Este Real Decreto incorpora una serie de medidas orientadas a facilitar la recuperación gradual y segura del sector del transporte aéreo, tan seriamente afectado por la pandemia de COVID-19.
Entre otras medidas la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, para la extinción de incendios, búsqueda y salvamento; y la adaptación del concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea.
Recomendaciones de EASA
El Gobierno incorpora al ordenamiento jurídico español las Directrices operacionales del Protocolo de seguridad de la salud de la aviación COVID-19 para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación con la pandemia del COVID-19 emitidas por EASA, lo que supone que serán de carácter obligatorio en los aeropuertos españoles y para las compañías aéreas que operan en ellos.
En el RDL se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directrices emitidas por EASA/ECDC. Las medidas se aplicarán a los gestores de los aeropuertos situados en territorio español, a las compañías aéreas que operen en los mismos y a las empresas que desarrollen servicios auxiliares en los aeropuertos, así como a los pasajeros.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) será el organismo responsable de la supervisión de dichas medidas y el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo será responsable de la coordinación entre todos los actores involucrados en el transporte aéreo para la adopción de las futuras enmiendas que puedan proponerse desde EASA y el Centro Europeo para la Protección y el Control de Enfermedades (ECDC), así como en la edición de material guía que facilite su aplicación.
De esta forma, en conjunción con las medidas que ya ha puesto en marcha el Gobierno, se podrá llevar a cabo un mejor seguimiento de las medidas recomendadas por EASA/ECDC para verificar su cumplimiento, minimizando el riesgo de transmisión de la COVID-19 para volar en condiciones adecuadas de seguridad sanitaria.
Lucha contra incendios, búsqueda y salvamento
También se ha aprobado la modificación del Real Decreto 750/2014, por el que se regulan las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y se establecen los requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas.
Esta modificación permite la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, destinadas a la lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, ya que se sustituye el régimen de autorización previa por parte de AESA por el régimen de comunicación responsable.
Esta medida resulta especialmente necesaria ante la campaña contra incendios ya que facilita el dinamismo necesario para el traspaso de aeronaves entre operadores que realicen esta actividad esencial para la sociedad, que requiere de una gran agilidad para dar respuesta inmediata ante situaciones de emergencia derivadas de los incendios forestales y de las actividades de salvamento y rescate, contribuyendo también a la reactivación económica de los operadores al disminuir los costes de la operación por el ahorro de tiempo en los arrendamientos.
Drones
Por último, también se modifica la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, para adaptar el concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea, para que incluya no solo las aeronaves pilotadas por control remoto sino también a las aeronaves operadas de forma autónoma.
La nueva norma ajusta también la intervención administrativa de las operaciones con drones a los escenarios previstos en la normativa comunitaria y proporciona flexibilidad al Gobierno para establecer el régimen de aseguramiento de las actividades.
Esta modificación ayudará a impulsar y facilitar la actividad económica desarrollada por el sector de los drones.