La Secretaría de Estado de Comunicación es un órgano superior integrado en el organigrama de la Presidencia del Gobierno.
Desarrolla las funciones recogidas en el Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.
A la Secretaría de Estado le corresponde:
- La coordinación de la política informativa del Gobierno y la elaboración de los criterios para su determinación, así como el impulso y la coordinación de la política de comunicación institucional del Estado.
- La elaboración y difusión de los comunicados del Gobierno y de su Presidente.
- La reseña de las actividades del Consejo de Ministros.
- La dirección de los servicios informativos de la Administración General del Estado en España y en el extranjero.
- Las relaciones con los medios de comunicación, así como el análisis de la coyuntura nacional e internacional.
- La organización de la cobertura informativa nacional, autonómica, internacional y de medios digitales de la actividad gubernamental.
- La asistencia a las actividades y comparecencias públicas del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en el extranjero.
- El apoyo a la Comisión de publicidad y comunicación institucional, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional, y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado.
- La gestión de la comunicación ante situaciones de alerta nacional.
- El análisis de la legislación vigente en materia informativa y la propuesta de medidas para su mejora.
La persona titular de la Secretaría de Estado de Comunicación se integra en el Comité de Dirección de la Presidencia del Gobierno.