Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- REAL DECRETO-LEY por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural.
- REAL DECRETO de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
- REAL DECRETO por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
- REAL DECRETO por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma de la Convención relativa a la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima.
- ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo para la modificación del Convenio sobre transporte aéreo entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos.
Derechos Sociales y Agenda 2030
- REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo a entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- REAL DECRETO por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica.
- ACUERDO por el que se aprueba la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A., la celebración del contrato de ejecución de las obras y puesta en marcha del "Sistema de depuración y reutilización de aguas residuales del Oeste de Tenerife: Ejecución de las obras del proyecto de la EDAR del oeste. T.M. Guía de Isora", por un valor estimado de 15.617.937,90 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la "Conservación y explotación de la zona regable de la Real Acequia del Jarama", por un valor estimado de 14.221.612,35 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la realización de "actuaciones hidrológico-forestales de emergencia en el área afectada por el gran incendio forestal 2020 en la provincia de Huelva II", por un importe máximo de 299.989,78 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de la Agencia Estatal de Meteorología a la Agrupación de Interés Económico ECOMET en 2020, por un importe global de 21.127 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de la Agencia Estatal de Meteorología para el pago de la deuda derivada del ajuste fiscal por tributación de los pensionistas residentes en España del Centro Europeo de Predicción a Plazo Medio (CEPPM), por un importe global de 242.251,44 euros, y de los intereses de demora generados.
- ACUERDO por el que se autoriza al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., la primera convocatoria de ayudas a la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas con Fondos de la Unión Europea.
- ACUERDO por el que se prorroga la vigencia del "Documento de planificación energética. Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020", aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- ACUERDO por el que se acepta la enmienda del Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y Nueva Zelanda.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de ampliación de 200 licencias Citrix Remote PC Access al objeto de garantizar las modalidades de trabajo no presenciales, por un importe estimado de 15.388,78 euros IVA incluido.
Defensa
- ACUERDO por el que se toma razón de declaraciones de emergencia en el Ministerio de Defensa, para hacer frente a la situación generada por el COVID-19, por un importe total de 3.858.820,85 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza que la inversión extranjera (indirecta) de la empresa de Luxemburgo BTC-TREA S.C.A. SICAR en la empresa española Airtificial Aerospace & Defense Engineering, S.A.U., a través de la empresa española Airtificial Intelligence Structures, S.A., se pueda destinar a actividades relacionadas con la defensa nacional.
Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza al Consejo Gestor del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas la aprobación de la operación de apoyo público temporal solicitada por Air Europa Holding, S.L.U., Air Europa Líneas Aéreas, S.A.U. y Aeronova, S.L.U.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios para la evolución y mantenimiento de aplicaciones corporativas para la Corporación Radio Televisión Española, cuyo valor estimado máximo asciende a 14.548.149 euros.
Interior
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de test serológicos rápidos para la detección de anticuerpos del COVID-19, así como del servicio para la realización de test PCR para la detección del citado virus, para el personal de la Policía Nacional, por importe de 1.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 10.000 kits de test de prueba rápida COVID-19 IgG/IgM, con motivo de la propagación del citado virus, para la Dirección General de la Guardia Civil, por importe de 96.800 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de cantidad máxima de 95.000 unidades de Gel Hidroalcohólico para el personal de la Guardia Civil, con motivo de la propagación del COVID-19, por importe máximo de 161.500 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 2.500.000 unidades de mascarillas quirúrgicas tipo I para el personal de la Guardia Civil, con motivo de la propagación del COVID-19, por importe máximo de 211.300 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de 3.000.000 unidades de guantes de nitrilo para el personal de la Guardia Civil, con motivo de la propagación del COVID-19, por importe máximo de 279.000 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los servicios de mantenimiento de la plataforma CITRIX de la Dirección General de la Guardia Civil, con motivo de la propagación del COVID-19, por importe de 94.985 euros.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- ACUERDO por el que se autoriza la modificación n.º 2 del contrato de las obras: "Circunvalación de Murcia MU-30. Tramo: Autovía del Reguerón", provincia de Murcia, con presupuesto adicional líquido de 37.675.405,95 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras de ejecución del proyecto constructivo de renovación de vía y adaptaciones de Monfragüe a Plasencia (Cáceres). Línea de alta velocidad Madrid - Extremadura. Valor estimado del contrato 12.648.923,08 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de monitorización continua y trabajos previos para la sustitución de los tirantes del Puente del Centenario, situado entre los puntos kilométricos 10+000 y 12+000 de la autovía SE-30, en la provincia de Sevilla, por importe de 10.370.427,09 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la segunda ampliación de la declaración de emergencia de las obras de monitorización continua y trabajos previos para la sustitución de los tirantes del Puente del Centenario, situado entre los puntos kilométricos 10+000 y 12+000 de la autovía SE-30, en la provincia de Sevilla, por importe de 5.583.496,60 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la calzada y la estabilización de taludes de la carretera N-634, entre los puntos kilométricos 345+250 y 345+650, en la provincia de Asturias, por importe de 763.289,26 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación del puente medieval ubicado en el punto kilométrico 181+500 de la carretera N-VIa, en el municipio de Tordesillas, en la provincia de Valladolid, por importe de 2.042.338,34 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación y sostenimiento de los taludes situados en el punto kilométrico 94+500 de la carretera N-621 y de los taludes situados en los puntos kilométricos 93+050 y 110+100 de la carretera N-625, en la provincia de León, por importe de 707.827,64 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la calzada izquierda en el punto kilométrico 437+300 de la autovía A-2, en la provincia de Zaragoza, por importe de 1.454.065,64 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación del terraplén situado en la carretera N-420, puntos kilométricos 648+290 al 649+260, del deslizamiento del talud de la margen derecha de la vía de servicio de la carretera N-420, punto kilométrico 644+450 y de la rotura del terraplén en la carretera N-234, punto kilométrico 114+100, en el estribo frontal del puente de Caparrates sobre el ferrocarril, en la provincia de Teruel, por importe de 2.249.723,69 euros.
