Referencia del Consejo de Ministros

16.2.2021

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se amplía el plazo de desinversión por parte del FROB de los instrumentos a los que se refiere el artículo 31.4 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras del "Proyecto constructivo para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector emisario Puerto, zona de Palmas Altas, entorno del río Guadaira y margen izquierda de la dársena del río Guadalquivir", por un valor estimado de 22.844.313,58 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras del "Proyecto para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana. Colector emisario Puerto, zona Avenida de Las Razas", por un valor estimado de 28.379.532,98 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la "Obra consistente en colocación de red de protección antipartículas en el edificio situado en calle Julián Besteiro, 25, adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico" en Madrid, por un importe máximo de 19.843,88 euros, IVA incluido.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Justicia

  • REAL DECRETO sobre promociones en la Carrera Fiscal.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, no más tarde del 25 de febrero de 2021, en relación con el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una subvención directa al Consejo General de la Abogacía Española en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita para el ejercicio presupuestario 2021, por un importe de 43.703.220 euros.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco para la adquisición de repuestos de equipos eléctricos, electrónicos y generadores para las aeronaves del Ejército del Aire, por un valor estimado de 12.000.000 de euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del País Vasco a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.200.000.000 de euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de estabilización de la plataforma situada en el punto kilométrico 444+900 de la carretera N-634, en el término municipal de Cornellana, provincia de Asturias, por importe de 740.758,16 euros.

Industria, Comercio y Turismo

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER.

Sanidad

  • ACUERDO de autorización para dar adecuado cumplimiento a lo establecido en la Decisión de la Comisión de 18 de junio de 2020, por la que se aprueba el acuerdo con los Estados miembros para la adquisición de vacunas contra la COVID-19 por cuenta de los Estados miembros y otros procedimientos conexos, y la concreción de la misma en un nuevo Acuerdo de Compra con la empresa +Pfizer/BioNTech.

ACUERDOS DE PERSONAL

Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • REAL DECRETO por el que se nombra director del Gabinete de la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno a D. MARC ISAAC PONS PONS

Transporte, Movilidad y Agenda Urbana

Política Territorial y Función Pública

Sanidad

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA PARA LA IGUALDAD SALARIAL

El Consejo de Ministros, ha aprobado la declaración institucional con motivo del Día para la Igualdad Salarial, establecido por acuerdo del Consejo de Ministros en el año 2010.

Con esta declaración, el Gobierno de España expresa su compromiso con la erradicación de la brecha retributiva entre mujeres y hombres, una de las más flagrantes desigualdades en el ámbito económico y laboral que, aún hoy, sigue afectando a nuestro país. Según el INE, esta brecha, por cómputo anual, alcanza el 21,4%.

La incorporación de las mujeres al mercado de trabajo asalariado, en un sentido histórico, se ha efectuado sin que las responsabilidades de cuidado familiar y doméstico se distribuyeran de igual modo entre ambos sexos. Esto implica, de forma general, que las trabajadoras entran al empleo formal con los cuidados a cuestas y, por ello, toman decisiones en cuanto a sus condiciones laborales mediadas por dichas obligaciones. La parcialidad, la temporalidad, la mayor precariedad y la discontinuidad en sus carreras profesionales son el resultado de una inexistente corresponsabilidad real, que tiene por efecto la merma en los salarios y retribuciones y, en el medio y largo plazo, una mayor pobreza en sus futuras pensiones.

La crisis del coronavirus, en la que el mundo está inmerso desde hace un año, ha afectado específicamente a las mujeres tanto en el frente laboral como en el de los cuidados. Datos de Eurofund señalan un aumento del 0,4% de la brecha de género en el ámbito laboral entre abril y septiembre de 2020. El Gobierno de España quiere expresar, con esta declaración institucional, su firme compromiso para incidir correctivamente en ambos, dando cumplimiento al mandato constitucional de igualdad que se expresa, en nuestro ordenamiento jurídico, en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En dicho texto se recogió, de forma pionera, una serie de medidas con especial incidencia en el ámbito del empleo asalariado y de la igualdad real.

