Referencia del Consejo de Ministros

25.3.2025

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La Moncloa

SUMARIO

Hacienda

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia del encargo de las obras para la retirada de tapones, reparación de daños y restauración del dominio público hidráulico, zonas asociadas y márgenes, causados por las avenidas de agua extraordinarias a causa de los fuertes temporales causados por la DANA en el mes de octubre de 2024 en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., provincia de Valencia (fase 2) en tramo Bajo Turia, por un importe máximo de 16.620.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia del encargo de las obras para seguimiento de la calidad de las aguas continentales para evaluar la afección causada por las avenidas de agua extraordinarias a causa de los fuertes temporales de la DANA 2024, por un importe máximo de 280.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autorizan siete contribuciones voluntarias a entidades de carácter internacional por un importe global de 1.031.537,07 euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Defensa

Transportes y Movilidad Sostenible

Educación, Formación Profesional y Deportes

Industria y Turismo

Agricultura, Pesca y Alimentación

Política Territorial y Memoria Democrática

Economía, Comercio y Empresa

  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria en el ámbito del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa al Instituto Internacional de Estadística (ISI) y a la Asociación Internacional para las Estadísticas Oficiales (IAOS) para el ejercicio 2025, por un importe total de 2.680 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la participación de España en la ampliación de capital de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) del Banco Interamericano de Inversiones con una suscripción de capital de 140.350.000 dólares.

Sanidad

  • ACUERDO por el que se autoriza la ampliación del plazo de ejecución del Plan de Mejora de las Infraestructuras de Atención Primaria (Plan MINAP).

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA FINANCIAR GASTOS DE LA GENERALITAT VALENCIANA POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 850 millones de euros y la concesión de un crédito extraordinario al Ministerio de Hacienda para financiar gastos extraordinarios que se ejecuten en el ejercicio 2025 realizados por la Comunitat Valenciana en respuesta a la situación de emergencia derivada de la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Según establece la Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, los ministerios podrán solicitar al Ministerio de Hacienda créditos extraordinarios y suplementos de crédito para financiar las insuficiencias presupuestarias con ocasión de los gastos causados en atender las medidas para paliar los daños causados por la DANA, mediante los correspondientes expedientes de modificaciones presupuestarias.

Estos expedientes de modificación presupuestaria se aprobarán por el Consejo de Ministros y se financiarán con cargo al Fondo de Contingencia, declarado ampliable.

Por otro lado, de acuerdo con la Disposición adicional primera del citado Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, cualquier expediente de gasto que se tramite al efecto deberá imputarse al programa presupuestario 'Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024', que se crea para esta finalidad en cada sección presupuestaria.

Además, el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, establece que el Estado podrá asignar a la Comunitat Valenciana, con cargo a los mecanismos adicionales de financiación, recursos suplementarios para cubrir las necesidades de financiación correspondientes a los gastos extraordinarios ejecutados por dicha comunidad autónoma en respuesta a la DANA.

En este contexto, y atendiendo a la solicitud recibida de la Comunitat Valenciana el pasado 31 de enero de 2025, el pasado 3 de marzo se asignó mediante acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE), recursos al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas por importe de 2.364.280.000 euros, para financiar los gastos extraordinarios no financieros ejecutados en 2025 en respuesta a la DANA.

De acuerdo con la previsión de ejecución de gastos extraordinarios no financieros en respuesta a la DANA en el año 2025, comunicada por la Comunitat Valenciana, el importe necesario para financiar la ejecución de estos gastos en los primeros meses del ejercicio asciende a 850 millones de euros.

Por lo tanto, para permitir esta financiación, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Hacienda, por el citado importe de 850 millones, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria y en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Hacienda

NUEVO ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE EQUIPOS AUDIOVISUALES
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un acuerdo marco para el suministro de equipos audiovisuales, con un valor máximo estimado de 81.500.000 euros.
Este nuevo acuerdo marco sustituirá al anterior de 2023. Su plazo de duración es de dos años, prorrogable por un máximo de otros dos años.

El ámbito del acuerdo incluye a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales, así como las entidades adheridas conforme al artículo 229.3 de la Ley de Contratos del Sector Público en el ámbito estatal, autonómico y local que formalicen su adhesión específica al acuerdo marco.

El acuerdo marco está dividido en dos lotes:
  • El lote 1 incluye una diversidad de categorías de productos como sistemas de proyección de video, sistemas de megafonía y sonorización, televisores, pantallas y pizarras interactivas, y reproductores y grabadores de video.
  • El lote 2 incluye videocámaras y cámaras fotográficas que hayan sido diseñadas para un uso habitual portátil.

La adjudicación del acuerdo marco se realizará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, valorándose varios criterios de adjudicación, sujetos a juicio de valor de carácter medioambiental y evaluables mediante fórmula.

Hacienda

FORMALIZACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EN EXTREMADURA Y CATALUÑA
El Consejo de Ministros ha autorizado a Extremadura y a Cataluña a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo, por un importe máximo de 2.138,3 y 70 millones de euros, respectivamente.

Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

En el caso de Extremadura, el Consejo de Ministros ha autorizado a esta Comunidad Autónoma a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 2.138.300.000 euros.

En concreto, el endeudamiento se destinará a la refinanciación de operaciones existentes con la finalidad de conseguir ahorro financiero.

En cuanto a Cataluña, el Gobierno le ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 70 millones de euros.

El 10 de mayo de 2022, Cataluña fue autorizada para que la entidad Fira 2000 SA formalizara una operación de préstamo a largo plazo con el BEI, destinada a financiar la ejecución de la ampliación del actual recinto ferial de Gran Vía en Barcelona, por un importe total de 115 millones de euros y con una disposición máxima de 25 millones de euros en el ejercicio 2022. Al cierre del ejercicio 2022, la entidad Fira 2000 SA formalizó el préstamo por importe de 110 millones de euros y realizó una disposición de 25 millones de euros. En el año 2023 no realizó ninguna disposición y el 2 de agosto de 2024 realizó una disposición por importe de 25 millones de euros autorizada por el Consejo de Ministros de fecha 27 de febrero de 2024.

