Referencia del Consejo de Ministros

18.1.2022

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Madrid

SUMARIO

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los trabajos de composición, edición, manipulado y entrega al operador postal Correos y Telégrafos, S.A., de aproximadamente 2.000.000 de tarjetas censales que se enviarán a los electores residentes en Castilla y León con motivo de las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 13 de febrero de 2022.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A. (Acuamed), la modificación del contrato del "Suministro de energía eléctrica para el año 2022 (y posible 2023) en los puntos de demanda gestionados por Acuamed. Lote 1. Suministro en alta tensión. Puntos de suministro con tarifas en seis periodos según RD 1164/2001 (tarifas 6.X)", por importe de 117.360.641,06 euros, IVA no incluido.

Justicia

  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2022, de los recursos obtenidos por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, afectados a los fines establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Hacienda y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza al Secretario General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la compatibilidad para simultanear dicho cargo con el ejercicio de las funciones de Presidente de la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT, S.M.E., S.A.).

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de la instalación de la nueva distribución de circuitos de calefacción en la Comisaría Local de Aranda de Duero (Burgos), por importe de 90.500 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la instalación de un nuevo centro de transformación en la Comisaría Local de Torrent (Valencia), por importe de 45.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de diversos suministros y servicios, así como para la implementación modular de un Centro de Atención Temporal de Extranjeros en el puerto de Alicante, por importe de 1.600.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de sustitución de cubiertas del acuartelamiento de la Guardia Civil de Aldeanueva de Ebro (La Rioja), por importe de 183.885,85 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia del presupuesto inicialmente estimado para financiar las obras necesarias para subsanar los graves daños estructurales que presentan los pilares del bloque 2 del acuartelamiento de la Comandancia de la Guardia Civil de Toledo, por importe estimado de 115.123,24 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Educación y Formación Profesional

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO-LEY por el que se modifica la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión y el Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos, en relación con el régimen jurídico de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Restructuración Bancaria.
  • Compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (C5, R1 y C3, R3). REAL DECRETO sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Dominicana.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, no más tarde del 27 de enero de 2022, en relación con el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.

Política Territorial

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Informe sobre sanciones al Reino de España por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y en aplicación del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea en el año 2020.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Económicos y Transformación Digital

MODIFICADO EL RÉGIMEN JURÍDICO DE SAREB PARA ADECUAR SU ESTRUCTURA ACCIONARIAL AL CAMBIO EN SU TRATAMIENTO CONTABLE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que modifica el régimen jurídico de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la reestructuración bancaria (en adelante, SAREB). Esta modificación permitirá un posible aumento del peso del Estado en el capital social, hasta superar el 50%, a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (en adelante, FROB).

La SAREB se creó en 2012 para sanear los balances bancarios y gestionar y liquidar los créditos e inmuebles de las entidades sujetas a restructuración como consecuencia de la crisis financiera.

La reclasificación de SAREB como unidad perteneciente al sector de las administraciones públicas, así como su situación patrimonial, hacen imprescindible modificar su régimen jurídico para adaptarla a la situación actual. Esta modificación tiene como objetivos adecuar de forma ágil la gobernanza a la nueva realidad contable e institucional.

La aprobación del Real Decreto-ley permitirá que el FROB pueda adquirir y mantener una participación mayoritaria en el capital social y tomar el control de los órganos sociales, sin la necesidad de que SAREB adquiera la condición de sociedad mercantil estatal. Dispondrá de un régimen societario específico con el fin de que pueda mantener la agilidad necesaria para llevar a cabo su función desinversora, si bien le será de aplicación el régimen de los contratos mercantiles y de alta dirección.

De forma específica, la modificación del régimen jurídico permitirá incorporar también el impacto social dentro de los criterios de maximización de valor de la acción de SAREB, reforzando su capacidad de colaboración con organismos públicos y entidades no lucrativas con experiencia y competencias en el ámbito de la vivienda social. Hasta la fecha, en el marco de su estrategia de responsabilidad social corporativa, la compañía ya ha venido realizando actuaciones en materia de vivienda social a través de la firma de distintos convenios. Esta habilitación permite reforzar este compromiso, en aras de maximizar la utilidad social de estos inmuebles y el impacto positivo de la compañía en la sociedad.

