Referencia del Consejo de Ministros

28.1.2025

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La Moncloa

SUMARIO

Hacienda

Trabajo y Economía Social

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Trabajo y Economía Social el pago de una contribución voluntaria a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en 2025, para la financiación de la organización del Foro Político de alto nivel, por un importe total de 105.000 euros.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C9, I1). REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo del hidrógeno en la movilidad y el transporte, en el marco del componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la realización de actuaciones de restauración hidrológico-forestal de infraestructuras forestales dañadas por lluvias torrenciales en la provincia de Huesca, por un importe máximo de 338.816,01 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras para la reparación de los daños ocasionados en el barranco del Poyo como consecuencia de la DANA del 29 de octubre de 2024, en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por un importe máximo de 26.000.000 de euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Defensa

Transportes y Movilidad Sostenible

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación de los daños generados por la DANA del 28 al 31 de agosto de 2024 en la Red de Carreteras del Estado en la Comarca del Jiloca, provincia de Teruel, subsanando la situación de grave peligro existente, por importe de 1.310.044,84 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación del viaducto sobre el río Astillero, ubicado en el punto kilométrico 42+093 de la carretera N-502, en la provincia de Ávila, subsanando la situación de grave peligro existente, por importe de 1.976.094,73 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras y actuaciones necesarias para satisfacer la necesidad sobrevenida de restitución de la vialidad de la Red de Carreteras del Estado en la provincia de Valencia, a causa de los acontecimientos catastróficos ocurridos con motivo de las intensas lluvias caídas el 29 de octubre de 2024, así como la urgente reparación de los daños provocados por las inundaciones, en la provincia de Valencia, subsanando la situación de grave peligro existente, por importe de 78.556.431,95 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para las obras de reparación de los desperfectos producidos en el talud de separación de la A-3 y la rambla del Poyo, así como en las estructuras de paso de la A-3 y la A-7 sobre este barranco, a causa de los acontecimientos catastróficos ocurridos con motivo de las intensas lluvias caídas el 29 de octubre de 2024, en la provincia de Valencia, subsanando la situación de grave peligro existente, por importe de 15.615.583,18 euros.

Política Territorial y Memoria Democrática

Economía, Comercio y Empresa

  • ACUERDO por el que se autoriza la condonación de la deuda pendiente de cobro por el Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) a la institución microfinanciera Lebanese Association for Development (Al Majmoua).
  • ACUERDO por el que se autoriza la formalización por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Acuerdo Marco y la liquidación extrajudicial de Acceso Crediticio, S.A., condonando hasta el 100 % del préstamo concedido con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE).

Sanidad

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra directora del Departamento de Información Internacional de la Secretaría de Estado de Comunicación aDª. ALEXANDRA GIL POLO.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se nombra embajador de España en Japón a D. ÍÑIGO DE PALACIO ESPAÑA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra embajadora de España en la República Cooperativa de Guyana a Dª. MARÍA CRISTINA PÉREZ GUTIÉRREZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra embajadora de España en el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea a Dª. ESTHER MONTERRUBIO VILLAR.

Economía, Comercio y Empresa

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda

FONDO DE CONTINGENCIA PARA ACTUACIONES DE ADMINISTRACIONES LOCALES AFECTADAS POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.745.310.104,41 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, para hacer posible la concesión de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales afectados por la DANA, con el objetivo de financiar el 100% del coste de las obras de reparación de instalaciones municipales y de diputaciones dañadas por este fenómeno meteorológico, tal y como anunció la semana pasada el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local ha sido el centro directivo que ha solicitado esta cantidad para permitir la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales que financien obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial, ante los daños causados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, al amparo del Real Decreto ley 6/2024, de 5 de noviembre.

La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil en su artículo 24 prevé la posibilidad de que el Consejo de Ministros adopte subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Dicha Ley además otorga el ámbito competencial de dichas ayudas al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y asimismo permite que el Consejo de Ministros declare la existencia de 'Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil'. En el caso de esta DANA el territorio damnificado fue declarado como tal el pasado 5 de noviembre.

Por otro lado, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA en distintos territorios de España, concretamente 78 municipios de las provincias de Valencia, Málaga, Cuenca y Albacete.

El citado Real Decreto-ley 6/2024 establece que se concederán ayudas de forma directa a las entidades locales para la realización de obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, provincial o insular de hasta el 100% del coste. Habilita asimismo al Ministerio de Política Territorial para concederlas mediante Orden Ministerial, siempre cumpliendo lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.

Estas medidas se financiarán mediante un crédito extraordinario a cargo del 'Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria, artículo 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, DANA 28 de octubre de 2024'. Por ello, se establece la necesidad de un crédito extraordinario para atender los reconocimientos y obligaciones de tales subvenciones, para lo cual es necesario acudir al Fondo de Contingencia.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PROYECTOS ESPAÑOLES PARA USO DE H2 EN MOVILIDAD Y TRANSPORTE
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), un real decreto para asignar y repartir 142,91 millones de euros en ayudas directas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) a los dos proyectos españoles elegidos por la Comisión Europea en el marco del Proyecto Importante de Interés Común Europeo (IPCEI, en sus siglas en inglés) Hy2Move para el desarrollo de soluciones innovadoras en tecnologías, componentes y procesos para aplicaciones de movilidad y transporte mediante H2 renovable.

