Conferencia de prensa de la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, y de los ministros de Hacienda y de Fomento, después de la reunión del Consejo de Ministros

17.4.2015

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Madrid

Vicepresidenta.- Muy buenos días. Vamos a informarles de los principales asuntos aprobados hoy en el Consejo de Ministros, un Consejo en el que se sigue adelante con el Programa Nacional de Reformas previsto para este año.

Hoy se han aprobado en Consejo de Ministros siete Anteproyectos de Ley, cinco de ellos a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, uno del Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, y otro del Ministerio de Fomento.

En primer lugar, aprobamos, para su envío ya a las Cortes Generales, el Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley General Tributaria y, complementario a éste, un Anteproyecto de Ley Orgánica por el que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal. Éste, no obstante, tiene que pasar ahora el trámite del Consejo General del Poder Judicial. Ahora los explicará el señor Ministro.

En segundo lugar, hemos aprobado dos Anteproyectos de Leyes sobre contratos públicos, que pasaré ahora a explicar: el Anteproyecto de Ley de Contratos del sector público y el Anteproyecto de Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Con estas normas lo que hacemos es incorporar a nuestro ordenamiento un paquete de Directivas comunitarias muy importante en esta materia.

La nueva regulación de los contratos en el sector público, muy ligada a la reforma de las Administraciones Públicas, va a suponer mayores garantías para evitar posibles casos de fraude en la contratación por parte de las Administraciones Públicas, profundizando en la transparencia y en un mayor control.

Las nuevas leyes, además de ofrecer, como ahora explicaré, mayores garantías a la adjudicación, abren la puerta a cambios muy importantes para la modernización y la mejora de la economía: por un lado, promueven y estimulan las actividades de I+D+i y, por otro lado, permitirán un mayor acceso de las pequeñas y medianas empresas, de las Pymes, a las licitaciones públicas. Con eso se amplía la competencia y se evita que estas empresas dependan tanto de las grandes corporaciones para su desarrollo y su implantación en el mercado. Además, como veremos, se aligeran las cargas administrativas para los licitadores y se impulsa la utilización de los medios electrónicos, que es algo que, como hemos visto, constituye ya una regla general en todos los procesos administrativos.

Además, y muy importante --ahora lo explicaré--, esta Ley de Contratos se va a aplicar también a organizaciones que se financien mayoritariamente con fondos públicos, con dinero público, como pueden ser partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones vinculadas a las mismas; es decir, estarán sujetos a los principios establecidos en esta nueva Ley de Contratos.

Principales novedades. Como decía, primero, el ámbito subjetivo de la Ley, que se aplica, no sólo a Administraciones Públicas, sino a aquellas organizaciones que reciben o, fundamentalmente, sobreviven del dinero público: partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, y fundaciones vinculadas a los mismos. En concreto, la Ley resultará de aplicación respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada en los supuestos que en su actividad estuviera financiada mayoritariamente por otro poder adjudicador, en el sentido de la Directiva. Es decir, como tienen financiación pública procedente de un poder público que sí está sujeto a la Ley de Contratos, tienen que someterse a la misma.

En segundo lugar, como decía, se apuesta por la utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en la Ley. Mención especial merece la obligatoriedad de realizar las comunicaciones y notificaciones derivadas de dichos procedimientos exclusivamente por vía electrónica. Estamos hablando de licitadores que acuden a contratos públicos, es decir, con una estructura suficiente. A diferencia de los particulares, que siempre saben que tratamos de equilibrar o de permitir que siempre el particular pueda dirigirse por otros medios, en este caso estamos hablando de empresas, de licitadores, que tendrán ya, obligatoriamente, que relacionarse con la Administración vía telemática.

Una novedad significativa es la mayor transparencia y agilización que se da en los procedimientos en dos ámbitos: el cambio en la regulación del procedimiento negociado y la introducción de un nuevo procedimiento abierto simplificado. Se restringe, en gran medida, la aplicación práctica del procedimiento negociado sin publicidad, es decir, restringimos el uso del procedimiento negociado sin publicidad, al suprimir dentro de los supuestos en que resultaba aplicable el supuesto de no superar una determinada cuantía. Pero, como hay contratos que requieren una gran agilidad, se hace un procedimiento abierto, pero simplificado, en el que la duración del proceso de contratación es más breve, pero se respeta la publicidad y transparencia del contrato.

Otro de los elementos. Como decía, se impulsa la competencia. Lo que se busca es que las pequeñas y medianas empresas puedan contratar con la Administración. Para ello, se producirá un incentivo para que los contratos se dividan en lotes. Esto permitirá poder acceder a partes de ese contrato. Se promueve la aligeración de cargas administrativas para los licitadores: así, se generaliza la presentación de la declaración responsable y las certificaciones del Registro de Licitadores producirán efectos en determinadas circunstancias, no sólo respecto a los procedimientos de contratación en España, sino también en la Unión Europea.

Una cuestión también de importancia, junto a estos elementos de mayor sujeción a entidades públicas de transparencia, es la nueva regulación de la responsabilidad patrimonial aplicable a las concesiones; éste es un aspecto muy importante. Si por razones de interés público, y causa no imputable al contratista, la Administración acuerda la resolución de la concesión, abonará al concesionario la inversión realizada. Sin embargo, si la resolución se produce por causa imputable al contratista, como ocurre en los casos de insolvencia o concurso de acreedores, la indemnización se calculará por el valor de la concesión, no de la inversión, sino de la concesión y se puede obtener por dos vías ese valor: si se licita de nuevo la concesión, es decir, se queda la concesión vacante y se vuelve a licitar, el anterior concesionario percibirá el valor en que se ha adjudicado la misma en el procedimiento competitivo, porque se supone que eso es lo que vale, por lo que han valorado esa concesión los nuevos adjudicatarios; si no se produce esa licitación, el valor se obtendrá con carácter general mediante la actualización de los resultados previstos, ateniendo a los resultados de explotación en el último trienio, que es lo que puede considerarse un valor de mercado.

