Tras las inspección veterinaria del 25 y 26 de febrero a bordo del buque
Información de las actuaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en relación con el transporte de terneros del buque "Karim Allah"
Agricultura, Pesca y Alimentación - 27.2.2021
La inspección veterinaria realizada durante los días 25 y 26 de febrero a bordo del buque ha constatado que el estado de los terneros, tras dos meses de viajes desde que salieron del mismo puerto, impide que emprendan de nuevo viaje para su exportación a un país tercero. La inspección veterinaria fue acompañada de agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil y de los servicios de aduanas.
La Ley 8/2003, de Sanidad Animal, amparada en la normativa de la Unión Europea, prohíbe, por motivos de sanidad animal, la importación de animales vivos en territorio comunitario procedentes de países terceros no autorizados. Tanto Turquía, destino inicial de los terneros, como Libia, no se encuentran en la lista de países terceros autorizados para exportar animales vivos a la Unión Europea.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a comunicar a los responsables del transporte el acta de inspección, así como la resolución en la que se les comunica que procedan al aislamiento y sacrificio de los animales, de acuerdo con la normativa aplicable y, en caso de no hacerlo, será el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación quien lo haga de forma subsidiaria.
El buque "Karim Allah" zarpó de Cartagena el pasado 18 de diciembre con una carga de 895 terneros con destino a Turquía. En el momento de su salida, el transporte estaba amparado por la certificación de las autoridades veterinarias españolas, que garantiza el buen estado sanitario de los animales y el respeto de las condiciones de bienestar del transporte, con arreglo a la normativa comunitaria.
Las autoridades turcas rechazaron el certificado de exportación emitido por las autoridades españolas e impidieron el desembarco de los terneros en el puerto de destino. El motivo del rechazo se basa en la no aceptación por las autoridades turcas del concepto de zonificación comunitario en materia de sanidad animal. En base a este concepto, las autoridades sanitarias de los Estados miembros pueden zonificar las áreas en las que está presente una determinada enfermedad dentro del territorio de un Estado miembro, distinguiéndolas así de las zonas libres de enfermedad desde las que se pueden exportar animales vivos o productos cárnicos. Es un principio básico en materia de normativa sanitaria de la Unión Europea. En el caso que nos ocupa, los animales procedían de zonas libres de lengua azul, fue certificado su estado sanitario, siendo por tanto animales sanos y aptos para su exportación.
Posteriormente, el responsable del transporte se dirigió a Libia, en donde las autoridades rechazaron nuevamente la descarga de los animales en el puerto de destino.
Desde el momento en el que el barco se aproximó al puerto de Cartagena, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha adoptado todas las medidas legales para conducir el barco a puerto y poder así inspeccionar las condiciones sanitarias y de bienestar de los animales. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha conducido sus actuaciones en cumplimiento de la normativa vigente y con la expresa intención de reducir los riesgos sanitarios y el sufrimiento de los animales.