Referencia del Consejo de Ministros

22.2.2022

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Madrid

SUMARIO

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se extiende durante seis meses la suspensión establecida por el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, de las obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos concedidos a afectados por los movimientos sísmicos y erupciones volcánicas acaecidos en la isla de La Palma.
  • ACUERDO por el que se aprueba la segunda adenda al Acuerdo bilateral sobre el tratamiento de la deuda entre la República de Cuba y el Reino de España, firmado el 4 de mayo de 2016.

Trabajo y Economía Social

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se determina la obligación de presentar ofertas de compra y venta a los operadores dominantes en el sector del gas natural.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos para el intercambio y la protección mutua de la información clasificada y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo relativo a los controles de exportación en el ámbito de defensa y se acuerda la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Acuerdo.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo al Convenio relativo a la Construcción y Explotación de una Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X relativo a la Adhesión del Gobierno del Reino de España, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Protocolo.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la ejecución del servicio de transporte aéreo para el envío de vacunas contra el COVID-19 a la República Islámica de Irán para ciudadanos afganos residentes en el país, por un importe máximo de 60.000 euros.
  • ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácitos para jefes de misión extranjera.

Justicia

  • REAL DECRETO sobre promociones en la Carrera Fiscal.
  • REAL DECRETO por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato, dividido en diez lotes, para la prestación del servicio de seguridad integral y control de accesos en edificios administrativos y sedes judiciales adscritos a diversas Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, por un valor estimado de 47.108.119,89 euros.
  • ACUERDO por el que se declara la caducidad del procedimiento de revisión de oficio de la estipulación incluida en la cláusula segunda y concordantes del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General de la Abogacía Española y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid para la prestación y mejora de la asistencia jurídica en el procedimiento nº 275/2008, seguido ante el Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional.

Hacienda y Función Pública

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras para la modificación de los sistemas de calefacción central de caldera de carbón, en dos edificios de la Guardia Civil en Madrid, por importe de 389.362,36 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de cuatro vehículos aéreos no tripulados (UAV) para la mejor eficacia en los servicios que se prestan en los perímetros fronterizos en Ceuta y Melilla, por importe de 199.872,80 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de mantenimiento del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior de la Guardia Civil (SIVE), en Las Palmas de Gran Canaria, por importe de 289.818,08 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de mantenimiento de los equipos microinformáticos periféricos de la Guardia Civil, por importe de 697.018,46 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación del paso superior situado en el punto kilométrico 436+300 de la carretera N-120, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de León, por importe de 1.255.416,54 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios motivados por el deslizamiento de tierras ocurrido el 9 de diciembre de 2021, en el punto kilométrico 570+160 de la línea 100 Madrid - Hendaya. Tramo Zumárraga - Gabiria, por un importe de 2.734.620 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la contratación de diversas actuaciones para garantizar el suministro de energía eléctrica a los centros gestionados por ENAIRE, por un importe de 2.660.000 euros.
  • ACUERDO por el que se declaran de interés público y se establecen obligaciones de servicio público sobre las líneas de navegación Huelva - Santa Cruz de Tenerife y viceversa, y Huelva - Las Palmas y viceversa.

Educación y Formación Profesional

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

ACUERDOS DE PERSONAL

Hacienda y Función Pública

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Económicos y Transformación Digital

AYUDAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE LA ISLA DE LA PALMA

El Consejo de Ministros ha aprobado una prórroga de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos, con y sin garantías hipotecarias, para los afectados por la erupción volcánica de la isla de la Palma, por un periodo de 6 meses adicionales.

Con el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, se adoptaron medidas urgentes de apoyo para los afectados por la erupción volcánica de La Palma. Entre otras medidas, y con el objetivo de proporcionar un alivio temporal en la carga financiera a los afectados para que pudieran hacer frente a las necesidades urgentes derivadas de la erupción, se estableció una moratoria al pago de los intereses y el principal de los préstamos y créditos, con y sin garantía hipotecaria, cuyos titulares se hubieran visto afectados por la erupción volcánica, independientemente de que estuvieran o no al corriente de pago.

Esta suspensión se fijó por un plazo inicial de seis meses desde la presentación de la solicitud por parte de los afectados, aunque ya se preveía su posible ampliación, mediante acuerdo de Consejo de Ministros, en seis meses adicionales.

Con el presente acuerdo se ejecuta esa previsión, y se amplía con ello la duración de la moratoria de seis meses a un año de forma automática. Así, quienes ya lo hubieran solicitado podrán disfrutar de 6 meses adicionales sobre los ya concedidos y quienes lo soliciten ahora podrán disfrutar directamente de 12 meses de moratoria.

Cabe destacar, no obstante, que el plazo para la solicitud de la suspensión se mantiene inalterado en el 5 de abril de 2022.

Trabajo y Economía Social

MEDALLA Y PLACA AL MÉRITO EN EL TRABAJO CON PERSPECTIVA DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo. Se trata de una condecoración creada en 1926 que desapareció durante la Segunda República y que se reinstauró en la dictadura. Su última regulación data de 1982.

Los cambios sociales y profesionales que se han producido en España desde la promulgación del Real Decreto 711/1982, de 17 de marzo, hacen necesaria una revisión de algunos de los planteamientos hasta ahora vigentes que responda a la actual concepción de lo que significa el mérito en el trabajo en el siglo XXI.

Supuestos de retirada

Podrán retirarse las medallas cuando quede acreditado que la conducta y trayectoria de la persona o entidad condecorada sea incompatible con la ejemplaridad cívica y profesional exigida para la obtención del galardón.

Un segundo supuesto de retirada de la condecoración es que la persona beneficiaria, antes o después de la concesión, hubiese formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista y hubiera cometido actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos.

También se contempla la retirada en cualquier otro supuesto previsto legalmente.

Acorde con el momento actual

La nueva regulación adapta la norma a la legislación vigente en materia de memoria histórica, particularmente en relación con los derechos de las víctimas de la dictadura y permitirá que se pueda otorgar a título póstumo.

Además de modificarse los criterios, también se reforman los formatos de estos reconocimientos. Así, la nueva Placa al Mérito en el Trabajo podrá otorgarse en los casos en que las beneficiarias sean asociaciones, corporaciones, empresas, organismos públicos y entidades defensoras o representativas de intereses colectivos, en reconocimiento por la excelencia en el ejercicio de su función o por su contribución al incremento de la dignidad, la igualdad y la calidad del trabajo.

De igual manera, la medalla seguirá concediéndose a personas trabajadoras y a profesionales, pauta también seguida en otros reconocimientos otorgados por la Administración General del Estado.

También se modifican las categorías que pasan de un modelo de oro, plata y bronce a las modalidades de Excelencia, Igualdad y Salud Laboral.

Se crean, además, la placa y la medalla de Categoría Especial para reconocer una contribución que revista una especial notoriedad.

El procedimiento de concesión se iniciará de oficio por la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Trabajo y Economía Social

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA PARA LA IGUALDAD SALARIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del Día para la Igualdad Salarial que se conmemora el 22 de febrero.

De esta manera, se reafirma en su compromiso con la igualdad retributiva, ya que las diferencias de remuneración entre mujeres y hombres por trabajos de igual valor son todavía uno de los ejes vertebradores de la desigualdad económica y social presente en nuestro país.

El Gobierno de España expresa, a través de esta declaración, su convicción de luchar contra la desigualdad retributiva y de los cuidados que afecta a la práctica totalidad de las trabajadoras, comprometiéndose a seguir progresando en la adopción de las medidas de justicia que sean precisas para revertir esta situación.