Por tanto, estamos ante una reforma económica de un gran calado, que forma parte también del paquete de reforma de las Administraciones Públicas, que hace que las fórmulas de contratación administrativa y los principios de publicidad y concurrencia se apliquen a otras entidades que, si bien no son Administraciones Públicas, están financiadas por un poder público; que incrementa los principios de transparencia y publicidad, como es un claro ejemplo la limitación del procedimiento negociado sin publicidad, y que establece una regulación mucho más completa y mucho más racional de la responsabilidad patrimonial aplicable a las concesiones.

También hemos aprobado, y ahora lo explicará la ministra, el Anteproyecto de Ley de Carreteras, a los efectos también previstos en el artículo 22.3 de la Ley de Gobierno; es decir, Anteproyecto que, una vez que pase los debidos trámites, volverá para su aprobación definitiva al Consejo de Ministros.

Explico ahora el último de los siete Anteproyectos de Ley: el Anteproyecto de Ley de resolución alternativa de conflictos de consumo, que se ha presentado a propuesta del Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales.

Con esta norma se incorpora a la legislación española la Directiva 2013/11 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, que tiene por objeto garantizar a los consumidores el acceso a entidades de resolución extrajudicial de conflictos. Se facilita a los consumidores que los posibles problemas derivados de sus contratos puedan encontrar una solución.

Los procedimientos de resolución, cuyo resultado puede ser o no vinculante, además serán gratuitos o de escaso coste, transparentes, sencillos, rápidos y justos, garantizando su imparcialidad. La novedad es que se establecen mecanismos para dar a conocer a todos los ciudadanos que existe esta posibilidad de resolución de conflictos, al margen de los procedimientos judiciales.

Las empresas podrán exhibir su adhesión a estas entidades de resolución alternativa de conflictos como un plus de calidad a su oferta de bienes y servicios, que lógicamente determinará que los consumidores demanden a los empresarios que ofrezcan esta posibilidad de solución antes de contratar con ellos.

La Ley facilitará el acceso a este tipo de procedimientos que se configuran de forma general como voluntario para empresarios y consumidores, excepto cuando una norma sectorial establezca su obligatoriedad para someterse a esta fórmula a los empresarios.

Los conflictos a los que se refiere este Anteproyecto son tanto los nacionales, como los transfronterizos, surgidos entre un consumidor y empresario con ocasión o como consecuencia de un contrato de compraventa o de servicios, ya sea de carácter presencial, electrónico o telefónico.

Se excluyen del ámbito de aplicación de la Ley los servicios no económicos de interés general, las reclamaciones referidas a servicios relacionados con la Salud y las reclamaciones dirigidas a prestadores públicos de enseñanza; es decir, que son servicios más de interés general. Con el fin de asegurar la eficacia de los procedimientos, la norma establece un plazo máximo de noventa días para la resolución del conflicto desde la presentación de la reclamación. En cuanto al coste para el consumidor por la gestión del procedimiento, se fija, como máximo, treinta euros, aunque existirán muchos de ellos con carácter gratuito.

Las entidades de resolución de conflicto podrán ser de naturaleza pública y privada, pero siempre tendrán que garantizar su independencia e imparcialidad. Se establece, además, en la Ley un procedimiento de evaluación y acreditación de las entidades que resuelven los conflictos y que permitirá a estas entidades ser incluidas en un listado único en la Comisión Europea.

Por tanto, esta norma, que es transposición, eso sí, de Directiva, completa un conjunto de medidas que se han aplicado a lo largo de toda la Legislatura para buscar la solución de conflictos antes o al margen de procedimientos judiciales. Estamos hablando de mediaciones, arbitrajes, conciliaciones o ampliación de los supuestos de la jurisdicción voluntaria.

En el ámbito de la defensa, dos asuntos propuestos conjuntamente por los Ministerios de Defensa y Asuntos Exteriores.

En primer lugar, el acuerdo por el que se renueva un año la autorización concedida por Acuerdo del 7 de marzo de 2014 al despliegue temporal en la Base Aérea de Morón de la Frontera de una fuerza militar de los Estados Unidos de América, en el marco de operaciones de respuesta a situaciones de crisis en África para proteger ciudadanos, instalaciones y personal designado de ese país.

Como saben, y en respuesta a una petición formulada por los Estados Unidos el 19 de abril de 2013, se autorizaba el despliegue temporal por el plazo de un año de quinientos infantes de Marina y sus apoyos aéreos en la Base Aérea de Morón de la Frontera. La misión principal era la respuesta ante crisis y operaciones logísticas en las regiones del Norte y Oeste de África. Esa solicitud se renovó el 7 de marzo de 2014, con un aumento en la Fuerza desplegada de hasta 850 Infantes de Marina, número que podía elevarse transitoriamente a 1.100.

El pasado 23 de enero de 2015, tras una nueva petición por parte de los Estados Unidos, que incluye la posibilidad de incrementos temporales de efectivos, el Consejo de Ministros autorizó a los ministros de Asuntos Exteriores y de Defensa a negocia con Estados Unidos el correspondiente Protocolo de Enmienda al Convenio de Cooperación para la Defensa entre el Reino de España y Estados Unidos de América que, como saben, es de 1 de diciembre de 1988, para acomodar en el Convenio dicho despliegue. Debido a diversas causas, la negociación del Protocolo de Enmienda sigue realizándose, no se ha concluido, y, por ello, en el contexto de esta negociación, para que pueda seguir manteniéndose y culminarse, se acuerda renovar por un plazo de un año, a partir del 19 de abril de 2015, la autorización concedida el 7 de marzo de 2014.

