Agricultura publica la orden ministerial para agilizar la recuperación de las explotaciones agrarias dañadas por la DANA

Agricultura, Pesca y Alimentación - 23.4.2025

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que modifica la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta de los agricultores y ganaderos afectados por la dana y que tiene como objetivo agilizar la recuperación del tejido productivo.

La orden permitirá que los agricultores y ganaderos puedan reparar los daños sufridos en sus explotaciones por sus propios medios o a través de proveedores o empresas de la zona. Para ello se fija una subvención cuyas cantidades varían en función de la intensidad de los daños en la zona en la que se encuentren las parcelas afectadas y que oscila entre 5.200 y 9.900 euros por hectárea.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha tomado esta medida a petición de las organizaciones agrarias y de los ayuntamientos de la zona para acelerar la recuperación del potencial productivo, una vez constatadas las dificultades para que la empresa pública Tragsa, contratada para ejecutar las obras de reparación, pueda concluirlas a corto o medio plazo, dado el elevado número de actuaciones individualizadas a realizar, con una amplia y dispersa distribución geográfica. Además, estas acciones requieren en su mayor parte de trabajos difíciles de mecanizar, como por ejemplo limpiezas y reparaciones entre líneas de arbolado, o retiradas manuales de restos.

Para que las ayudas puedan llegar cuanto antes a sus destinatarios, se concederán de oficio. Una vez que se publique la lista definitiva de beneficiarios, se abrirá un plazo de un mes de renuncia para aquellos agricultores y ganaderos beneficiarios que prefieran optar por esperar a la restauración de sus parcelas a través de la empresa Tragsa, según queda reflejado en la disposición adicional segunda del Real Decreto 345/2025, por el que se desarrolla el régimen jurídico de Tragsa y Tragsatec, publicado también en el BOE. Con ello se da fin a este procedimiento, una vez transcurrido un plazo prudencial desde el acontecimiento de la dana de finales de octubre 2024.

Para facilitar la recuperación de los viveros, se establece una ayuda que compensará el 60 % de los daños valorados por Tragsa. El importe se reducirá en caso de haberse percibido otras ayudas o pagos de pólizas de seguro, para no superar el 100 % del coste evaluado del daño.

Los beneficiarios viveristas deberán presentar declaración responsable sobre otras ayudas y pagos recibidos y la aceptación expresa de la ayuda y el compromiso de que los fondos se destinarán a la explotación. En caso de no hacerlo, se entiende que renuncian a la ayuda y podrán acogerse, en su caso, a las medidas de recuperación del potencial productivo a través de Tragsa.

La orden publicada hoy fija también una ayuda de 11.800 euros por hectárea para compensar a los titulares de explotación con parcelas gravemente afectadas por su proximidad a un cauce público y que son susceptibles de perder su condición de parcela agraria para convertirse en dominio público hidráulico.