Educación y Formación Profesional
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2020 para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 3.481.170 euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2020 para financiar el desarrollo de acciones para el fomento de la calidad de la Formación Profesional: "REACTIVA FP 20.21", por importe de 10.583.870 euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2020 para financiar el desarrollo de Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español, por importe de 4.634.960 euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2020 para financiar el impulso a la Formación Profesional Dual, por importe de 9.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2020 para financiar acciones de formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado, por importe de 5.300.000 euros.
Industria, Comercio y Turismo
- ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable en condiciones comerciales OCDE, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J. (FIEM), para el suministro de 16 autobuses para uso turístico y transporte interurbano y urbano por importe de hasta 3.506.250 euros a Wanicki Serwis Spp Zoo en Polonia.
- ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable concesional desligado, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa F.C.P.J. (FIEM), a la "Office National de l'Electricité et de l´Eau Potable" (ONEE) en Marruecos para la adquisición y puesta en marcha de dos desaladoras en las ciudades de Zag y Moulay Brahim, por importe de hasta 5.000.000 de euros.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Política Territorial y Función Pública
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias en el marco del Acuerdo sobre Fondos de Formación para el Empleo en las Administraciones Públicas.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la información prevista en el artículo 24 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado.
- ACUERDO por el que se autoriza la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad Nacional de Educación a Distancia correspondiente al año 2020.
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una subvención a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por importe de 14.923.040,69 euros, para paliar daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Cuba a D. ÁNGEL MARTÍN PECCIS.
Justicia
- REAL DECRETO por el que se nombra agente del Reino de España para la representación de España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a D. LUIS ENRIQUE VACAS CHALFOUN.
Hacienda
- REAL DECRETO por el que se nombra presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación a Dª MARÍA LUISA ARAÚJO CHAMORRO.
CONDECORACIONES
Interior
- REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a D. ALFREDO PÉREZ RUBALCABA.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Agricultura, Pesca y Alimentación
PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA CADENA ALIMENTARIA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Tras esta aprobación, inicia ahora su trámite parlamentario.
Con las actualizaciones de la Ley realizadas en febrero y las que ahora van a las Cortes Generales se avanza en el firme compromiso del Ejecutivo de modificar la Ley de la Cadena Alimentaria para impulsar un reparto equitativo del valor añadido a lo largo de la misma.
Se fomenta, asimismo, la transparencia en la formación de precios y se protege a los eslabones más débiles por su posición en la cadena, al tiempo que se estimulan las relaciones comerciales a través de la mejora de la operatividad de las transacciones.
El Proyecto de Ley amplía su ámbito de aplicación, generaliza los contratos por escrito, amplía la lista de nuevas prácticas comerciales desleales prohibidas y actualiza las infracciones y sanciones.
La nueva norma completa los cambios inaplazables introducidos por el Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, de medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación y que constituyó el primer paso en la mejora de la ley de la cadena que ha iniciado el Gobierno este año.
En esta segunda fase, se incorpora al ordenamiento nacional la Directiva 2019/633 relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario. Las modificaciones que se introducen amplían el ámbito de aplicación de la vigente norma y establecen mecanismos que la refuerzan para incrementar su eficacia.
El problema del desequilibrio en la cadena agroalimentaria no es exclusivo de España, sino una realidad compartida por todos los Estados de la Unión Europea.
A este respecto, el Gobierno considera imprescindible y prioritario perseguir las prácticas desleales que generan situaciones de desequilibrio entre los operadores y que comprometen la capacidad de negociación de las partes más débiles. De esta manera se logrará dinamizar el mercado e impulsar el reparto equitativo del valor añadido.
Una ley cada vez más eficiente
La Ley de la Cadena Alimentaria ha desempeñado, desde su promulgación, un servicio esencial en el proceso de paulatino reequilibrio de las relaciones comerciales agroalimentarias. Bajo la premisa de mejorar su eficiencia y darle un decidido impulso, el proyecto de ley aprobado hoy incluye mejoras entre las que destacan:
- Se amplía el ámbito de aplicación espacial y material de la norma.
En el primer caso, la Ley no solo afectará a las relaciones comerciales internas, sino que se extenderá también a las de ámbito comunitario en las que participe un operador establecido en España, siempre que no aplique la legislación de otro Estado miembro. También aplicarán sus prohibiciones y sanciones en las relaciones de un operador establecido en España y otro de un tercer país.
En cuanto al ámbito material, además de los alimentos y productos alimenticios, se contemplan las materias primas y otros productos contemplados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Se amplían los supuestos en los que es obligatorio hacer contratos por escrito hasta la práctica totalidad de las operaciones.
- Se incorporan prácticas comerciales desleales que, a día de hoy, no están recogidas en la legislación española, fruto de la trasposición de la directiva europea. La modificación unilateral de contratos en lo que se refiere a volumen o la devolución de productos no vendidos (salvo pacto expreso) son algunos ejemplos.