Para avanzar en esta dirección, los ministerios de Igualdad y de Trabajo y Economía Social se comprometen a impulsar medidas legislativas que incentiven la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, al tiempo que se fortalecen los servicios públicos y políticas de conciliación que facilitan el ejercicio del derecho al cuidado como una prioridad de estos departamentos.

Para garantizar la eliminación de la desigualdad retributiva es necesario adoptar políticas públicas que permitan abordar la redistribución de los trabajos, los tiempos y la riqueza. De acuerdo con el documento, la asunción por parte de las mujeres de buena parte del trabajo invisible y no remunerado de cuidados sigue constituyendo un factor de penalización en las condiciones de acceso, permanencia y salida del mercado laboral.

También marca como tareas prioritarias avanzar en la trasposición de la Directiva 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores, y fortalecer el Plan Corresponsables y las distintas políticas públicas orientadas a establecer un sistema integral y público de cuidados, necesarias para garantizar una reorganización social justa de los cuidados y, por extensión, crear las condiciones de posibilidad para luchar contra la desigualdad retributiva.

Con el objeto de revertir la brecha salarial, en el año 2021 han entrado en vigor y empezado a desplegar sus efectos dos importantes reglamentos. Por un lado, el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro que tiene por objeto el desarrollo reglamentario de los planes de igualdad, así como del diagnóstico que los sustenta, incluidas las obligaciones de registro, depósito y acceso.

Y, por otro lado, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que constituye un texto pionero en materia de igualdad retributiva y coloca a España al nivel de los países más comprometidos en esta materia. Este real decreto desarrolla el contenido de diversos instrumentos de transparencia retributiva, entre los que se encuentra el registro retributivo y la auditoria retributiva.

Por otra parte, la convalidación del Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, permitirá también reducir la temporalidad y la precariedad que se da en mayor medida en los contratos que se formalizan con las mujeres, y promover, de esta manera, una mayor estabilidad en el empleo y una mayor calidad de este, también en términos de mejoras salariales.

Trabajo y Economía Social

SUBIDA DEL SMI A 1.000 EUROS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

El incremento permite avanzar en el objetivo de que las personas trabajadoras vean reconocido de manera efectiva su derecho a una remuneración equitativa y suficiente, en línea con lo establecido por el Comité Europeo de Derechos Sociales, que lo ha situado en el 60% del salario medio.

En este sentido y durante esta legislatura se ha subido el SMI en los años 2020, 2021 y, finalmente, ahora en 2022, para que alcance el 60% del salario medio antes de que finalice la legislatura, cumpliendo con lo establecido en la Carta Social Europea y en el acuerdo de Gobierno. La subida del SMI ha contribuido a reducir la brecha salarial entre 2019 y 2020 en cerca de cinco puntos según los datos del decil de salarios del empleo principal que recoge la Encuesta de Población Activa (EPA) que elabora el INE.

El incremento es fruto del diálogo social y cuenta con el acuerdo de las organizaciones sindicales CCOO y UGT.

El aumento del SMI contribuye a promover un crecimiento y una recuperación de la actividad económica sostenida, sostenible e inclusiva, al cumplimiento de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la erradicación de la pobreza, la promoción de políticas orientadas a la creación de puestos de trabajo decentes y a la adopción de políticas salariales que permitan alcanzar una mayor igualdad, en especial entre mujeres y hombres, y una mayor cohesión social.

El SMI queda, en virtud de esta norma, fijado en 1.000 euros mensuales distribuidos en catorce pagas, lo que implica una retribución salarial de 33,33 euros al día con carácter general.

Los trabajadores y trabajadoras eventuales y temporeras cuyos servicios no superen los 120 días en la misma empresa percibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada legal.

Las empleadas y empleados de hogar deberán percibir un mínimo de 7,82 euros brutos por cada hora efectivamente trabajada.

La subida sigue el dictamen de la Comisión para el Análisis de la Subida del SMI, formada por personas expertas, que elaboró y aprobó por unanimidad un informe la senda del crecimiento del SMI para alcanzar el 60% del salario medio antes de que concluya la legislatura.

El aumento del SMI cuenta con efectos probados y de gran inmediatez a la hora de combatir la desigualdad, la pobreza laboral, la brecha salarial de hombres y mujeres, la precariedad salarial de los colectivos más vulnerables y que cuentan con menos capacidad de negociación.

Beneficia, de forma especial, las personas con menos ingresos laborales, de manera específica a las mujeres y a las personas jóvenes, las que tienen contratos temporales o trabajan a tiempo parcial, en actividades de bajos salarios y en los territorios con menor nivel de desarrollo.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

PRÓRROGA DE MEDIDAS DE ADAPTACIÓN AL BREXIT

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se prorrogan las medidas contenidas en el artículo 15 del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado Tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020. (MPCM).

El 31 de enero de 2020, el Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la UE y pasó a tener la consideración de tercer país, tras la ratificación del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Acuerdo de Retirada), que preveía un período transitorio desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Por ello, España aprobó el Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, tras la finalización del período transitorio previsto en el Acuerdo de Retirada.

El real decreto-ley 38/2020 determina en su artículo 2 que las medidas sujetas a un plazo de vigencia dejarán de estar en vigor por el mero transcurso de dicho plazo, salvo que el Gobierno proceda a prorrogarlo, mediante acuerdo.

Así, tras diversos acuerdos del Consejo de Ministros se ha venido prorrogando la vigencia de determinadas medidas previstas en el citado real decreto-ley. Entre estas medidas está la recogida en el artículo 15, que fijó un periodo transitorio para que los conductores titulares de permisos británicos pudieran seguir conduciendo en España en las mismas condiciones que antes de la finalización del periodo transitorio. Transcurrido este, sería de aplicación la normativa vigente para los permisos expedidos por las autoridades de terceros países. Tras las sucesivas prórrogas acordadas, la vigencia de esta medida transitoria finalizará el 28 de febrero de este año.

A partir de esa fecha, los ciudadanos británicos residentes en España no podrán conducir en España con su permiso británico, salvo que efectúen el canje de su permiso británico por uno español. Para poder efectuar el canje, es preciso que las autoridades británicas y españolas acuerden los requisitos y procedimientos necesarios.

Actualmente, se está negociando un acuerdo bilateral en materia de tráfico que incluye, entre otras materias, la posibilidad de que los ciudadanos españoles y británicos residentes por más de seis meses en Reino Unido o España, respectivamente, puedan canjear su permiso de conducción por uno británico o español, según corresponda, determinándose asimismo las condiciones en que pudieran efectuarse los canjes.

Por ello, mediante este acuerdo se prorroga el plazo de validez de los permisos británicos en España por un periodo de dos meses adicionales, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de abril de 2022, en tanto continúa la negociación del acuerdo bilateral, permitiendo durante este periodo a los ciudadanos británicos residentes en España continuar utilizando su permiso de conducción británico.

Esta cuestión no afectará a las personas con permiso de conducción británico que viajan a España por periodos inferiores a seis meses, que podrán seguir conduciendo en nuestro país, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento General de Conductores.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON LOS PAÍSES BAJOS SOBRE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos para el intercambio y la protección mutua de la información clasificada y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.

El acuerdo tiene por finalidad garantizar la protección de la información clasificada generada o intercambiada entre las Partes o por personas físicas o jurídicas bajo la jurisdicción de cualquiera de las Partes.

La ratificación del acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues estas exigen a veces el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, se hace necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esa información clasificada.

