Contenido
- El sistema presupuestario español
- Objetivos de la política fiscal y entorno macroeconómico
- Segunda Oportunidad
- Evolución de la política fiscal en 2015 y 2016
- Principales elementos de los Presupuestos Generales del Estado para 2016
- El ejercicio presupuestario 2016
- Prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y Plan Presupuestario
El sistema presupuestario español
A nivel estatal, la elaboración de los presupuestos generales del Estado corresponde al Gobierno central y su examen, enmienda y aprobación a las Cortes Generales.
Reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera (Ministerio de Hacienda y Función Pública)En el ámbito financiero, la descentralización administrativa de España con sus tres niveles de gobierno (central, autonómico y local) se inspira en los principios de autonomía financiera, coordinación y solidaridad, reconocidos en la Constitución española de 1978. Tanto las comunidades autónomas como las corporaciones locales gozan de plena autonomía financiera para aprobar y administrar su propio presupuesto.
Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) son el documento en el que se recoge la previsión anual de los ingresos y los compromisos de gastos del sector público estatal. Constituyen uno de los instrumentos más importantes de la política económica del Gobierno, en los que se plasman los objetivos estratégicos de las distintas políticas públicas y los recursos asignados para su cumplimiento.
El marco jurídico de los Presupuestos Generales del Estado se encuentra constituido fundamentalmente por tres normas: la Constitución española, que dedica su artículo 134 a regular los Presupuestos Generales del Estado; la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Objetivos de la política fiscal y entorno macroeconómico
La economía española inició en el tercer trimestre de 2013 la senda de la recuperación económica, poniendo así fin a una profunda y prolongada recesión. Esta favorable evolución de la economía tiene su razón de ser en la política económica instrumentada por el Gobierno desde finales de 2011, centrándose en dos ejes fundamentales e interrelacionados: consolidación fiscal y reformas estructurales.
La política fiscal aplicada desde el comienzo de la X Legislatura tiene por objetivo situar nuevamente las finanzas públicas en una senda de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, como elemento imprescindible para conseguir un crecimiento duradero y fomentar la creación de empleo, manteniendo el sistema de protección social y prestando especial atención a la corrección de las desigualdades.
La reducción del déficit del 8,9 por ciento de 2011 al 6,3 por ciento en 2013, cumpliendo el objetivo marcado por la UE, se ha realizado en unas condiciones cíclicas muy adversas, que conllevaban una contracción de las bases tributarias con la consiguiente reducción de los ingresos públicos así como el incremento ineludible de determinadas rúbricas del presupuesto de gastos, como prestaciones por desempleo o los intereses de la deuda. El esfuerzo de consolidación ha sido el mayor dentro de los países del G-20. Si bien la política fiscal seguida ha permitido que los Presupuestos Generales del Estado para 2015 se enmarquen en un contexto económico nacional más favorable que en los ejercicios anteriores, ha de seguir avanzándose en la consolidación y aceleración del crecimiento económico y, sobre todo, en la creación de empleo.
Emblema de la Real Casa de la Moneda (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales)La política fiscal se dirige, por tanto, a conseguir la combinación adecuada de ingresos y gastos que favorezca el crecimiento y que permita mantener el sistema de protección social y luchar contra las desigualdades generadas por la crisis. En este sentido apunta la reforma fiscal, que servirá para reducir la brecha fiscal en las rentas del trabajo, aumentar el consumo y la inversión, fomentar la capitalización de las empresas y mejorar la competitividad de la economía. Por el lado del gasto, los Presupuestos Generales del Estado para 2015 incrementan la eficiencia del gasto público alineando los objetivos del presupuesto nacional con los del nuevo marco financiero 2014-2020 del presupuesto de la Unión Europea, de manera que la programación y ejecución de las inversiones se lleva a cabo maximizando la aplicación de fondos europeos y explotando los nuevos mecanismos de financiación disponibles en este nuevo periodo, como son el uso de instrumentos financieros, así como la participación del sector privado.
