Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- REAL DECRETO sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite.
- REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles; el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española; el Real Decreto 177/2004, de 30 de enero, por el que se determina la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad; el Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad; y el Real Decreto 774/2017, de 28 de julio, por el que se regula la Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector.
- REAL DECRETO por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España del Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo, y de otras normas de la Unión Europea en materia de piensos y medicamentos, y se modifican diversos reales decretos en materia de ganadería.
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.
- ACUERDO por el que se aprueba el Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional.
- ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Convenio de Minamata sobre el mercurio, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Convenio.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales entre ambos Estados.
- ACUERDO por el que se decide la participación de España en INSTEX SAS y se autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir acciones de dicha sociedad.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de trabajos de control por monitorización en las campañas 2021 y 2022.
- ACUERDO sobre actuaciones urgentes en materia de ciberseguridad.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento por el que se establecen los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, y se regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo.
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado a 41 obras para su exhibición en el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, en la exposición temporal "La Máquina Magritte", que tendrá lugar entre el 14 de septiembre de 2021 y el 30 de enero de 2022, por un valor económico total de 375.790.012,83 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas al European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG) correspondiente al ejercicio 2021, por importe de 175.000 euros.
- ACUERDO por el que se establecen los términos y condiciones del sexto tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- ACUERDO por el que se aprueba la actualización de la reprogramación del Convenio de Gestión Directa de Acuamed autorizada por acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de diciembre de 2013, correspondiente al Convenio suscrito entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A.
- ACUERDO por el que se aprueba el I Plan de Acción en Economía Circular 2021-2023.
Hacienda
- REAL DECRETO por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato centralizado de servicios de seguridad integral y de auxiliares de control en edificios del sector público estatal, con un valor estimado máximo de 166.174.446,68 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 1.493.197.285 euros.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Consumo el arrendamiento de un inmueble, situado en la calle Alcalá número 27, de Madrid, para ubicar las dependencias del departamento.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 5.000.000 de euros, y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 destinado a atender la acogida de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados de Ceuta en otras Comunidades Autónomas.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Sanidad, a fin de posibilitar a la Dirección General de Salud Pública la tramitación del expediente de gasto para el suministro de vacunas de Pfizer/BioNTech en el ejercicio 2023.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de conservación y explotación de las carreteras, sus elementos funcionales y otros servicios públicos, y de obras menores relacionadas con esos servicios del sector: BU-03. Burgos. Valor estimado del contrato: 19.168.950,45 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños ocasionados en diversas carreteras de la provincia, N-629, N-611, N-623, A-67, debidos a los últimos temporales de lluvia acontecidos en diciembre de 2020, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Cantabria, por importe de 2.687.362,34 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación y sostenimiento de los taludes situados entre los puntos kilométricos 155+500 y 157+000 de la carretera N-2, subsanando la situación de grave peligro, en la provincia de Soria, por importe de 573.872,62 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de sustitución del sistema de contención de la calzada izquierda del viaducto de Briallo situado en el punto kilométrico 108+600 (margen izquierda) de la autovía A-52, subsanando la situación de grave peligro, en la provincia de Zamora, por importe de 1.143.653,28 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el otorgamiento de compensación económica por las obligaciones de servicio público impuestas en el servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre Pedro Bernardo (Ávila) y Talavera de la Reina (Toledo).
- ACUERDO por el que se autoriza el otorgamiento de compensación económica por las obligaciones de servicio público impuestas en el servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre La Adrada (Ávila) y Talavera de la Reina (Toledo).
- ACUERDO por el que se autoriza el otorgamiento de compensación económica por las obligaciones de servicio público impuestas en el servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera entre Hontanares (Ávila) y Talavera de la Reina (Toledo).
Industria, Comercio y Turismo
- ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable en condiciones comerciales OCDE con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J. (FIEM), para el suministro y montaje de una cámara frigorífica para almacenamiento de carne de pollo a la empresa LIRIS S.A. en Ecuador por importe de hasta 502.608 euros.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al fomento del asociacionismo, a entidades asociativas representativas del sector pesquero.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A., para la ejecución de los planes de seguros agrarios combinados en el ejercicio presupuestario 2021.
Política Territorial y Función Pública
- REAL DECRETO por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2021.
- REAL DECRETO por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Policía Nacional para el año 2021.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la información prevista en el artículo 24 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Cultura y Deporte
- ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales la convocatoria correspondiente al año 2021 de ayudas generales a la producción de largometrajes sobre proyecto, por importe de 40.000.000 de euros.
Sanidad
- ACUERDO de autorización para dar adecuado cumplimiento a lo establecido en la Decisión de la Comisión de 18 de junio de 2020, por la que se aprueba el acuerdo con los Estados miembros para la adquisición de vacunas contra la COVID-19 por cuenta de los Estados Miembros y otros procedimientos conexos, y la concreción de la misma en un tercer Acuerdo de adquisición con la empresa Pfizer/BioNTech.
Ciencia e Innovación
- ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia adoptadas por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas para el desarrollo de estudios clínicos en la fase 1/2 de la vacuna MVA-CoV2-S, por un importe de 2.031.517,70 euros, IVA no incluido.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del servicio de telecomunicaciones en el ámbito de la Seguridad Social por un periodo de cuatro años, con un valor estimado de 142.976.262,11 euros, IVA excluido.
Universidades
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de convivencia universitaria, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
ASUNTOS DE PERSONAL
Asuntos Económicos y Transformación Digital
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se nombra Gobernador Alterno por España en el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Financiera Internacional, la Asociación Internacional de Desarrollo, la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, el Banco Africano de Desarrollo, el Fondo Africano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en infraestructuras, el Banco Asiático de Desarrollo, el Fondo Asiático de Desarrollo, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Interamericana de Inversiones, el Banco Centroamericano de Integración Económica y el Banco Interamericano de Desarrollo a D. GONZALO GARCÍA ANDRÉS.
CONDECORACIONES
Interior
- REALES DECRETOS por los que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a:
D. Giusseppe Zafarana
D. Antonio Martorell Lacave
D. Jerónimo de Gregorio y Monmeneu
D. Amador Fernando Enseñat y Berea
D. Pablo José Castillo Bretón
D. Clemente García Barrios
D. Fernando Antonio Gómez Ferre
D. Juan Miguel Arribas Revuelto
D. José Luis Gómez Salinero
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ASUNTOS GENERALES
Presidencia del Gobierno
PLAN INTEGRAL DE CULTURA DE SEGURIDAD NACIONAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional, cuyo objetivo principal es "aumentar la concienciación social sobre el carácter imprescindible de la Seguridad Nacional, y de la corresponsabilidad de todos en las medidas de anticipación, prevención, análisis, reacción, resistencia y recuperación respecto a los desafíos, riesgos y amenazas" a los que se enfrenta la sociedad y el país.. Todo ello basado en un concepto amplio de seguridad nacional -compartido, desde hace décadas, por toda la comunidad internacional- que sitúa a la persona en el centro del Sistema de Seguridad Nacional, con el propósito de focalizar todos sus esfuerzos en garantizar y proteger la vida cotidiana y en comunidad de la sociedad española ante cualquier crisis, en el marco de un Estado social y democrático de derecho.
Este Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional se presenta como un documento marco e integrador de las actividades de todos las instituciones y organismos de la Administración General del Estado y de la sociedad en el fomento y proyección de la concienciación sobre nuestra seguridad. Como base fundamental de su desarrollo y ejecución, el Plan propone distintas líneas de acción que deben desarrollarse en el marco de los cuatro principales ámbitos de actuación:
- Formación en el ámbito del sistema educativo,
- Comunicación pública y divulgación, a través de los medios y las plataformas de comunicación.
