31 países se comprometen hoy al intercambio de datos

España firma el acuerdo multilateral para que las multinacionales informen de los impuestos que pagan en todos los países

27.1.2016

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Al acto ha asistido el secretario general de la OCDE, Angel Gurría. El intercambio de información "país por país" está incluido en el llamado Plan de Acción BEPS (Base Erosion and Profit Shifting, siglas en inglés) de la OCDE, de lucha contra la erosión de bases imponibles, la planificación fiscal agresiva y la transferencia artificial de beneficios empresariales. Implica que las multinacionales estén obligadas a presentar un informe "país por país", con información desagregada de los impuestos que pagan en todos Estados en donde tienen actividad.

Según la OCDE, los informes "país por país" deben presentarse anualmente en la jurisdicción de la matriz del grupo multinacional, y se compartirán de manera automática con los otros países firmantes, a través de intercambio de información intergubernamentales. La Comisión Europea (CE) va en la misma línea y tiene previsto presentar próximamente una normativa al respecto.

En el caso de España, el Gobierno se ha adelantado a las recomendaciones de la OCDE y a las previsiones de la CE y ha incluido recientemente esta disposición en su normativa interna, concretamente en el nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado en julio de 2015, que desarrolla la reforma fiscal. En el citado reglamento se estipula que las multinacionales residentes en España con una cifra de negocios superior a 750 millones de euros y que tengan la condición de dominantes en un grupo estarán obligadas, a partir de 2016, a suministrar información a la Agencia Tributaria de los impuestos que pagan "país por país". Aunque la información "país por país" se refiere ya a periodos impositivos desde este año 2016, el intercambio de información se hará efectivo a partir de 2017, en coordinación con la OCDE.

También deberán aportar información "país por país" las filiales de empresas que residan en un territorio con el que no exista acuerdo de intercambio automático de información. Entre la información a remitir se indicará por cada país, los ingresos, los resultados brutos, los impuestos devengados y satisfechos, los fondos propios, el valor neto contable de los activos materiales y la plantilla (número de empleados).

La AEAT gana en capacidad

Con el acuerdo multilateral firmado hoy en París, se amplifican los efectos de la normativa española. De esta forma, España podrá obtener información desagregada de los impuestos que pagan las multinacionales cuya matriz se encuentra afincada en los Estados que han firmado el acuerdo, sin necesidad de suscribir pactos bilaterales con cada uno de ellos. Por ejemplo, la Agencia Tributaria podrá tener información de los impuestos pagados por una filial situada en Suiza, Francia o Alemania (países que han firmado el acuerdo multilateral) y viceversa.

El objetivo es tener un conocimiento lo más amplio posible para evitar prácticas de planificación fiscal agresiva que permitan la nula o escasa tributación, aprovechando la diversidad tributaria internacional.

La información obtenida será para uso exclusivo de las administraciones tributarias, garantizándose el principio de confidencialidad de los datos tributarios. Esta información servirá también, según la OCDE, para un mejor conocimiento de la formación de los precios de transferencia (los que se utilizan en el intercambio de bienes y servicios entre la matriz y las filiales de un mismo grupo multinacional), hecho que podrá ser utilizado para optimizar los recursos de la inspección tributaria. El desarrollo de normas relativas a la documentación sobre precios de transferencia es una de las acciones incluidas en el proyecto BEPS.

España participa en otras iniciativas internacionales (OCDE, G-20 y Comisión Europea) como el acuerdo para establecer un intercambio de información tributaria que sea "automático" y "estandarizado", a partir de 2017.

Consejo de administración, responsable fiscal

Además, el Gobierno ha incorporado en la legislación otras recomendaciones de la OCDE, referentes a la mejora de la gobernanza empresarial. Entre ellas se encuentra la que establece como facultad indelegable del consejo de administración la fijación de la estrategia fiscal de la sociedad y la política de control de riesgos fiscales de la empresa. Esta modificación ha sido incorporada en la nueva Ley de Sociedades de Capital para la Mejora del Gobierno Corporativo.

Con ello, los consejeros tendrán la obligación de conocer y autorizar lo referente a la estrategia de la empresa relacionada con el pago de impuestos. De esta forma, podrían ser corresponsables de cualquier actuación de evasión o fraude fiscal de la empresa.

Código de conducta

Por otro lado, la Agencia Tributaria y las grandes empresas acaban de reforzar el Código de Buenas Prácticas para avanzar en transparencia y seguridad jurídica. La Agencia Tributaria tendrá a su disposición información temprana (preferiblemente antes de la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades) de las empresas sobre la estructura de financiación y riesgos fiscales que consideren más significativos. Se establece un catálogo de 11 indicadores de buenas prácticas, de manera que si la Agencia considera que una empresa está incumpliendo, podrá reclamar al consejo de administración compromisos concretos del código.

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