Referencia del Consejo de Ministros

30.11.2012

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO LEY de Medidas de Consolidación y Garantía del Sistema de Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se aprueba la Declaración por el Día Internacional de las Personas con Discapacidad.
  • ACUERDO por el que se fija la fecha del 4 de diciembre de 2014 para la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) nº 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1035/2011 y los Reglamentos (CE) nº 1265/2007, (CE) nº 1794/2006, (CE) nº 730/2006, (CE) nº 1033/2006 y (UE) nº 255/2010.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera y del Acuerdo de Transferencia y Asunción.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago de 8.622.250 euros al Banco Mundial como agente administrador del IFFIm.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Cooperación en materia de lucha contra la delincuencia entre el Reino de España y la República de la Costa de Marfil.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Vietnam por otra, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales, para su conocimiento, del Protocolo del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981, núm. 155, de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado en la 90ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra del 3 al 20 de junio de 2002.


Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la adquisición de dos helicópteros SH60-F procedentes de artículos excedentes de la Armada de Estados Unidos.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • ACUERDO por el que se plantea conflicto positivo de competencia al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la decisión de que los trabajadores del Sector Público Vasco cobren la paga extraordinaria de diciembre de 2012, así como respecto de las actuaciones o disposiciones que apliquen este criterio.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del Recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 59 y 64.4 y el apartado séptimo de la Disposición adicional sexta de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de la Generalidad de Cataluña, de modificación del Texto Refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 117.314.273,59 euros, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para atender el Nivel Mínimo de Protección Garantizado por la Administración General del Estado a las Comunidades Autónomas según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 925.495,07 euros y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para atender la Sentencia de la Audiencia Nacional, de 1 de junio de 2011, condenatoria al pago de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los meses de enero a abril de 2008, por la entidad colaboradora Universidad de Navarra.

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 1.002.299,81 euros, para atender los gastos derivados de dos sentencias del Tribunal Supremo de 16 de mayo de 2012 y auto de ejecución del Tribunal Militar Territorial Primero de 5 de julio de 2012, por responsabilidad civil subsidiaria del Estado, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 333.208,01 euros, para atender gastos derivados del exceso de horario sobre la jornada laboral ordinaria realizado por el personal sanitario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en cumplimiento de sentencias y autos dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón para realizar una o varias emisiones de deuda pública (bonos/obligaciones) o tomar préstamos en euros o monedas distintas del euro, hasta un importe máximo de 252.585.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a formalizar préstamos a largo plazo y/o realizar emisiones de deuda pública por un importe máximo de 93.130.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana para tomar préstamos a largo plazo en euros, hasta un importe máximo de 732.318.000 euros.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de La Rioja, Consejería de Salud y Servicios Sociales, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Ciudad de Ceuta, por el que se canaliza una subvención nominativa a la Ciudad de Ceuta para la realización de programas y actividades en materia de asistencia social durante el ejercicio 2012.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Ciudad de Melilla, por el que se canaliza una subvención nominativa a la Ciudad de Melilla para la realización de programas y actividades en materia de asistencia social durante el ejercicio 2012.
  • ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de los Convenios específicos de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Región de Murcia, Castilla-La Mancha, Illes Balears, País Vasco, Extremadura, Comunitat Valenciana, Madrid, Aragón y la Comunidad Foral de Navarra, en materia de estadísticas agrarias, año 2012.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) para garantizar la participación de ACNUR en el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y de concesión del derecho de asilo, y se autoriza una subvención nominativa a favor de ACNUR, con esta misma finalidad, por un importe de 270.848,00 euros.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se impone una sanción por cuantía de 174.543,77 euros a la empresa Grup Tapecat, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona.

Industria, Energía y Turismo

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se declara zona especial de conservación el lugar de importancia comunitaria ES6120032 Estrecho Oriental de la región biogeográfica mediterránea de la Red Natura 2000 y se aprueban sus correspondientes medidas de conservación.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general, así como los gastos derivados del mismo.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se requiere al Banco de España un informe sobre la política retributiva llevada a cabo por las entidades bancarias que actualmente reciben ayuda pública antes de que se hubiera producida esa recepción.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONDECORACIONES

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. PLÁCIDO ARANGO ARIAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. GONZALO DÍAZ DÍAZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. ALEJANDRO FONT DE MORA TURÓN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Dª CARMEN MAESTRO MARTÍN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. JUAN VELARDE FUERTES.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. EUGENIO NASARRE GOICOECHEA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. CÉSAR NOMBELA CANO.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. FRANCISCO SÁNCHEZ MARTÍNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. RICARDO FERNÁNDEZ GRACIA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a D. MIGUEL ÁNGEL BEZOS PÉREZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Empleo y Seguridad Social

LAS PENSIONES QUE NO SUPEREN LOS MIL EUROS AL MES SE REVALORIZARÁN UN 2 POR 100 EN 2013

  • Para el resto de pensionistas, un 26 por 100, el Gobierno mantendrá la revalorización del 1 por 100 prevista en los presupuestos de 2013.
  • Aprobada una reforma del Fondo de Reserva que permitirá a la Seguridad Social adelantarse a situaciones de déficit.
  • También se aprueba un suplemento de crédito por cuantía de 4.295 millones de euros para garantizar las prestaciones por desempleo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de Medidas de Consolidación y Garantía del Sistema de Seguridad Social, por el que los pensionistas que perciban prestaciones iguales o inferiores a mil euros mensuales verán revalorizada su pensión un 2 por 100 a partir del 1 de enero de 2013.

Esta medida beneficiará a 6,6 millones de pensiones en nuestro país, lo que supone el 74 por 100 del total. Para el resto, se mantendrá la revalorización del 1 por 100 prevista en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2013.

Pensiones de 2012

Por su parte, y una vez conocido el Índice de Precios al Consumo adelantado del mes de noviembre, el Gobierno ha decidido mantener la revalorización de las pensiones para 2012 en el 1 por 100, tal y como fue aprobado en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2011, y no actualizar dicha cuantía con el IPC.

Estas decisiones representan un ejercicio de responsabilidad que permitirá cumplir con el objetivo de déficit público, objetivo indispensable para que España pueda conseguir financiarse, emprender la salida de la crisis y que vuelva el crecimiento económico generador de empleo, auténtica garantía de la protección social de los españoles.


Fondo de Reserva

La norma, aprobada a propuesta de los ministros de Economía y Competitividad, de Hacienda y Administraciones Públicas, y de Empleo y Seguridad Social, contempla también una modificación de la Ley Reguladora del Fondo de Reserva que dota al sistema público de una mayor capacidad de reacción ante situaciones que puedan poner en riesgo los compromisos de pago con los pensionistas.