Adicionalmente, por Acuerdo del Consejo de Ministros del 22 de octubre de 2024, se autorizó a la Comunidad Autónoma de Cataluña a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 65.000.000 de euros, del cual no se ha dispuesto ninguna cantidad.

La Comunidad Autónoma de Cataluña ha solicitado autorización para que la entidad Fira 2000 SA, clasificada en el sector administraciones públicas de la Comunidad Autónoma según el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, formalice una operación para disponer un máximo de 70 millones de euros de dos préstamos autorizados con el Banco Europeo de Inversiones. En concreto, 60 millones se dispondrán del préstamo Fira 2000 SA-BEI formalizado en 2022, mientras que 10 millones de euros se dispondrán del préstamo Fira 2000 SA-BEI formalizado en 2024.

Estas dos autorizaciones sólo podrán amparar operaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025.

Hacienda

OTORGAMIENTO DE GARANTÍAS EN CATALUÑA
El Consejo de Ministros ha autorizado hoy a Cataluña a otorgar garantías durante 2025 por un importe máximo de 60,3 millones de euros.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

De esta forma, se ha autorizado a Cataluña a conceder, por un lado, operaciones de garantía ante el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) por la Generalitat de Cataluña, destinadas a varias líneas, tanto para empresas del sector industrial y de servicios a la producción de Cataluña (30 millones de euros); línea economía social y cooperativa (8.323.581,37 euros); y línea de Promoción Cultural (8 millones de euros).

También se le ha autorizado a conceder avales, tanto por parte de la Generalitat de Cataluña a cooperativas (10 millones de euros); como por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) en garantía del riesgo de préstamos formalizados por estudiantes universitarios para financiar el importe de la matrícula universitaria (4 millones de euros).

Cataluña solicitó el pasado 21 de febrero autorización para la concesión durante 2025 de las citadas garantías. Analizadas la naturaleza, características y finalidad de las operaciones garantizadas, así como las condiciones de las garantías, se ha estimado procedente la concesión de la autorización solicitada.

Hacienda

ACTUACIONES EN MATERIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo dispuesto en la Ley 47/2003 General Presupuestaria, para permitir al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible llevar a cabo diversas actuaciones en materia de infraestructura del transporte ferroviario.

La Dirección General del Sector Ferroviario del citado Ministerio ha sido el centro directivo que ha solicitado la modificación de los límites de gasto.
Esta Dirección General, tras analizar la situación de los contratos actualmente en ejecución, plantea la solicitud con el fin de cumplir con los objetivos del Programa 'Infraestructura del transporte ferroviario'.

Además de las actuaciones ya iniciadas, se requiere acometer otras nuevas, las cuales deben ponerse en marcha en el ejercicio 2025, teniendo repercusión presupuestaria en los ejercicios 2026 a 2028.

Esas actuaciones son de diversa índole en materia ferroviaria.

Esas nuevas actuaciones supondrían 1.862.751,30 euros en 2025; 8.873.524,90 euros en 2026; 6.635.265,65 euros en 2027; y 1.268.270 euros en 2028.

Partiendo de los nuevos compromisos de gasto señalados y teniendo en cuenta las retenciones de crédito ya existentes, se obtienen las siguientes necesidades de compromisos de gasto para ejercicios posteriores:

202620272028
Crédito retenido9.018.080,502.329.011,28948.174,15
Nuevas actuaciones8.873.524,906.635.265,651.268.270,00
Total compromisos gasto17.891.605,408.964.276,932.216.444,15
Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos de gasto para la anualidad 2026.

Hacienda

AMPLIACIÓN DE CAPITAL DE LA CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE INVERSIONES DEL BID INVEST
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites y el número de anualidades para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo dispuesto en la Ley 47/2003 General Presupuestaria, para permitir al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa cumplir con el compromiso de España de acudir a la ampliación de capital de la Corporación Interamericana de Inversiones del Banco Interamericano de Inversiones (BID Invest).

De esta forma, España suscribirá el 4,01% de las acciones emitidas, conforme al calendario de contribuciones financieras a instituciones financieras multilaterales presentado a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) de 29 de julio de 2024.

El BID Invest se creó en 1984 con el objetivo de promover la involucración del sector privado en el desarrollo de América Latina y el Caribe, tanto en la financiación como en la gestión de proyectos.

De conformidad con la Instrucción conjunta de 12 de noviembre de 2015 de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa por la que se aprueba el procedimiento de aprobación de suscripción y aportación a instituciones financieras multilaterales, la CDGAE del 29 de julio de 2024 fue informada del calendario de contribuciones a instituciones financieras multilaterales para los años 2024 a 2026, dentro de las cuales se incluye la participación de España en la ampliación de capital de la Corporación Interamericana de Inversiones del Banco Interamericano de Inversiones por importe de 140.350.000 dólares.

Teniendo en cuenta el porcentaje de participación accionarial de España en el BID Invest del 4,01%, la suscripción de capital propuesta para España supondrá 133.960.106 euros (equivalentes a 140.350.000 dólares). El Banco ha establecido que los pagos se realicen en 7 plazos iguales (2025-2031), por lo que a España le corresponderán siete desembolsos de 19.137.158 euros cada anualidad, entre 2025 y 2031, hasta llegar a los citados 133.960.106 euros.

