SUMARIO
PRESIDENCIA
- REAL DECRETO por el que se establecen normas zoosanitarias para la importación y tránsito por España de determinados ungulados vivos procedentes de terceros países.
- REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), aprobado por el Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre.
- REAL DECRETO por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesiones, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
- ACUERDO sobre documentación relativa a los atentados del 11 de marzo de 2004.
- ACUERDO por el que se aprueba la aportación española al Fondo fiduciario de Banco Mundial para el Fondo global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria (GFATAM) por importe de 15 millones de dólares USA, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
- ACUERDO por el que se adaptan las retribuciones complementarias de los funcionarios integrados en el Cuerpo de Maestros, pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias destinados en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- ACUERDO por el que se aprueba la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) con la República del Congo firmada el 31 de marzo de 2005, por importe de 7.340.125,25 euros.
- INFORME sobre seguimiento de las actuaciones de la Administración General del Estado en relación con los recientes incendios forestales.
ECONOMÍA Y HACIENDA
- REAL DECRETO LEY por el que se aprueban determinadas medidas urgentes en materia de financiación sanitaria.
- ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 2.300.000 euros en el presupuesto del organismo autónomo Parques Nacionales, destinado a financiar compensaciones socioeconómicas a comunidades autónomas en las áreas de influencia de los parques nacionales.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del fondo de contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 464.720.462 euros.
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y la República Francesa sobre los programas educativos, lingüisticos y culturales en los centros escolares, de 16 de mayo de 2005.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y el Fondo de Población de Naciones Unidas (FNUAP/UNFPA).
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Polonia sobre establecimiento y funcionamiento de los Institutos de Cultura, así como su aplicación provisional.
JUSTICIA
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Sandra Sikimic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Sabahet Brdarevic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Natalija Branka Zugic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Jasminka Tabakovic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Antonela Medak Kljacic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Sead Herenda.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Tibor Grubisic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Tatjana Tepavcevic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Svijetlana Kadijevic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Slobodan Boban Juzbasic.
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Zeljko Petrovic.
- ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de José Antonio Zurutuza Sarasola, de nacionalidad española en el momento en que sucedieron los hechos, por dos delitos de asesinato terrorista.
DEFENSA
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar, y la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
FOMENTO
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Ejecución del proyecto constructivo de montaje de vía del nuevo acceso ferroviario al norte y noroeste de España, Madrid-Segovia-Valladolid/Medina del Campo, tramo: Madrid-Miraflores de la Sierra, longitud: 28,3 km", con un presupuesto de 20.677.511,03 euros, Madrid.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía Lleida-Huesca (A-22), tramo: Lleida-La Cerdera, longitud: 5,20 km", con un presupuesto total de 55.833.460,18 euros, Lleida.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía de Navarra (A-15), tramo: Cubo de la Solana - Los Rábanos (A-11), longitud: 8,530 km", con un presupuesto total de 35.898.914,49 euros, Soria.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía de Navarra (A-15), tramo: Los Rábanos (A-11) - Soria, longitud: 7,300 km", con un presupuesto total de 37.672.709,27 euros, Soria.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-67, tramo: Villaprovedo-Herrera de Pisuerga, términos municipales de Villaprovedo, Santa Cruz de Boedo, San Cristóbal de Boedo, Calahorra de Boedo, Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo, longitud: 11 km", con un presupuesto total de 36.604.541,77 euros, Palencia.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Muro de Alcoy (Alicante) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Muro de Alcoy, y su transferencia de titularidad.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Pallejà (Barcelona) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Pallejà, y su transferencia de titularidad.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Cuenca para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Cuenca, y su transferencia de titularidad.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Universidad de Vigo para la redacción de un proyecto de I+D+I para el análisis de las emisiones de motores de potencia superior a 130 kw instalados a borde de los buques.
- ACUERDO por el que se adoptan medidas destinadas a potenciar la seguridad aeronáutica.
EDUCACIÓN Y CIENCIA
- ACUERDO por el que se homologa el título de Ingeniero en Informática, de la Facultad de Ciencias, de la Universidad de Cantabria.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Arquitecto, de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, de la Universidad de Málaga.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico Aeronáutico, de la Escuela de Ingeniería Industrial e Informática, de la Universidad de León.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Medicina, de la Universidad de Alcalá.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (segundo ciclo), de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales y de Administración Pública, de la Universidad de Cádiz.
- ACUERDO por el que se homologa el título de Licenciado en Biotecnología, de la Facultad de Ciencias Biológicas y Ambientales, de la Universidad de León.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se reconoce la lengua de signos y se regula el derecho a su aprendizaje, conocimiento y uso, y se establecen y garantizan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, a los efectos previstos en el artículo 22.3 de la Ley 50/1997, de 27de noviembre, del Gobierno.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
- REAL DECRETO de ordenación de la avicultura de carne.
- ACUERDO por el que se declara la reserva de uso, en favor del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la zona situada entre el río Llobregat y Vallcarca, Barcelona, con objeto de instalar arrecifes artificiales para la protección y regeneración de las especies marinas de interés pesquero.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
- ACUERDO por el que no se estima fundado el requerimiento de incompetencia planteado por el Presidente de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante el Decreto 11/2005, de 18 de agosto, en relación con el Real Decreto 716/2005, de 20 de junio, por el que se restablece el funcionamiento de apuestas hípicas externas de ámbito nacional y se autoriza su explotación a la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
SANIDAD Y CONSUMO
- REAL DECRETO por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.
- REAL DECRETO por el que se establecen los métodos de muestreo y de análisis para el control oficial del contenido de benzo(a)pireno en los productos alimenticios.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Instituto de Salud "Carlos III" y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria para los ejercicios 2005, 2006 y 2007.
MEDIO AMBIENTE
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno de Canarias, sobre actuaciones complementarias en materia de eliminación de materiales especificados de riesgo y otros residuos animales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
- ACUERDO por el que se la suscripción de la segunda adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre actuaciones derivadas del Plan nacional de recuperación de suelos contaminados, 1995-2005.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la primera adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Junta de Extremadura sobre actuaciones derivadas del Plan nacional de recuperación de suelos contaminados, 1995-2005.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha para la investigación y adopción de medidas medioambientales en las obras del túnel Talave-Cenajo.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Comunidad de Regantes de los sectores 1 A y 1 B de las Vegas Bajas del Guadalquivir, para la modernización de regadíos mediante la eficacia en la utilización, uso racional del agua y ahorro de este recurso.
- ACUERDO por el que impone a Europorc, S. L., una sanción de 450.000 euros y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico en la cuantía de 80.283,00 euros, por la extracción de un volumen de agua superior al autorizado, modificación y variación del uso y destino autorizado y venta de agua sin autorización administrativa, en el término municipal de Cartagena, Murcia.
ACUERDOS DE PERSONAL
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
- REAL DECRETO por el que se nombra Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha a D. MÁXIMO DÍAZ-CANO DEL REY.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
ANTEPROYECTO DE LEY DE LENGUA DE SIGNOS Y
DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL
- España reconocerá legalmente la lengua de signos e impulsará los sistemas de apoyo a la comunicación
- Las administraciones educativas facilitarán el aprendizaje de la lengua de signos española y de los sistemas de apoyo a la comunicación
- Las personas sordas y con discapacidad auditiva podrán solicitar intérpretes y medios de apoyo a la comunicación en los servicios básicos
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el Anteproyecto de Ley de la lengua de signos y de medios de apoyo a la comunicación y ha acordado remitirlo al Consejo de Estado, con carácter previo a su remisión a las Cortes.
Este Anteproyecto de ley, pionero en Europa, es una reivindicación histórica del movimiento asociativo representativo de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Estas personas, para su integración, deben superar barreras de comunicación que son en apariencia invisibles a los ojos de las personas sin discapacidad auditiva. Con esta norma se intenta propiciar el acceso a la información y a la comunicación de las personas sordas, teniendo presente su heterogeneidad y las necesidades específicas de cada grupo.
La norma reconocerá la lengua de signos española como lengua de las personas sordas en España que libremente decidan utilizarla, así como su aprendizaje, conocimiento y uso. Además, establecerá y garantizará los medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
En este texto rige el principio de libertad de elección por parte de las personas sordas, con discapacidad auditiva o sordociegas, por lo que se reconoce y regula de forma diferenciada el conocimiento, aprendizaje y uso de la lengua de signos española, así como de los medios de apoyo a la comunicación.
Aprendizaje
Por lo que se refiere al aprendizaje, el Anteproyecto de Ley establece que las Administraciones educativas dispondrán lo necesario para promover el aprendizaje de la lengua de signos española al alumnado sordo, con discapacidad auditiva o sordociego que libremente haya optado por esta lengua. En caso de que esta persona sea menor de edad o esté incapacitada, la elección corresponderá a los padres o representantes legales. Además, se garantizará el aprendizaje de la lengua oral y de los medios de apoyo a la comunicación a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas usuarias de estos sistemas.
Con el fin de disponer de profesionales debidamente cualificados para la enseñanza de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación, la Administración educativa competente determinará las titulaciones considere oportunas.
Uso
En cuanto al uso, la norma facilitará a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas la utilización de intérpretes de lengua de signos y el establecimiento de medios de apoyo a la comunicación, cuando lo precisen, en diferentes ámbitos públicos y privados:
- Bienes y servicios a disposición del público
- Educación
- Formación y empleo
- Salud
- Cultura, deporte y ocio (se debe solicitar previamente)
- Transportes
- Relaciones con las Administraciones públicas
- Participación política
- Medios de comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información
El Anteproyecto de Ley establece también la creación, en el Real Patronato sobre Discapacidad, del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española. La finalidad de este organismo será la de investigar, fomentar, difundir y velar por el buen uso de esta lengua.
El citado organismo estará compuesto por profesionales expertos en lengua de signos española y en sociolingüística, y desarrollará sus acciones manteniendo consultas y estableciendo convenios con las entidades representativas de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas y de sus familias, usuarias de la lengua de signos española.
Además, el Gobierno creará en el Real Patronato sobre Discapacidad el Centro Español de Subtitulado y la Audiodescripción con la finalidad de investigar, fomentar, promover iniciativas, coordinar actuaciones y extender la subtitulación y la audiodescripción como medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Por último, el texto también reconoce la existencia de la lengua de signos catalana (junto a la española, la única reconocida por la comunidad sorda signante en nuestro país) en su ámbito de uso.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha participado en la elaboración de este texto y emitió informe favorable al anteproyecto el pasado 15 de julio. También este Anteproyecto ha sido informado favorablemente por el Consejo Nacional de la Discapacidad en su reunión del 19 de julio. Asimismo, las Comunidades Autónomas han sido consultadas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
ANTEPROYECTO DE LEY DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN
MATERIA DE IGUALDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el Anteproyecto de ley de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y ha acordado remitirlo al Consejo de Estado, con carácter previo a su remisión a las Cortes.
Este Anteproyecto de Ley tiene como objetivo establecer un régimen sancionador eficaz ante las infracciones que vulneren la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
En la necesidad de una ley de estas características coincide el movimiento asociativo español de la discapacidad y sus familias. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha participado en su elaboración y este proyecto ha sido informado favorablemente por el Consejo Nacional de la Discapacidad.
Asimismo, las Comunidades Autónomas han sido consultadas en el proceso de elaboración y en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales.
Infracciones
Se considerarán infracciones administrativas las vulneraciones del derecho a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor.
La infracciones serán "leves", "graves" o "muy graves", según la gravedad de los hechos punibles.
Sanciones
Las infracciones serán sancionadas con multas que irán desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de un millón de euros.
Los criterios tenidos en cuenta en la graduación de las sanciones serán la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, el volumen de negocios y el número de personas afectadas.
FOMENTO
PLAN PARA POTENCIAR LA SEGURIDAD AERONÁUTICA
- Supondrá la inspección de 3.350 aeronaves extranjeras y 4.709 inspecciones nacionales, durante la presente Legislatura.
- La Dirección General de Aviación Civil aumentará en un tercio la plantilla destinada a tareas de inspección.
- El Plan tendrá una dotación de dieciocho millones sólo en 2006.
El Consejo de Ministros ha aprobado medidas destinadas a potenciar la seguridad aeronáutica, que intensificará notablemente todas las actividades relacionadas con la inspección de compañías aéreas y aeronaves. El Plan cuenta con un presupuesto, sólo para 2006, de dieciocho millones de euros.