Las dos iniciativas beneficiarias son las encabezadas por Airbus OSL y Evolution Synergetique Automotive SL. Al proyecto HERMES de Airbus se otorgan 117,67 millones, con los que testará varias soluciones tecnológicas e industriales para la introducción segura del hidrógeno en la puesta en marcha de aviones cero emisiones. Con este planteamiento, la compañía aeronaútica hispano-franco-alemana busca desplegar y validar nuevas aplicaciones de movilidad en la aviación, uno de los sectores del transporte con mayor volumen de emisiones y más difícil de descarbonizar.

Por su parte, el proyecto AH2HUB de la pyme sevillana Evolution Synergetique Automotive SL (EVO) incluye desarrollos de I+D+i y primer despliegue industrial de una nueva generación de vehículos medianos y pesados de pila de hidrógeno, en particular dos tipos de autobuses y una unidad tractora para instalaciones aeroportuarias y hubs logísticos. El Real Decreto fija en 25,24 millones la ayuda concedida a esta iniciativa. En ambos casos los fondos se canalizan a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del MITECO.

SIETE PAÍSES

Junto con España, se benefician del IPCEI Hy2Move Alemania, Eslovaquia, Estonia, Francia, Italia y Países Bajos, para un total de 13 proyectos. El objetivo común es fomentar el avance tecnológico en la creación de una cadena de valor del hidrógeno innovadora y sostenible en el sector de la movilidad y el transporte por carretera, marítimo, aviación, etc, poniendo en común a empresas europeas de distintos países y que operan en diferentes niveles de dicha cadena de valor.

Entre los retos específicos de este IPCEI figuran el desarrollo de elementos de pilas de combustible innovadores y de alto rendimiento, basados en materiales y técnicas duraderos, sostenibles, interoperables y rentables. También, proporcionar la próxima generación de soluciones de almacenamiento de hidrógeno a bordo y habilitar tecnologías de producción de hidrógeno capaces de satisfacer los requisitos específicos de las aplicaciones de movilidad y transporte, como los relativos a la pureza y la presión.

PROTAGONISMO ESPAÑOL

Se trata del cuarto IPCEI de hidrógeno aprobado por Bruselas en los últimos tres años, dentro de la apuesta estratégica de impulso a la cadena de valor industrial del hidrógeno verde en la UE; desde la I+D+i hasta la producción y uso de este vector energético en los sectores de actividad económica y productiva más difíciles de descarbonizar.

España participa también en dos oleadas IPCEI anteriores de la Comisión -IPCEI Hy2Tech e IPCEI Hy2Use- con una decena de proyectos empresariales que contribuirán a la creación de un entorno tecnológico e industrial alrededor del hidrógeno renovable a escala europea. El protagonismo español en estos IPCEI supone una oportunidad única para posicionar a la industria nacional en la carrera competitiva del hidrógeno renovable, donde otros países de nuestro entorno ya están invirtiendo fuertemente.

Además, estas dos últimas iniciativas españolas para integrar el hidrógeno renovable en todos los ámbitos del transporte y la movilidad se unen a los 12 proyectos nacionales a los que el IDAE ha adjudicado 37 millones del programa 2 H2 Cadena de Valor para el diseño, demostración y validación en motores de propulsión por hidrógeno renovable en trenes, aeronaves, autocares, embarcaciones y vehículos de uso agrario e industrial.

La financiación pública a estos proyectos permitirá seguir avanzando en la construcción de una economía del hidrógeno renovable sólida, tanto a escala comunitaria como en España, para acelerar el proceso de descarbonización en los sectores más contaminantes y ganar competitividad industrial en el despliegue global de las energías renovables, donde nuestro país puede hacer valer su posición de liderazgo internacional.

INTERESES COMUNITARIOS

Los IPCEI abordan las deficiencias de mercado identificadas teniendo en cuenta los intereses comunes de la Unión. Permiten a los Estados miembro colaborar y fomentar iniciativas privadas en apoyo de la innovación de vanguardia, limitadas por los grandes riesgos que implican, al tiempo que, por un lado, se garantiza que la economía de la UE se beneficie conjuntamente de las inversiones y, por otro, disminuyan las posibles distorsiones a la competencia.

Entre los requisitos que deben cumplir los proyectos para ser considerados IPCEI, se encuentran el de contribuir significativamente a los objetivos estratégicos de la UE, integrar a varios países, comprometer financiación privada de los beneficiarios de las ayudas y generar efectos indirectos positivos en toda la Unión.

HIDRÓGENO RENOVABLE, UNA APUESTA PAÍS

Además de la asignación de fondos a tres de los IPCEI comunitarios en torno a este vector energético, hasta ahora el MITECO y el IDAE han resuelto siete convocatorias de ayudas del PRTR -en los programas H2 Pioneros y H2 Cadena de Valor- y próximamente adjudicarán hasta 1.320 millones adicionales (componente 31) a los mejores proyectos seleccionados en concurrencia competitiva dentro de la línea de incentivos H2 Valles para la creación de grandes clústeres de hidrógeno renovable en entornos industriales integrados.

También con el objetivo de seguir facilitando el desarrollo de un completo ecosistema tecnológico e industrial del hidrógeno verde, el Gobierno aprobó en noviembre pasado la adhesión de España al mecanismo de subastas como servicio (Auction-as-a-Service) habilitado por el Banco Europeo del Hidrógeno y el Innovation Fund de la UE, al que aportará entre 280 y 400 millones.