De esta forma, el Real Decreto Ley establece que durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 no resultará de aplicación el límite del 3 por 100 fijado con carácter general en el artículo 4 de la Ley reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, del 29 de septiembre de 2003.

Durante los citados ejercicios el límite de disposición será el equivalente al importe del déficit que pongan de manifiesto las previsiones de liquidación de los presupuestos de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social que, al efecto, elabore la Intervención General de la Seguridad Social.

La modificación mantiene la previsión normativa que limita la disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, así como la condición de que sólo se podrá acceder a él en situaciones estructurales de déficit por operaciones no financieras del sistema de la Seguridad Social.

En un momento en el que se acumula una pérdida de casi tres millones de cotizantes a la Seguridad Social desde el inicio de la crisis, cabe recordar que fue precisamente para estas situaciones extraordinarias para las que se creó el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Suplemento de crédito

Por último, y para garantizar la cobertura de las prestaciones por desempleo, el Real Decreto Ley prevé un suplemento de crédito en el presupuesto de 2012 del Ministerio de Empleo y Seguridad Social por cuantía de 4.295 millones de euros, con destino al Servicio Público de Empleo Estatal.


Industria, Energía y Turismo

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE METROLOGÍA

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del ministro de Industria, Energía y Turismo sobre el Anteproyecto de Ley de Metrología, que reforma la normativa actual e incorpore las novedades técnicas y las derivadas de las normas comunitarias.

La metrología es la ciencia de la medida, incluyendo el estudio, mantenimiento y aplicación del sistema de pesos y medidas. Las leyes de pesas y medidas tienen una larga tradición de más de siglo y medio en el sistema legal español, que culmina con la vigente Ley de Metrología, de 1985. Transcurridos más de veinticinco años desde su entrada en vigor, se hace necesaria su adecuación a las importantes novedades que se han sucedido en estos años.

La reforma propuesta tiene como principales objetivos incorporar las modificaciones sufridas por la ley vigente, derivadas fundamentalmente del ingreso de España en la Unión Europea y del proceso de profundización en el mercado interior de bienes y servicios; incorporar las clarificaciones de los problemas competenciales surgidos entre el Estado y las Comunidades Autónomas, que tienen competencias en la ejecución del control metrológico, y, por último, adaptar la ley al progreso técnico que ha tenido lugar en los últimos años, ajustando su redacción a la terminología actual y a los criterios de la Organización Mundial de Metrología.

Cambios

Los principales cambios que se introducen respecto a la vigente ley son:

  • Se hace referencia a todos los agentes que intervienen en la metrología: Comunidades Autónomas, organismos de control, Consejo Superior y Centro Español de Metrología, sus funciones, competencias y relaciones.
  • Se incrementa la seguridad jurídica al regular más detalladamente la protección de los consumidores y usuarios, y el régimen sancionador contra el comercio desleal.
  • Se utiliza con carácter general la filosofía de la Unión Europea de control por tercera parte independiente de la veracidad de las mediciones.
  • Se concede mayor importancia a la protección del patrimonio histórico, reforzando la prohibición de exportar objetos metrológicos de más de cincuenta años.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA FACILIDAD DE ASISTENCIA FINANCIERA Y DE TRANSFERENCIA Y ASUNCIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma conocimiento del Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera y del Acuerdo de Transferencia y Asunción.

Antecedentes

El Gobierno español solicitó el 25 de junio de 2012 la asistencia financiera para la recapitalización de las entidades financieras españolas por parte de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera (FEEF). Pocos días después, el 29 de junio de 2012, mediante la declaración de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Zona Euro, se estableció que la asistencia financiera solicitada por España sería facilitada por la FEEF hasta que estuviese disponible el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) y que la misma se transferiría a continuación al MEDE sin que se le concediera estatuto de acreedor preferente.

El 24 de julio de 2012 se firmó un Memorando de Entendimiento (MOU) entre el Reino de España, la Comisión Europea y el Banco de España, en el que se establecen las condiciones vinculadas a la asistencia financiera otorgada por la FEEF o, en su caso, el MEDE.

En la misma fecha se firmó un Acuerdo Marco de Asistencia financiera entre la FEEF, como prestamista, el Reino de España, como prestatario, el FROB, como garante y agente, y el Banco de España, como agente de desembolsos, junto con los términos específicos aplicables a la facilidad de asistencia financiera para la recapitalización de entidades financieras.

Tanto el Memorándum como el Acuerdo de Asistencia fueron elevados a toma de conocimiento del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2012. Esta asistencia para la recapitalización de entidades financieras concedida al Reino de España asciende a un importe máximo de cien mil millones de euros.

Contenido

Para formalizar la transferencia de la asistencia financiera a España, el Consejo de Ministros ha tomado hoy conocimiento de un nuevo Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera entre el MEDE, el Reino de España, el Banco de España y el FROB, y de un Acuerdo de transferencia y asunción entre la FEEF, el MEDE, el Reino de España, el FROB y el Banco de España, que implica que el Mecanismo se subroga en la totalidad de los compromisos de la Facilidad y se resuelve el Acuerdo firmado en julio con la misma.

Tanto el Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera como el Acuerdo de Transferencia y Asunción se suscriben al amparo del artículo 40 del Tratado por el que se establece el Mecanismo Europeo de Estabilidad, el cual regula la transferencia de las asistencias financieras concedidas por la Facilidad estableciendo que: "no obstante lo dispuesto en el artículo 13, el Consejo de Gobernadores podrá decidir que los compromisos de la FEEF de proporcionar asistencia financiera a un miembro del MEDE conforme al acuerdo con este miembro sean asumidos por el MEDE en la medida en que dichos compromisos se deriven de préstamos no desembolsados y no financiados."

Condiciones

En cuanto al Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera, éste conlleva la aceptación por parte de España de los términos generales y específicos de los préstamos del MEDE, que fueron aprobados por el Consejo de Gobernadores el día 22 de noviembre. En concreto, se trata de dos textos:

  • las Condiciones Generales de las Facilidades de Asistencia financiera del MEDE;
  • las Condiciones Específicas Estándar de la Facilidad Relativas a los Acuerdos de facilidad de Asistencia Financiera del MEDE.

Estos dos documentos contienen condiciones estándar y es el Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera propiamente dicho el que recoge las condiciones específicas para España en lo que supongan modificaciones de aquéllas.

La jerarquía entre los documentos enumerados implica que priman las condiciones del Acuerdo de Facilidad de Asistencia Financiera sobre las condiciones específicas y éstas, sobre las generales.


