Referencia del Consejo de Ministros

21.12.2021

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se aprueba la reestructuración de la deuda de la empresa Eriochem SZ S.A. de Uruguay frente al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM).

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • Compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (C7, I1). REAL DECRETO por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Componente 8. REAL DECRETO por el que se regula la concesión de subvenciones directas a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la realización de inversiones de digitalización de redes de distribución de energía eléctrica y en infraestructuras para la recarga del vehículo eléctrico con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el Programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.
  • ACUERDO por el que se autorizan cuatro contribuciones voluntarias a entidades de carácter internacional por importe global de 1.369.170,93 euros.
  • Fondos Europeos. Actuación vinculada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (C 7, R 2). ACUERDO por el que se aprueba el Plan "Hoja de Ruta del Autoconsumo".

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo Adicional a la Carta Social Europea en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Protocolo.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas al Anexo I de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las Decisiones XXXV-1 a XXXV-9, XXXV-10 a XXXV-19 y XXXV-20 a XXXV-35, adoptadas por la Comisión Internacional Permanente del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, en su XXXV periodo de sesiones celebrado en los años 2019 y 2020.

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales el PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil.

Hacienda y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 1.907.674.568,72 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato centralizado de servicios de agencia de viajes, con un valor estimado máximo de 340.305.271,28 euros.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática proceder a la resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir durante 2021 compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar a la Mutua Balear, mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 183, la tramitación anticipada de diversos expedientes del Capítulo VI "Inversiones reales".
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir durante 2021 compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el apartado cuatro del artículo 10 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, para posibilitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la tramitación anticipada de la prórroga de dos contratos de arrendamiento de las Direcciones Provinciales de Barcelona y Málaga.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Dirección General de Carreteras, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, atender los efectos derivados de la resolución de varios contratos de concesión de obra pública.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 300.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Foral de Navarra a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 310.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.685.050.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Defensa llevar a cabo la modernización del helicóptero TIGRE MK III.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Consejo Gestor del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas la aprobación de la operación de apoyo público temporal solicitada por el Grupo Losan.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico la contratación del servicio de mantenimiento integral con repuestos y reparaciones de las instalaciones existentes en sus dependencias, por un valor estimado de 22.923.252,40 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de diversos suministros y servicios, así como para la implementación modular de un Centro de Atención Temporal de Extranjeros en el acuartelamiento de Son Tous (Palma de Mallorca), por importe de 2.780.000 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de redacción del proyecto constructivo y ejecución de las obras del plan de telemando de seccionadores de la Subdirección de Operaciones de Red Convencional Noreste. Valor estimado del contrato 31.628.739,44 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras correspondientes al "Proyecto constructivo para la remodelación del paseo marítimo del puerto de Palma" de la Autoridad Portuaria de Baleares por un valor estimado de 43.167.606,69 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del proyecto de protecciones acústicas del eje atlántico de alta velocidad. Tramo. Vigo - Padrón. Valor estimado del contrato 21.379.637,01 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la gestión de servicios de las líneas marítimas de interés público Málaga - Melilla, Almería - Melilla y Motril - Melilla. Expediente 202117320207. (Lote 1: línea marítima de interés público Málaga - Melilla), (lote 2: líneas marítimas de interés público Almería - Melilla y Motril - Melilla); con un valor estimado de 22.310.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la formalización de la Adenda n.º 2 por la que se modifica el "Contrato entre la Administración General del Estado y la sociedad mercantil estatal Renfe Viajeros, SME, S.A., para la prestación de los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril de "Cercanías", "Media Distancia Convencional", "Alta Velocidad Media Distancia (AVANT)" y "Ancho Métrico", competencia de la Administración General del Estado, sujetos a obligaciones de servicio público en el periodo 2018-2027" y se modifica el punto segundo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de mejora del drenaje transversal y longitudinal entre los puntos kilométricos 0+500 y 2+080 de la carretera TO-23, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Toledo, por importe de 1.831.627,53 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la obra de drenaje transversal del punto kilométrico 273+700 de la autovía A-4; término municipal de Carboneros, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Jaén, por importe de 486.359,37 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona-Autoritat del Transport Metropolità (ATM) de un importe adicional de 40.000.000 de euros para completar la asignación de una subvención nominativa para financiar el sistema de transporte terrestre público regular de viajeros en el ejercicio 2021.
  • INFORME sobre el Acuerdo entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte de Carretera sobre las 20 medidas y actuaciones estratégicas para la sostenibilidad del sector del transporte de mercancías por carretera.

Industria, Comercio y Turismo

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Confederación Española de Comercio para la implementación de la plataforma Dynamic Urban Commerce.
  • Compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (C14, I3). REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • ACUERDO por el que se aprueba la ampliación y modificación de la línea de financiación reembolsable en condiciones comerciales OCDE para proyectos que contribuyan a la lucha contra el cambio climático, de 50 hasta 200 millones de euros, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa F.C.P.J. (Línea ECOFIEM).

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • Compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Componentes 13 y 11. Se remite a las Cortes Generales el PROYECTO DE LEY de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).
  • REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura del Gobierno de las Illes Balears y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Español de Oceanografía, para el desarrollo científico de la Estación de Investigación Jaume Ferrer (La Mola, Menorca).
  • ACUERDO por el que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la participación de unidades y observadores militares en operaciones fuera del territorio nacional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la adenda modificativa segunda y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para la conservación de los olmos ibéricos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la segunda modificación y prórroga del convenio suscrito el 24 de abril de 2006 entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la construcción de la nueva red ferroviaria en el País Vasco.
  • ACUERDO por el que se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia del Proyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento y del Consejo, de 20 de junio de 2019 (Directiva sobre Reestructuración e Insolvencia), y del Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil, complementario del anterior.

Política Territorial

  • REAL DECRETO de ampliación de los medios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 966/1990, de 20 de julio, en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios traspasados a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, en materia de asistencia sanitaria.

Sanidad

  • ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución económica correspondiente al período comprendido entre abril de 2021 y marzo de 2022, a la Agencia Irlandesa de Medicamentos (Health Products Regulatory Authority - HPRA) con referencia a la aplicación informática CESP (Common European Submission Portal), por importe de 35.000 euros.

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, y el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.

Ciencia e Innovación

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Instituto de España y a determinadas Reales Academias que lo integran.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria española al Instituto Forestal Europeo, para gastos de funcionamiento de su Oficina Regional en Barcelona (EFIMED), correspondiente al año 2021, por importe de 200.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Salud Carlos III. O.A., M.P., el pago de la contribución voluntaria a la Red Europea de Laboratorios de Alta seguridad BSL-4 (European Research Infrastructure on Highly Pathogenic Agents, ERINHA), correspondiente a 2021, por importe de 20.000 euros.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se concede un suplemento de crédito a la Tesorería General de la Seguridad Social, Servicio Común de la Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del Servicio financiero de la apertura de cuentas destinadas al depósito de los fondos remanentes de la Tesorería General de la Seguridad Social en una o varias entidades financieras de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de la gestión financiera de la Seguridad Social, por un valor estimado de 16.000.000 de euros y por un plazo de 16 meses sin posibilidad de prórroga, exento de IVA.

Universidades

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), en relación con el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales.

ASUNTOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Hacienda y Función Pública

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort a D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA.

Defensa

  • REALES DECRETOS por los que se conceden la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo a:

D. ENRIQUE BARTOLOMÉ CELA, General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad.

D. ISAAC MANUEL CRESPO ZARAGOZA, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.

Dª PATRICIA ORTEGA GARCÍA, General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

D. JERÓNIMO DOMÍNGUEZ BARBERO, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.

D. MANUEL DE LA CHICA CAMÚÑEZ, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.

D. JAIME MONTERO FERNÁNDEZ DE BOBADILLA, General de Brigada del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Hacienda y Función Pública

PRÓRROGAS EN REBAJA FISCAL EN LA LUZ Y EN MASCARILLAS; IMPULSO A LOS PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y AL AUTOCONSUMO; CONVOCATORIA DE PLAZAS PARA EL SEPE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley para mantener en vigor las reducciones fiscales sobre la electricidad, y los descuentos aplicados sobre el bono social para contener el impacto de los elevados precios mayoristas sobre los consumidores -especialmente los vulnerables- y sobre la recuperación económica justa tras la crisis sanitaria. Además, entre otras medidas de apoyo, el Ejecutivo ha aprobado reducciones fiscales sobre los tributos locales para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, ha facilitado que las empresas industriales hagan autoconsumo compartido, y ha aumentado los plazos intermedios de la tramitación de nuevas instalaciones de renovables.

En junio y septiembre, el Consejo de Ministros aprobó un plan de choque con numerosas medidas para contener el impacto de las cotizaciones internacionales del gas, que se repercuten en el precio mayorista de la electricidad. Hoy, mediante un Real Decreto-ley, ha prorrogado las medias fiscales durante el primer cuatrimestre del año: el Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) se mantendrá al 10% en la factura eléctrica de los consumidores con hasta 10 kW de potencia contratada, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista del mes anterior sea superior a 45 €/MWh.

El Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) seguirá hasta el 30 de abril en el 0,5%, el mínimo autorizado por la normativa europea. Y el Impuesto que grava con un 7% el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), por su parte, al devengarse trimestralmente permanecerá suspendido hasta el 31 de marzo.

Todas estas reducciones fiscales permitirán ahorros de unos 2.000 millones de euros a 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas, puesto que el 72,5% de los suministros de empresas y negocios también se benefician de la rebaja del 10% del IVA.

Por otro lado, el Ejecutivo también ha decidido mantener hasta que concluya el mes de abril los descuentos extraordinarios del bono social del 60% para los consumidores vulnerables -normalmente es un 25%- y del 70% para los vulnerables severos, habitualmente en el 40%. Además, se les aplicará el 10% de IVA con independencia del precio del mercado mayorista.

Impulso de la recarga para vehículos eléctricos

El RDL aprobado por el Consejo de Ministros incluye medidas de fomento de la movilidad eléctrica, entre las que destacan las fiscales para nuevas infraestructuras de recarga: los ayuntamientos podrán aplicar bonificaciones hasta el 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), hasta el 50% en la Cuota Municipal en locales afectos a actividad económica y hasta el 90% del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Los edificios no residenciales privados y los parkings no adscritos a edificios tendrán que instalar puntos de recarga cuando tengan más de 20 plazas de aparcamiento antes del 1 de enero de 2023, de un modo proporcional al número de plazas. Con carácter general, dispondrán de una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción, hasta 1.000 plazas -en el caso de la Administración General del Estado, serán 20 plazas hasta 500 plazas- y una estación más por cada 100 plazas o fracción.

Para agilizar la implantación de una red de recarga solvente -el objetivo es de disponer de 100.000 puntos en 2023- la instalación de los puntos de recarga queda eximida de la obtención previa de las licencias de obras, de funcionamiento o de actividad, de carácter medioambiental o similares; bastará una simple declaración responsable del titular.

Igualmente, se facilita la implantación de puntos de recarga en los terrenos circundantes a las carreteras del Estado, con vistas a su instalación masiva en las estaciones de servicio. Y se incorpora al ordenamiento jurídico un régimen sancionador para las distribuidoras de electricidad en casos de incumplimiento de plazos a la hora de facilitar información sobre las condiciones técnico-económicas de la instalación de puntos.

Fomento del autoconsumo

Para fomentar y facilitar la instalación de sistemas de autoconsumo, todos los proyectos menores de 100 kW quedan eximidos de presentar garantías económicas para tramitarse. Además, las compañías distribuidoras deberán disponer de canales de comunicación abiertos -como un número de teléfono gratuito o una dirección electrónica- para atender consultas y obtener información relativa a los expedientes de acceso a la red de instalaciones de autoconsumo. Al igual que con la recarga eléctrica, el RDL actualiza el régimen sancionador para evitar retrasos en los procesos de tramitación y alta de las instalaciones.

Con el objetivo de potenciar el autoconsumo para grandes consumidores, se extiende la posibilidad de realizar autoconsumo compartido-varios autoconsumidores se benefician de una única instalación- a través de la red de alta tensión (hasta ahora sólo se autorizaba en baja tensión).

La presentación de estas medidas coincide con la aprobación, también hoy en el Consejo de Ministros, de la Hoja de Ruta del Autoconsumo, con el objetivo de alcanzar 14 GW de este tipo de instalaciones en 2030.