Las medidas contempladas en el plan aprobado hoy concentran su actuación en los dos grandes ámbitos que integran el control de la seguridad aeronáutica:
- las aeronaves extranjeras que operan en los aeropuertos españoles, dentro del marco de competencias que tiene reconocidas el Estado español. (Plan VAE)
- y las aeronaves, organizaciones y servicios españoles relacionados con el sector aeronáutico. (Plan VAON)
1. Plan de Vigilancia de Aeronaves Extranjeras
El Plan de Vigilancia de Aeronaves Extranjeras (Plan VAE) tiene por objetivo que al final de la Legislatura todas las compañías extranjeras que operan en territorio nacional, afectadas por los criterios de inclusión (ver anexo), hayan sido objeto de inspección y de comprobación.
Para ello, en el año 2006 se someterá a inspección al 50 por 100 de estas compañías y se inspeccionarán el 80 por 100 de las aeronaves con las que operan en España. España se sitúa en el nivel más exigente de la Unión Europea en cuanto a número de inspecciones realizadas a aeronaves extranjeras.
Con esta medida, se pasará de 55 aeronaves inspeccionadas en la legislatura anterior (periodo comprendido entre 2001 y el primer semestre de 2004), a 3.350 aeronaves inspeccionadas desde entonces hasta finales de 2007. Lo que viene a significar que al concluir la presente legislatura se habrán multiplicado por más de sesenta las inspecciones a aeronaves extranjeras.
En todo 2004 se han hecho 43 inspecciones: quince en el primer semestre y 28 en el segundo semestre. Para 2005 se prevén 300 inspecciones, lo que significa multiplicar por siete el número de inspecciones a aeronaves extranjeras cuando concluya este año.
En lo que respecta a la autorización de las compañías extranjeras para operar en España, la Dirección General de Aviación Civil aprobará nuevos protocolos que aumentarán las inspecciones y mejorarán todavía más su calidad y eficacia, lo que permitirá tomar decisiones en relación a paralizar aeronaves en tierra o prohibir operar en nuestro territorio a compañías concretas.
Asimismo, se creará en la Dirección General de Aviación Civil un Observatorio de análisis de toda la información disponible, tanto a nivel nacional como internacional relativa a las condiciones de seguridad con que estén operando las compañías extranjeras que quieran a volar a España por primera vez.
2. Plan de Vigilancia de Aeronaves y Operadores Nacionales
Con el Plan de Vigilancia de Aeronaves y Operadores Nacionales, denominado Plan VAON, el Ministerio de Fomento elevará, cualitativa y cuantitativamente, los requerimientos de control para el cumplimiento riguroso de todas las normas de seguridad exigibles.
Para ello se prevé realizar en el periodo de vigencia del plan, segundo semestre de 2004 al final de 2007, las siguientes inspecciones, de las que se despliega también una comparativa con respecto a la legislatura anterior:
Tipo de Inspección | Legislatura anterior (2001-1º semestre 2004) | Legislatura actual (2º semestre 2004- 2007) | Δ % |
A Operaciones | 120 | 1.292 | 976 |
A Mantenimiento | 830 | 2.347 | 183 |
A las escuelas de formación de personal de vuelo | 104 | 174 | 67 |
A los centros médicos aeronáuticos y médicos examinadores | 120 | 285 | 138 |
Inspecciones sanitarias aleatorias | 0 | 220 | - |
Trabajos aéreos de extinción de incendios | 129 | 391 | 200 |
Total Inspecciones VAON | 1.303 | 4.709 | 261 |
Se intensificará también la vigilancia sobre las compañías aéreas con el fin de asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad que existe de comunicar los incidentes que sufren a la Autoridad Aeronáutica, para que ésta los analice y adopte las acciones oportunas.
3. Comité de Expertos en Seguridad de las Aeronaves
El Plan de choque aprobado hoy contempla, además, la creación de un Comité de Expertos en Seguridad de las Aeronaves que tendrá funciones consultivas. Dicho Comité, que integrará a una representación de los Colegios de Ingenieros Aeronáuticos, de Pilotos y de las compañías aéreas, abordará las siguientes tareas:
- Evaluación de los criterios de colectivos de riesgo para la realización de las inspecciones
- Elaboración de los criterios evaluadores en base a los que se contrastarán los resultados de las inspecciones efectuadas.
- Asesoramiento sobre medidas cautelares que convenga adoptar como resultado de la evaluación antes señalada.
4. Coordinación entre la aviación civil
El Plan contempla también la revisión de los procedimientos de información y de coordinación entre la Dirección General de Aviación Civil y el Ente Público Empresarial AENA, para garantizar el control administrativo y de seguridad de las aeronaves y compañías aéreas tanto nacionales como extranjeras.
5. Incremento de recursos humanos y de asistencia
Para poder llevar a cabo todas las medidas del plan es necesario incrementar los recursos humanos de la Dirección General de Aviación Civil dedicados a realizar tareas que estén, directa o indirectamente, asociadas con los objetivos del plan.
Igualmente, es necesario incrementar las asistencias técnicas contratadas a través SENASA, Sociedad Instrumental de la Administración Pública que colabora y da soporte técnico a la Dirección General de Aviación Civil que, de esta forma, incrementará su plantilla en un tercio con respecto a la actual.
Medidas puestas en marcha desde 2º semestre de 2004
Desde el inicio de la presente legislatura y con el fin de mejorar el control de la seguridad operacional en el transporte aéreo, el Ministerio de Fomento ya había adoptado diversas medidas, entre las que destacan las siguientes:
- Se ha dotado con 8,86 millones de euros la partida presupuestaria de 2005 destinada a la asistencia técnica en el campo de la inspección aeronáutica. El presupuesto de 2004 era de 2,79 millones, lo que supone un incremento de un 218 por 100.
- El número de inspecciones a aeronaves extranjeras realizadas en el segundo semestre de 2004 se ha multiplicado por dos con respecto a las realizadas en el primer semestre, al pasar de 15 a 28 inspecciones.
- En 2005 el número de inspecciones realizadas a aeronaves extranjeras será de 300.
- Ello supone que, en sólo año y medio se ha inspeccionado tres veces más que en toda la legislatura anterior y haber multiplicado por diez las inspecciones: una media de doce inspecciones anuales en la anterior legislatura, 125 al año en lo que llevamos de esta.
- Durante 2005 se incrementa, con respecto al año anterior, la Oferta de Empleo Público de efectivos destinados a las tareas de inspección del mantenimiento y del material de vuelo: se pasa de quince plazas ofertadas durante el 2004, a veintinueve ofertadas para el 2005.
- Se ha incluido en el Proyecto de Ley de Agencias la creación de una agencia dedicada a la inspección aeronáutica, lo que facilitará el desarrollo futuro de la actividad de inspección.
Es importante señalar que actualmente el control de la seguridad que se efectúa en España sobre el transporte aéreo cumple con los requisitos, normativas y estándares internacionales. Así lo constatan las diversas auditorias realizadas por organismos internacionales especializados como la OACI (Organización de la Aviación Civil Internacional) y la JAA (Autoridades Conjuntas de Aviación Europeas).
ANEXO
Criterios de Selección e inclusión del Plan VAE (Vigilancia de Aeronaves Extranjeras)
El Ministerio de Fomento irá más allá que la simple elaboración de una lista. Se elaborara, de acuerdo con el programa SAFA de la Unión Europea, una base de datos compuesta por aerolíneas y aeronaves susceptibles de ser sometidas a una inspección exhaustiva. Esta lista se centrará en compañías aéreas extranjeras dedicadas al transporte de pasajeros que operen en España. Los criterios para la elaboración de la lista serán los siguientes:
- Riesgo país, según la OACI. Se inspeccionarán preferentemente las aeronaves abanderadas en Estados sobre los cuales las auditorias realizadas por la OACI a las Autoridades Aeronáuticas, bajo el programa USOAP (Universal Safety Oversight Audit Program), presenten un mayor número de deficiencias en aspectos relevantes para la seguridad.
- Compañías aéreas peor clasificadas, de acuerdo con el programa SAFA. Se actuará preferentemente sobre las aeronaves de aquellas compañías que tengan asignadas en la base de datos del programa SAFA una mayor puntuación negativa, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho programa.
- Compañías aéreas incluidas en las listas publicadas por países europeos. Tendrán preferencia en la asignación de inspecciones las aeronaves de compañías incluidas por motivos de seguridad en las listas negras publicadas por los países europeos así, como la que eventualmente pueda publicar la propia Comisión Europea.
- Criterios establecidos por el Comité de Expertos. Compañías aéreas o aeronaves que resulten incluidas en los criterios que establezca el Comité de Expertos, creado al efecto, al que se refiere el apartado C.
- Criterios de la Autoridad Aeronáutica Española. Compañías aéreas o aeronaves que resulten incluidas en los criterios que se establezcan por la Dirección General de Aviación Civil.
- Edad de las aeronaves. Se aumentará la vigilancia en función de la edad de las aeronaves.
ECONOMÍA Y HACIENDA
1.365 MILLONES PARA LA FINANCIACIÓN DE LA SANIDAD
A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
- Se aplica inmediatamente el acuerdo sobre sanidad.
- Aumentan del 98 por 100 al 100 por 100 los anticipos a cuenta de la liquidación definitiva del sistema de financiación en 2005.
- A partir del próximo año los anticipos podrán llegar al 102 por 100 de las entregas a cuenta.
- Se aplica el incremento de los impuestos especiales sobre el alcohol y el tabaco.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que pone en marcha de manera inmediata el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las Comunidades Autónomas sobre la financiación del gasto sanitario.
En primer lugar, se establece que los anticipos a cuenta de la liquidación definitiva del sistema de financiación que cobran las Comunidades Autónomas pasarán en 2005 del 98 por 100 al 100 por 100. Esto supone que las Comunidades Autónomas recibirán de manera inmediata un anticipo de tesorería de 1.365 millones de euros.
Además, a partir de 2006 estos anticipos podrán llegar al 102 por 100 de las entregas a cuenta de la liquidación definitiva del sistema.
La medida, incluida en el Acuerdo sobre gasto sanitario aprobado el pasado 13 de septiembre por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, permitirá una mayor aproximación en el tiempo entre la financiación de las Comunidades Autónomas y el incremento de recaudación que pueda producirse respecto a los tributos cedidos.
Alcohol y tabaco
En segundo lugar, se ha acordado el incremento de la fiscalidad que grava el consumo de las bebidas alcohólicas y labores del tabaco. Esta medida resulta especialmente coherente con la finalidad perseguida, ya que incide sobre productos cuyo consumo puede ser nocivo para la salud y, por tanto, generadores de gasto sanitario.
El Real Decreto Ley establece que los tipos impositivos para los impuestos sobre el alcohol y bebidas alcohólicas se incrementan un 10 por 100, y que para el impuesto sobre las labores del tabaco, el tipo específico aplicable a los cigarrillos sube un 5,3 por 100, mientras que el "ad valorem" se incrementa casi un punto porcentual. El efecto real que esta subida tendrá sobre el precio de venta al público será muy moderada. Si los fabricantes trasladaran el 100 por 100 del aumento de los tipos impositivos a precios, la cajetilla de tabaco se incrementaría entre 9 y 13 céntimos de euro, y un litro de cerveza tan sólo un céntimo de euro.
Como consecuencia de la aplicación inmediata de esta subida de los impuestos especiales, se estima que las Comunidades Autónomas recibirán en 2006 un total de 226,6 millones de euros adicionales para mejorar su financiación sanitaria.
El Real Decreto Ley aprobado hoy el Gobierno entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. El Gobierno considera que la utilización del Real Decreto Ley está plenamente justificada para los tipos de gravamen, ya que la existencia de un periodo de tiempo muy prolongado entre el conocimiento de la medida y su entrada en vigor podría provocar distorsiones y conductas especulativas en el mercado de productos afectados.
PRESIDENCIA
INFORME SOBRE LAS ACTUACIONES REALIZADAS EN RELACIÓN
CON LOS RECIENTES INCENDIOS FORESTALES
El Consejo de Ministros ha estudiado un Informe sobre las actuaciones llevadas a cabo por los diferentes Departamentos ministeriales para paliar las consecuencias de los graves incendios forestales de este verano, y en especial el que el pasado junio causó en Guadalajara la pérdida de once vidas humanas y arrasó más de 12.000 hectáreas de masa forestal y de pasto.
Las principales medidas adoptadas por el Gobierno en relación con estos siniestros han sido:
NORMAS APROBADAS EN MATERIA DE INCENDIOS FORESTALES
- Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de junio de 2005, por el que se aprueba el Plan de Actuaciones de prevención y lucha contra incendios de la Administración General del Estado: prevé un conjunto de medidas coordinadas a desarrollar por los distintos Departamentos ministeriales.