Además, hemos aprobado el Acuerdo por el que se decide solicitar la autorización del Congreso de los Diputados para el despliegue y participación de las Fuerzas Armadas en la operación de asesoramiento militar de la Unión Europea en la República Centroafricana. Esta misión continúa la autorizada el 20 de marzo de 2014 por el Congreso, la EUFOR-RCA, que, como saben, estaba dedicada a restablecer la seguridad, mientras se concretaba el despliegue del contingente de la misión de Naciones Unidas en el país, la denominada MINUSCA.

Una vez que MINUSCA está plenamente operativa, el Consejo de la Unión Europea decidió el establecimiento de una misión de asesoramiento militar, que complemente la actuación de la misión de Naciones Unidas. Así que esta misión para la que solicitamos autorización tendrá como cometido apoyar y asesorar a las autoridades del país en la reconstrucción y el diseño de sus capacidades de seguridad y de defensa, imprescindibles para la estabilidad.

La aportación española a esta misión desciende desde los 85 militares y guardias civiles que formaban parte de la anterior fase operativa a 17 militares que formarán esta, con los elementos de apoyo circunstanciales que se consideren oportunos. Ya nos hemos dirigido al Congreso de los Diputados para fijar fecha para esta autorización que se resolverá, por su naturaleza, en Comisión la semana que viene.

También hemos aprobado el Acuerdo por el que se autoriza el pliego de bases del concurso público para la adjudicación, mediante régimen de concurrencia, de seis licencias para la explotación, en régimen de emisión en abierto, del servicio de comunicación audiovisual televisiva mediante ondas hercianas terrestres de cobertura estatal, y se convoca el correspondiente concurso.

Hoy lo que hacemos, según lo previsto en la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual y en el Plan Técnico Nacional de la TDT, es aprobar el pliego de bases que regirán el concurso público y el propio concurso. Se licitan seis licencias audiovisuales de cobertura estatal, de las cuales tres son para emisión de canales de televisión en alta definición y otras tres, para la emisión de canales de televisión en calidad standard.

El concurso se convoca en régimen de libre concurrencia; por tanto, podrán presentarse todos aquellos que estén interesados y cumplan los requisitos establecidos en la Ley General de Comunicación Audiovisual, y los específicos incluidos en el pliego.

En el pliego es establece el número máximo de licencias que podrán adjudicarse a mismo licitador con el fin de garantizar el equilibrio entre la innovación tecnológica y unos servicios de mayor calidad, por un lado, y la mayor representatividad de intereses y pluralismo audiovisual, por otro.

En cuanto al calendario del concurso, está previsto que el plazo para la presentación de ofertas termine a finales del mes de mayo y, tras la valoración por la mesa de evaluación de las ofertas presentadas, el Consejo de Ministros procederá a adjudicar las licencias como máximo en el plazo de seis meses desde la convocatoria del concurso, tal y como establece la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Por último, es importante indicar que, una vez que se adjudiquen estos canales, los ciudadanos podrán recibir los seis nuevos canales sin necesidad de ninguna adaptación en sus equipos y antenas, por cuanto estamos hablando de un espectro que está ya antenizado.

En el ámbito de la cultura, muy brevemente, tres asuntos. Hoy se ha aprobado la creación de la Comisión Nacional para la conmemoración de IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes, que se cumple en 2016, bajo la presidencia de honor de Sus Majestades los Reyes de España.

En segundo lugar, hemos aprobado el Acuerdo por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación Teatro Real, para designar la Comisión de Gobierno del acontecimiento de excepcional interés público "Doscientos aniversario del Teatro Real y vigésimo aniversario de su reapertura".

Y también, la creación de la Comisión Técnica para la ejecución del programa de apoyo a la celebración del Encuentro Mundial en las Estrellas 2017, que se celebrará en las islas de La Palma, Tenerife y El Hierro.

Por último, se aprueba el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2015, el llamado Programa MOVELE 2015, que incentiva y promueve la adquisición de vehículos eléctricos nuevos.

Novedades de esta convocatoria: los concesionarios estarán obligados a instalar un punto de recarga con un valor de hasta mil euros por cada vehículo vendido, es decir, que se asocia ya la adquisición del vehículo con la instalación de la recarga; Se limita el precio máximo de los turismos a cuarenta mil euros; se declara la incompatibilidad de esta ayuda con otras de la Administración General del Estado y, en general, lo que se mantienen son los objetivos, la medida de los requisitos, de los programas anteriores, con el detalle que tienen ustedes en la Referencia.

Sr. Montoro.- Como adelantaba la Vicepresidenta, la reforma de la Ley General Tributaria lo que pretende es potenciar la lucha contra el fraude, en primer lugar; reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica.

En materia de lucha contra el fraude es donde aparece la novedad de la publicidad de datos tributarios. Se trata de publicar los deudores a la Hacienda Pública, los llamados más informalmente "morosos", según una información personalizada por motivo de interés público, que es luchar contra el fraude fiscal.

El listado consistiría en el listado de contribuyentes con deudas y sanciones, pendientes de ingreso, superiores a un millón de euros, no ingresadas en el plazo de ingreso en voluntaria. Esa lista no incorporará las deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas, que es la recomendación que nos hace el Consejo de Estado y que creemos que es muy pertinente, efectivamente. Como siempre, acogemos, en cuestiones tan complejas y delicadas, el criterio del Consejo de Estado y, en ese sentido, acotamos esa publicación. Se concederá a los interesados un trámite de alegaciones previo a la publicación y el acuerdo final se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa.

En segundo lugar, la publicación derivada de la normativa de la Unión Europea.

Otras medidas de lucha contra el fraude serían, y lo resalto con la mayor brevedad: primera, la norma "anti-abuso", de manera que introducimos una nueva infracción tributaria para sancionar supuestos que ya hayan sido declarados por la Administración como conflicto en la aplicación de la norma tributaria; actos o negocios realizados con ánimo defraudatorio, sustancialmente iguales a otros ya calificados previamente como abusivos por la Administración, porque van en contra de criterios hechos públicos.