Por otro lado, los compromisos de España con determinadas instituciones financieras multilaterales asumidos por Acuerdos de Consejos de Ministros anteriores, establecen los siguientes desembolsos:

Contribución 2026 2027 2028 2029

CAF ampliación general de capital

42.631.060,88

41.919.249,00

---

CEB ampliación general de capital

36.187.024,00

---

---

BERD ampliación general de capital 27.430.000,00 27.430.000,00 27.430.000,00 27.430.000,00

Totalcompromisosanteriores

106.248.084,88

69.349.249,00

27.430.000,00

27.430.000,00


En consecuencia, y teniendo en cuenta los compromisos asumidos por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, el total de compromisos de gasto a adquirir con cargo a la aplicación presupuestaria 'Instituciones Financieras Multilaterales', según nivel de vinculación, para los ejercicios 2026 a 2031, son los que se detallan a continuación (en euros):

Año

Compromisos anteriores

Nuevos compromisos

(BID Invest)

Total compromisos

2026 106.248.084,8819.137.158,00125.385.242,88
2027 69.349.249,0019.137.158,0088.486.407,00
2028 27.430.000,0019.137.158,0046.567.158,00
2029 27.430.000,0019.137.158,0046.567.158,00
2030 ---19.137.158,0019.137.158,00
2031 ---19.137.158,0019.137.158,00

Dado que los referidos compromisos superan los límites y el número de anualidades para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a los que se refiere la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para modificar dichos límites.

Hacienda

ACTUACIONES EN MATERIA DE CARRETERAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo dispuesto en la Ley 47/2003 General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible llevar a cabo diversas actuaciones en materia de carreteras.

El pasado 25 de junio de 2024 el Consejo de Ministros autorizó una elevación de límites para las anualidades de 2025 a 2028. No obstante, para dar cumplimiento a los objetivos para 2025 de la Dirección General de Carreteras resulta imprescindible iniciar la licitación de una serie de nuevas actuaciones que permitan mantener el tráfico en toda la Red de Carreteras del Estado en unas condiciones de seguridad vial, calidad y nivel de servicio adecuado, así como preservar el patrimonio viario de la pérdida de valor derivada de su uso y obsolescencia.

Con base en lo expuesto, las necesidades puestas de manifiesto en la memoria, especialmente relativas a obras de conservación, son 327.136.390,63 euros en 2026; 323.451.686,43 en 2027; 285.274.585,82 euros en 2028; y 99.655.506,63 euros en 2029.

Partiendo de los nuevos compromisos de gasto necesarios señalados y teniendo en cuenta las retenciones de crédito ya existentes, se obtienen las siguientes necesidades de compromisos de gasto para ejercicios posteriores:

Compromisos de

gasto

2026202720282029
Crédito retenido1.110.769.100,38568.612.785,30121.645.813,21-
Nuevas actuaciones327.136.390,63323.451.686,43285.274.585,8299.655.506,63
Total compromisos gasto1.437.905.491,01892.064.471,73406.920.399,0399.655.506,63


Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos de gasto para las anualidades 2026 y 2027.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON REINO UNIDO SOBRE FAMILIARES DE MIEMBROS DE MISIONES DIPLOMÁTICAS
El Consejo de Ministros ha aprobado disponer la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes de miembros de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo, que trata de favorecer la vida laboral de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Representaciones Permanentes.

La entrada en vigor del acuerdo reforzará el desarrollo y dinamismo de las relaciones entre ambos Estados, al facilitar que profesionales de un país de distintos ámbitos ejerzan su actividad en el territorio del otro.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

COMPENSACIÓN AL ICO POR GESTIÓN DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar el pago al Instituto de Crédito Oficial de 100.819 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, en concepto de compensación de gastos por la gestión del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento durante el año 2023.

La Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, creó el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), y dispone que: "[…] El Instituto de Crédito Oficial (ICO), como agente financiero del Fondo, tendrá derecho a ser compensado con cargo al Fondo por los gastos en que incurra en desarrollo y ejecución de las funciones que se le encomienden.

El ICO presentó ante el Comité Ejecutivo del FCAS una propuesta de compensación por los gastos incurridos en la administración del Fondo durante el ejercicio 2023 por importe de 100.819 euros. El importe se ha determinado teniendo en cuenta los gastos de explotación del ICO a lo largo del 2023 en concepto de la administración del Fondo.

El importe de 100.819 euros está dentro del límite contemplado en el artículo 55 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2024 y para 2025, que recoge el importe máximo por el que se podrán autorizar operaciones con cargo al Fondo.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

TIPIFICACIÓN COMO DELITO DE LOS DEEPFAKES DE CONTENIDO SEXUAL Y EL GROOMING
El Consejo de Ministros ha acordado remitir al Congreso de los Diputados el proyecto de Ley Órgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, que incluye control parental gratuito.

La norma responde a un compromiso asumido por el Gobierno: proteger a las niñas, niños y adolescentes en el ámbito digital, garantizando su derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, la protección de sus datos personales o el acceso a contenidos adecuados para su edad.

Se trata de una iniciativa pionera en Europa, ya que el proyecto prevé la reforma del Código Penal para penalizar tanto los deepfakes (ultrafalsificaciones usando el rostro o cuerpo de una persona sin su consentimiento) de contenido sexual, como el grooming (el engaño a una persona menor utilizando una identidad ficticia, sobre todo en términos de edad), que será un agravante para ciertos delitos sexuales. Se incorpora también la pena de prohibición de acceso o de comunicación en los entornos digitales, que evitará, en gran medida, tanto la revictimización como la reincidencia.

La redacción de la norma ha tenido en cuenta, entre otros, los informes recabados de la AEPD, la CNMC, el CGPJ, el Consejo Fiscal, el CES, el Observatorio de la Infancia, el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, laComisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector, el Consejo Nacional de la Discapacidad y el CISNS. Asimismo, se ha consultado a las CCAA, Ceuta y Melilla, a través de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia y a las entidades locales, a través de la FEMP.

