la red telefónica. Tendrá 33 años de plazo de amortización total, con un período de gracia de doce años, a un tipo de interés anual del 0,2 por 100 y con vencimientos semestrales.
AYUDA A LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
También el Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de una ayuda, por importe de once millones de euros, a la República Popular China para la creación de un centro tecnológico de máquina herramienta con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
Estos once millones de euros equivalen al 100 por 100 del total de la financiación oficial española. El importe tendrá carácter ligado y se utilizará para la financiación de las exportaciones de bienes y servicios españoles.
INDEMNIZACIÓN AL ICO POR ADMINISTRAR LOS CRÉDITOS FAD
Asimismo, el Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a percibir trimestralmente, con cargo a los recursos del FAD, cantidades hasta un límite anual de 1.365.500 euros en concepto de compensación de los gastos en que incurra por la labor de administración, durante el año 2001, de los créditos de Fondo de Ayuda al Desarrollo.
Economía
INCENTIVOS A LA AMPLIACIÓN DE LA FACTORÍA
DE G.E. PLASTICS, EN CARTAGENA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Economía a adquirir compromisos de gasto para posibilitar la concesión de incentivos a G.E. Plastics, S.L., con destino a la instalación de una tercera planta de policarbonatos en Cartagena. El Acuerdo también recoge la posibilidad de conceder subvención a la ampliación de la segunda planta de policarbonatos en la misma localidad y a una nueva unidad para fabricar planchas de policarbonato.
Las instalaciones de G.E. Plastics, S.L. en Cartagena supondrán una inversión de 300.000 millones de pesetas (1.803 millones de euros) y la creación de 1.029 puestos de trabajo directos.
Economía
EMPRESA CONJUNTA ENTRE REPSOL Y EL RACE PARA
ASISTENCIA EN CARRETERA Y SEGURO DE VIAJES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros, a la vista del dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha acordado no oponerse a la constitución de la empresa conjunta AUTOCLUB IBEROAMERICANO S.A. por parte de REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS S.A. y REAL AUTOMÓVIL CLUB DE ESPAÑA (RACE).
AUTOCLUB tiene previsto desarrollar una amplia gama de actividades relacionadas con la asistencia en carretera, operaciones de seguro y reaseguro de viajes, y la intermediación de pólizas.
En opinión del Tribunal, el núcleo de los efectos de la operación se produce en el mercado de los seguros de asistencia a vehículos averiados y accidentados, mercado a su vez segmentado en dos submercados en atención a que los vehículos sean de peso inferior o superior a 3,5 Tms.
Habida cuenta de la ausencia de solapamiento horizontal entre las empresas que se concentran en los anteriores mercados, toda vez que el RACE se encuentra activa en seguros y reaseguros en el ámbito de vehículos de peso inferior a las 3,5 Tms, y REPSOL en el ámbito de vehículos de peso superior, aunque el Tribunal reconozca los estrechos vínculos que va a mantener la nueva empresa con REPSOL, uno de los grupos empresariales más importantes del país, ha llegado a la consideración de encontrarse ante unos mercados en los que, además de no existir barreras significativas de entrada, operan empresas integradas en grupos de considerable entidad financiera. Por todo ello, el Tribunal considera adecuado declarar procedente la operación notificada.
Hacienda
PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CORREOS
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. y el Ministerio de Hacienda, Parque Móvil del Estado e Instituto de Estudios Fiscales para la prestación de servicios postales.
En este sentido, las partes han elaborado un proyecto de adenda al convenio de colaboración, suscrito en diciembre de 2000, por el que el Ministerio de Hacienda y los organismos autónomos acogidos se comprometen a financiar la cantidad máxima de 2.943.919 euros (489.826.979 pesetas), con cargo a los Presupuestos del próximo ejercicio.
Asuntos Exteriores
AYUDA HUMANITARIA A ANGOLA Y CABO VERDE
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha tomado razón de las Ayudas Alimentarias de Emergencia a Angola y Cabo Verde, por un impuesto global de 166 millones de pesetas.
