Ley de Memoria Democrática: objetivos y actuaciones
Política Territorial y Memoria Democrática - 3.4.2024
El Consejo de Ministros celebrado el 20 de julio de 2021 aprobó el envío a las Cortes del Proyecto de la Ley de Memoria Democrática, una norma que revisaba y actualizaba la Ley de Memoria Histórica de 2007.
Desde su entrada en vigor tras la aprobación definitiva del Senado, esta ley ha guiado la atención del Estado a las víctimas de la dictadura franquista con el objetivo general de rehabilitar su memoria y reparar los daños causados.
¿Qué es y qué persigue la Ley de Memoria Democrática?
La Ley de Memoria Democrática tiene un doble objetivo: fomentar el conocimiento de las etapas democráticas de la historia de España y de las figuras y movimientos que fueron construyendo los nexos de cultura democrática, así como preservar la memoria de las víctimas de la Guerra de España y la Dictadura franquista.
El texto impulsa el mantenimiento de dicha memoria a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las víctimas; la promoción de la justicia y fomento de la reparación; y el establecimiento de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier forma de violencia política o totalitarismo.
Esta ley se fundamenta en los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, acuñados por los organismos internacionales de los derechos humanos, así como en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad entre hombres y mujeres.
Fosa de las costureras, en el Barranco de Víznar (Granada).
¿Por qué era necesaria esta ley?
La Ley de Memoria Histórica de 2007 supuso un paso muy importante en el reconocimiento de los derechos de las víctimas de la dictadura, pero tras quince años de vigencia, se detectaron cuestiones que necesitaban ser revisadas y mejoradas.
Además, surgieron nuevos elementos que debían añadirse:
- Las recomendaciones de distintos organismos internacionales de Derechos Humanos, como los informes en 2014 del relator de Naciones Unidad Pablo de Greiff y del Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas e Involuntarias
- Los avances de las leyes y disposiciones de las comunidades autónomas
- Nuevas demandas del movimiento memorialista
- Aprobación de iniciativas parlamentarias en Congreso y Senado
¿A quién va destinada la ley?
La Ley de Memoria Histórica va destinada a toda la sociedad en general y, particularmente, a todas las víctimas que sufrieron daño físico, moral, psicológico o patrimonial, o vieron menoscabados sus derechos fundamentales, como consecuencia de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario durante el periodo que abarca el golpe de Estado del 18 de julio de 1936, la posterior guerra y la dictadura, incluyendo el transcurrido hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
En reconocimiento a las víctimas, se declara el carácter injusto de las violaciones de derechos humanos, la ilegalidad de los Tribunales franquistas y la nulidad de las condenas y sanciones que dictaron. Esta declaración de nulidad dará lugar al derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal.
Además, se crea un Registro y Censo de Víctimas para darles visibilidad, dando respuesta a la dispersión de la información disponible, y se fijan días oficiales de Memoria: el 31 de octubre, como Día de Recuerdo y Homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura; y el 8 de mayo, como Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura.
¿Qué derechos reconoce?
- El derecho a la verdad de las víctimas, es decir, a la verificación de los hechos y la revelación pública de los motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones de las normas internacionales de los derechos humanos.
Para ello, como venían recomendando los organismos de derechos humanos de la ONU, el Estado asume el liderazgo de la búsqueda de las personas desaparecidas durante la guerra y la dictadura.
- El derecho a la investigación de las violaciones de los Derechos Humanos ocurridas con ocasión de la guerra y la dictadura.
Para ello se ha creado la figura del Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática para la investigación de los hechos que constituyan violaciones de los Derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario.
- El derecho al reconocimiento y la reparación integral por parte del Estado a las víctimas de la guerra y la dictadura.
Medidas y actuaciones: el 'Deber de Memoria'
El 'Deber de Memoria' es el conjunto de medidas y actuaciones que las administraciones públicas deben desarrollar para preservar en la memoria colectiva los desastres de la guerra y de toda forma de totalitarismo y evitar, así, que las violaciones de derechos humanos durante el golpe de Estado, la guerra y la dictadura, vuelvan a repetirse.
Entre otras actuaciones, pueden citarse:
- La inclusión entre los fines del sistema educativo español el conocimiento de la memoria democrática española, desarrollando en libros de texto y materiales curriculares la represión que se produjo durante la guerra y la dictadura
- El fomento de la investigación en materia de memoria democrática, garantizando la labor de los investigadores
- El impulso de programas de divulgación que incluirán el relato de las víctimas, abordando específicamente la mujer y el exilio
- La creación de un Centro de la Memoria Democrática con la finalidad de salvaguardar la dignidad de las víctimas y la promoción de la memoria democrática
- La declaración como Lugares de Memoria Democrática de aquellas localizaciones en las que se han desarrollado hechos de singular relevancia vinculados a la memoria democrática
- Resignificación del «Valle de los Caídos», que pasa a denominarse Valle de Cuelgamuros, actuación destinada a dar a conocer, a través de planes y mecanismos de investigación y difusión, las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado
- Retirada de los símbolos y elementos contrarios a la Memoria Democrática, así como las distinciones o condecoraciones, y la extinción de fundaciones o disolución de asociaciones cuyas actividades realicen apología del franquismo.