Referencia del Consejo de Ministros

29.12.2020

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Madrid

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado Tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 582/2017, de 12 de junio, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del V Centenario de la expedición de la primera vuelta al mundo de Fernando de Magallanes y Juan Sebastián Elcano.
  • ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión al octavo conjunto de instalaciones que solicitan asignación como nuevos entrantes del período 2013-2020 y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Langreo y ADIF para la integración de la línea Gijón - Laviana en La Felguera y Sama.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad de Madrid para el desarrollo y actualización de las especialidades formativas no vinculadas al Sistema Nacional de Cualificaciones profesionales y Formación Profesional que se incluyen en el Catálogo de Especialidades Formativas, el desarrollo y actualización del Registro estatal de entidades de formación, el diseño y desarrollo de acciones y medidas de información y orientación profesional, la colaboración en la elaboración de un plan de perfeccionamiento del profesorado y el fomento de la internacionalización de la formación profesional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el control de la incapacidad temporal para el periodo 2021-2022.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y la Comunidad Autónoma de Cantabria para el control de la incapacidad temporal para el periodo 2021-2022.
  • ACUERDO por el que se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la elaboración y ejecución de un plan de medios para la promoción del uso de la aplicación Radar COVID19, por un importe de 1.815.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la producción de la campaña de promoción de uso de la aplicación Radar COVID19, por un importe de 28.459,20 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.a) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • REAL DECRETO de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras correspondientes al proyecto de saneamiento y depuración en Medina de las Torres, La Morera, La Parra y Torre de Miguel Sesmero. Entorno de Guadajira (Badajoz) y adenda, por un valor estimado de 15.085.789,53 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de mejora del estado de los canales existentes en zonas regables de interés general del Estado en la Confederación Hidrográfica del Ebro, con el fin de impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos, por un valor estimado de 17.470.467,42 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de mejora del estado de los canales existentes en las zonas regables de interés general del Estado en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con el fin de impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos, por un valor estimado de 17.233.029,34 euros.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del "Proyecto constructivo del saneamiento de Fresno el Viejo (Valladolid)".
  • ACUERDO de autorización de contribuciones voluntarias a entidades de carácter internacional por importe total de 426.500 euros.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro a granel de combustible diésel naval destilado (F-76) en las bases navales, por un valor estimado de 27.600.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las declaraciones de emergencia para la reparación y sustitución de la línea de media tensión de la Estación Radio de Bermeja, por un valor estimado de 354.733,38 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de declaraciones de emergencia en el Ministerio de Defensa, para hacer frente a la situación generada por el COVID-19, por un importe total de 5.552.325,48 euros.

Hacienda

  • REAL DECRETO-LEY de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la prestación de los servicios de compra de espacios en medios de comunicación y demás soportes publicitarios para la difusión de las campañas de publicidad institucional por un valor máximo estimado de 112.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cantabria a modificar por parte del Instituto de Finanzas de Cantabria las condiciones de las líneas ICAF avales Covid-19 por un importe máximo de 22 millones de euros autorizada mediante anterior Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de octubre de 2020, por el que se autorizó a la Comunidad Autónoma de Cantabria a conceder garantías a través del Instituto de Finanzas de Cantabria (ICAF) durante el ejercicio 2020, por un importe máximo de 53.809.287 euros en diferentes líneas de financiación.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 300.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 2.000.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Foral de Navarra a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 300.000.000 de euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de prestación de servicios integrales de mantenimiento en estaciones de viajeros. Valor estimado del contrato: 28.012.365,60 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de la prestación de servicios externos auxiliares y complementarios en estaciones de viajeros. Valor estimado del contrato: 32.010.164,20 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios en régimen de Acuerdo Marco "Control de la vegetación en plataforma y márgenes e instalaciones de las líneas convencionales y de ancho métrico de ADIF, 6 lotes". Valor estimado del contrato 58.900.400 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de "Asistencia al mantenimiento preventivo y apoyo al correctivo de las instalaciones de pasos a nivel clase B, C y F existentes en la Red Ferroviaria de Interés General (REFIG). 6 lotes". Valor estimado del contrato: 14.210.428,20 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para las obras de ejecución del proyecto constructivo de electrificación tramo Monforte de Lemos - Lugo. Valor estimado 17.545.663,56 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la ejecución de las obras de construcción, montaje y desmontaje de instalaciones provisionales para la acogida de personas en situación de vulnerabilidad en espacios de Patrimonio del Estado ubicados en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional décima del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños ocasionados por las intensas lluvias de los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019 en el ámbito de la Jefatura de Mantenimiento de Albacete, por un importe de 11.360.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la primera ampliación de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños ocasionados por las intensas lluvias de los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019 en el ámbito de la Jefatura de Mantenimiento de Albacete, por un importe de 0 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la segunda ampliación de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños ocasionados por las intensas lluvias de los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019 en el ámbito de la Jefatura de Mantenimiento de Albacete, por un importe de 590.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de estabilización del talud de desmonte situado en el punto kilométrico 91+500 de la carreta N-230, en el término municipal de Puente de Montañana, provincia de Huesca, por importe de 2.042.753,53 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación necesarias tras la rotura, asentamiento y desplazamiento del tramo de autovía B-40 construido entre el punto kilométrico 4+671 y el 4+743, así como las necesarias para solucionar problemas de inestabilidad en la zona de fisuras en el firme entre el punto kilométrico 3+900 y el 5+120 y para la estabilización de taludes inestables en desmontes entre el punto kilométrico 4+237 y el 5+450, y el ramal 20, en el ámbito de la obra "Autovía orbital a Barcelona, B-40, tramo: Olesa de Montserrat - Viladecavalls", en la provincia de Barcelona, por importe de 14.847.537,00 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba la Primera Resolución para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración de la concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje eje aeropuerto, desde la carretera M-110 hasta la A-10; de la autopista de peaje Eje Aeropuerto, desde la A-10 hasta la M-40; y construcción de la prolongación y mejoras del acceso sur a Barajas; de la ampliación a tres carriles de la autovía A-10 entre la conexión con el Eje Aeropuerto y el nudo de Hortaleza, y de la conexión Aeropuerto-Variante N-II y vías de servicio sur de Barajas.
  • ACUERDO por el que se aprueba la Primera Resolución para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración de la concesión para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Ocaña - La Roda y la Autovía libre de peaje A 43, Tramo: N-301-Atalaya del Cañavate.

Industria, Comercio y Turismo

  • REAL DECRETO por el que se establece el marco del reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio Españolas en el extranjero.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad china Three Gorges (Europe), S.A., en las sociedades Marpani Solar 10, S.L., y X-Elio Zener, S.L.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad Solar Luxco en la empresa española Signaturit Solutions.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad Komipo Europe B.V., propiedad del Grupo Korean Electric Power Corporation, en la empresa española Kiwoom ISG 1 Holding Spain, S.L.U.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad Ebay Inc. en las filiales españolas de Adevinta ASA.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad Circet Iberia, S.L.U., en la sociedad española Instalaciones y Tendidos Telefónicos, S.A.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se modifica el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de diciembre de 2009, por el que se designan los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios portuarios para los buques pesqueros de terceros países, y se incluyen los puertos de Arrecife, Puerto del Rosario, Burela, Celeiro y Pasaia.

Política Territorial y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de Administración Pública la contribución de 55.000 euros en el presente ejercicio presupuestario 2020 para pagar la cuota voluntaria a la entidad internacional Instituto Europeo de Administración Pública (European Institute of Public Administration).

Sanidad

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de la creatividad de la tercera campaña de prevención y recomendaciones frente al COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 96.800 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la prestación del servicio de recepción, almacenamiento y distribución de material de protección en periodo festivo o fuera de horario regular, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 30.000 euros, (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de un flete aéreo para el transporte de material sanitario (40.000 trajes de protección frente al COVID19) así como el servicio de gestión y planificación de dicho envío, para atender la situación creada por el coronavirus COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo por el que se adoptan de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 171.500 euros: Importe máximo del flete aéreo: 168.000 euros (IVA tipo 0%) e importe máximo del servicio de gestión y planificación de envíos: 3.500 euros (IVA 21% incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de 28 fletes aéreos con el objeto de transportar material sanitario (Respiradores modelo VG70, Trajes de protección frente al COVID 19 y guantes de nitrilo), para atender la situación creada por el coronavirus COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo por el que se adoptan de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 2.600.000,00 euros (IVA tipo 0%).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de once fletes aéreos con el objeto de transportar material sanitario (respiradores) para atender la situación creada por el coronavirus COVID-19, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo por el que se adoptan de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe de 475.000,00 euros. (IVA exento).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones a realizar por TRAGSATEC para el apoyo técnico y de gestión, en los proyectos que se pongan en marcha en los servicios centrales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para hacer frente al COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el punto 4 de la D.A. 24ª de la LCSP y el artículo 4.3 del Real Decreto 69/2019 de 15 de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC) por un importe máximo de 145.438,20 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia para la contratación del servicio del transporte de pruebas PCR en condiciones de congelación de -15ºC a -25ºC desde dos almacenes logísticos de Madrid a Coruña, Madrid, Melilla, Sevilla y Zaragoza, en virtud del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por un importe máximo de 4.227,44 euros, (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la realización de un proyecto de creación de una plataforma para automatizar la generación de insights de movilidad con baja latencia con el fin de obtener datos objetivos para poder medir el impacto de la movilidad en la propagación de la epidemia COVID-19, en virtud del Real Decreto - ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 125.640,35 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de insights de movilidad y herramientas de visualización para su empleo en la toma de decisiones en la gestión de la crisis del COVID-19, en virtud del Real Decreto - Ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 145.200 euros, IVA incluido.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de consultoría para la elaboración de informes de las capacidades estratégicas sanitarias de las comunidades autónomas de Aragón y La Rioja dentro del "Plan de transición hacia una nueva normalidad", en virtud del Real Decreto - Ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, por importe de 18.089,50 euros, IVA incluido.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se prorroga la vigencia del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2017-2020.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de convenios entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y las comunidades autónomas para el control de la incapacidad temporal 2021-2022.