La lucha contra la economía informal sería a través de la potenciación de la estimación indirecta; referencia expresa a tipo de datos, aplicación a ingresos y gastos…

Luego, seguimos en el esfuerzo contra el fraude fiscal con la ampliación de las potestades de comprobación e investigación, como serían: la distinción entre los derechos a comprobar y a liquidar; el plazo de diez años para la comprobación de bases, cuotas o deducciones pendientes; potenciación de las actuaciones de los órganos de gestión tributaria; procedimiento de comprobación limitada; presunción para distribuir linealmente la cuota anual entre distintos períodos de liquidación; admisión del examen de los documentos contables aportados motu proprio por el obligado tributario y revocación del NIF también a las personas físicas.

Siguiendo con el elenco de modificaciones de lucha contra el fraude, figuraría en el ámbito de delito contra la Hacienda Pública la posibilidad de liquidar las deudas tributarias cuando se aprecien indicios de delito, según la redacción del artículo 305.5 del Código Penal. La regla general sería la práctica de las liquidaciones y la posterior remisión del tanto de culpa al juez o a la Fiscalía; y el desarrollo de actuaciones recaudatorias. Luego, represión del contrabando y refuerzo del régimen de infracciones y sanciones.

En cuanto a disposiciones interpretativas o aclaratorias, vinculativas a los órganos de aplicación de los tributos, eximen de responsabilidad infractora a quienes se ajustan a estos criterios. También esto es para reducir la conflictividad en términos de litigiosidad entre Administración y administrado. Y obligaciones tributarias formales, que también avanzamos ahí, en el fomento del cumplimiento cooperativo.

También, para incrementar la seguridad jurídica, habrá nuevos plazos del procedimiento de inspección. Y, en el régimen sancionador, se suspende el plazo del procedimiento sancionador cuando se solicite tasación pericial contradictoria.

Seguimos con el incremento de la seguridad jurídica: reclamaciones económico-administrativas, medidas para agilizar la actuación de los Tribunales --insisto en la idea, en la finalidad, de reducir la litigiosidad-- y regulación del nuevo procedimiento de recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario, lo que pasa también con las subvenciones.

Ésta es la Ley ordinaria por la que modificamos la Ley General Tributaria; pero, siguiendo también la recomendación del Consejo de Estado, hemos desarrollado y estudiado una ley orgánica, de manera que van dos Proyectos de Ley realmente: una ley ordinaria, que es la que acabo de sintetizar --he sintetizado mucho, pero creo que lo sustancial se lo he expuesto-- y, luego, a continuación aparece la Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal.

Se trata de dar publicidad de condenados por delito en materia de fraude fiscal; carácter público de datos personales de sentencias condenatorias y firmes por delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible, siendo acreedor la Hacienda Pública, y de contrabando con perjuicio a la Hacienda Pública; mediante certificación de los secretarios judiciales y con un alcance proporcionado, de manera que se realiza el esfuerzo por garantizar los derechos fundamentales al honor y a la intimidad, así como a la protección de datos de carácter personal. Por ello, la publicación de la sentencia no será completa, sino únicamente en aquellos aspectos que son estrictamente necesarios a efectos de la difusión del fraude fiscal. Será aplicable a sentencias que alcancen firmeza tras su entrada en vigor, dado el carácter procesal y no sancionador de la medida.

Digamos que lo que vienen es a cumplir con el compromiso del Gobierno en materia de publicación de esa lista, en primer lugar, de morosidad y también la otra lista de defraudadores. Pero también la reforma, como he tenido ocasión de destacarles, es bastante más amplia; es una actualización de procedimientos que también tratan, obviamente, de mejorar la relación entre la Administración y el contribuyente.

Sra. Pastor.- La presentación que hoy les voy a hacer a continuación es de la Red de Carreteras del Estado, que, como conocen seguramente, tiene una longitud de más de 26.000 kilómetros y que soporta más del 50 por 100, el cincuenta y uno y pico por ciento, del tráfico total de vehículos y el 63 por 100 del tráfico de vehículos pesados.

Han transcurrido ya veinticinco años desde que se promulgó la Ley en el año 1988 y han cambiado muchas cosas. Hemos cambiado todos, pero ha habido cambios sustanciales en la propia Red, en cómo se gestiona una Red de Carreteras, en la consideración social de la infraestructura, en la seguridad vial y en los mecanismos más tecnológicos aplicados a la seguridad. Por tanto, resulta necesario adecuar esta legislación a los tiempos actuales.

Para que se hagan una idea, por ejemplo, la Ley de Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas es del año 1972, no se había cambiado nunca, y el Real Decreto del Pliego de Cláusulas Generales de Construcción es del año 1977.

El objetivo fundamental de la nueva Ley es la mejor utilización de los recursos disponibles, de tal manera que, previo a la construcción de una carretera, habrá un análisis de eficiencia y un análisis de intermodalidad. Es decir, territorialmente y desde todos los puntos de vista, se analizarán las necesidades reales y los tráficos esperados presentes y futuros de esa Red que se ponga en marcha.

Se van a mejorar los sistemas de coordinación entre Administraciones en lo que se refiere, fundamentalmente, al tema viario y al urbanismo, de tal modo que la suspensión temporal cautelar de recalificaciones urbanísticas será una realidad para que no pueda afectar a la planificación viaria, para evitar actuaciones especulativas, así como la nulidad de pleno derecho de las decisiones urbanísticas adoptadas sin considerar las necesidades de gestión de las carreteras.

Es decir, durante el proceso de planificación de una carretera no se pueden adoptar por las Administraciones, o locales, o autonómicas, nuevas reclasificaciones o recalificaciones del suelo, y existirá la suspensión cautelar de recalificaciones que puedan afectar a esta planificación. Es decir, la suspensión temporal cautelar será de un año, prorrogable excepcionalmente seis meses más.