- Relevancia exterior, para mejorar la imagen exterior de España como país íntegro, seguro y comprometido con el mantenimiento de la paz y la estabilidad internacionales.
- Participación activa de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil en las actividades de fomento de la cultura de Seguridad Nacional.
Proceso de elaboración del Plan Integral de Seguridad Nacional
El Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional, bajo la coordinación del Departamento de Seguridad Nacional, ha sido elaborado por los 22 ministerios de la XIV Legislatura, el Centro Nacional de Inteligencia y la Secretaría de Estado de Comunicación. Además, ha contado con el asesoramiento de un grupo de expertos del ámbito académico, de la comunicación y del sector privado, así como jóvenes analistas del escenario estratégico mundial.
Por otro lado, la Vicepresidenta 1ª lo presentó a las Comunidades y Ciudades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Seguridad Nacional que, días después, remitieron sus consideraciones y contribuciones particulares para su valoración y posterior inclusión en el Plan. Por su parte, la Comisión Mixta de Seguridad Nacional fue informada de la elaboración y el contenido del Plan durante todo el proceso. Finalmente, fue informado en el Consejo de Seguridad del pasado 9 de marzo, que acordó su elevación al Consejo de Ministros para su aprobación final.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
GARANTÍA DEL ESTADO PARA LA EXPOSICIÓN LA MÁQUINA MAGRITTE EN EL MUSEO THYSSEN
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de una garantía del Estado a 41 obras para su exhibición temporal La Máquina Magritte, que tendrá lugar entre el 14 de septiembre de 2021 y el 30 de enero de 2022 en el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
El valor económico de las 41 obras por las que se solicita una garantía del Estado es de 375.790.012,83 euros.
Garantía del Estado
La garantía del Estado es un sistema establecido en España y otros países a través del cual el Estado asume el compromiso de garantizar los daños producidos a las obras de relevante interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico que se ceden temporalmente para su exhibición pública a las instituciones que la normativa reguladora de la garantía específica, frente a la posible destrucción, pérdida, sustracción o daño que puedan sufrir desde el momento de la recogida de la obra en su lugar de origen hasta la devolución de la misma en el lugar designado por el prestador, incluyendo el transporte y la estancia. Se trata pues de un sistema de garantías público que opera como alternativa al tradicional seguro privado.
El otorgamiento de esta garantía del Estado no supone un coste inmediato para la Administración. Se traduce en el compromiso del Estado, para hacer frente a un pago en caso de que uno de los bienes culturales resulte dañado.
La autorización es necesaria porque se supera el límite de 231 millones por exposición, que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
La concesión de la garantía no tiene impacto en el Presupuesto General del Estado, en tanto solo supone un compromiso ante un eventual daño en las obras.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
LÍNEA DE AVALES PARA LA RECUPERACIÓN DE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se activa el sexto tramo de la Línea de Avales para Inversión y Liquidez. Esta Línea fue aprobada por el Gobierno el pasado 3 de julio por un importe total de 40.000 millones de euros para hacer frente a los efectos económicos de la COVID-19 y garantizar que autónomos y empresas dispongan de la financiación adecuada para hacer frente a sus necesidades de liquidez, la ejecución de nuevas inversiones o la adaptación de sus empresas o negocios.
Este tramo tiene una dotación de 15.000 millones de euros, de los cuales 10.000 millones se ponen a disposición de autónomos y pymes, en línea con lo que se ha venido haciendo hasta el momento de priorizar a las compañías de menor tamaño, mientras que los 5.000 millones restantes se destinan al resto de empresas.
El fuerte incremento de la demanda de financiación avalada en las últimas semanas ha hecho necesario liberar un nuevo tramo de la Línea de Avales de inversión. De hecho, en línea con la paulatina eliminación de las restricciones de movilidad y apertura y la consiguiente recuperación de la economía, en los dos últimos meses se ha duplicado el volumen de concesión de créditos con aval del Estado, especialmente en el segmento de autónomos y pymes. La consecuencia es que el tramo asignado a pymes y autónomos por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de julio de 2020, de un total de 5.000 millones de euros, se encuentra casi totalmente dispuesto.
Hasta el 24 de mayo a través de esta línea se han avalado 67.832 operaciones por un importe de 5.618 millones de euros que han permitido canalizar financiación por importe de 7.260 millones de euros.
El 97,6% de las operaciones garantizadas corresponde a pymes y autónomos, con 4.345 millones avalados y una financiación de 5.436 millones de euros. Por su parte, el resto de empresas han solicitado 1.606 operaciones con aval por valor de 1.273 millones de euros y una financiación de 1.823 millones.
Las empresas y autónomos han destinado la práctica totalidad de los préstamos concedidos a la realización de nuevas inversiones, o la renovación, adaptación y reapertura de sus establecimientos y negocios y al reinicio o desarrollo de su actividad, lo que pone de manifiesto la reactivación de la economía.
Características de los nuevos préstamos
Los nuevos préstamos podrán beneficiarse de las mejoras en los plazos de amortización aprobadas por Acuerdo de Consejo de Ministros el 22 de abril de 2021, de forma que las operaciones avaladas tendrán un periodo de amortización de hasta 10 años.
El sexto tramo de la Línea de Avales mantiene las mismas características, la misma cobertura del aval y el mismo modo de tramitación de los anteriores para los préstamos destinados a empresas y autónomos, hasta el 80% para autónomos y pymes y el 70% para el resto de empresas. Podrán solicitar estos avales hasta el 1 de diciembre de 2021 las empresas afectadas por los efectos económicos de la COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019.
127.000 millones de euros de financiación avalada
Las Líneas de Avales puestas en marcha por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se han convertido en un instrumento clave para garantizar el mantenimiento del tejido productivo, garantizando la liquidez de autónomos y empresas, especialmente durante los momentos más duros de la pandemia.
Desde la puesta en marcha de la Línea de Avales de Liquidez en marzo de 2020 y con la posterior aprobación de la segunda Línea de Avales para Inversión y Liquidez, se han garantizado, hasta el 24 de mayo, 1.070.100 operaciones y desplegado avales por importe superior a 96.662 millones de euros, que han permitido movilizar 127.135 millones de euros en financiación hacia el tejido productivo.
El diseño, gestión y modelo de asignación de los avales han permitido que sean de las más utilizadas en toda Europa y constituyen uno de los mayores y más eficaces ejemplos de colaboración público-privada.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
MEDIDAS ANTE CIBERAMENAZAS
El Consejo de Ministros ha acordado la puesta en marcha de un paquete de actuaciones urgentes en materia de ciberseguridad. El objetivo es reforzar de manera inmediata las capacidades de defensa frente a las ciberamenazas sobre el sector público y sobre las entidades que suministran tecnologías y servicios al mismo.
El Acuerdo aprobado incluye la adopción de un Plan de Choque de Ciberseguridad, la actualización del Esquema Nacional de Seguridad y la promoción de medidas para aumentar el nivel de ciberseguridad de los proveedores tecnológicos del sector público estatal.
Estas actuaciones reforzarán con eficacia la capacidad de prevención, detección, protección y defensa frente a la materialización de las ciberamenazas. Además, se vela porque la transformación digital vaya acompañada de medidas organizativas y técnicas de seguridad proporcionadas a los riesgos, lo que favorece la confianza en el uso de tecnologías digitales por parte de los actores económicos y la ciudadanía.
Plan de Choque de Ciberseguridad
Entre las medidas que incluye este plan de choque figuran la protección frente al código malicioso (especialmente del tipo orientado a la destrucción de la información mediante su cifrado), la extensión de los servicios para la detección de ciberamenazas en equipos de usuario, la implantación de la vigilancia de accesos remotos, el refuerzo de las capacidades de búsqueda de amenazas, la ampliación de las capacidades de ciberinteligencia, la extensión de la aplicación del uso del segundo factor en los procesos de identificación y autenticación, el despliegue de capacidades para la notificación y el seguimiento de los ciberincidentes, la continuidad de negocio y la recuperación ante desastres, la concienciación y la formación, y la revisión de la normativa de ciberseguridad.