Angola
Se trata de la contratación del suministro y transporte de 432 toneladas de azúcar y 237,6 toneladas de alubia blanca para paliar la gravísima situación que atraviesa la población angoleña por los conflictos bélicos que se desarrollan en el país, que causan desplazamientos masivos de la población con la consiguiente situación de hambruna.
La Ayuda se concede para atender la petición hecha por las autoridades del citado país, así como del llamamiento hecho por Naciones Unidas y el Programa Mundial de Alimentos. El transporte se ha realizado por vía marítima y la ayuda irá consignada a la Embajada de España en Luanda para su entrega a las autoridades angoleñas que la distribuirán, a través del Programa Mundial de Alimentos, entre la población afectada.
Cabo Verde
Esta Ayuda corresponde a la contratación del suministros y transporte de 324 toneladas de maíz en grana y 48,3 toneladas de leche descremada en polvo para paliar la grave situación por la que atraviesa la población caboverdiana de extrema pobreza, debido a la gravísima sequía que sufre el archipiélago.
El suministro y transporte de los citados alimentos se ha realizado por vía marítima y la Ayuda irá consignada a la Embajada de España en Dakar (Senegal), para su entrega a las autoridades de Cabo Verde que la distribuirán entre la población afectada.
Asuntos Exteriores
ACUERDO MARCO ENTRE ESPAÑA Y LA
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo marco de cooperación entre España y la Organización Mundial de la Salud, (OMS) que establece el marco jurídico que ha de regir las relaciones en el ámbito de los programas, proyectos y actividades sanitarias promovidos por la O.M.S. y financiados por España, al margen de las cuotas que España aporta regularmente de la Organización.
En virtud de este Convenio, ambas partes se comprometen a desarrollar y ejecutar de mutuo acuerdo, programas, proyectos y actividades sanitarios de conformidad con el mandato de la O.M.S., las decisiones de la Asamblea Mundial de la Salud y el espíritu de este Acuerdo Marco. Además, cuando lo consideren necesario, se podrán concluir acuerdos adicionales relativos a la cooperación en el ámbito de la salud.
Este Acuerdo Marco prevé la creación de Comisión Mixta paritaria que hará el seguimiento de la cooperación entre España y la O.M.S., revisando la planificación, ejecución y evaluación de los distintos programas, proyectos y actividades. Podrá también proponer nuevos programas, proyectos y actividades de cooperación, que podrán ser establecidos por las Partes mediante acuerdos separados.
Medio Ambiente
GESTIÓN AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS
DE ENVASES FITOSANITARIOS
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta de los Ministerios de Medio Ambiente y de Agricultura, Pesca y Alimentación un Real Decreto cuyo objetivo es lograr la gestión ambientalmente correcta de los residuos derivados de los envases de productos fitosanitarios, considerados como envases industriales o comerciales. Entre estos productos se encuentran los plaguicidas, herbicidas y fungicidas de uso agrícola y destinados a la jardinería industrial.
Con esta nueva norma los productos fitosanitarios deberán ser puestos en el mercado garantizando que su residuo de envase sea gestionado a través del sistema de depósito, devolución y retorno, o, alternativamente, a través de un sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados. Con ello se pretende garantizar la protección de la salud humana y el medio ambiente.
Según el Real Decreto, los sistemas integrados de gestión, representados por entes creados al efecto, deberán tener capacidad suficiente para implantar sistemas de recogida selectiva de los residuos de envases que permitan su entrega y recogida con todas las garantías ambientales, así como demostrar que el reciclado o la valorización de los residuos de envases recogidos se llevarán a cabo con todas las garantías sanitarias y ambientales.
La Ley de envases y residuos de envases de 1997, establecía que al poseedor final le correspondía la recogida de los envases industriales o comerciales, a menos que los envasadores decidieran, voluntariamente, ponerlos en el mercado al igual que los envases de consumo doméstico.