- Se incorporan nuevas infracciones o se recalifican otras para asegurar la mejor aplicación y eficacia de la norma. Entre ellas, cabe señalar la cancelación de un pedido 30 días antes de la fecha de entrega (leve) o la obstrucción de la inspección (grave). Exigir pagos adicionales o asunción de costes sobre el precio pactado que pasa de leve a grave.
- Se reconoce a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) como autoridad de control de lo dispuesto en la ley en el ámbito nacional. Será, además, punto de contacto y cooperación con otras autoridades y con la Comisión Europea.
Estas novedades se suman a las introducidas a inicios de 2020 como respuesta urgente a la grave situación en que se encontraba el sector primario y que supusieron algunos cambios fundamentales:
- Cada operador de la cadena alimentaria debe pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción, lo que implica de facto que los precios se fijen de abajo hacia arriba y el reparto del valor sea más justo.
- Los costes de producción tienen que ser la base de la negociación de los contratos escritos y se obliga a incluir en los contratos alimentarios la indicación de que el precio pactado cubre el coste efectivo de producción.
- En ese mismo sentido, en la determinación del precio en cuantía variable uno de los factores a utilizar para su determinación serán, en todo caso, los costes efectivos de producción.
- Las actividades promocionales no pueden inducir a error sobre el precio e imagen de los productos.
- La tipificación de las infracciones en materia de contratación alimentaria se recalifica en cuanto a su gravedad.
- Se prevé la publicidad de determinadas sanciones con motivo de estas infracciones.
El Proyecto de Ley que ahora entra en el Congreso de los Diputados inició su tramitación el 1 de abril de este año mediante la consulta pública previa. Desde entonces se ha debatido con todos los operadores de la cadena y el resto de administraciones afectadas bajo un espíritu de colaboración y diálogo.
Tras su paso, en primera lectura, por el Consejo de Ministros, se ha procedido a la realización del trámite de información pública y consulta a las comunidades autónomas y el sector, y a recabar los informes necesarios. Entre estos, cabe destacar, además de los de otros departamentos, el del Consejo Económico y Social, el de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el dictamen del Consejo de Estado. El texto final, perfeccionado por estas aportaciones, es el que ha sido aprobado hoy en segunda lectura por el Consejo de Ministros.
Consumo
REAL DECRETO DE COMUNICACIONES COMERCIALES DE LAS ACTIVIDADES DEL JUEGO
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego que regula por primera vez la publicidad del sector de las apuestas en línea y juegos de azar en España.
La nueva norma desarrolla los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego y prohíbe con ella la publicidad audiovisual fuera del horario de 1.00 h. a 5.00 h. de la madrugada. Además, el nuevo texto ajusta el contenido de los mensajes publicitarios para proteger a los sectores más vulnerables e impide a los operadores del mercado del juego la emisión de bonos de captación de jugadores, entre otras medidas.
Desde 2011, en España, las empresas del sector del juego han incrementado cada año su inversión en publicidad, promoción y patrocinio sin que este mercado se haya regulado hasta ahora. En los últimos cuatro años, las cifras de inversión se han triplicado en nuestro país, acompañadas de un aumento del consumo del juego entre jóvenes de 18 a 25 años. En 2017, el 28% de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad. Dos años después, en 2019, la cifra se ha incrementado doce puntos y se sitúa en el 40%.
A través de esta legislación, se da respuesta a la demanda social creciente que pide mayor protección de la salud pública en el ejercicio de las actividades del juego, de los menores y de los consumidores en su conjunto.
Este Real Decreto responde a las numerosas iniciativas aprobadas en las Cortes Generales y en las cámaras legislativas autonómicas. También tiene en cuenta la Recomendación de la Comisión Europea de 14 de julio de 2014, relativa a principios para la protección de los consumidores y los usuarios de servicios de juego en línea y la prevención entre las personas menores de edad, así como otras Recomendaciones de la Comisión Europea, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Defensor del Pueblo.
Regulación
El nuevo texto regula los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 sobre publicidad, patrocinio y promoción de la actividad del juego, así como la protección de consumidores y políticas de juego responsable.
En lo que se refiere a la publicidad, patrocinio y promoción, la norma establece un paquete de medidas para restringir la exposición de los menores y otros colectivos vulnerables a la comunicación comercial del sector de las apuestas, así como a proporcionar una adecuada percepción del juego como actividad de riesgo potencial. De la misma forma, el Real Decreto permite prevenir la generación de conductas de juego irreflexivo o compulsivo, y garantizar que la información a los jugadores es veraz y suficiente para formarse una idea cierta y no distorsionada de lo que implica la actividad del juego.
En cuanto a la protección de consumidores y políticas de juego responsable, el Real Decreto desarrolla la regulación del juego seguro o responsable para establecer acciones concretas y expresas por parte de los operadores del juego. Destaca la obligatoriedad de las empresas de informar proactivamente a los consumidores de los riesgos inherentes al juego y de las condiciones de su desarrollo. De la misma forma, las medidas contenidas en este bloque buscan sensibilizar a la sociedad de los potenciales efectos adversos y detectar patrones de consumo problemático.
Medidas destacadas
El Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de las Actividades del Juego prohíbe la utilización de bonos promocionales para la captación de jugadores. Las empresas solo podrán dirigir sus ofertas a clientes registrados y verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos patológicos en la actividad del juego. Para ello, se establecen nuevas obligaciones a los operadores para fortalecer el control de acceso al mercado de las apuestas.