Las medidas incluidas en el 'Plan de choque de ciberseguridad' están vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en su Componente 11 (Inversión 1. Modernización de la Administración General del Estado) y en su Componente 15 (Inversión 7. Ciberseguridad).
Esquema Nacional de Seguridad
La segunda actuación del paquete de medidas acordado por el Gobierno este martes es la actualización del Esquema Nacional de Seguridad, que data de una etapa con un contexto normativo, social y tecnológico que ha sufrido una evolución radical. Para ello se tramitará y aprobará de manera urgente un real decreto que sustituya al Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) ofrece un planteamiento común de principios básicos, requisitos mínimos, medidas de protección y mecanismos de conformidad y monitorización, adaptado al cometido del Sector Público para la gestión continuada de la seguridad para la Administración Digital. El ENS es un esquema de aplicación a las entidades del Sector Público e indirectamente, a las entidades del Sector Privado que colaboren con aquellas en la prestación de servicios públicos. Es un instrumento esencial para que la administración digital sea robusta y confiable.
Seguridad en el sector privado
La tercera actuación consiste en promover e incentivar la adopción de sistemas, estándares y políticas de gestión de seguridad en el sector privado en particular aumentando el nivel de ciberseguridad de los proveedores tecnológicos del Sector Público estatal ante la evidencia de que la ciberseguridad de un organismo también está condicionada a la de sus proveedores tecnológicos.
Implantación del Centro de Operación de Ciberseguridad de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos (COCS)
De manera simultánea a la puesta en marcha del paquete de actuaciones urgentes en materia de ciberseguridad, se ejecuta la implantación del Centro de Operación de Ciberseguridad de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos (COCS).
El COCS reforzará las capacidades de vigilancia, prevención, protección, detección, respuesta ante incidentes de ciberseguridad, asesoramiento y apoyo a la gestión de la ciberseguridad de un modo centralizado, mediante el correspondiente catálogo de servicios, que mediante optimización y economías de escala permita una mejor eficacia y eficiencia, con los ahorros de dinero, esfuerzo y tiempo derivados.
Se trata de una inversión incluida en el Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su creación está prevista en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2019.
Trabajo y Economía Social
ACCESO AL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON CAPACIDAD INTELECTUAL LÍMITE
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite, a propuesta de los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales y de Agenda 2030.
La norma tiene un doble objetivo: definir lo que, a los efectos laborales de acceder a las medidas de acción positiva previstas, debe entenderse como persona con capacidad intelectual límite utilizando los baremos de valoración de la situación de discapacidad vigente y establecer la relación concreta de medidas de acción positiva que mejor se adecúen al perfil personal y profesional del colectivo con el objetivo de promover su acceso al empleo y favorecer su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.
Responde al mandato contenido en la disposición adicional sexta de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En general, se considera como persona con capacidad intelectual límite al individuo que presenta un cociente intelectual por debajo del considerado como general y que, además, presenta dificultades en la interacción con el entorno, lo que dificulta su desarrollo humano y su plena participación en la vida social.
Se fijan los valores por los que se considerarán destinatarios finales de este programa de empleo las personas con discapacidad intelectual de más de un 20 por ciento y que no alcancen el 33 por ciento y también las personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
Con este real decreto se avanza en el cumplimiento de la meta 8.5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Mejora de la empleabilidad
Los empleadores tendrán la posibilidad de solicitar subvenciones con cargo a los servicios públicos de empleo competentes, con el objetivo de introducir las adaptaciones necesarias en el puesto de trabajo y eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con capacidad intelectual límite.
Para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite, los empleadores podrán acceder a una subvención de 2.000 euros por cada contrato de trabajo indefinido celebrado a tiempo completo.
Los contratos para la formación y el aprendizaje concertados con personas con capacidad intelectual límite podrán ampliarse hasta un plazo máximo que no podrá exceder de cuatro años, recabando los informes competentes, cuando, debido al tipo y grado de discapacidad y demás circunstancias individuales y profesionales del trabajador, así como las características del proceso formativo a realizar, el trabajador no hubiese alcanzado el nivel mínimo de conocimientos requeridos para desempeñar el puesto de trabajo.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
I PLAN DE ACCIÓN DE ECONOMÍA CIRCULAR
El Consejo de Ministros ha aprobado el I Plan de Acción de Economía Circular (PAEC), con un presupuesto de 1.529 millones de euros y 116 medidas que la Administración General del Estado pondrá en marcha a lo largo del trienio 2021-2023 para apoyar y consolidar de manera progresiva el despliegue de un modelo económico circular y descarbonizado.
Estas medidas se articulan en torno a 8 ejes de actuación que permitirán implementar acciones en economía circular: producción, consumo, gestión de residuos, materias primas secundarias y reutilización del agua. También, y con carácter transversal, actuaciones de sensibilización y participación, investigación, innovación y competitividad, y empleo y formación.
La puesta en marcha de este primer Plan de Acción se recogía en la Estrategia España Circular 2030, que el Gobierno presentó hace un año y que constituye con el objetivo de materializar medidas concretas para desarrollarla.
La puesta en marcha de este primer Plan de Acción se recogía en la Estrategia de Economía Circular aprobada hace un año por el Gobierno, que conforma junto al proyecto de Ley de Residuos, cuya remisión a las Cortes se adoptó en la última reunión del Consejo de Ministros (18 de mayo), la clave de bóveda de todo el paquete de economía circular, una de las reformas estructurales más relevantes incluidas en la componente 12 del Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que España ha presentado a la Comisión Europea.
Producción, consumo y gestión de residuos
El primer eje de actuación del Plan de Acción, centrado en la producción (diseño y fabricación), incluye 17 medidas destinadas a la inclusión de la economía circular en áreas que van de la industria alimentaria al sector forestal, pasando por el impulso al ecodiseño o la inclusión de requisitos puntuables en los pliegos y programas de ayudas, préstamos y líneas de crédito públicas.
Destaca especialmente la iniciativa PYME Circular, que tiene como objetivo integrar la economía circular en las pequeñas y medianas empresas, así como en nuevos modelos de negocio, habilitando espacios para la creatividad, la generación de ideas y la adaptación al cambio del modelo "lineal" al modelo "circular". Se incluye también en este eje la financiación de actuaciones para implementar la economía circular en el ámbito de la empresa privada, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Por último, se incluyen medidas en el ámbito del turismo, como la creación de nuevos productos turísticos circulares o el fomento del uso de la herramienta "Método Destino turístico inteligente" para ayudar a los municipios a diseñar planes de acción de turismo sostenible.
El eje de actuación dedicado al consumo cuenta con 13 puntos relacionados con la información al consumidor, como la Etiqueta Ecológica Europea (ECOLABEL) y el desarrollo de una etiqueta informativa sobre la vida útil del producto y su índice de reparabilidad. Además, se prevén actuaciones para reducir los residuos alimentarios y para fomentar los mercados de segunda mano o la reutilización de infraestructuras públicas, así como otras relativas a la inclusión de la economía circular en la contratación pública.
Por su parte, las 30 medidas incluidas en el capítulo de gestión de desechos se orientan a adecuar los criterios de economía circular en la normativa y planes de residuos.