- Real Decreto Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales: establece un régimen de ayudas en favor de las víctimas y de sus familias, así como un amplio abanico de medidas dirigidas a paliar los daños causados por el incendio. Se introducen también actuaciones de prevención, un catálogo de prohibiciones de todas las actividades que puedan entrañar riesgo de incendio, y la constitución de un modelo orgánico-funcional de coordinación administrativa.
- Real Decreto 949/2005, de 29 de julio, por el que se aprueban medidas en relación con las adoptadas en el Real decreto- Ley 11/2005: se concretan y cuantifican las ayudas derivadas del incendio de Guadalajara y de los originados en Extremadura el 21 de julio.
AYUDAS E INDEMNIZACIONES
- Ayudas excepcionales a familiares directos de fallecidos, previstas en el Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio. Ministerio del Interior. Cuantía: 18.000 euros.
- Otras indemnizaciones solicitadas por los familiares de los fallecidos.
- Del Estado: Los familiares de los once fallecidos han solicitado la indemnización de 31.553,14 euros establecida en la Orden del Ministerio de Economía, de 3 de agosto de 2001, por la que se desarrolla el Estatuto Legal del consorcio de Compensación de Seguros. Se percibirá de manera efectiva a lo largo del mes de octubre.
- Procedentes de seguros contratados por el Estado o por empresas públicas
- Los familiares de los dos funcionarios de la Junta de Castilla La Mancha fallecidos han percibido, hasta la fecha, 297.579,40 euros procedentes de diferentes seguros y prestaciones.
- Los familiares de los nueve trabajadores de la empresa TRAGSA han solicitado y percibido (menos dos de ellos, cuyos expedientes se están tramitando) 313.050,60 euros
- Asimismo, se han reconocido y tramitado las pensiones de viudedad y orfandad de los beneficiarios de los cinco fallecidos que tienen derecho a ella, puesto que los demás no tienen esposa, ni hijos.
En suma, todos los herederos de los fallecidos han percibido en este momento aproximadamente, el 90 por 100 de las indemnizaciones por fallecimiento, y el resto lo cobrarán en los próximos días.
- Indemnización por daños en las producciones agrícolas, ganaderas y apícolas. Responsable: Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación. Se prevén ayudas para:
- Compensación de las pérdidas de explotaciones agrícolas en la producción esperada en la campaña.
- Compensación de gastos extraordinarios en la alimentación de animales por daños en pastos y otros aprovechamientos ganaderos (Ganado vacuno y equino: 165 euros por animal reproductor; ganado ovino y caprino: 25 euros por animal reproductor)
- Compensación por colmenas quemadas (120 euros por colmena)
- Respecto de los daños no asegurados, hoy viernes, 16 de septiembre, el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden Ministerial que establece las correspondientes indemnizaciones. Se abre un plazo de quince días hábiles para presentar las solicitudes por parte de los damnificados. El importe total máximo de las indemnizaciones se fija en un millón de euros, abonados con cargo a los presupuestos de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).
- La Junta de Castila-La Mancha ha abonado también, en cumplimiento de su normativa, 288.688,90 euros.
- Ayudas excepcionales en materia de vivienda, para residencia habitual y permanente y por pérdida de enseres. Ministerios de la Vivienda y de Interior. Hasta la fecha no se ha formalizado ninguna solicitud de ayuda por estos conceptos.
- Ayudas a Corporaciones Locales para restauración o reparación de infraestructuras municipales. Ministerio de Administraciones Públicas.
La Orden Ministerial que regula el procedimiento de concesión, que se publica mañana en el Boletín Oficial del Estado, establece un fondo de quince millones de euros. Ocho de los once Ayuntamientos afectados de Guadalajara han presentado ya solicitudes en la Subdelegación de Gobierno.
OTRAS MEDIDAS
- Medidas laborales y de Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Orden Ministerial que regula los procedimientos se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado.
- Expedientes de regulación de empleo causados por el incendio, considerados como producidos por fuerza mayor. Régimen especial respecto a obligaciones laborales y de Seguridad Social.
- Moratoria de un año, sin interés, en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social de tres meses anteriores al siniestro, para empresas y trabajadores por cuenta propia.
- Para los trabajos de reparación de los daños causados, posibilidad de pedir a los servicios de empleo la adscripción de trabajadores desempleados preceptores de prestaciones para trabajos de colaboración social.
- Líneas preferenciales de crédito. Ministerio de Economía y Hacienda. Cuantía: veinte millones de euros al ICO para instrumentar línea de préstamos.
La operación fue aprobada por el Comité de Operaciones del ICO el 7 de septiembre. El Convenio ICO- Entidades de Crédito ha sido ya informado favorablemente por la Asesoría Jurídica y remitido a las Entidades de Crédito para que se adhieran. Las operaciones pueden formalizarse hasta el 31 de diciembre de 2005.
- Línea prioritaria para proporcionar servicio de telefonía móvil y acceso preferente al programa de extensión de la banda ancha a los municipios afectados por el incendio de Guadalajara. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- El Ministerio de Industria adjudicó el pasado 6 de junio tres concesiones para la prestación del servicio de telefonía móvil en la banda GSM de 900 Mhz, habiendo resultado adjudicatarios los operadores Telefónica Móviles España, S.A.U. y Retevisión Móvil. Todos los municipios afectados tendrán cobertura.
- Todos los municipios de la provincia de Guadalajara afectados por el incendio están en la Lista A de Zonas Prioritarias de aplicación del Programa de extensión de la banda ancha en zonas rurales y aisladas.
- Por petición expresa de los alcaldes se ha asumido el compromiso de instalar en la zona amplificadores de señal de radiotelevisión que permitan la recepción en los municipios afectados de todos los canales de televisión. El coste se eleva, aproximadamente a un millón de euros.
- Ampliación de las líneas de seguros agrarios a los montes. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Los datos globales de estas indemnizaciones en los nueve municipios afectados son:
- 42 pólizas contratadas.
- 1.512 hectáreas aseguradas.
- 1.033 parcelas aseguradas.
- 13 siniestros declarados.
- 12.600 euros de indemnización prevista.
- Contratación de desempleados a través de programas de colaboración con organismos del Estado para limpieza de montes, márgenes de ríos y educación ambiental. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Servicio Público de Empleo Estatal.
Las convocatorias se publicarán a primeros de octubre.
- Declaración de los municipios afectados como zona rural deprimida. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Los municipios podrán beneficiarse de los fondos del Plan de Fomento del Empleo Agrario. Se está constituyendo el Consejo Comarcal, requisito necesario para la participación en los fondos del programa 2006.
- Acciones de Formación Profesional a través de convenios de compromiso de contratación en las zonas afectadas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Se está preparando la convocatoria pública extraordinaria que se realizará a primeros de octubre.
- Plan de restauración de la superficie afectada por el incendio de Guadalajara
Este Plan tiene carácter de extraordinario y urgente. Su finalidad es la reposición de los bienes de carácter forestal afectados por el incendio. Para ello es necesario restaurar la vegetación natural afectada por el incendio, retirar la madera quemada y definir las bases para la restauración de los diferentes hábitat.
Se desarrollará en tres fases que abarcan desde este mes de septiembre a fin de 2010 y cuenta con un presupuesto total cercano a los veinte millones de euros.
INCENDIOS FORESTALES DEL 1 DE ENERO AL 11 DE SEPTIEMBRE DATOS PROVISIONALES DE 2005 | |||||||||||||
Año | 1995 (01-01 a 11-09) | 1996 (01-01 a 11-09) | 1997 (01-01 a 11-09) | 1998 (01-01 a 11-09) | 1999 (01-01 a 11-09) | 2000 (01-01 a 11-09) | 2001 (01-01 a 11-09) | 2002 (01-01 a 11-09) | 2003 (01-01 a 11-09) | 2004 (01-01 a 11-09) | MEDIA DECENIO | 2005** | |
nº conatos (<1 ha) | 13.736 | 9.007 | 11.032 | 12.877 | 10.405 | 12.305 | 8.324 | 11.159 | 9.959 | 11.194 | 11.000 | 15.111 | |
nº incendios (>= 1 ha) | 9.069 | 4.711 | 7.512 | 6.927 | 6.080 | 7.984 | 4.501 | 7.391 | 5.541 | 6.202 | 6.592 | 8.175 | |
vegetación leñosa | |||||||||||||
sup. arbolada (ha) | 40.418,5 | 9.475,8 | 20.034,0 | 36.491,9 | 23.104,2 | 42.271,1 | 15.940,1 | 23.276,4 | 51.150,8 | 48.811,3 | 31.097,4 | 66.054,3 | |
sup. matorral y monte abierto (ha) | 88.521,3 | 37.002,8 | 69.074,2 | 72.562,8 | 50.024,3 | 106.294,3 | 37.354,9 | 61.524,8 | 61.963,7 | 50.126,3 | 63.444,9 | 82.629,0 | |
vegetación herbácea | |||||||||||||
sup. pastos y dehesas (ha) | 5.620,6 | 5.814,3 | 4.127,6 | 5.880,8 | 4.684,3 | 13.082,2 | 15.065,2 | 17.585,1 | 22.509,3 | 22.188,8 | 11.655,8 | 4.601,9 | |
sup. forestal (ha) | 134.560,4 | 52.293,0 | 93.235,9 | 114.935,5 | 77.812,8 | 161.647,6 | 68.360,2 | 102.386,3 | 135.623,8 | 121.126,5 | 106.198,2 | 153.285,2 | |
% sup. afectada | 0,516 | 0,201 | 0,358 | 0,441 | 0,298 | 0,620 | 0,262 | 0,393 | 0,520 | 0,464 | 0,407 | 0,588 | |
grandes incendios (>500 ha) | 25 | 10 | 7 | 23 | 15 | 42 | 14 | 17 | 43 | 15 | 21 | 36 |
** Sin datos de superficie herbácea de Andalucía y Extremadura.
Para el año 2005, en superficie no arbolada, cuando en los datos provinciales no se ha hecho distinción entre vegetación leñosa y herbácea, se ha considerado toda la superficie como "Matorral y Monte Abierto"
PRESIDENCIA
ACUERDO SOBRE DOCUMENTACIÓN RELATIVA
A LOS ATENTADOS DEL 11-M
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo sobre la petición del Magistrado-Juez Central de Instrucción del sumario del 11 de marzo. El contenido del Acuerdo es el siguiente:
- Desclasificar los documentos que obran en poder de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de fecha posterior a primero de enero de 2002, relativos a las personas que se relacionan en el anexo unido a la Exposición Motivada y relacionados con los atentados del 11 de marzo, en Madrid, y 3 de abril de 2004, en Leganés, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Informes de EUROPOL, referidos al riesgo de atentados terroristas de origen islamista o yihadista en España a partir de diciembre de 2003
- Informes y comunicaciones con que cuenta el Ministerio del Interior que alertaran del peligro que para España podría suponer el terrorismo provocado por grupos radicales islámicos, especialmente de la red Al-Qaeda.
- Análisis realizados por los expertos como consecuencia del 11-S en Estados Unidos, sobre los atentados de Casablanca de 16 de mayo de 2003 y de Turquía de 15 y 20 de noviembre de 2003, y distintas amenazas formuladas por Osama Bin Laden, en especial las realizadas en octubre de 2003.
- Información elaborada por la Policía sobre el denominado terrorismo islamista.
- Informe sobre la situación de los terroristas implicados en el atentado de 11 de marzo, en concreto, situación legal o ilegal en España, situación laboral y posibilidades legales de actuación sobre estos individuos en nuestro Estado de Derecho.
- Informe enviado por el Gobierno a Europol y contestaciones a cuestionario de Europol sobre el atentado del 11 de marzo.
- Informe sobre la evolución de la amenaza terrorista después del atentado del 11 de marzo, emitida por UE (Europol)
- Informes sobre la situación de Extranjería de las personas implicadas en los atentados del 11 de marzo de 2004.
- Las seis ediciones del informe de Europol sobre valoración de la amenaza sobre el terrorismo extremista islámico.
- Informe emitido por la UCO a la Comandancia de la Guardia Civil de Asturias dando cuenta de sus investigaciones sobre la venta de explosivos por parte de Suárez Trashorras, así como los informes relativos a los registros e inspecciones realizados a la mina "Conchita" y Mina "La Collada", antes y después del 11-M.
- Informe de la Unidad Central de Inteligencia sobre los atentados del 11 de marzo.
- Desclasificar los documentos que obran en poder del Centro Nacional de Inteligencia, de fecha posterior a primero de enero de 2002 relacionados con los atentados del 11 de marzo y de 3 de abril de 2004, cometidos, respectivamente, en Madrid y Leganés, y relativos a las personas que se relacionan en el anexo unido a la Exposición Motivada, por no encontrarse afectados, a juicio del citado Centro, por lo dispuesto en el artículo 5.1. de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, de acuerdo con el siguiente detalle:
- Informe del CNI sobre evaluación de la amenaza terrorista de origen islámico de 27 de octubre de 2003.
