El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha aprobado la Orden Ministerial por la que se modifica el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF), marco regulatorio que establece el uso para el que está reservado cada una de las bandas de frecuencia en las que se divide el espectro radioeléctrico.
La modificación incluye la determinación del límite máximo de la cantidad de frecuencias que podrá utilizar un mismo operador en la banda de 700 MHz para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha. Esta banda comprende frecuencias que han sido identificadas como especialmente idóneas para la introducción del 5G en la Unión Europea, junto con la banda de frecuencias de 3,5 GHz que en España fue adjudicada en julio de 2018, siendo uno de los primeros países de la UE en su adjudicación.
En concreto, los límites establecidos son: por lo que se refiere a las frecuencias pareadas de la banda de 700 MHz, se establece el límite máximo en 2x15 MHz por operador. Además, se establece un límite máximo de 2x35 MHz por operador para el conjunto de las bandas pareadas de 700 MHz, 800 MHz y 900 MHz.
En la determinación de estos límites se asegura un buen equilibrio entre, por un lado, la cantidad de espectro necesario para que un operador despliegue sus redes de forma eficiente y pueda prestar de manera adecuada sus servicios 5G y, por otro, favorecer la competencia evitando el acaparamiento de espectro.
La modificación del CNAF incluye, asimismo, reservas de frecuencias y condiciones técnicas de utilización de las mismas para distintos tipos de servicios que se prestan mediante el uso del espectro radioeléctrico. Entre ellas, destacan las dedicadas a servicios de seguridad y emergencia; protección contra incendios; redes inteligentes de distribución de electricidad, gas o agua y las frecuencias que deben usarse para aeronaves pilotadas por control remoto, como los drones.