Este eje implantará nuevas exigencias para textiles y plásticos agrarios, y para elaborar programas de prevención y de planificación de residuos. Se incluye también la financiación para la mejora de la gestión de los residuos municipales a cargo al PRTR. Con carácter más concreto, incluye analizar la viabilidad de Sistema de Depósito, Devolución y Retorno para teléfonos móviles antiguos y otros residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEES) o mejorar la gestión de los residuos vinculados a instalaciones de energías renovables o a los ámbitos del cine y artes audiovisuales.
Materias primas secundarias y reutilización del agua
El eje destinado a materias primas secundarias, con 12 medidas, contempla actuaciones para aplicar y fomentar el uso de los subproductos y para desarrollar criterios de fin de condición de residuo, así como para analizar sus implicaciones en el mercado de las materias primas secundarias. También prevé aprobar una hoja de ruta sobre materias primas minerales o la identificación de instalaciones de residuos de industrias extractivas que contengan materias primas fundamentales, y medidas relacionadas con el uso de materias primas secundarias seguras para la salud humana y el medio ambiente.
El eje dedicado a la reutilización del agua, con 4 medidas, contiene actuaciones destinadas al apoyo a regadíos que usen aguas regeneradas, a mejorar la información sobre los usos del agua y a revisar el marco normativo de la reutilización del agua.
Investigación, innovación y empleo
Las 19 medidas que conforman el eje de Sensibilización y Participación ponen el foco en la elaboración de buenas prácticas de economía circular en el ámbito de la empresa o de campañas de concienciación en el ámbito del consumo.
Por último, se incluyen 9 actuaciones destinadas a promover la investigación, la innovación y la competitividad en el ámbito de la bioeconomía y la economía circular, y 12 dirigidas a programas de formación e inserción para determinados colectivos, como el minero o los jóvenes, y al desarrollo de escuelas, talleres y casas de oficios para impulsar el empleo en el ámbito de la economía circular, como el Programa Emprendeverde.
Este primer PAEC permitirá articular la diversidad de medidas en el período 2021-2023 para avanzar en la consecución de la Estrategia de Economía Circular, que sienta las bases para impulsar un nuevo modelo de producción y consumo en el que el valor de productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible, reduciendo al mínimo la generación de residuos y aprovechando los que no se pueden evitar.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y HONDURAS SOBRE FLUJOS MIGRATORIOS LABORALES
El Consejo de Ministros ha adoptado un Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Honduras relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales entre ambos Estados.
Antecedentes
Desde el inicio del año 2020 las autoridades hondureñas solicitaron a España en varias ocasiones participar en el programa de contratación colectiva en origen que lleva a cabo la Dirección General de Migraciones, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Las autoridades competentes españolas, tras evaluar la propuesta, decidieron atender la solicitud de Honduras, conviniendo la adopción de un Acuerdo internacional entre ambos países en materia de flujos migratorios.
Las negociaciones del texto se han prolongado desde los primeros meses del año 2021 hasta primeros de mayo de 2021, en que, definitivamente, ha quedado establecida su redacción.
El Acuerdo tiene por objeto regular de una forma ordenada y coherente los flujos migratorios laborales existentes entre ambos Estados, profundizar en el marco general de cooperación y amistad entre los dos países y prevenir la inmigración irregular.
Contenido
El Acuerdo consta de un preámbulo, seis capítulos y dieciséis artículos:
En el Capítulo I, que contiene las disposiciones generales, se establecen las autoridades competentes, así como las distintas categorías de trabajadores a efectos de aplicación del Acuerdo.
En el Capítulo II se articula un procedimiento para la selección en origen de los trabajadores, para lo cual ambas Partes se prestarán la máxima colaboración en todos los trámites necesarios.
El Capítulo III tiene especial importancia, ya que regula las condiciones laborales y los derechos sociales de los trabajadores.
El Capítulo IV está dedicado al retorno de los trabajadores y prevé la obligación de readmisión de cada Parte Contratante a solicitud de la otra Parte, de toda persona que no satisfaga o haya dejado de satisfacer los requisitos de entrada o de estancia aplicables en su territorio, siempre que se pruebe que la persona de que se trata es nacional de esa Parte Contratante.
En el Capítulo V se regulan las disposiciones específicas sobre los trabajadores de temporada.
En el Capítulo VI se contemplan las disposiciones relativas a la aplicación y coordinación del Acuerdo, entre las que se prevé la creación de un Comité Mixto de Coordinación encargado del seguimiento de dicha aplicación, así como de las incidencias derivadas del mismo.
En el Artículo 16.2 se establece que el Acuerdo entrará en vigor a los 30 días, contados a partir del día siguiente al de la fecha de recepción por la otra Parte Contratante de la última Nota Verbal por la cual una de las Partes Contratantes informe a la otra sobre el cumplimiento de los procedimientos nacionales exigidos para su entrada en vigor.
Desde el punto de vista de la repercusión económica, la aplicación del Acuerdo no supone incremento de gasto público.
Con ocasión de la próxima visita a Madrid los días 27 y 28 de mayo del Secretario de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de la República de Honduras, se prevé la posibilidad de firmar el Acuerdo.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
CONVENIO DE MINAMATA SOBRE EL MERCURIO
El Consejo de Ministros ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba la firma "ad referéndum" del Convenio de Minamata sobre el mercurio, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Convenio.
Antecedentes
El Convenio de Minamata, hecho el 10 de octubre de 2013, es consecuencia de la Decisión aprobada en 2009 por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) con objeto de elaborar un instrumento jurídicamente vinculante sobre el mercurio a nivel mundial.
Hasta la fecha lo han firmado 128 Estados y Organizaciones y 131 lo han ratificado o se han adherido al mismo. De entre todos ellos han formulado declaraciones al Convenio los siguientes: Alemania, Argentina, Armenia, Austria, Bélgica, Canadá, China, Cuba, Dinamarca, Estados Unidos de América, India, Irán, Jamaica, Mauricio, Namibia, Noruega, Países Bajos, Perú, Moldavia, República Checa, Seychelles, Surinam, Tailandia y la Unión Europea.
España lo firmó ad referéndum el 10 de octubre de 2013, si bien es junto con Polonia el único Estado de la Unión Europea que aún no lo ha ratificado. Entró en vigor para las partes que sí lo han hecho el 16 de agosto de 2017 y la Comisión ha instado a los miembros pendientes a completar la ratificación, como ya lo hizo la propia Unión.
Contenido
El Convenio consta de un preámbulo, 35 artículos y cinco anexos:
A) Productos con mercurio añadido.
B) Procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio o compuestos de mercurio.
C) Extracción de oro artesanal y en pequeña escala.
D) Lista de fuentes puntuales de emisiones de mercurio y compuestos de mercurio a la atmósfera.
E) Procedimientos de arbitraje y conciliación.
Su objetivo es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y sus compuestos. A su vez recoge un conjunto de obligaciones (Artículos 3 al 12) referidas a los siguientes ámbitos:
- Con relación a las fuentes de suministro y comercio, prohíbe la minería primaria posterior a la entrada en vigor del Convenio y limita la que ya estaba en marcha en el momento de la entrada en vigor a un período de hasta 15 años.
- Respecto a los productos con mercurio añadido, las Partes impedirán la fabricación, importación y exportación de los mismos que se incluyen en el Anexo B después de la fecha especificada para ese producto en el anexo, salvo excepciones.
- En cuanto a los procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio o sus compuestos, se dispone que las Partes deben tomar las medidas necesarias para eliminar o restringir los procesos en los que se utilice mercurio incluidos en el Anexo D.
- Se regula asimismo la extracción de oro artesanal y en pequeña escala disponiendo que las Partes adopten medidas para reducir o eliminar el uso de mercurio y de compuestos de mercurio en el proceso, así como las emisiones al medio derivadas de esta actividad a través de un plan de acción descrito en el Anexo C.