En total, se han lanzado convocatorias por valor de 3.000 millones, de los más de 3.150 millones que el PRTR y su Adenda destinan al despliegue del hidrógeno renovable, en coherencia con lo previsto en el PERTE ERHA. Más de un centenar de proyectos vinculados a esta nueva fuente energética, clave para la descarbonización, han echado ya a andar en toda la geografía española gracias a los fondos europeos.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

TRATADO DE AMISTAD Y COOPERACIÓN CON FRANCIA
El Consejo de Ministros ha acordado disponer la remisión a las Cortes Generales del Tratado de Amistad y Cooperación entre el Reino de España y la República Francesa, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado tratado. El objeto del tratado es dar cumplimiento al compromiso político acordado por los Gobiernos de España y Francia en la XXVI Cumbre Hispano -Francesa, celebrada en Montauban el 15 de marzo de 2021. Supone el primer tratadode esta naturaleza y dimensión entre ambas partes, reconociendo así su valor en la profundización de las relaciones bilaterales en democracia. Su firma tuvo lugar en Barcelona el 19 de enero de 2023 con motivo de la celebración de la Cumbre Bilateral hispano-francesa.

Debido a la importancia de este tratado para la relación con un país vecino, socio y aliado como Francia, el trámite en la Cortes Generales se realizará por el procedimiento de urgencia, según establece el artículo 93 del Reglamento del Congreso de los Diputados.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA ECONÓMICA, DE TRANSPORTE, DE SEGURIDAD SOCIAL, Y PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.

La norma se estructura en cuatro títulos, dedicados a medidas en materia económica y de financiación territorial; medidas en materia de transporte terrestre; medidas en materia de Seguridad Social; y medidas de apoyo a colectivos vulnerables.

Medidas económicas y de financiación territorial

El título I contempla la aplicación hasta el 31 de diciembre de 2026 del régimen transitorio de suspensión de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC); la suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por la DANA; y un régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2025 que permitirá al Estado a autorizar a la Comunitat Valenciana a formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación para cubrir las necesidades de financiación correspondientes a los gastos extraordinarios en respuesta a la situación de emergencia causada por la DANA.

Medidas en materia de transporte terrestre

El título II, se refiere a las medidas aprobadas en materia de transporte terrestre. El capítulo I está dedicado a las disposiciones generales relativas a las ayudas directas al transporte de viajeros concretando su ámbito de actuación, los beneficiarios, el objeto y la cuantía, así como los aspectos que afectan al procedimiento de concesión, gestión y control de las ayudas.

Entre otras medidas, se encuentran las ayudas a los títulos de transporte consistentes en la gratuidad para la población infantil, la reducción en un 50% para los jóvenes y en un 20% para el resto de la población en el caso de los títulos multiviajes, siempre que la administración beneficiaria subvencione la tarifa con al menos otro 20%.

Los capítulos II y III contemplan, respectivamente, las disposiciones relativas a los concesionarios de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado y las relativas al transporte correspondiente a Renfe Viajeros SME SA. Destacan la gratuidad para la población infantil en las concesiones por carretera y la creación de nuevos títulos multiviaje mensuales dirigidos a la población juvenil con un descuento del 70%, una tarifa mensual ilimitada con un descuento del 50% y la creación de títulos multiviajes de 10 viajes con un descuento del 40% sobre el billete sencillo en cada trayecto. En las relativas al transporte correspondiente a Renfe Viajeros SME SA, se establece también la gratuidad para la población infantil. En los núcleos de Cercanías se crean nuevos títulos multiviaje mensuales dirigidos a la población juvenil con una tarifa de 10 euros mensuales, una tarifa mensual ilimitada válida en todas las zonas de cada núcleo de Cercanías y en el resto de núcleos de Cercanías con una tarifa de 20 euros mensuales y se extiende la caducidad de los títulos existentes de 10 viajes a un año.

En los servicios de Media distancia declarados como obligación de servicio público, incluyendo el servicio AVANT entre Ourense y A Coruña, Madrid-Salamanca y Alicante y Murcia se crean los siguientes abonos y títulos multiviaje: un abono de 10 viajes con un 40% de descuento, un abono mensual nominativo con un 40% de descuento, un abono mensual nominativo para jóvenes con 50% de descuento sobre el abono mensual general y se establece también la gratuidad para la población infantil. Todos los títulos multiviaje de los servicios ferroviarios de AVANT, declarados como obligación de servicio público podrán beneficiarse de un descuento del 50% para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, quedando excluidos de la aplicación los títulos de ida y vuelta.

Los capítulos IV, V y VI se ocupan, respectivamente, de las ayudas para el fomento y mejora en la oferta de servicios de transporte colectivo terrestre de pasajeros contemplando el apoyo a las comunidades autónomas y entidades locales; ayudas para la adquisición de ciclos de pedaleo asistido dirigidas a la ciudadanía y a las empresas dedicadas al reparto urbano de mercancías; y las ayudas para el fomento de los servicios públicos de préstamo de bicicletas.

Por último, el capítulo VII recoge medidas complementarias en materia de transportes entre las que se prevé la eventualidad de tener que realizar ajustes en determinadas dotaciones presupuestarias para lograr una mayor eficiencia en los impactos de las políticas de fomento que se prevén en este real decreto-ley; un régimen específico para las ayudas directas al transporte de viajeros, las medidas para el fomento de los servicios públicos de préstamo de bicicletas y para el transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias e Illes Balears; la reducción de precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME, en los núcleos de cercanías de Asturias y Cantabria; y un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias e Illes Balears.