Finalmente, se ajusta el sistema de supervisión a la nueva estructura jurídica de la compañía, manteniéndose el régimen de supervisión por parte del Banco de España.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

REAL DECRETO PARA REDUCIR LA CONTAMINACIÓN POR NITRATOS Y REFORZAR LA PROTECCIÓN DE LAS MASAS DE AGUA MÁS VULNERABLES

El Consejo de Ministros ha aprobado la actualización del real decreto sobre contaminación producida por nitratos, una norma clave para reducir los problemas de este tipo de contaminación en las masas de agua y alcanzar los objetivos ambientales señalados por la legislación nacional, fijados a través de los planes de cuenca, y la Unión Europea.

Esta nueva norma modifica y renueva la transposición a la legislación española de la Directiva europea relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, que fue aprobada inicialmente hace ya más de 25 años. La citada directiva impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas afectadas por este tipo de contaminación, vigilando la concentración de nitratos a través de estaciones de muestreo. También establece criterios para designar como zonas vulnerables las superficies cuyo drenaje dé lugar a la contaminación por nitratos y para poner en funcionamiento programas de actuación coordinados con las actividades agrarias.

A pesar de los esfuerzos realizados en estos años, los resultados obtenidos no han conseguido paliar los efectos de este tipo de contaminación. El alto contenido en nitratos de ríos y acuíferos es uno de los principales problemas existentes en las masas de agua de todo el país. En concreto, afecta en España al 22% de las masas de agua superficial y al 23% de las masas de agua subterráneas. Por ello, es preciso aumentar la ambición en la normativa y redoblar los esfuerzos para cumplir de forma eficaz con los compromisos nacionales e internacionales, de acuerdo con la experiencia adquirida en las últimas décadas.

La Unión Europea considera la contaminación de origen difuso como un problema central en sus políticas ambientales y agrarias. Por ello, ha planteado estrategias como la llamada "De la granja a la mesa", alineada con la Estrategia de Biodiversidad para 2030 del Pacto Verde Europeo, que contribuyen a afrontar este problema.

Estas líneas de acción marcan, entre otros objetivos, una reducción de la contaminación por exceso de nutrientes del 50%, lo que supondrá una reducción del 20% en el uso de fertilizantes. Para alcanzar estos fines, las estrategias europeas plantean el desarrollo de un plan de acción para la gestión de nutrientes, que resulta de especial relevancia en el caso de España.

La actualización del real decreto establece criterios más ambiciosos que los actuales para identificar mejor las aguas afectadas por nitratos y determina umbrales más exigentes para la declaración de aguas afectadas y, consecuentemente, para la designación de zonas vulnerables. Por ello, también se estudiarán las presiones agropecuarias, urbanas y otras que puedan considerarse significativas, así como los impactos registrados sobre las aguas.

Estos criterios se alinean con los contemplados en la Directiva Marco del Agua para definir el buen estado de las aguas en cuanto a los límites admitidos para la concentración de nutrientes en las aguas superficiales y subterráneas, continentales, costeras y de transición.

La aplicación de la nueva norma conllevará un incremento de hasta el 50% de la superficie de las zonas protegidas que se han identificado como vulnerables a este tipo de contaminación. Sobre ellas se desarrollarán programas de actuación más exigentes, incluyendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica.

La normativa también incrementa significativamente la densidad de estaciones de control y aumenta el número y frecuencia de los muestreos en las aguas para analizar su contenido en nitrógeno y otros contaminantes asociados. Asimismo, establece medidas adicionales y acciones reforzadas para revertir la contaminación existente.

Además, se asume el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores para ajustar sus pautas de fertilización. De esta forma, se exige la preparación de un informe cuatrienal que analice la eficacia de las medidas que se contemplen, que se remitirá a su vez a la Comisión Europea.

La norma también establece las responsabilidades que corresponden a las distintas administraciones públicas con el fin de conseguir una implementación coordinada de todas las medidas. En concreto, se fijan las obligaciones que deberán asumir las autoridades del agua y las autoridades agrarias, tanto del ámbito de la Administración General del Estado como del de las comunidades autónomas, siendo estas últimas quienes ostentan las competencias específicas en agricultura, ganadería y gestión en la protección del medio ambiente en el territorio.

Para ello, la tramitación de este real decreto ha contado con diversos procesos de consulta, tanto del público en general como de los sectores afectados. También se ha realizado un trámite de audiencia específico a las comunidades autónomas, dado su destacado papel en la aplicación de la norma.