El contexto económico en el que se enmarcan los Presupuestos Generales del Estado para 2015 se caracteriza por la prolongación de la recuperación de la economía española, que se inició ya en el tercer trimestre de 2013. Según el dato adelantado del Instituto Nacional de Estadística, en el cuarto trimestre de 2014 se ha registrado una tasa intertrimestral de crecimiento positiva por sexto periodo consecutivo, la cual ha experimentado una aceleración paulatina hasta situarse en el 0,7 por ciento. En términos interanuales, la tasa de crecimiento registrada en el cuarto trimestre fue del 2 por ciento. Ello arroja una tasa de crecimiento del PIB del 1,4 por ciento para el conjunto del 2014, el doble que lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2014, y una décima más que lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2015.
La recuperación de la economía española se ha producido en un progresivo entorno de estabilidad en los mercados financieros que ha permitido un fuerte descenso de las primas de riesgo y avances de los índices bursátiles, y a pesar del estancamiento en la zona del euro. Esta evolución de la economía española viene impulsada por el mayor dinamismo de la demanda nacional, que en el cuarto trimestre de 2014 aportó 2,7 puntos porcentuales (pp) a la variación interanual del PIB, gracias al comportamiento favorable de todos sus componentes.
Por otro lado, la aportación de la demanda externa ha pasado a ser negativa (-0,7 puntos porcentuales) debido al proceso de recuperación, en el que toma más relevancia la inversión, con incremento de las importaciones, que en buena medida ha correspondido a la inversión en bienes de equipo (+10,4 por ciento 14Q3 vs -31,1 por ciento 09Q2), lo que demuestra el impulso que nuestras empresas han decidido dar a la inversión, fruto de la confianza que ya existe en la recuperación de España. La lógica económica nos tenía que llevar a continuación a un aumento del consumo privado y a la creación de empleo. La economía española ha logrado obtener superávit consecutivos de la balanza comercial no energética desde 2012, algo no observado desde 1985. En este contexto, España sigue registrando capacidad de financiación frente al resto del mundo.
La economía española está obteniendo una importante mejora en términos de competitividad. Mientras que los costes laborales unitarios en España crecían a tasas superiores al 3 por ciento hasta el año 2009, es a partir del año 2012 cuando comienzan a caer a tasas del entorno del 3 por ciento. Como resultado de este proceso de devaluación interna, España se ha situado a la cabeza de la UE en ganancia de competitividad: mientras que los costes laborales han aumentado un 4,5 por ciento en la zona euro, sobre una base 100 para el año 2010, desde 2009, la economía española ha seguido una tendencia inversa, reduciendo sus costes un 6,9 por ciento.
En este mismo sentido, la inflación inició una senda descendente ya en 2013 y en el tiempo transcurrido de 2014 ha mantenido, en términos generales, esa tendencia, situándose la tasa de inflación en el conjunto del año en el -0,2 por ciento, mientras que en la zona euro ha sido del 0,4 por ciento.
Es importante destacar el logro de la economía española al conseguir pasar de una necesidad de financiación frente al resto del mundo que llegó a estar en el entorno del 10 por ciento del PIB en 2007, a una capacidad de financiación en el año 2014 del 0,5 por ciento del PIB, con lo que las nuevas necesidades de financiación son cubiertas con recursos propios.
El Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, fue aprobado por el Gobierno con el objetivo de permitir que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, pudiera tener la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin arrastrar indefinidamente una deuda que nunca hubiera podido satisfacer.
El Pleno del Congreso convalidó la norma y además aprobó la tramitación como Proyecto de ley, quedando definitivamente aprobado su contenido con la Ley 25/2015, de 28 de julio.