Entornos digitales seguros

La norma reconoce los derechos de las personas menores a ser protegidas eficazmente ante contenidos digitales que puedan perjudicar su desarrollo, la información veraz, a recibir información suficiente y necesaria en una forma y lenguaje apropiado según la edad sobre el uso de las tecnologías y de los riesgos asociados, así como al acceso equitativo y efectivo a dispositivos, conexión y formación para el uso de herramientas digitales. A este respecto, incluye obligaciones para los fabricantes, como incluir sistemas de control parental accesibles y gratuitos, activados por defecto, en los dispositivos digitales. Además, prohíbe con carácter general el acceso por parte de las personas menores a los mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas (loot boxes).

En el ámbito educativo, recoge iniciativas de fomento de las competencias digitales y del uso responsable de las tecnologías y prevé que los centros educativos cuenten con una regulación expresa sobre el uso de dispositivos móviles y digitales en el aula, así como en el resto de actividades e instalaciones escolares. En el ámbito sanitario, la Ley obliga a las administraciones competentes, por ejemplo, a elaborar guías y programas de prevención y promoción de la salud o a desarrollar protocolos de atención específicos ante comportamientos adictivos hacia la tecnología.

La norma también impone obligaciones a todos los poderes públicos con la promoción del acceso libre e igualitario al mundo digital y la elaboración de una Estrategia Nacional sobre la protección de la infancia y la adolescencia en el entorno digital, a cargo del Ministerio de Juventud e Infancia. Y, por último, ahonda en la protección ante cualquier tipo de violencia de género o sexual en el ámbito digital, al reconocer la condición de víctima y, por tanto, sus derechos y el acceso pleno a los servicios de información y orientación, de acogida y asistencia psicológica, social y jurídica.

Reformas legislativas y obligaciones a influencers

A todo ello, se suma la reforma de la Ley de Protección de Datos Personales para aumentar la edad de consentimiento para el tratamiento de estos datos, de los 14 a los 16 años; y la reforma de la Ley General de Comunicación Audiovisual para imponer obligaciones a los grandes operadores de la comunicación y a los influencers como, por ejemplo, utilizar sistemas de verificación de edad, separar los contenidos que puedan incluir escenas de pornografía o violencia gratuita o a establecer enlaces a los canales de denuncias.

Además de las modificaciones que se incorporan al Código Penal, se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa para permitir la intervención judicial a la hora de ejecutar la medida de interrupción de un servicio digital que ofrezca un acceso ilimitado a contenido perjudicial para las personas menores, o la de retirada de dicho contenido.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2024/1226 PARA HACER EFECTIVAS LAS DECISIONES DE LA UE EN MATERIA SANCIONADORA Y DE DEFENSA DE SU SOBERANÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley Orgánica de transposición de la Directiva 2024/1226 para hacer efectivas las decisiones de la Unión Europea en materia sancionadora y de defensa de su soberanía.

El objetivo es que se pueda sancionar a las personas, entidades o países de fuera de la UE que incumplan medidas restrictivas dictadas por la Unión para promover sus objetivos de política exterior y seguridad común.

La directiva europea prevé, entre otras medidas restrictivas, embargos, decomisos o restricciones de las importaciones y exportaciones y algunas de ellas ya se han impuesto a un listado de personas y entidades rusas y bielorrusas tras la agresión de Rusia a Ucrania. No obstante, para garantizar su cumplimiento, la UE requiere a los Estados miembros que adopten normas nacionales que prevean sanciones penales efectivas en caso de infracción.

Incorporación de los delitos contra la UE en el Código Penal

El anteproyecto supone una reforma del Código Penal para tipificar como delito el incumplimiento de las medidas restrictivas de la UE. Así, por ejemplo, se prevén penas de entre 2 y 6 años de prisión y multas para quienes violen estas medidas con acciones como facilitar fondos o realizar operaciones con países o personas sancionadas.

Asimismo, se modifica el delito de blanqueo de capitales para agravar la pena cuando los bienes provengan del incumplimiento de una medida restrictiva de la UE.

Al margen de las medidas penales, el Anteproyecto crea una comisión mixta de coordinación, que se adscribirá al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y velará por la aplicación de las medidas restrictivas de la UE.


Defensa

MODIFICACIÓN DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el reglamento de retribuciones del personal de las fuerzas armadas, aprobado por el real decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.

Esta modificación tiene por objeto revisar el complemento específico de todos los empleos del personal militar, actuando sobre las cuantías del componente general, por estar asociado a la mayor responsabilidad que se adquiere en función del empleo que se ostenta, siguiendo un orden creciente en cada una de las escalas.

Transportes y Movilidad Sostenible

SILO PARA ALMACENAR VEHÍCULOS EN EL PUERTO DE VIGO
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha autorizado la licitar por 41,2 millones de euros (IVA no incluido) la construcción de un nuevo silo de almacenamiento vertical de vehículos en la Terminal de Transbordadores de Bouzas, en el puerto de Vigo.

Se va a ampliar la capacidad de almacenamiento de la terminal de Bouzas, con la construcción de un nuevo silo gemelo al existente, ante el incremento del tráfico portuario relacionado con el sector de la automoción registrado en los últimos años, colocando a la terminal al límite de su capacidad.

Así, a través de la Autoridad Portuaria de Vigo, el Ministerio pone en marcha esta actuación para reforzar la competitividad del Puerto, atender las necesidades de tráfico y aprovechar las oportunidades de negocio futuras.

El nuevo silo tiene una superficie en planta de 19.320 m2 (168 x 115 metros) y una altura total de 12,80 metros. Está formado por 5 plantas (planta baja + 4 forjados) y cuenta con dos rampas de acceso (norte y sur). La estructura principal del silo está diseñada en acero y todos los forjados son de rejilla tipo trámex.