Tramitación de plantas renovables

En la actualidad hay otorgados permisos de acceso y conexión a la red por 150 GW, mientras que el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) apunta a tener operativos 35 GW adicionales en 2025 y 60 GW en 2030. Este exceso de solicitudes, muchas de ellas inviables económica o ambientalmente, puede impedir la materialización de proyectos viables, debido a la incapacidad de las administraciones para evaluar y tramitar un contingente tan elevado de proyectos, así como a la necesidad de responder adecuadamente a las exigencias económicas y ambientales asociadas al despliegue de renovables y las asociadas a la cohesión social y territorial en lo que afecta a las líneas de evacuación y conexión a red.

Por este motivo, las Comunidades Autónomas solicitaron unánimemente durante la última Conferencia Sectorial de Energía la flexibilización de los plazos asociados a los hitos intermedios de la tramitación de los proyectos, ante la imposibilidad de terminar en tiempo y forma todas las solicitudes.

En consecuencia, el RDL fija un plazo adicional de nueve meses para los hitos intermedios relativos a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental y las autorizaciones administrativas previa y de construcción, sin extender el plazo total de cinco años para el hito final de obtención de la Autorización Administrativa de Explotación definitiva, con la consiguiente entrada en operación de la instalación.

Todos aquellos promotores que no deseen seguir adelante con sus proyectos tras esta modificación de los plazos intermedios podrán renunciar a los correspondientes permisos de acceso y conexión en el plazo de un mes, procediéndose a la devolución de las garantías presentadas.

Flexibilidad para la industria consumidora de gas

Con vistas a ayudar a la industria consumidora de gas a superar la coyuntura de precios elevados del hidrocarburo, se introducen medidas para flexibilizar las condiciones contractuales del suministro. Hasta el próximo 31 de marzo las empresas que se vean forzadas a reducir su producción podrán modificar o suspender el caudal contratado para abastecerse de gas natural, evitando así que soporten costes adicionales derivados de las limitaciones vigentes para modificar este tipo de contratos.

El RDL autoriza la tramitación de instalaciones eólicas marinas que ya cuenten con autorización administrativa previa o que se refieran a prototipos o instalaciones con un componente experimental y de I+D+i. De este modo se establecen dos excepciones a la suspensión a nuevas tramitaciones establecida el pasado junio, a la espera de la aprobación de un nuevo marco normativo para esta tecnología renovable.

Finalmente, también se adoptan varias medidas técnicas para desplegar proyectos e instalaciones innovadoras y de sistemas que faciliten la gestión del sistema eléctrico, como el almacenamiento o compensadores síncronos.

Medidas fiscales para combatir la COVID

Por otra parte, el Real Decreto-ley incluye varias medidas de carácter fiscal que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19. En concreto, se recoge la prórroga del tipo superreducido de IVA del 4% para las mascarillas quirúrgicas desechables. La aplicación de dicho tipo, uno de los más bajos de la UE, estaba en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021 y ahora se prolonga hasta el primer semestre de 2022.

España se mantendrá como uno de los Estados miembros que aplican un tipo menor a este tipo de productos en un momento en el que se están incrementando los contagios.

Además, el Real Decreto-ley también extiende el tipo 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19 adquirido por las administraciones públicas, centros sanitarios y entidades sociales. España ya fue uno de los primeros países de la UE en aplicar esta exención habilitada por la Comisión Europea en abril de 2020.

Oferta de empleo público para el SEPE

En este Real Decreto- Ley se incluye también una Oferta de Empleo Público Extraordinaria para el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

En virtud de la norma, este organismo se reforzará con 926 nuevas plazas, que se dividen de la siguiente forma: 192 corresponden al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado; y 734, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Se trata de un incremento de más de un 10% en los efectivos con que cuenta el SEPE ya que, a 28 de septiembre de 2021, este organismo empleaba a 8.214 personas. Adicionalmente a esta oferta extraordinaria, en el año 2021 se han incorporado al SEPE 373 personas procedentes de la Oferta de Empleo Público, además de 250 interinos. Por lo tanto, en el conjunto del ejercicio, el refuerzo de la plantilla habría sido de casi un 20%.

Esta oferta extraordinaria de empleo no sustituye, sino que es adicional, a la adjudicación de plazas al SEPE por Oferta de Empleo Público ordinaria para el año en curso. De esta manera, se evita la aplicación de las limitaciones relativas a la tasa de reposición de efectivos que se recogía en los Presupuestos Generales del Estado para 2021.

Con esta decisión, el Gobierno busca reforzar la calidad en la atención a las personas demandantes de empleo, a las personas trabajadoras y al tejido empresarial, así como al seguimiento, evaluación y control de los diferentes servicios, programas y prestaciones por desempleo. La oferta extraordinaria de puestos para el SEPE, además, tiene el objetivo de mejorar de manera estructural el funcionamiento del organismo. Y, asimismo, las nuevas plazas se enmarcan en las necesarias reformas para la transformación y modernización de la Administración Pública.

Impulso a las políticas de empleo

El Real Decreto-ley, además de enmarcarse en el compromiso del Gobierno con la calidad de lo público, también es consistente con la apuesta del Ejecutivo por el impulso de las políticas de empleo. De manera que se refuerza la plantilla del SEPE porque, como responsable de la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, ha de contar con unos recursos humanos suficientes y adecuados para hacer frente a los retos planteados en el marco de las reformas estructurales en que está embarcada España.

El SEPE es un organismo que ejerce funciones esenciales y prioritarias para la sociedad. Ello ha sido aún más evidente durante la pandemia de la COVID-19. El SEPE ha sido uno de los pilares que ha hecho posible el mantenimiento de empresas y de las personas trabajadoras que se han visto afectadas por las restricciones a la movilidad que fue necesario adoptar para la protección de la salud.

El Servicio de Empleo Público Estatal ha sido el responsable, por ejemplo, de la gestión de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a los que llegaron a estar acogidas 3,4 millones de personas trabajadoras.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

AYUDAS PARA IMPLANTACIÓN DE RENOVABLES TÉRMICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba la concesión directa de ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Esta línea de ayudas cuenta con un presupuesto inicial de 150 millones de euros del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), que podrá ampliarse en función de la demanda y el desarrollo de los proyectos. El destino de los fondos serán las comunidades y ciudades autónomas, que deberán, a su vez, efectuar las correspondientes convocatorias para la concesión de ayudas.

La finalidad de las subvenciones es fomentar el despliegue de fuentes de energía renovable térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario, el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público, así como actuaciones que acometan empresas en modalidad de servicios energéticos en el sector residencial, de forma que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.

Proyectos subvencionables

Las ayudas se ejecutarán a través de dos programas de incentivos: el primero, dirigido a sectores de la economía; y el segundo, al sector público, y permitirán la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío de menos de 1 MW de potencia.

Entre las actuaciones subvencionables se encuentran aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales (limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc).

Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.

La ayuda otorgada cubrirá el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementará en un 5% en zonas de reto demográfico: municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.

Dado el carácter incentivador del programa, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda o de su publicación en el BOE, cuando se trate del sector público.

Reparto territorial de los fondos

Las ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia simple, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán gestionadas por las comunidades y ciudades autónomas. Inicialmente se repartirán 150 millones de euros en base a criterios objetivos como el peso de los sectores en cada Comunidad Autónoma, mientras que el presupuesto restante quedará para ampliaciones en función de la ejecución de los fondos iniciales. El reparto territorial es el siguiente:

Cuantía económica (€)
Andalucía22.480.286
Aragón5.639.215
Asturias, Principado de2.772.376
Balears, Illes2.944.884
Canarias4.532.659
Cantabria1.694.415
Castilla y León8.429.175
Castilla - La Mancha7.183.312
Cataluña27.313.538
Comunitat Valenciana13.906.313
Extremadura3.212.956
Galicia8.778.958
Madrid, Comunidad de22.810.945
Murcia, Región de4.480.972
Navarra, Comunidad Foral de3.140.952
País Vasco8.941.671
Rioja, La1.447.383
Ceuta153.422
Melilla136.568
150.000.000

RENOVABLES térmicas en el plan de recuperación

El despliegue e integración de energías renovables está recogido en el Componente 7 del PRTR, diseñado por el Gobierno para la ejecución de los fondos Next Generation EU. Este componente incluye, en la Inversión 1 (C7. I1), el desarrollo de energías renovables innovadoras integradas en la edificación y en los procesos productivos.

Este programa de incentivos complementa los 1.320 millones de euros puestos en marcha ya para autoconsumo y almacenamiento, y agota las convocatorias de gestión territorializada en el ámbito de la energía del Plan de Recuperación.

Puede consultar toda la información sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aquí.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

DIGITALIZACIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN Y VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto para digitalizar las redes de distribución de electricidad e impulsar la infraestructura de recarga para vehículos eléctricos en la vía pública. Está dotado con 525 millones de euros del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que recibirán las empresas distribuidoras de una forma proporcional a su representatividad hasta 2023. Los potenciales beneficiarios tendrán que implantar herramientas digitales de mejora de atención al consumidor, incluyendo sedes electrónicas para gestionar expedientes relativos al acceso y la conexión de instalaciones de autoconsumo y de puntos de recarga.

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) prevé que las energías renovables cubran un 74% de la demanda eléctrica en 2030. Para conseguirlo, el sistema eléctrico debe transformarse, desde su actual diseño centralizado y unidireccional, hasta otro distribuido, multidireccional, inteligente y flexible, gracias a la digitalización de las redes, los sistemas de almacenamiento y la agregación y la gestión de la demanda.

Contribuir a la recuperación económica

El Real Decreto aprobado por el Gobierno facilita el alcance de estos objetivos, además de contribuir a la recuperación económica, gracias a la capacidad de arrastre de la distribución de electricidad sobre el resto de la economía, que mantiene decenas de miles de empleos y sustenta una cadena industrial relevante, con un peso muy importante de las empresas españolas.

La digitalización de las redes de distribución está incluida en el Proyecto Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (PERTE ERHA), disponible aquí, que canalizará más de 16.300 millones en los próximos años para adaptar el sistema energético y reforzar la posición del liderazgo español en el campo de las energías limpias.

La digitalización de las redes de distribución es una de las medidas facilitadoras del PERTE ERHA y se corresponde con el Componente 8 del PRTR, dedicado a infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento.

Ayudas con cargo a los PGE de 2021 a 2023

El Real Decreto aprobado hoy permitirá otorgar hasta 525 millones en subvenciones directas entre 2021 y 2023 a las empresas distribuidoras, que operan en régimen regulado en las zonas en que están implantadas. Las cuantías anuales máximas ascenderán a 227 millones con cargo al Presupuesto General del Estado de 2021, otros 148 millones con cargo a 2022 y 150 millones en 2023.

El PRTR financiará hasta el 50% de los activos relacionados con la digitalización de la red y con las infraestructuras necesarias para alimentar puntos de recarga rápida para vehículos eléctricos -con una potencia superior a 250 kW- situados en la vía pública. Cada compañía recibirá una ayuda proporcional al porcentaje de retribución regulada que recibe sobre el coste total de la actividad de distribución de electricidad.

El Real Decreto autoriza que las distribuidoras incrementen su límite de inversión anual con cargo al sistema eléctrico en una cuantía equivalente a la inversión acometida gracias al apoyo del PRTR durante el año siguiente a la puesta en servicio de los activos resultantes de las inversiones.

Planes de generación de cadena de valor y empleo

Para acceder a las subvenciones, las empresas deberán presentar planes estratégicos con las estimaciones de sus inversiones sobre el empleo, la cadena de valor industrial y la contribución a la penetración de nueva generación renovable, que serán publicados en la página web del MITECO.

También tendrán que implantar programas digitales de mejora de la calidad de la atención al consumidor. Entre ellos, deberán habilitar una sede electrónica que permita la gestión de los expedientes, incluyendo los relativos a los permisos de acceso y conexión para instalaciones de autoconsumo y la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Puede consultar toda la información sobre el PRTR aquí.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 el programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, cuyo plazo inicial terminaba a finales de este año. Aprobado en marzo, el programa cuenta con 30 millones de euros para favorecer el ahorro energético y la competitividad del sector, así como medidas para incentivar las energías renovables y la reducción de las emisiones de CO2, contribuyendo al cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030.