También otro elemento importante es articular medidas para la mejora de la seguridad viaria, con evaluaciones de impacto sobre la seguridad viaria en la planificación de nuevas carreteras y auditorías de seguridad viaria en la fase previa a la puesta en servicio. Es decir, toda planificación, todo proyecto, tiene que tener ya previamente un plan de seguridad viaria, porque se supone que, si hacemos una carretera nueva, es porque esa carretera aporta mejoras en la seguridad vial.

Igualmente, se introducen medidas más eficaces de protección del patrimonio público viario en todo lo relacionado con la publicidad. Se faculta a la Dirección General de Carreteras a requerir directamente a los infractores de publicidad la restitución de la legalidad viaria. Y también Fomento podrá ordenar, incluso en travesías urbanas, la retirada de publicidad que pueda afectar a la seguridad viaria o a la explotación de la vía.

También regulamos las áreas de servicio, que hasta ahora --para conocimiento general lo digo-- sólo podían hacerse a iniciativa del Estado. Pues bien, se reconoce la iniciativa particular en la promoción de estas áreas para mejorar el servicio a los usuarios, mejorar la competencia y, por tanto, dar más servicios a los usuarios de una infraestructura que es una carretera.

Se promueve también lo que se conoce ya en Derecho en otros países europeos como aparcamientos seguros, para garantizar la seguridad de los conductores, sus vehículos y mercancías, y qué tienen que tener esos aparcamientos para ser considerados seguros; es decir, qué tienen que tener de vallas, de sistemas de protección antirrobo, etcétera.

Además, la Ley considera el papel que tienen las nuevas tecnologías, o sea los sistemas inteligentes de transporte, que permiten, por ejemplo, ofrecer información en tiempo real a los usuarios sobre el estado de las infraestructuras y del tráfico a través de paneles informativos, pero también de información incorporada en el propio vehículo; e implantar dispositivos de información entre los Centros de Gestión de Tráfico y los vehículos, para darles datos de niebla, de hielo, de lluvia, etcétera.

Quiero decirles que en este momento ya en España hay un prueba piloto en marcha. Esa prueba piloto se está haciendo en sesenta kilómetros de la Red de Carreteras, en tramos especialmente sinuosos, túneles y en zonas con variedad de condiciones climatológicas como niebla o como hielo, etcétera, con un amplio equipo de sistemas inteligentes, con un anillo de fibra óptica, con cámaras y con estaciones. Este sistema lo estamos haciendo ya con veinte vehículos, debidamente equipados, para que estos sistemas los podamos implementar, sobre todo, en zonas que tienen especiales dificultades, sobre todo por condiciones atmosféricas adversas. Se está haciendo en las autovías A-52 y A-55, y en la AP-9.

Se modifica el régimen sancionador de las autopistas de peaje, lo que permitirá un cumplimiento más eficaz de las obligaciones por parte del concesionario. La nueva Ley de Carreteras incrementa las cuantías de las sanciones que establecía la normativa de autopistas de 1973 en los casos de incumplimiento, con sanciones de hasta quince mil euros. Piensen que estaban, en algunos casos, en trescientos euros.

También hay otro elemento --lo ha explicado la señora Vicepresidenta-- que afecta a la Ley de Carreteras, pero que va en otro vehículo legal, porque no solamente afecta a las concesiones de autopistas, sino que afecta al resto de las concesiones, que es la modificación del cálculo de la responsabilidad patrimonial del Estado, pasando a ser, como ha explicado muy bien, distinta a la actual y equiparándola, desde luego, a que el valor de una concesión, cuando es una concesión, que no es porque el Estado detraiga la concesión, sino cuando es por problemas imputables al concesionario; ese cálculo se va a hacer con el "cash flow" de la empresa y no frente a lo que era ahora la inversión que hubiera hecho en la infraestructura, que, por otra parte, es el camino por donde va todo el Derecho comunitario.

En definitiva, la nueva Ley de Carreteras actualiza la legislación; la adapta a los cambios actuales, al siglo XXI y promueve una mejor utilización de los recursos --lo que les he hablado de los estudios de eficiencia--, que lo estamos haciendo ya, pero no estaba en la norma. Hay que hacer estudios previos, ver la intermodalidad, ver qué otros modos de transporte hay; ver la capacidad de las vías existentes; mejorar la coordinación entre Administraciones --lo que les he explicado de que no haya ningún tipo de especulación urbanística--; evitar que se produzcan esas actuaciones especulativas; articular medidas para la mejorar de la seguridad vial, sobre todo previa a la construcción de la vía, e introducir medidas más eficaces de protección del patrimonio público viario y la defensa del interés general en todo aquello que tiene que ver con las concesiones de autopistas.

P.- Al ministro Montoro. Sobre la Ley General Tributaria, ya que va a ir como Ley Orgánica la lista de defraudadores de sentencias firmes, ¿contemplan ampliar un poco la posibilidad de que se publiquen antes estos nombres y con más amplitud, ante los casos que estamos conociendo, la emergencia social que hay y la verdadera necesidad de luchar contra el fraude, ya que probablemente sólo conoceremos estos casos una década más tarde, calculamos, según como se van produciendo esta firmeza en las sentencias?

Sobre el proceso contra Rodrigo Rato, ¿qué legitimidad tiene el Gobierno para luchar contra el fraude si el vicepresidente económico del Gobierno durante ocho años, que era su inmediato superior y que luchar contra el fraude era una de sus principales misiones, sabemos ya que tiene patrimonio opaco y que es sospechoso de blanqueo y alzamiento de bienes? ¿Se arrepiente de haber lanzado la amnistía? ¿Se imaginaba estas consecuencias?

Tanto Luis Bárcenas, como Rodrigo Rato, han declarado que comentaron con Hacienda que estaban preparando su declaración de la amnistía. ¿Esto es así? ¿No hay otros políticos de otros partidos en este proceso o en la lista de 705 investigados ahora por blanqueo? ¿No hay más políticos que no sean altos cargos del Partido Popular?