CONDECORACIONES

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco, a las siguientes personas:
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Fernando Maté Sánchez
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Paulino García Diego
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Melchor Jesús Marín Elvira
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Luis Cortés Delgado
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Eduardo Diz Monje
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Enrique María Silvela Díaz-Criado
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Francisco Javier Marcos Izquierdo
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. Guillermo Ramírez Altozano
  • General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra Dª Patricia Ortega García
  • General de Ejército del Ejército de Tierra de Francia D. Thierry Burkhard
  • General de Brigada del Ejército de Tierra de Mauritania D. Brahim Vall Cheibani Cheikh Ahmed
  • D. Miguel Gómez de Aranda Villén
  • D. Juan José Escobar Stemmann
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval con distintivo blanco, a las siguientes personas:
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. Rubén Rodríguez Peña
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. José Enrique Delgado Roig
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. Ignacio Céspedes Camacho
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. Ignacio Villanueva Serrano
  • Almirante de la Marina de los Estados Unidos D. James GorD. Foggo
  • Almirante de la Armada de Chile D. Julio Leiva Molina
  • D. Manuel Moreu Munaiz
  • D. Raúl Blanco Díaz
  • Dª Theresa Zabell Lucas
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico con distintivo blanco, a las siguientes personas:
  • Almirante del Cuerpo General de la Armada D. Juan Ruiz Casas
  • Teniente General del Cuerpo de la Guardia Civil D. Pablo Salas Moreno
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. Miguel Ivorra Ruiz
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. José Antonio Gutiérrez Sevilla
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. José Luis Ortiz-Cañavate Levenfeld
  • General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire D. José Luis Sánchez Martínez
  • General del Ejército del Aire de Francia D. Philippe Lavigne

Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se concede la Medalla al Mérito en las Bellas Artes, en su categoría de oro, a las personas y entidades que se relacionan:
  • D. Pau D.és Cirera. Cantante y compositor (a título póstumo).
  • D. Álvaro de Luna Blanco. Actor (a título póstumo).
  • D. Andrés Sardá Sacristán. Diseñador (a título póstumo).
  • D. Carlos López Hipólito. Actor.
  • D. Emilio Sagi Vela. Director de escena de zarzuela.
  • D. Juan Ramón Armendáriz Barrios (Montxo Armendáriz). Director de cine.
  • Dª Adriana Ozores Muñoz. Actriz.
  • Dª Emma Suárez Bodelón. Actriz.
  • Dª Pilar Lladó Arburúa. Coleccionista y mecenas
  • Dª Laura García-Lorca de los Ríos. Presidenta del Patronato de la Fundación Federico García-Lorca.
  • D. Antonio Fernández Resines. Actor.
  • D. Alejandro de la Iglesia Mendoza (Alex de la Iglesia). Director de cine.
  • Editorial Tirant lo Blanch S.L.. Colección Cine y Derecho.
  • Dª Sara Pereyra Baras. Bailaora y coreógrafa flamenca.
  • D. Antonio Gómez de los Reyes (Antonio Canales). Bailaor y coreógrafo flamenco.
  • D. Miguel Angel Fernández Vanelli (Tinga Tinga). Artista de circo.
  • D. Simón Marchán Fiz. Catedrático de Estética y Teoría de las Artes.
  • D. Valeriano Bozal Fernández. Catedrático de Historia del Arte.
  • Dª María Dolores Fuster Sabater. Restauradora de obras de arte.
  • Dª Carmen Werner Vallejo. Coreógrafa y bailarina.
  • Dª Teresa Nieto del Mármol. Coreógrafa y bailarina.
  • D. Gustavo Adolfo Dudamel Ramírez. Director de orquesta.
  • D. Hans Florian Zimmer. Compositor de música cinematográfica.
  • Dª María Josefina Bayo Jiménez. Soprano.
  • Dª Rosario del Carmen González Flores (Rosario Flores). Cantante y compositora.
  • Dª Paz Muro Charfolé. Artista multidisciplinar.
  • Dª Margarita Sánchez López. Coleccionista y galerista.
  • Real Maestranza de Caballería de Sevilla.
  • Marcial Pons Librero S.L. Editorial.
  • D. Manuel García García-Pérez (Manolo García). Cantante y compositor.
  • D. Emilio Lledó Íñigo. Filósofo.
  • D. Enrique Dacosta Vadillo (Quique Dacosta). Cocinero.

ASUNTOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

Hacienda

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia del Gobierno

PRIMER INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO

El Consejo de Ministros ha conocido el informe de rendición de cuentas 'Cumpliendo', en el que se pone a disposición de la ciudadanía una cuantificación detallada de todos los compromisos adquiridos por el Gobierno en distintos ámbitos, y grado de cumplimiento de los mismos hasta el momento, así como la previsión de ejecución en los próximos seis meses.

Esta radiografía de la acción de Gobierno supone un ejercicio de transparencia, ejemplaridad y fomento de la mejora permanente en la práctica pública al servicio de la ciudadanía, que aspira a institucionalizarse y convertirse en parte del desempeño habitual del Ejecutivo al margen de los cambios en la coyuntura política.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la presentación del informe, ha manifestado que con la rendición de cuentas "mejora la calidad de nuestra democracia y se reafirma el valor de la palabra dada", y que de esta forma "se refuerzan las instituciones y se devuelve la confianza en la política promoviendo más calidad democrática".

"Los tiempos han cambiado y la política tiene que cambiar con los tiempos. Cuando España cambia, su Gobierno también cambia con su sociedad, con su país. Y avanza en la calidad de nuestra democracia", ha expuesto el presidente, antes de desgranar los datos del informe 'Cumpliendo'.

En un balance general, y a pesar de las dificultades de 2020, la activación y el cumplimiento de compromisos ha sido superior a lo previsto. En concreto, el 90,9% de los 1.238 compromisos adquiridos como Gobierno de Coalición se han puesto en marcha y cerca de una cuarta parte, el 23,4%, han sido ya cumplidos este año.

En vista de este intenso ritmo de cumplimiento, el presidente ha reconocido que "vamos un semestre por adelantado respecto al cumplimiento previsto. Pero eso no es una razón para ralentizar el ritmo, sino, por el contrario, para mantenerlo con firmeza. Vinimos a cambiar las cosas y estamos cumpliendo los objetivos".

En ese sentido, los datos del análisis del informe vaticinan que en el próximo semestre se llegue al 32,6% de cumplimientos, es decir, un tercio del total en, aproximadamente, un tercio del mandato. El presidente ha considerado decisiva la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado 2021, a los que atribuye un impulso directo sobre el 33% de los compromisos adquiridos.

2021: objetivos de un año de recuperación y confianza

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha retratado 2020 como el año de una gran calamidad, y ha perfilado 2021 como un punto crucial para nuestro país. "Quisiera ser muy gráfico: el año 2020 ha sido el año de una gran calamidad y de una gran resistencia. Pero 2021 puede ser, debe ser, el año de una gran recuperación y para eso necesitamos una gran confianza".

Sánchez ha apelado a una "gran confianza" en nosotros mismos como país, y ha llamado a la unidad y al acuerdo. "Con confianza reconquistamos la libertad y nos deshicimos de la dictadura; con esperanza nos incorporamos a Europa. Yo confío en España; confío en las capacidades de los españoles para sobreponernos a la adversidad".

En el primer semestre de 2021, coincidiendo con el cumplimiento de un tercio del tiempo del mandato, el Gobierno prevé haber completado importantes proyectos sobre los que había adquirido compromisos, hasta completar el 32,6% del total.

El Plan de Ciberseguridad será aprobado en estos meses, así como los anteproyectos de las leyes generales de Telecomunicaciones y Comunicación Audiovisual, suponiendo un importante impulso en el eje de la España Digital.

Asimismo, se está trabajando en la elaboración de un Plan de Transformación Digital de la PYME.

En relación con la transición ecológica, se pueden señalar el Anteproyecto de Ley de residuos y suelos contaminados y la futura Ley de Movilidad, que incluirá la creación de un Sistema Nacional de Movilidad.

Por otro lado, se está tramitando el Anteproyecto de Ley de Libertad Sexual, uno de los trabajos más significativos por una España feminista. Igualmente, se está trabajando para modificar la legislación frente a las agencias que ofrecen la práctica de vientres de alquiler, así como el Plan España te protege contra la violencia machista y la Estrategia Nacional de Violencias Machistas.

En relación con la España cohesionada e inclusiva se va a aprobar, de forma inminente, la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia. Además se está trabajando en el Anteproyecto de Ley de medidas para la equidad, universalidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, en una nueva Ley de Formación Profesional, una Ley de Diversidad Familiar, la primera Ley Estatal de Vivienda, la Estrategia España Nación Emprendedora, se está tramitando el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática y se está trabajando en la Estrategia para el Reto Demográfico. Por último, se ha ampliado el plazo de instrucción de causas criminales y se está trabajando en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal.

Coyuntura política

En el capítulo de balance político, Sánchez ha señalado la intensidad de la actividad legislativa del actual Gobierno frente al inmovilismo de la anterior etapa. "Hace dos años y medio, España inició un cambio de ciclo político que, entre otras cosas, supuso poner fin a la época más pobre en producción legislativa de la historia de nuestra democracia", ha dicho.

Esta actividad responde tanto a la necesidad de acometer las reformas y transformaciones que España necesita como a la llegada de la pandemia a principios de 2020. Respecto a este último punto, Sánchez ha expuesto que desde el inicio de la pandemia, el Gobierno ha remitido a las Cortes Generales 10 Proyectos de Ley y 2 Proyectos de Ley Orgánica, y se han aprobado 34 Reales Decretos-Ley en Consejo de Ministros.

"Porque era responsabilidad del Ejecutivo atender sin demora la urgencia causada por la pandemia en todos los frentes. Y hacerlo además desde unos valores completamente distintos a los vigentes durante la anterior crisis económica. Ahora -quiero recordarlo una vez más- el mandato era salir unidos, sin dejar a nadie atrás" ha recordado.

Una respuesta excepcional para un tiempo excepcional

La actividad legislativa en respuesta a la pandemia de la COVID 19 ha reforzado los principios de igualdad, justicia social y progreso que definían el programa de investidura. La batería de medidas de este campo puede agruparse en torno a cuatro áreas principales.

La primera, las medidas de apoyo a la respuesta sanitaria, porque la prioridad absoluta del Gobierno fue salvar vidas. Para ello, los estados de alarma, las medidas de confinamiento y la Estrategia de Vacunación han sido solo algunas de las decisiones del Gobierno en este campo, al que se han destinado una cantidad de recursos sin precedentes, tanto materiales como humanos.

El Gobierno ha asegurado el refuerzo de la protección, con el uso obligatorio de mascarilla, y el control de la movilidad, combinado el cierre temporal de fronteras con la autorización de un programa piloto de apertura de corredores turísticos seguros. A ello, se ha sumado un impulso a la investigación, no solo con la aprobación del Plan de Choque para la ciencia y la innovación, con una inversión de más de 1.000 millones de euros, sino con la participación de España en los proyectos de la farmacéutica estadounidense Moderna, y el del Instituto Jenner de la Universidad de Oxford.

La segunda área de actuación ha sido la reducción del inevitable impacto económico que ha comportado una situación sin precedentes como esta pandemia. Las líneas ICO han avalado a 578.000 empresas, al tiempo que se han diseñado planes específicos para el sector turístico, el agrario, la automoción, la hostelería, la cultura, el sector financiero y energético, y se han tomado medidas para proteger a Pymes y autónomos, como por ejemplo la prestación por cese de actividad, que protegió a casi 1,5 millones de autónomos, y nuevas prestaciones extraordinarias que están beneficiando ya a más de 346.000 autónomos.

La tercera área recoge el llamado escudo social, las medidas orientadas a salir todos unidos, sin dejar a nadie atrás, de la prueba a la que estábamos siendo sometidos. Con la vista puesta en los colectivos vulnerables, el Gobierno ha actuado para evitar que la emergencia agrandara una brecha de desigualdad que no nos podemos permitir. El Ingreso Mínimo vital ha supuesto una actuación histórica, pero no la única. La protección frente a los desahucios o frente a los cortes de suministros son otras de las más recientes. Pero sin duda las más relevantes han sido la extensión de los ERTES, que dieron protección a 3,4 millones de trabajadores en los momentos más duros. Una medida prorrogada gracias a los tres acuerdos sociales en defensa del empleo firmados con patronal y sindicatos. Han sido días de preocupación en el campo de la lucha contra la violencia de género, de protección a los consumidores y de apoyo intenso a través de nuestra red consulta a los residentes en el extranjero.

La cuarta área ha consistido en la recuperación de la actividad en el ámbito académico, donde la inversión en digitalización y la adaptación de los criterios de evaluación han servido para compaginar un servicio absolutamente esencial con la necesaria seguridad sanitaria.