Con este nuevo Real Decreto, se establece que determinados envases industriales o comerciales que presenten características de peligrosidad o toxicidad, como es el caso de los envases de productos fitosanitarios, sean gestionados por el sistema de depósito, evolución o retorno o, alternativamente, a través de un sistema integrado de gestión.
Defensa
REGLAMENTO DE CATALOGACIÓN DE LA DEFENSA
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Reglamento de Catalogación de la Defensa, que introduce la obligatoriedad de catalogar los artículos de abastecimiento adquiridos por las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.
El Real Decreto responde a la necesidad de contar con una nueva normativa que regule las actuaciones de catalogación de artículos de abastecimiento (sistemas, equipos, productos y repuestos) en el ámbito del Ministerio de Defensa, mediante el uso del Sistema OTAN de codificación como único sistema uniforme.
Esta normativa crea la Comisión de Catalogación de Defensa y atribuye al Director General de Armamento y Material las competencias ejecutivas como Autoridad Nacional de Catalogación.
Asimismo, sustituye a la Orden Ministerial de 24 de abril de 1986, que declaraba ya en su momento el uso obligatorio en las Fuerzas Armadas y Guardia Civil, en lo que respecta a su dependencia del Ministerio de Defensa, del Sistema OTAN de Catalogación.
Defensa
INCREMENTO DE LA ANUALIDAD DE 2001
DEL PROGRAMA EUROFIGHTER
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado un incremento de gasto de 83.632 millones de pesetas (502,64 millones de euros) para actualizar las condiciones económicas del año 2001 de los compromisos derivados de la suscripción de los Memorando de entendimiento del Programa EF 2000 (Eurofighter).
Este programa prevé la producción de 87 aviones y 194 motores, así como su apoyo logístico integrado, y se distribuye entre 2002 y 2013.
Economía
PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE CORREOS Y TELÉGRAFOS
Y EL MINISTERIO DE ECONOMÍA PARA SERVICIOS POSTALES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. y el Ministerio de Economía, el Instituto de Turismo de España, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, el Instituto Nacional de Estadística y el Comisionado para el Mercado de Tabacos, para la prestación de servicios postales.
Dicho Convenio, consecuencia de lo acordado en el Consejo de Ministros en marzo de 1999 sobre actuaciones en materia de compras públicas en los nuevos mercados liberalizados y con el fin de obtener, según el tipo de servicios, bonificaciones sobre las tarifas establecidas entre el 40,67 y el 5 por 100, fue suscrito inicialmente el 1 de octubre de 1999 y posteriormente prorrogado.
El 29 de diciembre de 2000 se suscribió el Convenio actualmente en vigor para la prestación de servicios postales durante el ejercicio 2001 y en el mismo se establecerá la posibilidad de prórroga, que hoy ha sido autorizada por el plazo de un año a partir del 1 de enero de 2002 con un importe máximo del gasto de 539.9677.309 pesetas, equivalentes a 3.245.268,89 euros.
Economía
CONVENIO PARA RECOGIDA DE DATOS CENSALES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. para la formalización de la colaboración de dicha Sociedad Estatal y el INE en la recogida de datos de los Censos de Población y Viviendas 2001, en determinadas secciones censales previamente indicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la Sociedad Estatal.
Para compensar la citada colaboración, el Instituto Nacional de Estadística abonará a la Sociedad Estatal con cargo a los Presupuestos Generales del Estado del año 2002, la cantidad que resulte de aplicar los baremos que figuran en el Anexo al propio Convenio de Colaboración a las tareas efectivamente realizadas por Correos y Telégrafos.
En todo caso, la cantidad a abonar por el INE a Correos y Telégrafos no puede ser inferior a treinta millones de pesetas (180.303,63 euros) ni superior a cien millones de pesetas (601.012,10 euros). El límite inferior se ha fijado valorando el trabajo de recogida de los cuestionarios censales en determinadas secciones censales, según figura en el propio Convenio.