Por último, se extienden hasta el 30 de junio de 2025 las medidas en materia de transportes contenidas en los artículos 64 al 73 el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

Medidas en materia de Seguridad Social

El título III desarrolla las medidas en materia de Seguridad Social, regulando en su primer capítulo las relativas a las pensiones y otras prestaciones públicas. Aborda la revalorización de las pensiones y otras prestaciones públicas en el año 2025 en un 2,8 por ciento, correspondiente al IPC de 2024. Asimismo, se actualizan la base máxima de cotización al sistema de Seguridad Social y la aplicación de la nueva cotización de solidaridad regulada en el artículo 19 bis del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre con efectos desde el 1 de enero de 2025.

El capítulo II recoge otras medidas en materia de Seguridad Social que incluyen la aplicación al Régimen Especial de Clases Pasivas de la disposición transitoria trigésima novena del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que determina el incremento progresivo de la cuantía máxima inicial prevista en este artículo 57 de esta misma norma para las pensiones que se causen desde 2025 a fin de acompasarla con el progresivo incremento aplicado a la base máxima de cotización desde 2024. Además, se modifica la disposición adicional quinta de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, para que la cotización adicional de solidaridad no resulte de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia del Régimen Especial del Mar, por ser de aplicación exclusiva a las personas trabajadoras por cuenta ajena y se modifica la Ley General de la Seguridad Social, en relación con los beneficios en la cotización a la Seguridad Social aplicables a los expedientes de regulación temporal de empleo y al Mecanismo RED.

En el capítulo III, de medidas en materia de empleo, se disponen las medidas de acompañamiento necesarias para asegurar la protección social, evitando despidos y destrucción de puestos de trabajo. Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos y aquellas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

Medidas de apoyo a colectivos vulnerables

Por último, el título IV, dedicado a las medidas de apoyo a colectivos vulnerables, recoge en su capítulo I la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2025 de los procedimientos de desahucio y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como, la posibilidad de solicitar hasta el 31 de enero de 2026 compensación por parte del arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre y dispone que la referencia al 31 de diciembre de 2024 contemplada en la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, se entenderá hecha al 31 de diciembre de 2025. Además, se prevé la creación de una línea de avales por cuenta del Estado para la cobertura en caso de impago en el alquiler de vivienda para jóvenes y familias vulnerables.

Como complemento a este primer capítulo, se añaden los anexos I y II, en los que se recogen las cuantías mínimas de pensión, límites y otras pensiones públicas para el año 2025.

Por su parte, el capítulo II contempla la aplicación hasta el 30 de junio de 2025 de las medidas dirigidas a la reconstrucción económica de la isla de La Palma, ante los efectos producidos por la erupción volcánica de Cumbre Vieja.

Asimismo, se incorpora la aplicación de determinadas medidas dirigidas a consumidores vulnerables como la garantía de suministro de agua y energía a consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social hasta el hasta el 31 de diciembre de 2025 y la aplicación de los valores extraordinarios de los descuentos del bono social a través de la extensión de la senda decreciente que permitirá alcanzar el régimen permanente de estos descuentos a partir del 1 de enero de 2026, frente al 1 de julio de 2025 como se había planteado inicialmente.

Disposiciones adicionales, transitoria, derogatoria y finales

La norma se completa con una serie de disposiciones adicionales, transitoria, derogatoria y finales:

La disposición adicional primera mantiene la vigencia en 2025 del título IV y del título VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y sus normas de desarrollo, con modificaciones y excepciones, con el fin de garantizar la aplicación de las disposiciones sobre las pensiones y las cotizaciones sociales en 2025. La disposición adicional segunda recoge actuaciones concretas en materia de traspaso y compensación de inmuebles al Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco de conformidad con los principios inspiradores de la legislación sobre Memoria Democrática y sobre restitución de bienes incautados a Partidos Políticos. Por su parte, la disposición adicional tercera amplía el ámbito de aplicación de las medidas en materia agraria previstas en el título IV del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, a las producciones, parcelas, explotaciones agrarias y elementos afectos a las mismas de determinados municipios de la provincia de Valencia afectados por la DANA.

La disposición transitoria única establece la aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley.

La disposición derogatoria única suprime cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto-ley.

La disposición final primera modifica la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del periodo 1936-1939, con el fin de atribuir al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la instrucción de estos procedimientos.

Correlativamente, la disposición final segunda modifica la Ley 50/2007, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939, para realizar también ajustes con motivo del desarrollo reglamentario de dicha ley.

La disposición final tercera modifica el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, con medidas como la ampliación del plazo de presentación de ayudas y la habilitación al Consejo de Ministros para que pueda ampliar el citado plazo.

La disposición final cuarta modifica el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, a fin de introducir distintas mejoras de carácter técnico.

La disposición final quinta modifica el Real Decreto 1120/2024, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona, Valencia y Comunidad Autónoma de Canarias, ampliando el plazo de justificación.

La disposición final sexta establece la salvaguardia de rango de las disposiciones normativas de rango reglamentario que se ven modificadas por este real decreto-ley.

Mediante la disposición final séptima se recogen los títulos competenciales de la Constitución Española que amparan al Estado para aprobar las distintas medidas de este real decreto-ley.

Por su parte, la disposición final octava se refiere a las habilitaciones para el desarrollo, aplicación y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.