- Informes sobre actividades de Allekema Lamari de fecha 6 de noviembre de 2003.
- Informe sobre indicios de actividad terrorista de 15 de marzo de 2004.
- Informe sobre atentados terroristas en Madrid. Allekema Lamari de 18 de mayo de 2004.
- Comunicar al Magistrado-Juez Central de Instrucción que la desclasificación de los documentos acordada se realiza a los únicos y exclusivos efectos de que sean incorporados al sumario número 20/2004, solicitándole que acuerde, en relación a aquellos, el máximo grado de protección y reserva procesal que, por su naturaleza, pueda adoptar.
SANIDAD Y CONSUMO
REGULADA LA DONACIÓN DE SANGRE
- Se incrementarán las garantías de calidad y seguridad de las transfusiones de sangre.
- Se incorporan dos Directivas comunitarias que permitirán crear una estructura transfusional comunitaria sólida y garantizar un mayor nivel de protección de la salud de los ciudadanos.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión de sangre.
Este Real Decreto incorpora a nuestro ordenamiento jurídico español dos Directivas europeas de 2002 y 2004, en cuya elaboración nuestro país ha desempeñado un papel muy destacado. Estas Directivas establecen normas comunes que garanticen los mismos criterios de calidad y seguridad en la Unión Europea en todo el proceso transfusional desde el donante hasta el receptor. Con ello se persigue asegurar que todos los Estados cumplan los requisitos mínimos de calidad en esta actividad sanitaria, lo que supondrá una armonización fundamental entre los países para la creación de una estructura transfusional, comunitaria sólida y para garantizar un mayor nivel de protección de la salud de los ciudadanos.
De esta forma, y al existir esos criterios uniformes de seguridad y calidad, se podrá autorizar, siempre que sea necesario, la libre circulación de productos destinados a la transfusión entre Estados miembros de la Unión Europea y, además, se conseguirá aumentar la confianza de los ciudadanos ante los procesos de transfusión al incrementarse la seguridad de los productos.
Este Real Decreto ha contado con el informe favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y del Consejo de Estado, así como de otros organismos como la Agencia Española de Protección de Datos, el Comité Científico para la Seguridad Transfusional y la Comisión Nacional de Hemoterapia. La norma, además de incorporar las dos Directivas comunitarias, refunde en un solo texto toda la normativa nacional vigente en materia de hemodonación.
Contenido del Real Decreto
Las medidas incluidas en el Real Decreto aprobado hoy son las siguientes:
- Requisitos relativos a la información y criterios de selección de donantes.- Mediante este Real Decreto, se consagra el principio de altruismo en las donaciones, prestando una especial atención a la protección y confidencialidad de los datos de los donantes. Además, se refuerzan los requisitos relativos a la información mínima que se debe facilitar a quienes quieran ser donantes así como los criterios de selección de éstos, con el objetivo de descartar a personas cuya donación pueda suponer riesgo para su propia salud o para la de otras.
- Requisitos de la sangre y componentes sanguíneos.- El Real Decreto refuerza las condiciones mínimas de calidad de la sangre y los componentes sanguíneos (hematíes, leucocitos, plaquetas y plasmas), incluidas las importaciones procedentes de terceros países. Igualmente, se exige que su almacenamiento, transporte y distribución se realicen con las máximas garantías de seguridad que preserven la integridad y propiedades del producto.
- Administración de sangre.- También se refuerzan los requisitos de seguridad para la realización de las transfusiones. En este sentido, las condiciones que se exigen en la realización de transfusiones van dirigidas a garantizar la compatibilidad entre el grupo sanguíneo de la unidad de sangre del donante y el del receptor. A estos efectos, se exige que las muestras de sangre estén identificadas de forma inequívoca, que se verifique la compatibilidad entre el paciente y la unidad de sangre y que se garantice la trazabilidad donante-receptor.
- Centros y servicios de transfusión.- El Real Decreto homologa los requisitos mínimos exigidos a los centros y servicios de transfusión de sangre, con el objetivo de instaurar sistemas de calidad y acreditación comunes en todos estos centros. Entre estos requisitos mínimos se incluyen aspectos relativos a plantilla y cualificación profesional de sus miembros disponibilidad de instalaciones e instrumental adecuados y procedimientos operativos normalizados de trabajo, entre otros. Además, el director de estos centros deberá ser un médico especialista en Hematología y Hemoterapia con experiencia práctica en las áreas correspondientes de un mínimo de dos años.
Con el objetivo de facilitar su aplicación y la coordinación entre las Comunidades Autónomas, se constituye una Red Nacional de Centros y Servicios de Transfusión, que servirá también para garantizar la autosuficiencia del sistema sanitario español.
- Seguridad, vigilancia e intercambio de información.- Con el fin de facilitar la aplicación de las directivas y la adecuada coordinación y homologación entre Comunidades Autónomas, así como de garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad, se crea un Sistema Nacional para la Seguridad Transfusional, que estará integrado por el Comité Científico para la Seguridad Transfusional, la Comisión Nacional de Hemoterapia y, en su caso, las Comisiones Autonómicas de Hemoterapia y los Comités de Transfusión.
Asimismo, se pone en marcha un Sistema de Hemovigilancia para garantizar la trazabililidad de los productos sanguíneos, lo que permitirá prevenir y minimizar los posibles efectos y reacciones adversas que puedan producirse como consecuencia de una transfusión.
Por último, la nueva normativa establece un sistema de intercambio de información, tanto a nivel nacional como europeo, cuyo objetivo será conocer la implantación de las medidas contempladas en la normativa. El Real Decreto contempla también medidas de inspección y control, así como un régimen sancionador en el marco de la Ley General de Sanidad.
DEFENSA
MODIFICACIÓN DE NORMAS DISCIPLINARIAS
EN LAS FUERZAS ARMADAS
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Defensa sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación de las Leyes Orgánicas del Código Penal Militar, de 1985, y de régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, de 1998.
Con las modificaciones previstas se ofrece una respuesta proporcionada a conductas que pueden ocasionar graves daños a los ciudadanos y al prestigio de los Ejércitos por la realización de vuelos sin observar las medidas de seguridad establecidas. Para ello, se establece un nuevo tipo en el Código Penal Militar y una nueva sanción disciplinaria para cuando se producen incumplimientos de las medidas de seguridad en el vuelo.
En el texto del Anteproyecto, que será remitido para informe del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado, se introduce una sanción extraordinaria como la pérdida definitiva de la aptitud aeronáutica para el vuelo y también se contempla la pena de prisión para aquellos pilotos que incumplan las normas, órdenes o instrucciones referidas a la navegación aérea o al plan de vuelo y pongan en riesgo a la población.
Se establecen, asimismo, otras sanciones disciplinarias que se proponen como, por ejemplo, la pérdida de puestos en el escalafón, la suspensión de empleo y la separación del servicio.
Este Anteproyecto es una medida de garantía. La razón de ser de los Ejércitos, es decir, la defensa militar de España, no es compatible con la puesta en riesgo de la población o de la seguridad en el desarrollo de sus actividades cotidianas.
MEDIO AMBIENTE
2,3 MILLONES A PARQUES NACIONALES PARA SUBVENCIONES
EN SUS AREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA
El Consejo de Ministros ha autorizado un suplemento de crédito por importe de 2,3 millones de euros, en el presupuesto del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para dotar a las Comunidades Autónomas de fondos destinados a financiar las subvenciones para las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.
El acuerdo, propuesto por el Ministerio de Economía y Hacienda tras la solicitud de Parques Nacionales, complementa la dotación presupuestaria ya existente, que asciende a dos millones de euros, cantidad que se ha considerado insuficiente para cubrir las peticiones previstas. Por este motivo se ha decidido ampliar la cuantía económica, con lo que la cifra total para estas subvenciones ascenderá a 4,3 millones de euros.
El Consejo de Ministros acordó en mayo de 2004 que las Comunidades Autónomas serían las encargadas de tramitar la concesión y pagos de las subvenciones públicas que la Administración General del Estado tiene establecidas para financiar proyectos compatibles con la conservación de la naturaleza en las zonas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales. Este acuerdo se tomó como consecuencia de un requerimiento de incompetencia formulado por la Junta de Andalucía.
Como resultado de todo ello, está muy avanzada la elaboración de un nuevo reglamento para regular estas subvenciones que se destinan a entidades locales, empresas y particulares en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales. El nuevo texto será respetuoso con las competencias de las administraciones autonómicas y establecerán las bases comunes para que, sin perder su condición de estatales, las subvenciones puedan ser gestionadas por las Comunidades Autónomas.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ORDENADA LA AVICULTURA DE CARNE
- Se fomentará la profesionalización del sector e incrementará la seguridad de los productos.
- Se incide en el concepto de "bioseguridad", que incluye medidas relacionadas con las condiciones higiénico-sanitarias de las explotaciones, así como con el manejo y bienestar de las aves de corral.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre ordenación de la avicultura de carne, por el que se establecen los requisitos para la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones avícolas para producción de carne. Se encauza así la producción de un sector en continuo crecimiento, de forma que se asegure su adecuada gestión productiva y sanitaria. Esta nueva regulación redundará en beneficio de la calidad y seguridad de los productos, ajustándose con ello a las demandas del consumidor.
En la elaboración de la nueva normativa se han tenido en cuenta criterios zootécnicos, de sanidad y bienestar animal, de protección del medio ambiente y de mejora de la calidad y sanidad de los productos.
Este Real Decreto clasifica, en primer lugar, las explotaciones avícolas de carne según su orientación productiva y su sistema de cría, en función de su sostenibilidad o autocontrol y de su diferenciación. Se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las explotaciones de carne en lo que respecta a las construcciones e instalaciones, a sus condiciones higiénico-sanitarias y de ubicación.
Registro de explotaciones
En sus disposiciones se recoge la obligatoriedad del registro de las explotaciones avícolas de carne y su inclusión en el Registro general de explotaciones ganaderas del Ministerio (REGA), la identificación de los animales que salgan de la explotación, el mantenimiento de un libro de registro y las diversas obligaciones de los titulares de explotación.
Entre sus aspectos más novedosos destaca el concepto de "bioseguridad", es decir, el conjunto de medidas sobre estructuras de la explotación y manejo de los animales, orientadas a proteger a las aves de la entrada y difusión de enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias en las explotaciones, lo que significa una mayor protección frente a problemas como la Influenza Aviar.
Igualmente, se impone la obligatoriedad del control de la existencia de "salmonella" en las explotaciones, en consonancia con la actual y futura normativa comunitaria al respecto.
En lo que respecta al bienestar animal, se precisan las condiciones mínimas para las distintas especies, aunque con mayor extensión en gallos, gallinas y pollos, en consonancia con la normativa comunitaria en materia de bienestar de pollos "broiler" que la Comisión Europea tiene la intención de publicar en breve, y se establece la necesidad de que los operarios en contacto con los animales estén adecuadamente formados en materias tan importantes como la "bioseguridad" y el bienestar animal.
Normativa actualizada
El Real Decreto hoy aprobado actualiza la normativa zootécnica y sanitaria de una actividad ganadera, como es la cría de aves para producción de carne, que ha crecido de manera continuada durante las últimas décadas. Han proliferado explotaciones avícolas con distintas orientaciones y especializaciones dentro del sector, en el que aunque predomina la producción de carne de pollo criado en sistema convencional, conocido como "broiler", han surgido otras formas de producción y la cría de otras especies, como el pavo, o de especies alternativas de más reciente aparición, como las avestruces, sin olvidar las explotaciones dedicadas a la cría de aves para repoblación cinegética cuyo destino final puede ser su consumo tras la caza.
15 MILLONES PARA EL FONDO DE LUCHA CONTRA
EL SIDA, LA TUBERCULOSIS Y LA MALARIA
El Consejo de Ministros ha aprobado una aportación de quince millones de dólares al Fondo Fiduciario del Banco Mundial para el Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria (GFATAM), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo. De esta forma, el Gobierno mantiene su compromiso de participar en este Fondo Global, que canaliza recursos financieros para la lucha contra las enfermedades mencionadas.
En sus dos años de funcionamiento el Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria ha comprometido la financiación de más de 300 programas en cerca de 130 países por un valor de 3.440 millones de dólares. De estos recursos, el 61 por 100 se han destinado a África Subsahariana, el 23 por 100 a Asia, Oriente Medio y Norte de África, y el 16 por 100 a Latinoamérica, Caribe y Europa del Este. Hasta el momento, el Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria ha conseguido compromisos de donantes por importe de 6.125 millones de dólares.