Las ayudas, financiadas con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y coordinadas por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), cubrirán hasta el 30% del coste necesario para la ejecución del proyecto. Estas inversiones contribuyen a la generación de empleo y la actividad económica, claves en un contexto de recuperación tras la crisis provocada por la COVID-19.

La ampliación del periodo de vigencia del programa durante dos años más garantizará que se ejecuten las actuaciones inicialmente previstas, en consonancia con las obligaciones de reducción de consumo de energía final establecidas por la normativa europea, así como la posibilidad de realizar otras acciones que contribuyan, al mismo tiempo, a la recuperación económica y social tras la pandemia.

Los destinatarios de estas ayudas son personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, titulares de una explotación agropecuaria; las Comunidades de Regantes y otras organizaciones dirigidas a la gestión de agua para el riego agropecuario o la gestión común de otras fuentes de energía para fines agropecuarios; los titulares de explotaciones agropecuarias de regadío que utilicen redes de riego que necesiten consumo de energía eléctrica; cualquier organización de productores agropecuarios reconocida, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía y las empresas de servicios energéticos.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

CONTRIBUCIONES VOLUNTARIAS A ORGANISMOS INTERNACIONALES

El Consejo de Ministros ha autorizado cinco contribuciones voluntarias a entidades de carácter internacional por importe global de 1.399.170 euros.

Con estas aportaciones, España contribuye como Estado miembro al funcionamiento de organismos internacionales y al impulso de su programa de trabajo en materia de transición ecológica y protección medioambiental. También refuerza la estrategia de cooperación con los países en desarrollo, en particular con Iberoamérica, en áreas como la acción climática, la demográfica y la biodiversidad.

Política y gestión de agua

Las dos primeras contribuciones se destinan al Sistema de Información del Agua en el Mediterráneo (SEMIDE), una correspondiente al año 2020 por importe de 30.000 euros, cuyo pago no pudo ser llevado a efecto en ese ejercicio, y otra correspondiente al ejercicio 2021 por otros 30.000 euros.

Esta aportación permite garantizar la presencia española en la política de intercambio de información en el Mediterráneo y servir de soporte para futuras iniciativas de la Unión por el Mediterráneo, con la que siempre se ha colaborado estrechamente, en especial, con la iniciativa 5+5 del Mediterráneo occidental. La Unidad Técnica de este sistema la componen tres países: Francia, Italia y España, que actualmente está representada por la Dirección General del Agua del MITECO.

La tercera contribución es para la Asociación Internacional de Ingeniería e Investigación Hidro-Ambiental (IAHR), por un importe de 30.000‬ euros, y cuyo pago deriva de la Adenda al Convenio de colaboración entre el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), la Dirección General del Agua y la Dirección General de la Costa y el Mar. Permtirá ampliar actividades encaminadas a la digitalización, la inteligencia artificial, los metadatos (big data), el cambio climático, la COVID-19 y la seguridad global del medio hídrico continental y marino, facilitando una mayor difusión de la tecnología del agua en España.

Adicionalmente, esta contribución implica también que la IAHR facilite la colaboración con otras instituciones y organizaciones internacionales y/o nacionales del agua en los campos de la asistencia técnica, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, en especial en el contexto del Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea para 2021-2027 "Horizonte Europa 2021-2027".

Biodiversidad marina

La cuarta contribución voluntaria está relacionada con las políticas destinadas a la biodiversidad marina en el área del Mediterráneo. Se trata de la contribución al Fondo para las Áreas Marinas Protegidas del Mediterráneo-MEDFUND, correspondiente al año 2020 por un importe de 40.000 euros.

El objetivo del Fondo es contribuir a la gestión de estas áreas a largo plazo mediante el fortalecimiento de su sostenibilidad financiera. Nuestro país está firmemente comprometido con la declaración y la gestión efectiva de las áreas marinas protegidas. Cabe destacar que España es parte y país depositario del Convenio de Barcelona para la Protección del Mar Mediterráneo, y que uno de los siete Protocolos de este Convenio es el Protocolo para las Zonas Especialmente Protegidas y Diversidad biológica del Mediterráneo.

Cooperación con el PNUMA

La quinta contribución, por importe de 1.191.406 euros, cubre un amplio rango de temas ambientales englobados en el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), desde ecosistemas terrestres, marinos y de agua dulce hasta protección de la atmósfera, gestión de productos químicos, eficiencia de recursos, green economy o gobernanza ambiental.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

HOJA DE RUTA PARA IMPULSAR EL AUTOCONSUMO

El Consejo de Ministros ha aprobado la Hoja de Ruta del Autoconsumo, con el fin de los retos y las oportunidades que presenta y establecer medidas para asegurar su despliegue masivo en España en los próximos años.

De acuerdo con un estudio del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), el autoconsumo puede alcanzar entre 9.000 MW y 14.000 MW de potencia instalada en 2030. Desde 2018, cuando se puso fin al llamado 'impuesto al sol', el autoconsumo en España se ha multiplicado por 2,5 hasta alcanzar casi 600 MW instalados durante el año 2020 y para este 2021 se prevé un aumento de aproximadamente 1.000 MW, con lo que el total acumulado podría llegar a los 2.500 MW.

Tras el proceso de audiencia pública se han introducido mejoras en la Hoja de Ruta, como una mayor definición en la figura del 'gestor de autoconsumo', algunas consideraciones sobre la cadena de valor en pequeñas y medianas empresas, y el reconocimiento del potencial del autoconsumo como elemento de reducción en el coste extra de la generación eléctrica no peninsular.

Objetivos y actuaciones

La Hoja de Ruta del Autoconsumo recoge 37 medidas de sensibilización, formación a profesionales o divulgación, con el fin de mejorar el conocimiento y la aceptación del autoconsumo por parte de toda la población, ya que esta se ha identificado como una de las principales barreras para su implantación en España.

Asimismo, contempla medidas de impulso al autoconsumo colectivo, por ejemplo, en comunidades de vecinos, y cambios normativos para mejorar la agilidad en la tramitación de instalaciones.

El documento también persigue la mejora de la competitividad industrial mediante la reducción de los costes energéticos, el desarrollo de la cadena de valor ya existente y el fomento de la búsqueda de nuevos negocios. Por ello, contempla actuaciones que contribuyan a la implantación del autoconsumo en sectores como el industrial o de servicios.

Además, entre las medidas se encuentra la creación de una Mesa Nacional de Autoconsumo con las Comunidades Autónomas y el establecimiento de un grupo de trabajo con las entidades locales, con el fin de mejorar la coordinación entre las Administraciones.

Apuesta por el autoconsumo

El autoconsumo es un elemento clave de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo, que persigue ser una economía neutra en carbono en 2050. También el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 prevé la elaboración de una Estrategia Nacional de Autoconsumo.

En este contexto, España ocupa una posición de privilegio frente a otros países cercanos. En primer lugar, presenta ventajas competitivas al disponer de mejores recursos renovables, especialmente en energía solar, pero también cuenta ya con una sólida cadena de valor industrial, con fabricantes líderes mundiales de inversores y estructuras dentro del sector fotovoltaico, importantes fabricantes de turbinas minieólicas o grandes empresas de ingeniería y desarrollo.

Los fondos europeos Next Generation de la Unión Europea suponen una oportunidad para acelerar su despliegue de manera masiva y, por ello, las primeras líneas de ayuda con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en materia de energías renovables han estado relacionadas con el autoconsumo y almacenamiento.

El pasado 29 de junio, el Consejo de Ministros aprobó la primera de las medidas del Plan de Recuperación en materia de energías renovables: el Real Decreto 477/2021 para conceder 660 millones de euros, ampliables a 1.320 millones, en ayudas para instalaciones de autoconsumo, almacenamiento detrás del contador y climatización con energías renovables. Ayudas específicas para el impulso del autoconsumo que, en el caso del sector residencial, pueden llegar hasta el 50 % de la inversión.

Con estas líneas se espera incorporar, al menos, 1.850 MW de generación renovable. Se estima la creación de más de 25.000 empleos directos e indirectos, un crecimiento del PIB de 1,7 millones de euros por cada millón de ayuda y una reducción de las emisiones de CO2 de más de un millón de toneladas al año.

Alegaciones recibidas

Con el fin de recoger e integrar las necesidades y sensibilidades de la ciudadanía, este documento estratégico se sometió a audiencia pública entre el 16 y el 29 de noviembre. Durante el proceso se han recibido y analizado alegaciones de 53 entidades, la mayoría asociaciones empresariales y empresas del sector energético, pero también han participado entidades públicas, universidades, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales, y particulares.

La diversidad de los alegantes refleja el interés que existe por el autoconsumo en el conjunto de la población y no solo en el sector energético, un hecho relevante porque para conseguir un despliegue masivo del autoconsumo es indispensable la participación activa de toda la ciudadanía.

Puede consultar las líneas de apoyo al autoconsumo en el marco del PRTR en este enlace.

Puede consultar toda la información sobre el PRTR aquí.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

PROTOCOLO ADICIONAL A LA CARTA SOCIAL EUROPEA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo Adicional a la Carta Social Europea en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Protocolo.

Antecedentes

El "sistema de la Carta Social Europea" se compone de: la Carta Social Europea, la Carta Social Europea (revisada) y tres Protocolos Adicionales:

  • La Carta Social Europea, abierta a la firma en Turín el 18 de octubre de 1961, garantiza los derechos sociales y económicos fundamentales. Fue ratificada por España el 6 de mayo 1980 y entró en vigor para nuestro país el 5 de junio de ese mismo año.
  • La Carta Social Europea (revisada) se abrió a la firma el 3 de mayo de 1996 y entró en vigor el 1 de julio de 1999. Hasta la fecha la han ratificado 34 países. España la firmó el 23 de octubre del año 2000 y ratificada el 17 de mayo de 2021, entrando en vigor para España el 1 de julio de 2021. Hasta la fecha la han firmado 45 países y 36 la han ratificado.
  • El Protocolo adicional (nº 1) de 1988, por el que se extienden los derechos económicos y sociales de la Carta, y el Protocolo modificador (nº 2) de 1991, por el que se modifica el sistema de supervisión de la Carta, fueron ratificados por España en el año 2000.
  • El Protocolo Adicional (nº 3) por el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, fue abierto a la firma en Estrasburgo el 9 de noviembre de 1995 y entró en vigor el uno de julio de 1998; lo han firmado 19 Estados, entre ellos España, de los cuales 12 ya lo han ratificado. España aplica provisionalmente este Protocolo desde el 1 de julio de 2021, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se autorizó su firma y aplicación provisional (BOE nº 153, de 28 de junio de 2021).

Con la ratificación de este Protocolo Adicional, España terminaría de adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea y permitiría desarrollar nuevas medidas para mejorar la aplicación efectiva de los derechos sociales garantizados por la Carta, mediante el establecimiento de un procedimiento de reclamaciones colectivas que refuerza la participación de los empresarios y trabajadores, así como de las organizaciones no gubernamentales, en el cumplimiento de la Carta Social Europea.

Este procedimiento permitirá que organizaciones internacionales de empleadores y trabajadores, organizaciones internacionales no gubernamentales y organizaciones nacionales representativas de empleadores y trabajadores, puedan presentar reclamaciones al Secretario General del Consejo de Europa, respecto de las materias en las que se les haya reconocido especial competencia, en las que se denuncie la aplicación insatisfactoria de la Carta.

Así, este Protocolo tiene como objeto completar el sistema de protección y garantía de los derechos sociales y económicos recogidos en la Carta y promover la participación de las organizaciones internacionales y nacionales representativas de empleadores y trabajadores.

Por su parte, el Consejo de Estado en su dictamen de 8 de julio de 2021, determinó que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del presente Acuerdo, requiere la previa autorización de las Cortes Generales, en los términos de los apartados a), c) y e) del Artículo 94.1 de la Constitución, debido a que el Acuerdo es un tratado de carácter político, incide sobre derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I de la Constitución y recae sobre materias reguladas por ley en el ordenamiento español.

Contenido

El Protocolo Adicional consta de un Preámbulo y dieciséis artículos. El Preámbulo recoge la voluntad de los Estados miembros de adoptar nuevas medidas para mejorar la aplicación efectiva de los derechos sociales garantizados por la Carta, y reconoce que dicho objetivo puede conseguirse mediante el establecimiento de un procedimiento de reclamaciones colectivas que reforzaría la participación de empresarios y trabajadores, así como de las organizaciones no gubernamentales. Y el articulado desarrolla los aspectos varios del procedimiento de reclamaciones colectivas.