La disposición final novena determina la entrada en vigor de la norma el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se adjuntan los anexos I y II donde se recogen las cuantías mínimas de pensión, límites y otras pensiones públicas para el año 2025

Anexo I

Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2025

Clase de pensiónTitulares
Con cónyuge a
cargo
-
Euros/año
Sin cónyuge:
Unidad
económica
unipersonal
-
Euros/año
Con cónyuge
no a cargo
-
Euros/año
Jubilación
Titular con sesenta y cinco años15.786,4012.241,60
11.620,00
Titular menor de sesenta y cinco años15.786,4011.452,0010.824,80
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez.23.678,2018.362,4017.430,00
Incapacidad Permanente
Gran invalidez23.678,2018.362,4017.430,00
Absoluta15.786,4012.241,6011.620,00
Total: Titular con sesenta y cinco años15.786,4012.241,6011.620,00
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años15.786,4011.452,0010.824,80
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años9.024,409.024,408.947,40
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años15.786,4012.241,6011.620,00
Viudedad
Titular con cargas familiares 15.786,40
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 12.241,60
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años 11.452,00
Titular con menos de sesenta años 9.275,00

CLASE DE PENSIÓNEuros/año
Orfandad
Por beneficiario

3.745,00

Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.275 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.

7.361,20

Prestación de orfandad
Un beneficiario11.113,20
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios18.733,70
En favor de familiares
Por beneficiario

3.745,00

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años

9.044,00

Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años

8.523,20

Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.530 euros/año entre el número de beneficiarios.

Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión:

- Sin cónyuge a cargo 9.193,00 euros/año.

- Con cónyuge a cargo 10.723,00 euros/año.

Anexo II

Durante 2025 las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas quedan fijadas, en cómputo anual, en los importes siguientes:

Clase de pensiónImporte

Con cónyuge a cargo

-

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

-

Euros/año

Con cónyuge no a cargo

-

Euros/año

Pensión de jubilación o retiro.15.786,4012.241,6011.620,00
Pensión de viudedad.12.241,60
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones.11.932,90/n

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

PROMOCIONES DE LA CARRERA FISCAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto sobre promociones de la Carrera Fiscal por el que se promociona a fiscal de la categoría segunda a un total de 113 abogados fiscales, pertenecientes a la categoría tercera.

Los ascensos, que han sido solicitados por la Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal, cumplen con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece que las vacantes que se produzcan en la categoría segunda se cubrirán, por orden de antigüedad, entre los pertenecientes a la categoría tercera.

Las promociones se producen con ocasión de vacantes de la segunda categoría causadas por jubilaciones, fallecimientos, ascensos a la primera categoría o creación de nuevas plazas

Defensa

ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MILITAR
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Adquisición y Pérdida de la Condición de Militar y Situaciones Administrativas de los militares profesionales, aprobado por Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.

Atendiendo a la experiencia adquirida en la aplicación del reglamento y a la propia evolución de las circunstancias sobre las que se asientan las situaciones administrativas de los militares profesionales, la finalidad de estas modificaciones es actualizar su regulación para mejorar la seguridad jurídica, aclarando determinados aspectos que han suscitado dudas durante dicha aplicación y evitando amparar finalidades contrarias o distintas a dicha regulación, así como mejorar las garantías de protección de las mujeres militares acogidas a la excedencia por razón de violencia de género o violencia sexual en el desarrollo de su carrera profesional en las Fuerzas Armadas.

Defensa

ADQUISICIÓN DE MUNICIÓN
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un acuerdo marco para la adquisición de munición de calibre 12,70 x 99 milímetros.

Con este acuerdo marco, cuyo valor asciende a 125 685 944 euros, se asegura que las diferentes unidades de las Fuerzas Armadas dispongan de la munición necesaria para llevar a cabo los ejercicios tácticos incluidos en los planes anuales de instrucción y adiestramiento, así como para dar protección y seguridad en las misiones de reconocimiento y apoyo de convoyes que se les encomienden en las operaciones para el mantenimiento de la paz.

Política Territorial y Memoria Democrática

REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS EN ENTIDADES LOCALES AFECTADAS POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para la concesión de subvenciones que superan los doce millones de euros, como establece la Ley General de Subvenciones.

Los beneficiarios de estas subvenciones son ayuntamientos de la provincia de Valencia y su Diputación Provincial. El objetivo de las mismas es financiar obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial de los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Las subvenciones que superan los doce millones de euros suman un importe superior a 1.495 millones de euros. Además de las subvenciones que aprueba el Consejo de Ministros, hay más ayudas (por debajo de los doce millones de euros) también para entidades locales afectadas. La suma de todas estas subvenciones alcanza los 1.745 millones de euros, para financiar el cien por cien de los daños registrados por los efectos de la DANA en infraestructuras municipales y red viaria provincial.

Sanidad

ACUERDO MARCO PARA LA VACUNA FRENTE A LA GRIPE ESTACIONAL
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un acuerdo marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe estacional por un valor estimado de 277.846.887 euros. El total estimado de dosis de vacuna frente a la gripe estacional para las campañas de gripe durante el periodo de vigencia de este acuerdo es de 24.916.471.

Se trata de vacunas para varias comunidades autónomas y determinados órganos de la Administración General del Estado, además de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Ya se firmaron acuerdos marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe para las campañas de vacunación en los años anteriores y, ante los buenos resultados obtenidos, la Comisión de Salud Pública, el día 15 de febrero de 2024, aprobó realizar un nuevo acuerdo marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe estacional para las temporadas incluidas entre los años 2025 y 2028.

En este acuerdo, participan: Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, La Rioja y las ciudades de Ceuta y Melilla. Además del Ministerio de Sanidad, Ministerio de Defensa y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (Ministerio del Interior).