Los clubes deportivos no podrán firmar contratos de patrocinio con casas de apuestas que implique llevar publicidad de juegos de azar en camisetas y equipaciones. La publicidad de apuestas en estadios deportivos, cuando acojan eventos emitidos en directo, deberá ajustarse a los mismos horarios que al resto de soportes. Los clubes tampoco podrán realizar actividades de patrocinio que consistan en la utilización de la marca de un operador para identificar a una instalación deportiva. Tampoco se podrá emitir publicidad de apuestas durante eventos deportivos en soporte alguno fuera del horario de 1 a 5 de la madrugada.
La publicidad a través de correo postal queda prohibida y la que se realice a través de correo electrónico solo podrá emitirse con el consentimiento de la persona interesada, en ningún caso cuando el receptor haya desarrollado comportamientos de riesgo. Aquella comunicación comercial que se realiza en medios publicitarios presenciales, tales como vallas publicitarias u otros soportes de publicidad exterior, deberá atender a lo dispuesto en el Real Decreto y a la normativa autonómica en vigor.
De igual forma, la publicidad en Internet queda relegada a los portales de los operadores del juego. No entran en esta categoría los perfiles en redes sociales, donde las empresas del juego solo podrán emitir mensajes publicitarios a sus seguidores; ni las plataformas de intercambio de video como Youtube, donde la publicidad queda relegada al mismo horario que el resto de soportes publicitarios.
Además, para mayor protección de los menores, se incluye el control parental a través mecanismos que identifiquen la categoría de juegos de azar en la publicidad en línea. Tanto en motores de búsqueda, redes sociales o plataformas de intercambio de vídeo, los operadores deberán contar con instrumentos que garanticen que, en ningún caso, su publicidad se dirige a menores y que existen mecanismos de bloqueo u ocultación de anuncios.
En cuanto al contenido del mensaje, en aquellos anuncios de juegos de azar o apuestas que se emitan en el horario permitido, no podrán aparecer personas o personajes, reales o ficticios, de relevancia o notoriedad pública. Tampoco se podrá trasladar la percepción falsa o equívoca de gratuidad o de falta de onerosidad de las promociones, ni inducir a confusión respecto a la naturaleza del juego. En ningún caso estará permitido incluir testimonios de personas beneficiarias previas, reales o figurados, de la promoción; ni basarse en la habilidad del jugador.
Régimen sancionador
Los operadores de juego serán responsables del cumplimiento de las disposiciones en materia de comunicaciones comerciales previstas en el Título I del Real Decreto cuando esas comunicaciones se difundan, emplacen o realicen por su cuenta o encargo. Se aplicará el régimen sancionador de la Ley 13/2011, de regulación del juego. Los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores podrán ser sancionados con multa de entre 100.000 y un millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.
A los prestadores de servicios de comunicación audiovisual se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, cuya instrucción y sanción corresponde a la CNMC.
Entrada en vigor
La parte dispositiva establece que la norma entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de ese momento, ya no podrán firmarse nuevos contratos contrarios a las medidas contempladas en el Real Decreto. Para los ya firmados y que estén en vigor en este momento, se establecen unos plazos que van hasta el verano de 2021, coincidiendo con el final de la temporada deportiva, aunque los convenios privados entre clubes y operadores se hayan firmado por más tiempo.
Las medidas de prohibición de bonos promocionales o la regulación de la publicidad en Internet, aunque existan contratos más extensos, tendrán un periodo de adaptación menor y entrarán en vigor en su totalidad el 1 de mayo de 2021. En el caso de campañas publicitarias con personas o personajes de relevancia que ya hayan sido contratadas, no se podrán seguir emitiendo a partir del 1 de abril de 2021. El resto de contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor, se podrán mantener hasta el 30 de agosto de 2021.
Este carácter transitorio tiene como objetivo garantizar la adaptación técnica y económica de los sectores que se ven afectados por la aprobación de la nueva norma.
Derechos Sociales y Agenda 2030
MEDIDAS URGENTES DE APOYO A ENTIDADES DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL DE ÁMBITO ESTATAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo a entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal.
A través de este Real Decreto-ley se establecen un conjunto de ayudas extraordinarias a favor de las principales entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal que desarrollan su labor a favor de diversos colectivos especialmente afectados por la Pandemia de la COVID-19 como son, entre otros, las personas mayores, la infancia y la adolescencia, el pueblo gitano, los diversos colectivos en riesgo de exclusión social, las personas con discapacidad, las víctimas de violencia de género y de trata, las personas migrantes, las mujeres, las personas LGTBI, las personas drogodependientes, las personas afectadas por el VIH-SIDA, etcétera.
El conjunto de estas ayudas asciende a 26.404.089,44 euros procedentes del 0,7 por ciento del Impuesto Sobre Sociedades, siendo el año 2020 el primer año que este recurso se emplea, de forma excepcional, para reforzar la actuación de las principales entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal ante la grave crisis provocada por la COVID-19.
Estos fondos están destinados a abordar los gastos de actuación y funcionamiento de las 297 entidades beneficiarias con el fin de que puedan seguir contribuyendo a atenuar el impacto económico y social que la situación de pandemia ha tenido en el conjunto de la sociedad y, especialmente, en los sectores más vulnerables de la población.
Este Real Decreto-ley modifica el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación para que la modernización y fomento del Tercer Sector de Acción Social pueda considerarse como uno de los ejes de las actividades de interés general consideradas de interés social. Se trata de poder reforzar las estructuras del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal y establecer sus condiciones para facilitar su modernización.