Respecto al compromiso de España con esta iniciativa, desde el comienzo España ha mostrado un fuerte interés en el lanzamiento del Fondo Global, y por ese motivo, en junio de 2001 se constituyó un Grupo Interministerial de Seguimiento del Fondo. En enero de 2003 el Consejo de Ministros aprobó la primera aportación española y en febrero del mismo año, se firmó un Acuerdo de Contribución con el Banco Mundial por el que se hizo efectiva la aportación española mediante el desembolso de treinta y cinco millones de dólares en 2003 y quince millones de Dólares USA en 2004. Para el periodo 2005-2006 está prevista una nueva contribución de cincuenta millones de dólares con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, de los cuales quince millones de dólares, cuya aprobación se ha oficializado hoy, serán desembolsados en 2005.
EDUCACIÓN Y CIENCIA
APROBADAS 65 NUEVAS CUALIFICACIONES
DE FORMACIÓN PROFESIONAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se añaden 65 nuevas cualificaciones profesionales al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, catálogo cuya función es ordenar y definir la oferta de Formación Profesional. El Gobierno, a través del Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, amplía el catálogo actual, que consiste en 97 cualificaciones, con el objetivo de dar una respuesta adecuada a las demandas que en materia de cualificación de recursos humanos plantea la dinámica del mercado laboral.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales sirve para posibilitar la integración de las ofertas de Formación Profesional, adaptarlas a colectivos con necesidades específicas y promover la formación a lo largo de la vida, con el fin de que los recursos humanos del país se adecuen a las demandas del sistema productivo. Además, el catálogo facilita la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado de trabajo.
El contenido del Real Decreto aprobado por el Gobierno, así como los anexos incluidos, han sido elaborados por el Instituto Nacional de las Cualificaciones mediante la metodología aprobada en el seno del Consejo General de Formación Profesional, con la participación de las Comunidades Autónomas, administraciones públicas competentes, agentes sociales, económicos y productivos.
RELACIÓN DE LAS NUEVAS CUALIFICACIONES
El contenido de las nuevas cualificaciones está ordenado en familias profesionales, tal y como se define a continuación:
- Familia Profesional Agraria
- Producción intensiva de rumiantes. Nivel 2
- Producción avícola y cunícula intensiva. Nivel 2
- Familia Profesional Marítimo Pesquera
- Engorde de moluscos bivalvos. Nivel 2
- Producción en criadero de acuicultura. Nivel 2
- Organización de lonjas. Nivel 3
- Familia Profesional Industrias Alimentarias
- Fabricación de conservas vegetales. Nivel 2
- Carnicería y elaboración de productos cárnicos. Nivel 2
- Elaboración de azúcar. Nivel 2
- Elaboración de leches de consumo y productos lácteos. Nivel 2
- Pastelería y confitería. Nivel 2
- Elaboración de cerveza. Nivel 2
- Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura. Nivel 2
- Familia Profesional Química
- Operaciones en instalaciones de energía y de servicios auxiliares. Nivel 2
- Operaciones de acondicionado de productos farmacéuticos y afines. Nivel 2
- Operaciones de transformación de caucho. Nivel 2
- Operaciones de transformación de polímetros termoplásticos. Nivel 2
- Operaciones de transformación de polímetros termoestables y sus compuestos. Nivel 2
- Organización y control de acondicionado de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3
- Organización y control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines. Nivel 3
- Análisis químico. Nivel 3
- Familia Profesional Imagen Personal
- Servicios auxiliares de estética. Nivel 1
- Peluquería. Nivel 2
- Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje. Nivel 2
- Cuidados estéticos de manos y pies. Nivel 2
- Familia Profesional Sanidad
- Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes. Nivel 2
- Farmacia. Nivel 2
- Laboratorio de análisis clínicos. Nivel 3
- Anatomía patológica y citología. Nivel 3
- Audioprótesis. Nivel 3
- Radioterapia. Nivel 3
- Ortoprotésica. Nivel 3
- Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente
- Extinción de incendios y salvamento. Nivel 2
- Guarderío rural y marítimo. Nivel 2
- Prevención de riesgos laborales. Nivel 3
- Familia Profesional Industrias Extractivas
- Sondeos. Nivel 2
- Excavación subterránea con explosivos. Nivel 2
- Tratamiento y beneficio de minerales, rocas y otros materiales. Nivel 2
- Extracción de la piedra natural. Nivel 2
- Familia Profesional Textil, Confección y Piel
- Operaciones auxiliares de tapizado de mobiliario y mural. Nivel 1
- Operaciones auxiliares de procesos textiles. Nivel 1
- Operaciones auxiliares de lavandería industrial y de proximidad. Nivel 1
- Reparación de calzado y marroquinería. Nivel 1
- Corte, montado y acabado de peletería. Nivel 2
- Ribera y curtición de pieles. Nivel 2
- Acabados de confección. Nivel 2
- Montado y acabado de calzado y marroquinería. Nivel 2
- Diseño técnico de tejidos de punto. Nivel 3
- Diseño técnico de tejidos de calada. Nivel 3
- Gestión de la producción y calidad de tejeduría de punto. Nivel 3
- Gestión de la producción y calidad en ennoblecimiento textil. Nivel 3
- Gestión de la producción y calidad de hilatura, telas no tejidas y tejeduría de calada. Nivel 3
- Gestión de producción y calidad en confección, calzado y marroquinería. Nivel 3
- Diseño técnico de productos de confección, calzado y marroquinería. Nivel 3
- Familia Profesional Artes Gráficas
- Impresión digital. Nivel 2
- Familia Profesional Informática y Comunicaciones
- Gestión de sistemas informáticos. Nivel 3
- Seguridad informática. Nivel 3
- Desarrollo de aplicaciones con tecnologías web. Nivel 3
- Programación en lenguajes estructurados de aplicaciones de gestión. Nivel 3
- Administración de servicios de Internet. Nivel 3
- Familia Profesional Administración y Gestión
- Gestión financiera. Nivel 3
- Familia Profesional Comercio y Marketing
- Implantación y animación de espacios comerciales. Nivel 3
- Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas
- Guía por itinerarios de baja y media montaña. Nivel 2
- Guía por itinerarios en bicicleta. Nivel 2
- Guía en aguas bravas. Nivel 2
- Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical. Nivel 3
JUSTICIA
CONCEDIDA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A ONCE COLABORADORES
DE LAS FUERZAS ARMADAS EN LA ANTIGUA YUGOSLAVIA
- Prestarán servicio como intérpretes en condiciones de especial riesgo de su vida.
El Consejo de Ministros ha concedido hoy la nacionalidad española, por carta de naturaleza, a once personas originarias de la antigua Yugoslavia, por sus servicios prestados como intérpretes de las Fuerzas Armadas españolas desplegadas en aquella zona.
Estos colaboradores, algunos de los cuales residen en España desde 1992, realizaron una serie de servicios especialmente relevantes para las funciones de las Fuerzas Armadas españolas, con riesgo de su propia vida. Ese trabajo fue realizado, además, en unas condiciones especialmente duras, formando parte de patrullas, servicios de escolta, o interviniendo en operaciones de desarme, entre otras.
Estos datos han sido tenidos en cuenta por el Gobierno a la hora de conceder la nacionalidad española, mediante la fórmula de la carta de naturaleza, que permite su aplicación cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales.
De estos once intérpretes, siete son de nacionalidad bosnia (Sabahet Brdarevic, Natalija Branka Zugic, Jasminka Tabakovic, Sead Herenda, Tatjana Tepavcevic, Svijetlana Kadijevic y Zeljko Petrovic); dos, de Croacia (Antonela Medak Kljacic y Tibor Grubisic); uno, de origen serbio (Slobodan Boban Juzbasic) y uno, de nacionalidad yugoslava (Sandra Sikimic).
Para la plena validez de la adquisición de la nacionalidad española, estas once personas deberán jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, así como renunciar a su antigua nacionalidad.
FOMENTO
CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DE LA
RONDA URBANA OESTE DE CUENCA
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Cuenca para la ejecución de la Ronda Urbana Oeste de Cuenca. Este convenio modifica uno anterior de 1995 con el fin de conseguir una rápida ejecución del proyecto de esta obra.
En virtud de este convenio el Ministerio de Fomento se compromete a construir los tramos 3, 4, 5 y 6 de la citada Ronda, para lo cual aportará la cantidad de 7.926.839,30 euros.
Por su parte el Ayuntamiento de Cuenca se compromete a aportar los terrenos necesarios para la ejecución de esta obra y a aceptar la titularidad de los tramos de las carreteras N-320, N-400 y N-420 hasta su confluencia con la circunvalación que enlaza estas carreteras, así como la titularidad de la Ronda Urbana Oeste una vez finalizadas las obras.
FOMENTO
AUTORIZADOS DOS TRAMOS DE LA AUTOVÍA DE NAVARRA,
EN LA PROVINCIA DE SORIA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento la licitación de las obras de dos tramos de la Autovía de Navarra, A-15, en la provincia de Soria. Se trata concretamente de los tramos: Cubo de la Solana-Los Rábanos y Los Rábanos (A-11)-Soria. El presupuesto total de ambas licitaciones asciende a 69.572.333,87 euros.
CUBO DE LA SOLANA-LOS RÁBANOS (A-11)
El presupuesto de licitación de este tramo, cuya longitud es de 8,5 kilómetros, asciende a 33.903.315,94 euros. El trazado de la actual N-111 que discurre en la zona de obras soporta tráficos muy intensos con elevado porcentaje de vehículos pesados. Esta situación se ve empeorada por la escasa visibilidad en determinados puntos del trazado. Con la ejecución de esta obra se pretende resolver esta situación, mejorando asimismo la capacidad actual de dicha carretera.
Características técnicas
Este tramo de autovía presenta una longitud total de 8,5 kilómetros. Discurre de forma íntegra por el municipio de Cubo de la Solana y atraviesa únicamente la localidad de Lubia.
El trazado tiene su inicio en el p.k. 13,500, en el enlace situado en el Centro de Desarrollo de Energías Renovables (CEDER). Finaliza en las proximidades de Los Rábanos, en torno al p.k. 22,000. El tramo conecta por el sur con el tramo Almazán - Cubo de la Solana y por el Norte con Los Rábanos - Soria.
El trazado discurre sensiblemente paralelo a la carretera N-111, hasta el p.k. 16,000. A partir de este punto, hasta el p.k. 19,900, la traza se desplaza hacia el Oeste, separándose de la localidad de Lubia.
Se contempla en la ejecución de las obras un único enlace en el p.k. 211,500 de la carretera N-111, que conecta con la citada carretera nacional, y permite el acceso a la autovía desde la localidad de Lubia.
A su vez, se prevén diferentes obras de fábrica, ya que la autovía proyectada atraviesa en su recorrido varios cauces. Cabe destacar entre ellos el del río Mazo en el p.k. 20,520 y el del arroyo Tardío en el p.k. 17,600.
TRAMO LOS RÁBANOS (A-11)-SORIA
El presupuesto base de licitación de este tramo asciende a 35.669.017,93 euros y tiene una longitud aproximada de 7,3 kilómetros. Servirá de alternativa y de variante al actual trazado de la carretera N-111 y facilitará la comunicación con Madrid, formando parte del itinerario Medinaceli-Soria-Tudela.
Características técnicas
Actualmente, el itinerario Medinaceli-Soria-Tudela se articula mediante la unión de diversos tramos de las carreteras nacionales N-111 (Medinaceli-Logroño), N-122 (N-232 - Valladolid) y N-121 (Tarazona-Tudela), y conforma un recorrido que, en su mayor parte, dispone de una sección de un carril por sentido.
El inicio de esta actuación proyecto se sitúa en la conexión con el tramo Cubo de La Solana - Los Rábanos y coincide con el punto de cruce con la futura Autopista Soria - Tudela (Autovía del Duero).
En los primeros 350 metros el trazado discurre paralelo a la actual N-111 por el término municipal de Cubo de La Solana. A partir del p.k. 64,000 entra en el término municipal de Los Rábanos, el cual ocupará la mayor parte del trazado. Entre el p.k. 65,300 y el p.k. 65,800 cruza dos veces la N-111. Los siguientes dos kilómetros hasta llegar al enlace de Los Rábanos discurren prácticamente paralelos a la N-111.
Se llevarán a cabo dos enlaces con paso bajo la autovía:
- Enlace de Los Rábanos. Conecta por la margen derecha con la N-111 y el acceso al pueblo de Los Rábanos, y por la izquierda, con una carretera local.
- Enlace "Conexión acceso sur a Soria". Se localiza en el punto kilométrico 71,200. Da conexión a la N-111 que viene de Los Rábanos y se encamina a Soria, la carretera de la Diputación que va a Navalcaballo. Asegura, además, la permeabilidad de los distintos viales próximos al enlace.