El plazo de duración será de dos años a partir de la formalización del mismo y podrá ser objeto de prórrogas de hasta dos años, no superando en ningún caso el plazo máximo de cuatro años.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

REGULACIÓN DE LOS GRUPOS DE INTERÉS
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha aprobado, en segunda vuelta, el anteproyecto de Ley de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés. Se trata de la primera vez que se regulan, en el ámbito de la Administración General del Estado y de su sector público institucional, las relaciones entre los denominados 'lobbies' y los titulares de puestos públicos en la Administración General del Estado, susceptibles de recibir influencia, en aras de garantizar una mayor transparencia, participación en la toma de decisiones públicas y prevención de conflictos de intereses.

La regulación de la actividad de los grupos de interés constituye un factor muy relevante en la construcción de una cultura de la transparencia, participación pública y rendición de cuentas, y con este paso dado por el Gobierno, en el marco del Plan de Acción por la Democracia, se cumplen varios objetivos contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Agenda 2030 y en el IV Plan de Gobierno Abierto (2020-2024). Además, contribuye a cumplir con las recomendaciones formuladas a España tanto por la UE como por la OCDE.

El anteproyecto define de manera clara y precisa qué es un grupo de interés, la actividad de influencia y el personal público susceptible de esta influencia, y crea el registro de grupos de interés de la Administración General del Estado y su sector público institucional.

En este sentido, se consideran grupos de interés aquellas personas físicas y jurídicas, agrupaciones sin personalidad jurídica, incluidas las plataformas, foros, redes, u otras formas de actividad colectiva, tanto si actúan por cuenta propia como ajena, con independencia de la forma que adopten o de su estatuto jurídico, y que lleven a cabo actividades de influencia sobre el personal público.

En cambio, no tendrán la consideración de grupo de interés las administraciones públicas y su sector público institucional, los organismos y las autoridades públicas internacionales (incluidas las misiones diplomáticas y Embajadas), los partidos políticos, las organizaciones sindicales y empresariales y los colegios profesionales en el ejercicio de funciones públicas. Se entenderá que una organización sindical o empresarial ejerce labores de influencia cuando estas no se corresponden con el ejercicio de sus funciones constitucionales.

Se considera personal público susceptible de influencia el personal alto cargo de la AGE, los miembros de los gabinetes que prestan funciones de confianza o asesoramiento especial, el personal directivo público y el resto del personal de la administración general del Estado y de su sector público institucional que participe en la toma de decisiones públicas, en los procesos de elaboración de disposiciones normativas y en la ejecución de las políticas públicas.

Registro de grupos de interés y huella normativa

Este registro será público, gratuito e interoperable con el de otras Administraciones Públicas y estará gestionado por la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI).

Los datos que contenga dicho registro estarán disponibles y accesibles para todo el mundo a través del portal de la transparencia de la Administración General del Estado y del sitio web de la OCI.

La inscripción de estos 'lobbies' será obligatoria y quienes no estén registrados no podrán ejercer actividades de influencia con el personal público. Además, en la solicitud de inscripción se indicará expresamente si las personas físicas que van a realizar actividades de influencia o los representantes de éstas han trabajado al servicio de la Administración del Estado o de cualquier entidad de su sector público institucional en los dos años previos al desarrollo de dichas actividades o a la inscripción del grupo de interés.

Precisamente, se modifica el artículo 15 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, para indicar que las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley no podrán realizar actividades profesionales de influencia al servicio o para entidades inscritas en el registro de grupos de interés en ninguna de las materias relacionadas con las competencias del departamento, organismo o entidad en los que prestaron servicios como personal alto cargo durante los dos años posteriores al cese de ese cargo.

El Registro contendrá, como mínimo, la relación de las personas físicas y jurídicas que ejercen la actividad de influencia, así como su domicilio o sede social. Asimismo, incluirá información financiera relativa al último ejercicio contable, indicando qué parte es imputable a la actividad de influencia.

Estos 'lobbies' estarán sometidos a un código de conducta y sus infracciones estarán tipificadas en un régimen sancionador. La comisión de una infracción muy grave se sancionará con la cancelación de la inscripción en el registro y la prohibición de volver a solicitar la inscripción en un periodo máximo de dos años.

Otra de las novedades tiene que ver con la obligación de incorporar a cualquier proceso de elaboración normativa el denominado informe de huella legislativa. Ese informe contendrá las actividades realizadas por los grupos de interés con la finalidad de influir en la elaboración y adopción de los proyectos normativos. Por tanto, incluirá la identidad del personal público que haya mantenido contacto con dichos grupos, así como el conjunto de aportaciones y observaciones formuladas por ellos, la identificación de los grupos de interés, la fecha y el objeto del contacto.

Para laTransformación Digital y de la Función Pública

SISTEMA DE INTEGRIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Consejo de Ministros ha adoptado un acuerdo, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, para la implantación general y el impulso del Sistema de Integridad de la Administración General de Estado, un conjunto unificado de medidas que tiene como propósito promover y consolidar de manera global una cultura de integridad y valores éticos en la actuación de todo el personal de la Administración General del Estado. Se da cumplimiento así con lo dispuesto en el Plan de Acción para la Democracia, que contempla este hito como parte de su primer eje.

El Sistema incluye, entre otras cosas, un código de buena administración, un código de buen gobierno, un mecanismo de gestión del riesgo de integridad, un protocolo para canales internos de información y una guía para la gestión de buzones de ética institucional.