Economía y Competitividad

PETICIÓN DE INFORME AL BANCO DE ESPAÑA SOBRE RETRIBUCIONES EN ENTIDADES BANCARIAS QUE RECIBEN AYUDA PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se instruye al ministro de Economía y Competitividad para que requiera al Banco de España un informe sobre la política retributiva llevada a cabo por las entidades bancarias que actualmente reciben ayuda pública antes de que se hubiera producido esa recepción.

Una vez conocidas las necesidades de capitalización de las entidades que precisan ayuda pública, se considera necesario determinar la política retributiva llevada a cabo a favor de los gestores, incluidas las indemnizaciones en los supuestos de cese.

El Gobierno ya decidió hace varios meses topar las retribuciones e indemnizaciones que los gestores podrían recibir e, incluso, que las variables a esas retribuciones se diferirían en el tiempo para poder determinar, una vez pasado un plazo razonable, que la gestión había sido la adecuada y había llevado a una mejora en la situación de la entidad.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

DECLARADA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACIÓN EL LUGAR DE IMPORTANCIA COMUNITARIA "ESTRECHO ORIENTAL"

  • Se aprueban la regulación de usos y actividades de esta amplia zona de la costa española, junto a la bahía de Algeciras, ubicada en la región biogeográfica mediterránea de la Red Natura 2000.
  • El objetivo es salvaguardar la riqueza biológica por la presencia de hábitats de gran valor ecológico y por constituir el Estrecho un paso estratégico para especies de cetáceos y aves marinas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) "Estrecho Oriental", con el objetivo de proteger su biodiversidad marina y adoptar medidas de conservación. Este lugar abarca una amplia zona de la costa española junto a la bahía gaditana de Algeciras, que se encuentra en la región biogeográfica mediterránea de la red ecológica europea Natura 2000.

El Ejecutivo ha tomado esta decisión para salvaguardar, de forma compatible con los usos que se realizan en la zona, la riqueza biológica del lugar, que viene dada por la presencia de hábitats de gran valor ecológico y por constituir el Estrecho de Gibraltar un paso estratégico de primera magnitud para especies de cetáceos y aves marinas.

Este Real Decreto contiene la delimitación de la Zona Especial y la información sobre sus límites geográficos y los tipos de hábitats y especies de interés comunitario que motivan su declaración; el establecimiento de las medidas de conservación en función de los valores a proteger y su ámbito de aplicación; la regulación de usos y actividades -con especial mención de las actividades más impactantes para la protección del espacio como el suministro de combustible en el mar, los rellenos costeros, los vertidos o la utilización de determinadas artes de pesca en las zonas más sensibles-, así como el establecimiento de un sistema de evaluación, determinación del régimen sancionador o medidas para la colaboración y coordinación con otras administraciones.

Prohibiciones

En materia de rellenos se prohibirá ganar terrenos al mar mediante rellenos con materiales extraídos del fondo marino del espacio marino o de cualquier otra procedencia. Además, se prohibirán los vertidos de cualquier tipo de objeto con la intención de desprenderse de él. En cuanto al suministro de combustible en el mar o "bunkering", se prohíbe el fondeo permanente de buques-tanque dedicados a este suministro de combustible en esta agua del espacio hoy protegido.

El Estado, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, es competente en la protección de la biodiversidad marina. En consecuencia, entre sus funciones está la de declarar y gestionar los espacios marinos, excepto aquellos en los que exista continuidad ecológica con el espacio terrestre objeto de protección, de gestionar los espacios situados en estrechos sometidos al Derecho Internacional que deban ser gestionados por España de conformidad a ese derecho, y de gestionar las especies asociadas a los hábitats de su competencia y de las especies marinas altamente migratorias.

Superficie marina de 23.640 hectáreas

A propuesta de España, la Comisión Europea declaró como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), de acuerdo con la Directiva Hábitats, el "Estrecho Oriental" el 12 de diciembre de 2008, englobando una amplia zona, en virtud de la jurisdicción y soberanía españolas sobre las aguas que rodean el Peñón de Gibraltar. Así, este lugar protege una superficie marina de 23.641,82 hectáreas frente a la costa de Cádiz.

Su declaración como Lugar de Importancia Comunitaria obedece a la presencia de hábitats y especies de interés comunitario de la Directiva Hábitat, entre los que se encuentran bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina poco profunda, las conocidas como "chimeneas submarinas", arrecifes, cuevas marinas y delfín mular (Tursiops truncatus). Además, se ha constatado la importante presencia de tortuga boba (Caretta caretta), recogida en el anexo II de la Directiva Hábitats como especie prioritaria.

Zona de especial conservación

Una vez que se declara un LIC, los Estados tienen la obligación de declararlo Zona de Especial Conservación y de adoptar los planes de gestión y las medidas de conservación necesarias para ese espacio.

Ahora, el Consejo de Ministros aprueba la ZEC de dicho Lugar de Importancia Comunitaria y elabora su instrumento de gestión tras los trabajos técnicos y las entrevistas con los sectores afectados llevadas a cabo, entre otros encuentros, en los últimos meses.

Este proceso continuará en 2013 en esta región biogeográfica, con la declaración y aprobación de las medidas de conservación de los LIC marinos cuyas competencias sobre biodiversidad marina corresponden a la Administración General del Estado.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

AUMENTO DE 117 MILLONES EN EL NIVEL MÍNIMO DE FINANCIACIÓN DE LA DEPENDENCIA PARA CUBRIR EL AUMENTO DE BENEFICIARIOS

  • Desde enero de este año ha aumentado en 21.252 el número de beneficiarios con prestación reconocida.

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para elevar en 117 millones de euros el nivel mínimo de financiación de la Ley de Dependencia estipulado para 2012. La decisión se ha adoptado para cumplir lo que establece dicha norma, la garantía del citado nivel mínimo, y porque es firme compromiso del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad preservar este Sistema. Así, el crédito definitivo para el presente ejercicio ascenderá a 1.405 millones de euros, 119 millones más que el de 2011.

La decisión se ha producido a raíz del aumento en el Sistema de personas dependientes con prestación reconocida, exactamente 21.252. Al mismo tiempo, la lista de espera, que a comienzos de año se cifró en más de 305.000 personas, se ha rebajado en 74.087 dependientes. Habida cuenta estas cifras, y comoquiera que resulta prioritario preservar el modelo de dependencia incluso en adversas condiciones económicas, el Gobierno cumple una ley en cuya defensa está plenamente comprometido y eleva en 117 millones de euros este umbral.