Este acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales bilaterales en este sector.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONTROLES DE EXPORTACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo relativo a los controles de exportación en el ámbito de defensa y se acuerda la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo.

Las nuevas herramientas de cooperación en materia de defensa puestas en marcha en el seno de la Unión Europea (UE) ponen de manifiesto la voluntad de una mayor interacción entre los Estados Miembros en materia de cooperación en defensa y un esfuerzo para superar la fragmentación de la industria para avanzar hacia un modelo más homogéneo, eficiente e interoperable.

Por esa razón, y con el ánimo de aprovechar las oportunidades de estas iniciativas de la UE, de mejorar la coordinación en la aplicación de los controles de exportaciones entre países europeos cuyas empresas tomen parte en proyectos de cooperación y de garantizar la sostenibilidad y certidumbre de los mismos, se negoció un acuerdo relativo a los controles de exportación en el ámbito de defensa entre Alemania, Francia y España, abierto a la incorporación de más Estados europeos. El acuerdo prevé diversos procedimientos que tienen por objeto aplicar un control de exportaciones coordinado sobre las transferencias de material de defensa, asociadas a proyectos de cooperación industrial en materia de defensa.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

PROTOCOLO SOBRE UNA INSTALACIÓN EUROPEA DE LÁSER DE ELECTRONES LIBRES DE RAYOS X

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo al Convenio relativo a la Construcción y Explotación de una Instalación Europea de Láser de Electrones Libres de Rayos X (Convenio XFEL) relativo a la Adhesión del Gobierno del Reino de España, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho protocolo.

El Convenio XFEL, al cual se va a adherir España mediante el presente protocolo, fue firmado en Hamburgo, el 30 de noviembre de 2009, por Alemania, Dinamarca, Eslovaquia, Grecia, Hungría, Italia, Polonia, Rusia, Suecia y Suiza. Posteriormente, el 4 de febrero de 2010, lo firmó Francia, y el 17 de octubre de 2018 Grecia notificó su retirada del mismo. El 19 de marzo de 2018 se firmó en Berlín el Protocolo de adhesión del Reino Unido al Convenio. El convenio está en vigor desde el 1 de diciembre de 2018.

El objeto de este convenio es impulsar la construcción y explotación de una instalación europea de láser de electrones libres de rayos X que albergue un acelerador lineal superconductor, líneas de haces de radiación e instalaciones experimentales para su uso por parte de la comunidad científica, según criterios de excelencia científica. Se espera obtener con este proyecto resultados novedosos en áreas como física de materiales, física del plasma, astrofísica, química, biología estructural y bioquímica, entre otras.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ENVÍO DE VACUNAS CONTRA EL COVID-19 A IRÁN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la ejecución del servicio de transporte aéreo para el envío de vacunas contra el COVID-19 a la República Islámica de Irán para ciudadanos afganos residentes en el país, por un importe máximo de 60.000 euros.

El pasado día 8 de noviembre de 2021, durante el evento en conmemoración del 70º aniversario de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, el presidente del Gobierno se comprometió a donar 2 millones de vacunas a contextos humanitarios.

Posteriormente, el 20 de noviembre, la República Islámica de Irán hizo un llamamiento de auxilio a través del Mecanismo Europeo de Protección Civil en el que solicitaba 6.000.000 de vacunas contra la COVID-19 para la población afgana residente en el país.

En consecuencia, el pasado 21 de diciembre se respondió a la petición de Irán al Mecanismo Europeo de Protección Civil con el ofrecimiento de 2.204.000 de vacunas AstraZeneca.

Justicia

RENOVACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD EN LAS SEDES JUDICIALES DE LAS GERENCIAS TERRITORIALES

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato para renovar el servicio de seguridad integral y control de accesos en edificios administrativos y sedes judiciales adscritos a diversas Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Este contrato, dividido en diez lotes y por un valor estimado de 47.108.119 euros, renovará los actuales contratos de seguridad que fueron formalizados en el año 2018 y caducan el 31 de marzo de 2022.

La seguridad y el control de accesos a las sedes judiciales se realiza por miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en virtud del Convenio Marco para la prestación de los servicios de seguridad por personal de la Guardia Civil en la reserva en los edificios judiciales adscritos al Ministerio de Justicia, que se renueva anualmente.

Sin embargo, la cobertura de sedes y edificios por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para atender las necesidades del Ministerio de Justicia precisa completar el servicio con medios externos. Para cubrir esta necesidad se prevé la contratación de un servicio externo por un período de 24 meses, prorrogable por un máximo de otros 24 meses.

El contrato se ha llevado a cabo a través del procedimiento negociado sin publicidad, previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Justicia

PROMOCIONES A LA CATEGORÍA DE FISCAL DE ABOGADOS FISCALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se promociona a fiscal de la categoría segunda a un total de 31 abogados fiscales, pertenecientes a la categoría tercera.

Los ascensos, solicitados por la Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal, cumplen con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece que las vacantes que se produzcan en la categoría segunda se cubrirán, por orden de antigüedad, entre los pertenecientes a la categoría tercera.

Los 31 nuevos fiscales cubren parte de las 33 plazas de esta categoría que han quedado libres por distintos motivos: fallecimiento (5), jubilaciones (19), excedencias (4) y ascensos a la primera categoría (5). Las dos plazas restantes se cubrirán con reingresos desde la situación de excedencia.

Justicia

RÉGIMEN DE SUSTITUCIONES Y MEDIDAS DE APOYO O REFUERZO EN EL MINISTERIO FISCAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que regula el régimen de sustituciones y medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal, con el objetivo de incrementar la eficacia del sistema establecido y clarificar y actualizar su funcionamiento.

Esta norma afecta a los miembros de la carrera fiscal y tiene también como destinatarios a los abogados fiscales sustitutos que, sin pertenecer a la carrera fiscal, ejerzan sus funciones de carácter no permanente en el Ministerio Fiscal.

Además de referirse a las sustituciones entre los fiscales de carrera, este real decreto procede a realizar una regulación más completa y mejorada del régimen aplicable a los abogados fiscales sustitutos.

Por otra parte, adapta también la norma reguladora de las sustituciones a los cambios que se han producido en el ordenamiento jurídico desde la fecha de publicación del Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, norma vigente en la materia.

Así, desaparece de la norma reglamentaria la regulación de los Fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo, en consonancia con la derogación de la regulación que sobre los Magistrados eméritos se contenía en el artículo 200 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y se modifica en la regulación de los permisos y licencias de los abogados fiscales sustitutos el plazo de la licencia a disfrutar por el progenitor distinto de la madre biológica, para así acomodarlo a la actual normativa en este ámbito, entre otras medidas.

Hacienda y Función Pública

FONDO DE CONTINGENCIA PARA SUBVENCIONES A PROGRAMAS DE INTERÉS SOCIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por un importe total de 70.792.869 euros en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

La ampliación de crédito tiene la finalidad de financiar subvenciones convocadas en 2021 para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, en el marco de la obligación legal que tiene el Estado de destinar el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades.

En 2021 se aprobó el Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. En el marco de estas nuevas bases reguladoras y, mediante la Resolución de 22 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (publicado en el BOE el 26 de octubre de 2021), se convocaron las subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social por un importe máximo de 70.792.869 euros.

La propuesta de resolución contempla la concesión de subvenciones a 811 programas de interés social a ejecutar por 238 entidades del Tercer Sector de Acción Social por un importe de 70.792.869 euros, la cual se encontraba pendiente a la espera de disponer de cobertura financiera para proceder a elevar la correspondiente propuesta.