Tal y como se recoge en la Exposición de Motivos del Real Decreto Ley y en el Preámbulo de la Ley La experiencia ha demostrado que cuando no existen mecanismos de segunda oportunidad se producen desincentivos claros a acometer nuevas actividades e incluso a permanecer en el circuito regular de la economía. Ello no favorece obviamente al propio deudor, pero tampoco a los acreedores ya sean públicos o privados. Al contrario, los mecanismos de segunda oportunidad son desincentivadores de la economía sumergida y favorecedores de una cultura empresarial que siempre redundará en beneficio del empleo.
A esta finalidad responden los textos normativos, regulando diversos mecanismos de mejora del Acuerdo Extrajudicial de Pagos, introducido en la legislación concursal por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, e introduciendo un mecanismo efectivo de segunda oportunidad para las personas físicas destinado a modular el rigor de la aplicación del artículo 1911 del Código Civil "Responsabilidad patrimonial universal" Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.
Las iniciativas permiten que las familias y empresas reduzcan su carga financiera, lo que suponen mejoras adicionales a las que ya se han adoptado durante esta legislatura destinadas a quienes se encuentran en una situación más cercana a la insolvencia por sus circunstancias económicas y sociales de vulnerabilidad, sean PYMEs y autónomos, o personas naturales en general.
Así se modifica:
La Ley 22/2003, Concursal, para simplificar el uso de los acuerdos extrajudiciales o regular el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho cuando concurra buena fe.
El Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de deudores hipotecarios sin recursos, para elevar el umbral de exclusión de los deudores de un crédito garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual.
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para declarar exentas de IRPF las rentas que pudieran ponerse de manifiesto como consecuencia de quitas y daciones en pago de deudas, establecidas en un convenio, en un acuerdo de refinanciación judicialmente homologado o en un acuerdo extrajudicial de pagos.
Pero además de la regulación del mecanismo de segunda oportunidad y de la mejora de ciertos institutos concursales, se contienen otras disposiciones de marcado signo social.
Así, en el Título II, junto con medidas que afectan al ámbito de la Seguridad Social (exenciones de cotización para favorecer creación de empleo indefinido o bonificaciones en la cotización de trabajadores autónomos para conciliación de vida familiar, aprobación de la reducción de 35 a 20 del número de jornales exigidos para acceder a las ayudas a trabajadores agrarios.) o al ámbito de la Administración de Justicia (exenciones de determinadas tasas judiciales), se acometen también medidas en el ámbito tributario destinadas a rebajar la carga fiscal de determinados colectivos especialmente vulnerables.
De esta manera, se modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, con la finalidad de permitir a nuevos colectivos la aplicación de las deducciones previstas en el artículo 81 bis de esta Ley, para familias numerosas y las que tienen a su cargo ascendientes o descendientes con discapacidad. Así se extienden los conocidos "cheques familiares" de 1.200 euros al año:
- Familias monoparentales con dos hijos.
- Cuando el contribuyente sea pensionista o perceptor de prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
También se modifica la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con el objeto de aliviar del cumplimiento de obligaciones formales a las entidades parcialmente exentas. Se establece la exclusión de la obligación de presentar declaración en este Impuesto a aquellas entidades cuyos ingresos totales del período impositivo no superen una determinada cuantía (se estableció el límite 50.000 euros anuales pero se ha ampliado a 75.000 euros en PGE 2016), siempre que el importe total de los ingresos correspondientes a rentas no exentas no supere 2.000 euros anuales y que todas sus rentas no exentas estén sometidas a retención.
Evolución de la política fiscal en 2015 y 2016
La política fiscal aplicada desde el principio de la legislatura está jugando un papel decisivo en la salida de la crisis. Con las decisiones sobre política monetaria transferida al Banco Central Europeo, España tenía restringidos los instrumentos de política económica para afrontar una crisis de alcance internacional, que fue especialmente severa en el caso de nuestro país, de tal manera que la política fiscal adquiría un mayor protagonismo que en recesiones anteriores.