Dentro de esta batería de medidas, las Comunidades Autónomas han dispuesto de un fondo sin precedentes en la historia de España: el Fondo COVID con 16.000 millones de euros no reembolsables destinados a actuaciones sanitarias, económicas, educativas, a los que se ha sumado la suspensión de las reglas fiscales como herramienta fundamental para la actuación de la administración autonómica y local.

Por último, la aprobación de los Presupuestos ha permitido encauzar los fondos procedentes de la Unión Europea, con 750.000 millones de euros a nivel de toda Europa, y de los que España dispondrá de 72.000 millones en transferencias directas en los próximos 3 años.

Cumplimiento por ejes y transformaciones

El primer eje de legislatura expresa el compromiso por una España digital, con el propósito de impulsar la modernización del tejido empresarial, su internacionalización y la renovación del capital tecnológico.

En este campo hay 90 compromisos de los que más del 71% se encuentran en proceso de ejecución y casi el 27% están cumplidos.

Entre ellos, la Estrategia España Digital 2025, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial y el Plan de Conectividad y para las Infraestructuras Digitales, junto con la Estrategia de Impulso a la Tecnología 5G.

Igualmente, se ha aprobado el Marco Estratégico PYMES 2030 y la importante Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027.

En el campo de la digitalización, la previsión para junio de 2021 es haber ampliado el cumplimiento por encima del 32%.

ESPAÑA DIGITAL

El segundo eje aborda el compromiso por una España verde, porque nuestro país necesita una transformación del modelo productivo y la incorporación de un nuevo paradigma de sostenibilidad como fuente de empleo e innovación.

El número de compromisos por una España verde asciende a 162. Más del 70% se encuentran en proceso de ejecución y casi el 23% del total han sido cumplidos. Si enumeramos algunos de ellos, hemos de referirnos al Proyecto de Ley de cambio climático y transición energética, que se encuentra en última fase de tramitación parlamentaria, la Estrategia de Economía Circular, y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, que ha sido remitido a la Unión Europea. Igualmente, merece destacar la Hoja de Ruta del Hidrógeno, la Estrategia de Descarbonización a Largo plazo y el II Plan Nacional de adaptación al cambio Climático 2021-2030.

La previsión para junio de 2021 es que tengamos cumplidos más del 30% de objetivos en este eje.

VERDE

En tercer lugar, el eje para luchar por la eliminación de la brecha de género y por la igualdad como motor fundamental de crecimiento, de justicia y equilibrio social, pero también de eficiencia económica.

El número de compromisos por una España feminista asciende a 104. En estos momentos casi el 59% están activados y se ha cumplido el 31% en este primer año, como el impulso al sistema VioOGén, o el III Plan de Igualdad de la Administración General del Estado, entre otros.

La previsión para junio de 2021 es de un cumplimiento del 47%.

GENERO

El cuarto eje trabaja por una España cohesionada e inclusiva, con tres objetivos clave: el cierre de brechas sociales y territoriales, el desarrollo del medio rural y la justicia intergeneracional.

El número de compromisos por una España social asciende a 520, y los relacionados con la España territorial son 277.

En estos momentos, se encuentran en proceso de ejecución más del 65% en ambos campos y se han cumplido alrededor del 23% del total de los compromisos en este primer año.

La previsión para junio de 2021 es que haya cumplidos casi el 32%.

COHESIONADA

Rendición de cuentas: España a la cabeza.

España se sitúa en primera línea internacional en esta materia gracias a la robustez metodológica, la ambición de los objetivos y el alcance de las conclusiones, una tarea liderada por el Departamento de Planificación y Seguimiento de la Actividad Gubernamental, creado para esta misión en la Secretaría General del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

Además, España es el primer país que constituye un Grupo de Análisis Metodológico, con voluntad de establecer un sistema de verificación externa independiente que confirme la calidad y la veracidad de los trabajos realizados.

Ese grupo, integrado por expertos y expertas independientes procedentes de la universidad pública, ha analizado la metodología empleada en la rendición de cuentas para garantizar la máxima coherencia interna y rigor, incorporando los estándares y criterios necesarios para realizar un balance fiable, objetivo y verificable externamente. El objetivo es ampliar la verificación externa en los próximos semestres, hasta incluir una validación completa de los diferentes resultados presentados.

El compromiso adquirido por el Gobierno con el Grupo de Análisis fue el de promover y respetar la máxima libertad y autonomía en el desarrollo de sus trabajos, así como en la formulación de las correspondientes conclusiones y recomendaciones, muchas de ellas incorporadas ya a la metodología aplicada ya en este informe presentado.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

COMISIÓN NACIONAL PARA LA CONMEMORACIÓN DEL V CENTENARIO DE LA PRIMERA VUELTA AL MUNDO

El Consejo de Ministros ha aprobado mediante Real Decreto la modificación del Real Decreto 582/2017, de 12 de junio, por el que se creaba y regulaba la Comisión Nacional para la conmemoración del V Centenario de la expedición de la primera vuelta al mundo de Fernando de Magallanes y Juan Sebastián Elcano.

La norma tiene por objeto extender el ámbito temporal de funcionamiento de la Comisión hasta el 30 de junio de 2023. De la misma manera se integra en la Comisión Nacional a las Comunidades Autónomas de País Vasco, Andalucía, Castilla y León y Canarias, que están estrechamente relacionadas con la expedición. Por último, se adaptan las referencias orgánicas a la actual estructura de los departamentos ministeriales.

La necesidad de una extensión temporal se fundamenta en la previsión de celebrar actos conmemorativos con posterioridad a la fecha inicialmente prevista para su extinción (31 de diciembre de 2020), muy especialmente con ocasión de los 500 años del regreso a Sevilla de la única nave superviviente de la expedición, el 6 de septiembre de 1522. Se suma también la decisión de incorporar, tanto en el Pleno como en la Comisión Ejecutiva de la Comisión Nacional, a representantes de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Andalucía, Castilla y León y Canarias por su relación con los hechos que se conmemoran.

La nueva Comisión Nacional estará presidida por la vicepresidenta primera del Gobierno y tendrá tres vicepresidencias: la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la titular de Defensa y el ministro de Cultura y Deportes. Además, se compone de varios vocales entre los que estarán los consejeros de las cuatro Comunidades Autónomas que se incorporan.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DE USO DE LA APLICACIÓN RADARCOVID

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la producción de la campaña de promoción de uso de la aplicación RadarCovid, por un importe de 28.459,20€, IVA incluido, y para la elaboración y ejecución de un plan de medios que diera difusión a las creatividades, por un importe de 1.790.415,03€, IVA incluido.

Con la aplicación RadarCOVID plenamente operativa en todas las Comunidades Autónomas, y ante la evolución de los contagios y la llegada del invierno, se ha hecho urgente adoptar medidas para promocionar la existencia, descarga y uso de la app de traceo de contactos con el objetivo de facilitar a la ciudadanía información sobre un posible contacto de proximidad con alguna persona que haya dado positivo en las pruebas de COVID19. Diversos estudios consideran que el uso de la aplicación por al menos un 20% de la población podría reducir las cadenas de transmisión del virus en más de un 30%.

Debido a que la urgencia necesaria para desplegar la campaña con efectividad no podía ser atendida mediante la utilización de los procedimientos ordinarios de contratación previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se ha procedido a la tramitación por procedimiento de emergencia de un contrato para desarrollar los materiales para la creatividad de la campaña con la empresa Work & Friends, S.L. por 28.459,20 euros y para la elaboración y ejecución del plan de medios con la empresa Media Sapiens Spain, S.L. por un importe de 1.790.415,03 euros.

La campaña ha consistido en la difusión de creatividad de vídeo, cuñas de radio y material gráfico para su inserción en medios digitales, redes sociales, webs oficiales, prensa escrita y radios de ámbito nacional, entre el 26 de noviembre y el 16 de diciembre de 2021.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PERMISOS DE ACCESO Y CONEXIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE PLANTAS RENOVABLES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establecerá el nuevo proceso de concesión de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, paso previo y necesario para la instalación de nuevas plantas de energías renovables.

Este Real Decreto establece los principios y criterios en relación con la solicitud, tramitación y otorgamiento de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica que se aplicarán a productores, consumidores, titulares de instalaciones de almacenamiento y titulares y gestores de las redes de transporte y distribución. Con la aprobación de este Real Decreto el Ejecutivo dota de certidumbre y seguridad jurídica al marco normativo energético, preparándolo para el despliegue ordenado de renovables, al tiempo que contribuye a eliminar ineficiencias y comportamientos especulativos para garantizar la consecución de los objetivos en política energética.

La norma, junto al nuevo mecanismo de subastas de energía renovable, la primera de las cuales se celebrará el próximo 26 de enero de 2021, completa el marco normativo del Gobierno de España para facilitar el despliegue masivo de energías renovables en la próxima década -con 60 gigavatios (GW) previstos-, actuando como palanca para la recuperación económica, al generar actividad y empleo en el corto y medio plazo, y mejorar la competitividad de la economía española. De igual modo, este marco normativo permitirá trasladar a los consumidores los ahorros que supone una mayor penetración de energías renovables en el sistema energético español, al ser la forma de generación más barata en la actualidad.

Este Real Decreto deriva de lo establecido en el Real Decreto-ley 23/2020, convalidado por el Congreso de los Diputados el pasado 15 de julio, que incluye una batería de medidas para impulsar, de forma ordenada y rápida, la transición energética hacia un sistema eléctrico 100% renovable y favorecer la reactivación económica en línea con el Pacto Verde Europeo. Esta ley fijaba el mandato de que el Ejecutivo central y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) aprobasen esta regulación sobre nuevos derechos de acceso y conexión, en el ámbito de sus respectivas competencias.

El marco normativo del acceso y conexión se completará con la aprobación por la CNMC de la circular que desarrolle lo previsto en el artículo 33.11 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico. El real decreto establece que los gestores de las redes admitirán nuevas solicitudes de acceso y conexión una vez se hayan publicado los valores de capacidad de acceso disponible en cada nudo, calculados de acuerdo a los nuevos criterios para la evaluación de dicha capacidad que apruebe la referida circular.

Criterios de acceso

El Real Decreto establece un procedimiento único para obtener los permisos de acceso y conexión. El criterio general para el otorgamiento de los derechos de acceso y conexión será la prelación temporal. Se empleará como indicador la fecha de presentación de la solicitud ante el gestor de la red o la de la subsanación de dicha solicitud si fuese necesario. Si coinciden dos solicitudes en el mismo momento, se empleará como indicador la fecha adecuada de constitución de las garantías económicas.

Con el objetivo de servir al impulso de la penetración de las energías renovables, se establecen excepciones concretas a este criterio general: en los casos de hibridación de instalaciones de generación existentes y de concursos de capacidad de acceso en nuevos nudos de la red de transporte o en aquellos nudos donde se libere o aflore capacidad de potencia.

El texto aprobado por Consejo de Ministros regula las garantías económicas necesarias para poder tramitar la obtención de permisos de acceso y de conexión en el caso de instalaciones de generación de electricidad. Asimismo, se regula la necesidad de realizar pagos como garantía, en el caso de titulares de permisos de acceso y de conexión de demanda, cuando sea preciso realizar modificaciones o refuerzos en las redes de transporte o distribución que deban ser ejecutadas por los titulares de dichas redes, pero sufragadas por los titulares de los permisos.

Potencia instalada

La norma introduce una nueva definición de la potencia instalada para las plantas fotovoltaicas, que será la menor entre la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que configuran la instalación y la potencia máxima del inversor, o inversores, que configuren la instalación. Con esta definición, que será ya de aplicación para la primera subasta de renovables con el nuevo marco retributivo que se celebrará el próximo 26 de enero de 2021, se fomenta la tecnología de paneles bifaciales, más eficientes y desarrollados en la cadena industrial nacional.

