El Gobierno pone en marcha un sistema ágil y sencillo para que los desplazados de Ucrania puedan acceder a la protección temporal
Interior - 9.3.2022
El Gobierno ha puesto en marcha el mecanismo a través del cual, a partir de este jueves, los desplazados de Ucrania en nuestro país pueden solicitar y acceder de forma sencilla a la protección temporal así como a todos los derechos asociados a esta figura, como el permiso de residencia y de trabajo.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, han firmado este miércoles la orden por la que se desarrolla este procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal. El texto establece que la protección temporal se podrá solicitar desde comisarías específicas de la Policía Nacional en todo el territorio así como en los centros de recepción habilitados.
Los solicitantes podrán acudir a estos puntos habilitados donde funcionarios de la Policía Nacional tomarán sus datos identificativos y otros elementos, un trámite en el que se contará con intérpretes de idiomas, y en el que se les expedirá un resguardo acreditativo de su solicitud de protección, en el que constará además un NIE asignado.
La solicitud será tramitada por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior y resuelta en el plazo máximo de 24 horas. La resolución incluirá la autorización de residencia y, en el caso de los solicitantes mayores de edad, de trabajo.
La orden establece que la resolución será notificada al solicitante de forma electrónica siempre que fuera posible, de forma postal o por comparecencia personal ante comisarías u oficinas de extranjeros.
Acuerdo de la UE
El Gobierno de España da así cumplimiento al acuerdo alcanzado el pasado 4 de marzo por el Consejo de Ministros del Interior de la Unión Europea, con el que, por primera vez en la historia, se acordó la aplicación de la Directiva de Protección Temporal.
Este martes el Consejo de Ministros acordó ampliar el ámbito de aplicación de esta Directiva, por lo que podrán acceder a la protección temporal a través del mecanismo habilitado por el Ministerio del Interior no solo los nacionales de Ucrania, sino también los residentes legales en ese país así como los ucranios que se encontraban en España en situación irregular con anterioridad a la invasión rusa.
La protección temporal podrá ser denegada, entre otros motivos, en caso de que se compruebe que el solicitante, a través del cotejo de los datos con los registros de antecedentes penales y con las bases de datos de cooperación policial internacional, pueda suponer un riesgo para la seguridad nacional.
Procedimiento inédito
Desde el pasado 25 de febrero, un día después del inicio de la invasión rusa, y muy especialmente tras la decisión adoptada la semana pasada para aplicar la Directiva de Protección Temporal, desde el Ministerio del Interior se ha venido trabajando, en coordinación con el resto de ministerios implicados, en el armazón jurídico, procedimental y técnico necesario para implementar esta normativa.
Los departamentos involucrados (la Secretaría de Estado de Seguridad, la Subsecretaría de Interior y unidades dependientes como la Oficina de Asilo y Refugio, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras o la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad) han llevado a cabo los trabajos necesarios de análisis y diseño del procedimiento para solicitar protección temporal, de elaboración de los diferentes documentos de resolución y de desarrollo de los gestores informáticos.
Estos trabajos han desembocado en la orden dictada y en la celebración en la tarde de este miércoles de una Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) extraordinaria -en la que, además de Interior, han participado los Ministerios de Justicia; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; e Igualdad; y representantes de ACNUR- que ha estudiado y formalizado un acuerdo que permite agilizar la tramitación de las solicitudes de los desplazados ucranios.
También se facilitarán los folletos informativos en diferentes idiomas en los que se recogerán los derechos de las personas solicitantes y se explicará el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal y que estarán a disposición de los desplazados, entre otros, en los puntos habilitados para tramitar las solicitudes.
Más información
- Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España (BOE 10/03/2022)
- Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania (BOE 10/03/2022)