La reforma del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para mejorar y hacer sostenible el Sistema de Autonomía Personal y de Atención a la Dependencia está mostrando ya algunos resultados: el ahorro para la Administración General del Estado se sitúa en los 835 millones de euros, cuantía que proviene de la supresión del nivel acordado de financiación (305 millones), de la suspensión de las cotizaciones a la Seguridad Social de la prestación económica para cuidados familiares (330 millones de gasto en 2011) y de la bajada de la prestación para los no profesionales que cuidan a personas dependientes (220 millones de ahorro sobre el nivel mínimo).

Nuevas personas en el Sistema

Ninguna de estas medidas centradas en la reducción del gasto del Sistema de Dependencia y orientadas a convertir en sostenible un modelo acuciado por la escasez de recursos ha evitado, sin embargo, que éste deje de funcionar. Al contrario, han seguido entrando personas en el Sistema y se ha ido ajustando la lista de espera. Ahora, debido a estos dos factores, habrá 117 millones más para que las Comunidades Autónomas financien la Dependencia.

La evolución respecto al año pasado es ilustrativa: el crédito inicial en 2011 fue de 1.084 millones de euros, pero también se amplió para cumplir la Ley en 202 millones hasta alcanzar la cuantía de 1.286 millones de euros. Este año, aunque se suprimió el nivel acordado, el Gobierno elevó el mínimo de financiación para dejarlo en 1.288 millones de euros. Tras la ampliación de crédito de 117 millones acordada hoy, la cantidad asciende a 1.405 millones de euros, concretamente 119 millones más que un año antes.

Más en favor de las personas con discapacidad

La ampliación del nivel mínimo de financiación del Sistema de Dependencia es una medida que beneficia especialmente al colectivo de las personas con discapacidad, pues muchas de ellas son dependientes en diferentes grados y, como tales, se acogen a los recursos y servicios del modelo.

Se rubrica, así, la defensa que el Gobierno hace de este colectivo, pues no se trata de una decisión aislada, sino de un elemento más del listado que en los últimos meses ha ido completando el Ejecutivo con el fin de trasladar a estas personas un mensaje de seguridad y compromiso.

Ya en la reforma sanitaria se incluyeron medidas para reducir la aportación al gasto farmacéutico que hacen las personas con discapacidad y más adelante, con la regulación de la cartera de productos ortoprotésicos, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad igualó los precios en todo el territorio y dejó fuera de cualquier aportación al pago a los ciudadanos de esta condición con inferior volumen de renta.

En el Real Decreto Ley para la paralización durante dos años de los desahucios, el Gobierno manifestó su sensibilidad con las personas con discapacidad, ya que incorporó al grupo de colectivos protegidos a las familias con personas con discapacidad a su cargo y a las propias personas con discapacidad.

Recientemente, el Boletín Oficial del Estado publicó la resolución por la que se repartía el total de más de 280 millones en concepto de subvenciones con cargo al IRPF. Los programas, proyectos e inversiones relacionadas con la discapacidad aglutinaron unos 47 millones de euros, lo que convirtió a este colectivo en el segundo más beneficiado de la convocatoria. En esta misma línea, la futura Ley de Justicia Gratuita eximirá del pago de tasas, abogados y procuradores en procesos civiles a estos ciudadanos.

Asimismo, los ministros de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de Hacienda y Administraciones Públicas transmitieron a los miembros del CERMI esta misma semana que el Gobierno, por medio del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), ha abonado ya unos 339,6 millones de euros para cubrir los pagos pendientes con los proveedores de servicios sociales. Las Comunidades Autónomas se encargarán de la tramitación de dichos pagos.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

DECLARACIÓN POR EL DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  • El Gobierno refuerza su compromiso con los derechos de las personas con discapacidad y reafirma el especial compromiso de España por los derechos de las personas con discapacidad y por su inclusión social y laboral.

El Consejo de Ministros ha aprobado, a iniciativa de los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Asuntos Exteriores y de Cooperación, y Empleo y Seguridad Social, la Declaración por el Día Internacional de las personas con Discapacidad, que se celebra el próximo 3 de diciembre. El objetivo es constatar su "firme compromiso" con los derechos de estas personas y por su inclusión en todos los ámbitos, especialmente el laboral. Asimismo, deja constancia de la adhesión de España a "los principios, valores y mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad".

Año Iberoamericano

La declaración aprobada hoy se enmarca en el contexto de celebración del Año Internacional de las Personas con Discapacidad y propone la declaración del año 2013 como "Año Iberoamericano para la Inclusión Laboral de las Personas con Discapacidad". Se trata de una decisión adoptada en la pasada Cumbre Iberoamericana de Cádiz, celebrada los pasados 16 y 17 de noviembre.

El texto aprobado hace referencia a la realidad de las personas con discapacidad en el mundo, con algunas cifras sobre la situación a nivel internacional: "El 80 por 100 de las personas con discapacidad en edad de trabajar está desempleada por la falta de accesibilidad", señala. La inclusión laboral "no sólo garantiza su integración social, sino que sus efectos positivos, en lo económico y lo social, se extienden a toda la comunidad, ya que permite aprovechar un valioso capital humano, fomenta la cohesión social y reactiva la economía", prosigue la Declaración.

Por ello, el texto indica la necesidad de seguir avanzando en este terreno. En este sentido, la Declaración es una muestra más del Gobierno y de la sociedad civil española en el impulso de los derechos de las personas con discapacidad, especialmente en el ámbito iberoamericano.

Asunto prioritario

Para España la discapacidad es un asunto prioritario, tanto en sus políticas internas, como en el ámbito exterior. Prueba de ello es que nuestro país fue el primero del Grupo de Europa Occidental y el segundo de todo el mundo que ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Este año se cumple el vigésimo aniversario del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, que se celebró por primera vez en 1992 después de que la Asamblea General de Naciones Unidas hiciese un llamamiento a los Estados Miembros para que destacasen su celebración con objeto de proteger sus derechos y explicar los beneficios que se derivan de la inclusión en todos y cada uno de los aspectos de la vida política, social, económica y cultural.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

CASI SETECIENTOS MILLONES PARA LA MODERNIZACIÓN DE REGADÍOS

  • Se van a realizar un total de 87 actuaciones en Andalucía, Castilla y León, Aragón, Comunidad Valenciana, Cataluña, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y Murcia.
  • La financiación de las obras cuenta con fondos Feder, Feder-Cohesión 2007-2013 y Feader.

El Consejo de Ministros ha autorizado un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA), para la realización de obras de modernización y consolidación de regadíos, con un importe total de casi setecientos millones de euros.

Del total de 696.5 millones de euros para el conjunto de las actuaciones, 208,9 millones van a ser financiados por SEIASA y otros 250,5 millones serán aportados por la Unión Europea a través de los Fondos Comunitarios (FEDER, FEDER-Cohesión 2007-2013 y FEADER). El resto de la financiación se distribuye entre las Comunidades de Regantes, que aportarán 206,3 millones, y las Comunidades Autónomas, con 30,8 millones.