Para evitar que esta modificación afecte a procedimientos de autorización de instalaciones que hubiesen sido iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del real decreto, se prevé que, de manera transitoria, la tramitación de dichos procedimientos y la inscripción en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica sea realizada conforme a la definición de potencia instalada vigente hasta esa fecha.

Concursos de capacidad

El Real Decreto establece la posibilidad de que, de forma potestativa y mediante orden ministerial, se convoque concursos de capacidad. Estas convocatorias, que no se realizarán mediante subasta, solo se podrán aplicar en nuevos nudos que se introduzcan mediante un nuevo proceso de planificación, o aquellos en los que se libere un determinado volumen de capacidad de acceso.

Los participantes deberán ser instalaciones de generación renovable, que pueden incluir además almacenamiento. Para la concesión del derecho, en este caso, se seguirán criterios temporales asociados a la inyección de energía, priorizando las plantas que puedan estar activas antes, criterios asociados de la tecnología de generación, que permitan maximizar el volumen de energía renovable, así como criterios técnicos para proyectos que incorporen tecnologías en fase de I+D+i. Para este último tipo de instalación, la potencia reservada en concurso no podrá superar los 30 MW por nudo de la red.

Apoyo a la hibridación

Para contribuir al desarrollo rápido y eficiente de un gran número de proyectos renovables, optimizando la red ya construida y minimizando el coste para los consumidores, el Gobierno de España incentiva la hibridación renovable -la combinación de diferentes tecnologías en una misma planta, por ejemplo, solar fotovoltaica y eólica; o fotovoltaica y almacenamiento)-.

Para ello, este Real Decreto establece que, para la hibridación en el caso de las instalaciones existentes, solo será necesario actualizar el permiso de acceso y conexión, siempre que cumpla una serie de condiciones, entre otras, que no se supere la capacidad de acceso ya concedida y que la potencia original suponga al menos el 40% de la capacidad de acceso. Los plazos para la tramitación de dicha actualización se reducen a la mitad y las garantías económicas para el módulo de generación que se incorpora se reducen, igualmente, al 50%.

En cuanto a la hibridación en instalaciones nuevas, las garantías también se recortan a la mitad en el caso de la tecnología que aporta la menor potencia. Además, si la solicitud ya se había iniciado, a efectos de prelación temporal, se mantiene la fecha de la solicitud original siempre que la instalación híbrida que resulte pueda seguir siendo considerada la misma de acuerdo con los criterios que ha aprobado el Real Decreto-ley 23/2020. En estos casos el procedimiento es el general, sin reducción de plazos.

Regulación del almacenamiento

Por otro lado, el Real Decreto incluye de forma expresa los proyectos de almacenamiento, cuya figura ha sido definida de forma expresa por el Real Decreto-ley 23/2020. En concreto, las instalaciones de almacenamiento que puedan verter energía a la red serán tratadas como instalaciones de generación a efectos de la tramitación de los permisos de acceso y conexión, eliminando la indefinición jurídica que existe en la actualidad en materia de almacenamiento.

Exención al autoconsumo

El proyecto del Real Decreto exime de tramitar los permisos de acceso y conexión a las instalaciones de autoconsumo sin excedentes y a aquellas que tengan excedentes inferiores a 15 kilovatios (kW), que se ubiquen en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.

También están exentas las instalaciones de consumo de hasta 100 kW en baja tensión y de 250 kW en alta tensión, si están construidas en suelo urbanizado y si, con carácter previo a la necesidad de suministro eléctrico, cuentan con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.

En cuanto al resto de instalaciones, el proyecto de Real Decreto fija plazos concretos tanto para los solicitantes como para los titulares y gestores de las redes, que dependen del nivel de tensión del punto de la red para el que se solicita el acceso y la conexión. No obstante, y con el fin de agilizar la tramitación para la obtención de los permisos, en el caso de consumidores y generadores de pequeña potencia (<15 kW) se prevé la aplicación de un procedimiento simplificado en el que los tiempos se ven reducidos a la mitad.

Para las instalaciones de cogeneración asociadas a un consumidor que antes de la entrada en vigor de este Real Decreto estuvieran vendiendo toda su energía neta generada procedente de la planta de cogeneración, podrán mantener dicho régimen e instalar plantas de generación renovable para realizar autoconsumo con esta nueva generación o instalaciones de almacenamiento siempre que realicen medida directa de los nuevos módulos de generación instalada y cumplan con toda la normativa que les sea de aplicación, en particular en lo relativo a acceso y conexión, hibridación y autoconsumo y, en su caso, a lo recogido en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

Por último, el proyecto de Real Decreto elimina la figura del interlocutor único de nudo, que hasta ahora se encargaba de la tramitación de los permisos de acceso y conexión cuando existían solicitudes de conexión de múltiples actores para un mismo nudo. Con la norma propuesta, cada promotor se relacionará directamente con el gestor de la red. Se establece un periodo transitorio en el que los interlocutores podrán seguirán ejerciendo su función solo en los casos de procedimientos ya iniciados y hasta su finalización.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

CÁLCULO DE LOS CARGOS DEL SISTEMA GASISTA, LAS RETRIBUCIONES DE ALMACENAMIENTOS SUBTERRÁNEOS Y LOS CÁNONES ASOCIADOS A SU USO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso. Con esta norma, que se suma a la Circular de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural aprobada el pasado julio, la metodología de cálculo de la parte regulada de la factura de este suministro queda ajustada a la normativa europea.

La aplicación de este Real Decreto y de la Circular de la CNMC supondrá una disminución de los costes regulados de la factura gasista. El consumidor doméstico podrá ver reducido en, aproximadamente, un 25% los costes regulados de su recibo con respecto a los costes vigentes. No obstante, la fracción del recibo correspondiente a cargos es muy reducida en relación con los peajes: en un usuario medio acogido a la Tarifa de Último Recurso 1 (TUR 1), solo un 2% de la factura anual corresponde a este concepto, lo que supone unos 2 euros anuales.

Con este cambio normativo, los vigentes peajes de acceso al sistema gasista, que figuran en el recibo de gas natural, se sustituyen por dos nuevos conceptos:

  • Los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución y a las plantas de gas natural licuado (GNL), que corresponde fijar a la CNMC, y los cánones de acceso a los almacenamientos subterráneos, que corresponde establecer al MITECO.
  • Los cargos del sistema, que financian los costes no vinculados al uso de las instalaciones. Suponen alrededor de 100 millones de euros. El MITECO es la institución encargada de determinarlos.

Esta modificación no implica nuevos costes para los consumidores, simplemente se reparten los ya existentes en dos conceptos, en respuesta al desglose de los peajes actuales para adecuarlos a la normativa comunitaria.

La norma aprobada se desarrolla en cumplimiento con el Real Decreto-ley 1/2019, que estableció un nuevo reparto competencial entre el Gobierno y la CNMC para garantizar su total independencia. Esta regulación introdujo el concepto de cargo como un pago específico de los usuarios de las instalaciones destinado a sufragar costes del sistema gasista que no estén directamente relacionados con el uso de estas y atribuyó al Gobierno la competencia para determinar su estructura y metodología de cálculo, previo informe de la CNMC, y otorgó al MITECO la competencia de aprobar anualmente los valores concretos de aplicación.

Las metodologías empleadas respetarán los principios de sostenibilidad económica y financiera, suficiencia de ingresos y consideración de los costes de una empresa eficiente y bien gestionada con objeto de minimizar los costes del sistema gasista, aplicando criterios de simplicidad, transparencia, objetividad y no discriminación. Para facilitar su aplicación y comprensión, las nuevas metodologías tratarán de mantener la máxima compatibilidad con la estructura de peajes y con la metodología retributiva aprobada por la CNMC en las materias de su competencia.

Este Real Decreto también sustituye, a efectos de liquidaciones, el año natural por el año de gas, de 1 de octubre a 30 de septiembre, con objeto de dar coherencia al conjunto del sistema económico gasista, donde retribuciones, peajes, cánones y cargos se fijan atendiendo a este periodo.

La norma cuenta con el informe favorable de la CNMC, aprobado por su Consejo el 7 de octubre de 2020. Para su elaboración se han tenido en cuenta las alegaciones formuladas por las empresas del sector en el trámite de audiencia efectuado a través del Consejo Consultivo de Hidrocarburos. Además, la norma se ha configurado siguiendo los principios de transparencia, tras de un proceso de consulta pública previa a su elaboración y a un periodo de información pública.

Cargos del sistema gasista

Los cargos del sistema gasista, que corresponden a la cuantía que han de abonar los usuarios de las instalaciones para sostener los costes regulados no asociados al uso de estas, se destinan a cubrir el coste diferencial del suministro de gas natural en territorios insulares, la retribución a la actividad de suministro de estas zonas, la anualidad del déficit acumulado a 31 de diciembre de 2014 y la retribución regulada del operador del mercado organizado de gas natural.

Tras la aprobación de este Real Decreto, se publicará la orden ministerial que fije la cantidad a recaudar y los cargos unitarios a aplicar, previo informe de la CNMC y audiencia de los interesados. Esta orden será de aplicación entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021, ya que el 1 de octubre se realizará un cambio en el periodo de referencia empleado en la fijación de peajes, que dejará de coincidir con el año natural para pasar a utilizar el "año de gas", en coherencia con lo establecido por la CNMC en sus circulares. La orden que establezca los cargos unitarios publicará también la cantidad a recaudar -desglosada por conceptos-, el valor de los parámetros y los escenarios de demanda considerados.

Los cargos unitarios, destinados a cubrir los costes regulados del sistema gasista no asociados al uso de las instalaciones, se aplicarán en todos los puntos donde se apliquen peajes o cánones y en puntos donde se conecten consumidores finales, así como cargaderos de cisternas (exclusivamente para cisternas destinadas a plantas satélites uniclientes situadas en territorio nacional).

Como medidas específicas, el Real Decreto contempla que el biogás estará exento de cualquier cargo unitario aplicado en el punto de inyección. Por otro lado, se establece que el gas natural destinado a su uso como carburante para transporte terrestre o marítimo, quedará exento durante este periodo regulatorio de la aplicación de cargos en los puntos de salida.

Retribución de los almacenamientos subterráneos

El Real Decreto también establece la metodología de cálculo de la retribución de la actividad de almacenamiento subterráneo básico, que tiene como objetivo permitir una rentabilidad razonable de los recursos financieros invertidos, asegurar la recuperación de las inversiones llevadas a cabo por los titulares en el periodo de vida útil de estas, incentivar la gestión eficaz y la mejora de la productividad y repercutir en los usuarios parte de los ahorros obtenidos, así como garantizar la realización de la actividad con seguridad, eficiencia y sostenibilidad ambiental.

Se estima que la nueva metodología permitirá reducir los costes del sistema gasista que paga el consumidor. La retribución de estos almacenamientos supone 90 millones de euros anuales del total de 2.800 millones al año de retribuciones reguladas. El cambio permitirá un descenso promedio de la retribución de la actividad de 1,6 millones de euros al año y de 9,4 millones de euros en el acumulado del periodo, que se prolonga durante seis años.

Los parámetros empleados en el cálculo de los cargos, retribuciones y cánones de almacenamientos subterráneos básicos, incluyendo la tasa de retribución financiera, permanecerán invariables durante el periodo regulatorio de seis años, que comenzará el 1 de enero de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2026. Dichos parámetros solo se podrán revisar mediante orden ministerial para su entrada en vigor en el siguiente periodo regulatorio.