Las características geométricas de la Autovía son las correspondientes a una autovía de velocidad específica de 120 km/h y con la sección tipo constituida por dos calzadas de siete metros cada una, mediana de diez metros, arcén exterior de 2,50 m e interior de un metro, con bermas exteriores de un metro.
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FOMENTO
TRAMO LLEIDA-LA CERDERA DE LA AUTOVÍA
LLEIDA-HUESCA, EN LLEIDA
El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo Lleida-La Cerdera de la Autovía Lleida-Huesca, A-22, en la provincia de Lleida. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 51.774.395,42 euros.
En la actualidad la CN-240 es la vía de entrada en Lleida de una población residente en el municipio limítrofe de Alpicat, de uso diario y de carácter periurbano. Esta carretera da servicio, fundamentalmente, entre el cruce con la A-2 y las Urbanizaciones de La Cerdera, a todos los tráficos locales que se generan en la zona, tráficos que se mezclan con el de largo recorrido que se dirige hacia Huesca y los pueblos cercanos. En esta zona existe, además, un enlace con dos glorietas a ambos lados de la Autopista A-2.
Mediante la construcción de este nuevo tramo de autovía, autorizado hoy se mejora la situación actual entre Lleida y La Cerdera.
Características técnicas
El tronco de la nueva autovía se inicia una vez pasada la glorieta lado Lleida que existe en la actualidad.
La solución adoptada presenta las siguientes características:
- Mantenimiento de la glorieta existente lado Lleida que conduce los movimientos Zaragoza-Huesca y Huesca-Barcelona, así como de la estructura bajo la A-2 por donde pasará el tronco de la autovía.
- Eliminación de la glorieta existente en el lado Huesca.
- Creación de un nuevo enlace a 300 m del anterior, concretamente en el p.k. 0,500 del tronco. Conducirá el tráfico local entre Alpicat y Lleida, los tráficos de zonas comerciales y acceso a urbanizaciones separadamente del tronco, así como los movimientos Huesca-Zaragoza, Barcelona-Huesca.
Debido al carácter periurbano de la zona, a partir de la glorieta se crean vías de servicio a ambos márgenes del tronco hasta la zona de La Cerdera. La vía de servicio de la derecha aprovechará en buena parte la actual carretera N-240.
Las vías de servicio conectan con el enlace de La Cerdera, situado sobre la entrada del túnel, permitiendo el acceso a la autovía hacia Lleida a las urbanizaciones de La Cerdera y Buenos Aires, como la conexión con el viario local. A partir de este enlace y en el lado norte, el trazado en planta de la vía de servicio será la actual N-240, aunque sin aprovecharse en su totalidad por la diferencia de cota existente.
En el p.k. 3,700 se sitúa la boca lado Lleida del Túnel de La Cerdera, el cual se ha diseñado con una longitud aproximada de 500 m, algo menor en la boca derecha por la topografía del terreno. La boca lado Huesca se sitúa en el p.k. 4,200.
El trazado termina en el p.k. 5,200, donde se establece la conexión con el siguiente tramo. Sin embargo, a la hora de consideración de obra completa, el proyecto incorpora la conexión provisional con la N-240.
Para ello se pierde un carril por sentido en el tronco y, además, se diseña un paso bajo el tronco para un ramal direccional de los vehículos que se dirigen a La Cerdera procedentes de Huesca, conectando con la N-240 que quedará como carretera de ámbito local.
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FOMENTO
TRAMO VILLAPROVEDO-HERRERA DE PISUERGA DE LA
AUTOVÍA CANTABRIA-MESETA, EN PALENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras del tramo Villaprovedo-Herrera de Pisuerga, perteneciente a la Autovía Cantabria-La Meseta, A-67, en la provincia de Palencia. El presupuesto de licitación asciende a 34.607.028,44 euros. El tramo tiene una longitud de once kilómetros.
El tramo forma parte del itinerario general de la A-67 Autovía Cantabria-La Meseta, entre las ciudades de Palencia y Santander. Con su ejecución se evitará que el tráfico de largo recorrido atraviese los núcleos de población existentes a su paso por la N-611, aumentando así la seguridad vial y consiguiendo una reducción en el tiempo de recorrido respecto al actual itinerario.
Características técnicas
El tramo de autovía A-67 de nuevo trazado que se proyecta discurre dirección Sur - Norte entre las localidades de Villaprovedo y Herrera de Pisuerga, en la provincia de Palencia.
A lo largo del tramo se contempla un enlace que conecta con la carretera P-232, lo que permitirá todos los movimientos entre dicha carretera y la autovía.
Las estructuras más significativas del tramo considerado son:
- Dos viaductos sobre el arroyo de Reguera y el río Boedo.
- Siete pasos superiores
- Dos pasos inferiores
La sección tipo básica en el tronco de la Autovía estará compuesta por dos calzadas de siete metros, arcén exterior de 2,5 m, interior de un metro y mediana de diez metros de anchura. La totalidad de la obra se ha proyectado para una velocidad de 120 Km/h.
FOMENTO
MONTAJE DE VÍA EN EL TRAMO MADRID-MIRAFLORES DE LA SIERRA,
DE LA ALTA VELOCIDAD MADRID-SEGOVIA-VALLADOLID
El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de obras para proceder al montaje de vía en el tramo comprendido entre Madrid y la localidad de Miraflores de la Sierra, perteneciente al Nuevo Acceso Ferroviario al Norte-Noroeste de España: Madrid-Segovia-Valladolid. El presupuesto base de licitación asciende a 20.677.511,03 euros. Las obras de este tramo, de 28''3 kilómetros de longitud, cuentan con un plazo de ejecución previsto de quince meses.
Descripción del proyecto
El tramo discurre por los municipios de Madrid, Tres Cantos, Colmenar Viejo y Miraflores de la Sierra, pertenecientes todos ellos a la Comunidad de Madrid.
El proyecto define, igualmente, las actuaciones necesarias para el montaje de vías de alta velocidad, incluyendo una zona de acopio de balasto y una zona de transferencia de carril y premontaje de aparatos de vía en la estación de El Goloso. Los materiales (balasto, traviesas, carril, elementos de la vía en placa y aparatos de vía) serán suministrados por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Fomento.
A lo largo del tramo se localizan cuatro viaductos que conforman una longitud total de 2.663 m., cuatro falsos túneles con una longitud total de 1.274 m., y los Túneles Este y Oeste de San Pedro, con longitudes de 8.929 y 8.905 m., respectivamente.
Como punto singular en el trazado, además de los anteriores, cabe señalar el puesto de banalización de Tres Cantos, formado por dos escapes.
Ventajas del Nuevo Acceso Ferroviario
Los principales beneficios derivados del montaje de vía en el tramo objeto del proyecto, y también del Nuevo Acceso Ferroviario al Norte y Noroeste de España cuando esté en funcionamiento, serán los siguientes:
- Disminución de la distancia de recorrido entre Madrid y Valladolid en unos 50 km.
- Reducción del tiempo de viaje en el trayecto Madrid-Valladolid, que pasará de las 2h. 20m. actuales del tren más rápido, a 50 minutos con la entrada en servicio del nuevo acceso.
- Incremento de la capacidad y la regularidad de las comunicaciones ferroviarias en este corredor.
- Aumento del confort, al establecerse unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
- Incremento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en los sistemas de conducción automática de trenes y ausencia de pasos a nivel a lo largo de toda la línea.
EDUCACIÓN Y CIENCIA
ACTUALIZADO EL ESTATUTO DEL CIEMAT
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) para actualizarlo y mejorar así la planificación, gestión y ejecución de los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico que tiene encomendadas.
El nuevo estatuto delimitará las funciones que corresponden al CIEMAT, tanto en su calidad de organismo público de investigación como en su vocación de servicio a la industria, y establecerá los mecanismos que aseguren la colaboración entre este organismo y los foros nacionales e internacionales. Así, se propone una estructura que diferencia claramente las áreas que se centran en el ámbito tecnológico y de investigación y las que sirven de soporte a éstas, para conseguir la flexibilidad y agilidad necesarias para un centro de investigación de referencia como éste, que debe dar respuesta a los cambios derivados de la evolución científica y tecnológica y a las demandas de la sociedad.
Tras la entrada en vigor de la modificación del estatuto, el CIEMAT contará, en el plano de la investigación, con un departamento dedicado a la energía; otro, al medio ambiente; otro, a la tecnología y otro a la investigación básica. Se crea también un departamento de seguridad, con el mismo rango que los anteriores.
Por último, se fusionan varias subdirecciones en una única de administración y personal, y se crea el departamento de Proyectos Estratégicos, cuyo objetivo es aumentar la dimensión territorial del CIEMAT, creando Unidades tanto de carácter propio como de carácter mixto en las diversas Comunidades Autónomas. Este departamento también se encargará de la gestión de los proyectos de mayor importancia para el desarrollo del CIEMAT.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
NO SE ESTIMA FUNDADO UN REQUERIMIENTO DEL PRESIDENTE
DE ILLES BALEARS SOBRE APUESTAS HÍPICAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que no se estima fundado el requerimiento de incompetencia planteado por el Presidente del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Illes Balears a propósito del Real Decreto de 20 de junio de 2005, que restablece el funcionamiento de las apuestas hípicas de ámbito nacional y autoriza su explotación a la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
El Presidente balear planteó un requerimiento en el que señalaba que el Estado no puede basar este Real Decreto en el carácter supra-autonómico del juego o apuestas ni en la competencia exclusiva del Estado en materia de hacienda general.
Ante este planteamiento, el Gobierno central considera que:
- El órgano competente para efectuar el requerimiento es el Gobierno de la Comunidad Autónoma y no su presidente.
- El Estado es competente para autorizar la explotación de apuestas hípicas externas a nivel nacional.
- Al tratarse de una modalidad de apuesta a nivel nacional, no se vulneran las competencias autonómicas.
ECONOMÍA Y HACIENDA
AUTORIZADA LA DISTRIBUCIÓN DE 464,7 MILLONES
DEL FONDO DE CONTINGENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar ampliaciones de crédito por importe de 464.720.462 euros, que se distribuyen de la siguiente forma:
- 188.020.462 euros para atender los gastos ocasionados por la participación de las Fuerzas Armadas Españolas en operaciones de mantenimiento de la paz.
- 258.192.736,66 para abonar a la Unión Europea el ajuste por recurso IVA derivado de la revisión de la Renta Nacional efectuada por el Instituto Nacional de Estadística.
- Quince millones para atender cuotas de la Seguridad Social por parte de diferentes Departamentos Ministeriales.
- 3.500.000 euros para atender a las necesidades de gastos originados como consecuencia de las inundaciones acaecidas en enero del presente año en la isla de la Gomera y por las fuertes nevadas del mes de febrero en la provincia de Granada.
MEDIO AMBIENTE
ADENDAS A LOS CONVENIOS CON EXTREMADURA Y CASTILLA-LA MANCHA PARA RECUPERACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de sendas adendas a los convenios marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Extremadura y de Castilla-La Mancha sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005. Mediante estos Convenios, el Ministerio de Medio Ambiente invertirá, con las adendas ahora incorporadas, en ambas Comunidades Autónomas un total de 1,59 millones de euros.
Convenio con Extremadura
En el caso de Extremadura, el convenio vigente fue suscrito el 28 de diciembre de 2000 y establecía las condiciones básicas de colaboración entre el Ministerio de Medio para la realización de las actuaciones preliminares, redacción de proyectos y ejecución de las obras de descontaminación de emplazamientos contaminados, así como el control y seguimiento una vez que se han llevado a cabo las actuaciones de recuperación. Ahora se incorpora una primera adenda a este Convenio.
El costo total del convenio se eleva a 1.716.095,04 euros, a financiar al 50 por 100 entre las dos Administraciones, por lo que al Ministerio de Medio Ambiente le corresponde aportar 858.047,52 euros. El Ministerio, por la parte que le corresponde financiar en ejecución del convenio, ha transferido ya a la Comunidad Autónoma la cantidad de 844.422 euros. Por tanto, la aportación pendiente de pago que corresponde abonar al Ministerio se eleva a 13.625,52 euros.
Castilla-La Mancha
Por su parte, en el convenio firmado por Castilla-La Mancha el 4 de septiembre de 2003 el Ministerio de Medio Ambiente se comprometía a financiar el 50 por 100 de las actuaciones que llevase a cabo la Comunidad Autónoma para descontaminación de emplazamientos contaminados.