Durante el año 2020, España aprobó dos normas que desarrollan los presupuestos de la Ley de igualdad en materia de transparencia e igualdad retributiva y de desarrollo y puesta en funcionamiento de los planes de igualdad (el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo). Estas dos herramientas permitirán, en el medio plazo, una incidencia directa en el combate contra la brecha salarial, sustentada no sólo en una menor discriminación directa, sino especialmente en la indirecta que se deriva de la no adopción del principio de igual retribución por trabajos de igual valor en nuestro país. También en un sentido histórico aquellos trabajos considerados despectivamente femeninos han conllevado una menor valoración de las habilidades que se les presuponen y, en consecuencia, una inferior consideración salarial.

El Gobierno de España no sólo está comprometido con la igualdad retributiva en el ámbito estatal, sino que la considera parte de su política internacional tanto a nivel europeo como en el marco de las relaciones con las Naciones Unidas, en el plano del cumplimiento de la Agenda 2030 y, también, del Foro Generación Igualdad promovido por ONU Mujeres, en el que España colidera la coalición de acción en materia de Justicia y Derechos Económicos. La plena igualdad en el ámbito del trabajo asalariado -indisoluble de la igualdad en el ámbito de los cuidados- es un reto global que traspasa las fronteras nacionales para interpelar al conjunto del sistema socioeconómico global, sustentado de forma flagrante en desigualdades de género muy relacionadas con el trabajo de las mujeres y con la injusta distribución de los cuidados. El inicio del proceso de ratificación por parte de España de la Carta Social Europea supone otro hito en la asunción de compromisos internacionales que debe encaminar al país a la garantía del trabajo decente, para lo cual resulta imprescindible la perspectiva feminista en el conjunto de la consideración sobre el mercado de trabajo, sus regulaciones, normativas y actores.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE DESINVERSIÓN EN BANKIA

El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar dos años el plazo de desinversión en Bankia. Con el acuerdo adoptado, se prorroga hasta diciembre de 2023 la fecha límite para la venta de la participación en la entidad.

La finalidad de esta ampliación es favorecer la utilización más eficiente de los recursos públicos maximizando la recuperación de ayudas. La extensión del plazo permitirá al FROB ejecutar su estrategia de desinversión con más flexibilidad.

Actualmente, el FROB tiene una participación del 100% en BFA Tenedora de Acciones, SAU, lo que supone una participación en Bankia del 61,8%. Bankia está en un proceso de fusión por absorción por Caixabank que, una vez se concrete, daría al FROB una participación del 16,11% del capital de Caixabank.

Esta es la tercera ampliación del plazo inicial de venta que se realiza. La primera se aprobó en diciembre de 2016, lo que permitió extender de diciembre de 2017 a finales de 2019 el plazo de desinversión.

En 2018 se amplío de nuevo el plazo para situarlo en diciembre de 2021, fecha que se modifica hasta diciembre de 2023 con el acuerdo adoptado.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

CONTRATACIÓN DE OBRAS PARA ADECUAR EL TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES DE SEVILLA EN EL ENTORNO DE DOÑANA

El Consejo de Ministros, ha autorizado la celebración del contrato de obras de dos proyectos para mejorar el Colector Emisario Puerto, en la zona Avenida de Las Razas, por un valor estimado de 28.379.532 y en la zona de Palmas Altas, entorno del río Guadaira y margen izquierda de la dársena del río Guadalquivir", por un valor estimado de 22.844.313 euros. Ambos proyectos forman parte de la adecuación de tratamiento de las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDARs) de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno de Doñana.

Estas obras, enmarcadas en el Convenio de colaboración, firmado el pasado 3 de febrero, entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y EMASESA (Empresa Municipal de Aguas de Sevilla, S.A), serán financiadas previsiblemente con fondos FEDER, (dentro de su objetivo específico para culminar los requisitos de la Directiva 91/271, a través de la inversión en infraestructuras de saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, y mejora de la calidad del agua), y con fondos propios de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Entre las cuencas declaradas como Zonas Sensibles para la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir se encuentra la EDAR de Copero, propiedad de EMASESA, en el municipio de Dos Hermanas. En general, los colectores principales de transporte (S-100 y S-200) que vehiculan el agua hacia esta estación depuradora presentan afecciones muy graves, debido a la corrosión biogénica en su bóveda y la erosión. Esta circunstancia se agrava por la propia orografía de la ciudad de Sevilla, con muy pocas variaciones en cota (ciudad muy plana), lo que obliga a recurrir a colectores con diámetros muy grandes, con pocas pendientes y bajas velocidades, que a su vez provocan sedimentaciones, generadoras de gases nocivos que afectan a estas infraestructuras.