Por Comunidades Autónomas, las inversiones previstas son las siguientes: Andalucía (243,6 millones de euros), Castilla y León (173,6 millones), Aragón (75,1 millones), Comunidad Valenciana (65,4 millones de euros), Murcia (52,8 millones), Extremadura (43,3 millones), Cataluña (35,8 millones). Castilla La-Mancha (6,5 millones) y Madrid (200.000 euros).

En total, está prevista la realización de 87 actuaciones en las citadas Comunidades Autónomas, entre las que destacan las veintisiete de Andalucía, las dieciséis de la Comunidad Valenciana, las catorce de Castilla y León y las siete de Aragón.

Mejora de competitividad de las explotaciones

El uso eficiente y racional del agua y la implantación de nuevas tecnologías en el regadío son el motor de la política del Gobierno para la modernización de los sistemas de riego en España, El impulso de la mejora de los recursos hídricos, unido a la mejora de la eficiencia energética, lleva aparejada la mejora de la competitividad de las explotaciones agrarias, gracias a una mayor productividad y a un menor coste de producción.

El Gobierno de España, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, sigue apostando por la modernización de los regadíos, conforme a los criterios de racionalidad y sostenibilidad que deben sustentar las actuaciones del sector público.


Hacienda y Administraciones Públicas

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA A LA DECISIÓN DEL GOBIERNO VASCO DE ABONAR LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO

  • Se solicita al Consejo de Estado que en el plazo de tres días hábiles emita el pertinente dictamen, a cuya aprobación está condicionada la aplicación efectiva de este Acuerdo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por que se plantea Conflicto Positivo de Competencia ante el Tribunal Constitucional al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la decisión del Gobierno Vasco de los trabajadores del sector público de esta Comunidad cobren la paga extraordinaria de diciembre de 2012, así como de las actuaciones o disposiciones que apliquen este criterio.

Se decide plantear el Conflicto Positivo de Competencias ante el Tribunal Constitucional ya en este momento al existir un acuerdo del Gobierno vasco documentado por su portavoz en comparecencia oficial, y difundido en la página web de la institución, que contraviene el carácter básico del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

En su artículo 2 de este Real Decreto Ley establecía que el personal del sector público, incluido el autonómico, "verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes".

Web del Gobierno Vasco

El conflicto se plantea contra la decisión del Gobierno Vasco confirmada por la manifestación de la portavoz del Gobierno autonómico publicada en la página web oficial del Gobierno Vasco www.irekia.net/es/news/12978/-los-funcionarios-vascos-cobrarán-paga-extra-navidad, por la que los trabajadores y trabajadoras del sector público vasco cobrarán la paga extraordinaria de diciembre de 2012, así como respecto de las actuaciones o disposiciones que apliquen este criterio, conforme a los artículos 161 de la Constitución y 62 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, con expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución, a fin de que se produzca la suspensión de dichas actuaciones.

Consejo de Estado

Igualmente, el Consejo de Ministros ha acordado solicitar el pertinente Dictamen del Consejo de Estado que, ante la inminente aplicación de la decisión impugnada, se emitirá en un plazo máximo de tres días hábiles, dentro de la posibilidad prevista en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Consejo de Estado.

Obtenido el dictamen del Consejo de Estado, será plenamente eficaz el Acuerdo del Consejo de Ministros. Se condiciona la eficacia, pero no la validez, del Acuerdo a que el Dictamen del Consejo de Estado a obtener la próxima semana no formule de manera mayoritaria observaciones esenciales.

Tras este trámite, la Abogacía del Estado interpondrá el conflicto ante el Tribunal Constitucional la próxima semana. El próximo Pleno de este Tribunal debe adoptar la providencia de admisión a trámite. La suspensión opera desde que se comunica a ambas partes la providencia. El Tribunal Constitucional tiene un plazo no superior a cinco meses para ratificarla o levantarla.

El conflicto defiende la legitimidad del Estado para establecer límites retributivos de los empleados públicos, que operan como límites de la autonomía financiera autonómica, según se establece en la doctrina del propio Tribunal Constitucional en las siguientes sentencias: 63/1986; 96/1990; 237/1992; 171/1996 y 103/1997.


Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el nuevo Reglamento sobre obligaciones de facturación. El fin de este Real Decreto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2013, es transponer una directiva comunitaria de 2010 sobre normas de facturación. Con ello se reducirán las cargas administrativas y se facilitarán las transacciones económicas además de contribuir a la seguridad jurídica de los agentes económicos, sobre todo, en los casos de operaciones intracomunitarias.

La norma regula un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la completa u ordinaria y la simplificada. Las facturas simplificadas podrán expedirse cuando su importe no exceda de cuatrocientos euros, IVA incluido, o se trate de facturas rectificativas. También podrá aplicarse cuando su importe no exceda de tres mil euros, IVA incluido, y se trate de supuestos en los que se ha autorizado la expedición de tiques en sustitución de facturas.

Facturas en papel y electrónica

La nueva regulación impulsa también la facturación electrónica con el ánimo de reducir costes y hacer más competitivas a las empresas. El principio que regirá es el de igualdad de trato entre la factura en papel y la electrónica. De esta forma, el contribuyente podrá expedir facturas por vía electrónica sin necesidad de que las mismas estén sujetas al empleo de una tecnología determinada.

Por otro lado, para mejorar el funcionamiento del mercado interior, se impone un plazo armonizado para la expedición de facturas en determinadas entregas de bienes o prestaciones intracomunitarias. Este será antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del impuesto, siempre que el destinatario sea un empresario o profesional.

Por otra parte, no se exigirá la expedición de factura en el caso de determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros, sujetas y exentas en el IVA. Sí existirá esta obligación cuando estas operaciones se realicen en el territorio de aplicación del impuesto o en otro Estado miembro de la UE, y estén sujetas y no exentas al impuesto.


Interior

CONVENIO PARA LA PARTICIPACIÓN DE ACNUR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE REFUGIADOS Y DE ASILO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que el que se toma conocimiento del Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para garantizar la participación de ACNUR en el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y la concesión del derecho de asilo. Asimismo, se autoriza una contribución voluntaria a favor de ACNUR por un importe de 270.848 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, de 2009, la representación en España de ACNUR debe intervenir, preceptivamente, en el procedimiento de concesión del derecho de asilo mediante la emisión de un informe preceptivo sobre cualquier solicitud, el derecho a entrevistarse con el solicitante en cualquier momento, incluso en frontera, o la participación en la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, entre otras funciones legalmente previstas.