El crédito inicial que recogen los Presupuestos para 2022 para actividades de interés general consideradas de interés social asciende a 21.415.270 euros. Dicha cuantía resulta insuficiente para abonar las subvenciones convocadas en 2021 y, además, su finalidad es destinarse al pago de subvenciones que se convocarán en el año 2022 para dicha finalidad.

Por ello, es preciso autorizar la ampliación de crédito aprobada hoy en Consejo de Ministros con cargo al Fondo de Contingencia para conceder la subvención para programas de interés social a ejecutar por entidades del Tercer Sector de Acción Social.

Hacienda y Función Pública

NUEVO ACUERDO MARCO DE SUMINISTRO DE SISTEMAS Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un acuerdo marco de suministro de sistemas y elementos de seguridad, con un valor máximo estimado de 70.840.000 euros.

Este nuevo acuerdo marco sustituirá al acuerdo marco anterior, que data del año 2019. Su plazo de duración es de dos años, prorrogable por un máximo de otros dos años.

El ámbito del acuerdo incluye a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales, así como las entidades del sector público estatal, autonómico y local que formalicen su adhesión específica al acuerdo marco.

La adjudicación del acuerdo marco se realizará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, seleccionándose a las empresas que ofrezcan productos técnicamente adecuados y garanticen el respeto a los principios de protección al medioambiente.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZACIÓN DE OPERACIONES DE DEUDA A LARGO PLAZO DE CANARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado a Canarias a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 898,7 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

De esta forma, el Consejo de Ministros ha autorizado a esta comunidad autónoma a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe de 898,7 millones de euros, de los que la mayor parte se destinarán a financiar los vencimientos de deuda a largo plazo del ejercicio.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2022.

Hacienda y Función Pública

COMPRA DE ACCIONES DE INDRA

El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición, por compra, de acciones de la compañía Indra Sistemas S.A., hasta alcanzar un máximo del 28% de su capital social. La ejecución de la operación y la tenencia de las acciones serán asumidas por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

La autorización del Consejo de Ministros responde a la importancia de reforzar la participación del Estado como accionista de referencia en una compañía estratégica para el país, especialmente en el ámbito de la seguridad y la defensa.

Indra Sistemas es una compañía líder en Tecnologías de la Información, Simulación y Sistemas Automáticos de Mantenimiento y Equipos Electrónicos de Defensa, que lleva a cabo un considerable volumen de actividades directamente relacionadas con intereses esenciales del Estado, tanto en el ámbito civil como en el de seguridad y defensa.

Indra ha sido designada como coordinadora industrial de la participación española en el proyecto europeo Futuro Sistema Aéreo de Combate (también conocido como FCAS por sus siglas del inglés Future Combat Air System), lo que representa un compromiso de la máxima importancia para los intereses de la defensa española y europea con importantes extornos para el conjunto de la industria civil y militar española. El FCAS es un programa crítico para España en clave de soberanía, desarrollo tecnológico e industrial y creación de empleo de alta cualificación.

Hacienda y Función Pública

COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL CON LA UE SOBRE PLATAFORMAS DIGITALES

El Consejo de Ministros ha iniciado los trámites para la aprobación de un Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley General Tributaria con el objetivo de hacer efectiva la transposición de la Directiva UE 2021/514 (DAC 7), relativa a la cooperación en el ámbito de la fiscalidad y que tiene como principal novedad la obligación de intercambiar información con los otros países de la UE sobre los operadores de plataformas digitales.

Con esta transposición, recogida en un anteproyecto de ley que inicia ahora el trámite consultivo, se mejora la cooperación administrativa con la Unión Europea, ya que se dará cumplimiento al mandato contemplado en la directiva de facilitar el intercambio de información fiscal sobre estos operadores digitales.

Dicha norma comunitaria tiene como objetivo mejorar el marco existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión Europea, así como ampliar dichos fines en ámbitos nuevos, con el propósito de abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más eficiente.

En particular, la DAC 7 determina el establecimiento de un nuevo intercambio de información entre los Estados Miembros de la UE, centrado en la información obtenida de los operadores de plataformas digitales.

Este nuevo intercambio de información exige cambios a nivel reglamentario que se efectuarán mediante de un real decreto que tiene por objeto establecer las normas y procedimientos de diligencia que deberán aplicar determinados operadores de plataformas digitales, así como regular las nuevas obligaciones de registro e información de dichos operadores.

Obligación de informar sobre los operadores digitales

El anteproyecto prevé las características generales de la obligación de información y su desarrollo se efectuará reglamentariamente a través de un real decreto, y de la correspondiente orden ministerial que aprobará el modelo de declaración.

En concreto, la norma establece para los denominados "operadores de plataforma obligados a comunicar información" tres tipos de obligaciones:

  • Normas y procedimientos que deberán aplicar los operadores sobre los 'vendedores' para la obtención de determinadas informaciones, a fin de cumplir con el suministro de información a la Administración Tributaria.
  • Obligación de registro en el censo.
  • Obligación de suministro de información a la Administración Tributaria.

La obligación de suministro de información se establece para, una vez obtenida dicha información, intercambiarla con los Estados Miembros de residencia del vendedor al que se refieren los datos y, en el caso de arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles, al estado miembro en el que estuviera situado el bien inmueble.

En concreto, los operadores deberán aplicar los procedimientos de diligencia debida en relación con determinadas informaciones de los "vendedores" que estarán sujetos a la comunicación de dichos datos. Se deberán verificar los citados datos, alcanzando especial importancia el esclarecimiento de la residencia del vendedor.

Una vez obtenida esta información por el operador, éste deberá suministrarla a la Administración Tributaria española, y para ello el operador deberá estar registrado censalmente ante la misma.

La transposición contempla que algunos operadores de plataformas digitales están excluidos de esta obligación de informar. Se trata de aquellos que puedan demostrar que la información ha sido comunicada por otros operadores y los considerados como "operadores de plataforma cualificados externos a la Unión", es decir, aquellos registrados en jurisdicciones no europeas a los que les resulta de aplicación tratados o convenios internacionales en virtud de los cuales dicha información se remite a todos los Estados Miembros.

El anteproyecto también prevé un régimen sancionador específico para estas obligaciones de información.

Información que se debe comunicar

La nueva normativa apunta que el operador de plataformas digitales deberá comunicar diversos datos relativos a las actividades económicas, denominadas "actividades pertinentes", en las que medien los operadores a través de las plataformas digitales que gestionan, poniendo en contacto a los vendedores de bienes o prestadores de determinados servicios, denominados "vendedores", y los usuarios de dichas plataformas.

En este caso, existen una serie de vendedores excluidos de esta información, como son las entidades consideradas administraciones públicas y las entidades cotizadas.

Asimismo, serán objeto de suministro de información aquellas actividades determinadas expresamente por la DAC 7 consideradas como "actividades pertinentes", que son las de arrendamiento y cesión temporal de bienes inmuebles y medios de transporte, servicios personales y venta de bienes.

Se deberán suministrar datos como la identificación de los propios operadores y vendedores; actividades desarrolladas por éstos; contraprestación satisfecha al vendedor e identificación de las cuentas utilizadas para el cobro de la misma; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos.

La declaración deberá ser objeto de presentación durante el mes de enero del año siguiente al que se refiere la información.

Inspecciones conjuntas

Otra de las novedades que recoge el anteproyecto es la regulación de las denominadas "inspecciones conjuntas" a nivel europeo. También ciertos aspectos de la presencia de los funcionarios españoles en otros Estados, y a la inversa, así como de los controles simultáneos.