El Artículo 1 establece qué organizaciones son competentes para presentar reclamaciones en las que se denuncie la aplicación insatisfactoria de la Carta.

El Artículo 2 recoge la posibilidad de que los Estados contratantes puedan declarar que reconocen el derecho a presentar reclamaciones contra dicho Estado a otra organización (distinta de las del Artículo 1) dentro de su jurisdicción que tenga especial competencia en las materias reguladas en la Carta, y podrán hacerlo por un plazo determinado.

El Artículo 3 acota la posibilidad de hacer reclamaciones colectivas y las circunscribe a las materias en las que se haya reconocido especial competencia a las organizaciones internacionales no gubernamentales y a las organizaciones nacionales no gubernamentales mencionadas en los Artículos 1.b y 2 del Protocolo.

Los Artículos 4 y 5 desarrollan los requisitos para presentar una reclamación: debe ser por escrito, referirse a una disposición de la Carta aceptada por la Parte Contratante, explicar en qué medida dicha Parte no ha garantizado la aplicación de dicha disposición y estar dirigida al Secretario General, que acusará recibo de la misma, la notificará a la Parte Contratante y la remitirá al Comité de Expertos Independientes.

Los Artículos 6, 7 y 8 desarrollan el papel del Comité de Expertos Independientes y del Secretario General en el procedimiento de reclamaciones colectivas. En particular, podrá solicitar de la Parte Contratante afectada y de la organización que presentó la reclamación información y observaciones sobre la admisibilidad de la reclamación. Si el Comité resuelve que la reclamación es admisible, el Secretario General lo notificará a las Partes Contratantes y se solicitará que la Parte Contratante afectada y la organización presenten todas las aclaraciones o informaciones escritas que procedan. Las Partes Contratantes en el Protocolo podrán, a su vez, presentar observaciones. Y además de las mismas, podrán también formularlas las organizaciones internaciones de empleadores y trabajadores (siempre que la reclamación haya sido presentada por una organización nacional de empleadores o trabajadores otra organización nacional o internacional no gubernamental). Sobre la base de las aclaraciones, informaciones u observaciones, la Parte Contratante afectada y la organización que presentó la reclamación, podrán presentar informaciones y observaciones adicionales; y se prevé que el Comité de Expertos Independientes pueda organizar una audiencia con los representantes de las partes. En todo caso, el resultado del procedimiento se plasmará en un informe elaborado por el Comité de Expertos Independientes en el que expondrá las medidas adoptadas para examinar la reclamación y presentará una serie de conclusiones sobre si la Parte Contratante afectada ha garantizado o no la aplicación satisfactoria de la disposición de la Carta en cuestión. Este informe se remitirá al Comité de Ministros del Consejo de Europa, a la organización que presentó la reclamación y a las demás Partes Contratantes.

El Artículo 9 desarrolla las mayorías por las cuales el Comité de Ministros, sobre la base del informe, podrá adoptar una resolución, así como podrá decidir consultar al Comité Intergubernamental de la Carta cuando el informe plantee nuevas cuestiones.

El Artículo 10 establece que la Parte Contratante afectada informará sobre las medidas que haya adoptado para poner en práctica las recomendaciones adoptadas por el Comité de Ministros, en un informe que presentará al Secretario General.

El Artículo 11 indica que los Artículos 1 a 10 serán, también, de aplicación a los artículos de la parte II del primer Protocolo Adicional a la Carta, respecto de los Estados parte en dicho Protocolo, en la medida que se hayan aceptado dichos artículos.

El Artículo 12 recoge elementos sobre la interpretación del Protocolo.

Los Artículos 13, 14, 15 y 16 desarrollan lo relativo a la firma y la manifestación del consentimiento en obligarse por el Protocolo, a la entrada en vigor, a la posibilidad de denunciar el Protocolo y a las notificaciones que debe realizar el Secretario General en su condición de depositario del Protocolo.

Del contenido de los informes de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y Justicia se concluye que la ratificación de este Protocolo carece de impacto presupuestario.

A propuesta del Ministerio de Justicia, en el momento de la ratificación del Protocolo, España formulará la siguiente declaración:

"El Reino de España queda comprometido por el Anexo a la Carta Social Europea revisada "Ámbito de aplicación de la Carta Social (revisada) en lo que se refiera a las personas protegidas" de acuerdo a la literalidad de sus términos, sin que pueda entenderse que el disfrute de los derechos señalados se extienda a extranjeros que no se encuentren en situación regular, salvo que exista autorización previa y expresa por parte de las autoridades españolas en la que se especifique el alcance y forma en que dicha protección hubiera de ser garantizada".

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas al Anexo I de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte.

La Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO, de 18 de noviembre de 2005, fue ratificada por España el 25 de octubre de 2006 y entró en vigor de forma general y para nuestro país el 1 de febrero de 2007, de conformidad con lo establecido en su Artículo 37.

La Convención tiene como finalidad la progresiva armonización de normas y prácticas antidopaje en el deporte y la cooperación en el plano nacional y mundial.

Mediante Carta Circular remitida el 1 de octubre de 2018, la Directora General de la UNESCO informó a los Estados Parte sobre la propuesta de Enmiendas al Anexo I de la Convención, aprobadas por el Comité Ejecutivo de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) el 14 de septiembre de 2021, según lo dispuesto en el mencionado Artículo 34 de la Convención.

El Anexo I se refiere a la "Lista de Sustancias y Métodos prohibidos en 2022".

Según informó la Directora General de la UNESCO, por carta de 15 de noviembre de 2021, ningún Estado Parte ha hecho objeciones en el plazo de 45 días establecido al efecto, por lo que conforme al Artículo 36.2.b) de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, procede que el Consejo de Ministros tome conocimiento de la entrada en vigor el 1 de enero de 2022 de las Enmiendas al Anexo I de la Convención.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LOS PUNZONES DE PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de las Decisiones XXXV-1 a XXXV-9, XXXV-10 a XXXV-19 y XXXV-20 a XXXV-35, adoptadas por la Comisión Internacional Permanente del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, en su XXXV periodo de sesiones celebrado en los años 2019 y 2020.

Desde el 15 de agosto de 1973, España es Parte del Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles, y del Reglamento de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de las armas de fuego portátiles y sus municiones (C.I.P.), hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969 (BOE de 22 de septiembre de 1973), y cuyo depositario es el Gobierno del Reino de Bélgica. Las demás Partes Contratantes son Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chile, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Reino Unido y Rusia.

El Reglamento de la C.I.P, que es un instrumento conexo al citado Convenio del cual se considera parte integrante (artículo 11 del Reglamento), confiere a dicha Comisión la competencia para adoptar decisiones en el ámbito del Convenio (artículo 5.1. del Reglamento) por acuerdo mayoritario de sus miembros (artículo 7 del Reglamento).

  • Las Decisiones XXXV-1 a 9 fueron adoptadas en la reunión celebrada en Bruselas el 22 de mayo de 2019, durante el XXXV periodo de sesiones de la C.I.P. Las Decisiones XXXV-1 a 6 se refieren a la aprobación de nuevos calibres de municiones y las Decisiones XXXV-7 a 9 corresponden a la revisión de calibres ya existentes. Todas ellas son de carácter técnico y afectan a los calibres de ciertas armas de fuego, constituyendo por tanto actualizaciones que vienen exigidas por la evolución tecnológica de este sector industrial. Estas Decisiones entraron en vigor el 19 de diciembre de 2019, por el transcurso del plazo de seis meses desde la notificación las mismas, iniciado el 19 de junio de 2019, al no haber formulado oposición ninguno de los Estados parte del Convenio.
  • Las Decisiones XXXV-10 a 19 fueron adoptadas en la reunión celebrada en Bruselas el 21 de abril de 2020, también durante el XXXV periodo de sesiones de la C.I.P. Las Decisiones XXXV-10 y 11 afectan a dos nuevos calibres, mientras que las Decisiones XXXV-12 a 17 corresponden a la revisión de calibres ya existentes. Son de carácter técnico y constituyen actualizaciones derivadas del avance del desarrollo tecnológico. El contenido de la Decisión XXXV-18 corresponde al Acuerdo marco entre la Real Escuela Militar-Patrimonio y la C.I.P. y el de la Decisión XXXV-19 al Reglamento presupuestario de la Oficina Permanente. Estas Decisiones entraron en vigor el 22 de octubre de 2020, igualmente por el transcurso del plazo de seis meses desde la notificación las mismas, iniciado el 22 de abril de 2020, al no haber formulado oposición ninguno de los Estados parte del Convenio.
  • Las Decisiones XXXV-20 a 35 fueron adoptadas en la reunión celebrada en Bruselas el 10 de noviembre de 2020, igualmente durante el XXXV periodo de sesiones de la C.I.P. Las Decisiones XXXV-20 a 24 afectan a cinco calibres nuevos y las Decisiones XXXV-25 a 35 a once calibres revisados; toda ellas son de carácter técnico y afectan a los calibres de ciertas armas de fuego, constituyendo por tanto actualizaciones que vienen exigidas por el desarrollo tecnológico de este sector industrial. Estas Decisiones entraron en vigor el 26 de mayo de 2021, por el transcurso del plazo de seis meses desde la notificación de la adopción de las mismas por el Gobierno belga el 22 de abril de 2020, al no haber formulado oposición ninguno de los Estados parte del Convenio.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

SE CONCEDE LA GRAN CRUZ DE LA ORDEN DEL MÉRITO CIVIL, A TÍTULO PÓSTUMO, A Dª MARÍA HERNÁNDEZ MATAS

María Hernández Matas (Madrid, 13 de mayo 1986 - Tigray, Etiopía, 24 de junio de 2021), cooperante española de Médicos Sin Fronteras (MSF).

Desarrolló su labor en 2015 en la República Centroafricana, para pasar a Sudán del Sur como coordinadora de Finanzas. En 2017, coordinó la misión de ayuda humanitaria de MSF en la guerra de Yemen. En 2019, fue destinada a México en el transcurso de las caravanas de migrantes centroamericanos a la frontera entre Estados Unidos y México donde atendieron a más 6.000 personas.

En 2020, estuvo en la región en Pulka, en Nigeria. De allí, fue trasladada a Tigray ante la emergencia humanitaria.

Murió asesinada en Etiopía durante el conflicto entre el FLPT y fuerzas armadas etíopes. Previamente, Hernández había denunciado la intervención militar etíope al constatar: "una voluntad de destruir el sistema de salud del país", "de destrozar su equipamiento, e incluso, de usar algunos de estos centros médicos como bases militares de actores armados".

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Defensa

PRÓRROGA DE OPERACIONES MILITARES FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la participación de unidades y observadores militares en operaciones fuera del territorio nacional.

Mediante este Acuerdo se autoriza la continuación de la participación de las Fuerzas Armadas durante 2022 en las operaciones en el exterior, de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aplicables (CSNU) y en consonancia con los compromisos adquiridos por España, tanto con sus socios y aliados de la Unión Europea y de la OTAN, como con la propia comunidad internacional representada por el CSNU.

La Directiva de Defensa Nacional 2020 señala que las operaciones en el exterior tienen como finalidad la contribución a la paz, pero también la consolidación de España como aliado, socio y país miembro de referencia de la comunidad internacional. En este sentido, la presencia de militares españoles en zonas de crisis y conflicto contribuye a poner de relieve el valor específico que aporta España a las organizaciones internacionales a las que contribuye como miembro responsable. Se trata, por tanto, de un instrumento de primer orden en la acción exterior del Estado en materia de seguridad y defensa.

El Gobierno prorrogó la participación de Unidades militares en operaciones fuera del territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2021 por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020.

La participación de las Fuerzas Armadas españolas en operaciones en el exterior, recogida en el Acuerdo de Consejo de Ministros para 2021, preveía continuar con el esfuerzo comprometido, tras el necesario proceso de evaluación y adaptación a las condiciones impuestas por el brote de la pandemia.

Tras la decisión del Consejo Atlántico de la OTAN del pasado 14 de abril, acordando la retirada de Afganistán de todas las tropas de la Alianza antes del 11 de septiembre, se procedió al repliegue a territorio nacional del último contingente militar participante en la operación "Resolute Support" y a la evacuación de las personas afganas y sus familias, que habían colaborado con los distintos contingentes españoles, con la Embajada de España, o con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, concluyendo el pasado 10 de septiembre casi 20 años de presencia española en Afganistán.