A ello hay que añadir que el fuerte deterioro de las finanzas públicas españolas, en los primeros años de la crisis, exigía aplicar una contundente política de consolidación fiscal para volver a una senda sostenible y recuperar la credibilidad de la economía española. España pasó de registrar un superávit del 2,2 por ciento del PIB en 2006 a un déficit del 11 por ciento en 2009. Todos los países de la zona euro empeoraron su posición fiscal en este periodo, pero en el caso de España este fenómeno fue cuantitativamente muy superior, de tal forma que la situación de las finanzas públicas era percibida como uno de los principales factores de riesgo de nuestra economía.
Oficinas de la Agencia Tributaria (Ministerio de Hacienda y Función Pública)En este contexto, el actual Gobierno reaccionó aplicando una corrección fiscal sin precedentes para garantizar la solvencia y restaurar la confianza de la economía española en el frágil entorno financiero de la zona euro. La necesaria consolidación fiscal, junto con la ambiciosa batería de reformas estructurales, son los dos pilares fundamentales de la política económica que se está aplicando desde el principio de la legislatura, y que ya está dando sus frutos.
Ciñéndonos a la política fiscal, la acción del Gobierno no solo se ha centrado en controlar el déficit público, sino que se ha acometido una profunda reforma del marco legal para garantizar la disciplina fiscal en todos los niveles de la administración y para garantizar la sostenibilidad del sistema del bienestar.
A través de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la puesta en marcha de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, el paquete de medidas para luchar contra la morosidad comercial de las Administraciones o la reciente creación de Central de Información Económico-Financiera, se han mejorado significativamente las reglas de gobernanza fiscal de las Administraciones Públicas, institucionalizando la disciplina fiscal y la transparencia de la información económico-financiera. Asimismo, se han realizado reformas de gran calado para blindar el Estado del Bienestar como, por ejemplo, la revisión del sistema de pensiones o las medidas de racionalización que garantizan la viabilidad y la calidad de los servicios públicos fundamentales. En paralelo a la reforma del marco de gobernanza fiscal, con el fin de reducir los insostenibles niveles de déficit público, el Gobierno ha implementado una efectiva política de consolidación de las finanzas públicas, combinando reducción de gastos con medidas de ingresos.
La estrategia de reducción del déficit público se caracteriza por ser asimétrica, ya que el ajuste conlleva un sesgo hacía las medidas de reducción del gasto público. Se trata de un esfuerzo fiscal compartido por todas las Administraciones, como no podía ser de otra manera, siendo España el país de la OCDE con un gasto más descentralizado (aproximadamente el 45 por ciento del gasto total es gestionado por las Administraciones Territoriales). Otro rasgo característico de la estrategia de consolidación es su marcado carácter equitativo, ya que los esfuerzos fiscales que se han exigido, tanto por el lado de ingresos como por el lado de los gastos, no son lineales. Tal y como ha reconocido el FMI, España ha realizado una consolidación fiscal progresiva, ya que los agentes con mayor capacidad económica han asumido cargas mayores. Finalmente, cabe destacar el carácter estructural de nuestra estrategia de consolidación, que se basa fundamentalmente en medidas con impacto permanente en las cuentas públicas.
En los dos primeros ejercicios en los que se ha desarrollado esta política fiscal, el déficit público, medido de acuerdo al nuevo SEC 2010, se ha reducido del 9,3 por ciento en 2011 hasta el 5,1 por ciento en 2015, excluida la ayuda al sector financiero, lo que ha sido clave para recuperar la credibilidad en la economía española.