El código de buena administración se orienta a los empleados públicos, mientras que el código de buen gobierno se refiere a los altos cargos. Uno y otro definen y desarrollan los principios y valores éticos recogidos en la normativa y los complementan con directrices de actuación que pretenden ayudar en la reflexión personal sobre los retos a los que se enfrentan los empleados públicos y las personas que ejercen responsabilidades públicas en la garantía del derecho a la buena administración y gobierno del conjunto de la ciudadanía.

El mecanismo de gestión del riesgo de integridad detalla las actuaciones que deben ser desarrolladas en cada organización sobre identificación de riesgos de fraude, la evaluación de los riesgos a través de mapas y matrices que permitan analizar la frecuencia, gravedad y medidas de corrección de los riesgos, así como la documentación y registro de los mismos.

El Sistema contempla asimismo un protocolo que define los elementos con los que han de contar los sistemas internos de información para notificar posibles infracciones normativas de los distintos departamentos, y una guía para gestionar los buzones de ética institucional, que deben canalizar las dudas y consultas en esta materia por parte de los empleados públicos.

El Sistema de Integridad de la Administración General del Estado

El Sistema, elaborado en 2023 y puesto en marcha en 2024, era uno de los compromisos del IV Plan de Gobierno Abierto (2020-2024), además de alinear a España con las recomendaciones y mejores prácticas en materia de transparencia y buen gobierno de instituciones como la OCDE o el Consejo de Europa.

Con el acuerdo adoptado hoy, y en línea con el trabajo preparatorio del V Plan de Gobierno Abierto (2024-2028) el Consejo de Ministros asegura "la implantación efectiva del Sistema y su adaptación en atención a la evolución de las necesidades en materia de integridad mediante la creación de la estructura organizativa, el desarrollo de los procesos e instrumentos de planificación, seguimiento y revisión, así como las medidas de sensibilización y formación" previstas para su despliegue.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN DEL CONCIERTO DE MUFACE
El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de la licitación del concierto de MUFACE para los años 2025, 2026 y 2027, por el que se ofrece cobertura sanitaria a través de aseguradoras a parte de los funcionarios que prestan servicios en España.

Tras una serie de consultas planteadas por los licitadores y de acuerdo con nueva información en poder de la Administración, a raíz de las mismas con fecha 25 de enero se acordó la retroacción de las actuaciones del expediente en curso para revisar la dotación y garantizar el equilibrio económico del contrato. Realizado este análisis, se ha decidido dotar al contrato de una financiación adicional de 330.500.000 millones de euros a distribuir entre sus tres anualidades, un esfuerzo económico orientado a incrementar las primas de aquellos grupos etarios que más precisan de una adecuada cobertura en los próximos años.

Así, el importe total del presupuesto del contrato, una vez modificado el precio, asciende a 4.808,5 millones de euros, 1.276,5 millones de euros más que el concierto vigente.

La modificación de la licitación mantiene no obstante la duración de tres años del concierto, con el fin de garantizar un horizonte de estabilidad en la asistencia sanitaria del colectivo cubierto, que supera los 1,5 millones de personas, entre titulares y beneficiarios. También se mantiene la nueva estructura de primas aprobada en la licitación del pasado mes de diciembre, incremental en función de los tramos de edad. La prima media ponderada aumentará acumuladamente durante los tres años de vigencia del convenio en un 41,2%.

En cuanto al concierto para la asistencia sanitaria en el exterior, se ha presentado una oferta en la licitación convocada con las condiciones aprobadas por el Consejo de Ministros del pasado 17 de diciembre, así que el proceso prosigue su tramitación con el análisis de viabilidad de la oferta presentada.

Cobertura a los mutualistas

Hasta que se adjudique el nuevo concierto los mutualistas tendrán garantizada su asistencia sanitaria en las condiciones actuales, en virtud del mecanismo de orden de continuidad de los servicios que contempla el artículo 288 a) de la Ley de Contratos del Sector Público.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Directora del Departamento de Información Internacional de la Secretaría de Estado de Comunicación

Dª. ALEXANDRA GIL POLO
Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, con un Máster en Paz, Seguridad y Defensa por el Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado.

Vivió en Francia 8 años. Se especializó en radicalización violenta y terrorismo yihadista. Es autora del libro 'En el vientre de la yihad' (Debate), traducido al francés, 'Mon fils, ce djihadiste' (City Editions). Fue corresponsal de diversos medios españoles entre 2015 y 2018 y ejerció como periodista en Francia como adjunta a la dirección de contenidos digitales de la revista francesa Afrique Magazine.

Trabajó en colaboración con el Parlamento Europeo coordinando el proyecto Women Against Radicalisation and Extremism, y en España, coordinó la comunicación de la Secretaría de Estado de Migraciones entre febrero de 2020 y abril de 2021. Posteriormente, se ha mantenido ligada a la comunicación institucional como asesora en el Gabinete del ministro de Inclusión y Seguridad Social, en la Secretaría de Estado de Comunicación y, desde enero de 2024, como asesora de comunicación internacional en Presidencia del Gobierno.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en Japón

D. ÍÑIGO DE PALACIO ESPAÑA
Es licenciado en Derecho, Certificado de la Academia de Derecho Internacional de La Haya, Diploma de Estudios Internacionales de la Escuela Diplomática, Madrid). Es miembro de la Carrera Diplomática desde 1983.

Desempeñó puestos en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (Dirección General de Cooperación Técnica Internacional, Instituto de Cooperación Iberoamericana, Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales) y en las embajadas de España en Bolivia y Marruecos.

