VI Acuerdo Social en Defensa del Empleo
Gobierno y agentes sociales alcanzan un acuerdo para extender la protección de los ERTE hasta el 28 de febrero
Trabajo y Economía Social - 27.9.2021
Esta prórroga tiene el objeto de extender esta medida de protección social y del empleo que se ha mostrado transcendental ante la pandemia. Se trata del VI Acuerdo en Defensa del Empleo alcanzado en el marco del diálogo social.
Para facilitar la transición de los ERTE, el modelo actual seguirá vigente durante el mes de octubre.
Formación en ERTE
En esta ocasión, el mecanismo de los ERTE pone el foco en la formación como paso fundamental para incrementar la capacitación de las personas trabajadoras y mejorar su empleabilidad. A partir del 1 de noviembre, estarán vigentes las nuevas modalidades, con mayores exenciones en la cotización a la Seguridad Social para las empresas que realicen acciones formativas.
En cuanto a estas acciones formativas, deberán realizarse antes del 30 de junio de 2022.
Garantías para las personas trabajadoras
Los ERTE seguirán contando con las cláusulas de protección como, entre otras, el llamado contador a cero, que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022, o la cláusula de mantenimiento del empleo. También las limitaciones a la subcontratación, a la realización de horas extraordinarias o los límites relacionados con el reparto de dividendos y el acceso a estas ayudas por parte de empresas domiciliadas en paraísos fiscales.
Se reconoce, además, una prestación extraordinaria por desempleo para para los trabajadores fijos discontinuos.
ERTE específico para Canarias
El Gobierno también ha pactado con los interlocutores sociales la puesta en marcha de unos ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma y en el conjunto de las Islas Canarias. Los trabajadores y trabajadoras tendrán protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.