Esta corrección fiscal de 4,2 puntos de PIB se ha logrado en su mayor parte en un contexto de fuerte contracción económica y elevado desempleo que ha obligado a atender incrementos de gasto ineludibles como son las prestaciones por desempleo o el pago de intereses de la deuda pública, realizando un gran ajuste fiscal, poniéndose así de manifiesto la capacidad que tiene España para controlar sus cuentas públicas y situarlas en niveles sostenibles. Como consecuencia de este esfuerzo, por primera vez desde 2007, se ha comenzado a registrar superávit estructural primario desde 2012. Esto significa que los gastos (descontando intereses y efecto del ciclo) son inferiores a los ingresos desde 2012, lo cual es necesario para garantizar la sostenibilidad de la deuda.
Se trata de un esfuerzo compartido en el que todas las Administraciones Públicas han afrontado sus compromisos fiscales, mejorando sustancialmente sus saldos presupuestarios.
Si bien los frutos de la política fiscal ya se percibían hace un año, es ahora, en un contexto de aceleración de la recuperación económica, donde se hacen más patentes. El saneamiento de las cuentas públicas continúa en 2016, registrándose un déficit de las Administraciones Públicas (excepto Entidades Locales) del 2,68 por ciento del PIB hasta octubre del año, 15,4 puntos menos que en el mismo periodo del año anterior.
El contexto económico favorable que previsiblemente se prolongará los próximos años, permitirá continuar el saneamiento de nuestras cuentas públicas sin necesidad de llevar a cabo ajustes significativos.
Superada una primera fase en la que se ha conseguido ordenar las finanzas públicas y, sin abandonar la disciplina fiscal, la política fiscal incorpora una combinación de medidas en materia de ingresos y gastos para favorecer el crecimiento económico, cumpliendo con la senda de consolidación comprometida. Dicha senda fue fijada inicialmente en la Recomendación de Déficit Excesivo para España, aprobada por el Consejo ECOFIN de julio de 2013.
Asimismo, por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 10 de julio de 2015, fueron aprobados los objetivos de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2016, 2017 y 2018 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, objetivos coherentes con la senda de consolidación fiscal fijada por el Consejo de la Unión Europea en 2013.
Posteriormente, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, tras informar a las administraciones territoriales, incluyó una propuesta de modificación de objetivos para el ejercicio 2016 y para el periodo 2017-2019 en la actualización del Programa de Estabilidad 2016-2019 remitida a las instituciones comunitarias.
A su vez, el pasado 8 de agosto de 2016, el Consejo de la Unión Europea revisó la senda de consolidación fijada para España en el marco del procedimiento de déficit excesivo, estableciendo unos objetivos de déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas del 4,6% del PIB, 3,1% del PIB y 2,2% del PIB para los años 2016, 2017 y 2018, respectivamente, aplazando por tanto hasta 2018 la obligación de reducir el déficit por debajo del umbral del 3% que marca el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
Al encontrarse el Gobierno en funciones, fue necesario retrasar la aprobación de la revisión de los objetivos de estabilidad presupuestaria, que requiere acompañar la propuesta del límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado. Una vez se conforma Gobierno, por Acuerdo de Consejo de Ministros del 2 de diciembre de 2016, se aprobaron los objetivos de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, que son coherentes con la senda de consolidación fiscal establecida en la Decisión del Consejo de la Unión Europea el pasado 8 de agosto y que fueron aprobados en las Cortes en el mismo mes.
%PIB | 2017 | 2018 | 2019 |
---|---|---|---|
Administración Central | -1,1 | -0,7 | -0,3 |
Comunidades Autónomas | -0,6 | -0,3 | 0,0 |
Entidades Locales* | 0,0 | 0,0 | 0,0 |
Seguridad Social | -1,4 | -1,2 | -1,0 |
Total Administraciones Públicas | -3,1 | -2,2 | -1,3 |
Principales elementos de los Presupuestos Generales del Estado para 2016
Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 ratifican la política económica implementada en los últimos años y potenciarán los buenos resultados obtenidos gracias a las medidas llevadas a cabo en estos cuatro años. Se trata, por tanto, de unas Cuentas confeccionadas bajo la misma premisa de impulso del crecimiento de la economía española y de la creación de empleo. El cumplimiento de estas cuentas permitirá mantener el compromiso con el gasto social, que supone el 53,5%, con un aumento del 3,8%.