España viene financiando dicha participación, asumiendo los gastos derivados de las retribuciones de estos representantes, así como los de sus desplazamientos por el territorio nacional para realizar tales funciones. Con esta finalidad, desde el año 2009 se ha venido dotando en los presupuestos de la Dirección General de Política Interior el correspondiente crédito para financiar la participación de ACNUR en los procedimientos de asilo, y se ha articulado mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración. Para este ejercicio resulta necesario suscribir un nuevo Convenio y su financiación asciende a 270.848 euros, mientras que el pasado ejercicio fue de 338.560 euros.

En virtud de lo previsto en el Convenio, ACNUR se compromete a proporcionar cinco puestos de oficiales de protección para ejercer los cometidos que la legislación de asilo atribuye al citado Organismo, mientras que el Ministerio del Interior asumirá sus retribuciones y gastos de desplazamiento.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

APORTACIÓN AL BANCO MUNDIAL PARA LA INICIATIVA DE FINANCIACIÓN A FAVOR DE LA INMUNIZACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado el pago de 8.622.250,00 euros al Banco Mundial como agente administrador de la Iniciativa de Financiación Internacional a Favor de la Inmunización (IFFIm)

El Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) realiza la aportación al Banco Mundial, organismo especializado de las Naciones Unidas, que funciona como agente administrador de la IFFIm, cuyo objetivo es financiar grandes programas de vacunación a nivel internacional.

Los donantes de esta Iniciativa se han comprometido a aportar casi cuatro mil millones de dólares en veinte años para financiar grandes programas de vacunación. Esta aportación a la Iniciativa es prioritaria y estratégica, y concordante con las directrices establecidas en el Plan Director de la Cooperación Española.


Educación, Cultura y Deporte

CONCESIÓN DE DIEZ GRANDES CRUCES DE LA ORDEN DE ALFONSO X EL SABIO

El Consejo de Ministros ha aprobado diez Reales Decretos mediante los cuales se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a otras tantas personalidades, en atención a los méritos y circunstancias que concurren en ellas.

La Gran Cruz tiene carácter restringido (500) y únicamente podrá ser otorgada a personas físicas españolas o extranjeras que hayan contribuido en grado extraordinario al desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia o la investigación, siempre que sea patente el nivel excepcional de sus méritos.

En esta ocasión, las personas a las que se les concede esta distinción son:

  • Plácido Arango Arias. Nacido en México, es vocal del Patronato de la Fundación Príncipe de Asturias, de la que fue su Presidente. Académico correspondiente de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, cuenta con una importante colección de arte antiguo, moderno y contemporáneo. Ha sido vocal del Real Patronato del Museo del Prado y desde 2007 hasta 2012, Presidente del mismo.
  • Gonzalo Díaz Díaz. Profesor de Historia del Pensamiento Occidental en la Universidad de Murcia, investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, eminente filósofo, ha contribuido de modo extraordinario al desarrollo de la educación e investigación de la filosofía en España. Su monumental obra "Hombres y Documentos de la filosofía española", recopilación bio-bibliográfica de la vida y obra de los filósofos españoles e hispano-americanos, es la principal referencia de la historiografía filosófica española.
  • Alejandro Font de Mora Turón. Médico Forense y especialista en medicina interna, ha sido conseller de Cultura, Educación y Deporte y, posteriormente, conseller de Educación en la Comunidad Valenciana, puestos desde los que impulsó el desarrollo de la normativa de protección del patrimonio cultural valenciano, así como acciones y normativa en materia educativa, de manera pionera en España.
  • Carmen Maestro Martín. Profesora de Educación Secundaria, desde 1985 ha desempeñado diversos puestos de responsabilidad en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desde los que ha contribuido con gran dedicación al desarrollo de la educación en España. En el período 1988-2006 ejerció como directora general de Centros Escolares. Desde el año 2006 hasta 2012 ha sido presidenta del Consejo Escolar del Estado.

  • Juan Velarde Fuertes. Doctor Honoris Causa de la Universidad Rey Juan Carlos, Catedrático de Estructura e Instituciones Económicas en las Universidades de Barcelona y Madrid, ha dedicado la mayor parte de su vida a la docencia y la investigación, en los que ha destacado por su entrega y prestigio alcanzado. Obtuvo en 1992 el Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales. Ha desempeñado varios cargos en el Tribunal de Cuentas y en la Administración General del Estado, entre ellos, el de secretario general Técnico del Ministerio de Educación.
  • Eugenio Nasarre Goicoechea. Licenciado en Derecho, Filosofía, Ciencias Políticas y graduado en Periodismo, pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Ha ejercido diversos puestos de responsabilidad durante los Gobiernos de Adolfo Suárez, Leopoldo Calvo-Sotelo y José María Aznar; entre otros. Fue secretario general de Educación y subsecretario de Cultura. Actualmente, es el vicepresidente primero de la Comisión de Educación y Deporte en el Congreso de los Diputados.
  • César Nombela Cano. Catedrático de Microbiología de la Universidad Complutense de Madrid, creador del Centro de Secuenciación Automatizada de ADN de la Universidad Complutense, ha sido presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, director de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid y presidente vitalicio de la Fundación Carmen y Severo Ochoa. Ha presidido también el Consejo Nacional de Especialidades Farmacéuticas y la Federación Europea de Sociedades de Microbiología, entre otros organismos.
  • Francisco Sánchez Martínez. Catedrático de Astrofísica, creó el primer grupo de investigación astrofísica en España y fue el fundador y director del Instituto de Astrofísica de Canarias, al que ha convertido en uno de los lugares más importantes de observación astrofísica del mundo. Ha dedicado su vida al impulso de la investigación y el desarrollo en los campos de la astronomía y la astrofísica.
  • Ricardo Fernández Gracia. Profesor Adjunto y Director de la Cátedra de Patrimonio y Arte de la Universidad de Navarra, donde desarrolla su labor docente y de investigación, centrada, fundamentalmente, en la iconografía, la promoción de las artes y el patrimonio artístico navarro. Ha formado parte del equipo que realizó el Catálogo Monumental de Navarra y es miembro destacado de diversas instituciones culturales navarras.
  • Miguel Ángel Bezos Pérez. Nacido en Cuba, creó en Estados Unidos la Bezos Family Foundation, dedicada a la mejora de la educación a través de programas de educación personalizada, de aplicación de las tecnologías en nuevos sistemas pedagógicos de enseñanza y de formación del profesorado, y de investigación científica orientada al aprendizaje.


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado operaciones de endeudamiento a las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, Aragón y Valenciana.

Principado de Asturias

A la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se le autoriza a formalizar préstamos a largo plazo y/o realizar emisiones de deuda pública por un importe máximo de 93.130.000 euros. Esta operación de endeudamiento se concede con cargo a su Programa Anual de Endeudamiento de 2012 y sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de marzo de 2013.

Esta Comunidad Autónoma presentó un plan económico financiero de reequilibrio 2012-2014, cuyas medidas de ingresos y gastos fueron declaradas idóneas por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su sesión de 12 de julio de 2012.

Asturias ha solicitado autorización para realizar préstamos a largo plazo y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 344,94 millones de euros, que se destinan a cubrir las necesidades de endeudamiento del ejercicio 2012 previstas en el citado Plan.

Del importe solicitado, se autorizaron 172,47 millones de euros mediante un Acuerdo de Consejo de Ministros del 27 de septiembre de 2012. Por el Acuerdo aprobado hoy se autorizan operaciones de endeudamiento por importe de 93,13 millones de euros, que son el resultado de minorar 79,34 millones de euros a los restantes 172,47 millones de euros que corresponden al incremento de deuda de dicho ejercicio dentro del segundo tramo de déficit del 0,75 por 100 del PIB de la Comunidad Autónoma, establecido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera, del 6 de marzo de 2012. Los mencionados 79,34 millones de euros fueron autorizados por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de marzo de 2012 para la financiación del abono en 2012 de las cantidades aplazadas de la liquidación negativa del sistema de financiación correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, y es preciso descontarlos debido a la ampliación a diez años de dicha devolución.

Aragón

Por otra parte, a la Comunidad Autónoma de Aragón se le autoriza a realizar una o varias emisiones de deuda pública (bonos u obligaciones) o tomar préstamos en euros o monedas distintas del euro, hasta un importe máximo de 252.585.000 euros. Al igual que en el caso de Asturias, esta operación de endeudamiento se concede con cargo a su Programa Anual de Endeudamiento de 2012 y sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de marzo de 2013.

Aragón presentó un plan económico financiero de reequilibrio 2012-2014, cuyas medidas de ingresos y gastos fueron declaradas idóneas por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su sesión de 17 de mayo de 2012.

Así, la Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para realizar esta operación de endeudamiento que se destina a cubrir las necesidades de endeudamiento del ejercicio 2012 previstas en el citado Plan. Esta operación se autoriza con cargo al incremento de deuda de dicho ejercicio y se encuentra dentro del primer tramo del 0,75 por 100 del PIB de la Comunidad Autónoma, establecido en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera, del pasado 6 de marzo.

Comunitat Valenciana

Por último, a la Comunitat Valenciana se le ha autorizado a tomar préstamos a largo plazo en euros hasta un importe máximo de 732.318.000 euros. Dicha operación es conforme con el Programa Anual de Endeudamiento de 2012 acordado entre el Estado y la Comunidad Autónoma y sólo podrá amparar operaciones formalizadas dentro de dicho ejercicio.

La Comunitat Valenciana presentó su plan económico-financiero de reequilibrio 2012-2014 cuyas medidas de ingresos y gastos fueron declaradas idóneas por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su sesión de 17 de mayo de 2012.

De acuerdo con ello, la Comunidad ha solicitado autorización para formalizar préstamos a largo plazo, a cargo del Fondo de Liquidez Autonómica, hasta un importe máximo de 732,32 millones de euros, que tienen por finalidad cubrir las amortizaciones de emisiones de deuda minorista en el ejercicio 2012, por lo que la operación no supondrá un aumento del endeudamiento de la Comunidad al final del ejercicio.

Las características de la operación serán las recogidas en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 25 de octubre por el que se autoriza la suscripción y se determinan las condiciones para la concertación de una operación de crédito derivada del mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas.


Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA DETERMINADOS PRECEPTOS DE LA LEY DE CATALUÑA DE URBANISMO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita del presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 59 y 64 y el apartado séptimo de la Disposición Adicional Sexta de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de la Generalidad de Cataluña, de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto.

El Gobierno considera que la ley catalana vulnera la normativa básica establecida por el Estado en materia de patrimonios públicos de suelo, sobre el destino de los ingresos de la enajenación de suelo público y el destino de suelos cedidos.

Además, se vulnera también lo establecido en la normativa estatal en cuanto a la primera ocupación de las edificaciones de nueva planta que requieren un acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa. Se considera, por tanto, que no es correcta la previsión de la ley catalana, ya que sujeta al régimen de comunicación previa la primera utilización y ocupación de los edificios y las construcciones.

Igualmente, se considera que existe extralimitación competencial en la ley catalana, porque establece una nueva fórmula de ocupación y explotación del dominio público marítimo-terrestre, como es la comunicación previa, distinta de la concesión y autorización que rige en la legislación estatal.

Solicitada la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de 1979, el Acuerdo aprobado hoy implicará la suspensión de los preceptos recurridos, una vez admitida a trámite la impugnación por el Tribunal Constitucional.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

CONVENIOS CON CEUTA Y MELILLA PARA PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE ASISTENCIA SOCIAL

El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización para la suscripción de sendos convenios entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla para la realización de programas y actividades en materia de asistencia social durante el ejercicio 2012.

En virtud de estos Convenios de colaboración se concede a cada una de las ciudades una subvención por importe de un millón de de euros. De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones, esta ayuda debe ser canalizada mediante un convenio.

Los programas y actividades en materia de asistencia social persiguen unos objetivos comunes orientados al fomento de la inclusión social, la cohesión social y el desarrollo sostenible. Se asegura así la reducción de las desigualdades y la prevención de la exclusión social, abarcando ámbitos como la atención a discapacitados, enfermos, mayores o plazas de residencias para los mismos, entre otros.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

CONVENIO CON LA RIOJA PARA EL SERVICIO TELEFÓNICO DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización para la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de la violencia de género.

Con éste, ya son trece las Comunidades Autónomas, más Ceuta y Melilla, que han suscrito convenios de esta naturaleza. La colaboración entre ambas Administraciones implica, esencialmente, la derivación automática entre las llamadas recibidas en el teléfono 016, dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y el teléfono afectado de la Comunidad Autónoma. De este modo, corresponderá la atención a uno o al otro, en función del tipo de servicio solicitado: información, asesoramiento jurídico especializado o emergencia.

Con esta medida, que no conlleva ninguna contraprestación económica entre los organismos firmantes, se garantiza el derecho a la información y al asesoramiento a las mujeres que sufren este tipo de violencia, reconocido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.


Defensa

ADQUISICIÓN DE DOS HELICÓPTEROS EXCEDENTARIOS DE LA ARMADA DE ESTADOS UNIDOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de adquisición de dos helicópteros SH60-F procedentes de artículos excedentes de la Armada de Estados Unidos.

La capacidad de helitransporte táctico de la Armada ha sido cubierta hasta la fecha por los helicópteros AB-212 y SH-3D, de la Flotilla de Aeronaves en las Operaciones "Atalanta" (en Somalia) y "Active Endeavour" y "Unified Protector" (en el Mediterráneo). La reconfiguración de los primeros para misiones de Vigilancia Marítima, así como la excesiva edad de los segundos y su prevista retirada del servicio a corto plazo, hacen imprescindible su reemplazo por un modelo naval de transporte de tropas.

Para cubrir esta necesidad, se ha optado por la adquisición de helicópteros antisubmarinos SH-60F, a mitad de su vida operativa, procedentes de excedentes de la Armada de Estados Unidos, que serán transformados a versión de transporte táctico mediante la instalación de asientos de tropa.

El importe del expediente asciende a 24.511.476,67 euros.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FIRMA DEL ACUERDO MARCO GLOBAL ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y VIETNAM

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad referéndum" del Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros por una parte, y la República de Vietnam, por otra, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Las relaciones de la Unión Europea con Vietnam datan de octubre de 1990 y se han desarrollado notablemente desde entonces. Originalmente centradas en la cooperación al desarrollo y los intercambios comerciales y regidas, tanto por el Acuerdo de Cooperación CEE - ASEAN de 1980, como por el Acuerdo de Cooperación UE-Vietnam de 1995, la compleja experiencia adquirida con los años ha aconsejado a las partes dotarse de un instrumento más adecuado a la realidad actual.

ASEAN en su conjunto representa el tercer mercado de la Unión Europea fuera de Europa; Vietnam es su quinto socio comercial entre los países de la Asociación mientras que la Unión es para Vietnam el tercer socio comercial en el mundo.

Sólido crecimiento socio-económico

Como miembro fundamental de ASEAN que registra un sólido crecimiento socio-económico y aspira a asumir crecientes responsabilidades en la escena regional e internacional, Vietnam es contraparte necesaria para la política asiática de la Unión. La Unión y Vietnam se reclaman partidarios de un sistema multilateral basado en normas jurídicas sólidas que aliente la cooperación entre países y regiones para hacer frente a desafíos de alcance transnacional.

En este sentido, la Unión Europea valora positivamente la voluntad de Vietnam de desempeñar un papel más activo en asuntos como el cambio climático y sus efectos sobre las poblaciones y el medio ambiente, la no-proliferación de armas de destrucción masiva, y la estabilidad y prosperidad regionales. A todo ello se suma el hecho de que desde julio de 2012 Vietnam es el coordinador de ASEAN para las relaciones con la Unión Europea.

El Acuerdo Marco Global no es un acuerdo de libre comercio y no contempla concesiones específicas pero facilitará las negociaciones de un acuerdo de este tipo, que han comenzado oficialmente el 26 de junio de 2012 en Bruselas su objeto es reforzar las relaciones bilaterales, con el compromiso de mantener un diálogo global y promover una mayor cooperación en todos los sectores de interés común, desarrollando especialmente el comercio y la inversión entre las Partes en beneficio mutuo.

El Acuerdo consta de un preámbulo en el que se recogen "cláusulas políticas", tales como el compromiso con los derechos humanos, la no proliferación de armas de destrucción masiva, la Corte Penal Internacional, etcétera. Asimismo, se reconoce el estatuto de Vietnam como economía en desarrollo y se destaca la importancia del comercio en el desarrollo sostenible.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO CON COSTA DE MARFIL EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de cooperación en materia de lucha contra la delincuencia entre el Reino de España y la República de la Costa de Marfil, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el pasado 13 de julio de 2012.

El Acuerdo responde a la preocupación que comparten ambos países por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por el reto que plantean a la seguridad, el tráfico de personas, el tráfico de drogas, el terrorismo y las nuevas formas de delincuencia.

Este Acuerdo incluye el compromiso general de cooperar en el ámbito de la seguridad y precisa con gran amplitud los delitos a los que se extenderá dicha cooperación.

Son especialmente relevantes la referencia específica al terrorismo como forma de criminalidad, la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas, así como el intercambio de información respecto a la comisión de un gran número de delitos que responden a las necesidades planteadas en este ámbito.

Se establecen las condiciones para proceder al intercambio de información entre ambas partes y cabe destacar la garantía en la protección de la información confidencial en virtud de las respectivas legislaciones nacionales.


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 2.261.002,89 euros, con la siguiente distribución:

  • 925.495,07 euros para un crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, destinado al cumplimiento de una sentencia de la Audiencia Nacional de 2011, condenatoria al pago a la Universidad de Navarra de las compensaciones económicas por la colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social durante los meses de enero a abril de 2008.
  • 1.002.299,81 euros para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior, con el objeto de atender los gastos derivados de dos sentencias del Tribunal Supremo de 2012 y un auto de ejecución del Tribunal Militar Territorial Primero, por responsabilidad civil subsidiaria del Estado, en relación a la condena de un Caballero Alférez Cadete de la Guardia Civil por la realización de un disparo accidental.
  • 333.208,01 euros para la financiación de un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior, con destino al pago de los gastos correspondientes al personal sanitario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en concepto de gratificaciones por prestación efectiva de guardias de presencia física y servicios en régimen de localización que supongan un exceso en la jornada laboral, según sentencias y autos dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL PROTOCOLO DEL CONVENIO DE LA O.I.T. SOBRE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales, para su conocimiento, del Protocolo del Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores, 1981, número 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en la 90ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra del 3 al 20 de junio de 2002.

El Protocolo tiene por objeto establecer los procedimientos para la declaración de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por parte de los empleadores, de las instituciones aseguradoras y de los organismos interesados, así como la elaboración y publicación por las autoridades competentes de estadísticas anuales de accidentes de trabajo y otras cuestiones conexas.

En su texto se abordan, fundamentalmente, las siguientes cuestiones:

-Se definen los términos "accidente de trabajo", "enfermedad profesional" y "accidente de trayecto".

-Se fijan los sistemas de registro y notificación de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.

-Se determinan los procedimientos de publicación de las enfermedades profesionales.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajadora de España en el Reino de Tailandia.-

Dª MARÍA DEL CARMEN MORENO RAYMUNDO.

Nacida el 31 de mayo de 1965, es Licenciada en Derecho y Máster en Estudios de Asia Oriental, e ingresó en 1991 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en Pakistán, India y Malasia. Fue directora adjunta y vocal asesora en el Gabinete del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores. Ha sido cónsul de España en La Habana, consejera cultural en la Embajada de España en la República Popular China y directora general de Cooperación para Asia, África y Europa Oriental en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Actualmente era jefa del Gabinete del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

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