Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE)
El Gobierno ya ha asignado en 2021 más de 600 millones del Fondo de Financiación a Entidades Locales para que hagan frente a sus deudas con acreedores públicos
Hacienda - 25.6.2021
Es una medida que es resultado de la aplicación de la disposición adicional centésima séptima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
En concreto, las deudas que se financiarán en particular con el Fondo de Ordenación, uno de los tres compartimentos del Fondo de Financiación de Entidades Locales, serán por valor de 313,02 millones de euros, que corresponden a un total de 38 Ayuntamientos.
Más en detalle, de ese importe de 313,02 millones de euros, 215,5 millones corresponden a Ayuntamientos que se encuentran en riesgo financiero, y los otros 97,52 millones, a Consistorios que no se han podido financiar en condiciones de prudencia financiera.
Por entidades acreedoras, 32,46 millones de euros irán a sufragar deudas con la AEAT; 279,82 millones, a cubrir obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social; y los otros 0,74 millones, a deudas por la Línea de crédito con el ICO de 2011.
A los 313,02 millones hay que sumar lo que corresponde a la regularización de un importe correspondiente al Ayuntamiento de Algete (Madrid), por 5,4 millones de euros.
Este importe total procedente del Fondo de Financiación a Entidades Locales, compartimento Fondo de Ordenación, que asciende a los 318,42 millones de euros, se suma al aprobado por la CDGAE, mediante Acuerdo de 12 de febrero de 2021, para atender necesidades financieras de este año, y que ascendió a 290,95 millones (249,17 millones de euros, con cargo al Fondo de Ordenación, y 41,78 millones, con cargo al compartimento Fondo de Impulso Económico).
Ello significa que de la dotación de 1.000 millones del Fondo de Financiación a Entidades Locales se han asignado ya 609,37 millones de euros.
Los ayuntamientos formalizarán préstamos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales en condiciones similares a las aplicadas en el acuerdo de 12 de febrero de 2021.
Ampliación del periodo de amortización
Asimismo, la CDGAE ha aprobado este viernes la ampliación del periodo de amortización de los préstamos formalizados por los Ayuntamientos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales hasta el 31 de diciembre de 2020. La ampliación será por cinco, siete o diez años, según la situación financiera de cada Entidad Local.
Esta medida podría beneficiar a 314 Ayuntamientos, que ya están determinados, con una deuda pendiente con el citado Fondo, a 31 de diciembre de 2020, de 4.405,25 millones de euros, con el siguiente detalle:
- Ampliación de cinco años a favor de 96 Entidades Locales, con una deuda pendiente de 3.059,84 millones de euros.
- Ampliación de siete años a favor de 133 Ayuntamientos, con una deuda pendiente de 731,19 millones de euros.
- Ampliación de diez años para 85 municipios con una deuda conjunta pendiente de 614,22 millones.
Se trata de Entidades Locales que, o bien tienen que afrontar una elevada carga financiera a partir de este año y, sobre todo, de los dos próximos, o que pueden ver afectado negativamente su nivel de ahorro, o que se encuentran en una situación de alto riesgo financiero.
Para acceder a esta medida, las Entidades Locales, que ya están determinadas, deberán presentar la solicitud aprobada por el Pleno de la Corporación, con el compromiso de adoptar las medidas necesarias para cumplir el plan de ajuste y aprobar las que requiera el Ministerio de Hacienda; modificar el plan de ajuste adaptándolo al nuevo periodo de amortización y recogiendo su efecto en la evolución futura de las magnitudes financieras relevantes y haber presentado la liquidación del presupuesto de 2020.
En cuanto a las condiciones de la ampliación de períodos de amortización, si a 31 de diciembre de 2020 los Ayuntamientos tenían formalizado sólo un préstamo con el Fondo de Financiación de Entidades Locales, se aplicará el tipo de interés equivalente al coste de financiación del Estado al plazo resultante del alargamiento o un tipo fijo del 0% en el caso de que el rendimiento de la deuda pública sea negativo.
En el caso de que los Ayuntamientos tuvieran formalizados varios préstamos con el Fondo, la fecha de vencimiento será la del que tenga el mayor periodo de amortización con la ampliación que corresponda, su nominal será el equivalente a la suma de los importes pendientes de abonar y el tipo de interés será el equivalente para el plazo de amortización que resulte de su ampliación (o al 0% si el tipo medio de la deuda estatal al mismo plazo es negativo).