Presentación de los PP. GG. para 2016 (Ministerio de Hacienda y Función Pública)Los PGE de 2016 vienen a culminar la política fiscal desarrollada por el Gobierno desde aquel primer y difícil presupuesto realizado para el ejercicio 2012. Estos cinco Presupuestos han sido elaborados cada uno adaptándose a la realidad económica en la que se encuadraban, conteniendo los elementos necesarios para salir de la grave crisis económica en la que se hallaba España. Con esta política hemos logrado llegar al momento actual, creciendo a un ritmo cercano al 4% en términos anualizados, sin inflación y con una evolución muy positiva de todas las variables, consumo, inversión, exportaciones, y sobre todo generación de empleo. Así, se prevé abandonar a partir de 2016 el procedimiento de Déficit Excesivo en el que está incursa España desde 2009.
Buenos resultados de la política fiscal aplicada
Esta clara mejora de la situación económica pone de manifiesto que la política fiscal desarrollada desde el principio ha sido la correcta: consolidación fiscal y reformas estructurales. Los PGE 2016 siguen igualmente la línea marcada de los anteriores y tiene como objetivo principal potenciar los buenos resultados alcanzados. Por tanto, su misión será consolidar el crecimiento y la creación de empleo.
Los PGE, que parten del adelanto de la reforma tributaria que debía entrar en vigor en enero de 2016, conllevan un importante incremento de los recursos transferidos a las Administraciones territoriales, que servirán para mejorar las prestaciones en sanidad, educación y servicios sociales. De esta forma, la financiación de las Administraciones territoriales se incrementará en 2016 en 8.000 millones de euros (un 7,8%) respecto al año anterior.
Ingresos
El total de ingresos no financieros para 2016 después de la cesión a los Entes Territoriales alcanzará los 134.773 millones de euros, lo que supone un incremento del 0,8% respecto al Presupuesto de 2015.
Los ingresos tributarios antes de la cesión a los Entes Territoriales supondrán en 2016 193.520 millones, un 4% más que en el Presupuesto de 2015. Por figuras impositivas, la recaudación por IRPF llegará a los 75.432, con un incremento del 3,4%.
La recaudación por el Impuesto de Sociedades registrará un incremento del 5,5%, hasta los 24.868 millones de euros. Los ingresos por IVA crecerán el 4% hasta los 62.663, mientras que los ingresos por Impuestos Especiales suben el 0,8% hasta los 20.053 millones de euros.
Gastos
El impacto favorable del crecimiento y el efecto en la recaudación hacen que el presupuesto de gastos venga marcado por la recuperación social. La reducción del gasto en desempleo y de la carga financiera de la deuda pública, va a permitir incrementar el gasto social, que aumenta un 3,8%.
Cabe destacar que se trata de unos Presupuestos en los que se incrementarán partidas fundamentales, como las destinadas a investigación civil, la financiación de la LOMCE, la cooperación internacional, el fomento del empleo, mejora de las ayudas a familias y al sistema de dependencia así como el Plan especial de reubicación de refugiados.
Empleados públicos
Las cuentas públicas para el año que viene recogen asimismo el cumplimiento por parte del Gobierno de su compromiso de compensar en la medida de lo posible los esfuerzos realizados por los ciudadanos consecuencia de las medidas de ajuste que fueron necesarias acometer. Los empleados públicos, cuya aportación fue esencial para salir de la crisis, van a ver actualizadas sus retribuciones al 1%, después de la rebaja de 2010 y de los años de congelación salarial, y se les restituirá el 50% de la paga extra que no cobraron en el año 2012. De igual manera, se recupera el sexto día por asuntos particulares, y hasta otros tres días en función de la antigüedad. Por otro lado, se establece una tasa de reposición del 100% para sectores prioritarios y del 50% para el resto.