Con este proceso de retirada y evacuación, las Fuerzas Armadas españolas, conjuntamente con otras Fuerzas Armadas aliadas, hicieron frente a su compromiso de no dejar atrás a personas afganas en especial riesgo, evacuando a la Base Aérea de Torrejón un total de 2.200 afganos, y poniendo a disposición de la OTAN, la Unión Europea y los EE.UU. medios y bases aéreas nacionales en apoyo de sus propias misiones de evacuación.

Para el año 2022, el Gobierno plantea un esfuerzo militar en el exterior similar al de 2021, con ajustes numéricos coyunturales en algunas misiones, derivados de su evolución o de los compromisos y rotaciones acordados en los procesos de generación de fuerzas de la Unión Europea y la Alianza Atlántica.

Las misiones de las Fuerzas Armadas en el exterior, incluida la participación de la Guardia Civil, cuya prórroga se solicita, han sido aprobadas, tras los correspondientes trámites parlamentarios, por las Cortes Generales, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 5/2005 de la Defensa Nacional.

Justicia

PROYECTO DE LEY CONCURSAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal, una norma que sitúa España a la vanguardia de la reestructuración de empresas en el ámbito europeo. Este proyecto normativo tiene como objetivo la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia, e introduce otras reformas en el ámbito concursal para disponer de instrumentos ágiles y eficaces que mejoren los procedimientos de insolvencia y faciliten el mantenimiento de empresas viables, en definitiva, que refuercen el tejido productivo.

El nuevo texto incorpora las aportaciones recogidas en la fase de audiencia e información pública y cuenta con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial y el dictamen del Consejo de Estado.

Este proyecto de Ley constituye una de las reformas más importantes incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para favorecer la demografía empresarial, reforzar el tejido productivo e impulsar el crecimiento económico.

Se trata de un texto dirigido a garantizar que las empresas viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad; que los empresarios o personas físicas insolventes puedan ver exoneradas sus deudas después de un periodo de tiempo razonable, favoreciendo la segunda oportunidad; y que el procedimiento concursal incremente su eficiencia reduciendo, entre otros factores, su duración.

Cabe señalar que el proyecto de Ley presta especial atención a las microempresas, que dispondrán de un procedimiento específicamente adaptado a sus necesidades y características.

La reforma es especialmente importante en el actual contexto económico, puesto que la disponibilidad de este tipo de instrumentos de reestructuración, eficientes y ágiles, contribuirá a minimizar la destrucción del tejido productivo y al mantenimiento de empresas y negocios viables.

Planes de reestructuración

Los planes de reestructuración, que sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciación, son uno de los elementos centrales de la Directiva de insolvencia y de la reforma de la Ley Concursal para facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.

Se trata de un instrumento pre-concursal, dirigido a empresas con dificultades financieras, que favorece una reestructuración en un estadio más temprano que el de los actuales instrumentos, cuando se detecten indicios de probabilidad de insolvencia, frente a la actual exigencia de que ésta sea inminente.

El Plan de Reestructuración constituye un mecanismo flexible, ágil desde el punto de vista procedimental, que incorpora las mejores prácticas de otros modelos de derecho comparado, como el americano, para contribuir a su eficacia. En concreto, posibilita el arrastre de clases acreedoras disidentes, esto es, las que no votan a favor del plan, incluyendo también las correspondientes salvaguardas para los acreedores. Su introducción incentivará una reestructuración más temprana y, por tanto, con mayores probabilidades de éxito, contribuirá a la descongestión de los juzgados mercantiles, liberará recursos y permitirá una mayor eficiencia del concurso.

Asimismo, el proyecto de Ley introduce un nuevo procedimiento de insolvencia único para autónomos y microempresas de menos de 10 trabajadores, más rápido, digitalizado y con un coste muy reducido que incrementa la posibilidad de continuidad de las empresas viables y facilita la reasignación de recursos.

Este procedimiento se caracteriza por la simplificación del proceso concursal, su carácter modular y ofrece dos itinerarios posibles. Tras un periodo de negociación con los acreedores de un máximo de tres meses debe optarse: por un plan de continuación rápido y flexible, si hay posibilidad de un acuerdo; o, en su defecto, por una liquidación ordenada, pero rápida, a través de una plataforma on line. Este procedimiento únicamente debe utilizarse para liquidar empresas que son insolventes.

Segunda oportunidad

Se reforma en profundidad el procedimiento de segunda oportunidad, dirigido a personas físicas y autónomos en concurso, con el objetivo de incentivar a los beneficiarios a continuar con su actividad laboral o empresarial y posibilitando una segunda oportunidad realmente efectiva.

El proyecto de Ley introduce medidas adicionales a las previstas en la Directiva de insolvencia, entre las que destaca la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos a los acreedores, permitiendo al deudor, bajo ciertas condiciones, mantener su vivienda habitual y, si fuera autónomo, continuar con su actividad.

El plan de pagos tendrá una duración máxima de tres años, que se ampliará a cinco años cuando no se enajene la vivienda habitual del deudor.

Asimismo, se amplía la relación de deudas exonerables y se eliminan o se relajan ciertas restricciones para poder acceder a las exoneraciones.

Por último, el proyecto de Ley también incluye la reforma del procedimiento concursal para incrementar su eficacia. Con este objetivo se introducen numerosas modificaciones dirigidas a agilizar el procedimiento y a facilitar la aprobación de un convenio cuando la empresa sea viable, facilitar la venta de unidades productivas o, en su caso, su liquidación.

Entre las medidas para agilizar el procedimiento y reducir su duración, la reforma prevé incentivos en la retribución del administrador concursal condicionados a la celeridad y agilidad del procedimiento, y penalizaciones si la gestión no es eficiente, lo que se producirá si el procedimiento dura más de 12 meses por causa que le sea imputable.

Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Como complemento necesario para las medidas de eficiencia contenidas en el Proyecto de Ley, resulta imprescindible descargar de competencias a los juzgados mercantiles y a las secciones especializadas de las audiencias provinciales. Estas medidas requieren la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo que se presenta una segunda reforma, como Ley Orgánica, complementaria a la de la Ley Concursal.

Esta reforma contempla, entre las medias más destacadas, que los juzgados de los casos sobre condiciones generales de la contratación y sobre protección de los consumidores y ciertas reclamaciones en materia de transportes (retrasos de aerolíneas, equipajes, etc.) pasen de los juzgados de lo mercantil a los juzgados de primera instancia.

Finalmente, volverá a los juzgados de lo mercantil el conocimiento del concurso de las personas naturales no empresarias.

Hacienda y Función Pública

ACTIVIDADES DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática proceder a la resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

Se trata de una Resolución que fue aprobada el 6 de agosto con cargo a las aplicaciones presupuestarias para gastos derivados de la aplicación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, y ligadas a subvenciones a Agencias Estatales, Universidades Estatales y a Universidades de Comunidades Autónomas.

Esa Resolución de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática convocó subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las Víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. El importe total de las ayudas convocadas asciende a 895.000 euros y se imputará al ejercicio 2021 el 75% del importe total (671.250 euros) y al ejercicio 2022, el 25% restante (223.750 euros).

En el Presupuesto aprobado en 2021 no existe crédito inicial en las aplicaciones presupuestarias correspondientes, que se dotarán, en virtud del Acuerdo, mediante modificación presupuestaria en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, lo que es suficiente para hacer frente a los compromisos del actual ejercicio 2021.

Hacienda y Función Pública

FONDO DE CONTINGENCIA PARA CUMPLIR LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO CONTRA EL CANON HIDROELÉCTRICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 1.907,67 millones de euros en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El objetivo de esta ampliación de crédito es atender pagos derivados de sentencias del Tribunal Supremo dictadas contra la aplicación del canon hidroeléctrico regulado en un Real Decreto aprobado en el año 2015.

En concreto, en la Sentencia del Tribunal Supremo nº 513/2021 dictada en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por UNESA contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, el Alto Tribunal falló la nulidad de su disposición transitoria segunda, así como de la disposición adicional primera, segundo párrafo "por ser ambas contrarias al ordenamiento jurídico".

En virtud de esa sentencia, así como de las Sentencias 520/2021 y 527/2021, procede la devolución del importe recaudado en los ejercicios 2013 y 2014 por haberse exigido el tributo mediante una disposición reglamentaria declarada nula por establecer una aplicación retroactiva prohibida e incurriendo en extralimitación reglamentaria.

También se establece la devolución de lo recaudado en los años 2015 a 2020 en los casos en los que no se haya llevado a cabo la previa revisión de la concesión administrativa para el uso del agua con fines hidroeléctricos.

El impacto de las sentencias asciende a 1.907,67 millones de euros.

Hacienda y Función Pública

MUTUA BALEAR

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites de gasto, con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para que la Mutua Balear, mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 183, pueda acometer la prestación de una serie de servicios.

De esta forma, dicha Mutua podrá tramitar de forma anticipada diversos expedientes de inversiones, entre ellos los proyectos de inversión de un nuevo centro asistencial en Ibiza, así como la apertura de un centro de rehabilitación en Inca.

Mutua Balear es una entidad colaboradora con la Seguridad Social con personalidad jurídica propia que tiene atribuidas, entre otras funciones, la gestión de las prestaciones de la Seguridad Social previstas en el artículo 80.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Con el objeto de poder prestar el servicio necesario para la gestión de las competencias que tiene encomendadas, antes de finalizar este ejercicio 2021 resulta necesario tramitar anticipadamente expedientes que resultan imprescindibles para los fines de la mutua con cargo al crédito del Capítulo VI 'Inversiones reales' de los Grupos de Programas 'Gestión de prestaciones económicas contributivas', por importe de 256.740,60 euros, 'Atención primaria de salud', por importe de 1.609.417,19 euros, y 'Administración y servicios generales de tesorería y otros servicios funcionales comunes', por importe de 228.976,06 euros.

El Presupuesto para 2021 del Capítulo VI, a nivel de vinculación, de los Grupos de Programas 'Gestión de prestaciones económicas contributivas', 'Atención primaria de salud' y 'Administración y servicios generales de tesorería y otros servicios funcionales comunes' es de 149.070 euros, 673.340 euros y 90.140 euros, respectivamente.

En consecuencia, resulta necesario someter a la decisión del Consejo de Ministros la elevación del límite de compromiso de gasto sobre el crédito presupuestario para el Capítulo VI de los tres Grupos de Programas para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

Hacienda y Función Pública

CONTRATOS DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la modificación de los límites de gasto, con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para posibilitar a la Dirección General de Carreteras, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, atender los efectos derivados de la resolución de varios contratos de concesión de obra pública.

En concreto, el 13 de julio de 2018 se firmó el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se resuelven contratos de concesión en las siguientes vías:

  • AP-36. Concesión para la construcción, conservación y explotación de la Autopista de peaje Ocaña-La Roda y la Autovía libre de peaje A 43, Tramo: N-301-Atalaya del Cañavate.
  • M-12. Construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje eje aeropuerto, desde la carretera M-110 hasta la A-10; de la autopista de peaje eje aeropuerto, desde la A-10 hasta la M-40; y construcción de la prolongación y mejoras del acceso sur a Barajas; de la ampliación a tres carriles de la autovía A-10 entre la conexión con el eje aeropuerto y el nudo de Hortaleza, y de la conexión aeropuerto-variante N-II y vías de servicio sur de Barajas.
  • R-4. Concesión para la construcción, conservación y explotación de la Autopista de peaje R-4, de Madrid a Ocaña, tramo M-50 - Ocaña; la circunvalación a Madrid M-50, subtramo desde la carretera N-IV hasta la carretera N-II; del eje sureste, tramo M-40 - M-50, y de la prolongación de la conexión de la carretera N-II con el distribuidor este, y actuaciones de mejora en la M-50, tramo M-409 - N-IV.
  • R-3 - R-5. Concesión para la construcción, conservación y explotación de los tramos: M-40 - Arganda del Rey, de la autopista de peaje R-3, de Madrid a Arganda del Rey; M-40 - Navalcarnero, de la autopista de peaje R-5, de Madrid a Navalcarnero, y de la M-50 entre la autopista A-6 y la carretera M-409.

Además, por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2019, se resuelve el siguiente contrato:

  • AP-41. Concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Madrid-Toledo y la autovía libre de peaje A-40 de Castilla-La Mancha, tramo: Circunvalación norte de Toledo.