Fue cónsul general de España en Porto Alegre, Brasil, y consejero en la Misión Permanente de España ante las Naciones Unidas en Ginebra.

Tras encargarse de los asuntos de Naciones Unidas y del Consejo de Seguridad (2002-2004), fue nombrado embajador representante permanente adjunto de España en las Naciones Unidas, Nueva York, y posteriormente embajador de España en Serbia, en Montenegro y en Chile.

En julio de 2014 asumió la posición de director Global de Relaciones Institucionales en la multinacional Indra, hasta septiembre de 2021, cuando fue nombrado embajador de España en los Emiratos Árabes Unidos.

Ha sido profesor asociado de Derecho Diplomático y Consular en la Pontificia Universidad de Comillas-ICADE y es profesor honorario de la Universidad de San Ignacio de Loyola en Lima.

Economía, Comercio y Empresa

Vicepresidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

D. ÁNGEL GARCÍA CASTILLEJO
Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y diplomado en el Programa "Contabilidad y finanzas" de la IESE, Business School. Universidad de Navarra (2008), es doctor en Derecho por la UNED y doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense de Madrid.

En su trayectoria profesional ha sido consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (2005- 2013). Previamente, desde 1997 hasta 2003 desempeñó distintos cargos directivos en la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Entre 2003 y 2004 desempeñó el cargo de secretario general de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial Autocontrol. En abril de 2004 fue nombrado asesor del secretario de estado de Comunicación hasta que fue designado consejero de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones en diciembre de 2005. Ha ejercido como abogado. Asimismo, ha sido consultor de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, del Banco Mundial, de la Comisión Europea (En Colombia-DELCO), de UNESCO y de la Organización de Estados Americanos (CIDH), para temas relacionados con el sector de las comunicaciones.

Ha publicado numerosas obras y artículos relacionados con las Telecomunicaciones, el Audiovisual y el periodismo.

Consejera de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Dª. MARÍA VIDALES PICAZO
Doctora en Economía y Licenciada en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Autónoma de Madrid. Posee un Máster en Sostenibilidad y Responsabilidad Social Corporativa por la UNED y un posgrado como Especialista en Derecho de la Competencia por la Universidad Carlos III de Madrid. Pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado (2008).

Ha desempeñado distintos puestos en el Ministerio de Economía y el Tesoro Público: jefa de servicio en la Dirección General de Política Económica (2008-2009), subdirectora adjunta en la Dirección General de Financiación Internacional (2009-2012) y vocal asesora en la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera (2012-2015). Entre 2015 y 2019 ejerció como directora adjunta de Financiación al Desarrollo y Gestión Europea en COFIDES, y desde 2019 hasta marzo de 2024 ha ejercido como subdirectora de Análisis Económico en el Departamento de Promoción de la Competencia de la CNMC.

Es autora de diversas publicaciones y ponente en seminarios y conferencias en materia económica, financiera y de competencia.

Consejero de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

D. RAFAEL ITURRIAGA NIEVA
Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto (curso 1979-80) con M.B.A. en Dirección y Administración de Empresas por el Instituto de Empresa (Madrid) en el curso 1990-1991.

Desde 1980 a 1987 ha ejercido la Abogacía (área laboral y contencioso-administrativa) y desde 1987 a 1990 fue diputado Foral, titular del Departamento de Promoción y Desarrollo Económico de la Diputación Foral de Bizkaia. También ha sido vicepresidente de Turbinas y Máquinas Hidráulicas, S.A, vocal-letrado de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, viceconsejero de Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, vicepresidente del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, titular del departamento de Grandes Ayuntamientos, presidente del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, consejero del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, viceconsejero de Seguridad del Departamento de Interior del Gobierno Vasco y vocal de la Autoridad Vasca de Defensa de la Competencia.

Consejero de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

D. ENRIQUE MONASTERIO BEÑARAN
Ingeniero Industrial en la especialidad de Técnicas Energéticas por la Escuela de Ingenieros de Bilbao. Cuenta con un Máster en Liderazgo de Proyectos de Automoción por el AIC (Automotive Intelligence Center).

Su trayectoria profesional ha estado ligada al sector energético. En la actualidad es director de Desarrollo e Innovación de EVE (Ente Vasco de la Energía), entidad en la que ha ocupado diferentes puestos desde el año 1992. Bajo su dirección están las áreas de Técnicas de Energía y Geología, el área de Ayudas y el área de Promoción de Inversiones.

Entre los años 2010 y 2017 ocupó el cargo de director general de la empresa de prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos, IBIL y de su filial de car-sharing eléctrico IBILEK.

Forma parte del Consejo de Administración de varias empresas del ámbito energético, entre las que destacan Bahía de Bizkaia Gas (planta regasificadora) y Bahía de Bizkaia Electricidad (planta de ciclo combinado).

Durante unos años compaginó su trabajo en EVE con la actividad docente como profesor de Termodinámica en la Escuela de Ingenieros de Bilbao, actividad que mantiene intermitentemente como profesor en cursos y másteres.

Consejero de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

D. PERE SOLER CAMPINS
Licenciado en derecho por la UAB. Ha desempeñado los puestos de presidente del Tribunal Arbitral de Terrassa (2008-2013), asesor del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya (2018-2021) y director general de la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) (2022).

Además, ha ejercido, desde el año 1992, por cuenta propia, de abogado especialista en derecho mercantil y europeo, y ha realizado actividad docente en diferentes escuelas superiores de estudios universitarios y colegios de abogados de Cataluña.