- El Convenio también tiene como objetivo controlar las emisiones de mercurio a la atmósfera regulando las emisiones desde las fuentes incluidas en el Anexo F, así como las liberaciones de mercurio al suelo y al agua, pudiendo en ambos casos elaborar Planes Nacionales con las medidas a tomar.
- Con respecto al almacenamiento provisional ambientalmente racional de mercurio, distinto del mercurio de desecho, se dispone que deberá realizarse siguiendo las guías existentes o las que desarrolle la Conferencia de las Partes, y los residuos de mercurio deberán gestionarse de manera ambientalmente racional de acuerdo con las pautas del Convenio de Basilea sobre control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación.
El resto del articulado se ocupa de los siguientes aspectos más destacados:
- El Convenio aborda también los recursos y el mecanismo financiero necesarios para su aplicación, contemplando la financiación a nivel nacional, multilateral y bilateral y del sector privado. Se prevé un mecanismo Financiero para el apoyo a las Partes que sean países en desarrollo y economías de transición que incluirá un Fondo Fiduciario del fondo para el Medio Ambiente Mundial y un Programa internacional específico para apoyar la creación de capacidad y la asistencia técnica.
- Se regula la creación de capacidad, la asistencia técnica y la transferencia de tecnología para beneficiar a las Partes que sean países en desarrollo y economías de transición a través de acuerdos y centros regionales y subregionales y se establece un mecanismo y un Comité de cumplimiento, compuesto por 15 miembros elegidos por la Conferencia de las Partes.
- Los aspectos relacionados con la salud, en particular con relación a las poblaciones vulnerables en situación de riesgo, se gestionarán en colaboración con la Organización Mundial de la Salud y con la Organización Internacional del Trabajo.
- Se regula asimismo el intercambio de información entre las Partes; la formación, información y sensibilización al público; la investigación y el desarrollo y vigilancia, los planes de aplicación, que podrán elaborar las Partes teniendo en cuenta sus circunstancias nacionales para cumplir las obligaciones del Convenio; la presentación de informes a la Conferencia de las Partes sobre las medidas adoptadas y su eficacia y la evaluación de la eficacia del Convenio, que deberá efectuarse con anterioridad a los seis años de su entrada en vigor.
La legislación en vigor en la Unión Europea relativa al mercurio recoge ya en su práctica totalidad las obligaciones establecidas en el Convenio de Minamata, a través del Reglamento (UE) 2017/852 sobre mercurio, por lo que en la actualidad España se encuentra en una situación anómala en la que ya está obligada por la mayor parte del contenido del Convenio a través de dicha normativa y de otros compromisos internacionales asumidos, pero no puede participar en su gestión, dado que únicamente tiene estatus de país observador sin derecho a voto en la Conferencia de las Partes.
Por su parte, el Consejo de Estado, en su dictamen de 25 de marzo de 2021, señaló que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de este Convenio, requiere la previa autorización de las Cortes Generales, al encontrarse comprendido en el supuesto del Artículo 94.1.d) de la Constitución.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN INSTEX SAS
El Consejo de Ministros ha adoptado un Acuerdo por el que se decide la participación de España en INSTEX SAS y se autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir acciones de dicha sociedad.
Antecedentes
El Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) fue firmado el 14 de julio de 2015 entre Irán y la Unión Europea, Francia, Alemania, Reino Unido, China, Rusia y Estados Unidos, para poner fin al programa militar nuclear iraní, estableciéndose a cambio, en diferentes etapas, un levantamiento de las sanciones interpuestas a Irán por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, Estados Unidos y la Unión Europea.
Sin embargo, el 8 de mayo de 2018 Estados Unidos anunció su retirada del PAIC de manera unilateral y el inicio de una política de "máxima presión", reimponiendo sanciones a Irán incluso más amplias que las existentes antes del PAIC. En muchos casos las sanciones se aprobaron con efectos extraterritoriales sobre personas y empresas de terceros países que comercien con Irán, lo que ha creado enormes dificultades para que las empresas europeas que lo deseen puedan operar con Irán debido, entre otros, a la falta de canales financieros.
Tras la retirada de Estados Unidos, la Unión Europea ha seguido cumpliendo con el acuerdo. Por ello, y con el fin de hacer frente a los efectos extraterritoriales de las sanciones de Estados Unidos, el 7 de agosto de 2018 entró en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2018/1100 de la Comisión, de 6 de junio de 2018, por el que se modifica el anexo del Reglamento (CE) 2271/96 del Consejo, relativo a la protección contra los efectos de la aplicación extraterritorial de la legislación adoptada por un tercer país, y contra las acciones basadas en ella o derivadas de ella (también denominado Estatuto de bloqueo).
El 31 de enero de 2019, Alemania, Francia y Reino Unido anunciaron la creación de INSTEX (Instrument for Supporting Trade Exchanges).
Contenido
INSTEX es un mecanismo de compensación cuyo objetivo es facilitar los pagos para permitir el comercio entre Irán y la Unión Europea, evitando el sistema financiero norteamericano, sometido a la reimposición de sanciones del Gobierno de Estados Unidos. Para su funcionamiento, INSTEX requiere una entidad espejo en Irán que se ha creado este año (STFI).
El accionariado de INSTEX está abierto a los Estados de la Unión Europea y cabe la participación de terceros Estados. Por el momento se han sumado Bélgica, Noruega, Países Bajos, Dinamarca, Finlandia y Suecia. Ningún país ha aportado una cantidad inferior a 100.000 euros.
Tanto España como la Unión Europea han manifestado reiteradamente su firme compromiso con el PAIC como factor clave para promover la seguridad y la estabilidad en Oriente Medio, sin excluir la necesidad de abordar con Irán otras cuestiones que preocupan a la UE. Por ello, la participación de España en INSTEX reafirma el apoyo al PAIC, a su cumplimiento y la disposición de España para trabajar con el objetivo de que Irán vuelva a respetar las disposiciones contenidas en el acuerdo.
Por otro lado, la creación de INSTEX busca fortalecer el euro estableciendo un mecanismo que permita operar en la moneda europea sin necesidad de recurrir al sistema financiero norteamericano. Aunque las operaciones de comercio exterior podrían, sin la existencia de INSTEX, denominarse en euros, los canales financieros tradicionales tienen enormes dificultades para operar con Irán debido a las sanciones norteamericanas.
INSTEX tiene previsto operar en sectores no sancionados por Estados Unidos y esenciales para la población iraní, como el comercio de productos farmacéuticos, material médico y productos agroalimentarios. La intención es que las primeras operaciones sean en el ámbito humanitario.
La participación que se propone es de 150.000 euros; es decir, inferior al 8% que, según se establece en el Acuerdo de Accionistas, implica la participación en la Junta General de Accionistas (donde se deciden las cuestiones estratégicas), pero no en el Consejo Supervisor (que ejerce un mayor control sobre las operaciones de INSTEX y en el que los tres países fundadores tienen asegurado el 50 %). No se requiere ninguna aportación adicional para participar en el mecanismo y en principio INSTEX cuenta con financiación suficiente al menos hasta finales de 2021. No obstante, en el futuro los socios pueden decidir que se realicen aportaciones adicionales. La tenencia y administración de las acciones corresponderá a la Dirección General del Patrimonio del Estado.
La representación de España y la participación en los órganos de gestión, corresponderá a la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe, contando para ello con el asesoramiento de la Secretaría de Estado de Comercio.
Por todo lo anterior, se somete a la autorización del Consejo de Ministros la autorización para la participación de España en INSTEX y para la suscripción de acciones de la sociedad.
Hacienda
PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF) y se modifican otras normas tributarias.
El Impuesto sobre las Transacciones Financieras, en vigor desde el 16 de enero de 2021, fue introducido en nuestro ordenamiento por la Ley 5/2020 del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, con la finalidad de contribuir al objetivo de consolidación de las finanzas públicas y de reforzar el principio de equidad del sistema tributario.