De acuerdo con lo previsto en los citados Acuerdos de resolución, debe procederse por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a la liquidación del contrato, con la debida cuantificación del valor de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA), para lo cual el Consejo de Ministros aprobó el 26 de abril de 2019 el Acuerdo de Interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular dicha Responsabilidad Patrimonial.

La Dirección General de Carreteras, siguiendo los criterios de dicho Acuerdo de interpretación, ha emitido sus informes de valoración de la RPA, de los referidos contratos de concesión y, sobre la base de lo anterior, la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas de Peaje, propone una primera resolución para la liquidación del contrato y determinación de la RPA por los siguientes importes:

Concesión20212022
Liquidación contrato de AP-360,001.762.770,42
Liquidación contrato de M-1259.447.204,1417.709.440,11
Liquidación contrato de R-40,00181.326.434,33
Liquidación contrato de R-3 y R-5131.773.447,03304.004.675,09
Liquidación contrato de AP-4164.224.729,7755.176.024,59
TOTAL 255.445.380,94 559.979.344,54

Asimismo, para afrontar los gastos correspondientes al ejercicio 2021, se tramita simultáneamente expediente de ampliación de crédito.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta el crédito inicial en la aplicación 'Destinado a atender los efectos derivados de la resolución de los contratos de concesión de obra pública', a nivel de vinculación, y las nuevas necesidades indicadas, surge una necesidad de ampliar los límites para compromisos futuros en la siguiente medida:

AñoCompromiso máximo a adquirir (€)
2022559.979.344,54

Por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se somete el presente Acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros en los términos previstos en la propuesta.

Hacienda y Función Pública

MODERNIZACIÓN DEL HELICÓPTERO DE DEFENSA TIGRE MK III

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Defensa llevar a cabo la modernización del helicóptero Tigre MK III.

El helicóptero TIGRE MK III es un proyecto trilateral de Francia, Alemania y España para modernizar sus respectivas flotas Tigre, con el propósito de extender su vida útil de 20 a 40 años y de aumentar sus capacidades para poder cumplir las misiones que se asignen más allá de 2035.

Al haber pospuesto Alemania su decisión de incorporarse a finales de 2022, esta solicitud se ciñe a un escenario bilateral entre Francia y España.

El proyecto TIGRE MK III consiste en el desarrollo, la producción y el apoyo inicial a la entrada en servicio de esta versión final para las dos flotas, acometiendo una mejora y renovación de los sistemas y subsistemas, arquitectura de aviónica, equipos de operación y capacidades de armamento.

Se ha acordado que el reparto de coste y de participación industrial sea en función del número inicialmente previsto de helicópteros a modernizar: un 78,83% equivalente a los 67 Tigre HADF de Francia y un 21,18% equivalente a los 18 Tigre HADE de España.

La Línea de Montaje Final de los 85 MK III se establece en la factoría de Airbus Helicopters en Albacete.

Con el proyecto se pretende mejorar la capacidad de apoyo y ataque de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra, con libertad de acción para poder integrarlas con el resto de componentes de la maniobra terrestre al objeto de poder actuar, a partir de 2035, en entornos impredecibles, dinámicos, inestables y de creciente complejidad.

A fin de alinear el objetivo de 'Fuerza 2035' del Ejército de Tierra con la conveniencia en aprovechar todo el ciclo de vida del Tigre HADE, se ha planificado efectuar las entregas de los 18 Tigre MK III españoles entre 2030 y 2034.

Las anualidades a aportar por el Ministerio de Defensa son las que se detallan a continuación:

AnualidadImporte €
2029115.961.968,00
2030101.133.797,00
2031125.353.297,00
2032187.298.860,00
2033139.985.901,00
2034145.207.750,00
2035110.417.807,00
2036114.666.358,00
2037145.240.427,00
Total 1.185.266.165,00

Para hacer frente a las necesidades financieras del proyecto TIGRE MK III, se requiere que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo prefinancie parcialmente el programa entre los años 2022 y 2028 por un importe total de 707.533.592 euros, con la siguiente distribución por anualidades:

AnualidadImporte €
202250.683.823,00
2023107.189.803,00
202482.894.255,00
2025108.934.925,00
2026106.372.744,00
2027110.466.453,00
2028140.991.589,00
Total 707.533.592,00

Hacienda y Función Pública

CONTRATO CENTRALIZADO DE SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES PARA LA AGE

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato centralizado para la prestación de los servicios de agencias de viajes para la Administración General del Estado y otros entes, entidades y organismos pertenecientes al sector público estatal.

El nuevo contrato incorpora consideraciones de carácter social para la promoción de la inserción laboral de la mujer e integración de personas con movilidad reducida, así como de carácter medioambiental a favor de un sistema más sostenible.

Las prestaciones incluidas comprenden, entre otras, el servicio de transporte en los que se encuentran los viajes regulares nacionales e internacionales que se realicen en avión, tren, barco o ferry, autobús y helicóptero; el servicio de alojamiento en viajes nacionales e internacionales; el servicio de alquiler de turismos, autobuses y microbuses en viajes nacionales e internacionales; los viajes en grupo, la reserva de salas, equipos de imagen, sonido y comunicación, etc.

El plazo de ejecución será de dos años, prorrogables otros dos y tendrá un valor estimado de 340.305.271,28 euros.

La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Con la celebración de este contrato se da continuidad a la contratación centralizada de estos servicios iniciada en el año 2015.

Hacienda y Función Pública

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO EN BARCELONA Y MÁLAGA PARA LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto durante 2021 con cargo a ejercicios futuros, con la finalidad de posibilitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la tramitación anticipada de la prórroga de dos contratos de arrendamiento de las Direcciones Provinciales de Barcelona y Málaga, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

Dichos compromisos de gastos, de carácter plurianual, serán destinados a los siguientes contratos:

  • Contrato de arrendamiento, de 1 de enero a 31 de diciembre de 2022, del local situado en la Rambla de la Exposición nº 91 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), para el uso de una Unidad de Recaudación Ejecutiva, por importe de 45.012 euros, con cargo a 2022.
  • Contrato de arrendamiento de un local en la avenida Antonio Toré Toré 29, en Torre del Mar (Málaga), para uso de la Administración y una Unidad de Recaudación Ejecutiva de Vélez-Málaga, de 1 de enero a 31 de diciembre de 2022, por un importe de 49.699,56 euros, desglosado en dos anualidades de 45.557,93 euros en 2022; y 4.141,63 euros en 2023.

Esta autorización se ha acordado por el Consejo de Ministros según se contempla en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZACIÓN DE OPERACIONES DE DEUDA A CORTO PLAZO PARA COMUNIDAD VALENCIANA, NAVARRA Y CANTABRIA

El Consejo de Ministros ha autorizado a Comunidad Valenciana, Navarra y Cantabria a formalizar operaciones de endeudamiento a corto plazo.

Estas tres autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de Comunidad Valenciana, el Gobierno ha autorizado a esta Comunidad a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.685,05 millones de euros.

Esta cantidad se destinará a refinanciar los vencimientos de deuda vinculados al "Contrato de Prestación de Servicios Financieros a la Generalitat Valenciana y al Sector Público Valenciano" por importe de 1.525 millones de euros, previsto el 31 de enero de 2022, y los de otras operaciones a corto plazo, que se amortizan durante el ejercicio 2022, por importe de 160,05 millones de euros.

Por su parte, Navarra ha solicitado autorización para formalizar préstamos a corto plazo por un importe máximo de 310 millones de euros, con el objetivo de financiar necesidades transitorias de tesorería del año 2022.

En el caso de Cantabria, se ha autorizado a esta Comunidad Autónoma a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 300 millones de euros, que tiene como finalidad cubrir desfases transitorios de tesorería en tanto se formaliza su adhesión al Fondo de Liquidez Autonómico de 2022.

Las tres autorizaciones podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2022.

Hacienda y Función Pública

FONDO DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de una nueva operación de respaldo público temporal solicitada por el Grupo Losán, por un importe total de 35 millones de euros.

Esta autorización se produce después de que el Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas haya aprobado dicha subvención a esta compañía especializada en soluciones de madera y estratégica para la economía en Galicia, Castilla y León y Castilla-La Mancha.

Esta ayuda se canalizará a través de un préstamo participativo por importe de 21,6 millones y un préstamo ordinario de 13,4 millones.

La operación ha sido aprobada tras un exhaustivo y riguroso proceso de análisis de la situación económica y jurídica de la empresa, del impacto que ha sufrido por la COVID-19, del plan de viabilidad que ha presentado el Grupo Losán, así como de las perspectivas de evolución y de las garantías aportadas para asegurar la devolución del apoyo financiero público temporal que va a recibir.

La ayuda procede del citado Fondo de Apoyo, dotado con 10.000 millones de euros. Este mecanismo fue aprobado por el Gobierno en julio de 2020 con el objetivo de aportar apoyo público temporal para reforzar la solvencia de empresas no financieras afectadas por la pandemia de la COVID-19 que sean consideradas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional.

Referente nacional y presencia internacional

Fundado en 1964, el Grupo Losán ofrece productos y soluciones de madera y cuenta con fábricas en Europa, Estados Unidos y Latinoamérica.

En la actualidad, es uno de los grupos industriales más importantes en Galicia y un referente en el sector de la madera a nivel nacional. Losán es considerado un grupo estratégico por su impacto en las economías regionales de Galicia, Castilla y León y Castilla-La Mancha debido a la generación de empleo directo e indirecto, a sus políticas de sostenibilidad medioambiental, la intensidad inversora y sus políticas de diversificación de productos.

Losán está presente en Chile, EEUU, Países Bajos, Rumanía y España, y cuenta con doce centros productivos, seis de ellos situados en España, en A Coruña, Cuenca, Soria, Zamora y Ciudad Real, que generan en total 950 puestos de trabajo fijo directos. Los centros productivos fuera de España dan trabajo a 765 trabajadores de forma directa.

Grupo Losán lleva trabajando en temas medioambientales desde el año 2000 con el objetivo de reducir al mínimo los potenciales impactos negativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su actividad. Durante 2020 Losán utilizó 300.000 toneladas de madera reciclada.

La cifra de negocio del Grupo Losán se elevó a finales de 2019 a 332 millones de euros, obteniendo un Ebitda de 25,7 millones de euros. La crisis ocasionada por la pandemia ha impactado en sus cuentas, reduciendo su facturación hasta los 284 millones y reduciendo su Ebitda prácticamente un 60% hasta los a los 10,6 millones de euros.

Esta nueva operación del Fondo de Apoyo a la Solvencia Empresarial se eleva al Consejo de Ministros para su autorización, y se suma así a las ya autorizadas para Air Europa, Ávoris Corporación Empresarial, Plus Ultra Líneas Aéreas, Duro Felguera, Tubos Reunidos, Rugui Steel, Hotusa, Grupo Airtificial, Grupo Serhs y Reinosa Forgings & Castings, alineadas con el compromiso del Gobierno para proteger el tejido productivo español.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

OBRAS DE MEJORA EN LA ELECTRIFICACIÓN PARA ANCHO CONVENCIONAL EN CATALUÑA Y ARAGÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado a licitar, a través de Adif, las obras para mejorar la funcionalidad, disponibilidad y fiabilidad del sistema de electrificación en el ámbito de la red de ancho convencional en las Comunidades Autónomas de Cataluña y Aragón.

En concreto, el contrato comprende la redacción del proyecto constructivo y la ejecución de las obras para implantar un plan de telemando de seccionadores -dispositivos similares a interruptores, que se utilizan en instalaciones eléctricas de alta tensión- en el ámbito que incluye las provincias de Barcelona, Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza, y parte de las de Teruel y Tarragona.

El contrato tiene un valor estimado de licitación de 31.628.739,4 euros y un plazo de ejecución aproximado de 57 meses, de los que 6 meses corresponden a la redacción del proyecto, 9 meses para su supervisión y aprobación técnica y 42 meses para la ejecución de las obras.

Mediante esta actuación, se permitirá controlar y telemandar desde un punto central el funcionamiento de estos elementos del sistema de electrificación. El objetivo final es que, cuando se produzca una incidencia, se pueda reducir el tiempo de resolución de las anomalías detectadas.

Así, las operaciones serán mucho más rápidas, evitando demoras mayores en las circulaciones ferroviarias, a la vez que se aumenta la seguridad de los operarios y se racionalizan las labores de mantenimiento al rebajarse los tiempos de las maniobras necesarias para resolver afectaciones a estos elementos de la línea aérea de contacto.