Dado que el Plan Nacional de Suelos Contaminados finaliza en el presente ejercicio y que la financiación de una primera adenda resulta insuficiente, se ha decidido suscribir ahora una segunda adenda en la que se contemplan las actuaciones a realizar, cuyo cumplimiento supondrá el término del convenio.
El costo total del citado convenio, incluidas las adendas, se eleva a 1.477.441 euros, a financiar al 50 por 100. Por lo tanto, corresponde al Ministerio de Medio Ambiente aportar 738.720 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
MEDIO AMBIENTE
FINANCIACIÓN DE ACTUACIONES QUE REALICE CANARIAS
PARA ELIMINACIÓN DE RESIDUOS DE ANIMALES
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias sobre actuaciones complementarias en materia de eliminación de materiales especificados de riesgo y otros residuos animales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
Como consecuencia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales, especialmente de los Materiales Especificados de Riesgo (MER), se consideró necesario establecer medidas que fueran precisas para la eliminación controlada y con plenas garantías ambientales de los restos de cadáveres de animales generados en la Comunidad Autónoma de Canarias.
En la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el día 13 de marzo de 2001 se presentó a las Comunidades Autónomas el Programa Nacional de Eliminación de MER y otros residuos animales, cuyo contenido fue aprobado por todos los presentes. Por ello, se suscribió el 6 de agosto de 2002 un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias sobre actuaciones en materia de eliminación de materiales especificados de riesgo y otros residuos animales relacionados con las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
En cumplimiento de dicho Convenio, el Ministerio de Medio Ambiente transfirió a la Comunidad canaria una cantidad, en concepto de financiación anticipada, de 530.760,98 euros, que la Comunidad debía justificar. Las actuaciones contempladas en el referido Convenio han sufrido una grave demora que ha impedido a la Comunidad Autónoma ejecutarlas en el plazo previsto, por lo que ha transcurrido su periodo de vigencia.
Salvadas las dificultades que impedían su ejecución y teniendo en cuenta que con el paso del tiempo han surgido nuevas necesidades de incineración, ambas partes consideran necesaria la suscripción de un nuevo convenio, con similares contenidos, que tenga en cuenta la financiación ya realizada por el Ministerio de Medio Ambiente.
El Ministerio de Medio Ambiente financiará el 30 por 100 de las actuaciones, lo que significa 1.769.203,27 euros. En esta cuantía se encuentra incluida la correspondiente a 530.760,98 euros que se anticipó, al amparo del anterior Convenio suscrito el 6 de agosto de 2002. La Comunidad Autónoma de Canarias financiará el resto del costo de las instalaciones, por lo que la nueva aportación del Ministerio de eleva a 1.238.442,29 euros.
MEDIO AMBIENTE
SANCIONADA UNA EMPRESA MURCIANA POR
EXTRACCIÓN Y VENTA ILEGAL DE AGUA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que sanciona, a petición del Ministerio de Medio Ambiente, a la empresa Europorc, S. L. por la extracción de un volumen de agua superior al autorizado y por modificar el destino de venta de dicha agua a las Mercantiles Agrícola Esparcegesa, S.L. y Sociedad Agraria de Transformación La Forja, sin autorización administrativa. Todas estas empresas están radicadas en el término municipal de Cartagena (Murcia).
A Europorc, S. L. se le ha impuesto una sanción por estos hechos de 450.000 euros y la obligación de indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico con una cuantía de 80.283 euros.
La sanción a esta empresa ha sido impuesta después de que la Confederación Hidrográfica del Segura incoara expediente sancionador por riego ilegal a Mercantiles Agrícola Esparcegesa, S.L. y a la Sociedad Agraria de Transformación La Forja. En dicho expediente se puso de manifiesto que estas dos últimas empresas no habían incurrido en la extracción de aguas ilegales para riego, sino que éstas procedían de la venta efectuada ilegalmente por Europorc, S.L.
MEDIO AMBIENTE
CONVENIO PARA LAS MEDIDAS AMBIENTALES
DEL TÚNEL TALAVE-CENAJO
- Esta actuación mejorará la calidad de agua en la Cuenca del Segura y la capacidad del embalse del Talave
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Castilla-La Mancha para la investigación y adopción de medidas ambientales en las obras del Túnel Talave-Cenajo.
Para financiar las prestaciones realizadas en el ámbito del presente convenio, la Secretaria General para el Territorio y la Biodiversidad abonará a la Universidad de Castilla-La Mancha la cantidad de 130.000 euros, en dos años.
Esta obra, situada en la provincia de Albacete, fue declarada de interés general por un Real Decreto Ley de 1992 y recogida nuevamente como de interés general en el Anexo II del Plan Hidrológico Nacional. Asimismo, fue sometida al trámite de información pública sin que se presentara ninguna alegación. Tiene el doble objetivo de mejorar la calidad del agua para abastecimiento en la Cuenca del Segura y mejorar la capacidad del pequeño embalse del Talave para laminar avenidas y regular caudales.
Estudios a desarrollar
El convenio que ahora aprueba el Consejo de Ministros contempla la realización de los siguientes estudios:
- Estudios relacionados con la minimización de los impactos producidos durante la construcción de la conducción:
- Elaboración de un plan de localización de los lugares de vertido de las tierras sobrantes en la construcción del túnel.
- Programación de las actuaciones y del uso de maquinaria pesada con objeto de minimizar su efecto sobre la avifauna amenazada.
- Estudios relacionados con posibles modificaciones a realizar en el proyecto constructivo:
- Establecimiento de un sistema que evite, con las garantías suficientes, el acceso de ejemplares de especies exóticas.
- Evaluación de la erosión en la Rambla del Algarrobo como consecuencia de los caudales aportados por la actuación y propuesta de las posibles actuaciones localizadas a realizar.
- Estudio de afecciones a la avifauna por tendidos eléctricos a la realización de la actuación y diseño de las medidas correctoras.
- Estudios relacionados con la definición de las normas de explotación de la conducción y la gestión del área de influencia de la conducción:
- Definición de condiciones de referencia y elaboración de recomendaciones para la consecución del buen estado de la calidad de las aguas, según lo establecido por la Directiva Marco del Agua.
- Actuaciones de adecuación medioambiental de caminos y zonas de instalaciones provisionales de obra, una vez acabadas, con la posibilidad de su incorporación como itinerarios naturales para promover la educación y el turismo ambiental.
- Elaboración de un plan de gestión del área de influencia de la conducción que afecte al Lugar de Interés Comunitario (LIC) "Sierras de Alcaraz y Segura y Cañones del Segura y del Mundo".
- Definición de actuaciones concretas de conservación o restauración de alguna especie o hábitat emblemático para este ámbito.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MEJORAS PARA LOS PROFESORES DE INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS DE CEUTA Y MELILLA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el cual se aplicarán a los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de E.G.B. de Instituciones Penitenciarias destinados en Ceuta y Melilla las retribuciones complementarias que corresponden al Cuerpo de Maestros. Además, este cuerpo queda adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia.
El acuerdo tiene efectos económicos a partir del día 1 de septiembre de 2005 y la decisión se toma como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, que establece la integración de los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias en el Cuerpo de Maestros.
SANIDAD Y CONSUMO
REFORZADO EL CONTROL OFICIAL DEL CONTENIDO DE
BENZO(A)PIRENO EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los procedimientos de toma de muestras y los métodos de análisis para el control oficial del contenido de benzo(a)pireno en los productos alimenticios. Dicho control oficial, que realizan las autoridades sanitarias españolas (estatales, autonómicas y locales) con la toma de muestras y el análisis de benzo(a)pireno en determinados grupos de alimentos, ofrece al consumidor mayores garantías de seguridad.
El benzo(a)pireno es un hidrocarburo aromático policíclico (HAP) que se utiliza como marcador de los HAPs con efecto tóxico que pueden encontrarse en los alimentos. Estos hidrocarburos presentes en los alimentos pueden proceder de contaminación medioambiental y de procedimientos de ahumado, secado y calentamiento durante la transformación de los alimentos.
El Reglamento Comunitario de 4 de febrero de 2005, que modifica otro de 2001 en lo relativo a los hidrocarburos aromáticos policíclicos, recoge los grupos de alimentos susceptibles de contener benzo(a)pireno, así como los límites máximos de este contaminante en cada grupo de alimento.
Los grupos de alimentos a los que se aplica esta normativa son: aceites y grasas, productos alimenticios destinados a lactantes y niños de corta edad, carnes ahumadas y productos pesqueros ahumados, pescados, crustáceos y moluscos bivalvos y cefalópodos.
Protección para el ciudadano
El nuevo Real Decreto ofrece al ciudadano una mayor protección frente a los alimentos que se consumen, puesto que se va a controlar el benzo(a)pireno, que antes sólo estaba regulado en los aceites de orujo, en todos los alimentos citados anteriormente.
El sistema de muestreo representativo y el uso de los mismos procedimientos en la preparación de la muestra y en los métodos de análisis, aspectos recogidos en el Real Decreto, garantizarán que los muestreos y los análisis se realicen en las mejores condiciones técnicas y que el método aplicado sea el mismo en todos los laboratorios de la Unión Europea, con lo que se protegen así tanto los intereses de los consumidores, como los de los operadores económicos.
De esta forma, la nueva normativa va a garantizar la circulación en el territorio comunitario de alimentos que no contengan benzo(a)pireno en cantidades que puedan afectar a la salud de los consumidores, y se van a poder rechazar los lotes de alimentos cuyo contenido de este producto supere los límites establecidos, lo que constituye una novedad en nuestro ordenamiento jurídico. Así, la norma conjuga los principios comunitarios de libre circulación de mercancías y defensa de la competencia con la necesaria protección de la salud de los consumidores y las garantías establecidas en los procedimientos de control oficial de los alimentos.
Control de productos alimenticios
La toma de muestras y el método de análisis que se regula en esta disposición van dirigidos al control oficial que realizan los órganos competentes de las Comunidades Autónomas para el mercado interior y los órganos correspondientes del Ministerio de Sanidad y Consumo para el comercio extracomunitario en los Puntos de Inspección Fronterizos (PIFs), siguiendo el procedimiento establecido consistente en levantar acta, tomar tres muestras legales, analizarlas y rechazar o aceptar el lote inspeccionado.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
NORMAS PARA IMPORTACIÓN Y TRÁNSITO DE DETERMINADOS
MAMÍFEROS PROCEDENTES DE PAÍSES TERCEROS
- La nueva normativa afectará a ciertos ungulados, mamíferos cuyas extremidades terminan en pezuña, entre los que se encuentran bovinos, ovinos, caprinos y porcinos
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen normas zoosanitarias para la importación y tránsito por España de determinados ungulados vivos, tales como vacas, ovejas, cabras, antílopes, búfalos, dromedarios, alces, jirafas, cerdos, hipopótamos, rinocerontes o elefantes procedentes de países terceros; es decir, todos aquellos animales, no sólo de producción ganadera, que puedan presentar un riesgo similar de transmisión de enfermedades.
El Real Decreto por el que se incorpora al ordenamiento jurídico interno la normativa comunitaria en la materia actualiza y racionaliza la legislación previa, debido a la evolución de las normas internacionales de la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE) y sus repercusiones en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y su Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
En concreto, determina que la introducción de estos animales sólo se autorizará si provienen de países terceros, o parte de los mismos, que estén autorizados por la Comisión Europea e incluidos en las correspondientes listas comunitarias, tras ofrecer una serie de garantías sanitarias generales y cumplir las condiciones específicas que se fijen por la Unión Europea, para lo cual serán objeto de inspección y auditoría por parte de la Oficina Alimentaria y Veterinaria de la Comisión.
En esta línea, la nueva normativa exige, entre otros requisitos, que los animales, según su especie, procedan de un territorio libre de doce enfermedades consideradas muy graves (Fiebre Aftosa, Peste Porcina Clásica, Peste bovina, entre otras) y que con anterioridad a su envío a España hayan permanecido en el tercer país autorizado durante el periodo de tiempo que establezcan las condiciones zoosanitarias específicas.
Igualmente, se exigirá un control veterinario oficial, previo a su envío, y un certificado veterinario unificado que deberá ajustarse al modelo establecido por la Comisión Europea, y que debe ser cumplimentado por las autoridades competentes de origen antes de abandonar el país tercero. También se contempla la posibilidad de utilizar la certificación electrónica previo acuerdo.
Se prevén, sin embargo, ciertas excepciones en casos muy concretos, con lo que se facilitará el movimiento de determinados animales, como los de especies amenazadas, zoos, los destinados a eventos deportivos o a exhibiciones sin ánimo comercial. Asimismo, se prevén disposiciones transitorias para la aplicación de ciertos requisitos de manera, que no se bloqueen los flujos comerciales existentes a la entrada de esta normativa.
