Como resultado del plan de choque para la resolución de expedientes de nacionalidad pendientes, lanzado el pasado mes de marzo por el Ministerio de Justicia, el departamento dirigido por Pilar Llop ha conseguido resolver más de 55.000 expedientes de nacionalidad por residencia.
Estos datos, correspondientes al periodo entre marzo y julio del presente ejercicio, indican una cifra superior a los 55.000 ciudadanos, 55.440 concretamente, que han obtenido su nacionalidad por residencia, de los más de 87.000 que contaban en ese momento con los informes preceptivos y estaban pendientes de resolución cuando se puso en marcha el plan de choque.
En este sentido, Pilar Llop ha señalado que el ministerio que dirige "está haciendo un esfuerzo" para resolver los expedientes y ha recordado que "se puso en marcha un plan de choque de nacionalidad, reforzando la plantilla que tramita nacionalidades con 100 funcionarios más".
Con el impulso de este plan, se contemplaba como objetivo, además, tramitar la revisión de más de 242.000 expedientes de nacionalidad por residencia. En este caso, el porcentaje de expedientes revisados hasta la fecha ha sido aún superior, con más de un 80% de solicitudes ya tramitadas. Se ha revisado la documentación y solicitado los informes de más de 196.000 expedientes.
Este plan de choque de la Subdirección General de Nacionalidad, dependiente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del Ministerio de Justicia, fue iniciado oficialmente el día 8 de marzo de 2021, siendo llevado a cabo por funcionarios del departamento en la modalidad de productividad por objetivos. No es el primer plan de choque que el ministerio de Pilar Llop afronta, ya que en 2019 fue lanzado otro con resultados muy positivos, pues se revisaron 215.731 expedientes y se resolvieron 113.354.
En función del estado de tramitación de cada uno de los expedientes, el plan se estructura en tres fases diferentes: revisión de documentación; requerimientos y petición de informes; examen de informes preceptivos y resoluciones.
La adquisición por residencia en España es uno de los métodos de adquisición de la nacionalidad española, establecido en el artículo 21 del Código Civil. Esta adquisición se concreta en la concesión otorgada por el ministro o la ministra de Justicia, previa solicitud del interesado.