Una parte importante de los caudales de entrada a la EDAR de Copero son recogidos por el Colector S-200, también conocido como "Emisario Puerto", que recoge las aguas de la Cuenca Sur de Sevilla, cuenca que posee una superficie de 3.860 ha y una red de colectores de 78,35 Km, para conducirlas hasta la estación de bombeo (EBAP) de Guadaira, situada en la margen derecha del Río de Guadaira, desde donde las aguas fecales son bombeadas a la estación de Tornillos situada en la margen Izquierda del Río Guadaira.

Un colector operativo desde hace 60 años

El colector Emisario Puerto es una infraestructura de saneamiento cuyos tramos llevan operativos desde hace más de 60 años, por lo que presenta problemas derivados de su normal utilización, tales como la corrosión biogénica en la bóveda y la corrosión en la cuna de aguas bajas. En consecuencia, es necesario acometer las actuaciones necesarias para, por un lado, incrementar la vida útil del colector, y por otro garantizar la capacidad hidráulica del mismo para asumir los nuevos caudales, una vez se ejecuten las obras de optimización del saneamiento de las cuencas Norte y Oeste de Sevilla.

Las obras previstas para mejorar el Colector Emisario Puerto, en la zona Avenida de Las Razas y en la zona de Palmas Altas, consistirán básicamente, y según lo requiera cada tramo, en la rehabilitación interior del colector mediante saneado de la superficie; pasivación de armaduras; regeneración de la sección; refuerzo estructural con mortero y malla bidireccional de fibra de carbono e impermeabilización interior; rehabilitación de bancadas; sellado de vías de agua en grietas y fisuras; reparación de puntos de acceso a la galería; ataguías y Bypass; arquetas y ventanas de ventilación y adecuación de acometidas existentes.

Apoyo a actuaciones de la Junta y ayuntamientos

El objetivo del Convenio firmado entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y EMASESA es dar continuidad a actuaciones ya incluidas en el convenio firmado a su vez, el 3 de septiembre de 2020, entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos de Sevilla y de Dos Hermanas para la construcción, financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas en las aglomeraciones urbanas de Copero, San Jerónimo y Tablada, con el objetivo de eliminar la depuradora de San Jerónimo y la de Tablada y adecuar la EDAR Copero. Además, contempla la rehabilitación y/o adaptación de parte de las redes existentes, para las nuevas necesidades de explotación, mediante la mejora y ampliación de una parte del colector Emisario Puerto.


Exteriores

ENMIENDAS DE 2016 AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE SISTEMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado Enmiendas de 2016 al Código Internacional de Sistemas de Seguridad contra Incendios.

El 1 de julio de 2002, entró en vigor un conjunto de prescripciones para la prevención, detección y extinción de incendios a bordo de los buques como un nuevo Capítulo II-2 revisado del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS) en su forma enmendada, incorporando avances tecnológicos en la detección y extinción de incendios.

El Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI) fue adoptado mediante Resolución MSC.98(73) con el fin de proporcionar normas internacionales para los sistemas de seguridad contra incendios por la Organización Marítima Internacional (OMI) y adquirió carácter obligatorio en virtud del citado Capítulo II-2 del Convenio SOLAS.

El 19 de mayo y el 25 de noviembre de 2016, el Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI adoptó Enmiendas al Código SSCI, mediante las resoluciones MSC.403(96) y MSC.410(97), respectivamente:

  • La Resolución MSC.403(96) enmienda el capítulo 8 "Sistemas automáticos de rociadores, de detección de incendios y de alarma contraincendios", con el establecimiento de medidas para evitar que los rociadores se corroan internamente y se obstruyan; y añade un nuevo capítulo 17 al Código que contiene prescripciones obligatorias para los dispositivos de lucha contra incendios a base de espuma de las instalaciones para helicópteros.
  • La Resolución MSC.410(97) modifica su capítulo 13, relativo a la disposición de los medios de evacuación, para aclarar la distribución de la tripulación en los espacios públicos.

Estas Enmiendas suponen una ventaja en lo que se refiere a establecer unos requisitos unificados con relación a los sistemas de seguridad contra incendios.

Las enmiendas de las dos Resoluciones fueron aceptadas el 1 de julio de 2019 y entraron en vigor el 1 de enero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo VIII b) vii) 2) del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS).