De esta forma, la normativa define el concepto de inspección conjunta y establece que, con carácter general, la regulación aplicable será la española propia del régimen de las actuaciones de inspección, salvo que las actuaciones se desarrollen fuera de España, en cuyo caso, se aplicarán las disposiciones del Estado Miembro donde se desarrollen. Ello nunca implicará que los funcionarios españoles que actúen en ese otro Estado Miembro puedan ejercer competencias no conferidas conforme a la normativa española.

Asimismo, para facilitar el desarrollo práctico de las inspecciones conjuntas, la Administración tributaria española y los Estados Miembros participantes deberán acordarlas y coordinarlas previamente, para lo cual se nombrará a un representante de la administración española.

También se regulan las especialidades en este tipo de actuaciones y se deberá elaborar un informe final que recogerá las conclusiones de la inspección, que deberá tenerse en cuenta en posteriores procedimientos tributarios seguidos por la Administración Tributaria española.

Por último, la previsión es que la transposición entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. No obstante, se establece que las modificaciones referidas a la obligación de información de los operadores de plataformas digitales se aplicarán a partir de 1 de enero de 2023, mientras que el régimen relativo a las inspecciones conjuntas se aplicará a partir de 1 de enero de 2024.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

DECLARADAS DE INTERÉS PÚBLICO LAS LÍNEAS DE NAVEGACIÓN HUELVA-SANTA CRUZ DE TENERIFE Y HUELVA-LAS PALMAS

El Consejo de Ministros, ha aprobado el acuerdo por el que se declaran de Interés Público y se establecen Obligaciones de Servicio Público sobre las líneas de navegación Huelva - Santa Cruz de Tenerife y Huelva - Las Palmas.

Estas líneas se unirán a las que ya están declaradas de Interés Público actualmente: Cádiz-Santa Cruz de Tenerife y la línea Cádiz- Las Palmas y sobre las cuales están establecidas Obligaciones de Servicio Público consistentes en mantener una frecuencia mínima de un viaje semanal en cada una de ellas.

Esta declaración supone la inclusión de la ruta en los mecanismos de intervención administrativa existentes para la conexión marítima de las Islas Canarias con la península, lo que permitirá que esta ruta se incluya también en su caso en las próximas licitaciones de contratos de navegación de conexión de la península con el archipiélago.

Asimismo, se destaca que esta ampliación de rutas irá en consonancia con lo recogido en el Real Decreto-Ley 20/2021, de 5 de octubre, que determinó incluir en el contrato de línea de navegación de Interés Público, entre las Islas Canarias y la península, la conexión de la isla de La Palma con las islas mayores del archipiélago y la península, con objeto de que se oferte una conexión marítima sin trasbordos a los ciudadanos que deban desplazarse por vía marítima a La Palma desde la península o a alguna de las islas mayores sin conexión directa.

Todo ello teniendo en cuenta que esta conexión marítima permite también el uso de esta línea por los conductores de vehículos de carga y cabezas tractoras sin necesidad de trasbordos.

Antecedentes

En los últimos años, se han desarrollado varias conexiones regulares entre Canarias y la península a través de Huelva, cuya implantación responde a un nuevo escenario de los sectores marítimo y portuario, con desarrollo de nuevas infraestructuras, concurrencia de sinergias y existencia de servicios que confieren a Huelva relevancia en la conexión con las Islas Canarias.

En este sentido, el día 1 de enero de 2021, entraron en vigor nuevas alineaciones del Corredor Atlántico de la Red Transeuropea de Transporte, que incluye por primera vez enlaces marítimos y que define la conexión Huelva-Canarias como parte del citado corredor, clasificando al Puerto de Huelva en la Red Básica o de máxima importancia estratégica.

Todo ello aconseja plantear de forma global la conexión marítima de las Islas Canarias con la península, utilizando fórmulas que aseguren el servicio en condiciones de simetría con el resto de conexiones con las islas, lo que permitirá también conseguir mejoras en calidad y prestaciones.

Educación y Formación Profesional

NUEVAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES VINCULADAS A SECTORES CON ALTA DEMANDA DE EMPLEO

El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro reales decretos que actualizan el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP). Con esta aprobación se crean 11 nuevas cualificaciones profesionales, se renuevan otras 39 ya existentes y se suprimen ocho de 14 familias profesionales. Todas ellas están vinculadas a los once sectores productivos identificados como estratégicos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional que está desarrollando el MEFP.

Entre ellas, se establecen cinco nuevas cualificaciones que pertenecen a la familia profesional de Industrias Alimentarias, dos están vinculadas a las Artes Gráficas, otras dos a la familia de Agraria, una a Hostelería y Turismo y otra a la familia profesional de Química.

Entre las cualificaciones profesionales actualizadas destacan ocho de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, cuatro están vinculadas a Actividades Físicas y Deportivas y otras cuatro son de la familia de Informática y Comunicaciones.

Además, se modifican cuatro cualificaciones profesionales de la familia de Agraria, cuatro vinculadas a Industrias Extractivas, tres a Industrias Alimentarias, tres a la familia de Imagen Personal y otras tres cualificaciones renovadas pertenecen a Hostelería y Turismo. También se modifican dos cualificaciones de Seguridad y Medio Ambiente y una de Energía y Agua vinculada a energías renovables, entre otras.

Con esta actualización, el Gobierno afianza su compromiso de revisión permanente del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, atento a los cambios que experimentan los perfiles laborales más demandados hoy en día. Todo ello, para consolidar una oferta formativa que responda a las necesidades de formación de la población activa y que favorezca su empleabilidad.

Para llevar a cabo este proceso de modernización se cuenta con la colaboración de empresas referentes en cada sector productivo y se atiende a las técnicas más punteras del mercado utilizadas en el desarrollo de la actividad laboral que recogen.

Esta labor responde a una de las líneas de actuación del Plan de Modernización de la Formación Profesional que se está implementando desde 2020. En los últimos tres años, se han sumado 71 nuevas cualificaciones al catálogo, hasta alcanzar un total de 739.

El CNCP es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional que facilita el carácter integrado y la adecuación entre la FP y el mercado laboral. Está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo, que son la base para la elaboración de la oferta formativa de Formación Profesional.

Nuevas cualificaciones profesionales

1. Herrado para equipos

2. Herrado ortopédico y/o terapéutico y barefoot en equipos

3. Fabricación de complejos y aplicación de tratamientos superficiales de soportes gráficos

4. Fabricación de envases, embalajes y otros artículos de papel y cartón

5. Gestión de productos turísticos

6. Elaboración de productos cárnicos a nivel industrial

7. Elaboración y venta de productos cárnicos

8. Preparación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura

9. Producción de conservas de pescado a nivel industrial

10. Venta al detalle de frutas y hortalizas

11. Control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines

Cualificaciones profesionales actualizadas

1. Iniciación y promoción deportiva en judo y defensa personal

2. Animación físico-deportiva y recreativa

3. Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad

4. Fitness acuático e hidrocinesia

5. Actividades de floristería

6. Arte floral y gestión de las actividades de floristería

7. Apicultura

8. Producción y recolección de setas y trufas

9. Operaciones básicas en el montaje y mantenimiento de instalaciones de energías renovables

10. Guía de turistas y visitantes

11. Animación turística

12. Servicios auxiliares de peluquería

13. Servicios auxiliares de estética

14. Fabricación de conservas vegetales

15. Panadería y bollería

16. Pastelería y confitería

17. Excavación subterránea con explosivos

18. Extracción de la piedra natural

19. Elaboración de la piedra natural

20. Administración de bases de datos

21. Mantenimiento de primer nivel en sistemas de radiocomunicaciones

22. Operaciones de fontanería y calefacción-climatización doméstica

23. Instalación y mantenimiento de ascensores y otros equipos fijos de elevación y transporte

24. Confección y mantenimiento de artes y aparejos

25. Servicios para el control de plagas

26. Mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de microorganismos nocivos y su diseminación por aerosolización