Los trabajos se desarrollarán en estaciones, bifurcaciones o derivaciones de la red de ancho convencional de este ámbito mediante la instalación de seccionadores con accionamientos monitorizados, de nuevos sistemas de telemando centralizado, el tendido de nueva red de cableado y la construcción de nuevos edificios técnicos donde sea necesario, entre otras operaciones.

(VÍA TREN)

Esta actuación contribuye a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como es el número 9, que tiene entre sus metas el fomento de infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad.

Fondos europeos

Esta actuación podrá ser cofinanciada por el Mecanismo "Conectar Europa" de la Unión Europea (CEF).

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

PROTECCIONES ACÚSTICAS EN EL TRAMO VIGO-PADRÓN DEL EJE ATLÁNTICO DE ALTA VELOCIDAD

El Consejo de Ministros ha autorizado a licitar, a través de Adif Alta Velocidad, el contrato de obras de ejecución del proyecto de protecciones acústicas del Eje Atlántico de Alta Velocidad, en el tramo Vigo-Padrón.

El contrato tiene un valor estimado de 21.379.637,01 euros (IVA no incluido) y contempla actuaciones necesarias en las zonas susceptibles de ser protegidas del impacto acústico generado por la circulación de trenes.

En este sentido, se prevé la ejecución de 122 pantallas acústicas, con un área total de 33.205,88 m2. Del total de pantallas, 21 serán metálicas de doble absorción, 7 de metacrilato y el resto, metálicas. El proyecto define la instalación de dichas pantallas acústicas, incluida su cimentación y/o anclaje a estructuras de la plataforma ferroviaria.

Para desarrollar dicho proyecto se ha realizado un estudio acústico, con inventario de edificaciones y pantallas acústicas existentes en la traza, así como una campaña de mediciones que ha permitido evaluar las afecciones acústicas a lo largo del trazado.

Además, el contrato incluye la ampliación, en aproximadamente 30 metros, del soterramiento existente en la ciudad de Pontevedra, empleando paneles fonoabsorbentes tanto en la cubierta como en un tramo de unos 20 m en cada uno de los márgenes de dicha ampliación.

(Vigo)

Fondos europeos

Esta actuación podrá ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

PASEO MARÍTIMO DEL PUERTO DE PALMA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Autoridad Portuaria de Baleares la contratación de las obras correspondientes al proyecto de "Remodelación del paseo marítimo del puerto de Palma". El presupuesto estimado de contratación es de 43.167.607 euros (sin IVA) y una duración de 20 meses.

Este proyecto mejorará, significativamente, la interacción espacial puerto-ciudad y minimizará la ocupación del espacio público por parte del vehículo rodado. Además, generará espacios libres vinculados al uso peatonal, y potenciará el transporte público mejorando, con carácter general, la movilidad.

Según el Convenio suscrito entre la Autoridad Portuaria de Baleares y el Ayuntamiento de Palma de Mallorca en diciembre de 2020, la primera asumía la ejecución de las obras de remodelación y mejora del paseo marítimo, mientras que el Ayuntamiento se comprometía a sufragar el coste de determinados gastos de mantenimiento, conservación y gestión.

Las obras consistirán en:

  • Sistema viario: Se reducen los 3 y 4 carriles por sentido existentes en la actualidad, según los tramos, a 2 por carriles por sentido.
  • Movilidad peatonal: Se incrementan los pasos de peatones de forma relevante, pasando de los doce actuales a los veintiséis previstos en proyecto, a los efectos de aumentar la permeabilidad transversal, mejorar la accesibilidad y la seguridad de los peatones.
  • Transporte público: A consecuencia de la reurbanización del paseo, se ha previsto una reubicación de las paradas de autobús correspondientes a las líneas existentes. Además, la sección prevista del paseo marítimo resulta compatible con una futura implantación de un sistema potente de transportes público tipo tranvía o bus de tránsito rápido, en plataforma compartida.
  • Estructuras: Consisten en varios muros de contención a lo largo del paseo, para resolver desniveles topográficos. Además, el proyecto incluye escaleras, rampas y barandillas, para mejorar la conectividad del paseo con los barrios de Es Jonquent y el Terreno.
  • Equipamiento: se incluye nueva iluminación, wifi, mobiliario urbano e instalaciones para juegos infantiles.
  • Vegetación: El trazado se ha definido respetando el máximo número posible de árboles y palmeras existentes. Además, se da continuidad a la predominancia de palmeras existentes en la primera línea de mar, sin perjuicio de incorporar nuevas especies arbóreas. Al mismo tiempo, se generan abundantes parterres (36.487 metros cuadrados) y se contempla la plantación de aproximadamente 2.000 nuevos ejemplares de arbolado. Es también destacable el sistema de aprovechamiento del agua de lluvia para el riego de la vegetación que se ubicará en el paseo.
  • Carril bici: Se da continuidad al carril bici a lo largo de toda la longitud del paseo marítimo, pavimentando el mismo con asfalto coloreado en masa.

(palma1)

(palma2)

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA

El Consejo de Ministros ha recibido informe del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) sobre el acuerdo alcanzado el pasado viernes con el Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), y que ha supuesto la desconvocatoria del paro que se había anunciado para esta semana.

Se trata de un acuerdo con medidas en las que ya se venían trabajando con el sector del transporte, para dignificar el trabajo de un sector estratégico para la economía y paliar asimetrías que se daban en este sector.

Este acuerdo es fruto de las diversas reuniones de trabajo mantenidas entre ambas partes, centradas en la negociación de medidas para mejorar las condiciones del sector. Unas medidas en las que ya se venía trabajando en el marco del Plan de Impulso a la Sostenibilidad del Transporte de Mercancías por Carretera, el llamado "Plan Impulsa".

Este Plan es el primer plan específico diseñado para la sostenibilidad del sector desde el punto de vista económico, social y medioambiental, que contiene un conjunto integral y equilibrado de medidas y pretende constituir una hoja de ruta que marque los objetivos del sector para los próximos años, y que gracias al acuerdo alcanzado acelerará su implementación.

Tras el acuerdo alcanzado el pasado viernes, ambas partes han mostrado su satisfacción porque evita un grave perjuicio para los ciudadanos y la economía del país durante el periodo navideño.

Resumen de las principales medidas

Medidas de carácter normativo:

  • Trasposición de la directiva de trabajadores desplazados, que limitará de manera muy relevante la competencia desleal de empresas extranjeras de transporte en España.
  • Prohibición de que el conductor realice las operaciones de carga y descarga, salvo determinadas excepciones.
  • Obligatoriedad de la revisión del precio del transporte por la variación del precio del gasóleo.
  • Refuerzo de los medios de inspección para evitar la competencia desleal.
  • Creación de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación del transporte terrestre de mercancías, que fomente relaciones justas, equilibradas y leales entre las empresas que intervienen en la contratación del transporte de mercancías. Además, se establecerá un Registro Estatal de empresas que lo suscriban.
  • Creación de un estándar para la certificación de las zonas de carga y descarga en relación con los servicios y condiciones ofrecidas a los transportistas profesionales. 

Otras medidas:

  • Mantenimiento del régimen actual del gasóleo profesional durante la presente legislatura.
  • Dentro del Plan de Recuperación, se va a subvencionar la construcción de aparcamientos seguros para camiones, con una inversión total de 20 millones de euros y se va a diseñar un plan de conversión progresiva de los aparcamientos de vialidad invernal a aparcamientos seguros.
  • Se hará un estudio de los tiempos de espera en las zonas de carga y descarga para poder definir el coste de estas esperas y establecer cuáles serían las medidas necesarias en este ámbito.
  • Puesta en marcha de un buzón de denuncia anónima sobre incumplimientos de la normativa, para facilitar la actividad de inspección de transporte.
  • Se creará un grupo de trabajo para que haga una propuesta sobre las necesidades de formación y atracción de talento al sector del transporte por carretera.
  • Dentro del Plan de Recuperación, se incluirán hasta 140 millones de euros para la digitalización de empresas de transporte y capacitación digital de los profesionales.

Industria, Comercio y Turismo

SUBVENCIÓN A LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE COMERCIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA APLICACIÓN DYNAMIC URBAN COMMERCE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para la concesión directa de una subvención a la Confederación Española de Comercio por importe de 160.000€, para implementar la aplicación Dynamic Urban Commerce.

El objetivo que se persigue es ofrecer al sector comercial minorista una herramienta ágil y sencilla que les permita adaptarse a los cambios de hábitos y necesidades de los consumidores mediante el uso de nuevas tecnologías, para que sean más competitivos y puedan revertir la situación provocada por la pandemia.

Entre las actuaciones a desarrollar por la Confederación Española de Comercio están la contratación del servicio externo para la implantación del programa; la divulgación, difusión y promoción de la iniciativa objeto de subvención entre el comercio local y las asociaciones para su posible participación en el mismo. Dicha difusión podrá realizarse a través de la organización de jornadas específicas, visitas a comercios o a través de medios digitales y propiciar una relación de comercios para su participación en el programa.

Desde la Secretaria de Estado de Comercio se desarrollan actuaciones que tienen como objetivos la digitalización, la adaptación a las nuevas tecnologías y al cambio que se está produciendo en los hábitos de compra de los consumidores, impulsando acciones para avanzar en la transformación digital de las pymes, y la modernización del sector acorde con la dinámica que propicia el entorno actual y cambiante de la economía digital.

Industria, Comercio y Turismo

FINANCIACIÓN PARA IMPULSO DE LA COMPETITIVIDAD TURÍSTICA EN TERRITORIOS EXTRAPENINSULARES

El Consejo de Ministros ha aprobado realizar una inversión de 46 millones de euros procedentes de los fondos Next Generation EU para la mejora de la competitividad turística de los territorios extrapeninsulares (Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla).

Se establece que, por su carácter periférico, los archipiélagos y ciudades autónomas son más vulnerables ante caídas en la demanda de gran impacto, como ha sido la pandemia de COVID-19. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempla desplegar estrategias de resiliencia específicas para estos territorios con el objetivo de mejorar su competitividad y hacer más resistentes sus economías.

El Real Decreto de concesión directa de subvenciones aprobado hoy por el Consejo de Ministros autoriza al Gobierno a transferir 20 millones de euros para cada una de las Comunidades Autónomas insulares, y otros 3 millones de euros a cada una de las ciudades autónomas.

Actuaciones en las islas

En el caso de Baleares y Canarias, las actuaciones previstas persiguen adaptar sus economías, con un gran peso del turismo, a shocks en la demanda, como en el caso de pandemias, impactos sobre operadores turísticos u otros. Sus estrategias de resiliencia recogerán, entre otras acciones, la recualificación de infraestructura turística obsoleta; la inversión en infraestructura pública, con especial incidencia en la mejora del atractivo de los espacios públicos, la gestión medioambiental de playas y su puesta en valor con equipamientos, la dotación de senderos homologados y el tratamiento de residuos; el refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial afluencia turística: servicios administrativos, seguridad y sanitarios; formación juvenil específica en el ámbito del turismo; desarrollo del producto turístico alternativo al sol y playa, como el turismo de compras o el de naturaleza; promoción estratégica desestacionalizada, con especial incidencia en estrategias de marketing online, accesibilidad idiomática, capacidad proactiva en instrumentos multimedia, SEO, CRM institucional, etc.

En el caso de la comunidad autónoma de Baleares, se prevén incentivos a la apertura de oferta fuera de la temporada alta para combatir la alta estacionalidad de su actividad turística. Mientras para Canarias, se contemplan incentivos dirigidos a empresas de transporte para facilitar la conectividad con la península.

Ceuta y Melilla

A diferencia de los archipiélagos, la mejora de la competitividad y la capacidad de adaptación de la economía de las ciudades autónomas pasa por movilizar al turismo como motor de desarrollo económico regional. Así, sus estrategias de resiliencia incluirán inversiones sobre espacios públicos para fomentar su uso turístico; líneas de ayudas a empresas turísticas (en especial servicios de alojamiento y restauración) para la modernización y rejuvenecimiento de la planta turística; formación de competencias turísticas, en especial entre los jóvenes y promoción nacional (destinos del sur de la península) e internacional (Europa y el norte de Marruecos) de las dos ciudades como destinos turísticos de interés histórico-cultural.