Durante los últimos años, como consecuencia de la alta producción de la factoría de Stellantis instalada en la ciudad y de los crecientes tráficos de automóviles de otras marcas que utilizan Vigo como puerto base en su logística de comercialización, se está produciendo un continuo crecimiento del tráfico de carga y descarga por rodadura, reflejada en el aumento de importaciones, tránsito y exportaciones de automóviles y semirremolques.

Solo en 2024, la Terminal de Bouzas movió más de 657.000 coches (654.591 en 2023), a los que hay que sumarles 221.305 toneladas de tráfico de piezas ligadas al automóvil con diversos destinos internacionales, con un incremento del +84% con respecto a 2023. Todo ello ha reforzado su condición como la más importante terminal de coches del Atlántico peninsular y la segunda a nivel nacional.

Fomento de la intermodalidad

Además de todas estas circunstancias, se debe tener en cuenta la promoción que realiza la Unión Europea por la intermodalidad en el transporte de mercancías, fomentando la conexión mediante transporte marítimo, una opción considerada sostenible, entre sus países miembros.

Actualmente, la Autoridad Portuaria de Vigo cuenta con tres conexiones regulares ro-ro de semirremolques (autopistas del mar), lo que se espera se consolide e incluso amplíe en el futuro, lo que supondría un incremento del tráfico ro-ro (cargamento rodado).


Transportes y Movilidad Sostenible

NUEVO MUELLE EN EL PUERTO DE SANTANDER
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha autorizado la licitación de la construcción del Muelle de Raos 6, Fase 1, de la Autoridad Portuaria de Santander, por 20,3 millones de euros (IVA no incluido).

La actuación tiene por objeto la construcción de un muelle destinado al tráfico de mercancía general y graneles sólidos. La alineación de esta terminal que constituirá el muelle Raos 6, se sitúa en prolongación del muelle Raos 5, alcanzando una longitud total (en su desarrollo final) de 325 metros y un calado de 10 metros. Esta primera fase contempla los primeros 212 metros del muelle.

Con la construcción de este nuevo muelle se pretende aumentar la capacidad de atraque en el Espigón Norte de Raos, ante el aumento del tráfico, consecuencia del crecimiento de la terminal de contenedores recientemente puesta en marcha.

A modo de contexto, la ocupación de línea del muelle de Raos 3 está resultando cada vez mayor, tanto en intensidad como en longitud, por lo que para preservar las mercancías que actualmente se están operando en dicho muelle, se ha generado la necesidad inminente de crear una nueva línea de muelle público para operar mercancías desplazadas desde Raos 3 y poder dar servicio en condiciones de calidad y en combinación con el resto de muelles del puerto.

La ubicación de las obras del proyecto corresponde a la zona 'I' del puerto, que no afecta a ningún espacio protegido ni zona de protección ambiental. Por tanto, el proyecto no precisa someterse a Evaluación Ambiental, ni ordinaria ni simplificada.

En el proyecto se han recogido las indicaciones establecidas por la legislación vigente en materia de protección ambiental y sostenibilidad ambiental. El mismo Puerto de Santander establece unos objetivos y pautas de comportamiento ambiental para los usuarios y trabajadores del puerto. Dichas normas pretenden establecer una mejora de la sostenibilidad ambiental de todas las actuaciones desarrolladas en las instalaciones portuarias.


Educación, Formación Profesional y Deportes

AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO
El Consejo de ministros ha acordado autorizar la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos en el ejercicio presupuestario 2025, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Educación, por importe de 58.559.610 euros.

A estos fondos hay que sumar los 1,4 millones de euros que se destinan a este programa en las ciudades de Ceuta y Melilla. En 2018 este programa contaba con una financiación de 48,5 millones de euros y en 2022 se incrementó hasta los 58,5 actuales. En total, el Ministerio ha invertido 380 millones de euros en estas ayudas.

El objetivo es ayudar a las familias en la adquisición de libros de texto y de materiales didácticos en todo tipo de soportes, incluido el digital, compensar las situaciones socioeconómicas más desfavorables y contribuir a que el sistema educativo garantice la equidad en la educación y la igualdad de derechos y oportunidades.

Concretamente, las ayudas están dirigidas al alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de centros sostenidos con fondos públicos. Las comunidades podrán destinar parte de los fondos para ayudas destinadas a estudiantes de Bachillerato y Formación Profesional.

Para el cálculo de la distribución de estos fondos se ha tenido en cuenta la tasa de riesgo de pobreza de cada comunidad y el número de estudiantes matriculados en Educación Primaria y ESO, incluidos los de FP Básica, más los alumnos de de Bachillerato, Grado Medio y Grado Superior, de centros sostenidos con fondos públicos.

Propuesta de distribución:
COMUNIDAD AUTÓNOMAAÑO 2025
Andalucía17.558.065
Aragón1.225.189
Asturias (Principado de)936.705
Balears (Illes)1.078.827
Canarias3.187.644
Cantabria547.066
Castilla y León2.403.100
Castilla-La Mancha3.530.226
Cataluña6.886.863
Comunitat Valenciana8.190.922
Extremadura1.791.995
Galicia2.852.935
Madrid (Comunidad de)5.198.478
Murcia (Región de)2.814.725
Rioja (La)356.870
TOTAL58.559.610

Industria y Turismo

INSTRUMENTOS DE CONTROL METROLÓGICO DEL ESTADO
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se modifica el RD 244/2016, de 3 de junio, que desarrolla la Ley de Metrología.

El motivo es que, desde que entrara en vigor el RD 244/2016, se han producido modificaciones y adaptaciones en los requisitos que debe cumplir el software legalmente relevante que llevan incorporado los instrumentos de medida sometidos a control metrológico del Estado.

La mayoría de estos instrumentos llevan asociado un software que debe cumplir unos requisitos que permitan asegurar que estos instrumentos no permiten la manipulación de las medidas y, por tanto, el posible fraude. Este software debe evaluarse en todas las fases del control metrológico del Estado, evaluación de la conformidad y puesta en servicio, y de instrumentos en servicio, verificaciones periódicas y después de reparación o modificación.