27. Atención sociosanitaria a personas en el domicilio

28. Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales

29. Educación infantil

30. Gestión de llamadas de teleasistencia

31. Dinamización, programación y desarrollo de acciones culturales

32. Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil

33. Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil

34. Prestación de servicios bibliotecarios

35. Repostería

36. Peluquería

37. Excavación a cielo abierto con explosivos

38. Programación con lenguajes orientados a objetos y bases de datos relacionales

39. Programación en lenguajes estructurados de aplicaciones de gestión

Educación y Formación Profesional

BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022-2023, lo que permitirá adelantar su convocatoria unos cuatro meses. El objetivo es que los estudiantes sepan antes del periodo de matriculación si cumplen con los requisitos económicos para recibir estas ayudas, reduciendo así su incertidumbre.

Las becas y ayudas al estudio son una de las principales herramientas para garantizar la igualdad en el acceso a la educación y una política educativa prioritaria del Gobierno. El presupuesto aumenta así un 45% en los últimos cinco años: de 1.472 millones en 2017-2018 a 2.134 millones en 2022-2023.

Una inversión que, al igual que sucedió en la convocatoria actual, servirá para cubrir la entrada de nuevos becarios con motivo de la caída de las rentas derivada de la pandemia. Según las estimaciones, estas ayudas llegarán a 200.000 estudiantes más que hace cuatro años (alrededor de 980.000).

La novedad más importante de la convocatoria 2022-2023 es el adelanto de los plazos de solicitud y comunicación de las becas, que permitirá a los estudiantes saber antes del periodo de matriculación si cumplen con los requisitos económicos para recibir estas ayudas y reducir, así, su incertidumbre. Con la aprobación de este real decreto y la posterior convocatoria de las becas, los plazos se adelantarán cuatro meses, de modo que está previsto que el periodo de solicitud de becas se abra el próximo mes de marzo y no en julio o agosto como venía siendo habitual.

Además, la convocatoria para el próximo curso en estudios universitarios incluye la reducción de la calificación requerida para la obtención de una beca para cursar másteres no habilitantes. Bastará una nota media de cinco puntos para la obtención de dicha beca en lugar de siete puntos.

Toda la información sobre las becas y ayudas al estudio para el curso 2022-2023 estará disponible en la web de becas del Gobierno.

Una apuesta por la equidad en la educación

El Gobierno asumió en 2018 un compromiso firme con la dimensión social de la educación y con el impulso de una política de becas que garantice que ningún estudiante abandone sus estudios postobligatorios por motivos económicos, asegurando así la cohesión social, la equidad y la igualdad de oportunidades, mediante la reforma en profundidad del sistema de becas y ayudas al estudio.

Así, en los últimos años se han introducido cambios sustanciales como la modificación de los requisitos académicos para que la nota de acceso a estas ayudas sea un aprobado, la elevación del umbral 1 de la renta hasta prácticamente equipararlo con el de la pobreza y el incremento de las cuantías fijas en 100 euros y la de la beca básica de FP básica en 50 euros.

Junto a estas reformas, que han permitido no solo aumentar en número de estudiantes que reciben una beca sino también las cuantías de las mismas, se han ampliado los colectivos con derecho a las ayudas dirigidas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que ahora son cinco: discapacidad, altas capacidades, trastorno grave de conducta, trastorno del espectro autista (incluido en la convocatoria 2020-2021) y trastorno grave de la comunicación y del lenguaje (incluido en 2021-2022).

Por otro lado, un portal común de becas recogerá las convocatorias estatales y las de los gobiernos autonómicos en un único espacio web con el objetivo de facilitar a la ciudadanía la búsqueda de estos recursos. Además, el Gobierno continúa trabajando en la agilización de los trámites administrativos con el objetivo de poder adelantar no solo la comunicación sino el pago de estas ayudas.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

INFORME SOBRE PLAN PARA EL CAMPO DE GIBRALTAR

El Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática ha presentado al Consejo de Ministros un informe sobre la ejecución del Plan para el Campo de Gibraltar aprobado por el Gobierno en noviembre de 2018.

En este Plan se articulan medidas de distintos ministerios para impulsar, de forma integral y estructurada, iniciativas destinadas a mejorar la calidad de vida e incrementar las oportunidades laborales de los habitantes de esa comarca gaditana, especialmente los jóvenes.

Transcurridos tres años desde su aprobación, se ha ejecutado el 75 % de las medidas previstas y se han movilizado más de 191 millones de euros.

El Plan continúa desarrollándose, con especial atención a las infraestructras en la zona para lo que está prevista una inversión de 841 millones de euros.

Reducción de la criminalidad

Desde la puesta en marcha del Plan, la plantilla de Policía Nacional y Guardia Civil se ha incrementado más de un 6 % y, gracias a la colaboración con los servicios jurisdiccionales y de aduanas, la criminalidad en la comarca se ha reducido un 11%.

Asimismo, el Plan Extraordinario de Empleo aprobado para la comunidad autónoma y los incentivos económicos y fiscales han reducido la tasa de paro un punto y medio.

Finalmente, cabe destacar que todos los proyectos en materia de infraestructuras, que incluyen la mejora de la N340 entre Tarifa y Algeciras, la duplicación de la carretera N-350 y la línea Bobadilla-Algeciras, han avanzado significativamente en estos años.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

EXTENSIÓN DE AYUDAS A LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y OTRAS MEDIDAS PARA LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA EN LA PALMA Y CONTRA LA VULNERABILIDAD SOCIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas de protección para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

El primer grupo de estas ayudas tiene como objetivo facilitar la reactivación de la actividad de los autónomos y, de forma análoga a lo que se hizo a partir de octubre, se establecen exoneraciones en las cotizaciones sociales durante los próximos cuatro meses. En concreto, los trabajadores autónomos que venían percibiendo hasta ahora las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia del Real Decreto-ley 18/2021, más de 110.000 personas, se les aplicará una exoneración de su cotización a la Seguridad Social del 90% en marzo, del 75% en abril, del 50% en mayo y del 25% en junio.

Para recibir estas exoneraciones en la cotización, los trabajadores autónomos deberán permanecer en alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2022.

El segundo grupo de ayudas está enfocado a autónomos que afrontan situaciones especiales: por un lado, a los afectados por la suspensión de actividad por la pandemia y, por el otro, a aquellos perjudicados por la erupción volcánica en La Palma.

En el caso de aquellos autónomos que tengan una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19, recibirán una prestación extraordinaria, por una cuantía del 70% de la base mínima de cotización. También contarán con exoneración de las cuotas a la Seguridad Social, aunque el periodo se le contará como cotizado. Será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

Además, se prorroga cuatro meses la prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma. Aquellos trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a suspender o cesar su actividad como consecuencia directa de este suceso tienen derecho a la prestación por cese de actividad hasta el 30 de junio.

Desde marzo de 2020, cuando se pusieron en marcha estas ayudas especiales para autónomos por la COVID-19, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dedicado casi 11.000 millones de euros entre prestaciones extraordinarias y exoneraciones en las cuotas con el objetivo de proteger a este colectivo y facilitar la reactivación de su actividad.