Se espera que tras la aprobación del real decreto se empiecen a hacer patentes sus resultados, una vez que las comunidades autónomas actualicen sus zonas vulnerables y se refuercen los programas de seguimiento de las aguas para determinar la evolución de la contaminación, tarea que corresponde a las autoridades de cuenca.

PLANIFICACIÓN

Los nuevos planes hidrológicos que se aprobarán en los próximos meses establecen la senda de reducción de las concentraciones de nitratos en las masas de agua que ha de conducir a esta recuperación ambiental y que permitirá dar cumplimiento a los objetivos de la Directiva de Nitratos y de la Directiva Marco del Agua.

Este real decreto permite que los planes hidrológicos de cuenca puedan establecer dentro de su parte normativa los umbrales máximos de excedentes de nitrógeno para cada masa de agua afectada por nitratos, cuando se considere necesario para alcanzar los objetivos ambientales. Además, los organismos de cuenca y las administraciones hidráulicas podrán establecer limitaciones a nuevas concesiones y a otras actividades sujetas a su autorización, para evitar una concentración de presiones que puedan impactar significativamente sobre las aguas, lo que se valorará con las previsiones del plan hidrológico correspondiente.

BUENAS PRÁCTICAS AGRARIAS

Además de elaborar y velar por el cumplimiento de los programas de actuación en las zonas declaradas como vulnerables, las comunidades autónomas también elaborarán códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente en las zonas vulnerables, con el fin de reducir la contaminación producida por los nitratos de origen agrario.

Entre otras cuestiones, estos códigos deberán recoger los períodos en que no es conveniente aplicar fertilizantes a las tierras, las condiciones de su aplicación en tierras cercanas a cursos de agua y los requisitos necesarios que aseguren que los estiércoles, purines y abonos en general no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.

Asimismo, las comunidades autónomas deberán establecer programas de fomento de la puesta en práctica de los códigos de buenas prácticas agrarias, que incluirán la formación e información a los agricultores.

PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

Esta reforma normativa se integra en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) de España, a través del Componente 5: Espacio litoral y recursos hídricos, y se complementa con otro instrumento legal que desarrollará el marco legislativo sobre la nutrición sostenible en los suelos agrícolas incluido entre las reformas del Componente 3: Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero, garantizando así un marco legal favorable al incremento de las inversiones, en consonancia con las premisas del Pacto Verde Europeo.

NUTRICIÓN SOSTENIBLE EN LOS SUELOS AGRARIOS

El futuro Real Decreto sobre normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, que estará en consulta pública esta semana, refuerza la consecución de los objetivos del real decreto aprobado hoy, estableciendo un marco normativo general para alcanzar una fertilización sostenible en la agricultura. Además, articulará herramientas eficaces para que los agricultores contribuyan mediante su actividad a disminuir el impacto ambiental, no sólo en las zonas vulnerables.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE ESPAÑA Y REPÚBLICA DOMINICANA

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del acuerdo sobre transporte aéreo entre el Reino de España y la República Dominicana.

El texto del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Dominicana se rubricó en Áqaba (Jordania) el 2 de diciembre de 2019 con ocasión de las consultas celebradas entre las autoridades aeronáuticas de ambos países. Establece el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países, adecuándolo a la normativa comunitaria. ElAcuerdo recoge la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos e incluye en su articulado las cláusulas administrativas que recomienda la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a sus Estados miembros.

Al tratarse de un Acuerdo de competencia mixta entre España y la UE, cumple todos los preceptos --Reglamento (CE) Nº 847/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004-- sobre negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE.

La Dirección General de Aviación Civil tiene interés en que la firma del Acuerdo se realice durante la celebración de FITUR, que tendrá lugar en Madrid del 19 al 23 de enero de 2022 y que tendrá como socio a la República Dominicana.

El texto final del acuerdo consta de un preámbulo y veintiséis artículos. En lo referente a su contenido, establece unos principios muy flexibles en el régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y República Dominicana, fortaleciendo así las relaciones mutuas en el ámbito del transporte comercial aéreo. Cada Parte podría designar tantas compañías aéreas como desee, con el fin de explotar los servicios convenidos en las rutas especificadas, así como sustituirla por otra compañía aérea previamente designada.

Además, se ha suscrito un Acuerdo Técnico de desarrollo que entrará en vigor en la misma fecha que el Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Dominicana.