Este Real Decreto-ley forma parte de la apuesta de este Gobierno por apoyar al Tercer Sector de Acción Social de nuestro país, especialmente en un contexto de crisis social como el actual, de manera que el año 2020 es un año record en lo referente a transferencias de recursos financieros del Estado a las Entidades del Tercer Sector de Acción Social para el desarrollo de su importante labor.
Trabajo y Economía Social
PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y AMPLIACIÓN DE LA PROTECCIÓN AL SECTOR CULTURAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural. Se trata de medidas importantes para la mejora y adaptación del marco de protección a las personas trabajadoras afectadas por los efectos económicos de la crisis sanitaria.
Subsidio especial por desempleo
Esta nueva medida de protección a las personas trabajadoras se ha sometido al Diálogo Social y estaba recogida en el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo y se materializó en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 24/2020 de 26 de junio. Dará cobertura a quienes hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y no tengan acceso a otras ayudas ni posibilidad de incorporarse al mercado laboral.
Los posibles beneficiarios y beneficiarias han de estar en situación de desempleo e inscritos en los sistemas públicos como demandantes. También podrán acceder al subsidio las personas que estén cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestación contributiva.
El subsidio no será compatible con la percepción de la renta mínima, la renta de inclusión, salario social o ayudas análogas de cualquier administración pública.
Prórroga del acceso extraordinario al desempleo de los artistas de espectáculos públicos
Se mantendrá la vigencia, hasta el 31 de enero de 2021, del acceso a la prestación por desempleo de este colectivo. Esta prestación es incompatible con cualquier otra prestación o ayuda social otorgada por cualquier Administración Pública.
Subsidio para personal técnico y auxiliar de la cultura
Se han mantenido reuniones con colectivos representativos del sector de la cultura para abordar sus necesidades en materia laboral. Podrá percibir un subsidio por desempleo el personal técnico y auxiliar del sector de la cultura que haya prestado servicios por cuenta ajena para la realización de un evento, una obra o espectáculo público en cualquier soporte o medio de difusión.
Los posibles beneficiarios han de acreditar un período de cotización de, al menos 35 días. También deben estar inscritos en los servicios públicos de empleo y no deben contar con un trabajo, bien sea por cuenta propia o ajena, a jornada completa. El subsidio es incompatible con la percepción de otro tipo de ayudas y tendrá tres meses de duración.
Prestación por desempleo de los profesionales taurinos
Los trabajadores taurinos, afectados por la declaración del Estado de Alarma y las restricciones adoptadas por las autoridades sanitarias durante su periodo habitual de actividad, no han podido cotizar lo necesario para generar el derecho a la prestación por desempleo de acuerdo con su régimen especial de cotización a la Seguridad Social, encontrándose, por ello, en especial situación de vulnerabilidad.
Coincidiendo con el momento de finalización de la temporada taurina, se reconoce ahora un acceso extraordinario a la prestación contributiva por desempleo a los profesionales taurinos, que se extenderá hasta el 31 de enero de 2021.
Facilidades para la tramitación y mejora a los fijos discontinuos
No será necesario acreditar la búsqueda activa de empleo para acceder al programa de renta activa de inserción hasta el próximo 31 de enero.
En la duración del subsidio por desempleo para los trabajadores fijos discontinuos se entenderán como trabajados los periodos en los que hayan sido beneficiarios de las ayudas determinadas por el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo.
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto prorrogando del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones del COVID-19 causado por el SARS-CoV-2 que prolonga las medidas del mismo hasta el día 9 de mayo a las 0.00 con el fin de controlar los efectos de la segunda ola de la pandemia.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
MODIFICADA LA DISTRIBUCIÓN DE LA LÍNEA DE AVALES PARA LIQUIDEZ E INVERSIÓN
El Consejo de Ministros ha revisado el criterio de reasignación del primer tramo de la Línea de Avales para liquidez e inversión aprobada el 28 de julio.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se liberaron los primeros 8.000 millones de euros de la Línea de Avales de 40.000 millones de euros, determinó que la distribución de los avales entre las entidades financieras se llevaría a cabo conforme a los mismos criterios que los establecidos para la Línea de Avales de 100.000 millones de euros, es decir, conforme a su cuota de mercado en la concesión de crédito a empresas y autónomos a 31 de diciembre de 2019. Asimismo, se fijaba como fecha el 1 de noviembre, para la redistribución de los avales no empleados entre las entidades, de forma proporcional al importe del aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
Con esta modificación aprobada hoy, se sustituye a partir del 1 de noviembre el criterio de distribución por cuotas por el criterio de distribución a demanda. Este cambio va a permitir un uso más eficiente de los avales públicos y, por tanto, de los recursos del contribuyente.
Ejecución de Línea de Avales
Hasta el 2 de noviembre, las entidades financieras han registrado 861.779 operaciones de financiación con aval del Estado. El importe avalado asciende a un total de 80.693 millones de euros, lo que ha permitido canalizar financiación por 106.198 millones de euros al tejido productivo.
El 98% de los avales (845.405 operaciones) corresponden a pymes y autónomos con una cobertura del aval del 80% para préstamos y otras operaciones de financiación y renovaciones, y un importe avalado de 59.040 millones de euros para una financiación de 73.865 millones.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
ESTRATEGIA A LARGO PLAZO PARA UNA ECONOMÍA ESPAÑOLA MODERNA, COMPETITIVA Y CLIMÁTICAMENTE NEUTRA EN 2050
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la "Estrategia a Largo Plazo para una Economía Española Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050" (ELP 2050). Este documento responde a los compromisos de España como Estado miembro de la Unión Europea y con el Acuerdo de París, y marca la senda para lograr la neutralidad climática no más tarde de 2050, identificando las oportunidades que ofrece esa transición en materia económica y de generación de empleo.