Esta inversión de 46 millones de euros contribuirá al cumplimiento de uno de los objetivos contemplados en el Plan de modernización y competitividad del sector turístico o componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según el cual en el segundo trimestre de 2025 al menos 400 beneficiarios de los territorios extrapeninsulares deberán haber completado proyectos para mejorar su competitividad y capacidad de adaptación a los cambios en los mercados internacionales.

El plazo de ejecución de las actuaciones que podrán financiarse con esta inversión de 46 millones de euros abarca hasta el 31 de diciembre de 2024.

Industria, Comercio y Turismo

AMPLIACIÓN DE AYUDAS PARA PROYECTOS QUE CONTRIBUYAN A LA LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación del importe de la Línea ECOFIEM en 150 M€ adicionales, hasta un importe total de 200 M€, con el objetivo de poder responder con recursos suficientes a las solicitudes de financiación de proyectos que contribuyan a la lucha contra el cambio climático.

Del mismo modo, se autoriza la ampliación de los países elegibles, incluyendo la posibilidad de realizar operaciones en países HIPC, países pobres altamente endeudados con deudores no soberanos y privados, y se flexibiliza el mecanismo de aprobación de las operaciones de más de 15 millones, que serán aprobados por el titular de la Secretaría de Estado de Comercio, previa elevación de la propuesta por parte del Comité FIEM.

La Línea estará orientada a financiar proyectos de empresas españolas, en sectores que promueven la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y/o proyectos que promueven o integran la adaptación a los impactos del cambio climático.

En particular, se entienden como elegibles los proyectos de energías renovables, de sustitución de fuentes energéticas fósiles, de eficiencia energética, de reciclaje, de gestión de residuos, de medio ambiente, proyectos de agua, así como todos aquellos proyectos que se adapten a la definición de proyecto elegible según el Acuerdo Sectorial de créditos a la exportación para proyectos de energías renovables, mitigación y adaptación al cambio climático y los proyectos de agua.

Política Territorial

REAL DECRETO DE AMPLIACIÓN DE MEDIOS TRASPASADOS A LA GENERALITAT DE CATALUÑA EN MATERIA DE PROVISIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y ECONÓMICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación de los medios traspasados en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia como consecuencia de la creación y entrada en funcionamiento de nuevos órganos judiciales en Cataluña, tras los acuerdos alcanzados por la presidenta y la vicepresidenta de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat de Cataluña los días 14 y 15 de diciembre.

Los nuevos órganos judiciales son los juzgados de primera instancia número 9 de Lleida, números 9 y 10 de Sabadell, número 60 de Barcelona, número 8 de Reus y número 7 de Girona. También los juzgados de lo social números 34 y 35 de Barcelona y número 3 de Terrassa. Asimismo, el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Barcelona.

La valoración del coste efectivo de la ampliación de los medios traspasados se eleva a 989.573,30 euros. Además, y como entregas por una sola vez, se transfieren a la Generalitat de Cataluña las cantidades de 3.659.935,20 euros, para gastos de inversión mobiliaria e inmobiliaria, y 614.316,53 euros, para gastos de arrendamiento y funcionamiento correspondientes a los meses de 2019 y 2020 en que han estado en funcionamiento los nuevos órganos judiciales.

Política Territorial

AMPLIACIÓN DE MEDIOS TRASPASADOS A LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA DE ASISTENCIA SANITARIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación de los medios traspasados a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, en materia de asistencia sanitaria, tras el acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad de Madrid, en su reunión del pasado 14 de diciembre.

La ampliación de los medios traspasados son los relativos a la prestación farmacéutica complementaria a los afectados por el síndrome tóxico. El coste efectivo anual de los medios que se amplían se eleva a 3.992.610,66 euros.

Ciencia e Innovación

SUBVENCIONES AL INSTITUTO DE ESPAÑA Y A REALES ACADEMIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Instituto de España y a nueve Reales Academias que forman parte de esta institución -la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, la Real Academia Nacional de Medicina, la Real Academia Nacional de Farmacia, la Real Academia de Ingeniería, la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras, la Real Academia de Historia, y la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales-. En virtud de este Real Decreto, el Ministerio de Ciencia e Innovación destina cerca de 3,3 millones de euros a estas entidades.

En concreto, el Instituto de España recibe 305.520 euros; la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando obtiene alrededor de 771.00 euros; la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, cerca de 404.000 euros. Asimismo, el Ministerio de Ciencia e Innovación destina cerca de 306.000 euros a la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales; alrededor de 250.000 euros a la Real Academia de Jurispridencia y Legislación; cerca de 326.000 euros a la Real Academia Nacional de Medicina de España; y 278.000 euros a la Real Academia Nacional de Farmacia.

Además, la Real Academia de Ingeniería recibe alrededor de 238.000 euros; la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras, cerca de 238.000 euros; y la Real Academia de Historia, alrededor de 160.700 euros.

Estas entidades, que se relacionan administrativamente con el Ministerio de Ciencia e Innovación, trabajan para impulsar el desarrollo de la cultura, la educación, el conocimiento y la investigación en España. El objetivo de estas ayudas, concedidas con carácter extraordinario y singular, es recuperar el nivel de recursos percibidos por estas Reales Academias y por el Instituto de España y equipararlo al nivel percibido con anterioridad a la crisis económica, garantizando que las mismas puedan sufragar adecuadamente los gastos de funcionamiento y aquellos necesarios para reforzar la organización técnica y de gestión de estas instituciones centenarias.

Universidades

RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado modificar el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, con el fin de alcanzar una correcta transposición de la normativa europea relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y con los siguientes objetivos:

Adaptar el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones a fin de alcanzar una correcta transposición de la Directiva 2005/36/CE. En concreto, la Comisión Europea indicó en el dictamen motivado relativo a la transposición de esta directiva que:

  • La regulación actual no incorpora el deber de la Administración, establecido en la Directiva, de informar al solicitante en el plazo de un mes de la recepción de la solicitud de cualquier documento que falte en el expediente.
  • El plazo para que los interesados puedan, en su caso, subsanar la falta de documentación que deba acompañar a su solicitud es insuficiente, especialmente si la documentación a aportar debe proporcionarla una autoridad competente sita en otro Estado miembro.
  • Modernizar las relaciones entre la Administración y los interesados adaptándolas al nuevo contexto digital, agilizando la tramitación de los expedientes de reconocimiento de cualificaciones profesionales a través de medios electrónicos.
  • Adaptar y completar la regulación de la Comisión interministerial de Profesiones Reguladas prevista en el artículo 81 del Real Decreto 581/2017, de 9 de junio.
  • Introducir medidas adicionales para disponer de una oferta de profesionales sanitarios que permita la cobertura de plazas especialmente en zonas menos accesibles o en momentos puntuales como los ocasionados por la actual epidemia de la COVID-19.
  • Actualizar las referencias normativas a lo largo de la norma modificada, y en particular, sustituir las referencias a normativa europea derogada y adaptar la norma a la regulación actual en materia de protección de datos.

Las principales novedades de este Real Decreto son:

Se modifica el artículo 70.1 y 2, para adaptar el procedimiento de reconocimiento de cualificaciones a la normativa europea:

  • Se dispone que, en caso de deficiencias o falta de documentación, el órgano responsable de la tramitación deberá requerir al interesado en el plazo de un mes desde la solicitud para que subsane.
  • Se establece que el solicitante deberá proceder a la subsanación exigida en el término de un mes desde que le fuera requerida. Se podrá suspender el cómputo máximo para resolver, volviéndose a reanudar el mismo a partir de la presentación de los documentos que supongan que el expediente se encuentre completo.

Se modifica el artículo 79 y se añaden el artículo 79 bis y las disposiciones adicionales octava y novena sobre la tramitación electrónica de los procedimientos de reconocimiento de cualificaciones profesionales:

  • Se modifica la regulación de la tramitación electrónica para proceder a su actualización.
  • Se regula un nuevo sistema de validación de los documentos.
  • En los procedimientos de competencia de la Administración General del Estado, se establece la obligación de los interesados de relacionarse electrónicamente con esta a partir del 1 de julio de 2022.
  • En los procedimientos de competencia de las Comunidades Autónomas, se dispone que estas podrán determinar aquellas personas físicas a las que se les podrá exigir relacionarse con ellas obligatoriamente a través de medios electrónicos.

Se modifica el artículo 81 en relación con la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas. En concreto:

  • Se sustituye la referencia al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por la del Ministerio de Universidades.
  • Se determina la adscripción de la comisión interministerial.
  • Se aclaran sus funciones.

Se añade la disposición adicional décima, que establece que podrá priorizarse la resolución de los expedientes de las titulaciones de profesionales de sanitarios, siempre que reúnan las condiciones mínimas de formación.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Secretario de Estado para la Unión Europea.-

D. PASCUAL IGNACIO NAVARRO RÍOS

Es licenciado en Derecho por la Universidad de Murcia y diplomado en Derecho Internacional Público por la Universidad de Paris I Sorbonne y en Relaciones Internacionales por la London School of Economics. Es miembro de la carrera diplomática desde 1987. Ha servido en las Embajadas de España en Damasco, Copenhague y Brasilia. Ha sido jefe de Área de Extranjería y Asilo, subdirector General de Cooperación para América Central y subdirector General para Asuntos de Terrorismo. También ha sido consejero en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, director del Gabinete del Secretario de Estado para la Unión Europea, embajador de España en la República Checa y asesor para Asuntos Institucionales de la Unión Europea y director General de Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias en la Secretaría de Estado para la Unión Europea. Recientemente era secretario General para la Unión Europea.

Embajador de España en la República Federal de Nigeria.-

D. JUAN IGNACIO SELL SANZ

Nacido en Madrid en 1963 y licenciado en Derecho por la Universidad Complutense, ingresó en la Carrera Diplomática en 1989.

Ha estado destinado en las Embajadas de España en Argel, San Salvador, Brasilia, Washington y Moscú.

Ha sido subdirector adjunto de personal y subdirector general en el entones Instituto de Cooperación Iberoamericana. Fue director de los Gabinetes del secretario de Estado y ministro de Asuntos Exteriores.

Entre 2012 y 2017, fue embajador en la República de Sudáfrica, con acreditación en Madagascar, Lesotho, Mauricio y Comores.

Desde 2017 hasta el presente año, ha desempeñado la segunda jefatura en la Embajada de España en Rabat.

Embajador en Misión Especial para la Crisis Internacional COVID 19 y la Salud Global.-

D. JESÚS IGNACIO SANTOS AGUADO

Nacido el 17 de enero de 1956 en León, es Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad Complutense de Madrid. Ingresó en 1992 en la Carrera Diplomática.

Comenzó su trayectoria profesional como médico de atención primaria en España y, en Guinea Ecuatorial como miembro de la Cruz Roja Española. Como investigador (Biología molecular e Inmunología) ha trabajado en EEUU (University of Pennsylvania School of Medicine y Dana-Farber Cancer Institute, Harvard Medical School) y España (Fundación Jiménez Díaz, Consejo Superior de Investigaciones Científicas).

Tras su ingreso en la Carrera Diplomática ha desempeñado puestos de segunda jefatura en las Embajadas de España en Costa de Marfil, Guinea Ecuatorial, Australia, Líbano y Grecia. En los servicios centrales ha ocupado, en diversos períodos, los puestos de consejero técnico en el Gabinete del SECIPI, subdirector general de Cooperación Multilateral y Horizontal de la Agencia Española de Cooperación Internacional, subdirector general de Países Candidatos, Países del Espacio Económico Europeo y otros Países Europeos y, vocal asesor en el Gabinete Técnico de la Subsecretaria de Asuntos Exteriores.

En octubre de 2007 fue designado embajador de España en la República de Guinea y, posteriormente, en junio de 2017, embajador de España en la República Islámica de Mauritania. En la actualidad era vocal asesor en la DG para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.

Hacienda y Función Pública

Directora general de Gobernanza Pública.-

Dª. CLARA MAPELLI MARCHENA

Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Es doctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

En la Administración General del Estado ha prestado servicios en la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia, en el Instituto Nacional de Administración Pública, en los gabinetes del Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, del Subsecretario de Interior y la Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura.

Ha ocupado asimismo los puestos de subdirectora General de Propiedad Intelectual, subdirectora de Estudios e Investigación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, secretaria General Técnica-directora del Secretariado del Gobierno del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y directora de los gabinetes del Secretario General de Función Pública y del Secretario de Estado de Justicia.

Más información