Cánones aplicados al uso de almacenamientos subterráneos

La norma establece además la metodología de cálculo de los cánones de acceso a los almacenamientos básicos, que se fijarán por año de gas.

El canon de almacenamiento de destinará a cubrir los costes fijos de las instalaciones, mientras que los cánones de inyección y extracción se destinarán a sufragar los costes variables de operación y mantenimiento, así como el coste del gas de operación. La nueva metodología de cálculo proporcionará un descenso en concepto de canon de almacenamiento que se estima alrededor del 30%, mientras que los cánones de inyección y extracción disminuirán un 15% y aumentarán un 35%, respectivamente.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN EN EL ENTORNO DE GUADAJIRA (BADAJOZ)

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de obras correspondientes al proyecto de saneamiento y depuración en el entorno de Guadajira (Badajoz), en concreto en las localidades de Medina de las Torres, La Morera, La Parra y Torre de Miguel Sesmero, por un valor estimado de 15.085.789,53 euros. Esta autorización se hace en cumplimiento con la Ley de Contratos del Sector Público de 2017.

El objetivo de este proyecto es subsanar los problemas de saneamiento y depuración en estos municipios. El principal problema de los sistemas de saneamiento de estas localidades es la ausencia de un tratamiento adecuado de las aguas negras en su incorporación al cauce, incumpliendo con la normativa actual de vertidos.

Los lotes en los que se dividen las actuaciones, consisten básicamente en la construcción de una estación de depuración de aguas residuales (EDAR), colectores y tanque de tormenta para la población de Medina de las Torres (El Lote 1), EDAR, colectores y tanque de tormenta para las poblaciones de La Morera y La Parra (Lote 2, EDAR conjunta) y EDAR, colectores y tanque de tormenta para Torre de Miguel Sesmero (Lote 3). El sistema de depuración que se contempla para todos los casos es el de proceso biológico de biodiscos.

Todos los lotes cuentan con un plazo de ejecución de 30 meses, de los cuales 18 meses corresponden a la ejecución de las obras y doce a la puesta en marcha y explotación de las mismas.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

MEJORA DE LOS CANALES EN ZONAS REGABLES EN LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato para mejorar el estado de los canales en zonas regables de la Confederación Hidrográfica del Ebro. El objetivo de estas actuaciones es impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de recursos hídricos, por un valor estimado de 17.470.467,42 euros.

El proyecto tiene por objeto describir los trabajos y fijar las condiciones técnicas para contratar los servicios de mantenimiento y conservar las infraestructuras hidráulicas asociadas a las zonas regables de interés general del Estado que tiene asignada la Confederación Hidrográfica del Ebro dentro de sus competencias.

Estas infraestructuras llevan en servicio varias décadas y requieren de actuaciones urgentes que mitiguen las excesivas pérdidas y garanticen un uso sostenible y responsable del agua en la agricultura, asegurando el buen estado de ríos, acuíferos y humedales.

Los trabajos a ejecutar en estas infraestructuras se dividen en ocho lotes, que responden a las principales infraestructuras de la Confederación. Para cada uno de los ocho lotes, los trabajos quedan incluidos en dos grupos: mantenimiento y conservación ordinarios y mantenimiento y conservación extraordinarios.

El contrato cuenta con un valor estimado de 17.470.467,42 euros y una duración de 12 meses, contemplándose una posible prórroga de otros 12 meses adicionales para cada uno de los ocho lotes en los que se divide el contrato.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

MEJORA DE LOS CANALES EN ZONAS REGABLES DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de mejora de los canales en las zonas regables de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, con el fin de impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de recursos hídricos, por un valor estimado de 17.233.029,34 euros.

El proyecto tiene por objeto describir los trabajos y fijar las condiciones técnicas para contratar los servicios de mantenimiento y conservar las infraestructuras hidráulicas asociadas a las zonas regables de interés general del Estado que tiene asignadas la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dentro de sus competencias.

Se trata de infraestructuras que acumulan varias décadas desde su puesta en servicio, por lo que se requieren actuaciones urgentes para mitigar las excesivas pérdidas y garantizar un uso sostenible y responsable del agua en la agricultura, asegurando al mismo tiempo el buen estado de ríos, acuíferos y humedales.

Los trabajos a ejecutar se dividen en cuatro lotes por provincias. Para cada uno de los cuatro lotes, las labores a realizar quedan incluidas en dos grupos: mantenimiento y conservación ordinarios y mantenimiento y conservación extraordinarios.

El contrato cuenta con un valor estimado de 17.233.029,34 euros y una duración de 12 meses, contemplándose una posible prórroga de otros 12 meses adicionales para cada uno de los cuatro lotes en los que se divide el contrato.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MEDIDAS DE ADAPTACIÓN TRAS LA RETIRADA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN EUROPEA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado Tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020. (MPCM)

Antecedentes

El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó oficialmente al Consejo Europeo su intención de abandonar la Unión Europea invocando el procedimiento previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. Se abrió entonces un plazo de dos años para que la Unión Europea negociara con el Reino Unido un acuerdo de retirada. No obstante, hubo de acordar sucesivas prórrogas del plazo previsto.

Tras la ratificación del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica ("Acuerdo de Retirada"), el 31 de enero de 2020 a medianoche, hora central europea, el Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la UE y pasó a tener la consideración de tercer país.

El Acuerdo de Retirada, que prevé un periodo transitorio desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020, tiene como objetivo garantizar una retirada ordenada del Reino Unido y proporcionar seguridad jurídica a los ciudadanos, operadores económicos y administraciones de la Unión Europea y del Reino Unido que hayan ejercido sus derechos al amparo del ordenamiento jurídico de la Unión antes del 31 de diciembre de 2020.

Las negociaciones sobre la relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido se iniciaron formalmente el 2 de marzo de 2020. No obstante, dada la incertidumbre sobre el resultado de las negociaciones, el Consejo Europeo ha venido trasladando a la Comisión y a los Estados miembros la necesidad de asegurar una adecuada preparación para las consecuencias de la retirada del Reino Unido en todos los ámbitos y para todos los escenarios.

Desde entonces, la Comisión ha hecho públicas más de ochenta comunicaciones preparatorias sobre aquellas materias en las que se producirán cambios a partir del 1 de enero de 2021 en todo caso, con independencia de que se alcance o no un acuerdo sobre la relación futura entre la Unión Europea y Reino Unido que pueda entrar en vigor en esa fecha.

Desde el momento en que el Reino Unido comunicó su decisión de abandonar la Unión Europea, el Gobierno estableció un sistema de coordinación interministerial y con las administraciones territoriales de información y trabajo sobre el Brexit, a través de la Comisión Interministerial para el Seguimiento de la Retirada del Reino Unido de la Unión Europea y los grupos de trabajo dependientes.

Este Real Decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas de adaptación del ordenamiento jurídico español a las consecuencias de la retirada de la Unión Europea del Reino Unido una vez finalizado el período transitorio previsto en el Acuerdo de Retirada.

Así, las medidas contempladas se orientan a tutelar los intereses de ciudadanos y operadores económicos que pueden verse afectados por el fin del periodo transitorio al pasar el Reino Unido a ser un Estado tercero a todos los efectos.

No obstante, ha de subrayarse que se trata de medidas de carácter temporal, cuya vigencia cesará cuando transcurra el plazo que en cada caso se indica, o antes, si se adoptan -a nivel interno o internacional- los instrumentos llamados a regular, con carácter permanente, las relaciones con el Reino Unido en las materias contempladas en la presente norma.

Contenido

El Real Decreto-ley consta de 21 artículos, divididos en cinco capítulos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria única y siete disposiciones finales.

El Capítulo I (Artículos 1, 2 y 3) regula el objeto de la norma, la normativa aplicable y el carácter temporal de las medidas establecidas, cuando así se haya establecido, habilitando la posibilidad de prórroga, así como el mecanismo de reciprocidad exigible para algunas de las medidas.

El Capítulo II (Artículos 4 al 10) regula el acceso y ejercicio de profesión, y las normas aplicables al acceso y mantenimiento de la condición de empleados públicos de los nacionales del Reino Unido al servicio de las Administraciones Públicas españolas.

El Capítulo III (Artículos 11 y 12) contiene, por una parte, las reglas aplicables a la prestación de la asistencia sanitaria en defecto de instrumento internacional expreso, bilateral o multilateral, articulándose las mismas en torno a dos principios básicos: continuidad y reciprocidad; y, por otra, el régimen aplicable a los alumnos y alumnas procedentes de los sistemas educativos del Reino Unido, que podrán seguir acogiéndose a los procedimientos de acceso a la Universidad española para el curso 2021-2022 en los mismos términos previstos para los alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea, siempre que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades.

El Capítulo IV (Artículos 13 a 18), se subdivide en 3 secciones:

  • En la sección 1ª se establece un marco para garantizar la continuidad de los contratos de servicios financieros prestados en España por entidades financieras establecidas en el Reino Unido.
  • La sección 2ª regula la situación en que quedan los operadores económicos del Reino Unido en los procedimientos de contratación pública.
  • La sección 3ª regula el régimen aplicable a distintas autorizaciones y licencias.

El Real Decreto-ley se cierra con una parte final, que incluye las disposiciones adicionales y finales, así como una disposición transitoria, necesarias para completar la regulación. En ellas se recogen medidas relativas a ofertas de empleo, contratación pública, prestaciones por desempleo, navegación aérea, servicios portuarios al pasaje y manipulación de mercancías, y entrada en vigor, entre otras.

Respecto a la entrada en vigor, debe señalarse que está prevista para el 1 de enero de 2021. No obstante, se prevé que los Artículos 4, 9, 11 y 14 no entrarán en vigor en el caso de que el 1 de enero de 2021 haya entrado en vigor un acuerdo de relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido que contemple expresamente las previsiones establecidas en dichos artículos.

Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga de la vigencia del Real Decreto 231/2020 de 4 de febrero, que fija la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2020, y que se mantendrá el periodo necesario para permitir la continuidad de los trabajos de la Mesa de Diálogo Social que aborda esta materia en la búsqueda de un incremento pactado del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

La fijación anual del Salario Mínimo Interprofesional, que establece el artículo 27 del Estatuto de los trabajadores, ha tenido siempre en España una proyección de año natural. Se trata de una dinámica que implica la pérdida automática de vigencia del salario mínimo interprofesional del año en curso cuando llega el 31 de diciembre, sin que esté previsto por el propio Estatuto de los Trabajadores mecanismo alguno de prórroga automática para los casos en que en dicha fecha no se hubiera aprobado este nuevo salario mínimo de referencia.

De esta manera, con la prórroga aprobada hoy se garantiza la seguridad jurídica y se da continuidad a la función del SMI como garantía salarial mínima para las personas trabajadoras, que continuarán protegidas

La prórroga tiene un carácter temporal, supone una prórroga del vigente SMI hasta tanto se apruebe el Real Decreto que lo fije para el año 2021, acordado en el marco del diálogo social y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores.

Con la prórroga, también se garantiza la participación de los agentes sociales para fijar el SMI en un contexto social y económico de especial dificultad y de caminar en la senda de crecimiento de su cuantía en cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del programa de Gobierno, y en el ámbito europeo e internacional.

Defensa

SUMINISTRO A GRANEL DE COMBUSTIBLE DIÉSEL NAVAL DESTILADO (F-76) EN LAS BASES NAVALES.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco para el suministro a granel de combustible diésel naval destilado (F-76) en las bases navales.