La ELP 2050 se alinea con el aumento de ambición climática a nivel internacional liderado por la Unión Europea, que aspira a ser el primer continente neutro en emisiones en 2050. La Comisión Europea apuesta por incrementar el objetivo europeo de reducción de emisiones a 2030, pasando de al menos un 40% respecto a 1990 a un mínimo de un 55%. Esta decisión es respaldada por España: el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firmó una declaración conjunta junto a los presidentes y primeros ministros de otros 11 Estados miembro para reclamar este aumento de ambición.
Compromiso de España con la neutralidad climática
La Estrategia a Largo Plazo muestra una senda hacia la descarbonización que servirá de guía para orientar las inversiones en los próximos años, apuntalando el compromiso del Gobierno con el cambio de modelo hacia una economía libre de emisiones. La senda presentada en la Estrategia orientará la movilización de inversiones para la recuperación.
El documento permitirá que España reduzca, no más tarde de 2050, sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en un 90% respecto a 1990. Esto implica reducir las emisiones de CO2 desde las 334 millones de toneladas equivalentes (MtCO2eq) emitidas en 2018 a un máximo de 29 MtCO2eq emitidas en 2050. El 10% restante de las emisiones será absorbido por los sumideros de carbono, que serán capaces de captar unas 37 MtCO2eq a mediados de siglo, lo que supone alcanzar la neutralidad climática.
La ELP se configura como una pieza esencial que completa el Marco de Energía y Clima del Gobierno junto al Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, la Estrategia de Transición Justa, la Estrategia de Pobreza Energética, el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático y, en especial, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (2021-2030). El documento es coherente con este marco y lo completa, continuando la senda iniciada por el PNIEC y desarrollando la trayectoria y las vías para lograr los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en el Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Las medidas articuladas en el PNIEC ya han sido desarrolladas y puestas en marcha en los últimos meses mediante el desarrollo de estrategias, hojas de ruta y disposiciones legislativas. Algunas de ellas, como la "Hoja de ruta del hidrógeno: una apuesta por el hidrógeno renovable" o la "Estrategia de almacenamiento energético", tienen además una visión a 2050 en total consonancia con la ELP.
El documento analiza, desde un punto de vista estratégico, las distintas opciones para la descarbonización de la economía y propone una trayectoria para alcanzar la neutralidad climática basada en la tecnología y el conocimiento científico disponibles. Este camino pone sobre la mesa las señales de inversión y el despliegue tecnológico que serán necesarios en los próximos años para cumplir con el Acuerdo de París. Si bien la ELP marca una senda general para alcanzar los objetivos propuestos, la ruta concreta para cada década se irá definiendo de manera detallada por medio de los PNIEC, que se elaborarán cada diez años y se actualizarán cada cinco.
Elementos transversales
La senda hacia la neutralidad climática interactúa con múltiples factores que son transversales en la transición ecológica y que son también abordados por la ELP. La ciudadanía se situará en el centro de este cambio, que se abordará desde una perspectiva de equidad y justicia social, con especial atención a los colectivos y sectores vulnerables, así como a los habitantes de zonas en Transición Justa, generando oportunidades de empleo sostenible, especialmente en el entorno rural, y abordando el reto demográfico. Esta Estrategia también integra una perspectiva de género con un enfoque de igualdad. Adicionalmente, presenta múltiples sinergias con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.
La transición hacia la neutralidad climática presenta múltiples oportunidades para la industria de nuestro país gracias al desarrollo de sectores estratégicos como las energías renovables, el hidrógeno verde y el almacenamiento energético a lo largo de toda su cadena de valor. El despliegue de estas tecnologías contribuirá, asimismo, al autoabastecimiento energético y a un uso más eficiente de los recursos, que redundarán en el cuidado del medio ambiente y en una mayor resiliencia al cambio climático. Las nuevas transformaciones se realizarán sobre la base del incremento de la cohesión territorial, contribuyendo al desarrollo rural y haciendo frente al reto demográfico, pero también mediante el diseño de ciudades más habitables, al tiempo que se abren nuevas oportunidades para el empleo.
Reducción de emisiones y ahorro energético
Uno de los principales objetivos del documento es la mitigación de emisiones para alcanzar la neutralidad climática antes de mediados de siglo. Para conseguirlo, el sistema energético estará basado fundamentalmente en energías renovables, representando un 97% en el consumo final.
El ahorro y la eficiencia energética tienen también un papel fundamental en la Estrategia, reduciendo los consumos de energía primaria y final. Todas las transformaciones señaladas generarán un cambio en la estructura energética, que redundará en una considerable reducción de la dependencia exterior. Se estima que España pasará de importar el 73% de la energía consumida en 2018 al 13% en 2050, lo que implicará un ahorro acumulado en importaciones de combustibles fósiles entre 2021 y 2050 estimado en 344.000 millones de euros.
Oportunidades de la transición ecológica
Según la modelización de la ELP, el despliegue de energías renovables permitirá que el sector industrial nacional refuerce su posición de liderazgo en estas tecnologías, abriendo nuevas vías de desarrollo en el ámbito del almacenamiento o del hidrógeno renovable a lo largo de toda la cadena de valor.