Además, durante este periodo, la aplicación del marcado, etiquetas y precintos a los instrumentos sometidos a control metrológico del Estado ha mostrado que debía mejorarse y completarse teniendo en cuenta la evolución tecnológica y la transformación digital.

Por ello, la pretensión de la nueva norma es mejorar y adaptar las exigencias de software legalmente relevante a los criterios actuales.

Agricultura, Pesca y Alimentación

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un acuerdo por el que autoriza a la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA), a la contratación de las obras que permitirán modernizar la Comunidad de Regantes de Santa Ana, en Huesca, con un presupuesto base de licitación de 21.164.943,99 euros.

Los objetivos de la modernización integral de estos regadíos son el ahorro de agua, mediante la sustitución del riego a manta por aspersión y la reducción de costes energéticos con la construcción de una planta fotovoltaica para abastecer a la red de riego. La actuación permitirá además un aumento de la producción, ya que el nuevo sistema permitirá un aporte más ajustado de las dosis de riego a la fase vegetativa de cada cultivo. De esta forma, se mejora la calidad de vida de los agricultores y se garantiza un futuro sostenible para las explotaciones de la zona.

Las obras beneficiarán a 273 regantes que cultivan 2.714 hectáreas en los municipios de Almuniente, Senés de Alcubierre, Tardienta, Torralba de Aragón y Torres de Barbúes. La zona regable perteneciente a la Comunidad de Regantes de Santa Ana se sitúa en el tramo II del canal de Monegros, y está integrada en la Comunidad de Riegos del Alto Aragón.

El proyecto, que cuenta con un plazo de ejecución de 20 meses, prevé sustituir la deteriorada red de acequias y canales existente por un sistema de riego a presión mediante tuberías, mucho más eficiente, que evita las pérdidas de agua actuales.

Se contempla además una batería de infraestructuras que van a permitir a los regantes contar con los caudales necesarios, mediante la ejecución de una obra de toma en el canal de Monegros, dos balsas de regulación a pie de canal, una estación de bombeo y dos balsas elevadas.

Todo ello se completará con una red de tuberías hasta parcela, un sistema de telecontrol que permitirá a los usuarios controlar sus aportes desde el móvil y un parque solar fotovoltaico para autoconsumo que reducirá los costes energéticos.

Además, esta actuación es apta para recibir financiación con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027.

Política Territorial y Memoria Democrática

AMPLIACIÓN DE MEDIOS TRASPASADOS A ANDALUCÍA EN MATERIA DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que amplía los medios patrimoniales adscritos a funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1096/1984, en materia de conservación de la naturaleza.

El artículo 149.1. 23.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las CCAA de establecer normas adicionales de protección; así como la legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.

Por otro lado, el Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de montes, explotaciones, aprovechamientos y servicios forestales; vías pecuarias; marismas y lagunas, y ecosistemas acuáticos; pastos y tratamiento especial de zonas de montaña; delimitación, regulación, ordenación y gestión integral de los espacios naturales protegidos; fauna y flora silvestres y prevención ambiental.

La Comisión Mixta Paritaria prevista en la Disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía para Andalucía adoptó, el 19 de febrero de 2025, el acuerdo de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1096/1984, en materia de conservación de la naturaleza.

Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Andalucía los siguientes inmuebles y fincas:

Inmuebles

Nombre y usoLocalidadDirección
Finca urbana (casa forestal)Canillas de Albaida (Málaga)C/ Hornos, n.º 13 (antes 5)
Finca urbana (casa forestal)Aldeaquemada (Jaén)C/ del Prado, n.º 46 (antes C/ Julián Morales, n.º 46)
Finca urbana (casa forestal)Cazorla (Jaén)C/ Martínez Falero, n.º 1

Fincas propiedad del Estado en la provincia de Almería

Nombre del monteTérmino municipalCabida (has.)
Los BarrancosVélez Blanco (Almería)2.864
Los AlmagrerosVélez Blanco (Almería)144,3750
Barranco de los MelladosVélez Blanco (Almería)10

Se trata de inmuebles materialmente afectos a funciones y servicios ya traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1096/1984, en virtud de sus competencias en materia de conservación de la naturaleza. Por tanto, ya están siendo gestionados por la Comunidad Autónoma. Su traspaso permite formalizar su plena titularidad y que la Junta de Andalucía pueda disponer de los mismos.

Política Territorial y Memoria Democrática

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para la impugnación ante el Tribunal Constitucional, conforme a los artículos 161 de la Constitución Española y 31 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, del artículo 4 de la Ley 8/2024, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid, únicamente en cuanto adiciona los artículos 87, 88 y 89, apartados 2 y 3, a Ley 1/1983, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, asimismo, solicitó al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid la apertura del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, para resolver las discrepancias e intentar alcanzar un acuerdo a través del diálogo en la comisión bilateral de cooperación, declinando el Consejo de Gobierno dicha posibilidad.

Distribución competencial en la materia

Hay que partid el artículo 149 de la Constitución, en el que se ampara la Ley de Memoria Democrática (LMD) y que otorga al Estado la competencia exclusiva para dictar «la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales».

La LMD se dicta con fundamento en dicho título competencial, que atribuye la capacidad para concretar -con carácter transversal y sin perjuicio de la normativa autonómica de desarrollo- y para declarar Lugares de Memoria Democrática. La constitucionalidad de esta capacidad no se ha puesto en duda por ninguna comunidad autónoma.

Asimismo, se han de adicionar distintos tratados y convenios en materia de derechos humanos, así como los principios de Derecho Internacional Público, en relación con los derechos de las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, las disposiciones de la Tercera Convención de Ginebra (1949) sobre los derechos de las personas fallecidas en prisión de guerra (a la que se añadió en 1977 un Protocolo adicional que establece como principio general el «derecho de las familias a conocer el destino de sus parientes») o la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 2006.