En cuanto a la capacidad, las compañías aéreas designadas de cada Parte que presten servicios en cualquiera de las rutas estipuladas en el Acuerdo Técnico disfrutarán de una igualdad de oportunidades justa y equitativa.

Con respecto al cuadro de rutas, las autoridades aeronáuticas de ambas Partes tendrán libertad para establecer conjuntamente en el Acuerdo Técnico el cuadro de rutas a explotar por las compañías aéreas designadas de ambas Partes y especificarán los derechos de tráfico con los que las rutas pueden ser explotadas. El nuevo marco permitirá la comercialización de servicios en código compartido.

Como novedades con respecto al Convenio entre España y la República Dominicana sobre Transporte Aéreo, hecho en Santo Domingo de Guzmán el 15 de marzo de 1968, se encuentran la inclusión del transporte intermodal y la protección al medio ambiente.

El Acuerdo entrará en vigor un mes después de la fecha de la última nota enviada mediante canje de notas diplomáticas entre las Partes, en la que se confirme el cumplimiento de sus respectivos requisitos constitucionales. A su entrada en vigor, este Acuerdo, junto con el Acuerdo Técnico, sustituirá al Convenio de 1968, así como a cualquier otro que hayan celebrado ambas Partes sobre la misma materia.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

PLAN ESTATAL PARA EL ACCESO A LA VIVIENDA 2022-2025 Y BONO ALQUILER JOVEN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.

El Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 prestará especial atención a los sectores más desfavorecidos de la población y tiene los siguientes objetivos a corto plazo:

  • Facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos con menos recursos mediante ayudas directas al alquiler a aquellos arrendatarios con menos recursos.
  • Facilitar el acceso a la vivienda o a soluciones habitacionales lo más inmediatas posibles a las personas víctimas de violencia de género, las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, las personas sin hogar y a otras personas especialmente vulnerables, incluidos los supuestos de vulnerabilidad sobrevenida, mediante ayudas directas al alquiler y a los gastos de suministros y comunidad de hasta el 100% de la renta del alquiler y de dichos gastos.
  • Facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes con mayores ayudas al alquiler e incluso con ayudas a la adquisición de vivienda en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño.
  • Fomentar la oferta de vivienda en alquiler con ayudas a los arrendadores para el pago de un seguro de protección de la renta arrendaticia.
  • Colaborar con los objetivos del reto demográfico mediante ayudas a los jóvenes para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios o núcleos de población de menos de 10.000 habitantes.

A medio plazo, el Plan tiene como objetivos:

a)Incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso del parque público de vivienda, para lo cual establece ayudas para la adquisición de viviendas por las administraciones públicas o sus entidades vinculadas o dependientes.

b)Incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible para las personas mayores o con discapacidad, mediante ayudas a la promoción de viviendas con diseño, instalaciones y servicios que respondan a sus especiales circunstancias, ya sean de titularidad pública o privada, de nueva edificación o procedentes de la rehabilitación de edificios preexistentes que se vayan a destinar durante un plazo determinado al alquiler asequible con rentas limitadas y para arrendatarios con ingresos limitados.

c)Incrementar la oferta de alojamientos y viviendas en alquiler, impulsando la promoción de alojamientos temporales, de modalidades residenciales tipo co-housing, de viviendas intergeneracionales y otras similares en las que, en todo caso, se reduzca la superficie privativa de alojamiento o vivienda y se incremente la superficie de interrelación en comparación con las soluciones habituales de viviendas, que vayan a ser destinados al alquiler, la cesión en uso o a cualquier régimen temporal similar admitido en derecho.

d)Incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso de la puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas a las comunidades autónomas y entidades locales, así como a sus entidades vinculadas o dependientes para que sean destinadas a dicho alquiler social.

e)Incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible o social poniendo a disposición de las comunidades autónomas y entidades locales, así como de sus entidades vinculadas o dependientes, de viviendas libres de gestores privados de vivienda en alquiler para su alquiler como vivienda asequible o social.

Programas de actuación del Plan Estatal de Vivienda 2022-25

Adicionalmente, son también objetivos del Plan seguir contribuyendo a la mejora de la accesibilidad de las viviendas, impulsar la regeneración y renovación urbana y rural de zonas degradadas y ámbitos en los que todavía impera el chabolismo y la infravivienda y atender al pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos, regulados en anteriores planes estatales de vivienda.

Para la consecución de estos objetivos el Plan Estatal se estructura en los siguientes programas de actuación:

•Programa 1.- Programa de subsidiación de préstamos convenidos.