Sr. Montoro.- En primer lugar, quiero decirle que, respecto de la reforma de la Ley General Tributaria, la sección orgánica, la publicidad de los defraudadores, insisto, tiene que ser con sentencia firme, puesto que son los Tribunales los que determinan cuándo existe ese fraude fiscal. Por tanto, eso será, como antes he referido, aplicable a sentencias que alcancen firmeza tras la entrada en vigor de la Ley. No hace falta que tarden tantos años; se van publicando a medida que se van conociendo. Muchas de esas sentencias ya son suficientemente difundidas; pero se trata de presentarlas a través de un régimen común, un listado, y en ese terreno también para mejorar la conciencia fiscal, porque en España se están produciendo sentencias, y sentencias condenatorias, frente al fraude fiscal.

En relación con el otro asunto que me pregunta, quería hacerle el siguiente planteamiento: primero, la acción que estamos conociendo durante estas últimas horas en relación con el anterior vicepresidente económico del Gobierno no tiene que ver con la DTE; es consecuencia de una investigación de la Agencia Tributaria que lleva realizando desde hace bastante tiempo, basada también en la Declaración 720; es decir, los cambios normativos, la Ley de Lucha Antifraude, que, como ustedes conocen, ha permitido aflorar mucho patrimonio que no conocíamos y que está residenciado en el exterior. Pero quiero decirles que no existe, digamos, ese término de vinculación, sino la sucesión y la eficacia de normas.

En segundo lugar, quiero decirles que la Ley es para todos, que la Agencia Tributaria actúa con independencia y con firmeza. Por eso, cuando usted me pregunta por color político, no lo entiendo. Da igual la pertenencia a un partido o no; da igual el relieve social o el relieve político, o el poder político o el poder económico que uno se atribuya. Todos somos iguales ante la Ley y eso es algo que tiene que preservar y que hacer cumplir un Gobierno, y lo hace, obviamente, de la mano de una Agencia Tributaria completamente independiente en su actuación y con una eficacia que todos tenemos que celebrar y valorar.

Por tanto, estamos en una época, como estoy insistiendo en el Parlamento y en los actos públicos, de extraordinarios avances en la lucha contra el fraude fiscal, aparte de singularidades, pero son extraordinarias. Nunca hemos vivido una época como ésta, en positivo. Si queda alguna persona por ahí que no haya declarado correctamente, tiene poco tiempo para hacerlo, añado, porque, realmente, la eficacia de los procedimientos que se están poniendo en marcha y la exigencia son cada vez más manifiestas.

P.- Para la Vicepresidenta. En relación con la situación del vicepresidente Rato, quería saber si el Gobierno está preocupado por el daño que pueda hacer especialmente en un momento electoral como éste.

Por otro lado, ¿el presidente del Gobierno podría comparecer en el Congreso, tal y como ha pedido la oposición?

En relación con la polémica de ayer en el Parlamento de Andalucía, querría saber la valoración del Gobierno y si ve argumentos suficientes, como ha avanzado el Partido Popular, como para presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Vicepresidenta.- Como decía el ministro Montoro hace un momento, la Agencia Tributaria y las instituciones funcionan, y tienen que funcionar con independencia del momento y del lugar; con independencia de que haya o no elecciones y con independencia de que afecten a uno o a otro político de uno u otro partido, o de una u otra institución. La preocupación del Gobierno es hacer que la Ley se cumpla.

Sobre las comparecencias, como también decía el Ministro, estamos ante un asunto particular de una investigación particular. No estamos ante hechos relacionados con el cargo, que ya no lo tiene, en el ámbito público; con lo que yo creo que hay que diferenciar también esos conceptos.

Y sobre la actuación del Parlamento de Andalucía, el Gobierno no es quien para valorar o no el planteamiento de ese tipo de recursos, que, en su caso, se plantearán ante el Tribunal y es independiente para admitirlos y, en su caso, resolverlos. Nosotros lo único que pedimos es que se cumpla la Ley y que se respete el pluralismo político; pero eso, en general, para todo tipo de instituciones. Porque lo que sí digo es que a este Gobierno lo que le parece es que todos los Parlamentos tienen que actuar con respeto al pluralismo político, porque respetar ese pluralismo es ni más ni menos que respetar el resultado de los ciudadanos con sus votos en las urnas. De eso es de lo que se está hablando y eso es de lo que, en su caso, se presentará y se resolverá por parte del Tribunal Constitucional: si se respeta la voluntad de los ciudadanos en las urnas en la representación de las instituciones.

P.- Vicepresidenta, quiero hacerle dos preguntas de carácter internacional. Desde la aprobación el pasado martes en el Congreso de los Diputados de una PNL que defiende los derechos de los opositores venezolanos detenidos en Venezuela, ha habido un montón de cruces de cartas y de reclamos entre España y Venezuela. Entonces, yo quisiera preguntarle, en primer término, si España revisará las relaciones bilaterales con Venezuela, tal como lo aseguró el presidente Nicolás Maduro, que, según el Gobierno venezolano, se está haciendo esa revisión de relaciones en este momento. Ayer la embajada venezolana aquí, en Madrid, reenvió nuevamente una protesta del Gobierno venezolano, asegurando que quienes gobiernan en España en este momento han tomado partido para favorecer a quienes atentan contra la democracia y la paz en Venezuela. Ésa es mi primera pregunta.

Y la segunda, Vicepresidenta. Por el protagonismo que ha tenido España en la reanudación o en el proceso de paz colombiano con el grupo terrorista de las FARC, ¿cómo recibe su Gobierno, el Gobierno de España, la reanudación de los bombardeos hacia los campamentos de las FARC después de la muerte estos días de once militares colombianos? Lo digo porque España ha sido el Gobierno que ha estado impulsando a nivel internacional la creación de un fideicomiso para recaudar los recursos necesarios que serán utilizados en una etapa post-conflicto en Colombia.