Exteriores

ENMIENDAS DE 2016 Y 2018 AL CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EL EQUIPO DE BUQUES QUE TRANSPORTEN GASES LICUADOS A GRANEL

El Consejo de Ministros ha aprobado Enmiendas de 2016 y 2018 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel.

El Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG) fue adoptado mediante Resolución MSC.5(48) por la Organización Marítima Internacional (OMI) y adquirió carácter obligatorio en virtud del Capítulo VII del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS).

El 22 de mayo de 2014, el Comité de Seguridad Marítima de la OMI adoptó mediante la Resolución MSC.370(93) las "Enmiendas de 2014 al Código internacional de para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel" (Código CIG), que sustituyeron el texto íntegro del Código CIG. Este Código -compuesto por un preámbulo, 19 capítulos y 5 apéndices- tiene como finalidad sentar una norma internacional para la seguridad del transporte marítimo a granel de gases licuados y de determinadas otras sustancias. Teniendo en cuenta los productos transportados, prescribe que los buques destinados a dicho transporte utilicen normas de proyecto y de construcción y un equipo que permitan reducir al mínimo los riesgos a los que se expone el buque, su tripulación y el medio ambiente. Estas Enmiendas entraron en vigor el 1 de enero de 2016.

El 25 de noviembre de 2016 y el 24 de mayo de 2018, el Comité de Seguridad Marítima de la OMI adoptó mediante las resoluciones MSC.411(97) y MSC.441(99), respectivamente, Enmiendas al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG):

  • La Resolución MSC.411(97) enmienda un párrafo del capítulo 3, relativo a la disposición del buque. Esta Enmienda modifica la regla 3.2 del Código CIG para unificar los requerimientos estructurales contraincendios de la ventana de la caseta de gobierno de incendios con las que figuran en el capítulo II-2 del Convenio SOLAS.
  • La Resolución MSC.441(99) modifica el apéndice 2 "Modelo de formulario del Certificado internacional de aptitud para el transporte de gases licuados a granel". Concretamente, se inserta un párrafo 6 nuevo y se añade el punto 7 donde se establece como debe cargarse el buque en lo que a la estabilidad se refiere.

Estas Enmiendas suponen una ventaja en lo que se refiere a establecer unos requisitos unificados con relación a la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel.

Las enmiendas de las dos Resoluciones fueron aceptadas el 1 de julio de 2019 y entraron en vigor el 1 de enero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo VIII b) vii) 2) del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS).

Exteriores

ENMIENDAS DE 2019 AL CÓDIGO TÉCNICO RELATIVO AL CONTROL DE LAS EMISIONES DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO DE LOS MOTORES DIÉSEL MARINOS

El Consejo de Ministros ha aprobado Enmiendas de 2019 al Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos.

El 26 de septiembre de 1997 se aprobó, junto a la modificación del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (Convenio MARPOL) el Código técnico relativo al control de emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código técnico sobre los NOx 2008). A partir del 19 de mayo de 2005 entra en vigor el Anexo VI del convenio MARPOL, titulado "Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques". Incluye a todos los motores diésel marinos a los que la regla 13 de ese Anexo menciona. Significa que todos los motores diésel marinos deben ajustarse a los límites en emisiones fijados por dicho código.

En el artículo 16 del Convenio MARPOL -modificado por los Protocolos de 1978 y de 1997- se especifica el procedimiento de enmienda y se confiere al órgano pertinente de la Organización la función de examinar las enmiendas correspondientes para su adopción por las Partes.

  • El 17 de mayo de 2019, durante el transcurso de su 74º periodo de sesiones, el Comité de protección del medio marino (MEPC) de la Organización Marítima Internacional (OMI) adoptó mediante la Resolución MEPC.317(74) las "Enmiendas de 2019 al Código técnico sobre los NOx 2008" (Libros registro electrónicos y prescripciones relativas a la certificación de los sistemas de SCR). Dichas Enmiendas suponen una ventaja al permitir que los registros exigidos por el código puedan ser electrónicos facilitando el registro, la disponibilidad y las consultas de la información, así cómo se mejora la certificación previa de motores que utilicen un dispositivo reductor de NOx.

Estas Enmiendas fueron aceptadas el 1 de abril de 2020, habiéndose producido su entrada en vigor el 1 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16 2) g) ii) del Convenio MARPOL.