Agricultura, Pesca y Alimentación
CONVENIO CON LA GENERALITAT VALENCIANA
PARA CONSERVAR LAS COLUMBRETES
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la renovación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Medio Ambiente de la Generalitat de Valencia, con el objeto de cooperar en la conservación de la reserva natural y de la reserva marina de las Islas Columbretes. Se trata del segundo convenio de colaboración entre las dos instituciones, que cooperarán para gestionar el espacio natural integrado por el parque natural y la reserva marina.
La aportación económica del Ministerio, a lo largo de los cuatro años que tendrá de vigencia el Convenio, superará los 66 millones de pesetas. Estos recursos se emplearán en la protección, conservación y regeneración de los recursos pesqueros; en la vigilancia de la actividad pesquera; en investigación y seguimiento del impacto de las actividades realizadas en la reserva marina y en la difusión de las actividades y recursos de la reserva.
Está previsto, a su vez, que la Comunidad Autónoma de Valencia realice estos mismos trabajos (conservación, control, investigación y difusión) en el medio terrestre.
Finalmente, el Convenio recoge la creación de una comisión de seguimiento que supervisará las actuaciones previstas y aprobará los gastos necesarios para la realización de las mismas.
Defensa
PROGRAMA DE DESARROLLO Y PRODUCCIÓN DEL MISIL METEOR
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Defensa a adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros para suscribir el Memorando de Entendimiento (MOU) sobre el Programa para el desarrollo, producción y apoyo logístico inicial del misil Meteor. El importe total del Memorando asciende a 15.586.208.550 pesetas (93.675.000 euros), repartido en los ejercicios 2001 a 2013.
España participa en el Programa Meteor junto a Francia, Alemania, Italia, Suecia y Reino Unido. Este misil, de alcance medio aire-aire, es el armamento fundamental del avión EF-2000. El Ejército del Aire necesita de 200 a 250 misiles.
Defensa
DESARROLLO, PRODUCCIÓN Y APOYO INICIAL DEL PROGRAMA A-400
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción del Memorando de Entendimiento (MOU) de Desarrollo, Producción y Apoyo Inicial del Programa A-400, en el que España participa en unión de Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Portugal, Turquía y Reino Unido.
El compromiso financiero máximo de España en este programa, en condiciones de junio de 2001, es de 3.453 euros para la fase única de desarrollo, inversiones para la producción y apoyo logístico inicial.
Economía
CONSORCIO PARA EXPLOTACIÓN MINERA
EN SEVILLA, HUELVA Y BADAJOZ
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo de participación, junto al Estado español, de la entidad Río Narcea Recursos, S.A. en el consorcio creado para la investigación y eventual explotación de los yacimientos encontrados en las reservas provisionales a favor del Estado "La Monaguera", "La Monaguera II" y "La Remonta", situadas en las provincias de Sevilla, Huelva y Badajoz. Además, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se acuerda la prórroga del periodo de vigencia y la reducción de la superficie de las mismas.
Los trabajos realizados en los últimos años han puesto de manifiesto un yacimiento de sulfuros de cobre y níquel, denominado "Agua Blanca", situado en el término municipal de Monesterio, en la provincia de Badajoz. El yacimiento tiene unas reservas geológicas de unos 30 millones de toneladas, con leyes medias de 0,71 por 100 de níquel y 0,52 por 100 de cobre.
La participación de Río Narcea Recursos, S.A., empresa del mismo grupo que explota las minas de oro de Asturias, permite acometer los trabajos de definición del yacimiento mediante la cubicación de las reservas explotables.
Estos trabajos de definición permitirán en un futuro próximo la explotación del yacimiento, previa la declaración de reserva definitiva, lo que supondrá la continuidad de los puestos de trabajo en una zona con gran dependencia minera. Dicha explotación será llevada a cabo en solitario por Río Narcea Recursos, S.A., que realizará el pago de un canon de producción que permitirá recuperar al Estado las cantidades invertidas en la investigación.