Además, este real decreto-ley también extiende hasta el 30 de junio otras medidas especiales que se tomaron el pasado septiembre por la erupción del volcán Cumbre Vieja en La Palma. Así, se prorrogan los ERTE especiales de la isla hasta el 30 de junio, que a día 17 de febrero protegían a 804 trabajadores. Los trabajadores y las trabajadoras tienen protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.

También se prorroga cuatro meses más una medida de liquidez para las empresas de la isla, como son los aplazamientos especiales de las cuotas a la Seguridad Social, a un interés muy reducido, del 0,5%.

Cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave

Otra de las medidas que incluye este real decreto-ley se dirige a aquellas personas que venían percibiendo la prestación por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogida con carácter permanente por cáncer u enfermedad grave. En concreto, se refiere a aquellos beneficiarios a los que esta prestación se les hubiera extinguido antes del 1 de enero de 2022, al haber cumplido los 18 años el menor con anterioridad a esa fecha, ya que desde el 1 enero esta prestación de extiende por encima de la mayoría de edad hasta los 23 años, en caso de persistir la situación.

Con esta medida, estas personas podrán volver a solicitar la reducción de jornada prevista y su correspondiente prestación, siempre que sigan acreditando los requisitos para acceder a ella y el hijo, hija o persona que hubiere estado sujeta a guarda con fines de adopción o a acogimiento de carácter permanente a su cargo no haya cumplido aún 23 años.

Mediante esta norma se proporciona seguridad jurídica, se evitan situaciones de vulnerabilidad e incertidumbre, tanto para las empresas como para las personas trabajadoras y se garantiza una transición adecuada y completa desde la normativa excepcional de emergencia de respuesta a los efectos de la pandemia a un marco jurídico estable constituido por las reformas introducidas por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre.

De esta manera, una vez consultadas las organizaciones sindicales y empresariales, el Gobierno extiende los efectos de las medidas extraordinarias en materia de cotización y de protección por desempleo, incluidas las medidas para personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, así como las medidas complementarias asociadas a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) relacionados con la COVID-19 y que forman parte del VI ASDE, hasta el 31 de marzo de 2022 facilitando, así, una transición a las medidas estructurales previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

La experiencia de los últimos meses ha mostrado la importancia y la eficacia del recurso a los ERTE, como mecanismo de flexibilidad interna de las empresas para el ajuste temporal de su actividad, de cara a evitar la destrucción de empleo característica de crisis anteriores. Sobre esta base de esta experiencia, a través de la reciente reforma laboral (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre) se han integrado en el conjunto del sistema de relaciones laborales nuevos instrumentos de garantía del empleo y flexibilidad interna de las empresas, alternativos al despido y la alta temporalidad, con el objetivo de proteger el empleo e impulsar la estabilidad de las relaciones laborales, la inversión y el capital humano.

Esa flexibilidad ha permitido amortiguar el efecto sobre el empleo de una fuerte caída de actividad y han impulsado una rápida recuperación. Actualmente, los trabajadores en ERTE-COVID se sitúan en torno a los 100.000, de los que la mitad trabajan a tiempo parcial, y apenas suponen el 0,6% de los afiliados.

Por sectores, el porcentaje de trabajadores que se mantienen en ERTE-COVID es menor del 8%, a excepción de las agencias de viajes, cuyo nivel se eleva al 28%.

Exoneraciones previstas

Durante el mes marzo, por tanto, estará vigente un modelo similar al actual, con exoneraciones en las cotizaciones sociales del 90% en los casos de ERTE por impedimento y del 60% en los casos de empresas que acogidas a un ERTE COVID y desarrollen procesos de formación y del 30% (empresas de menos de 10 trabajadores) y del 20% (más de 10 trabajadores) para aquellos supuestos en los que no se pongan en marcha planes de formación.

Durante el próximo mes, las empresas y trabajadores tendrán tiempo para adaptarse a los nuevos mecanismos permanentes incorporados a nuestro ordenamiento jurídico a partir de la reforma laboral aprobada el pasado mes de diciembre. Durante ese mes de transición tendrán tiempo adicional para activar los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), que requieren consultas entre empresa y trabajadores. Durante este plazo también podrán elaborar los planes de formación requeridos.

El mes de transición también servirá para dar respuesta a la petición de activación del Mecanismo RED para el sector de las agencias de viaje.

La entrada en vigor de la reforma laboral abre varias posibilidades de mantener la protección. En cuanto a sectores, el mecanismo RED sectorial incluye exoneraciones del 40%, condicionadas a formación. En este caso la empresa está obligada a presentar un plan de recualificación que incluya la realización obligatoria de acciones de formación para posibilitar la recolocación en otro puesto dentro de la misma empresa, o bien en otras empresas. Tiene una duración de un año, con la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.

A nivel de empresa existen también dos opciones: ERTE por fuerza mayor, si existen restricciones al desarrollo de la actividad (con un 90% de exoneración) y, ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), con un 20% de exoneración si van acompañados de planes de formación.

Protección a las personas trabajadoras

En el mes de prórroga se facilita la transición, en primer lugar, en materia de gestión ya que empresas y personas trabajadoras afectadas no tendrán que hacer ningún trámite ya que la extensión actuará de forma automática.

Se prorrogan hasta el 31 de marzo de 2022 los ERTE de limitación e impedimento y los ERTE ETOP COVID y se mantienen los mecanismos de protección vigentes como el contador a cero y la exención de periodo de carencia, mecanismos que, a partir de ahora se aplicarán con carácter estructural a los ERTE de Fuerza Mayor previstos en la reforma laboral.

También se prolonga un mes más la prestación extraordinaria para las personas con contrato fijo discontinuo.

Vigencia hasta el 30 de junio

El Plan MECUIDA, que regula el derecho de adaptar y/o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras para atender a los deberes de cuidado como consecuencia del COVID-19 extiende su vigencia hasta el 30 de junio.

Los ERTE autorizados a empresas afectadas por la erupción de Cumbre Vieja se transforman de forma automática, en ERTE de Fuerza Mayor sin que las empresas tengan que tramitar nueva solicitud, hasta el 30 de junio de 2022.

Ampliación de la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación hasta el 30 de septiembre de 2022 de varias medidas impulsadas en los últimos reales decretos-leyes sobre desahucios, conocido como escudo social; entre ellas, la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables, en los casos ya previstos por la actual normativa.

Las medidas, que tienen un carácter urgente y son necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables en un contexto marcado por la evolución de la pandemia, contemplan:

•La ampliación hasta el 30 de septiembre de 2022 de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes. Se incluyen aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este último caso, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.

En estos supuestos se tendrán en cuenta los casos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son:

a)Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.

b)Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.

c)Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.

d)Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.

e)Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante.

f)Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del real decreto-ley.

Igualmente, en caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los tres meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.

•Se extiende el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el mencionado Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Dicho plazo era de un mes desde la finalización de la vigencia de las medida, por lo que, al ampliarse hasta el 30 de septiembre de 2022, el nuevo plazo en el que se podrá presentar dicha solicitud queda fijado hasta el 31 de octubre de 2022.

Se trata de medidas de carácter urgente, necesarias para responder a la situación de los hogares en situación de vulnerabilidad en el contexto de la evolución de la pandemia. Se suman a las medidas de carácter estructural que el Gobierno está llevando a cabo en materia de vivienda, encaminadas a hacer efectivo el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna adecuada y entre las que se puede citar:

•El desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, por primera vez en la etapa democrática, que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria.