Es imprescindible que la Armada cuente con un suministro suficiente del combustible diésel naval destilado F-76, de empleo en los buques de la Armada, que cubra las necesidades de mantenimiento de la operatividad y capacidad de movimiento de su Flota.

Dado que en julio de 2020 finalizó el Acuerdo Marco relativo a dicho suministro, resulta necesario iniciar uno nuevo para poder asegurar el mismo en los ejercicios 2021 y 2022, cumpliendo con los estándares requeridos y en las condiciones de entrega más eficientes para la Armada.

El Acuerdo Marco tiene como objeto el establecimiento de las condiciones que regirán los contratos de suministro que de él deriven. El plazo de vigencia será de dos años desde la firma del documento de formalización, hasta el 30 de junio de 2022 y se contempla una posible prórroga de hasta un máximo de un año. El valor estimado del Acuerdo Marco es de 27.600.000,00 €.

Defensa

REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN DE LA ESTACIÓN RADIO DE BERMEJA

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las resoluciones por las que se acordó declarar la tramitación de emergencia de los expedientes de gasto para la reparación y la sustitución de la línea de media tensión de la Estación Radio de Bermeja.

La Estación Radio de Bermeja (Madrid), que proporciona el enlace vía satélite a las unidades del Ministerio de Defensa, sufrió en octubre sendos cortes imprevistos de energía eléctrica, lo que obligó a realizar las reparaciones señaladas por un valor estimado de 354.733,38 euros.

Defensa

DECLARACIONES DE EMERGENCIA PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN GENERADA POR EL COVID-19

El Consejo de Ministros ha procedido a la toma de razón de doce declaraciones de emergencia presentadas por el Ministerio de Defensa para la adquisición de suministros y equipamiento para hacer frente a la Covid-19.

Se ha adquirido diverso material de protección (mascarillas, guantes, gorros, monos de protección, batas desechables, cubre-zapatos y cubre-botas) y de desinfección (filtros, desinfectantes, gel hidroalcohólico, alfombrillas desinfectantes, pulverizadores y mochilas pulverizadoras, biD.es con cierre de ballesta) para personal, instalaciones y equipos.

Así mismo se ha adquirido equipamiento consistente en termómetros infrarrojos, cápsulas de aislamiento, electrocardiógrafos y dispositivos de desfibrilación externa.

El importe del material y del equipamiento contratado asciende a 5.552.325,48 euros.

Hacienda

MEDIDAS FINANCIERAS DE APOYO SOCIAL Y ECONÓMICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley que incluye medidas financieras de apoyo social y económico para seguir dando respuesta a la situación de emergencia generada por la pandemia provocada por la COVID-19.

El Real Decreto-ley aprobado establece una reducción de la fiscalidad de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En concreto, esta prestación concedida a los colectivos más vulnerables quedará exenta en el IRPF en los mismos términos que las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción, así como las demás ayudas establecidas por las comunidades o las Entidades Locales para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos o se encuentren en riesgo de exclusión social.

De este modo, el Ingreso Mínimo Vital junto con dichas prestaciones y ayudas se consideran exentas del IRPF hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).

Por otra parte, el Real Decreto-ley también incluye la ampliación en un año de los plazos para efectuar la materialización de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) dotada con los beneficios obtenidos en períodos impositivos iniciados en el año 2016 y para las inversiones anticipadas realizadas en 2017.

La dotación debía hacerse con los beneficios de 2018, 2019 o 2020. Sin embargo, dado que en el ejercicio de 2020 los beneficios empresariales se han visto muy afectados por los efectos económicos de la pandemia, el Gobierno considera oportuno dar la posibilidad de realizar la dotación en 2021.

Por último, se amplía el crédito para hacer frente al pago de sentencias de responsabilidad patrimonial del Estado legislador.

Hacienda

REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, lo cual le permitirá adaptarse a la normativa comunitaria.

El Real Decreto tiene por objeto una modificación de carácter parcial del Reglamento en lo referente a dos ámbitos diferentes. El primero de estos ámbitos es el de las dotaciones por deterioro de los créditos y otros activos derivados de las posibles insolvencias de los deudores de las entidades financieras.

La Ley del Impuesto sobre Sociedades ha previsto un desarrollo reglamentario para regular la deducibilidad fiscal de las dotaciones por deterioro de créditos derivadas de las posibles insolvencias de los citados deudores. Ello viene motivado por las específicas características de la actividad y objeto social de estas entidades, que hacen necesaria una regulación también específica en esta materia.

Este tipo de entidades tienen un régimen contable sectorial singular cuya aprobación está encomendada al Banco de España, que se contiene en su Circular 4/2017. Dicha circular tuvo por objeto adaptar el régimen contable de las entidades de crédito españolas a los cambios del ordenamiento contable europeo derivados de la adopción de las nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) -la NIIF 15 y la NIIF 9-, de manera que se han modificado los criterios de contabilización de los ingresos ordinarios y de los instrumentos financieros, respectivamente.

Ante estos cambios en la normativa europea, es necesario modificar la redacción del Reglamento del Impuesto para adaptar la norma fiscal a la nueva regulación contable, sin variar los criterios fiscales contenidos en el desarrollo reglamentario vigente.

El segundo de los ámbitos afecta al informe 'País por País', información que deben aportar determinadas multinacionales (MNC) de matriz española.

La Directiva UE 2016/881 de 25 de mayo de 2016, que modifica la Directiva 2011/16/UE en lo que respecta al intercambio automático obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad, determina las normas aplicables a la información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales.

Si bien el Reglamento ya recoge los aspectos sustanciales de la Directiva, se estima conveniente efectuar una serie de precisiones, especialmente en cuanto a la obtención de información por las entidades residentes en España de sus matrices extranjeras, con el objetivo de completar la regulación ya existente. De esta manera, se ajusta a la normativa comunitaria en la materia.

El proyecto ha sido sometido a trámite de información pública, habiéndose recibido observaciones de diversos organismos y asociaciones, tales como el Banco de España, la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorro o la OCDE, entre otros.

También ha sido objeto de dictamen favorable del Consejo de Estado y se ha recibido informe de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, de las que gran parte de las recomendaciones se han incorporado en el proyecto de Real Decreto.

De esta forma, con este Real Decreto se adapta la terminología utilizada a las nuevas normas comunitarias y se modifica el artículo relativo a la obligación de aportar la información país por país. Por ejemplo, si existen varias entidades dependientes residentes en territorio español, actualmente sólo una de ellas es la designada por la multinacional para presentar la información. Con la modificación, esto no será de aplicación cuando la entidad nombrada no pudiera obtener toda la información necesaria para presentar la información país por país.

Hacienda

CREADA LA SECRETARÍA GENERAL DE FONDOS EUROPEOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican varios reales decretos de estructura, entre ellos el del Ministerio de Hacienda, que permitirá la creación de una Secretaría General de Fondos Europeos, con el objetivo de mejorar la gestión de los nuevos fondos comunitarios y hacerla más eficiente.

Estos cambios son consecuencia de la crisis económica provocada por la COVID-19 y la puesta en marcha del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU. España recibirá 140.000 millones correspondientes al paquete europeo de ayudas aprobado por la Comisión Europea en julio de este año para frenar los efectos de la pandemia. De esa cantidad, ha logrado ya una preasignación de 76.724 millones correspondiente al Next Generation.

Con cargo a dicho instrumento, España será destinatario de importantes recursos económicos en forma de préstamos y transferencias que requieren cambios organizativos inmediatos que permitan una gestión eficiente en tiempo y forma de dichos fondos.

De esta forma, el Real Decreto contempla la creación, dentro de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de una Secretaría General de Fondos Europeos y se establecen sus funciones. Ello permitirá una mejor interlocución con las instituciones europeas y poder coordinar adecuadamente las actuaciones que en esta materia se implementen con el resto de ministerios.

De la Secretaría General de Fondos Europeos dependerán la Dirección General de Fondos Europeos, la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y el Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Subdirección General.

De la Dirección General de Fondos Europeos dependerán ocho subdirecciones generales (igual número que existe en la actualidad):

  • Subdirección General de Relaciones Presupuestarias con la UE.
  • Subdirección General de Programación y Evaluación de Fondos Europeos.
  • Subdirección General de Desarrollo Urbano.
  • Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
  • Subdirección General de Cooperación Territorial Europea.
  • Subdirección General de Incentivos Regionales.
  • Subdirección General de Inspección y Control.
  • Subdirección General de Certificación y Pagos.

De la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dependerán cuatro subdirecciones generales:

  • Subdirección General de Programación del Plan Nacional de Recuperación.
  • Subdirección General de Gestión del Plan Nacional de Recuperación.
  • Subdirección General de Seguimiento y control del cumplimiento de hitos y objetivos.
  • Subdirección General de Solicitudes de Pago del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Nombramiento de la secretaria general

El Consejo de Ministros ha aprobado también el nombramiento de Mercedes Caballero como secretaria general de Fondos Europeos. Caballero ocupaba hasta el momento el cargo de directora general de Fondos Europeos.

Mercedes Caballero es licenciada en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidades Complutense de Madrid. Posee el máster en Administración Pública (en Política Económica) (MPA/PEPM) por la Universidad de Columbia (New York) y pertenece al cuerpo de Administradores Civiles del Estado (CSACE).

Los nuevos fondos

De los 76.724 millones de euros preasignados a España, la mayor parte de esos recursos se enmarcan en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con una asignación estimada para España de 64.300 millones. El resto corresponde al REACT-EU, con una asignación de unos 12.436 millones de euros (10.000 millones se reparten entre las CCAA y 2.436 millones serán gestionados por el Ministerio de Sanidad, fundamentalmente para la compra de vacunas).

A ello hay que añadir la política de cohesión tradicional, dentro del Marco Financiero Plurianual 2021-2027.

El objetivo del Gobierno con todos estos fondos es impulsar la recuperación social y económica del país tras el impacto provocado por la COVID-19. Para ello se fortalece el Estado de Bienestar y se quiere impulsar la transformación del modelo productivo para lograr un crecimiento sostenible e inclusivo.

Hacienda

AUTORIZACIONES A LA COMUNIDAD DE MADRID, NAVARRA Y CANTABRIA A FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA A CORTO PLAZO

El Consejo de Ministros ha autorizado a varias Comunidades Autónomas a formalizar operaciones de endeudamiento. En concreto, autoriza a Comunidad de Madrid, Navarra y Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo.

Estas cuatro autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de la Comunidad de Madrid, se autoriza un importe de 2.000 millones de euros que tiene como finalidad renovar el convenio de colaboración para la prestación de servicios de tesorería, financiación y recaudación, con una duración de cuatro años, que incluye los créditos en cuenta corriente y líneas de crédito a corto plazo para cubrir sus desfases transitorios de tesorería.

El Consejo de Ministros además ha dado el visto bueno para que Navarra formalice operaciones de deuda a corto plazo, por importe de 300 millones, que tiene como finalidad financiar necesidades transitorias de tesorería.

En el caso de Cantabria, se autoriza para que esta comunidad pueda formalizar líneas de crédito a corto plazo por 300 millones, que también tienen como finalidad cubrir desfases transitorios de tesorería.

Estas autorizaciones podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2021.

Hacienda

AUTORIZADA CANTABRIA A MODIFICAR LA LÍNEA DE AVALES COVID-19

El Consejo de Ministros ha autorizado a Cantabria a modificar, a través del Instituto de Finanzas de Cantabria (ICAF) las condiciones de las líneas ICAF Avales COVID-19 por un importe máximo de 22 millones de euros.