Este impuesto grava la adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación, siempre que tales sociedades tengan acciones admitidas a negociación en un mercado regulado y un valor de capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros. Por tanto, no afecta a las pymes.
El Real Decreto que ahora se aprueba tiene por objeto regular el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones de este Impuesto.
En concreto, se establece un procedimiento novedoso en nuestro ordenamiento tributario, mediante el cual el depositario central de valores, es decir, Iberclear (entidad filial de Bolsas y Mercados) presentará en nombre y por cuenta del sujeto pasivo (el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición), una autoliquidación por cada sujeto pasivo afectado e ingresará el importe de la deuda tributaria correspondiente.
Este procedimiento se justifica por el hecho de que un porcentaje significativo de los sujetos pasivos son no residentes en España, sin apenas vínculos con la Administración tributaria española, por lo que la creación de un cauce para el pago del impuesto similar al ya utilizado para la adquisición de las acciones, a través de los agentes que participan en su liquidación y registro, facilitará el pago del impuesto y su gestión.
Así, se distinguen los distintos supuestos en los que resulta aplicable tal procedimiento y se detalla la canalización de la información y del importe de la deuda tributaria desde el intermediario financiero (sujeto pasivo) hasta el depositario central de valores, para que este a su vez presente ante la Administración tributaria las correspondientes autoliquidaciones.
Asimismo, se regula la presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto por el propio sujeto pasivo cuando no proceda realizarse por un depositario de valores.
Liquidación mensual
La autoliquidación, tanto si se presenta a través del depositario central de valores como directamente por el propio sujeto pasivo, tendrá periodicidad mensual, se presentará entre los días 10 y 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación, y proporcionará toda la información necesaria para la adecuada gestión y control del impuesto, lo que hace innecesaria la presentación de una declaración anual.
El modelo de autoliquidación se aprobará mediante la orden ministerial correspondiente.
Finalmente, se establece que la presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2021 se efectuará en el plazo previsto para la autoliquidación correspondiente a mayo de 2021 (del 10 al 20 de junio). De esta forma, los participantes en el proceso de presentación e ingreso de autoliquidaciones habrán dispuesto de un tiempo razonable para la adaptación de sus sistemas.
Otras modificaciones
Por otra parte, este Real Decreto reintroduce un artículo del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, relativo a la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, que fue anulado por una sentencia del Tribunal Supremo, debido a una cuestión técnica que ya ha sido subsanada.
Esta disposición establece con fines de prevención del fraude fiscal una obligación de información específica para las personas o entidades, en particular, las denominadas "plataformas colaborativas", que intermedien en la cesión del uso de viviendas con fines turísticos. Quedan excluidos, entre otros, los alojamientos turísticos regulados por su normativa específica como establecimientos hoteleros, alojamientos en el medio rural, albergues y campamentos de turismo.
Hacienda
SUMINISTRO DE VACUNAS DE PFIZER/BIONTECH EN 2023
El Consejo de Ministros ha alcanzado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Sanidad, a fin de posibilitar a la Dirección General de Salud Pública la tramitación del expediente de gasto para el suministro de vacunas de Pfizer/BioNTech en el ejercicio 2023.
El 20 de mayo de 2021 se firmó un Acuerdo de adquisición entre la Comisión Europea y Pfizer/BioNTech que tiene por objeto garantizar el suministro de nuevas dosis de vacuna para las campañas de vacunación de los años 2022 y 2023 en el conjunto de la Unión Europea.
Este Acuerdo contempla la obligación de compra, por parte de la UE, de 900 millones de dosis, a razón de 60 millones en diciembre de 2021; 390 millones (65 millones por mes) entre enero y junio de 2022; y 450 millones (75 millones por mes) entre enero y junio de 2023.
De esta cuantía total asignada a la Unión Europea, la prevista para España es de 93,96 millones de dosis, con un precio establecido de 19,5 euros por dosis, con lo que el importe total asciende a 1.832,22 millones de euros.
Para adherirse a dicho Acuerdo de adquisición, España debe firmar una orden de pedido, que supone la adquisición de compromisos de gasto en los ejercicios 2021 y 2022 con cargo al concepto presupuestario "Productos farmacéuticos y material sanitario" del programa "Sanidad. Ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de Europa (REACT-EU)" y en el ejercicio 2023 con cargo al concepto presupuestario "Productos farmacéuticos y material sanitario" del programa "Salud pública, sanidad exterior y calidad", que se encuentra en el servicio "Dirección General de Salud Pública".
El importe previsto para el año 2023, 916,11 millones de euros, supera el límite de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, por lo que se requiere la autorización del Consejo de Ministros, que ha acordado este martes.
Hacienda
APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA LA ACOGIDA DE MENORES INMIGRANTES LLEGADOS A CEUTA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario con cargo a dicho fondo, solicitado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, para atender la acogida en varias comunidades autónomas de niños y adolescentes inmigrantes que se encontraban en Ceuta, por un importe total de cinco millones de euros.
El pasado 19 de mayo de 2021, se celebró una reunión extraordinaria entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y las comunidades autónomas para abordar la situación del elevado número de personas que llegaron procedentes de Marruecos a la Ciudad Autónoma de Ceuta, incluyendo menores de edad solos.
La finalidad es articular una respuesta sólida y común a la situación de estos niños y adolescentes que ahora están en España, que permita caso a caso salvaguardar sus derechos y ofrecer protección.
Esto requiere un tiempo para poder identificar sus vulnerabilidades, aclarar su situación y realizar los trámites oportunos de reagrupación familiar de aquellos menores migrantes que están expresando su voluntad de regresar con sus familias, así como atender las peticiones de las familias de que sus hijos regresen.
Para aquellos que no puedan volver o que sean realmente casos de migrantes no acompañados, se deben poner en marcha procesos de atención necesarios.
Para esto, se acordó que todas las comunidades autónomas contribuirán a la acogida solidaria de unos 200 niños, niñas y adolescentes que ya estaban previamente en centros de protección en la ciudad de Ceuta y cuya situación legal, escolar y sanitaria está atendida y regularizada por esta ciudad autónoma. La razón del traslado de estos menores, y no de los que acaban de llegar, es la agilidad en las gestiones dada la emergencia actual, ya que estos traslados podrían hacerse inmediatamente, permitiendo tener espacio para atender de la forma más adecuada a quienes acaban de llegar.
Ante la situación detallada, con la finalidad de financiar esta acogida solidaria por las comunidades autónomas en proporción al número de niños que se acojan y puedan transferirse con la mayor celeridad posible, se solicita un crédito extraordinario de cinco millones de euros en una nueva aplicación presupuestaria de la Dirección General de Derechos de la Infancia y la Adolescencia. La financiación de esta modificación se realiza con cargo al Fondo de Contingencia, en base a lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
Hacienda
SERVICIOS DE SEGURIDAD EN EDIFICIOS DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato centralizado de servicios de seguridad integral y de auxiliares de control en edificios del sector público estatal, con un presupuesto de licitación de 86.493.220 euros (IVA incluido).
El plazo de vigencia del nuevo contrato, que estará dividido en diez lotes, será de 24 meses, con fecha prevista de inicio desde el 1 de noviembre de 2021 y con posibilidad de ser prorrogado por un plazo máximo total de otros 24 meses.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Hacienda
AUTORIZACIÓN A CANARIAS PARA FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA A LARGO PLAZO
El Consejo de Ministros ha autorizado a Canarias a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
Esta Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por importe de 1.493,2 millones de euros, destinadas a refinanciar préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas a través del compartimento Facilidad Financiera, con el objetivo de conseguir una reducción de costes financieros para la Comunidad Autónoma.
Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2021.
Interior
CONVOCATORIA DE PLAZAS PARA POLICÍA NACIONAL Y GUARDIA CIVIL
El Consejo de Ministros ha aprobado la oferta de 2.328 nuevas plazas para la Policía Nacional y otras 2.091 para la Guardia Civil, cantidades que derivan de la planificación realizada por el Ministerio del Interior para revertir el proceso de reducción de plantillas que se había producido en anteriores legislaturas.
La oferta de plazas está recogida en sendos reales decretos elevados al Consejo de Ministros por iniciativa conjunta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y del Ministerio del Interior. La oferta de empleo público aplica para ambos cuerpos la tasa de reposición de un 115 por ciento prevista en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Con esta oferta de empleo público aprobada hoy, son ya 13.880 las plazas convocadas para la Policía Nacional y la Guardia Civil desde 2019 (4.816 plazas ofertadas en 2019 y 4.645 en 2020).
Estas convocatorias y la aplicación de tasas de reposición superiores al 100 por ciento desde 2019 ha permitido recuperar parte de los efectivos perdidos por ambos cuerpos, que en 2017 sumaron un total de solo 142.072 efectivos, la cifra más baja desde 2011 tras una pérdida de 13.077 plazas.
Policía Nacional
La oferta de empleo público de la Policía Nacional para el año 2021 es la siguiente:
- En régimen de oposición libre se convocan un total de 2.328 plazas, 110 para la Escala Ejecutiva y 2.218 para la Escala Básica. De estas últimas, 444 quedan reservadas a militares profesionales de tropa y marinería con al menos cinco años de antigüedad, según lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Las plazas que no se cubran por esta vía se acumularán a las de turno libre.
- La oferta de 110 plazas para la Escala Ejecutiva en régimen de oposición libre conlleva la convocatoria de otras 110 ofertadas como promoción interna de acceso a la Escala Ejecutiva desde la categoría de subinspector, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
Guardia Civil
La oferta de empleo público de la Guardia Civil para el año 2021 es la siguiente:
- Para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias se convocan 2.091 plazas, de las cuales 837 quedan reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, y otras 175 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes Duque de Ahumada con sede en Valdemoro (Madrid).
- Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería y a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes que no se cubran por cualquier motivo se acumularán al cupo de plazas del turno de acceso libre.
- A esta oferta cabe sumar las 65 plazas correspondientes a la Escala de Oficiales que ya fueron aprobadas junto a la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas, por tener parte de su proceso de formación conjunto, mediante el reciente Real Decreto 324/2021, de 4 de mayo.
- Además, el Real Decreto aprobado este martes autoriza la convocatoria de 330 plazas en régimen de promoción interna, 250 para la Escala de Suboficiales y 80 para la Escala de Oficiales, 70 de ellas mediante la modalidad de promoción interna y las 10 restantes mediante la modalidad de cambio de escala.
Transporte, Movilidad y Agenda Urbana
CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CARRETERAS EN BURGOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en carreteras del Estado en la provincia de Burgos, con un valor estimado de 19,17 millones de euros y una duración de tres años, con posibilidad de prórroga por otros dos más.
Dicho contrato se enmarca dentro del programa de conservación y explotación de carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) y permite mantener la vialidad en la Red de Carreteras del Estado para que sea accesible en adecuadas condiciones para todos los ciudadanos.
El sector indicado es el nº3, que incluye las siguientes carreteras entre Burgos y Cantabria a través del Puerto de El Escudo (N-623) y el Valle de Valdelucio por Aguilar de Campoo (N-627), donde los trabajos de la campaña invernal es fundamental en el mantenimiento de la vialidad:
- N-623 de Burgos a Santander, del PK 4+325 al 91+965.
- N-627 de Burgos a Santander por Aguilar de Campoo, del PK 4+325 al 68+120.
- A-73 Autovía de Burgos a Aguilar de Campoo, del PK 0+000 al 10+420 y del PK 53+650 al 63+000.
Características del nuevo modelo de conservación
El nuevo modelo de contratos de servicios para la ejecución de operaciones de conservación y explotación en la Red de Carreteras del Estado persigue ofrecer un servicio integral de movilidad al usuario, mejorar el estado de la carretera y red, y optimizar los recursos públicos.
A través de ellos se realizan trabajos de ayuda a la vialidad y conservación ordinaria de las carreteras, para permitir que la carretera y sus elementos funcionales dispongan de las mejores condiciones de vialidad y seguridad posibles, incluyendo actuaciones como: vigilancia y atención accidentes e incidentes, vialidad invernal, servicio de control de túneles y comunicaciones, mantenimiento de instalaciones, establecimiento de inventarios y reconocimiento del estado de la vía, agenda de información de estado y programación, ayuda a explotación y estudios de seguridad vial, y mantenimiento de los elementos de la carretera con adecuados niveles de calidad.
Además, en algunos contratos se incorporan proyectos específicos de pequeñas obras necesarias para mejorar la funcionalidad de la vía.
Así mismo, en el caso de sectores que incorporen elementos funcionales de la carretera, como las áreas de servicio, se recoge la explotación de los mismos.
Con este nuevo modelo se refuerza la orientación hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con los que está comprometido el MITMA.
Transporte, Movilidad y Agenda Urbana
COMPENSACIÓN POR EL SERVICIO DE AUTOBÚS DE TALAVERA DE LA REINA A LA PROVINCIA DE ÁVILA
El Consejo de Ministros ha autorizado el otorgamiento de una compensación económica por las obligaciones de servicio público impuestas en los servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera que conectan Talavera de la Reina (Toledo) con Pedro Bernardo, La Adrada y Hontanares (los tres municipios de la provincia de Ávila).
La empresa concesionaria de estos servicios ha presentado su renuncia por la inviabilidad económica de la explotación en las condiciones actuales, agravada por la crisis sanitaria que ha impuesto severas restricciones a la movilidad entre comunidades autónomas y que ha obligado también a los operadores a incurrir en costes adicionales por las medidas adoptadas para garantizar la seguridad del transporte desde el punto de vista sanitario.
Ante esta situación, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) va a proceder a la adjudicación de nuevas concesiones en las que se incluirá una nueva compensación económica al concesionario para garantizar la viabilidad económica de estos servicios públicos. En ausencia de compensación, el establecimiento de una tarifa suficiente para cubrir los costes del servicio resultaría desproporcionada y, por tanto, imposibilitaría la conectividad de los ciudadanos de la zona.
De esta forma, el Ministerio garantiza la continuidad de estos servicios públicos de transporte por carretera que garantizan la conectividad de las poblaciones afectadas y constituyen un medio esencial para la movilidad de los ciudadanos, entre los que se encuentran los grupos de población de menor renta.
MITMA destinará hasta 388.000 euros para financiar estas compensaciones económicas, como muestra de su acción decidida para mantener el nivel de servicios públicos adecuado, en un sector gravemente afectado por la pandemia, y para garantizar, de esta forma, la cohesión territorial.
Industria, Comercio y Turismo
CRÉDITO A LA EMPRESA LIRIS DE ECUADOR
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la concesión de un crédito reembolsable en condiciones comerciales OCDE con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J. (FIEM) para el suministro y montaje de una cámara frigorífica para almacenamiento de carne de pollo a la empresa LIRIS de Ecuador por importe de hasta 502.608 euros.
La aprobación de este crédito contribuye a la internacionalización de una empresa española en un sector en alza en el mercado latinoamericano, lo que también provoca un arrastre exportador. En la actualidad, el sector de la alimentación y distribución tienen en Ecuador un alto potencial de crecimiento.
En los últimos años, se ha observado un incremento del comercio en el ámbito bilateral, consecuencia de las oportunidades creadas por la entrada en vigor provisional del acuerdo Comercial entre Ecuador y la UE.