Economía
AUTORIZADA LA CONCENTRACIÓN KURARAY/CLARIANT
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros, a la vista del dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha acordado no oponerse al proyecto de concentración económica consistente en la adquisición por KURARAY SPECIALITIES EUROPE GmbH del negocio de alcoholes de polivinilo (PVA) y polivinilo butyral (PVB) de CLARIANT GmbH.
KURARAY SPECIALITIES EUROPE GmbH es una sociedad alemana integrada en el grupo químico de origen japonés KURARAY. En cuanto al negocio adquirido del grupo CLARIANT, es el directamente vinculado a la producción y venta de PVA y PVB.
El Tribunal de Defensa de la Competencia ha considerado en su informe que los indicadores estudiados no revelan un incremento de concentración que pueda resultar perjudicial para las condiciones de competencia existentes en los mercados españoles afectados, dada la existencia de importantes competidores activos a nivel mundial, unas barreras de entrada poco importantes, así como el poder de la demanda, concentrada en un número reducido de grandes consumidores industriales.
Hacienda
AMPLIADA LA APORTACIÓN AL PROGRAMA DE ACTUACIÓN,
INVERSIONES Y FINANCIACIÓN DE 2001 DE SEPI
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a ampliar la cifra de aportaciones del Programa de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF) del año 2001 en 1.798 millones de euros (299.100 millones de pesetas).
Esta ampliación se destina a la externalización de compromisos laborales de las empresas y resulta de la diferencia entre las aportaciones aprobadas para externalización en el PAIF 2001 (1.121 millones de euros) y la última estimación realizada (2.918 millones de euros).
El Programa de Actuación, Inversiones y Financiación de la SEPI correspondiente al año 2001 contemplaba unas aportaciones totales a las empresas del Grupo de 2.505 millones de euros (416.800 millones de pesetas), de los cuales 1.121 millones de euros (186.487 millones de pesetas) estarían destinados a cobertura de externalización de compromisos laborales y el resto, a créditos fiscales, reposición de pérdidas y cobertura de necesidades tanto derivadas de los procesos de privatización en curso, como operativas y financieras de empresas participadas.
Educación, Cultura y Deporte
NUEVOS ESTATUTOS DE LA ACADEMIA ARAGONESA
DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN
Madrid, 14 de diciembre de 2001
El Consejo de Ministros los nuevos estatutos de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación.
El motivo principal de la modificación estatutaria es el de adaptar la normativa reguladora de la actuación de la Academia Aragonesa, fundada en 1995, a la realidad actual.
Entre los principales aspectos de la reforma cabe destacar la nueva definición de la naturaleza de la entidad que, según los nuevos estatutos, pasa a constituirse como corporación de Derecho público de carácter estatal, elimina el carácter de gratuidad de sus actividades y amplía las mismas a la enseñanza del Derecho. Además, se reforman también la composición subjetiva, derechos y deberes de los Académicos.
ASUNTOS EXTERIORES
Embajador de España en Tanzania.-
D. JOSÉ MARÍA CASTROVIEJO Y BOLÍVAR.
Nacido el 21 de agosto de 1942 en Bueu (Pontevedra), es Doctor en Derecho e ingresó en 1971 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Gabón, Países Bajos y Naciones Unidas. Ha sido Inspector General de Servicios del Ministerio y Cónsul General de España en Montreal. Desde 1999 era Cónsul General de España en Estambul.
DEFENSA
Fiscal del Tribunal Militar Central.-
General Auditor D. JUAN MANUEL ZAPATERO DÍAZ.
Nacido el 4 de febrero de 1943 en Madrid, es Licenciado en Derecho y ostenta desde 1999 el grado de General Auditor.
Ha estado destinado en las Auditorías del Departamento Marítimo de Ferrol y de la Zona Marítima de Canarias. Ha sido segundo jefe de la Auditoría de la Jurisdicción Central de la Armada y Fiscal Jefe del Tribunal Militar Territorial Primero. Desde 1999 era General Auditor segundo jefe de la Asesoría Jurídica del Cuartel General de la Armada