Esta línea de avales fue autorizada mediante un anterior acuerdo de Consejo en octubre de 2020, por el que esta Comunidad Autónoma podía conceder garantías a través del ICAF durante 2020, por un máximo de 53.809.287 euros en diferentes líneas de financiación.

Dentro de estas líneas se encontraban las líneas ICAF de avales COVID-19, para la financiación de autónomos y empresas de Cantabria que se hayan visto afectadas por los efectos económicos de la pandemia, por importe, en un primer tramo, de hasta 22 millones de euros, y constituyen una cobertura adicional al aval concedido por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Cantabria ha solicitado autorización para modificar las condiciones de los avales concedidos hasta el 1 de diciembre de 2020 de las líneas ICAF de avales COVID-19 con el fin de adaptarlas al alargamiento de los plazos de operaciones avaladas por el ICO, resultado de las últimas modificaciones del Marco Nacional Temporal, acordadas mediante decisión de la Comisión Europea (CE) y de lo establecido en el Real Decreto-ley 34/2020.

La CE aprobó una modificación del Marco Nacional Temporal que permite a las autoridades concedentes de avales por cinco años que hayan sido ya otorgados, la extensión de su vencimiento por un período adicional máximo de tres años, siempre y cuando el vencimiento total de la operación avalada no supere los ocho años desde la fecha de formalización inicial de la operación. Se permite igualmente extender el plazo de carencia en la amortización del principal de la operación avalada en un máximo de doce meses adicionales, si el plazo total de carencia, teniendo en cuenta la carencia inicial, no supera los 24 meses.

Por su parte, el Real Decreto-ley 34/2020, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria, establece la extensión de los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido aval público canalizado a través del ICO de los avales liberados al amparo del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

De esta manera, se autoriza a Cantabria a modificar, por parte del Instituto de Finanzas de Cantabria (ICAF), las condiciones de los avales concedidos hasta el 1 de diciembre de 2020 de las líneas de ICAF de avales COVID-19, por importe de 22 millones, a fin de ampliar el plazo del vencimiento de los avales adicionales a los avales concedidos por el ICO a préstamos que hayan sido ya otorgados hasta un máximo de 8 años, así como el plazo de carencia de la amortización hasta un máximo de 24 meses de las operaciones de préstamos garantizados.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

TRABAJOS DE ELECTRIFICACIÓN DEL TRAMO FERROVIARIO MONFORTE DE LEMOS-LUGO

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato para las obras de ejecución del proyecto constructivo de electrificación del tramo ferroviario entre Monforte de Lemos-Lugo, con un valor estimado de 17.545.663,56 euros (IVA no incluido) y un plazo de 18 meses.

Este proyecto se enmarca en las actuaciones promovidas por Adif para la mejora de la conexión ferroviaria entre Ourense, Monforte de Lemos y Lugo, con el objetivo de incrementar su calidad y fiabilidad.

La actuación consiste en la instalación de línea área de contacto entre las estaciones de Monforte de Lemos (Puerto Seco) y Lugo Mercancías (línea León-A Coruña), un subtramo que en la actualidad no está electrificado.

Electrificación

La nueva electrificación abarcará un tramo de algo más de 73 km, entre los puntos kilométricos (pp.kk.) 363/403 y 436/605 de la línea León-A Coruña, correspondientes a la salida de la estación de Monforte de Lemos y a la salida de la estación de Lugo Mercancías. Incluye la electrificación de las estaciones de Rubián, Oural, Sarria, A Pobra de San Xiao, Laxosa, Lugo y Lugo Mercancías.

Se instalará línea área de contacto de 25 kV de corriente alterna, tipología propia de las nuevas electrificaciones. Sus principales características son las siguientes:

  • Catenaria simple poligonal atirantada, formada por un sustentador apoyado y un hilo de contacto. La línea de contacto estará compensada mecánicamente de forma independiente para el sustentador y para el hilo.
  • Sistema de retorno de tracción con cable de retorno y carril principal de retorno.
  • Velocidad de diseño de la catenaria: 200 km/h.

Mejoras en el trayecto ferroviario Ourense-Monforte de Lemos-Lugo

Las actuaciones de mejora del tramo en servicio Ourense-Monforte de Lemos-Lugo, en las que se enmarca esta licitación, tienen como objetivo cumplir los compromisos de Adif con la mejora de las condiciones de explotación comercial del trayecto, en parámetros tales como la fiabilidad, el confort y los tiempos de viaje.

Entre las principales actuaciones previstas se encuentran la adaptación de la infraestructura a las nuevas condiciones de explotación, el cambio de electrificación de 3 kV a 25 kV en el tramo Ourense-Monforte de Lemos y la electrificación a 25 kV del tramo Monforte de Lemos-Lugo, objeto del presente contrato.

Además, ya se encuentra en servicio desde abril de 2018 la variante de A Pobra de San Xiao, entre Monforte de Lemos y Lugo. Entre los principales beneficios de este nuevo trazado, de unos 7 km de longitud, destaca la supresión de los 14 pasos a nivel del anterior trazado, con el consiguiente aumento de la seguridad ferroviaria, vial y peatonal, así como el incremento de la velocidad de paso de los trenes hasta los 160 km/h.

Todas estas obras contribuyen a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número 9, que tiene entre sus metas desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles y de calidad.

Financiación europea

Esta actuación podrá ser cofinanciada por el Mecanismo "Conectar Europa" de la Unión Europea (CEF).

GALICIA

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCIÓN DE PASOS A NIVEL

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de servicios de asistencia al mantenimiento preventivo y apoyo al correctivo de las instalaciones de pasos a nivel de la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG), por un valor estimado de 14.210.428,20 euros (IVA no incluido).

Este contrato, que cuenta con un plazo de ejecución de 36 meses, se ha dividido en seis lotes correspondientes a las áreas geográficas Centro, Este, Noreste, Noroeste, Norte y Sur.

Los pasos a nivel incluidos en este contrato, tanto en las líneas de la red convencional como en las de la red de ancho métrico (RAM), son aquellos protegidos por señales luminosas y acústicas, así como los pasos protegidos por semibarreras, dobles semibarreras o barreras, tanto automáticas como enclavadas, y los pasos a nivel destinados al uso exclusivo de peatones o peatones y ganado.

Las instalaciones de protección en estos pasos tienen como objetivos fundamentales el mantenimiento de las condiciones de seguridad vial y ferroviaria y la mejora de la regularidad en la explotación ferroviaria, por lo que resulta imprescindible una gestión eficaz del mantenimiento preventivo y correctivo de dichas instalaciones que permitan garantizar la seguridad de las mismas y generar una mejora de sus índices de fiabilidad y disponibilidad.

Las actuaciones objeto de este contrato son las siguientes:

  • Mantenimiento preventivo. Comprende todos los trabajos destinados a mejorar la operatividad, disponibilidad, fiabilidad de las instalaciones y el correcto estado y funcionamiento de todos los elementos. Esto incluye labores de pintura de los elementos que forman parte de los pasos a nivel, sustitución de lámparas y baterías, revisión de piezas móviles y accionamiento de barreras, el desbroce de vegetación en el entorno del paso a nivel y el análisis del registro de posibles anomalías, entre otras.
  • Apoyo al mantenimiento correctivo ante incidencias. Comprende un servicio telefónico de 24 horas al día, todos los días del año, para asesorar técnicamente sobre reparación de averías.
  • Gestión de repuestos y materiales necesarios para los trabajos de mantenimiento.

Estas acciones contribuyen a la consecución de diferentes Objetivos de Desarrollo Sostenible: ODS 3 (Salud y Bienestar), ODS 9 (Industria, Innovación e Infraestructura) y ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles).

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

PRESTACIÓN DE SERVICIOS EXTERNOS EN LAS ESTACIONES DE VIAJEROS

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de servicios externos auxiliares y complementarios en las estaciones de viajeros, por un valor estimado de 32.010.164,20 euros (IVA no incluido) y un plazo de ejecución de 36 meses.

Con este contrato, Adif pretende incrementar la cobertura de personal presencial en sus estaciones, facilitando una mejor prestación y calidad de los servicios y la atención al viajero, según la tipología de las estaciones y las necesidades que presenten cada una de ellas.

Entre los servicios a prestar se encuentran la apertura y cierre, atención a clientes y de los medios de información al viajero, vigilancia del estado de los activos y control de actividades de terceros, así como la gestión de otros servicios generales y actividades complementarias para garantizar el normal funcionamiento de la estación.

El objeto del contrato es la prestación de este tipo de servicios en 68 estaciones de viajeros distribuidas en todo el territorio nacional, alcanzando e incluyendo, entre otras, a todas aquellas estaciones que tengan más de 150 viajeros subidos por día, para dar cobertura de servicios auxiliares y asegurar su funcionamiento continuado.

Además, el contrato incluye la prestación de servicios extraordinarios de forma puntual (a demanda de Adif) para el resto de estaciones que soportan tráfico de viajeros, al objeto de mejorar la respuesta en situaciones de incidencias y poder dar cobertura a necesidades de la explotación ferroviaria de las estaciones de viajeros en caso de contingencias o nuevas necesidades de Adif y Adif Alta Velocidad.

El contrato incluye también 3 estaciones situadas en las Líneas de Alta Velocidad que actualmente se encuentran en construcción y cuya puesta en servicio se producirá en fechas próximas.

A efectos prácticos, esta licitación ha sido dividida en 6 lotes diferentes, correspondientes a las áreas geográficas Centro, Este, Noreste, Noroeste, Norte y Sur.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS ESTACIONES DE VIAJEROS

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de servicios integrales de mantenimiento en estaciones de viajeros, con un valor estimado de 28.012.365,60 euros (IVA incluido) y un plazo de ejecución de 36 meses.

El contrato afecta a un total de 1.498 estaciones, todas las de Adif y Adif Alta Velocidad que tienen tráfico de viajeros, tanto las situadas en la Red Convencional, como de Alta Velocidad y Ancho Métrico. También incluye aquellas que están actualmente en construcción y cuya puesta en servicio está prevista para los próximos años.

El objeto del contrato es la prestación de distintos servicios de mantenimiento, según la tipología de las estaciones y las necesidades identificadas como prioritarias en cada una de ellas.

Dependiendo de los casos, los servicios prestados serán de mantenimiento integral (preventivo, correctivo y conductivo), o bien únicamente alcanzarán a la revisión y control de algunas instalaciones y equipamientos, así como otros servicios extraordinarios, a demanda de Adif, para asegurar la operación normal de las estaciones y la prestación de los servicios básicos.

El contrato ha sido dividido en 6 lotes diferentes, según la situación geográfica de las estaciones y de acuerdo con la organización interna de Adif. En cada lote los licitadores facilitarán el precio por cada una de las modalidades de mantenimiento. En caso de que se añadiese alguna nueva estación con tráfico de viajeros durante la vigencia del contrato, el servicio pasaría a prestarse también en dicha estación.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

CONTROL DE LA VEGETACIÓN EN LAS LÍNEAS CONVENCIONALES Y LA RED DE ANCHO MÉTRICO

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de servicios de control de la vegetación en la plataforma y los márgenes de la plataforma en el ámbito de las líneas convencionales y de la red de ancho métrico, con un valor estimado del contrato de 58.900.400 euros, incluyendo las posibles prórrogas.

Las actuaciones previstas en el contrato, que se formalizará en régimen de acuerdo marco, incluyen la plena vía, las vías generales, secundarias y de apartado en terminales logísticas ferroviarias y estaciones de viajeros gestionadas por Adif.

El contrato se subdivide en seis lotes, correspondientes a otras tantas áreas territoriales: Noroeste, Norte, Noreste, Este, Centro y Sur.