Son unos Presupuestos que también dan continuidad a las inversiones del Plan CRECE, plan que está procurando alinear los objetivos de los fondos comunitarios con las necesidades de inversión nacionales, apoyando el crecimiento económico de la forma más eficiente posible.
En la Ley se recoge también la exigencia de emisión de informes tendentes a asegurar que las actuaciones de apoyo a PYMES, a empresas de base tecnológica y a jóvenes emprendedores se configuran de forma que resulten compatibles con la financiación concedida por la Unión Europea para este tipo de actuaciones con el fin de maximizar la capacidad de absorción de fondos comunitarios de las políticas emprendidas.
El ejercicio presupuestario 2016
Con los datos disponibles a 27 de diciembre de 2016, en el periodo enero-noviembre, el Estado ha registrado un déficit del 2,36% del PIB, 0,01 puntos porcentuales menos que en el mismo periodo del año anterior. El déficit del conjunto de las Administraciones Públicas, excluidas las Corporaciones Locales, asciende a 37.243 millones de euros, un 8,7% menos que en el mismo periodo del ejercicio anterior.
Recursos no financieros del Estado
Esta evolución se debe, fundamentalmente, al descenso de los ingresos procedentes de los impuestos, que han pasado de 140.551 millones en 2015 a 137.598 millones en 2016, 2.953 millones menos. La mayor parte de esta caída se ha registrado en el mes de noviembre por el mencionado incremento de las devoluciones solicitadas en un 38,6%, sobre todo en el Impuesto de Sociedades, que han aumentado en 652 millones, y los menores ingresos por IVA, 991 millones. El IRPF cae casi un 7% respecto a noviembre de 2015, debido, principalmente, a la liquidación definitiva del sistema de financiación de las CCAA del año 2014 (que se efectuó en julio), que ha supuesto una disminución de la recaudación de este impuesto para el Estado de 2.133 millones.
Los demás impuestos han descendido un 2,4%, fundamentalmente por los menores ingresos del canon por la utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica en un 55,4%, ya que en 2015 incluye las autoliquidaciones correspondientes a 2013 y a 2014 y el descenso del 20,7% de los ingresos procedentes del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, que ha pasado de 1.548 millones en noviembre de 2015 a 1.228 millones en noviembre de 2016.
Los dividendos y otras rentas han aumentado un 21%, principalmente, por los mayores dividendos del Banco de España y por el dividendo recibido de ENAIRE, así como por el aumento del 16,5% de los ingresos por intereses, debido a los préstamos concedidos con cargo al Fondo de Financiación de CCAA y de CCLL.
Empleos no financieros del Estado
Hasta finales de noviembre de 2016 los empleos no financieros del Estado han sido 185.534 millones, cifra inferior en un 1,7% a la de 2015, descenso que se produce en casi todas las rúbricas de gasto.
Descienden las transferencias corrientes entre Administraciones Públicas un 2,6% (2.946 millones), siendo la partida de gasto del Estado la de mayor volumen (casi un 60% del gasto total). Este descenso se debe a la caída de las transferencias destinadas al Servicio Público de Empleo Estatal en un 61,3% (5.644 millones), ya que aumentan las transferencias a las CCAA un 5,5% y a las CCLL un 3,8%.
El gasto en consumos intermedios ha sido un 7,1% inferior al de 2015 y en el mes cae un 30,4%. La remuneración de asalariados ha descendido un 0,1%, con un gasto de 15.830 millones. Los intereses devengados han descendido un 4,5%, consecuencia de la evolución de tipos de interés.
Por su parte, entre los incrementos destacan las prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie, que crecen un 6% con un total de 12.748 millones, de los cuales, la mayor parte corresponden a las pensiones de clases pasivas del Estado, que han aumentado un 3,9%.