•Programa 2.- Programa de ayuda al alquiler de vivienda.

•Programa 3.- Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

•Programa 4.- Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.

•Programa 5.- Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.

•Programa 6.- Programa de incremento del parque público de vivienda.

•Programa 7.- Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad.

•Programa 8.- Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos co-housing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares.

•Programa 9.- Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social.

•Programa 10.- Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas libres para su alquiler como vivienda asequible o social.

•Programa 11.- Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.

•Programa 12.- Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda.

•Programa 13.- Programa de ayuda para el pago del seguro de protección de la renta arrendaticia.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 incluye una dotación presupuestaria de 345 millones de euros para el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025. El presupuesto para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 habrá de ser aprobado por el Consejo de Ministros, si bien está previsto que en total se alcancen los 1.717 millones de euros.

Bono Alquiler Joven, al que se destinarán 200 millones de euros

En lo relativo al Bono Alquiler Joven, la ayuda se fija en 250 euros mensuales durante un plazo de 2 años para cada joven, siempre y cuando tengan una fuente regular de ingresos y los ingresos de la unidad de convivencia sean inferiores a 3 IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Esta ayuda se concede para jóvenes que alquilen viviendas de hasta 600 euros/mes sin perjuicio de que en algunos supuestos acordados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma correspondiente pueda ascender a los 900 euros/mes.

Además, y para atender a la realidad de muchos de nuestros jóvenes, en el caso de los alquileres de habitación, estos límites de precio serán de hasta 300 euros por habitación, un tope que podrá elevarse hasta los 450 euros si así lo establece la comisión de seguimiento.

En todo caso, la vivienda arrendada deberá tener la consideración de vivienda habitual y permanente.

Esta ayuda será compatible con otras destinadas para el mismo objeto a beneficiarios especialmente vulnerables (entendiendo como tales a estos efectos los que determinen las Comunidades o Ciudades Autónomas). También es compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del Bono Alquiler Joven y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.

Por otra parte, es también compatible con la ayuda del Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Si bien, en este caso la suma del Bono Alquiler Joven y esta ayuda tendrá como límite el 75% de la renta arrendaticia.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 incluye una dotación presupuestaria de 200 millones de euros para el Bono Alquiler Joven. Este importe posibilitará que los jóvenes puedan acceder al alquiler de una vivienda y a su emancipación.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

PROYECTO DE LEY DE CALIDAD DE LA ARQUITECTURA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura para su posterior remisión a las Cortes Generales, con lo que se inicia su tramitación parlamentaria. El futuro texto es una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación.

Se trata de la primera ley estatal que nace con el objetivo de garantizar la calidad de la arquitectura como bien de interés general, y tiene como principal meta promover vínculos que fomenten el acercamiento de la arquitectura a la sociedad. La futura normativa también busca dar respuesta a la mayor concienciación por cuestiones sociales, medioambientales y de revalorización del patrimonio arquitectónico, proceso que se ha acelerado con la pandemia que hemos vivido y en la que aún estamos inmersos.

La Ley incluye medidas específicas para impulsar desde los poderes públicos la difusión nacional e internacional de la Arquitectura, el apoyo a las empresas y a los profesionales españoles, el establecimiento de incentivos y premios que reconozcan la calidad, el impulso de la investigación y la innovación y la protección de los valores del patrimonio construido. Además, incluye el fomento de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas sostenibles.

Casa de la Arquitectura y Consejo de Calidad de la Arquitectura

La ley incluye la creación de dos órganos fundamentales para orientar la actuación y potenciar el papel ejemplarizante de los poderes públicos hacia esa necesaria calidad: la Casa de la Arquitectura y el Consejo de Calidad de la Arquitectura.

El primero de ellos busca, entre otros fines, acercar los valores de la arquitectura a la sociedad, convertirse en un referente nacional e internacional para la divulgación de la disciplina e impulsarla como una herramienta de diplomacia cultural.

Por su parte, el Consejo de Calidad de la Arquitectura se constituirá como una plataforma de intercambio de conocimiento y de participación, de consulta y de asesoramiento en las materias relacionadas con los contenidos de esta Ley, a través de la promoción de la adopción de normas o medidas de carácter general para la mejora de la calidad de la Arquitectura, o la modificación de las ya existentes, así como la elaboración y difusión de modelos de pliegos y otros documentos de carácter orientativo.