Vicepresidenta.- Sobre la primera de las cuestiones, permítame que realice una serie de puntualizaciones: estamos hablando de una Proposición no de Ley, que se debatió en el Congreso de los Diputados y que tuvo un respaldo muy mayoritario en la Cámara. Por tanto, estamos hablando de una decisión del Poder Legislativo en la que, entre otros, los dos principales partidos, el partido del Gobierno y el partido de la oposición, estuvieron de acuerdo en llevar a cabo una reclamación en defensa de los derechos políticos y la democracia, en este caso, en Venezuela.

Como consecuencia de la reacción de algunos cargos en Venezuela, con unos insultos que nosotros consideramos intolerables, se convocó al embajador de Venezuela en Madrid para darle traslado de ese malestar. Y, desde luego, el Gobierno de España lo que va a hacer es dejar bien claro que ese tipo de declaraciones e insultos no es aceptable y que no contribuyen a un mínimo entendimiento, que para nosotros es imprescindible, entre dos pueblos históricamente unidos por distintos lazos.

Entonces, lo que queremos hacer constar es que esperemos que el embajador de Venezuela haya tomado buena nota de esos mensajes, que lo comunique a sus autoridades y que sea también muy consciente de que a todos nos corresponde trabajar por el bienestar de nuestros ciudadanos. En este caso han hablado las Cortes Generales, el pueblo español, en defensa de lo que consideramos un ámbito internacional necesario para todos, que es la defensa de las libertades. Pero eso no puede llevar a la emisión de este tipo de declaraciones, de este tipo de insultos a un presidente elegido democráticamente en España, donde se respetan esos procedimientos democráticos con arreglo a nuestra Constitución.

Sobre el segundo de los puntos, nuestra máxima solidaridad. Somos un país que conocemos muy bien lo que significa el terrorismo y, desde luego, nosotros respetamos la legislación y los procesos que otros Gobiernos decidan democráticamente abrir. Es a ellos a quienes les corresponde dirigirlos y diseñarlos. Nuestra solidaridad parte de ese reconocimiento del dolor que genera a los pueblos el terrorismo, de su apoyo a las víctimas y nuestra colaboración para lo que las legítimas autoridades colombianas lleven a cabo es de todos conocida y en numerosas ocasiones así se le ha hecho constar al propio Presidente.

P.- Para el ministro Montoro un par de cuestiones. Cada vez hay más propuestas, no sólo desde el Partido Socialista, sino también hay propuestas u opiniones dentro del Partido Popular, que reclaman la publicación de los nombres de esos 705 contribuyentes que, habiéndose acogido a la amnistía fiscal en 2012, han sido derivados sus expedientes al SEPBLAC por haber encontrado en ellos inicios de blanqueo de capitales. Quería saber en qué medida podría ser posible la publicación de estos nombres, sobre todo si es cierto que todos, o la mayoría de todos ellos, tienen vínculos con la Administración Pública en calidad de altos cargos, ex altos cargos o funcionarios. Tal vez nos pueda confirmar el perfil de estos contribuyentes.

Quería preguntarle también por su sensación personal al saber que con quien estuvo compartiendo equipo económico durante tanto tiempo en el Gobierno está ahora acusado de graves delitos económicos.

Sr. Montoro.- En primer lugar, en lo que se refiere a la publicación de datos, porque no estamos hablando de nombres; estamos hablando de circunstancias fiscales, estamos hablando de los datos de contribuyentes. Eso la actual Ley lo prohíbe. Entonces, los que así proclaman deberían ser más precisos, porque parece que el ministro de Hacienda tiene potestad para hacerlo. Imagínense, ¿no? Un grupo político me pide que publique los datos de, vaya usted poniendo el nombre, ese grupo social, del otro grupo social... Es que, realmente, esto no ocurre en ningún país del mundo.

Entonces, yo le pediría a la oposición que sitúe los debates, que, por supuesto, están en condiciones de desarrollar, en qué es esto. El debate es la reforma de la Ley General Tributaria, ése es el debate. Esta Ley entrará en el Parlamento y allí se podrán escuchar las opiniones relativas en cuánto hay que levantar la confidencialidad. Entonces veremos si el Partido Socialista está de acuerdo en levantar la confidencialidad de los datos tributarios, en qué grado, a quiénes. Esa es la cuestión y ése es el vehículo; por tanto, lo demás son todo expresiones en términos públicos, políticos, generales, demás.

En la segunda de sus cuestiones, hoy no estoy aquí para expresar sentimientos personales; estoy para aplicar la Ley. Por tanto, no cabe otro tipo de sentimiento que no sea la aplicación estricta de la Ley.

P.- También para el Ministro y sobre este tema. Han quedado algunas dudas de la operación que se llevó a cabo o están planteándose algunas dudas de procedimiento, para empezar. Yo quería saber si usted considera que, tal y como se ejecutó la operación de ayer --estamos hablando del registro de las casas y los despachos por parte de agentes del servicio de Vigilancia Aduanera, y no de la Guardia Civil o de la Policía-- eso es normal.

En el tema de la Fiscalía, se recurrió a la Fiscalía Provincial de Madrid. Parece que hay polémica y críticas porque no se recurrió a la Fiscalía Anticorrupción. Yo quería saber si eso es un procedimiento normal, si es lo habitual y si ahí no hubo ningún tipo de intercepción.

Sobre el tema que le planteaban antes, hay mucha gente también que se pregunta, y usted lo estará viendo, si hay 705 casos en los que están de exposición pública relevante, política, ¿por qué sólo se ha conocido el caso de Rodrigo Rato? ¿Usted nos podría decir cuántos políticos, por ejemplo, implicados hay en esa partida de 705 personajes públicos?

Sr. Montoro.- Ni yo mismo lo sé. Es que yo no sé quiénes componen los 705. ¿Usted cree que yo tengo en la cabeza 705 nombres ahí puestos? Es que, si no creemos en las instituciones, en el trabajo normal de las instituciones, no sé… Entiendo las consideraciones, las dudas; pero todo lo que se ha hecho es procedimiento ordinario.