Motivos de inconstitucionalidad

La Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, por acuerdo del 16 de octubre de 2024, inició el procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática de la «Extinta Dirección General de Seguridad franquista», sita en Madrid.

La resolución se dicta de acuerdo con los artículos 49 y siguientes LMD, que regulan la figura de los Lugares de Memoria Democrática, el procedimiento administrativo para su declaración y el régimen jurídico de protección que implica dicha declaración. La resolución tiene por objeto incoar dicho procedimiento administrativo en relación con la Real Casa de Correos de la Puerta del Sol de Madrid, actual sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

El 18 de diciembre de 2024, el Gobierno de la Comunidad de Madrid formuló requerimiento frente a la citada resolución. Y el Gobierno de la Nación, en el Consejo de Ministros de 14 de enero de 2025, dio contestación al citado requerimiento de incompetencia.

Artículo 4 de la Ley 8/2024 de la Comunidad de Madrid

La Ley 8/2024, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid se dicta en este contexto, colisionando su artículo 4 con el mencionado acuerdo del 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática. Ello lo hace al modificar la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, insertando un Capítulo VIII al Título IV con los artículos 86, 87, 88 y 89.

Los nuevos preceptos transcritos en los términos delimitados en el objeto de la impugnación se entienden incompatibles con la distribución constitucional de competencias, en tanto en cuanto «blindan» el edificio de la Real Casa de Correos, actual sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, al exclusivo y excluyente criterio que tenga el Consejo de Gobierno de esa Comunidad Autónoma pretendiendo vincular la actuación de cualquier otra Administración pública en el ejercicio de las competencias que puedan corresponderles en relación con el edificio, y también, por tanto, de la hipotética declaración final de tal inmueble como Lugar de Memoria.

Las competencias estatales en materia de Memoria Democrática habilitan al Estado para realizar las actuaciones previstas en la propia Ley, y se ha previsto expresamente en el artículo 52, la tramitación a seguir en el caso de concurrencia de titularidad de otras administraciones públicas de un inmueble, habiendo de entenderse inconstitucional vaciar de contenido su aplicación y ejecución al ignorar el régimen estatal y establecer una autorización autonómica sobre cualquier actuación relativa al inmueble, sin limitación o ponderación alguna de otros intereses públicos o de la actuación de la Administración General del Estado. Este efecto lo producen los nuevos artículos 87, 88 y 89, apartados 2 y 3, de la Ley 1/1983, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por el artículo 4 de la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid.

Esta es también la conclusión que se extrae de la interpretación que ha realizado el Tribunal Constitucional del art. 149.1.1ª de la -precepto, se recuerda, del que trae causa la LMD- al destacar que éste contiene una «habilitación para que el Estado condicione -mediante, precisamente, el establecimiento de unas "condiciones básicas" uniformes- el ejercicio de esas competencias autonómicas con el objeto de garantizar la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus deberes constitucionales» y ello hasta el punto de que «si el Estado considerara necesario establecer en el futuro esas condiciones básicas y al dictarlas éstas entraran en contradicción con preceptos de leyes autonómicas en vigor, éstos últimos quedarían automáticamente desplazados por aquéllas» (STC 173/1998).

Conclusión

Concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional del artículo 4 de la Ley 8/2024, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid, únicamente en cuanto adiciona los artículos 87, 88 y 89, apartados 2 y 3, a Ley 1/1983, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Se invoca asimismo la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución Española, a fin de que se produzca la suspensión de la norma objeto de impugnación.

Política Territorial y Memoria Democrática

ENCARGO A TRAGSATEC PARA ASISTENCIA A LA CIUDADANÍA AFECTADA POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de un encargo al medio propio «TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS, SA, S.M.E., M.P.» (TRAGSATEC), destinado a la prestación de asistencia a la ciudadanía afectada por la DANA (depresión aislada en niveles altos) acontecida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP).

La DANA acontecida en esas fechas ha causado destrozos e inundaciones principalmente en zonas de Valencia y municipios de alrededor, dejando impracticables muchas de las vías de circulación debido a los daños, así como a las enormes acumulaciones de vehículos en muchos puntos. Ello provocó, a su vez, gravísimos problemas de pérdida de bienes y de mal o nulo funcionamiento de servicios de primera necesidad, daños en supermercados, viviendas, etc.

El 6 de noviembre se publicó el Real Decreto-Ley 6/2024, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA. A través de esta norma, se ha habilitado la concesión de importantes ayudas directas a ciudadanos y empresas.

El 12 de noviembre se publicó el Real Decreto-Ley 7/2024, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA. Los municipios más afectados incluidos son: 75 en la provincia de Valencia, 1 de la provincia de Albacete, 1 de la provincia de Cuenca y 1 de la provincia de Málaga.
El 30 de noviembre de 2024, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 8/2024, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA.

Todo ello supone un complejo sistema de concesión de ayudas de máxima importancia y cuya efectividad requiere de la correcta formulación de las correspondientes solicitudes con cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa. Por todo ello, resulta de vital importancia garantizar la adecuada atención a la ciudadanía afectada por la DANA, atención que reviste carácter de emergencia, puesto que las ayudas tienen como objeto hacer frente a los daños causados en bienes de primera necesidad. Asimismo, se precisa máxima celeridad en la instrucción de los procedimientos de concesión de las ayudas dada su importancia.

Conforme al artículo 2.1 de la Orden PJC/1222/2024, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, que declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la DANA referida, las siguientes ayudas se regirán por el Real Decreto 307/2005, por el que se determinan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o naturaleza catastrófica: por fallecimiento o incapacidad causados directamente por los hechos; por la destrucción o daños en enseres y por daños en vivienda; a corporaciones locales por gastos causados para hacer frente a las situaciones de emergencia; por daños a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios; a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes.