Defensa

ADQUISICIÓN DE REPUESTOS DE EQUIPOS ELÉCTRICOS, ELECTRÓNICOS Y GENERADORES PARA LAS AERONAVES DEL EJÉRCITO DEL AIRE

El Consejo de Ministros ha autorizado el Acuerdo Marco para el suministro de equipos eléctricos, electrónicos y generadores, necesarios para el mantenimiento de las aeronaves del Ejército del Aire, por un valor estimado de doce millones de euros (12.000.000,00 €). El contrato resulta esencial para que el Ejército del Aire pueda mantener adecuadamente sus aeronaves, y por tanto poder realizar las misiones encomendadas en el ámbito de la Defensa Nacional.

El contrato abarca el suministro de equipos para diversas aeronaves, como aviones de entrenamiento, aviones de caza y ataque, helicópteros y aviones de transporte, contraincendios y de patrulla marítima.


Hacienda

AUTORIZACIÓN OPERACIONES DE DEUDA A CORTO PLAZO A PAÍS VASCO

El Consejo de Ministros ha autorizado a País Vasco a formalizar operaciones de endeudamiento a corto plazo por un importe máximo de 1.200 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En concreto, esta comunidad autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo para atender puntualmente las necesidades transitorias de tesorería de la Administración General del País Vasco en el contexto actual de la situación generada por la Covid-19.

Esta autorización podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2021.

Industria, Comercio y Turismo

AJUSTE DE LOS PRESUPUESTOS DE LOS CONVENIOS FIRMADOS CON LA EMPRESA NACIONAL DE INNOVACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado tres adendas a los convenios suscritos entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) para que esta desarrollara tres líneas de préstamos participativos: Línea PYME, dotada con 57,5M€, Línea Empresas de Base Tecnológica (EBT), dotada con 20,5M€ y Línea Jóvenes Emprendedores, dotada con 20,5M€.

El objeto de las adendas es establecer el importe del que finalmente ha dispuesto ENISA en aplicación de estas líneas de préstamos, que en todos los casos ha sido inferior a las cantidades señaladas.

Así, el importe dispuesto por ENISA en aplicación de la Línea PYME asciende a 56.979.507€. El importe dispuesto por ENISA para la Línea Empresas de Base Tecnológica asciende a 19.938.000€. Y el importe utilizado por ENISA en la Línea Jóvenes Emprendedores asciende a 4.941.000€.

La Línea PYME fue creada en la Ley 2/2004, de PGE para 2005, para prestar apoyo financiero a los proyectos de las Pymes con el fin de mejorar su competitividad y contribuir a la creación de empleo.

La Línea de Empresas de Base Tecnológica (Línea EBT) se creó en la Ley 6/2000, de Medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y la Pyme, para financiar a las Pymes que lleven a cabo proyectos que supongan un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos, procesos o servicios.

La Línea Jóvenes Emprendedores, creada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, presta apoyo financiero para que los jóvenes emprendedores puedan acometer las inversiones que precisa su proyecto en la fase inicial.

Agricultura, Pesca y Alimentación

REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE LOS ORGANISMOS PAGADORES Y DE COORDINACIÓN CON LOS FONDOS EUROPEOS AGRÍCOLAS, FEAGA Y FEADER

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, que regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER.

El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. tiene atribuidas, entre otras funciones, la de actuar como interlocutor único ante la Comisión Europea para aquellas cuestiones relativas a la financiación de la política agrícola común y la coordinación financiera del sistema de prefinanciación nacional de los gastos de los fondos europeos agrícolas y del proceso de liquidación de cuentas de los mismos.

Durante las seis campañas de aplicación de la última reforma de la Política Agrícola Común (PAC), la normativa nacional se ha ido adecuando de manera sucesiva a las modificaciones de la normativa de la Unión Europea, al tiempo que se incorporaban cambios derivados de la experiencia adquirida en la gestión de estos fondos para dotar al sistema de ayudas de una mayor simplicidad, eficacia y eficiencia.

En línea con estos objetivos e iniciativas, se ha detectado que los procedimientos relacionados con los mecanismos necesarios para atender a la prefinanciación nacional de los pagos con cargo al FEAGA y al FEADER pueden ser mejorados. Así, actualmente, las cuentas únicas y específicas abiertas por los organismos pagadores de las comunidades autónomas utilizadas para el pago de las ayudas de la PAC, llevan varios años en los que, por la coyuntura económica y bancaria, no generan apenas intereses.

