Los alumnos que realicen la prueba de acceso a la universidad tendrán el mismo número de exámenes que en cursos anteriores

11.10.2023

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El documento será sometido a exposición pública desde hoy, momento en el cual los colectivos interesados podrán hacer llegar sus consideraciones y aportaciones al mismo.

Se mantiene el mismo número de materias a examen que en cursos anteriores: la obligatoria de la modalidad y tres comunes (cuatro en el caso de las comunidades autónomas con lengua cooficial).

Los estudiantes que se presenten a la EBAU se examinarán de Lengua Castellana y Literatura II, Lengua Extranjera II y la materia específica obligatoria de la modalidad. En las comunidades autónomas con lengua cooficial, también lo harán de esa materia. En cumplimiento de la Ley educativa, los alumnos y alumnas deberán elegir si examinarse de Historia de España o Historia de la Filosofía.

Aquellos que deseen subir su nota de admisión podrán también examinarse de, al menos, otras dos materias de modalidad de segundo curso de Bachillerato. Asimismo, el alumnado podrá examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubiera cursado como materia común y la nota podrá ser tenida en cuenta por las universidades en el proceso de admisión.

El borrador de la Orden solo recoge los cambios mínimos necesarios para adaptarla a la Ley de Educación y a los nuevos currículos ya que, tal y como se informó el pasado mes de agosto, la implantación de la nueva EBAU queda aplazada hasta la formación de nuevo gobierno.

Por tanto, las pruebas evaluarán el grado de adquisición de las competencias específicas de las correspondientes materias de los nuevos currículos a través de la aplicación de los criterios de evaluación recogidos en el Real Decreto que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, que constituirá el marco de referencia para determinar su contenido.

Cabe destacar que, en este curso, por primera vez, se presentarán a la prueba los estudiantes que hayan cursado la nueva modalidad de Bachillerato general, introducida por la Ley de Educación aprobada en 2020.

El texto también recoge las fechas en las que las comunidades autónomas deberán convocar las pruebas. En el caso de la convocatoria ordinaria, los exámenes deberán realizarse antes del 14 de junio y los resultados deberán publicarse antes del 28 de ese mismo mes. En el caso de la extraordinaria, las CCAA que decidan hacerla en julio, deberán hacerlo antes del día 12 y publicar los resultados antes del 19. Si escogen septiembre, las fechas límite serán el 13 y el 20.