El 14 de octubre de 2016 fue remitido a la Comisión Europea el Plan Presupuestario 2017 del Reino de España, que incorporaba el Informe de Acción Efectiva, en respuesta a la Decisión del Consejo aprobada el 8 de agosto de 2016 en el marco del Procedimiento de Déficit Excesivo (PDE), relativa a la necesidad de adoptar las medidas necesarias para la corrección del déficit excesivo, para fortalecer el marco de la gobernanza de la política fiscal y de la contratación pública.
Este Plan respondía a la situación política en la que se encontraba España en ese momento, con un Gobierno en funciones que tenía sus potestades presupuestarias limitadas, lo que le impedía remitir un proyecto de Presupuestos Generales del Estado al Parlamento, así como remitir cualquier otro tipo de iniciativa legislativa. En esta situación, el Plan partía de un escenario económico sin cambio de políticas públicas ("no-policy change scenario"), incorporando las últimas previsiones macroeconómicas disponibles, tal y como establece la normativa comunitaria para los supuestos en los que un Gobierno no tenga plenos poderes presupuestarios.
Incluía igualmente todas las medidas que se habían adoptado hasta la fecha de remisión del Plan durante 2016, relativas a la reforma de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, el acuerdo de no disponibilidad de créditos adoptado por el Gobierno, el adelanto a julio de los plazos de la orden por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016, la aplicación de las medidas coercitivas y de control previstas en la normativa de estabilidad presupuestaria en el ámbito de las administraciones territoriales, así como las medidas destinadas a mejorar la transparencia y eficiencia en la contratación pública.
No obstante, el Plan advertía que las medidas anteriores, que garantizan la acción efectiva del Gobierno de España en 2016, deberían completarse necesariamente por el nuevo Gobierno, con el fin de asegurar el cumplimiento con la Decisión del Consejo de la Unión Europea, de 2017 en adelante.
En esta misma línea, la Comunicación de 16 de noviembre de la Comisión Europea valorando la acción adoptada por España, estimaba que el déficit nominal se reducirá hasta el 4,6% del PIB en 2016, en línea con el objetivo requerido, y que por tanto el Procedimiento de Déficit Excesivo debía de quedar en suspenso ("in abeyance"). Asimismo, la Comisión invitaba a España a presentar una actualización del Plan Presupuestario para 2017, al menos un mes antes de que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio sea aprobada en el Parlamento. La actualización del Plan Presupuestario debe incorporar medidas adicionales para cumplir con los objetivos presupuestarios e igualmente información sobre las acciones a tomar en respuesta a las recomendaciones específicas del Consejo para reforzar el marco presupuestario y la política de contratación pública.
El 29 de octubre fue investido el Presidente del Gobierno, finalizando así el periodo de interinidad del Gobierno. En consecuencia, de acuerdo con lo anunciado en el Plan Presupuestario enviado a Bruselas el 14 de octubre, en línea con la normativa comunitaria y dando cumplimiento al requerimiento de la Comunicación de la Comisión de 16 de noviembre, se remitió, el 9 de diciembre, la Actualización del Plan Presupuestario para 2017 que contiene las medidas necesarias para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la Decisión del Consejo de 8 de agosto, así como al resto de recomendaciones fiscales de carácter estructural.
Entre estas medidas destacan, por una parte, la prórroga automática el 1 de enero de 2017, del Presupuesto del año anterior, manteniéndose el gasto en el nivel de ejecución previsto para 2016 a través de un Acuerdo de No Disponibilidad por importe de 5.000 millones de euros, junto con la continuación del programa de reforma de las Administraciones Públicas, con un impacto estimado de 900M€. Por otra, el Gobierno ha aprobado una reforma del Impuesto sobre Sociedades y de algunos de los Impuestos Especiales, que junto con nuevas medidas para mejorar la aplicación de los tributos y luchar contra el fraude fiscal, tendrán un impacto estimado de 7.500M€.