Coronavirus COVID-19

Gobierno y sindicatos acuerdan las medidas en la Administración General del Estado con motivo de la aprobación del Plan para la transición hacia la nueva normalidad

4.5.2020

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La ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, se ha reunido por videoconferencia con los sindicatos CSIF, UGT, CCOO y CIG, como representantes en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, con quienes ha firmado por vía electrónica el acuerdo sobre medidas organizativas para la incorporación presencial progresiva de los empleados y empleadas públicas de la Administración General del Estado (AGE), en el marco del Plan de Transición a la Nueva Normalidad.

Acuerdo que suscriben Gobierno y sindicatos de la Función Pública

El acuerdo alcanzado se resume en los siguientes puntos: garantizar la salud de las empleadas y empleados públicos, medidas en el plano organizativo para el adecuado desarrollo de sus funciones, cumpliendo todas las medidas de protección de la salud dictadas por las autoridades sanitarias, que se plasmará en una resolución del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, cuyo contenido se ha negociado entre Gobierno y sindicatos, de cara a su aplicación en la Administración General del Estado y que serán objeto de tratamiento en las mesas delegadas y órganos de representación en los diferentes departamentos y organismos públicos.

Dado que las modalidades de trabajo a distancia se han revelado como un instrumento esencial para la continuidad en la prestación de los servicios, sin existir en la actualidad un marco mínimo común en la Administración General del Estado que las regule, se convocará a las organizaciones sindicales de la Mesa General de la AGE para constituir un grupo de trabajo de cara al desarrollo normativo de las modalidades de trabajo a distancia. Asimismo, se constituirá una comisión de seguimiento para el desarrollo de este acuerdo.

Resolución del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública

Ante el escenario general de una transición gradual, asimétrica y coordinada, se hace imprescindible iniciar la recuperación de la normalidad en el ámbito laboral de la Administración General del Estado, por lo que se publicará una Resolución del secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, que aunará dicha progresividad con las necesarias garantías de seguridad y salud para las empleadas y los empleados públicos en el desempeño de sus funciones. Los centros de trabajo deberán, a su vez, implementar los protocolos, códigos de buenas prácticas y procedimientos de seguridad y salud pública del Ministerio de Sanidad.

  • Priorización de trabajo no presencial. Se priorizará la prestación del trabajo en modalidades no presenciales, respetando los principios de corresponsabilidad e igualdad de trato, hasta alcanzar la fase de la nueva normalidad. Las modalidades de trabajo no presenciales podrán, puntual o periódicamente, compatibilizarse con modalidades presenciales de prestación del servicio para facilitar la incorporación gradual, mediante turnos, de las empleadas y empleados públicos.

Se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para las empleadas y empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para la COVID-19 y para las empleadas y empleados públicos con personas menores o mayores dependientes a su cargo, o afectados por el cierre de colegios o de mayores.

  • No incorporación al trabajo. No podrán incorporarse al trabajo los empleados y empleadas públicos mientras se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: incapacidad temporal por la COVID- 19, tener o haber tenido sintomatología reciente relacionada con la COVID-19, haber estado en contacto estrecho con personas afectadas por esta enfermedad, las empleadas y empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos en cada momento por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para la COVID-19 no se incorporarán en las fases 0 y I. Para una incorporación en fases posteriores será preciso que el servicio de prevención de riesgos laborales evalúe su presencia.
  • Criterios de asignación de modalidades de trabajo. Para una adecuada organización del trabajo se tendrán en cuenta los siguientes factores: naturaleza de las funciones a desarrollar, ubicación geográfica en el territorio, ubicación en el centro de trabajo ya sea en despachos individuales, compartidos o zonas abiertas, debiendo garantizarse la distancia de 2 metros entre los puestos de trabajo ocupados para hacer efectiva la incorporación, el grado de accesibilidad del centro de trabajo para las personas con discapacidad y la necesidad de uso de aplicaciones informáticas o cualquier otro tipo de herramientas no disponibles a distancia.
  • Atención al público. En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática. Para el caso de atención presencial será precisa la cita previa y se limitará el aforo. Deberán adoptarse las medidas necesarias para minimizar los posibles riesgos para la salud.
  • Flexibilización horaria. La flexibilización de la jornada laboral será de aplicación al personal al servicio de la Administración General del Estado, con la finalidad de evitar al máximo cualquier riesgo para la salud de los empleados y empleadas públicas. Cada departamento deberá autorizar la flexibilización horaria correspondiente a cada caso, con independencia de la modalidad de prestación de servicios, recomendándose el uso de fórmulas de jornada continuada.
  • Fases de la transición. En las Fases 0, I, II y III se reincorporarán las personas imprescindibles que prestan servicio en los sectores de actividad relacionados en cada fase del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad y quienes garanticen el trabajo de estos, como servicios de riesgos laborales y sanitarios.
  • Nueva normalidad. En esta fase que se iniciará una vez finalizada la Fase III, cuando así lo determine el Ministerio de Sanidad, se regirá de acuerdo con las instrucciones de carácter organizativo que se dicten en su momento, estableciéndose nuevos protocolos de seguridad y salud con la experiencia del aprendizaje de las fases anteriores y de acuerdo con lo que establezcan las autoridades sanitarias.

El establecimiento de estas fases, sus plazos, así como el personal que haya de incorporarse en cada una de las mismas, estará supeditado a las instrucciones en cada momento del Ministerio de Sanidad.

  • Reuniones y viajes. Con carácter general las reuniones de trabajo se celebrarán mediante audioconferencia o videoconferencia evitándose en lo posible las reuniones presenciales o que impliquen desplazamientos a otra localidad. No se podrá asistir a reuniones que se celebren en unidades territoriales diferentes a aquella en la que se encuentre el centro de trabajo, salvo por causas excepcionales y justificadas. Asimismo, se suspenderán todos aquellos viajes de trabajo que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia.
  • Cursos y actividades formativas. Las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas desarrollarán, con carácter prioritario, su actividad mediante medios telemáticos, con la finalidad de minimizar los posibles riesgos para la salud.
  • Pruebas selectivas. Desde el momento que finalice la suspensión de los plazos administrativos declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las convocatorias de procesos selectivos se podrán tramitar con carácter ordinario. El órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer la celebración de pruebas selectivas presenciales de concurrencia masiva por el tiempo imprescindible, de acuerdo con las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias.

Quedan exceptuados aquellos procesos selectivos relacionados con las medidas adoptadas para la contención de la COVID-19, los que puedan celebrarse por medios telemáticos y aquellos que se encuentren en fase de concurso. Igualmente se procurará articular los medios de carácter telemático para la realización de los ejercicios que se encuentren en su fase de lectura presencial de carácter individual por parte de la persona candidata.

  • Diálogo social. Las medidas derivadas de la presente Resolución que se deban adoptar por parte de los departamentos y organismos públicos de la Administración serán objeto de tratamiento previo en las Mesas Delegadas o demás órganos de participación que correspondan según el ámbito.

Reconocimiento a las empleadas y empleados públicos

Por último, tanto el Gobierno como los sindicatos, han expresado su reconocimiento al conjunto de empleadas y empleados públicos al servicio de la Administración General del Estado, por el desempeño de su trabajo de forma ejemplar y por una profesionalidad contrastada en el mantenimiento y prestación de los servicios públicos desde que se declaró la pandemia asociada al COVID-19. Por este motivo, Gobierno y sindicatos hacen pública su felicitación y reconocimiento a todo el personal.