Por todo ello, y debido a la importancia del papel de las Delegaciones del Gobierno en la tramitación de las ayudas, al corresponderles la instrucción de los procedimientos, es procedente declarar la emergencia de la necesidad de tramitar un encargo al medio propio TRAGSATEC con el objeto de desempeñar parcialmente las prestaciones de competencia del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para la atención a los solicitantes de ayuda de los municipios afectados por la DANA y tramitación de dichas ayudas, formalización que se lleva a cabo mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial de 25 de febrero de 2025 y en virtud de la cual se declara la emergencia del encargo.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

PLAN NACIONAL DE LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto sobre el nuevo Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT) y medidas de impulso para su evolución tecnológica. La norma establece el marco jurídico y técnico para introducir en el servicio de la TDT de cualquier ámbito territorial (estatal, autonómico y local) la tecnología de transmisión DVB-T2 que permitirá generalizar las emisiones con calidad de ultra alta definición (UHD).

Después de la incorporación del estándar de alta definición, que terminó en febrero de 2024, este Plan Nacional de la TDT impulsa una nueva evolución tecnológica que permitirá a la ciudadanía disfrutar de emisiones con la mejor calidad y a los prestadores de TDT competir tecnológicamente con otras plataformas o servicios audiovisuales que utilizan otras redes de transmisión, como el satélite o la televisión por internet.

La tecnología DVB-T2, la misma que utiliza la mayoría de las emisiones de los Estados Miembros de la Unión Europea, incrementa de manera importante la capacidad en cada múltiple digital y permite, por tanto, realizar un uso más eficiente del espectro radioeléctrico.

En lo que se refiere a los actuales canales de TDT, el nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT mantiene las mismas redes de televisión digital terrestre (múltiples digitales) y las desconexiones territoriales que existían en el Plan técnico anterior, por lo que no se pierde ninguno de los canales de TDT que existen en la actualidad.

El proceso fijado para implantar esta evolución tecnológica implica la redistribución en la organización de los canales de televisión de ámbito estatal entre los diferentes múltiples digitales, lo que hace que quede libre una parte de la capacidad de uno de los múltiples digitales para un nuevo canal de ámbito estatal, cuya licencia saldrá a concurso próximamente, por lo que se ampliará la oferta de canales de TDT.

Evolución tecnológica en dos fases

El proceso se hará en dos fases. En la primera, el objetivo es favorecer la implantación de la tecnología y que los ciudadanos empiecen a recibir de manera regular canales de TDT de ámbito estatal con calidad UHD. Estos canales UHD emitirán contenidos simultáneos que ya se emiten en otros canales, por lo que los ciudadanos no dejarán de recibir ningún canal o contenido. Asimismo, en esta fase inicial se llevará a cabo la adaptación del parque de receptores de TV para recibir tecnología de transmisión DVB-T2 y emisiones en calidad UHD.

Cuando el parque de receptores de televisión digital terrestre esté suficientemente adaptado, se iniciará la fase 2, que implicará la implantación global de la tecnología DVB-T2 y la calidad UHD en todos los servicios TDT, tanto de ámbito estatal, autonómico y local.

Para garantizar esta adaptación paulatina del parque de receptores, el nuevo Plan Nacional fija fechas concretas a partir de las cuales los equipos receptores que no reciban emisiones con estos estándares técnicos no podrán ser comercializados en España, evitando así que los ciudadanos puedan adquirir equipos que no estén adaptados a los nuevos requerimientos técnicos.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

PARTICIPACIÓN DE LA SETT EN LA EMPRESA SATELIOT
El Consejo de ministros ha autorizado al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a participar, a través de la Sociedad Española para la Transformación Tecnológica (SETT), en la empresa española de telecomunicaciones Sateliot, con una inversión de 13,85 millones de euros.

Con esta inversión pública, el Gobierno apuesta por la conectividad global, incluso en las zonas más remotas e inaccesibles. Esta iniciativa supone un impulso hacia el siguiente salto evolutivo de la tecnología de red de banda estrecha IoT en redes no terrestres con soporte de almacenamiento envío (S&F) de Sateliot en una configuración multi-satélite y multi-estación terrestre.

Sateliot presenta un modelo de negocio escalable basado en satélites miniaturizados CubeSats, lo que le permite ofrecer conectividad global a bajo precio, aprovechando la infraestructura satelital de bajo coste y alta escalabilidad.

Sateliot, empresa nacida en Cataluña en 2018, consigue, junto con las operadoras de telecomunicaciones locales, resolver el problema de acceso a Internet de los sectores más ligados a entornos rurales como la agricultura, la ganadería, las energías renovables o la logística, ya que se obtiene cobertura total al combinar las redes 5G terrestres y las satelitales.

Asimismo, Sateliot ha demostrado disponer de una tecnología muy versátil que permite, por ejemplo, detectar catástrofes naturales o incendios en lugares inaccesibles, mejorar la seguridad en industrias localizadas en áreas remotas o incluso prevenir la caza furtiva a través de la geolocalización de ejemplares de especies en peligro de extinción.

Junto a la SETT, la empresa ampliará su capital hasta los 40 millones, mediante un sistema de coinversión que apuesta por un modelo de colaboración público-privada en sectores estratégicos como el de las tecnologías avanzadas.

La inversión de la SETT se realiza a través de fondo Next Tech, cuyo objetivo es incentivar la inversión privada y mejorar el acceso a la financiación en los sectores estratégicos españoles vinculados a la transición digital. La ejecución del fondo Next Tech, previsto por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, está entre las funciones de la SETT, que, además, maneja dos instrumentos financieros más para potenciar el ecosistema empresarial tecnológico: PERTE Chip, dedicado a la microelectrónica y los semiconductores, y Spain Audiovisual Hub, que impulsa la digitalización del sector audiovisual.