Justicia e Interior

Justicia

19.11.2019

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

La Constitución española de 1978 declara que la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. La Constitución establece el principio de unidad jurisdiccional como la base de la organización y funcionamiento de los tribunales.

A efectos judiciales, el Estado se organiza territorialmente en municipios, partidos, provincias y comunidades autónomas.

La jurisdicción ordinaria se divide en cuatro órdenes jurisdiccionales: Civil, Penal, Contencioso-Administrativo y Social.

Dentro de cada orden jurisdiccional existen órganos especializados en materias más concretas como, por ejemplo los juzgados de lo mercantil o los juzgados de violencia sobre la mujer.

Al margen de la jurisdicción ordinaria está la jurisdicción militar, que enjuicia los hechos tipificados como delito en el Código Penal Militar y en los supuestos de Estado de sitio, lo que supone una excepción al principio de unidad jurisdiccional.

Los órganos judiciales en España son el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas, las Audiencias Provinciales, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, o sólo de Primera Instancia o sólo de Instrucción, de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria, juzgados de lo Penal y los Juzgados de Paz.

El órgano de gobierno del Poder Judicial es el Consejo General del Poder Judicial, integrado por el presidente del Tribunal Supremo, que lo preside, y por veinte miembros por un periodo de cinco años.

El Ministerio Fiscal es un órgano integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial. Ejerce su misión por medio de órganos propios, conforme a los principios de unidad de actuación, dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

El fiscal general del Estado, ostenta la jefatura superior del Ministerio Fiscal y su representación en todo el territorio español.

Las líneas generales de actuación del Ministerio de Justicia se pueden resumir en los siguientes ejes:

• Transparencia, para lo que se introducirán varios elementos que reduzcan la opacidad en la elección de determinados puestos, como los vocales del Consejo General del Poder Judicial o el fiscal general del Estado.
• Modernización, para lo que se implantará un único sistema informático de gestión procesal unificado para todo el Estado, separado y alejado de las influencias, interferencias y control de los poderes ejecutivos del Estado o de las comunidades autónomas.
• Relación con los operadores jurídicos, para lo que se defenderá el dialogo permanente entre el Gobierno y las asociaciones de jueces, fiscales y letrados de la administración de Justicia, así como con las organizaciones sindicales y todos los colectivos afectados. En este sentido, se ha constituido la Mesa de Retribuciones de las carreras judicial y fiscal por primera vez desde 2003. En este sentido, se ha logrado fijar con los sindicatos los criterios comunes que han de regir las ofertas de empleo público de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 para la selección de más de 10.800 funcionarios de carrera.
• Perspectiva de género. la perspectiva de género inspira toda la acción de la Administración de Justicia. Por ejemplo, una importante novedad ha sido la pretensión de dotar de perspectiva de género a la legislación penal, para lo que se ha realizado una petición específica por parte del ministerio a la Comisión General de Codificación. Asimismo, el Gobierno estudia considerar a las víctimas de agresión sexual como víctimas de violencia de género, lo que permitiría otorgarles el derecho de asistencia jurídica gratuita previsto en la ley integral e implicaría la obligatoriedad de aplicar la ley integral en estos supuestos.
• Memoria histórica. Se ha creado en el Ministerio de Justicia una Dirección General para la Memoria Histórica que establecerá planes de búsqueda de los desaparecidos de la Guerra Civil y la dictadura franquista y hará públicos sus estadísticas. Y procederá a la publicación de un censo oficial de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. En paralelo, impulsará una reforma integral de la Ley de Memoria Histórica para declarar la nulidad de los tribunales de excepción franquistas y sus fallos y sentencias, resignificar el Valle de los Caídos, retirar la simbología de exaltación de la Guerra Civil y la dictadura, con un procedimiento tasado con sanciones económicas para el caso de incumplimiento y reforzar el acceso a archivos. Además, reabrirá la Oficina de Apoyo a las Víctimas del Franquismo y estudiará la manera de llevar a cabo la ilegalización de aquellas asociaciones u organizaciones que hagan apología del franquismo. Se ha impulsado asimismo la emisión de certificados de declaración de reparación y reconocimiento personal.
• Jurisdicción universal. El 28 de agosto se constituyó el consejo asesor que presentará un informe sobre este aspecto a la ministra de Justicia.
• Acercamiento a la ciudadanía. Entre otras medidas se busca impulsar la medicación en el ámbito civil y en el contencioso administrativo. Además, en materia de discapacidad, se ha iniciado la reforma de la legislación civil para cambiar el sistema vigente en nuestro ordenamiento jurídico, en el que predomina la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con discapacidad, por otro basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona que, como regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones.