Madrid
SUMARIO
Presidencia
- Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, para flexibilizar los modos de gestión de los canales públicos de televisión autonómica.
- REAL DECRETO LEY de modificación del régimen de administración de la Corporación RTVE previsto en la Ley 17/2006, de 5 de junio.
- INFORME sobre los efectos de la decisión de la República Argentina de expropiación de acciones de Repsol en YPF.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se autoriza la aceptación de las Enmiendas a los artículos 1 y 18 del Convenio Constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), hecho en París el 29 de mayo de 1990, adoptadas en Londres el 30 de septiembre de 2011 mediante resoluciones 137 y 138, y se dispone su remisión a las Cortes Generales, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de las decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles, del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969, en su XXIX Sesión Plenaria de 16 de abril de 2008 (Decisiones XXIX-26 a XXIX-39).
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de las decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles, del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969, en su XXIX Sesión Plenaria de 23 y 24 de septiembre de 2008 (Decisiones XXIX-40 a XXIX-59).
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de las Enmiendas de Manila de 2010 al Código de formación, titulación y guardia para la gente del mar (Código de Formación)", aprobadas mediante la Resolución 2 de la Conferencia de las partes en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar, 1978.
ACUERDO por el que se aprueba la firma "ad referéndum" del Acuerdo de contratación pública común para la contratación de una entidad única supervisora de las Subastas y se dispone su remisión a las Cortes Generales, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo sobre el establecimiento de una Comisión preparatoria para el Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el diálogo interreligioso e intercultural.
Justicia
- REALES DECRETOS por los que se indulta a José Ramón Ramírez García y Miguel Ángel Sáez García de la pena de inhabilitación especial a la que fueron condenados como cómplices de un delito de falsedad en documento oficial en el caso del accidente del avión Yak-42.
- ACUERDO por el que decide la continuación del procedimiento de extradición activa de José Manuel Azcárate Ramos por delitos de secuestro, utilización ilegítima de vehículo a motor, robo con intimidación, falsificación de documento oficial, estragos, pertenencia a banda armada, depósito de armas de guerra y tenencia de explosivos.
Hacienda y Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para realizar emisiones de deuda pública o tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 617.090.000 euros.
- ACUERDO por el que se prorrogan, hasta el 30 de junio de 2012, los Acuerdos de 2 de diciembre de 2011 y de 11 de noviembre de 2011, por los que se autoriza a la Comunitat Valenciana para realizar operaciones financieras a largo plazo, hasta un importe máximo de 2.882.404.697,96 euros.
- ACUERDO por el que se plantea conflicto positivo de competencia al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Orden de 13 de febrero de 2012, de la Consejería de Educación, por la que se efectúa la convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en cuerpos docentes no universitarios.
Fomento
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: túnel de Prado. Vía izquierda". Longitud 7,61 km. Valor estimado del contrato: 107.982.070,75 euros, en Ourense.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: Vilariño-Campobecerros. Vía derecha". Longitud 6,96 km. Valor estimado del contrato: 102.058.125,77 euros, en Ourense.- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia, tramo: Vilariño-Campobecerros. Vía izquierda".Longitud 7,91 km. Valor estimado del contrato: 107.027.889,97 euros, en Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: túnel del Espiño. Vía derecha". Longitud 8,13 km. Valor estimado del contrato: 121.016.206,95 euros, en Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: túnel del Espiño. Vía izquierda. Longitud 8,21 km. Valor estimado del contrato: 131.846.597,67 euros, en Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: túnel de la Canda. Vía izquierda". Longitud 7,25 km. Valor estimado del contrato: 105.141.463,94 euros, en Zamora y Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del corredor norte-noroeste de alta velocidad. Línea de alta velocidad Madrid-Galicia. Tramo: túnel de la Canda. Vía derecha". Longitud 7,41 km. Valor estimado del contrato: 110.866.175,70 euros, en Zamora y Ourense.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de alta velocidad de Villena. Línea de alta velocidad de Levante, Madrid Castilla-La Mancha Comunidad Valenciana Región de Murcia. Tramo Villena-Sax. Presupuesto de licitación: 13.165.823,25 euros. Valor estimado del contrato: 13.165.823,25 euros.
Educación, Cultura y Deporte
- REAL DECRETO LEY de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
- REAL DECRETO por el que se crea la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- REAL DECRETO LEY de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
- ACUERDO por el que se establecen las cuantías de diversas contribuciones a organismos internacionales durante los años 2011 y 2012 en el ámbito del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por importe de 87.862,35 euros.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República Italiana a D. FRANCISCO JAVIER ELORZA CAVENGT.
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República Bolivariana de Venezuela a D. ANTONIO PÉREZ-HERNÁNDEZ Y TORRA.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
APROBADA LA REFORMA QUE GARANTIZA LA SOSTENIBILIDAD DE LA SANIDAD PÚBLICA
- Permitirá un ahorro superior a los siete mil millones de euros de gasto sanitario, propuesto por la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto Ley, medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. El objetivo principal de esta norma es garantizar la sostenibilidad de la Sanidad Pública. A su vez, será el instrumento que permita generar unos ahorros superiores a los 7.000 millones de euros en gasto sanitario.
El Real Decreto Ley recoge modificaciones normativas en seis grandes áreas:
Universalidad
La reforma garantiza la universalidad de la sanidad y, al mismo tiempo, pone fin a los abusos en las prestaciones sanitarias. Por primera vez en la historia se establecen controles para evitar el denominado "turismo sanitario" y el uso fraudulento por parte de ciudadanos extranjeros de los servicios de salud.
Para ello, se adapta de forma correcta la normativa europea, que permite la libre circulación, pero prohíbe explícitamente desplazarse a otro estado miembro con el único objetivo de recibir asistencia sanitaria. El hecho de no haber llevado a cabo estas modificaciones legislativas antes ha impedido que se pueda facturar a su país de origen la atención de unos setecientos mil extranjeros al año, lo que ha ocasionado un gasto de 917 millones de euros en un solo año, de acuerdo con el Tribunal de Cuentas.
E-Salud y cartera de servicios común
Se ha constatado que existen diferencias entre las prestaciones que reciben los españoles, en función de la Comunidad Autónoma en la que residen. Por ello, la reforma aprobada sienta las bases para establecer, con criterios de igualdad, calidad, eficacia y eficiencia, una cartera de servicios común.
Estará dividida en categorías. Entre ellas, la cartera básica común de asistencia sanitaria incluirá los servicios de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se dispensan en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, servicios que seguirán siendo gratuitos. De este modo, el Gobierno cumple su compromiso de no establecer el copago en la asistencia sanitaria.
La Red de Agencias de Evaluación de Tecnologías y Prestaciones, similar al NICE británico, será la encargada de evaluar la ordenación prevista en la cartera de una manera imparcial y objetiva.
Esta medida se complementa con la introducción de las nuevas tecnologías, la llamada ESalud, en el sistema sanitario, lo que permitirá implantar la tarjeta sanitaria común compatible para todas las Comunidades Autónomas y la historia clínica digital. De este modo, se reducirán las visitas y pruebas médicas innecesarias. Este conjunto de medidas permitirá un ahorro mínimo de setecientos millones de euros.
Gasto farmacéutico y cartera suplementaria
La reforma crea un nuevo sistema de aportaciones del usuario en farmacia. En este ámbito, la aportación del usuario no es algo nuevo, ya existía. Lo que se pretende es mejorar la equidad, con una fórmula más justa, que tiene en cuenta la renta, la condición de activo o pasivo y la condición de enfermo crónico.
El Real Decreto Ley establece una aportación de los pensionistas. Se ha considerado una medida necesaria, ya que consumen casi el 80 por 100 de los fármacos dispensados a través de recetas. Con carácter general, pagarán el 10 por 100 del precio de las medicinas. No obstante, los titulares de pensiones no contributivas estarán exentos. Tampoco tendrán que pagar por los fármacos, por primera vez, los parados de larga duración.
En cuanto a los demás titulares de pensiones, los que no tengan obligación de hacer la declaración de la renta (el 90 por 100 del total) aportarán un máximo de ocho euros al mes. Para los que tengan obligación de declarar, el máximo estará en dieciocho euros mensuales.
Los pensionistas con rentas superiores a los cien mil euros anuales pagarán el 60 por 100 de las medicinas, pero tendrán un tope de sesenta euros al mes.
En cuanto a los activos, los que no tengan obligación de hacer la declaración de la renta seguirán pagando el 40 por 100 del precio de los fármacos, como hasta ahora; los que tengan obligación de hacerla pagarán el 50 por 100, y las rentas superiores a cien mil euros, pagarán el 60 por 100.
Este nuevo sistema, que podrá empezar a funcionar en un plazo de dos meses, tendrá, además, un efecto disuasorio que evite que se acumulen y se tiren medicamentos pagados de forma masiva.
Por otra parte, el Real Decreto Ley incluye un nuevo sistema de actualización del Nomenclator de medicamentos, que sacará los fármacos obsoletos o sin eficacia terapéutica, a la vez que se incorporan otros innovadores.
Asimismo, se fijarán precios de referencia y precios seleccionados para abaratar las medicinas.
Al mismo tiempo, se potenciará el uso de genéricos, y se adecuarán los envases a la duración de los tratamientos. Todas estas medidas supondrán un ahorro estimado de 3.550 millones de euros.
Medidas de eficiencia
La reforma también establece la creación de una Plataforma de Compras Centralizada. Este mecanismo de ahorro, que ya ha comenzado a funcionar en la compra de vacunas, generando importantes ahorros, se extenderá a toda la sanidad. De este modo, se aplicará tanto para medicamentos hospitalarios, como para tecnología médica. Este sistema generará un ahorro mínimo de mil millones de euros, que podría llegar a mil quinientos millones.
Ordenación de los recursos humanos
Con las medidas contenidas en el Real Decreto Ley, se impulsa el desarrollo profesional del personal sanitario y se da cumplimiento a peticiones históricas, que reclamaban facilitar la movilidad e estos profesionales entre los servicios de salud. Para ello se elaborará un catálogo homogéneo de categorías profesionales donde se establezcan equivalencias.
Este conjunto de medidas, además, permitirá un ahorro adicional de quinientos millones de euros.
Pacto sociosanitario
La reforma incluye mecanismos para que el sector de la Sanidad y el de los Servicios Sociales funcionen de manera coordinada, y así se aprovechen los recursos de forma ordenada. De este modo, por ejemplo, se garantizará que se recibe la atención adecuada en una residencia de mayores cuando no es necesario el uso de una cama hospitalaria.
Con este sistema se ahorraría en torno a seiscientos millones de euros.
Educación, Cultura y Deporte
MEDIDAS URGENTES DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO EN EL ÁMBITO EDUCATIVO
- El objetivo es introducir mecanismos de flexibilidad en la legislación educativa para permitir a las Comunidades Autónomas racionalizar su gasto educativo y que éste sea más eficaz.
- Estas medidas de racionalización del gasto no son la reforma educativa del Gobierno, pero si condición previa y necesaria para llevarla a cabo.
- El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha presentado una batería de medidas que buscan incrementar la eficiencia dentro del sector universitario.
- El grado de aplicación de estas medidas corresponde a las Comunidades Autónomas
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito Educativo. El objetivo es introducir mecanismos de flexibilidad en la legislación educativa para permitir a las Comunidades Autónomas racionalizar su gasto educativo y que éste sea más eficaz.
Estas medidas son de carácter dispositivo. Cada Comunidad podrá modular la aplicación de estas medidas dependiendo de su situación financiera.
MEDIDAS DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO QUE AFECTA A LAS ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS
Modificación de las ratios de la Ley Orgánica de Educación con carácter temporal
Permite a las Comunidades Autónomas en momentos de limitación de la tasa de reposición (cuando esta sea inferior al 50 por 100) aumentar en un 20 por 100 el número máximo de alumnos por clase previsto en la Ley Orgánica de Educación: veinticinco en Primaria y treinta en Secundaria.
- En la actualidad la Ley Orgánica de Educación ya contempla un incremento del 10 por 100 del número máximo de alumnos (artículo 87.2), por lo que sólo se plantea un incremento de otro 10 por 100 sobre lo ya previsto en la Ley.
Aumento de las horas lectivas del personal docente
Establecer un mínimo de veinticinco horas lectivas en Educación Infantil y Primaria y de veinte horas en las restantes enseñanzas, sin perjuicio de las reducciones que correspondan por ejercicio de funciones de dirección o coordinación del centro.
- Es una medida que exige un esfuerzo por parte de los docentes pero que tampoco va a afectar a la calidad de la educación. Hay margen de actuación en este punto en la medida en que la ratio alumnos/profesor de España (8.6) es la segunda más baja de toda la UE y la OCDE. De hecho, España se encuentra, junto a Portugal, Italia, Eslovenia, Chequia, Austria y Luxemburgo, en el grupo de países de la OCDE que tiene ratios bajas y bajo rendimiento, en contraste con Francia, Alemania, Países Bajos, Estonia o Reino Unido, que tienen ratios altas y alto rendimiento académico.
Aplazamiento de la implantación de los Ciclos Formativos de 2.000 horas previstos en la Ley Orgánica de Educación para Grado Medio y Grado Superior
Se trataría de diferir la aplicación del Real Decreto 1147/2011 al curso 2014-2015, al igual que está previsto con el Real Decreto 1146/2011 para el caso de la ESO.
Modificación del criterio de nombramiento de sustitutos determinando que las bajas inferiores a diez días lectivos deberán ser atendidas por los recursos del propio centro
El nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento.
Eliminación de la obligatoriedad de ofertar, al menos dos modalidades de Bachillerato en los términos previstos en la Ley Orgánica de Educación
Se propone su derogación, a fin de que sean las Administraciones educativas las que determinen la oferta de Bachillerato de los centros, de acuerdo a la demanda de los alumnos y a sus necesidades de organización educativa.
MEDIDAS DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO QUE AFECTA A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS
Aproximación de los precios públicos de los servicios académicos de las Universidades al coste efectivo de los mismos
El coste de la primera matrícula cubrirá entre el 15 y el 25 por 100 del coste real en los títulos de Grado y Másteres habilitantes para el ejercicio de una profesión.
La segunda matrícula cubrirá entre el 30 y el 40 por 100 del coste real.
La tercera matrícula entre el 65 y el 75 por 100
La cuarta matrícula entre el 90 y el 100 por 100 del coste real de las enseñanzas.
Para el resto de Másteres, los no habilitantes para el ejercicio de una profesión, la primera matrícula cubrirá entre el 40 y el 50 por 100 del coste real, y entre el 65 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matrícula.
El grado de aplicación dependerá de cada Comunidad Autónoma.
Racionalizar el número de titulaciones de grado mediante la exigencia de un número mínimo de alumnos
Esta medida tiene por objeto actuar sobre la dimensión mínima de una oferta "viable", es decir, sobre el número mínimo de alumnos que ha de tener una titulación. Este criterio lo fijarán las Comunidades Autónomas en diálogo con las Universidades.
Hay que tener en cuenta varios datos:
- Casi el 30 por 100 de los títulos comienza con menos del número mínimo de alumnos para garantizar su viabilidad económica (cincuenta alumnos).
- España cuenta con 79 universidades y 236 campus, que ofertan 2.413 grados universitarios, 2.758 másteres y 1.680 doctorados. Existe un excedente de oferta de enseñanza universitaria que la Conferencia de Rectores cifró en el curso 2008/2009 en más del 13 por 100.
Régimen de dedicación del profesorado universitario
El profesor universitario tiene una doble función: la docente y la investigadora. Sin embargo, solo el 50 por 100 de los mismos está investigando (tiene un sexenio de investigación vivo). Por ello, se propone adaptar el régimen de dedicación según si cumplen sólo con la función docente o con ambas (la docente y la investigadora).
- Aquellos funcionarios docentes sin sexenio en activo o vivo, que amplíen su dedicación máxima docente de 24 a 32 créditos al año.
- Los que mantengan los sexenios activos o vivos, seguirían en la misma situación de dedicación máxima, los veinticuatro créditos anuales. Este grupo es el mayoritario dentro de la Universidad (más del 50 por 100).
- Aquellos que muestren excelencia en la investigación se especialicen en ésta, reduciendo su dedicación máxima docente a un máximo de dieciséis créditos. Esto último se acreditará mediante un sexenio de excelencia que se definirá en desarrollos normativos posteriores.
- No se aumenta el número de horas de clase a todos los profesores, sólo a aquellos que mayoritariamente se dedican a su función docente.
Incorporar el principio de estabilidad presupuestaria a las Universidades
Se trata de diseñar un sistema que garantice la estabilidad presupuestaria de las universidades, no sólo en el momento de elaborar el presupuesto sino también en la liquidación del mismo. Se establecerá además un sistema punitivo para aquellas universidades que incumplan, a cargo de las Comunidades Autónomas.
Limitación de incorporación de personal de nuevo ingreso en las Universidades
Los nuevos ingresos deberás acomodarse a lo que al efecto disponga la normativa básica sobre Oferta de Empleo Público.
Presidencia
FLEXIBILIZACIÓN DE LOS MODOS DE GESTIÓN DE LOS CÁNONES PÚBLICOS DE TELEVISIONES AUTONÓMICAS
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley de modificación de la Ley General de Comunicación Audiovisual, de 31 de marzo de 2010, para flexibilizar los modos de gestión de los canales públicos de televisión autonómica
Dentro del compromiso del Gobierno para dotar de mayor flexibilidad a las Comunidades Autónomas a la hora gestionar sus televisiones autonómicas, el Consejo de Ministros ha aprobado este Proyecto de Ley, cuyas principales novedades son las siguientes:
- Las Comunidades Autónomas podrán decidir sobre la prestación del servicio público de televisión en sus respectivos ámbitos territoriales.
- Si deciden prestar el servicio público de comunicación audiovisual, se establece la posibilidad de que puedan optar por las siguientes alternativas de gestión:
- Gestión directa, permitiéndose además la cesión total o parcial a terceros de la producción y edición de toda su programación, incluidos los servicios informativos;
- Gestión indirecta;
- Otras modalidades de colaboración público-privada.
- Si deciden no prestar el servicio público de comunicación audiovisual, podrán convocar los correspondientes concursos para la adjudicación de licencias privadas.
- Las Comunidades Autónomas que ya estuvieran prestando el servicio público de televisión podrán transformar la habilitación de servicio público en licencia y transferirlo a un tercero, de acuerdo con su legislación específica.
- Como medida adicional de flexibilidad, se permite que los prestadores de servicio público de ámbito autonómico establezcan acuerdos para la producción, edición y emisión conjunta de contenidos con el objeto de mejorar la eficiencia de su actividad.
- En consonancia con los cambios introducidos, se modifica el régimen de participación de los prestadores de titularidad pública del servicio de televisión autonómico en el capital social de prestadores privados.
- Finalmente, con el objeto de garantizar que los prestadores públicos autonómicos ajusten su actividad al marco de estabilidad presupuestaria, se imponen a las televisiones públicas autonómicas una serie de obligaciones de carácter financiero, entre las que cabe destacar:
- Fijación de un límite máximo de gasto anual que no podrá rebasarse.
- La memoria y el informe de gestión anuales harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financieros y, en caso de no encontrarse en equilibrio, deberán reducir los gastos en el siguiente ejercicio en una cantidad equivalente a la pérdida o déficit generado.
- Obligación de presentar anualmente ante el órgano competente de cada Comunidad Autónoma un informe que ponga de manifiesto que la gestión de la televisión pública se adecua a los principios de la Ley Orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
- Las Comunidades Autónomas deben establecer los sistemas de control que permitan la adecuada supervisión financiera de sus televisiones públicas.
Presidencia
MODIFICADO EL RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE LA CORPORACIÓN RTVE
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de modificación del régimen de administración de la Corporación RTVE, previsto en la Ley de 5 de junio de 2006.
La situación en la que se encuentra la Corporación RTVE desde julio de 2011 exige acometer sin demora, no sólo modificaciones que supongan un ahorro de costes para la entidad, sino también aquellas que permitan la rápida formación del órgano encargado de la gestión y de adoptar las medidas que demanda su situación financiera.
La situación de vacante en el puesto de Presidente de la Corporación RTVE, unida a la necesidad inaplazable de adoptar determinadas decisiones de carácter fundamental para la Corporación, determina que se lleve a cabo una modificación del régimen de administración de la Corporación previsto en la Ley del 5 de julio de 2006, mediante un Real Decreto Ley. En caso contrario, existe un grave riesgo de incumplimiento de la función de servicio público atribuida a la Corporación RTVE.
El Real Decreto Ley lleva a cabo las siguientes modificaciones de la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal, de 2006
a.- Reducción del número de miembros del Consejo de Administración. El número actual de miembros del Consejo de Administración es demasiado elevado por lo que, en aras de criterios de austeridad y racionalización, y para garantizar un funcionamiento eficaz y eficiente de la Corporación, se reducen los doce consejeros actuales a nueve.
b.- Modificación del método de designación. Se modifica el método de designación de los miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE.
En la elección de los miembros del Consejo de Administración, si no se logra la mayoría de dos tercios en la Cámara correspondiente para la designación, la votación se repetirá transcurridas veinticuatro horas. En este caso, cada Cámara elegirá a los consejeros que les corresponda por mayoría absoluta.
En el mismo sentido, en la elección del presidente, si no se logra la mayoría de dos tercios en el Congreso, la votación se repetirá transcurridas veinticuatro horas. En tal caso, se exigirá la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados.
La modificación llevada a cabo recupera el mecanismo previsto en la Ley de 2006, que ya preveía un sistema de mayoría absoluta para evitar el bloqueo en la designación del primer Consejo de Administración de la Corporación. Asimismo, la modificación mantiene la necesidad de que exista un consenso político en la designación de los miembros de la Corporación RTVE, consenso que presidió la aprobación de la citada Ley de 2006.
c.- Eliminación de la remuneración fija de los consejeros de la Corporación RTVE, a excepción del Presidente. En el marco de los principios de austeridad y eficiencia que presiden actualmente la configuración del sector público, se eliminan, a excepción del Presidente de la Corporación, las retribuciones fijas que hasta ahora percibían los miembros del Consejo de Administración, y serán sustituidas por indemnizaciones por asistencia a las sesiones del Consejo, de forma similar a lo que sucede en otros entes públicos. Al modificarse el régimen retributivo, con excepción del presidente de la Corporación, se elimina también la obligación de dedicación exclusiva de los consejeros.
LIBRE ACCESO DE LOS MEDIOS A RECINTOS DEPORTIVOS
Por otro lado, mediante el Real Decreto Ley se ha modificado el artículo 19.4 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual de 2010, para garantizar a las radios el libre acceso a los estadios y recintos al objeto de retransmitir en directo acontecimientos deportivos sin que sea exigible contraprestación alguna.
De este modo, se pone fin al conflicto suscitado en relación con el acceso de las radios a los estadios y recintos deportivos, garantizando, de este modo, el ejercicio del derecho fundamental a comunicar información.
No obstante, como el ejercicio de este derecho por las radios implica hacer uso de determinadas instalaciones de los recintos en los que se celebre el acontecimiento, los operadores radiofónicos deberán abonar a los titulares de los derechos los gastos que se generen como consecuencia del mantenimiento de los espacios de los recintos y demás servicios necesarios para garantizar el derecho a comunicar información.
Las partes fijarán, de común acuerdo, la cuantía de la contraprestación. En caso de desacuerdo sobre dicha cuantía, corresponderá a la autoridad audiovisual competente actualmente la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y, posteriormente, la futura Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia- resolver el conflicto.
Presidencia
INFORME SOBRE LOS EFECTOS DE LA DECISIÓN DE ARGENTINA DE EXPROPIACIÓN DE ACCIONES DE REPSOL EN YPF
El Consejo de Ministros ha recibido un informe sobre los efectos de la decisión de la República Argentina de expropiación de acciones de Repsol en YPF.
El Gobierno español quiere destacar y agradecer el importante apoyo internacional que ha tenido el Gobierno español, y España en su conjunto, en este asunto. Tanto la Unión Europea, y muchos de sus más destacados miembros, como Estados Unidos, numerosos organismos internacionales y el amplio apoyo que se ha tenido en Iberoamérica, han puesto de manifiesto el respaldo que han tenido España y los españoles en este punto: la convicción de todos cuando nos encontramos ante decisiones de esta naturaleza, en la que se ven afectada la Comunidad Internacional, los países que cumplen la legalidad y la seguridad jurídica. Sobre todo, lo que se pone de manifiesto es que, con actuaciones de este tipo de ciertos países, van en contra de sus propios intereses y de su propia reputación internacional, que queda seriamente dañada.
Resolución del Parlamento Europeo
El Gobierno quiere también poner en valor la Resolución que ha aprobado hoy el Parlamento Europeo y quiere agradecer a los Grupos Parlamentarios su apoyo. Se ha refrendado, con un número muy amplio de votos, una Resolución donde se apoya la seguridad jurídica de las inversiones europeas en el mundo. Hay dos elementos muy destacados de acciones futuras de esa Resolución: el primero afecta a la extinción del sistema de preferencias con anterioridad al 1 de enero de 2014, y, en segundo lugar, la posibilidad de negociaciones bilaterales en el ámbito de Mercosur y no en el conjunto de la Comunidad Andina para ese tipo de decisiones.
Además, el Gobierno seguirá trabajando en el ámbito internacional en todos los foros, porque es su obligación proteger los intereses de los españoles, de los que muchos son pequeños accionistas en esa empresa.
Orden Ministerial
Por otra parte, el ministro de Industria, Energía y Turismo ha presentado al Consejo de Ministros una Orden Ministerial sobre el biodiesel, que publicará mañana el Boletín Oficial del Estado, por la que se establece un procedimiento de asignación de cantidades de producción de biodiesel para el cómputo del cumplimiento de los objetivos obligatorios de biocarburante. Los sujetos obligados a cumplir lo objetivos de biocarburantes sólo podrán acreditar el cumplimiento de tales objetivos si previamente han comprado el biodiesel en las plantas españolas o de cualquier Estado de la Unión Europea que hayan recibido una asignación de producción de una determinada cantidad de biodiesel.
Fomento
MÁS DE 927 MILLONES PARA LA CONEXIÓN DE ALTA VELOCIDAD MADRID-GALICIA
- Las obras de plataforma cuya licitación se autoriza están situadas en las provincias de Zamora y Ourense.
- El trazado de los tramos en que se ubican los trabajos suma una longitud conjunta de 53,5 kilómetros, de los que algo más de un 72 por 100 discurre en túnel.
El Consejo de Ministros ha proporcionado un nuevo e importante impulso a la conexión de alta velocidad entre Madrid y Galicia, al autorizar al Ministerio de Fomento la licitación, a través de ADIF, de las obras de plataforma de cuatro tramos situados en las provincias de Zamora y Ourense, por importe conjunto de 927.407.469 euros, IVA Incluido.
Los tramos cuya inversión ha sido autorizada suman una longitud total de 53,5 kilómetros, de los que algo más de un 72 por 100 de su trazado discurre en túneles.
Los proyectos de construcción de plataforma ferroviaria de los tramos objeto de los siete contratos en que subdividen los trabajos están diseñados para una velocidad de circulación máxima de 350 km/h en vía de alta velocidad de ancho internacional (1.435 mm).
Además, los contratos aprobados contienen las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura, así como movimientos de tierra, obras de drenaje, estructuras, túnel, reposición de los servicios y servidumbres afectados, incluyendo las conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea.
DESCRIPCIÓN DE LOS PROYECTOS
Túnel de la Canda
El tramo Túnel de La Canda discurre por los términos municipales de Lubián (Zamora) y A Mezquita (Ourense) y cuenta con una longitud total de 16,6 km, de los cuales 7,2 km pertenecen a la vía izquierda y 7,4 a la derecha.
La inversión aprobada para dicha infraestructura asciende a un total de 254.889.016 euros, dividida en dos contratos de 124.066.928 euros (vía izquierda) y 130.822.088 euros (vía derecha).
Túnel del Espiño
El tramo Túnel del Espiño discurre por los términos municipales de A Gudiña y Vilariño de Conso, ambos en la provincia de Ourense, y tiene una longitud total de 16,3 km, de los que 8,1 pertenecen a la vía derecha y 8,2 a la izquierda.
La inversión aprobada para esta infraestructura supone 298.378.110 euros, dividida en dos contratos de 155.578.986 euros (vía izquierda) y 142.799.124 euros (vía derecha).
Tramo Vilariño-Campobecerros
El tramo Vilariño-Campobecerros, de 14,87 kilómetros de longitud, cuenta con un presupuesto de licitación de 246.721.499 (IVA Incluido), dividido en dos contratos de 126.292.910 euros para los 7,91 kilómetros de la vía izquierda y 120.428.589 euros para los 6,96 kilómetros de la vía derecha.
El trazado de este tramo discurre pasa los términos municipales de Castrelo do Val, A Gudiña y Vilariño de Conso, todos ellos situados en la provincia de Ourense.
Entre los elementos singulares de su trazado destaca el túnel de Bolaños, de 6.800 metros (vía derecha) y 6.780 metros (vía izquierda). Además, dicho trazado cuenta con dos viaductos, de 41 metros de longitud cada uno, sobre el Regato de Val de Parada.
Túnel de Prado
El contrato de licitación aprobado para la construcción de plataforma ferroviaria de este túnel se centra en la vía izquierda, de 7,6 km de longitud, y cuenta con un presupuesto de 127.418.844 euros IVA Incluido. El túnel proyectado discurre por los términos municipales de Vilar de Barrio y Sarreaus, ambos pertenecientes a la provincia de Ourense.
Financiación europea
La Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia será cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo de Galicia 2007-2013, con una ayuda estimada de 201,2 millones de euros, en el tramo Lubián-Ourense.
El Banco Europeo de Inversiones participa también en la financiación de las líneas de alta velocidad.
Fomento
CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA ESTACIÓN DE ALTA VELOCIDAD DE VILLENA (ALICANTE)
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, por importe de 15.535.671 euros, IVA incluido, las obras de construcción de la nueva estación de alta velocidad de Villena (Alicante). Esta actuación, que será desarrollada por ADIF, contempla, asimismo, la urbanización del entorno y la conexión con la red viaria existente y futura.
La estación, que podrá acoger tanto posibles circulaciones con inicio y final en Villena como trenes de paso hacia otros destinos, se ubicará entre los pp.kk. 103/400 y 105/000 del tramo Villena-Sax de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, en terrenos situados a 6 km al sur de Villena y a 2,5 km al oeste de la autovía A-31.
El edificio se desarrolla sobre una superficie de 4.526 m2 distribuidos en dos plantas. En la planta baja se situarán las áreas de uso público y la planta superior se reservará a dependencias de uso interno. Las características más destacadas de la estación son las siguientes:
Dependencias de uso público
- Vestíbulo con una superficie aproximada de 500 m2 y zona acotada de embarque.
- Centro de viajes de 200 m2 con capacidad para seis puntos de venta y un puesto de información, despacho de atención al cliente y máquinas autoventa de billetes.
- Locales comerciales destinados a cafetería, venta de prensa, etcétera.
- Aseos con una superficie de 70 m2, accesibles a personas con discapacidad.
Dependencias internas
- Centro de control y vigilancia de instalaciones de seguridad, prevención de incendios, etcétera.
- Sala de control de la circulación ferroviaria.
- Punto limpio para el tratamiento de residuos reutilizables producidos en la propia estación.
Andenes
La estación contará con dos andenes de cuatrocientos metros de longitud y ocho metros de anchura, dotados de marquesinas de doscientos metros y pavimento antideslizante. Entre ambos andenes se construirá un paso inferior que posibilite la comunicación entre ellos y el edificio de viajeros.
Viales de acceso y aparcamientos
Está prevista la urbanización exterior, la ejecución de enlaces con el entorno y la creación de zonas ajardinadas. Asimismo, se construirán un cerramiento para controlar el acceso a las instalaciones ferroviarias y un aparcamiento con 296 plazas y espacios reservados para personas con discapacidad.
Además, la estación tendrá un estacionamiento de taxis, parada de autobús urbano, aparcamiento de autocares y zona de parada momentánea para subida/bajada rápida de clientes.
Estación Sostenible 360º
El diseño del edificio se ajusta a criterios de sostenibilidad, de acuerdo con el compromiso de ADIF con la sociedad y el medio ambiente expresado en el Plan Empresa Ciudadana. De hecho, será una de las primeras edificaciones basadas en el manual Estación Sostenible 360º para el diseño, construcción y gestión de estaciones de ferrocarril con criterios de sostenibilidad integral.
El uso racional de los recursos, el ahorro de energía, el aislamiento térmico, la completa accesibilidad y el respeto al medio ambiente constituyen los conceptos básicos de este modelo.
De este modo, ADIF suma a los parámetros funcionales, estéticos y de costes la sostenibilidad entendida de la manera más amplia posible, teniendo en cuenta no sólo aspectos medioambientales y económicos, sino también sociales.
Hacienda y Administraciones Públicas
CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIAS CONTRA LA NORMATIVA ANDALUZA PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE EMPLEO DE PROFESORES
El Consejo de Ministros ha acordado plantear ante el Tribunal Constitucional un conflicto positivo de competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Orden de la Consejería de Educación andaluza del 13 de febrero de 2012 en la que se convoca un proceso de selección de 2.389 plazas para cuerpos docentes no universitarios.
El número de plazas convocadas contraviene las limitaciones que, con carácter básico, y por tanto vinculantes para las Comunidades Autónomas, estableció el Real Decreto Ley de 30 de diciembre de 2011, al prohibir la incorporación de nuevo personal, salvo excepciones en servicios esenciales, y la posibilidad de incorporar personal docente, al fijar en un 10 por 100 la tasa de reposición de efectivos en el sector educativo.
Este Real Decreto Ley fijó nuevos límites básicos para el año 2012 en materia de Oferta de Empleo Público, por lo que cualquier convocatoria autonómica anterior queda desplazada y, para no extralimitarse, debe ajustarse al nuevo marco, lo que no ha ocurrido con la convocatoria andaluza de profesores.
La impugnación cuenta con un dictamen favorable del Consejo de Estado del 12 de abril, en el que se establece que la Orden autonómica "no respeta los límites impuestos en el Real Decreto 20/2011 para la Oferta de Empleo Público para 2012, al establecerse una tasa de reposición del 30 por 100 de efectivos". Por ello, el Consejo de Estado concluye que la Orden andaluza "adolece de inconstitucionalidad al ignorar la legislación básica aplicable a todas las Administraciones públicas para el citado ejercicio".
El planteamiento del conflicto comporta la suspensión de la Orden de la Consejería de Educación de Andalucía.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
CREADA LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL DE ESTRATEGIAS MARINAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas.
Esta Comisión Interministerial tendrá como función coordinar la elaboración, aplicación y seguimiento de la planificación del medio marino, objetivos de la Ley de Protección del Medio Marino, que introduce la obligación de elaborar estrategias marinas correspondientes a las cinco demarcaciones marinas (Noratlántica, Sudatlántica, Estrecho y Alborán, Levantino-Balear y Canarias) y actualizarlas cada seis años.
La citada Ley también incorpora medidas de protección como la creación de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, la protección de los hábitats y especies marinas y la regulación de los vertidos al mar, todo como parte de una política marítima integrada.
Por tanto, la recién creada Comisión cumplirá con los objetivos de la Ley al analizar y evaluar toda la información relacionada con el medio marino de todos los Departamentos ministeriales, y coordinar el intercambio de información sobre instalaciones, proyectos y planes sectoriales que afecten al medio marino para asegurar la coherencia de cada estrategia marina que se apruebe para cada demarcación.
Composición
La Comisión Interministerial de Estrategias Marinas tendrá una Presidencia, que será ejercida por el titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, y una Vicepresidencia que corresponderá al titular de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, ambos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Serán vocales de la Comisión dos representantes de cada uno de los Ministerios de Fomento; Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad; Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así como un representante de los Ministerios de Defensa; Asuntos Exteriores y Cooperación; Hacienda y Administraciones Públicas; Interior; Educación, Cultura y Deporte; y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la División para la Protección del Mar de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.
Además, y en función del contenido de las materias a tratar, podrán incorporarse a la Comisión representantes de otros órganos de la Administración General del Estado, así como expertos en dichas cuestiones para que colaboren y asesoren a la Comisión.
La constitución y funcionamiento de la Comisión serán atendidos con los medios materiales y personales del Departamento, sin que la aprobación de esta norma suponga incremento de gasto público.
Justicia
SOLICITUD DE EXTRADICIÓN DEL MIEMBRO DE ETA JOSÉ MANUEL AZCÁRATE
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita a Francia la extradición de José Manuel Azcárate Ramos, detenido el pasado 7 de marzo en el país vecino. El Gobierno traslada así a las autoridades francesas una petición de la Audiencia Nacional para que el terrorista haga frente a una condena de treinta años de cárcel impuesta en tres causas acumuladas y de la que aún le restan por cumplir 4.394 días.
Desde enero de 1986 Azcárate Ramos cumplía condena en España. El 24 de mayo de 2011 incumplió las obligaciones de presentarse ante la policía y de no cambiar de domicilio a las que estaba sujeto tras la concesión del tercer grado del régimen penitenciario. Finalmente, el condenado fue detenido en Francia después de que se ordenara su busca y captura para ingreso en prisión.
El reclamado fue condenado en España por el secuestro de un directivo del Athletic de Bilbao en diciembre de 1985, por la colocación de dos bombas en la sede de Telefónica de Bilbao en octubre de 1984 y por haber formado parte de un comando de ETA que operaba en las proximidades de la capital vizcaína hasta 1986.
Hacienda y Administraciones Públicas
PRÓRROGA DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y AUTORIZACIÓN DE DEUDA A CASTILLA-LA MANCHA
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunitat Valenciana a realizar, hasta el 30 de junio de 2012, las operaciones de endeudamiento autorizadas por los Acuerdos del Consejo de Ministros de 11 de noviembre de 2011 y del 2 de diciembre de 2011, por un importe conjunto de 2.882,40 millones de euros, manteniendo inalterado el resto de las condiciones de la operaciones autorizadas.
Esta Comunidad Autónoma ha solicitado la ampliación del plazo para utilizar las autorizaciones mencionadas hasta el 30 de junio de 2012 debido a la situación de los mercados de capitales.
Por otra parte, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha solicitado autorización para realizar emisiones de deuda pública o tomar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 617,09 millones de euros, que se destinan a cubrir refinanciaciones de deudas anteriores, por lo que no supondrán un aumento del endeudamiento de la comunidad autónoma al final del ejercicio.
Esta operación que se ha autorizado hoy se encuentra dentro del segundo y tercer tramo de financiación del déficit fijado como objetivo de estabilidad del ejercicio 2010, establecidos en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera del 15 de julio de 2010, que ascienden al 1,65 por 100 del PIB de la Comunidad Autónoma.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
COMISIÓN PREPARATORIA DEL CENTRO INTERNACIONAL REY ABDULLAH BIN ABDULAZIZ
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo sobre el establecimiento de una Comisión preparatoria para el Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el diálogo interreligioso e intercultural.
El Consejo de Ministros autorizó el 7 de octubre de 2011 la firma por España del Acuerdo para el Establecimiento del Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural, la cual tuvo lugar por las tres Partes firmantes (Arabia Saudí, Austria y España) en Viena el 13 de octubre de 2011. Por Acuerdo del Consejo de Ministros del 23 de marzo de 2012 se dispuso su remisión a las Cortes Generales.
Mediante el Protocolo cuya firma se autoriza, Arabia Saudí, Austria y España crearán una comisión preparatoria, dotada de personalidad jurídica internacional, encargada de realizar los trabajos preparatorios para que el Centro pueda iniciar sus actividades sin mayor demora tras la ratificación del Acuerdo por los tres Estados.
Fomento de diálogo entre religiones y culturas
El Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural se constituirá como una organización internacional dotada de personalidad jurídica internacional propia. Su fin fundamental es el fomento del diálogo entre religiones y culturas como instrumento útil en la prevención y solución de conflictos, especialmente aquellos de origen confesional. Tiene por ello buen encaje con ejes básicos de la política exterior española, como la apuesta decidida por el multilateralismo o la promoción del diálogo y el entendimiento entre culturas.
El impulsor de la creación del Centro Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural ha sido el Reino de Arabia Saudí, interlocutor obligado en un área geográfica de interés estratégico para España y notable socio económico y empresarial. La creación del Centro no constituiría la primera colaboración entre ambos países en esta materia pues el Monarca saudí ya reconoció la importancia del compromiso español solicitando que nuestro país albergase la "Conferencia Mundial sobre el Diálogo", que se celebró finalmente en Madrid los días 16 a 18 de julio de 2008.
Este Protocolo no impone obligaciones financieras, puesto que, como determina el artículo 4, todas las contribuciones son voluntarias. Arabia Saudí se ha comprometido a realizar todas las contribuciones para el sostenimiento de la Comisión Preparatoria.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
AMPLIACIÓN A PAÍSES DEL MEDITERRÁNEO SUR Y ORIENTAL DE LAS OPERACIONES DEL BANCO EUROPEO DE RECONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO
El Consejo de Ministros ha autorizado la aceptación de las Enmiendas a los artículos 1 y 18 del Convenio Constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), hecho en París el 29 de mayo de 1990, adoptadas en Londres el 30 de septiembre de 2011 mediante Resoluciones 137 y 138, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales, además de solicitar su tramitación por el procedimiento de urgencia.
La Enmienda del Artículo 1 del Convenio Constitutivo tiene por objeto ampliar el ámbito geográfico de las operaciones del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo a los países miembros del Mediterráneo Meridional y Oriental cuando así lo establezca el Banco con el voto afirmativo de al menos dos tercios de los Gobernadores, lo cual es muy oportuno teniendo en cuenta la evolución presente de estos países en la llamada "Primavera Árabe".
La Enmienda del Artículo 18 pretende extender la gestión de los Fondos Especiales, que forman parte de las funciones del Banco, a los países miembros que, no siendo beneficiarios, obtengan el estatus de países potencialmente beneficiarios y establece el procedimiento para hacer posible el cumplimiento de esta extensión.
Las Enmiendas propuestas no implicarán contribuciones adicionales por parte de los accionistas y, por tanto, no requerirán la asunción de obligaciones financieras por parte de la Hacienda Pública española, sino que sólo supone la posibilidad de extensión de las actividades del BERD al Mediterráneo, lo cual es sin duda del interés de España.
Procedimiento de urgencia
Se solicita que las Cortes Generales tramiten el presente expediente por el procedimiento de urgencia por las gestiones expresas hechas en este sentido ante España por los mayores accionistas del BERD pertenecientes a la Unión Europea, concretamente, Alemania, Francia, Italia y Reino Unido, en nombre de los miembros del G8 y con el apoyo de Estados Unidos.
En efecto, están previstas reuniones casi simultáneas del G8 y de la Junta de Gobernadores del Banco (el 18 y 19 de mayo de 2012). Con la aprobación de estas Enmiendas, ambos foros constituirán una oportunidad para la toma de decisiones sobre la aprobación de proyectos para el sur del Mediterráneo, con el desbloqueo para esta región, y en particular para los países del Mediterráneo del Norte de África en proceso de transición, de mil millones de euros del Fondo Especial del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, que favorecería las actividades del sector privado en esos países, de indudable interés para España y su sector empresarial por su proximidad geográfica.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ENTIDAD ÚNICA EUROPEA DE LAS SUBASTAS DE DERECHOS DE EMISIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma "ad referéndum" del Acuerdo de Contratación Pública Común para la Contratación de una Entidad Única Supervisora de las Subastas y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales, además de pedir su tramitación por el procedimiento de urgencia.
Un Reglamento comunitario del 12 de noviembre de 2010, establece que la organización y supervisión de subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero requieren la acción conjunta de los Estados miembros y la Comisión. Dicha acción se articulará mediante acuerdos suscritos entre ambos, tanto para la contratación de la plataforma de subastas común (a través de la que se subastarán los derechos de todos los Estados miembros menos los de los que hayan establecido una plataforma nacional propia), como para la contratación de la entidad supervisora única de las subastas. En este último caso todos los Estados miembros están obligados a participar en la acción conjunta.
El Acuerdo establece que todos los procesos de subasta deben ser supervisados por una misma entidad supervisora.
Todos los Estados miembros deberán participar en la acción conjunta para la contratación de una entidad única supervisora de las subastas y designar a la entidad supervisora de las subastas que resulte adjudicataria del contrato tras la realización del procedimiento de contratación pública común entre la Comisión y los Estados miembros. Salvo causa de fuerza mayor, los derechos de emisión por subastar en nombre de un Estado miembro no podrán salir a subasta si el Estado miembro no cuenta con una entidad supervisora de las subastas debidamente designada o si los acuerdos contractuales con la entidad supervisora de las subastas no se han celebrado o no están en vigor. Por todas estas razones, se solicita la tramitación de este expediente por el procedimiento de urgencia.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
MODIFICADAS LAS CONDICIONES PARA EL RECONOCIMIENTO OFICIAL DE ASOCIACIONES DE CRIADORES DE ANIMALES DE RAZA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente sobre el Programa Nacional de conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas en materia de concurrencia de asociaciones para la gestión del libro genealógico de una raza.
Por ello, y reconociendo la posibilidad de que haya más de una asociación que legítimamente pretenda gestionar un libro genealógico de una misma raza, la nueva normativa elimina el número mínimo de animales y ganaderos afiliados a una segunda asociación, como condición para conceder o denegar el reconocimiento de la misma.
Se toma, así, en cuenta el hecho de que no todas las razas se encuentran en las mismas circunstancias censales, territoriales y genéticas que pueden determinar las actuaciones para su mejor regulación y fomento.
A excepción de esta modificación, para el reconocimiento de más de una asociación para la misma raza se deben tener en consideración el resto de los requisitos establecidos, sin poner en peligro su conservación, ni comprometer la viabilidad del programa de mejora existente y demás obligaciones que deben cumplir las asociaciones para garantizar una correcta gestión de la raza.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en la República Italiana.-
D. FRANCISCO JAVIER ELORZA CAVENGT.
Nacido el 17 de octubre de 1945 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1971 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Marruecos y en la Representación Permanente de España ante las Comunidades Europeas. Fue subdirector general de Economía y Planificación en el Ministerio de Transportes y subdirector general de Organismos de Integración en Europa y de Relaciones Económicas Internacionales en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Ha sido secretario general para las Comunidades Europeas y embajador Representante Permanente de España ante las Comunidades Europeas. En 2000 fue designado embajador de España en la República Francesa y, posteriormente, embajador de España en la Federación de Rusia y secretario general de Asuntos Consulares y Migratorios. Desde febrero de 2011 era embajador de España en la República de la India.
Embajador de España en la República Bolivariana de Venezuela.-
D. ANTONIO PÉREZ-HERNÁNDEZ Y TORRA.
Nacido el 8 de junio de 1955 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1981 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Turquía, ante el Consejo del Atlántico Norte y Marruecos. Fue director de Asuntos Atlánticos, subdirector general de Asuntos Internacionales de Seguridad y director del Gabinete del Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica. En 2000 fue nombrado director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, y, posteriormente, director general de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental. En 2004 pasó a ocupar el puesto de embajador de España en Irán y en 2008, el de embajador de España en Nicaragua. Desde agosto de 2011 era embajador en Misión Especial para Asuntos Energéticos.