En el caso del tratamiento de la plataforma, el objetivo es mantener sin vegetación las zonas de banqueta y de transición. En lo que se refiere a los márgenes de la plataforma, el contrato licitado prevé la realización de servicultura preventiva (apeos, talas, podas, desbroces y tratamientos herbicidas), al objeto de controlar la vegetación en las zonas de paseos y márgenes e instalaciones ferroviarias (estaciones, subestaciones, parques de telecomunicaciones, líneas de alta tensión, línea de fibra óptica), para minimizar el riesgo de incendio y reducir al máximo los efectos negativos en la infraestructura ferroviaria y las instalaciones.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA AP-36 OCAÑA- LA RODA Y LA M-12 EJE AEROPUERTO

El Consejo de Ministros ha aprobado la primera resolución del cálculo de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) de las autopistas AP-36 Ocaña-La Roda y M-12 Eje Aeropuerto.

La primera de ellas, la AP-36, fue adjudicada mediante Real Decreto 280/2004, de 13 de febrero, a la agrupación constituida por Ferrovial Infraestructuras, S.A.; Europistas, Concesionaria Española, S.A.; y Budimex, S.A. Esta sociedad se declaró en concurso voluntario ordinario en diciembre de 2012, abriéndose la fase de liquidación el 24 de febrero de 2015.

En el caso de la M-12, fue adjudicada mediante Real Decreto 1197/2002, de 8 de noviembre a la sociedad concesionaria "Autopista Eje Aeropuerto, Concesionaria Española, S.A." y fue declarada en concurso de acreedores en diciembre de 2013. En el citado procedimiento concursal se abrió la fase de liquidación mediante auto dictado el 13 de octubre de 2015.

Ambos contratos fueron resueltos por acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2018, ordenando al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que tramitara el expediente de liquidación del contrato, con la debida cuantificación del valor de la llamada RPA. El servicio en las autopistas se ha mantenido por parte de SEITTSA (Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre), que asumió la explotación de las mismas en 2018.

Con fecha de 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo de interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la "Responsabilidad Patrimonial de la Administración" (RPA)".

Procedimiento de liquidación

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha tramitado el procedimiento de liquidación de ambos contratos, con el cálculo de la Primera Resolución de la RPA. Este procedimiento incluye un trámite de audiencia a los interesados, en el cual se han analizado todas las alegaciones presentadas, y cuenta con informe favorable de la Abogacía del Estado.

Una vez aprobadas por el Consejo de Ministros, podrá procederse al abono de esta primera resolución, que en el caso de M-12 resulta de cero euros, mientras que en el caso de AP-36 es de 411.358.579,62 euros.

Estas cantidades no son aún definitivas, y serán revisadas, según se indica en el Acuerdo de Interpretación, en las Resoluciones Complementaria y Definitiva, que se determinarán cada seis meses para tener en cuenta las situaciones pendientes de expropiaciones, motivo por el cual se ha retenido en ambos casos parte de la Responsabilidad Patrimonial calculada.

Por otra parte, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana continúa con la tramitación de los expedientes de cálculo de la RPA del resto de autopistas que se encuentran en fase de liquidación.

Industria, Comercio y Turismo

RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO ESPAÑOLAS EN EL EXTRANJERO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que tiene por objeto regular el reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero, de acuerdo con los nuevos requisitos establecidos, así como los efectos de dicho reconocimiento.

Además, se regula el marco de las relaciones entre el Estado y las Cámaras una vez sean reconocidas. Con este nuevo procedimiento se busca conseguir la mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones de las Cámaras y el más amplio desarrollo de las relaciones comerciales y económicas entre los países respectivos y España y, específicamente, el fomento de las exportaciones y las inversiones españolas.

El Real Decreto establece que podrán ser reconocidas oficialmente por el Estado español, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, las cámaras de comercio que sean constituidas libremente en el extranjero, con arreglo a las leyes de los países en los que radican, con el fin de fomentar la internacionalización de la empresa española y la defensa de los intereses de sus socios, siempre que estas cumplan los requisitos previstos.

El texto también detalla el procedimiento para el reconocimiento oficial, así como, los derechos y obligaciones de las Cámaras de Comercio españolas.

Agricultura, Pesca y Alimentación

SUBVENCIÓN POR SINIESTRALIDAD EN EL SEGURO AGRARIO

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación normativa que permitirá subvencionar los recargos por siniestralidad en el seguro agrario. Esta modificación elimina las restricciones en este sentido del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.

De esta manera, el Plan Anual de Seguros Agrarios, que entra en vigor el 1 de enero de 2021 y que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado día 22 de diciembre, incluirá a los referidos recargos como subvencionables.

El aumento de los daños en las producciones agrícolas y ganaderas registrado en los últimos ejercicios, especialmente por la mayor frecuencia de temporales y fenómenos tormentosos que con frecuencia afectan de manera reiterada a muchas zonas, eleva la siniestralidad en muchas explotaciones. En estos casos, los asegurados han de afrontar incrementos en el coste de sus pólizas, estas penalizaciones no eran objeto de ayuda, de ahí la modificación de la norma.

La subvención de los recargos ha sido, junto con otras mejoras incluidas en el próximo plan, una de las medidas más demandadas por agricultores y ganaderos, dada la repercusión económica que puede llegar a tener en algunos asegurados.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PUERTOS CON CAPACIDAD PARA EL CONTROL FRONTERIZO DE BUQUES PESQUEROS

El Consejo de Ministros ha acordado ampliar la lista de puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca, así como la prestación de servicios portuarios para buques pesqueros de terceros países. Se incorporan, de esta manera, las instalaciones marítimas de Arrecife y Puerto del Rosario, en Canarias; Burela y Celeiro, en Galicia; y Pasaia en el País Vasco.

La nómina no se modificaba desde hace 10 años, pero la salida de Reino Unido de la Unión Europea hace necesario aumentar el número de ubicaciones donde sus buques pesqueros puedan recibir servicios portuarios. Los citados reúnen las condiciones idóneas para ser incluidos en la misma.

La modificación se lleva a cabo mediante la sustitución del anexo correspondiente del acuerdo del Consejo de Ministros del 4 de diciembre de 2009, en el que se fijaron los lugares en los que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podría llevar a cabo el control de los productos pesqueros procedentes de países no comunitarios, como será el caso de Reino Unido a partir del 1 de enero próximo.

En el caso de Canarias, la Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques de Las Palmas ya había solicitado que se incluyeran en el anexo los puertos de Arrecife (Lanzarote) y Puerto del Rosario (Fuerteventura).

Aunque ninguno de los cinco nuevos puertos designados tiene en la actualidad punto de control fronterizo, se permite que los buques pesqueros de terceros países tengan acceso a la prestación de servicios portuarios, así como a la carga de pescado; estará autorizado, además, el desembarque y el transbordo de productos de la pesca frescos originarios o procedentes de países no comunitarios.

La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) es una de las mayores amenazas para la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y socava los cimientos mismos de la política pesquera común y los esfuerzos internacionales por lograr un mejor gobierno de los mares. Por ello, la Unión Europea, en consonancia con sus compromisos internacionales y vistas la magnitud y la urgencia del problema, reforzó sustancialmente la lucha contra la pesca INDNR mediante la adopción del Reglamento (CE) No 1005/2008 del Consejo de 29 De septiembre de 2008 por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar esta actividad.

Entre las obligaciones establecidas reglamentariamente se encuentra la designación de puertos en el territorio nacional de cada Estado miembro en los que se autoriza a los buques pesqueros de terceros países a acceder a servicios portuarios y efectuar operaciones de desembarque o transbordo.

Política Territorial y Función Pública

CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA A LA ENTIDAD INTERNACIONAL INSTITUTO EUROPEO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) la contribución de 55.000 euros en el ejercicio presupuestario 2020 para pagar la cuota voluntaria a la entidad internacional Instituto Europeo de Administración Pública.

Esta partida se venía abonando como consecuencia del Convenio de 1995 y, desde la Ley 40/2015, que ordenó la adaptación de los convenios vigentes, la contribución se ha venido efectuando por prórrogas del Convenio.

El Instituto Europeo de Administración Pública (EIPA), creado en 1981, es una institución europea independiente cuyos miembros estatutarios son los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea y la Comisión Europea. España, que viene participando en el EIPA desde 1984, es actualmente miembro de su Consejo de Administración.

La representación de España se ha venido realizando por el INAP, en virtud de sus competencias sobre cooperación internacional en materia de función pública, desarrollo institucional, políticas públicas, formación de empleados públicos y estudio e investigación sobre Administración pública.

La financiación del Instituto Europeo de Maastricht se decidió por Decisión UE de 2004 y procede de las aportaciones de la Comisión Europea y de los 23 Estados miembros adheridos.


BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Secretario general de Asuntos Económicos y G20.-

D. MANUEL DE LA ROCHA VÁZQUEZ

Licenciado en Empresariales (Universidad Autónoma de Madrid, 1995). Mágister en Estudios Latinoamericanos (Universidad Complutense de Madrid, 1996). Máster en Política Económica (Universidad de Columbia, 2000).

En su experiencia profesional ha ejercido los siguientes puestos: director del Departamento de Asuntos Económicos del Gabinete de la Presidencia del Gobierno (2018- 2020); director de Innovación de la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR) (2018); secretario de Economía del PSOE (2014-2016); diversos puestos en agencias y organismos públicos (Ministerio de Asuntos Exteriores, FIIAPP, AECID, Banco Africano de Desarrollo, Expansión Exterior o el ICEX); Banco Mundial (2000-2007); Comisión Europea (1997-1999).

Actualmente, ejercía las funciones de director del Departamento de Asuntos Económicos y G20.

Hacienda

Secretaria general de Fondos Europeos.-

Dª MERCEDES CABALLERO FERNÁNDEZ

Pertenece al Cuerpo de Administradores Civiles del Estado (CSACE). Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología por la UCM. Máster en Administración Pública (en Política Económica) (MPA/PEPM) por la Universidad de Columbia (New York).

En su experiencia profesional ha ejercido los siguientes puestos: jefa del Gabinete Técnico del secretario general de Presupuestos (2005 - 2006); directora del Gabinete del secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos (2006 - 2009); directora general de Fondos Comunitarios (2009 - 2012) y vocal asesora del Gabinete de la secretario de Estado de Presupuestos y Gastos (2012 - 2018).

Actualmente, ejercía el cargo de directora general de Fondos Europeos.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Directora general de Inclusión y Atención Humanitaria.-

Dª MARÍA TERESA PACHECO MATEO-SAGASTA

Licenciada en Derecho y Diplomada en Empresariales en ICADE, Universidad Pontificia de Comillas. Máster en Cooperación por la Complutense y Derechos Humanos por la Carlos III, así como programas de Postgrado para Dirección en ESADE e IESE.

Comenzó su trabajo en la Agencia para naciones Unidas de PNUD junto con el CGPJ, ocupando puestos en otras agencias de este organismo como en UNCEF en Cuba o recientemente la Dirección de Políticas de Madrid, Así como en la CEDAW (actual ONU Mujer).

Ha trabajado en distintas organizaciones de Ayuda Humanitaria y Cooperación en especial para la Infancia y Para Migrantes y Refugiados. Ocupando puestos en sede como en terreno, incluidas acciones en conflicto armado o desastres naturales y los flujos migratorios que estas suponen.

Ha colaborado con la Administración haciendo incidencia Política desde 2015 y ha sido concejala para servicios sociales, cooperación y ayuda humanitaria, igualdad y diversidad, cargo que venía desempeñando en la actualidad.

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