Este Real Decreto modifica el Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, ya que la preparación de expedientes trimestrales para liquidar al Tesoro Público cantidades muy pequeñas origina una disminución de eficacia en la gestión de los recursos, dado que, en ocasiones, el coste de su gestión administrativa supera los intereses devengados en el mismo. En este sentido, supone un coste desproporcionado para:

  • Las propias entidades financieras, que cada trimestre deben generar certificados de que no se han generado intereses.
  • Los organismos pagadores, que tienen que contactar cada trimestre con las entidades financieras y, a su vez, realizar una declaración que no es de obligado cumplimiento por la normativa de la PAC. Por tanto, deben utilizar recursos para esa actuación.
  • La Subdirección General de Fondos Agrícolas, como coordinador de los organismos pagadores, que tiene que recabar todas las declaraciones de los organismos pagadores, los certificados bancarios de las entidades financieras y que por otro lado se conocen perfectamente todos los movimientos de las cuentas por el control de tesorería,
  • La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado, que ha de fiscalizar cada trimestre importes de céntimos de euros, en algunos casos.

Por ello, al objeto de dotar de mayor simplicidad y eficiencia, y ahorrar costes a la Administración y al sector financiero, siempre sin poner en riesgo la liquidación de los intereses, se precisa modificar el apartado 3 del artículo 10 del Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, ampliando a una periodicidad anual la liquidación de los intereses devengados por la cuenta de los fondos anticipados a los organismos pagadores de las comunidades autónomas, en el marco de prefinanciación nacional de los pagos con cargo a esos fondos.

Agricultura, Pesca y Alimentación

ORDENACIÓN DEL SECTOR PORCINO EXTENSIVO

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

Esta disposición gubernamental tiene como objetivo facilitar la conversión de las granjas de producción de porcino extensivo, debidamente autorizadas y registradas, en instalaciones de selección o multiplicación que permitan la continuidad de la actividad de venta de reproductores.

Dicha actividad constituía una excepción recogida en el Real Decreto 1221/2009, cuya derogación entraba en vigor este mismo mes de febrero y que ponía en serias dificultades el normal funcionamiento de buena parte de granjas extensivas que se encontraban acogidas a ella.

De esta manera, se igualan en este sector las posibilidades de ampliación y reconversión con las que tienen las granjas porcinas intensivas, según recoge el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.

El ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación atiende, de esta manera, una demanda del sector y de las comunidades autónomas de mayor importancia en la producción de porcino extensivo.

Sanidad

NUEVO ACUERDO DE COMPRA DE VACUNAS CON LA EMPRESA PFIZER/BIONTECH

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que posibilita que España pueda contar con más de 20 millones de dosis adicionales de la vacuna de ARNm de Pfizer.

El 20 de noviembre de 2020 se formalizó el Acuerdo de Adquisición Anticipada con Pfizer/BioNTech para el desarrollo, producción, opciones prioritarias de adquisición y suministro de una vacuna eficaz contra la Covid-19 para los Estados miembros de la Unión Europea, y los Estados miembros participantes han firmado las órdenes de pedido de 300 millones de dosis contemplados (200 millones iniciales y 100 millones opcionales).

Al convertirse en la primera vacuna Pfizer/BioNTech autorizada en la Unión Europea y ante la necesidad de contar con dosis de vacuna adicionales para poder revertir la evolución de la pandemia de Covid-19, la Comisión Europea comenzó un nuevo proceso negociador el 12 de enero de 2021, para adquirir dosis adicionales (otros 200 millones de dosis de la vacuna y la posibilidad de optar a 100 millones de dosis adicionales).

TrimestresQ2 2021Q3 2021Q4 2021
Dosis7.803.9687.803.9685.202.646

BIOGRAFIAS

Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Director del Gabinete de la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno

D. MARC ISAAC PONS PONS

Es arquitecto técnico e ingeniero técnico de Obras Públicas y además posee el grado de Edificación. Ha sido director insular del departamento de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Menorca y director insular de la Administración General del Estado en la isla de Menorca. De 2004 a 2007, ocupó el puesto de vicepresidente segundo y consejero de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Menorca y de 2007 a 2008 fue vicepresidente primero. De septiembre de 2008 a junio de 2011 fue presidente del Consell Insular de Menorca y de febrero de 2010 a junio de 2015, diputado en el Parlament de lles Balears y portavoz de Economía del Grupo Socialista. Tras ello ha formado parte del Govern de les Iles Balears, como consejero de Presidencia y Portavoz (de julio de 2015 a abril de 2016), consejero de Territorio, Energía y Movilidad (de abril de 2016 a julio de 2019) y como consejero de Movilidad y Vivienda, desde julio de 2019 hasta la actualidad.