El documento identifica las oportunidades y palancas para la modernización y descarbonización de los diferentes sectores económicos del país, que vivirán en las próximas décadas un proceso de transformación tecnológica progresiva vinculada, especialmente, a la penetración de energías renovables. Este cambio generará importantes oportunidades en toda la cadena de valor industrial, que verá aumentada su competitividad y capacidad productiva en todos los sectores.
Gracias a la mejora de la eficiencia energética y al ahorro, el consumo de energía primaria se reducirá en torno a un 50% desde el año 2020 hasta el año 2050.
La aplicación de la ELP permitirá desacoplar el crecimiento económico del consumo energético. El PIB producido por unidad de consumo final de energía se multiplicará por 2,5 entre 2017 y 2050. Además, el documento anticipa que la contribución de energías renovables sobre la energía final se situará en un 97%. Por su parte, el sector eléctrico será 100% renovable antes de llegar a mitad de siglo, mientras que la contribución de las energías renovables al transporte y la movilidad alcanzará el 79%, llegando al 97% en el sector de calor y frío.
La movilidad y el transporte reducirán sus emisiones cerca del 98% respecto a valores actuales, mientras que la industria lo hará en más de un 90% y el sector agropecuario y residuos alcanzará una reducción aproximada del 60%. El sector de la edificación estará 100% descarbonizado en 2050.
Por otra parte, el consumo de energía primaria se reducirá en un 40% gracias a las políticas de eficiencia energética, a los cambios de hábitos y a la economía circular, redundando en una reducción de más del 30% en el consumo de energía final.
Empleo e inversión
El documento identifica las oportunidades económicas y de generación de empleo que plantea el proceso de descarbonización, y señala que España puede ocupar una posición de liderazgo en nuevos segmentos de la cadena de valor como los asociados a la economía circular o a la digitalización, que pueden jugar un papel determinante en la reactivación de la economía española en línea con los instrumentos de recuperación comunitarios. La inversión derivada de los Fondos de Recuperación y Resiliencia irá orientada a acelerar la transición ecológica, sirviéndose de esta Estrategia como guía.
El conjunto de medidas que se integran en la Estrategia tendrá un impacto positivo en la generación de empleo, que aumentará un 1,6% en 2050 con respecto a un escenario que no tenga en cuenta su aplicación. Esto generaría unos 300.000 empleos netos al año a lo largo de este periodo.
Asimismo, se estima que las inversiones totales acumuladas en el periodo 2031-2050 alcanzarán los 500.000 millones de euros, de los cuales 300.000 se consideran asociados a la implementación de esta Estrategia. Esta cifra se sumaría a los 250.000 millones de euros que movilizará la implementación del PNIEC desde 2021 hasta 2030. Las inversiones adicionales anuales se situarán en torno a un 1% del PIB, en línea con las cifras presentadas por la Estrategia a Largo Plazo Europea 2050.
Conservación y adaptación al cambio climático
Otra dimensión de gran calado abordada en la ELP, además de la mitigación, es la adaptación. Los informes del IPCC señalan al sur de Europa y la cuenca del Mediterráneo como las zonas más expuestas a los impactos derivados de la crisis climática, por lo que ésta es una cuestión esencial para España. Nuestro país ya está experimentando impactos relevantes derivados del cambio climático, que se irán agravando a medida que la crisis climática continúe avanzando, por lo que la anticipación resultará clave. Existe un consenso generalizado sobre la necesidad de dar respuesta al reto de gestionar los riesgos y reducir la vulnerabilidad frente a los cambios actuales y futuros del clima en España, facilitando la adaptación de nuestro país al cambio climático.
La trayectoria que desarrolla la ELP permitirá cambiar el paradigma energético, situando la base del sistema las energías renovables para mediados de siglo. Este cambio generará efectos positivos en la salud y la calidad de vida, y favorecerá la conservación de la biodiversidad y la adaptación a los efectos del cambio climático.
Así, el proceso de transición de cada sector permitirá una reducción de la presencia de contaminantes primarios asociados a la polución atmosférica como el dióxido de azufre (SO2), que disminuirán un 55%; los óxidos nitrosos (NOX), que se reducirán un 38% y las partículas finas PM2.5, cuya presencia descenderá un 36%.
Las estimaciones realizadas por el modelo que emplea la ELP calculan que la neutralidad climática irá ligada a una disminución de más del 60% en el número de muertes prematuras en el año 2050 con respecto a 2010.
Capital natural
El capital natural es uno de los grandes protagonistas de la ruta que marca esta Estrategia, no solo por su valor intrínseco, sino también por su contribución a la absorción de CO2 de la atmósfera. El papel de los sumideros de carbono, esencial en este proceso, se reforzará mediante la reforestación de 20.000 hectáreas al año entre 2020 y 2050, el aumento del 4% de la superficie de tierras forestales, la mejora de la gestión forestal y la restauración y recuperación de 50.000 hectáreas de humedales hasta 2050.
La conservación y ampliación de esos espacios constituye una herramienta para luchar contra la pérdida de biodiversidad y, además, está asociada a actividades económicas y a la generación de empleo, especialmente en entornos rurales.
Sistema eléctrico
El vector tractor de la descarbonización del sistema será el sector eléctrico, lo que generará importantes oportunidades de inversión. La ELP estima que este ámbito será el primero en reducir drásticamente sus emisiones, estando totalmente descarbonizado en 2050.