MEDIO AMBIENTE
CONVENIO PARA MODERNIZAR REGADÍOS EN
LAS VEGAS BAJAS DEL RÍO GUADALQUIVIR
El Consejo deMinistros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, y la Comunidad de Regantes de los Sectores 1A y 1B de las Vegas Bajas del río Guadalquivir para la modernización de regadíos mediante la eficacia en la utilización, el uso racional y el ahorro del agua.
El importe total de las actuaciones contempladas en el convenio es de 8.127.764 euros. De esta cuantía, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir participará con el 75 por 100, mediante aportaciones procedentes de Fondos FEDER de la Unión Europea, y la Comunidad de Regantes de los Sectores 1A y 1B de las Vegas Bajas del Guadalquivir financiará el 25 por 100 restante.
Las actuaciones contempladas forman parte del desarrollo y ejecución de proyectos correspondientes a la Medida 3.2 "Mejora de la eficacia de las infraestructuras existentes y de utilización del agua" del programa operativo FEDER 2002 a 2006 correspondiente a Andalucía. Para esta ocasión dichas actuaciones tienen como objetivo concreto lograr el uso racional, el ahorro del recurso y la reducción de pérdidas en canalizaciones y conducciones, así como la modernización de redes primarias de infraestructuras de riego.
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
CONVENIO CON POLONIA SOBRE ESTABLECIMIENTO Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS INSTITUTOS DE CULTURA
El Convenio determina el régimen jurídico del establecimiento y funcionamiento del Instituto Cervantes en Varsovia y, dependiente del mismo, de una filial en Cracovia, así como del establecimiento y funcionamiento del Instituto Polaco en Madrid.
Las actividades de los Institutos serán supervisadas, respectivamente, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España y por el Ministro de Asuntos Exteriores de Polonia. Al frente de los mismos estarán sus Directores, que, junto con los Subdirectores, gozarán de los privilegios e inmunidades diplomáticas previstas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961, siempre que el Estado que envía los acredite como personal diplomático de su Embajada.
Los Institutos tienen como finalidad la divulgación del idioma español y la cultura en español, y del idioma y la cultura polacos. Para ello, realizarán, entre otras, las siguientes actividades: organización de cursos de lengua, cultura y civilización nacionales; organización de eventos culturales como exposiciones, conciertos, seminarios o jornadas culturales, así como la participación en proyectos relacionados con la cooperación cultural, con la cooperación de las entidades estatales y las iniciativas individuales, al igual que las resultantes de los convenios de colaboración directa entre las instituciones y organizaciones de ambas partes o de los programas e iniciativas de la Unión Europea.
El Convenio tendrá una vigencia de cinco años, renovables automáticamente por sucesivos periodos de cinco años.
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON EL
FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y el Fondo de Población de Naciones Unidas (FNUAP/UNFPA), cuya firma autorizó el Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de junio de 2005.
El Fondo de Población de las Naciones Unidas es un órgano subsidiario de las Asamblea General de las Naciones Unidas desde 1969 y tiene atribuida la responsabilidad principal en el ámbito del Sistema de Naciones Unidas en cuestiones de población. Su función es contribuir a formar la capacidad suficiente para atender las necesidades en materia de población y salud reproductiva. Los programas de salud reproductiva abarcan la planificación familiar, la salud de la madre y del niño, la prevención de enfermedades de transmisión sexual, en particular el VIH/SIDA, y la prevención de la violencia contra la mujer.
También promueve la comprensión de los factores de población, tales como el crecimiento demográfico, la fecundidad, la mortalidad, la estructura por edades, la distribución espacial, la migración y otros, y ayuda a los Gobiernos a elaborar programas y proyectos de población y prestación asistencia financiera para su ejecución.
Además, España, mediante la colaboración con el Fondo de Población cuyos objetivos y ámbito de actuación son coherentes con las prioridades establecidas por el Plan Director de la Cooperación Española, puede contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), enunciados por la Declaración del Milenio adoptada por los Estados miembros de las Naciones Unidas en 2000.
Por ello, España y el Fondo de Población de las Naciones Unidas han consensuado un Acuerdo Marco que proporcione un marco jurídico e institucional estable para fortalecer la colaboración entre ambas partes, que es el que se remite ahora a las Cortes Generales. Este Acuerdo Marco tiene por objeto impulsar las relaciones entre España y el FNUAP/UNFPA, con el fin de mantener una colaboración continua en la ejecución de programas, proyectos y actividades de cooperación.
Su ámbito de aplicación comprende todos los programas, proyectos y actividades que el Fondo realice con financiación distinta de las cuotas voluntarias ordinarias proveniente de la Administración española en su conjunto (central, autonómica y local).
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON FRANCIA SOBRE
PROGRAMAS EDUCATIVOS Y LINGÜISTICOS EN CENTROS ESCOLARES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre los programas educativos, lingüisticos y culturales en los centros escolares, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2005.
El Acuerdo tiene como principal objetivo favorecer el conocimiento y la difusión de las lenguas y culturas respectivas, en el marco de la enseñanza a nivel escolar, mediante el establecimiento de programas educativos, lingüisticos y culturales en los centros escolares del otro país. Estos programas se caracterizan por un volumen horario reforzado de las enseñanzas de la lengua y de la cultura del otro país, así como por la enseñanza en esa lengua, total o parcialmente, de una o varias asignaturas. En todos los casos se respetarán los objetivos y programas establecidos para el nivel de estudios correspondiente en el país en que se encuentren los centros escolares.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
CONSTRUCCIÓN DE ARRECIFES ARTIFICIALES EN LA ZONA SITUADA
ENTRE EL RÍO LLOBREGAT Y VALLCARCA (BARCELONA)
El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de reserva de uso a favor del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la zona situada entre el río Llobregat y Vallcarca (Barcelona) con objeto de instalar arrecifes artificiales para la protección y regeneración de las especies marinas de interés pesquero. La duración de la misma se establecerá en función de los trabajos derivados del seguimiento científico de los recursos pesqueros del caladero en que se localice el arrecife.
Los arrecifes artificiales son una medida de protección directa y de regeneración de los recursos pesqueros y del ecosistema que los sustenta. En el marco de esta política, la Secretaría General de Pesca Marítima ha procedido a la elaboración de un proyecto técnico en el área marítima entre el río Llobregat y Vallcarca (Barcelona) con el fin de llevar a cabo la protección pesquera de esta zona mediante la instalación de arrecifes artificiales.
Este proyecto ha sido sometido a los preceptivos informes del Ministerio de Medio Ambiente, de la Generalitat de Catalunya, de la Cofradía de Pescadores de Barcelona y Sitges, así como de los Ayuntamientos de Gava, Castelldefels, Sitges y Prat de Llobregat. También han informado el proyecto las autoridades competentes en materia de defensa y navegación y el Instituto Español de Oceanografía (IEO).
FOMENTO
CONVENIOS CON DOS AYUNTAMIENTOS PARA TRANSFERENCIA
DE TRAMOS DE LA RED DE CARRETERAS
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a suscribir convenios de colaboración con los Ayuntamientos de Pallejà (Barcelona) y Muro de Alcoy (Alicante) para proceder a la cesión de titularidad de diversos tramos de la Red de Carreteras del Estado que con el paso del tiempo han adquirido carácter urbano y que en la actualidad dan servicio a tráficos de ámbito local.
En el marco de estos convenios, el Ministerio de Fomento aportará un total de 1,76 millones de euros para financiar la mejora de los 8,42 kilómetros de carreteras que serán transferidos a las Administraciones locales. Desde el momento de la firma de los convenios los Ayuntamientos asumirán la titularidad de sus respectivos tramos de carretera y se comprometerán a tener redactados y aprobados los proyectos de las obras de mejora en el plazo de seis meses.
Los convenios que el Ministerio de Fomento procederá a suscribir se refieren a los siguientes tramos:
Pallejà (Barcelona): Tramo entre los puntos kilométricos 595,875 al 599,560 de la N-IIa. La aportación del Ministerio de Fomento asciende a 910.833,84 euros.
Muro de Alcoy (Alicante): Tramos entre los puntos kilométricos 805,900 al 809,579; 809,820 al 809,960 y 810,010 al 810,938 de la N-340. La aportación del Ministerio de Fomento supone 855.901,33 euros.
FOMENTO
CONVENIO PARA ANALIZAR LAS EMISIONES
DE MOTORES A BORDO DE LOS BUQUES
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, y la Universidad de Vigo para la redacción de un proyecto de I+D+I consistente en el análisis de las emisiones de motores de potencia superior a 130 kW instalados a bordo de los buques.
Con este proyecto se investigará y desarrollará una metodología y dispositivos de actuación para determinar los parámetros fundamentales del motor y emisiones a bordo de los buques con las citadas características que se encuentran en servicio.
El Ministerio de Fomento abonará un total de 99.145 euros a la Universidad de Vigo por la redacción del proyecto, trabajo que, desde la fecha de la firma del contrato, deberá estar finalizado en quince meses.
Con la realización de este proyecto el Ministerio de Fomento trata de dar cumplimiento a los requerimientos exigidos por el Anexo VI de MARPOL 73/78 -el reglamento para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques- que entró en vigor el pasado19 de mayo de 2005.
EDUCACIÓN Y CIENCIA
HOMOLOGADOS SEIS TÍTULOS DE CINCO UNIVERSIDADES
El Consejo de Ministros ha aprobado seis acuerdos por los que se homologan otros tantos títulos de las Universidades de Alcalá, Cádiz, Cantabria, León y Málaga. Los planes de estudio de estas titulaciones fueron autorizados por sus respectivas Comunidades Autónomas y homologados por el Consejo de Coordinación Universitaria.
Los títulos homologados son:
- Arquitecto de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de Málaga.
- Ingeniero en Informática de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Cantabria.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico de la Escuela de Ingeniería Industrial e Informática de la Universidad de León.
- Licenciado en Biotecnología de la Facultad de Ciencias Biológicas y Ambientales de la Universidad de León.
- Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Facultad de Medicina de la Universidad de Alcalá.
- Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (segundo ciclo) de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales y de la Administración Pública de la Universidad de Cádiz.
SANIDAD Y CONSUMO
CONVENIO PARA EL PAGO DE GASTOS COMUNES DEL
CENTRO NACIONAL DE ALIMENTACIÓN
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio plurianual entre la Agencia Española de Seguridad Alimentaría (AESA) y el Instituto de Salud Carlos III para el abono de los gastos comunes del Centro Nacional de Alimentación, que depende de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.
El convenio, que tendrá vigencia durante los ejercicios de 2005, 2006 y 2007, se suscribe por un importe máximo de 1.281.523 euros. Esta cantidad, que será aportada por ambos organismos de forma proporcional, servirá para hacer frente a los gastos de suministros y servicios de mantenimiento, energía eléctrica, agua, gasóleo, teléfono y limpieza del centro.
El Centro Nacional de Alimentación está situado en las instalaciones que el Instituto de Salud Carlos III tiene en el complejo de Majadahonda. Hasta 2002 el centro dependía del Instituto Carlos III pero, en virtud de un Real Decreto de 19 de julio de 2002, por el que se aprobó el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, pasó a depender de este organismo, donde desempeña una labor fundamental como centro analítico de prospección y referencia y presta apoyo científico-técnico a la evaluación de riesgos alimentarios.
ECONOMÍA Y HACIENDA
REFINANCIACIÓN DE CRÉDITOS FAO CON LA REPÚBLICA DEL CONGO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo de refinanciación, firmado entre el Instituto de Crédito Oficial y la República del Congo, para reestructurar la deuda de este país con España, que asciende a 7.340.125 euros, derivada de créditos concedidos por el Gobierno español en el marco del Fondo de Ayuda al Desarrollo.
Este acuerdo es la concreción bilateral del tratamiento de deuda otorgado por el Club de París, del que España forma parte, a Congo. Este país es uno de los beneficiarios de la iniciativa HIPC (países altamente endeudados) que hasta el momento no ha alcanzado el denominado punto de decisión (momento en el que se concede un alivio de provisional referido sólo a la deuda de un determinado periodo de tiempo). Así, la reestructuración concedida por el Club de París es el paso previo para que Congo pueda alcanzar el punto de decisión.
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha
D. MÁXIMO DÍAZ-CANO DEL REY.
Nacido el 23 de marzo de 1960, casado, con dos hijos, es funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Ha sido Diputado Nacional por el PSOE en las VI, VII y VIII Legislaturas, así como Gobernador Civil de Cuenca y Senador en representación de Castilla-La Mancha, comunidad en la que ha desempeñado los cargos de Director General de Cultura, Consejero de Administraciones Públicas y Consejero Portavoz. En la actualidad era Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.