•La aprobación de un nuevo Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

•Las diferentes medidas llevadas a cabo para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles.

•Las actuaciones encaminadas a la rehabilitación y mejora del parque de vivienda.

Todas estas medidas se sustentan en un correlativo incremento de la inversión presupuestaria en este ejercicio 2022.

Plan nacional de vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos

El Consejo de Ministros también ha aprobado la elaboración de un Plan Nacional de vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos para la optimización de los recursos y mejora de los sistemas de vigilancia, detección y regulación técnica en la materia.

A la vista de la experiencia adquirida durante la crisis volcánica de La Palma, se ha puesto de manifiesto la necesidad de fortalecer los medios disponibles para afrontar los peligros derivados de los fenómenos naturales destructivos de carácter geofísico como los terremotos, los tsunamis y los volcanes.

Durante el año 2021 se registraron en España más de 18.000 terremotos, de los cuales más de mil fueron sentidos por la población. En las Islas Canarias, zona especialmente activa volcánicamente, se han producido dos erupciones en los últimos diez años, una en El Hierro y otra en La Palma. Los registros históricos muestran hasta 14 tsunamis que han afectado a las costas españolas. El último de ellos, en 2003, fue un terremoto de magnitud 6.8 con epicentro en Argelia que provocó una altura de ola de más de dos metros en las Islas Baleares.

España dispone de un sistema de vigilancia sísmica y volcánica moderno, de una normativa acorde y una comunidad investigadora reconocida internacionalmente, como ha quedado patente en la gestión de la crisis volcánica de la Isla de la Palma.

Una evaluación de los recientes acontecimientos acaecidos en La Palma y otros anteriores como el terremoto de Lorca, también han puesto de manifiesto la necesidad de realizar mejoras para fortalecer el sistema con el que cuenta España en esta materia.

Para estas mejoras, el plan contendrá medidas de refuerzo de las redes de vigilancia orientadas a la promoción de su gestión colaborativa y su densificación, con la finalidad de avanzar en el conocimiento y en la investigación que permita mejorar la elaboración de pronósticos a corto, medio y largo plazo.

Este plan tendrá una vigencia cuatrienal, sin perjuicio de su revisión cuando las circunstancias lo aconsejen y, para su elaboración se constituirá un grupo de trabajo en el que participarán los ministerios implicados en su ámbito de actuación y el resto de administraciones públicas.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

IMPULSO DE LOS PLANES DE EMPLEO COLECTIVOS

El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta el Proyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo, con lo que la norma inicia ya la tramitación parlamentaria. Este proyecto de ley constituye uno de los hitos del Componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Gobierno se comprometió a cumplir en el primer semestre de 2022 y responde a la Recomendación 16ª del Pacto de Toledo.

La norma tiene como principal objetivo elevar la cobertura de los planes de pensiones colectivos, un propósito en el que la negociación colectiva tendrá un papel fundamental. Para ello, el texto facilita la creación de planes colectivos en el marco de la negociación colectiva y habilita la creación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública. El objetivo es facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro de bajas comisiones a trabajadores de rentas medias y bajas y de pequeñas y medianas empresas, así como a trabajadores autónomos y jóvenes.

Además, el proyecto de ley simplifica los procedimientos para crear planes de empleo, que tienen normalmente unos costes de gestión más bajos.

Entre la primera y la segunda vuelta se han incluido diversas aportaciones procedentes de la audiencia pública, el diálogo social y los órganos consultivos.

En concreto, el proyecto de ley ha incorporado incentivos fiscales para impulsar los planes de pensiones colectivos, en línea con la recomendación 16ª del Pacto de Toledo y con las recomendaciones de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Hay que recordar que en los Presupuestos Generales del Estado de 2022 se continúa el proceso de diferenciación de la fiscalidad entre planes individuales y colectivos, estableciendo un límite en la deducción de la base imponible de 1.500 euros y de 10.000 euros, respectivamente. Con ello, se continúa con el proceso de traslación de los beneficios fiscales a las rentas medias y bajas.

Además, el proyecto de ley establece una mejora en la deducción del IRPF para los autónomos. En concreto, este colectivo tendrá derecho una deducción de 5.750 euros al año, más del triple de la vigente actualmente.

Al margen de ello, el proyecto de ley también incorpora incentivos para las empresas, de forma que las contribuciones empresariales al plan de pensiones no cotizarán a la Seguridad Social, con un límite de 115 euros al mes por trabajador (1.380 euros al año), lo que supone un ahorro de casi 400 euros por trabajador.

También se han establecido importantes incentivos para el trabajador, que podrá aportar más de lo que lo hace la empresa con unos límites que se establecen en función de la contribución empresarial.

Contribución empresaCoeficienteAportación trabajadorAportación máxima*
0-500 euros2,5Hasta 1.2503.250 euros
501-1.000 euros2Hasta 2.0004.500 euros
1.001-1.500 euros1,5Hasta 2.2505.250 euros
Más de 1.5011Igual que la empresa10.000 euros

En todos los casos, los trabajadores pueden deducirse 1.500 euros de su plan individual o colectivo, tal y como se recoge en la Ley de Presupuestos de 2022.

En esta segunda vuelta también se han incluido modificaciones en los órganos de gobernanza de los fondos de promoción pública. En primer lugar, se han delimitado de forma más precisa las funciones de la Comisión Promotora y de Seguimiento y de la Comisión de Control Especial. A la primera le corresponderá la selección de entidades gestoras y depositarias, el establecimiento de la estrategia de inversión a largo plazo, la constitución de los fondos de pensiones y el nombramiento de los miembros de la Comisión de Control Especial.

La Comisión de Control Especial se encargará de la representación del fondo, la elaboración de la política de inversión de cada fondo, el control y la observancia del cumplimiento de las normas de los fondos, el examen de la actuación de la gestora y la supervisión de la misma y, en su caso, de la decisión sobre su sustitución. Tras su paso por el diálogo social y los órganos consultivos, se ha mejorado la composición de esta comisión, de una forma más equilibrada, con 5 miembros elegidos por el Gobierno, 4 representantes de los sindicatos y 4 de los empresarios. Con la nueva composición, se persigue la toma de decisiones por consenso entre las partes, exigiéndose mayoría cualificada para algunas decisiones.

También se han incluido novedades en el régimen de inversiones, añadiendo referencias a los Objetivos de Desarrollo Sostenible y se han definido con mayor detalle los perfiles de usuarios y funcionalidades de la plataforma digital común.

BIOGRAFÍAS

Hacienda y Función Pública

Vocal de la Comisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

Dª. ISABEL FERNÁNDEZ TORRES

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Doctora en Derecho por la Universidad Complutense 2003. Prof. Titular de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense desde 2017. Ha sido vicerrectora de Relaciones Institucionales y gabinete del Rector entre 2015-2019 y secretaria General de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo entre octubre 2019 a 1 de febrero 2021.

Es Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, miembro del Consejo Académico del Blockchain Intelligence Law Institute, miembro del Consejo de Redacción de la Revista de Derecho Bancario y Bursátil y de la Revista La Ley Mercantil.

Cuenta con cuatro monografías, más de 70 publicaciones, en revistas nacionales e internacionales indexadas. Es ponente habitual en congresos nacionales e internacionales, a destacar su participación anual en el Seminario Harvard-Complutense; profesora Invitada en Toulouse; Paris II; ha impartido cursos de Doctorado en la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Ha realizado estancias de investigación en el Max Planck de Luxemburgo, en Paris II y en Toulouse.

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