Vigilancia Aduanera actúa como Policía Judicial, sí, con mucha frecuencia, cuando el juez lo determina así; con mucha frecuencia. En muchos casos recientes y muy conocidos; no hace falta ahora que los relacione, lo sabe todo el mundo. Entonces, ahora resulta que, cuando lo ven en una foto, aparece como si fuera un hecho extraordinario. No es así. Actúa como Policía Judicial y, por tanto, no está actuando como una Policía Fiscal a las órdenes de la Agencia Tributaria.

Por lo demás, insisto, es ordinario. Se eligen las vías ordinarias. Y todo ello es un proceso judicial abierto, que todos debemos respetar en términos también de confidencialidad. Pero les insisto en que en todos los países civilizados la confidencialidad de los datos tributarios es total. Ahora nosotros la vamos a levantar parcialmente en relación con la morosidad de la Hacienda Pública y de los defraudadores. Seremos uno de los países que más ha avanzado en término de cambiar eso, pero en todos los países. Hemos estudiado todos los sistemas comparados antes de llevar adelante este Proyecto de Ley y lo normal es, efectivamente, la más estricta confidencialidad, porque es lo que mejor garantiza a todos la relación con la Hacienda Pública.

A partir de ahí, obviamente, se producen litigios y se producen confrontaciones, que resuelven los Tribunales.

P.- Vicepresidenta, un par de preguntas. Como ministra encargada de las Relaciones con las Cortes, no sé si ha contestado si el Presidente va a dar explicaciones en la Cámara…

Vicepresidenta .- Sí, he contestado.

P.- …o si, en otro caso, si el grupo mayoritario, que preside el presidente del Gobierno, y usted misma también es parte de él, está dispuesto a someter a una comisión de investigación este caso, el "caso Rato".

En segundo lugar, también le quería preguntar cuál creen que puede ser el impacto --porque los tres pertenecen al Partido Popular-- del "caso Rato" en la próxima campaña electoral y, en concreto, en las filas de su partido, del Partido Popular.

Finalmente, una cuestión de organización y de agenda sobre el funeral de Estado para las víctimas de Germanwings. ¿Tiene algún detalle? ¿Va a ser el día 27 en la Sagrada Familia o no? ¿Lo van a presidir los Reyes o el presidente del Gobierno¿ ¿Qué nos podría decir?

Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus preguntas, he contestado a un compañero; además, quiero añadir que el director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria comparecerá este martes, probablemente por la mañana, para dar las explicaciones que se consideren oportunas, en el bien entendido de que en este caso, como decía el ministro Montoro, no estamos ante unas actuaciones relacionadas con la regularización extraordinaria. Pero, no obstante, es un procedimiento que ha llevado la Agencia Estatal de Administración Tributaria y llevará a cabo su comparecencia para explicarlo.

Sobre la siguiente de sus preguntas, este Gobierno respeta la Ley, la cumple y la hace cumplir, como decía hace un momento, con independencia de los procesos electorales. Lo que sería difícilmente soportable es contestar la pregunta contraria: que este Gobierno interfiriera, cosa que nunca hace, en un procedimiento por una u otra fecha, o por uno u otro calendario.

Y respecto de la tercera de las cuestiones, estamos trabajando para un funeral institucional, que ésta es su denominación. Lo estamos haciendo, tanto con la Casa de S.M. el Rey, como con las autoridades catalanas, para llevar a cabo ese funeral el día 27, probablemente por la tarde. Y estamos eligiendo el lugar para celebrarlo y el desarrollo del mismo, teniendo muy presentes también las sugerencias de las familias, con las que estamos en estos días, y está aquí el secretario de Estado de Infraestructuras que ha pilotado mucho este asunto, para que también puedan aportarnos sus preocupaciones y sus opiniones sobre la manera de llevar a cabo este funeral institucional.

P.- Vicepresidenta, quería hacerle una pregunta directamente a usted y es que, dado que las personas que están implicadas en los presuntos casos de corrupción, desde el señor Bárcenas al señor Rato, pertenecían al círculo más o menos próximo al presidente del Gobierno, ¿no exigiría que el Presidente diera explicaciones públicas?

Luego, una pregunta al ministro de Hacienda. Hoy hemos conocido los datos de la deuda, que ya sobrepasan el 1 por 100 del PIB. ¿Este incremento de la deuda pública va a obligar a tomar medidas adicionales para el cumplimiento de los objetivos de déficit?

Vicepresidenta.- Como decía hace un momento, en este caso estamos ante un asunto en el que la Agencia Estatal de Administración Tributaria lleva a cabo una actuación de investigación patrimonial a una persona como consecuencia de sus actividades privadas, con lo que aquí lo que se hace es aplicar estrictamente la Ley. Y el Gobierno ni interfiere ni interviene en este tipo de procedimientos.

Sr. Montoro.- Sí, la deuda pública evoluciona de acuerdo con lo programado. España sigue teniendo un déficit público muy alto y, por tanto, a España le conviene reducir el déficit público; le conviene entrar cuanto antes en un superávit primario nominal --no sólo estructural, como ya estamos, sino nominal-- para que se reduzca el peso de la deuda en el Producto Interior Bruto. A medida que eso va ocurriendo, que ya ocurrirá a partir del año 2016, veremos cómo la deuda pública va reduciendo su participación, su peso, en el Producto Interior Bruto y de esa manera estará ayudando a consolidar la recuperación económica y la creación de empleo.

Aprovecho para decirle que ésta es la salida definitiva de la crisis económica. Ahí no podemos retroceder ni dudar un centímetro, porque toda política que ponga en cuestión esta senda, realmente lo que haría es que volviéramos a casillas de entrada en lo que es la recuperación económica de España, que, afortunadamente, cada vez va a más y, por tanto, también va mejorando la creación de empleo.

Vicepresidenta.- Muchas gracias.