Transporte, Movilidad y Agenda Urbana

Director general de Transporte Terrestre

D. JAIME MORENO GARCÍA-CANO

Nacido en Madrid en 1978, es ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y grado en derecho y pertenece a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

Entro otros puestos, ha desempeñado los siguientes: subdirector general de Movilidad (Dirección General de Tráfico-Ministerio del Interior), jefe de la Oficina del Participe (MUFACE-Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), vocal asesor (MUFACE-Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), director del Centro Estatal de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (Dirección General de Tráfico-Ministerio del Interior), jefe provincial de Tráfico de Las Palmas (Dirección General de Tráfico-Ministerio del Interior), consejero delegado (Instituto de Estudios de Automoción) y director de operaciones (ANFAC).

Política Territorial y Función Pública

Secretario general técnico

D. IGNACIO DE LOYOLA DE DOMINGO VALENZUELA

Nacido en Madrid en 1980. Licenciado en Derecho y en Economía por la Universidad Carlos III de Madrid. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado desde 2009, habiendo desempeñado desde entonces puestos de responsabilidad en el Ministerio de Economía, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo o el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Entre agosto de 2018 y enero de 2020, asumió el puesto de subdirector general de la Inspección de Servicios de la Administración Periférica del Estado en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, habiendo desempeñado con anterioridad la subdirección adjunta de este órgano desde 2014. Desde enero de 2020 a febrero de 2021 fue secretario general Técnico del Ministerio de Sanidad, ejerciendo, en el ámbito del Departamento, las competencias de coordinación de la tramitación normativa, preparación de los órganos colegiados del Gobierno, instrucción y propuesta de resolución de recursos administrativos, relaciones con la Administración de Justicia y coordinación de las relaciones internacionales.

Ha organizado y participado como ponente en acciones formativas en materia de subvenciones, régimen disciplinario, así como transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

Director general de Gobernanza Pública

D. OLIVIÉ BAYÓN CÉSPEDES

Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas y de la Administración por la UAB y Máster en Dirección de Comunicación Corporativa por la UB-OBS.

Funcionario técnico superior de la administración local de la Diputación de Barcelona, ha trabajado en diferentes ámbitos de esta institución desde 1998: Presidencia, Vicepresidencia, Bienestar Social, Inmigración y Cultura.

En la Generalitat de Catalunya desarrolló las responsabilidades de secretario general de Juventud, desde mayo a noviembre de 2006, asesor en Políticas Sociales del Departamento de la Presidencia, desde diciembre 2006 a mayo 2008, y posteriormente jefe del Área de Análisis de Políticas Institucionales del Departamento de la Presidencia, desde mayo 2008 a diciembre 2010.

Actualmente, desde octubre de 2020, era jefe de gabinete de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del SNS en el Ministerio de Sanidad.

Ha participado como docente en varios cursos universitarios y es cofundador y profesor del postgrado en comunicación y liderazgo político de la UAB y del postgrado e-leadership & digital management empresarial e Institucional de la UB. También es Profesor del máster en gestión de la comunicación política y electoral de la UAB.

Desde mayo 1991 a mayo de 2003, fue concejal del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès.

Sanidad

Secretaria general técnica

Dª MÓNICA FERNÁNDEZ MUÑOZ

Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado desde 1997. Es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.

Ha sido hasta la fecha secretaria general técnica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y fue secretaria general técnica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de diciembre de 2016 a junio de 2018.

Asimismo, ha sido vocal asesora de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Hacienda. Previamente, y del director general de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

De 2001 a 2016 trabajó en el Ministerio de Cultura, Secretaria de Estado Cultura, en la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, de la que fue subdirectora desde mayo 2004 hasta diciembre de 2016.

También ha sido consejera técnica en la Vicesecretaría General Técnica del Ministerio de Administraciones Públicas, en 1999 y 2000, y jefa del servicio de régimen jurídico de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico del Ministerio de Educación Cultura y Deporte en 1998.

Programa de Liderazgo para la Gestión Pública del IESE Madrid.

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