Agricultura, Pesca y Alimentación
FABRICACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y USO DE PIENSOS MEDICAMENTOSOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España del reglamento europeo relativo a la fabricación, comercialización y uso de piensos medicamentosos.
Esta norma incluye disposiciones nacionales entre las que destaca el establecimiento de niveles máximos de contaminación cruzada así como de aceptabilidad para la homogénea distribución de los medicamentos veterinarios en el pienso. Estas disposiciones nacionales serán de aplicación hasta que se publiquen las correspondientes en la normativa europea.
El texto regula también cuestiones como las condiciones necesarias para la autorización de establecimientos, el tratamiento de los productos no utilizados y otras ligadas a la comercialización de piensos medicamentosos destinados a la exportación a países terceros.
El Real Decreto, por lo tanto, crea el marco normativo nacional que facilitará el cumplimiento de las obligaciones previstas por la normativa de la Unión Europea y la contribución necesaria a la lucha contra las resistencias a los antimicrobianos, un problema de gravedad creciente. A la vez, establece un periodo de tiempo adecuado para permitir la adaptación de los sectores productivos españoles.
El pienso medicamentoso es una de las vías orales de administración de medicamentos veterinarios que ha demostrado ser de gran utilidad para luchar contra patologías que afectan a grupos de animales que requieren ser tratados de forma simultánea y uniforme.
España, junto con Alemania y Francia, se encuentra desde hace años a la cabeza de la fabricación de piensos compuestos en la UE, siendo en los dos últimos años el Estado miembro que lidera esta producción.
Cultura y Deporte
AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES
El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) a convocar las ayudas generales a la producción de largometrajes sobre proyecto correspondientes a 2021 por valor de 40 millones de euros. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva con carácter plurianual mediante convocatoria abierta con procedimiento de selección y con un importe máximo de 1,4 millones de euros por proyecto.
Estas ayudas están reguladas por la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio. Su objetivo es financiar el coste de producción de aquellos proyectos de largometrajes que reúnen requisitos como, entre otros, de presupuestos y coste mínimos, financiación garantizada, exigencia de porcentaje de gasto a realizar en España, compromiso de inversión en copias, publicidad y promoción, nacionalidad española, publicidad y promoción, estreno del largometraje en un determinado número de salas y nacionalidad española.
Sanidad
ADQUISICIÓN DE NUEVAS DOSIS DE LA VACUNA DE PFIZER/BIONTECH CONTRA LA COVID-19
El Consejo de Ministros ha acordado la autorización de España al tercer Acuerdo de la Comisión Europea para adquisición de vacunas de Pfizer/BioNtech contra la COVID-19, gracias al que nuestro país recibirá cerca de 94 millones de dosis para las campañas 2022 y 2023.
El pasado 7 de mayo la Comisión Europea llegó a un acuerdo de adquisición de 900 millones de nuevas dosis de vacuna contra la COVID-19 con la farmacéutica Pfizer/BioNTech. Se trata del tercer acuerdo de adquisición con esta empresa y va destinado a las campañas de vacunación de 2022 y 2023.
En concreto, España recibirá 93.960.000 dosis, el 10,44% del total, tal y como ha quedado establecido según la cuota poblacional. Las entregas se realizarán en tres tramos: 6.264.000 en diciembre de 2021, 40.716.000 entre enero y junio de 2022; y 46.980.000 entre enero y junio de 2023.
En cada campaña de vacunación anual, la Unión Europa adquirirá 450 millones de dosis. Además, el acuerdo incorpora la posibilidad de adquirir 900 millones más en tramos de 150 millones. Esto no solo incluye la vacuna tal y como está formulada actualmente sino también posibles formulaciones alternativas. De igual manera también contempla el derecho prioritario a la entrega de vacunas adaptadas a variantes desde enero de 2022.
El Acuerdo establece también que los Estados miembros pueden revender las dosis adquiridas, sin fines de lucro, o donarlas a países de ingresos bajos o medios o instituciones públicas.
Ciencia e Innovación
ENSAYOS CLÍNICOS DE UNA VACUNA DEL CSIC
El Consejo de Ministros ha autorizado 2,4 millones de euros para que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) pueda contratar una empresa CRO (Contract Research Organization), necesaria para apoyar el ensayo clínico fase 1/2 de la vacuna MVA-CoV2-S, desarrollada por los investigadores Mariano Esteban y Juan García Arriaza, del Centro Nacional de Biotecnología (CNB). Los promotores del ensayo clínico son el CSIC y la empresa española Biofabri, perteneciente al Grupo Zendal, encargada de fabricar los lotes clínicos de dicha vacuna y suministrarlos para los ensayos.
Con el fin de avanzar en la evaluación de su seguridad y eficacia en humanos mediante ensayos clínicos, el CSIC está en el proceso de aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) de un ensayo clínico de fase 1/2 combinado en el que participarían varios hospitales españoles. Este ensayo clínico fase 1/2 permitirá evaluar la seguridad e inmunogenicidad de la vacuna, y será un hito para el avance de dicha vacuna hacia la sociedad.
Para llevar a cabo este ensayo clínico se requieren los servicios de una empresa CRO que realice fundamentalmente tareas de apoyo a la preparación final de toda la documentación necesaria para la aprobación del estudio por la AEMPS, la monitorización del ensayo en cada centro clínico, el apoyo en la gestión operacional del ensayo y la coordinación de los distintos centros clínicos, la preparación de los documentos a presentar a las distintas autoridades durante el desarrollo del estudio, así como la recogida y el análisis estadístico de los resultados de dicho ensayo.
El proyecto de vacuna de Esteban y Arriaza está basado en el vector poxvirus Modified Vaccinia Virus Ankara (MVA) altamente atenuado que expresa la proteína S completa del coronavirus SARS-CoV-2. En ratones, la vacuna induce altos títulos de anticuerpos IgG específicos contra las proteínas S. Además, se han realizado estudios de eficacia con ratones humanizados transgénicos K18-hACE2 que han demostrado la alta capacidad de protección de la vacuna frente a la infección por el virus, con un resultado del 100% de eficacia. Adicionalmente, se están realizando experimentos de inmunogenicidad y protección en hámsteres, y el estudio con primates no humanos.
Las buenas respuestas inmunitarias activadas por la vacuna MVA-CoV2-S en ratones, la eficacia probada en ratones humanizados, y las observaciones previas del grupo CNB-CSIC sobre que los vectores MVA que expresan antígenos de Ébola, Chikungunya y Zika confieren una eficacia protectora del 80-100% en modelos animales contra los virus emergentes, sugieren que esta vacuna podría conferir un grado similar de protección.
Universidades
ANTEPROYECTO DE LEY DE CONVIVENCIA UNIVERSITARIA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Informe del Anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria que busca establecer el marco adecuado para que los miembros de la comunidad universitaria puedan llevar el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales esenciales para el desarrollo de nuestra democracia, como son la libertad ideológica y religiosa, la libertad de expresión, los derechos de reunión, asociación y manifestación, y, cómo no, la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra y el derecho a la educación, entre otros, gracias a la creación y protección de unos entornos de convivencia fijados democráticamente por las propias universidades.
El presente Anteproyecto de Ley tiene por objeto establecer las bases de la convivencia en el ámbito universitario, fomentando la utilización preferente de modalidades alternativas de resolución de aquellos conflictos que pudieran alterarla, o que impidan el normal desarrollo de las funciones esenciales de docencia, investigación y transferencia del conocimiento.
Además, esta nueva norma deroga el Decreto de 8 de septiembre de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional que permanecía vigente respecto del estudiantado, en clara contradicción con los principios democráticos de nuestra sociedad actual.