Marco normativo

La redacción de la Ley de Calidad de la Arquitectura se ha enmarcado en un contexto muy propicio en consonancia con importantes iniciativas europeas, como la New European Bauhaus, la Renovation Wave y la Declaración de Davos.

Además, se alinea con la Agenda Urbana Española, la Agenda 2030 y con las Agendas Urbanas internacionales, con su triple demanda de una mayor sostenibilidad social, económica y medioambiental.

Se trata, por tanto, de un instrumento legislativo que refuerza el papel ejemplarizante de la administración pública, ya que potencia la planificación de la rehabilitación del parque público edificado. En esta misma línea, el anteproyecto de Ley recoge una serie de modificaciones a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, encaminadas a mejorar la calidad de la arquitectura promovida por la administración.

Fondos Next Generation

La Ley de Calidad de la Arquitectura se configura como un instrumento legislativo necesario para consolidar un nuevo modelo de transición económica, energética, y ecológica, que promueva una mayor inclusión y cohesión social, impulsado por los Fondos Next Generation.

La Ley se incluye como la reforma 4 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por el Gobierno de España para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19, que se centra en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales.

Además, se enmarca en las iniciativas legislativas europeas de fomento de la eficiencia energética, las energías renovables y la lucha contra la pobreza energética y promoverá la aplicación del principio "primero, la eficiencia energética" de acuerdo con la Recomendación (UE) 2021/1749 de la Comisión de 28 de septiembre 2021.

Una Ley que nace de un proceso de participación pública

En su elaboración, esta futura Ley ha sido objeto de una amplia participación pública, ya que, además de la consulta pública previa que tuvo lugar en el mes de julio de 2020, se celebró un proceso participativo multidisciplinar estructurado en seis mesas de debate, que pudo ser seguido de forma telemática y en abierto y tuvo una gran repercusión en redes a nivel nacional e internacional.

También se celebraron mesas de debate con los principales sectores afectados, sector académico y social, administraciones territoriales, profesionales y colegios.

Aunque la Ley nazca para dar respuesta a un momento excepcional, lo hace también con el propósito de establecer un marco global perdurable en el tiempo, dinámico y con capacidad de adaptación a nuevos desafíos y objetivos. Por ello, incluye entre sus objetivos la elaboración de una Estrategia Nacional de Arquitectura, como herramienta de gobernanza que sirva para implementarla.

Educación y Formación Profesional

NUEVAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES CONECTADAS CON SECTORES ESTRATÉGICOS Y DE ALTA EMPLEABILIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro reales decretos que renuevan el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Con esta aprobación se crean 49 nuevas cualificaciones profesionales y se actualizan otras ocho ya existentes de 16 familias profesionales. Todas ellas están vinculadas a los once sectores productivos identificados como estratégicos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional que está desarrollando el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP).

Entre ellas, se establecen cinco nuevas cualificaciones vinculadas directamente con la digitalización: instalación y mantenimiento de dispositivos y sistemas conectados (IoT), digitalización aplicada al entorno profesional, gestión de datos y entrenamiento en sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático, gestión de la instalación, despliegue y explotación de sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático y diseño de interfaces gráficas, interacción y experiencia de usuario en dispositivos digitales, pertenecientes a las familias profesionales de electricidad y electrónica, informática y comunicaciones y artes gráficas. Contribuyen, así, al proceso de digitalización de la oferta de Formación Profesional que está implementando el MEFP.

Otras nueve cualificaciones de nueva creación pertenecen a la familia profesional de actividades físicas y deportivas; seis están vinculadas a edificación y obra civil, dos a energía y agua, cinco a hostelería y turismo, cinco a transporte y mantenimiento de vehículos, dos a imagen y sonido y otras dos a la familia de servicios socioculturales a la comunidad, entre otras.

El MEFP consolida así un Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales moderno, que responde a los perfiles profesionales más demandados hoy en día. Para esta actualización permanente cuenta con la colaboración de empresas punteras de cada uno de los sectores productivos implicados. Se trata de una de las líneas de actuación fundamentales del Plan de Modernización de la Formación Profesional puesto en marcha por el MEFP en 2020. Para la elaboración y modernización de las cualificaciones profesionales se han tenido en cuenta las técnicas más actualizadas del mercado utilizadas en el desarrollo de la actividad laboral que reconocen.

El CNCP es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP), que facilita el carácter integrado y la adecuación entre la FP y el mercado laboral. Está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo, que son la base para la elaboración de la oferta formativa de Formación Profesional. Con la entrada en vigor de estos cuatro Reales Decretos, el catálogo suma un total de 736.

Nuevas cualificaciones profesionales

1. Iniciación deportiva en esquí alpino.

2. Iniciación deportiva en esquí de fondo.

3. Iniciación deportiva en gimnasia acrobática.

4.Iniciación deportiva en gimnasia aeróbica.

5.Iniciación deportiva en gimnasia artística femenina.

6.Iniciación deportiva en gimnasia artística masculina.

7.Iniciación deportiva en gimnasia rítmica.

8.Iniciación deportiva en gimnasia trampolín.

9.Iniciación deportiva en snowboard.

10. Cría, venta y custodia de animales de compañía.

11. Diseño de interfaces gráficas, interacción y experiencia de usuario en dispositivos digitales.

12. Gestión de eventos corporativos.

13. Colocación de sistemas de aislamiento térmico, acústico y de protección al fuego o frente al radón en obras de construcción.

14. Operaciones con maquinaria de arranque y carga de tierras en construcción.

15. Operaciones con maquinaria de extendido y nivelado de tierras en construcción.

16. Operaciones con maquinaria de transporte de tierras en construcción.

17. Trabajos temporales de construcción, conservación y mantenimiento en altura con sistemas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas.

18. Trabajos de pocería.

19. Instalación y mantenimiento de dispositivos y sistemas conectados, IoT.

20. Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta tensión.

21. Montaje y mantenimiento de líneas eléctricas de alta tensión.

22. Auditoría energética.

23. Supervisión de operaciones de suministro de Gas Natural Licuado como combustible a buques (bunkering) desde medios terrestres.

24. Apiturismo.

25. Atención al pasaje en transporte marítimo y fluvial.

26. Ecoturismo.

27. Enoturismo.

28. Micoturismo.

29. Audiodescripción de obras y espacios de contenido audiovisual.

30. Subtitulación de obras y espacios de contenido audiovisual.

31. Digitalización aplicada al entorno profesional.

32. Gestión de datos y entrenamiento en sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático.

33. Gestión de la instalación, despliegue y explotación de sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático.

34. Instalación y mantenimiento de redes de conductos para climatización y ventilación-extracción.

35. Montaje y mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios.

36. Montaje y mantenimiento de instalaciones de suministro y evacuación de aguas en edificios.

37. Cultivos celulares.

38. Control de organismos nocivos mediante procesos de desinfección y tratamientos alguicidas, excepto tratamiento de aguas.

39. Control de organismos, incluidos insectos, que degradan o alteran la madera y sus derivados.

40. Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas.

41. Promoción y desarrollo integral de la infancia y juventud en situación de vulnerabilidad social.

42. Prospección de bienes de interés patrimonial.

43. Supervisión de la atención sociosanitaria para la promoción de la autonomía personal.

44. Transformación industrial de láminas textiles.

45. Mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de pistón.

46. Mantenimiento de sistemas electrónicos y aviónicos en aeronaves.

47. Mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de turbina.

48. Mantenimiento aeromecánico de helicópteros con motor de pistón.

49. Mantenimiento aeromecánico de helicópteros con motor de turbina.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Delegada del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Cataluña

Dª. MARIA EUGÈNIA GAY ROSELL.

Abogada Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona- Abat Oliba CEU.

Máster en Mediación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, 2006.

Graduada en el Negotiation Institute (HNI), de la Harvard Law School, dirigido a desarrollar las habilidades de negociación, organización y resolución de conflictos, 2018.

Socia fundadora del Despacho de abogados Gay-Rosell & Solano.

Presidenta del Consejo de Ilustres Colegios de la Abogacía Catalana (CICAC) des del 2020 hasta el 2021.

Decana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) desde junio 2017. Vicepresidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

Presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

Vicepresidenta de la World Jurist Association (WJA) y Presidenta del Capítulo Español de la WJA.

Presidenta de la Asociación Intercolegial de Colegios Profesionales de Catalunya.

Presidenta de la Comisión de Mediación de la Féderation des Barreaux d'Europe (FBE) y Director for Collective Members de la Unión Internacional de Abogados (UIA).

Forma parte del Consejo Consultivo y es Miembro de la Comisión Jurídica de Foment de Treball Nacional.

Profesora de la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y del Master de Derecho Procesal del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

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