La electrificación de la demanda es una de las palancas de la descarbonización, siendo especialmente intensa en el sector residencial (un 81%) y de servicios (91%), pero la industria y la movilidad también desempeñarán un papel fundamental. Los sistemas de almacenamiento serán esenciales para garantizar la correcta integración de las energías renovables.
Movilidad sostenible
Los cambios modales y la integración de la planificación urbanística desempeñarán un papel clave en la transformación del sector de la movilidad. Se estima que tendrá unas emisiones reducidas en 2050. Más de tres cuartas partes de la movilidad y transporte (79%) emplearán energía final de origen renovable.
Edificación
Las acciones de rehabilitación energética para transformar el parque de vivienda en línea con la "oleada de renovación" denominada "Nueva Bauhaus Europea" por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, serán claves en esta transición. La Comisión aspira, al menos, a duplicar las tasas de renovación en los próximos 10 años y a garantizar que las renovaciones den lugar a una mayor eficiencia energética y de los recursos.
La ELP estima que este sector de la edificación estará plenamente descarbonizado a mediados de siglo. Para lograr este objetivo es indispensable mejorar la eficiencia de las construcciones ya existentes. Además, es necesario que las nuevas edificaciones tengan un consumo energético casi nulo. La rehabilitación energética será clave desde 2021, abriendo un importante nicho de actividad económica. Los mayores cambios para lograr esta transición se producirán en los sistemas de climatización: el 96% de ellos serán renovables a mediados de siglo.
Industria
Por su parte, el modelo de la ELP estima que la industria, aun manteniendo o incrementando su peso en el PIB nacional, disminuirá considerablemente sus emisiones desde los 72 MTCO2 en 2020 a las 7 en 2050, teniendo un papel central en la transición. La creación de una estrategia industrial que permita aumentar su peso en la economía guiará este proceso, apostando por materias primas alternativas y fomentando la economía circular.
Esta estrategia permitirá anticipar decisiones de inversión y acompañar a la industria del país para que siga siendo competitiva en un contexto europeo y global de transición hacia la neutralidad climática. El desarrollo de procesos de captación y almacenamiento también desempeñarán un papel clave, así como el apoyo a estrategias de I+D+i que posicionen a la industria española de forma competitiva a nivel global. El uso del hidrógeno renovable como vector energético también contribuirá a la descarbonización de este sector. Además, en el marco de la ELP, se desarrollará una Estrategia de investigación, desarrollo e innovación para que la industria española pueda posicionarse de forma competitiva en el conjunto de la cadena de valor industrial.
Agricultura, residuos y economía circular
El sector de la agricultura también experimentará un avance significativo en su proceso hacia una economía neutra en emisiones. Aunque, por sus características, la descarbonización en este ámbito es limitada, la senda facilitada por la ELP permitirá lograr una reducción importante de emisiones de forma absoluta gracias a la mejora de la gestión de cultivos, fertilizantes y estiércoles, a la producción de biogás, a la conservación de suelos, la alimentación del ganado y las rotaciones de cultivos, la digitalización y las tecnologías inteligentes para el riego y la fertilización, así como a la reducción del desperdicio en la cadena alimentaria de consumo nacional y a la modificación progresiva de los hábitos alimentarios para retornar a dietas más saludables y equilibradas como la dieta mediterránea.
Además, la aplicación de la ELP permitirá reducir un 81% las emisiones del sector de los residuos en 2050 con respecto a 2015.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
REAL DECRETO DE RÉGIMEN ECONÓMICO DE ENERGÍAS RENOVABLES PARA INSTALACIONES DE GENERACIÓN ELÉCTRICA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el nuevo régimen económico de energías renovables para instalaciones de generación eléctrica. El texto establece un nuevo marco para futuras instalaciones renovables que se desarrollará mediante subastas. En todo caso, los participantes pujarán ofertando el precio que están dispuestos a cobrar por la energía que genere la instalación.
El nuevo marco retributivo, que el Real Decreto denomina Régimen Económico de Energías Renovables (REER), estará destinado a nueva potencia renovable y permitirá la hibridación entre tecnologías, la ampliación y modificación de instalaciones existentes y será compatible con el almacenamiento.
El texto desarrolla el Real Decreto-ley 23/2020, de medidas en materia de energía para la reactivación económica, aprobado en Consejo de Ministros de 23 de junio. Responde a la necesidad de ofrecer un marco estable que atraiga la inversión y fomente la actividad económica en toda la cadena de valor de las energías renovables del país en un escenario de recuperación tras la crisis sanitaria, al tiempo que permite que los consumidores se beneficien de manera directa de las reducciones de costes de generación de estas tecnologías.
El nuevo REER resulta además indispensable para cumplir con los compromisos de descarbonización que España ha adquirido en el Acuerdo de París y como Estado miembro de la Unión Europea. Estos compromisos han sido planificados en el Plan Integrado de Energía Clima (PNIEC) 2021-2030, que prevé la instalación de en torno a 60GW renovables en la próxima década y que incluye, entre sus medidas, el desarrollo de este tipo de subastas.
Las energías renovables no solo son la alternativa energética más limpia, y por tanto clave para alcanzar la neutralidad climática no más tarde de 2050, sino que también constituyen la forma de generación eléctrica de menor coste. España cuenta con gran potencial renovable, tanto en horas de viento como de insolación, y un tejido empresarial consolidado que dispone de tecnologías maduras y otras en fases de desarrollo muy avanzado.
Así, se estima que hasta el 90% de los componentes de los aerogeneradores, el 60% de los proyectos fotovoltaicos o el 80% de los termosolares son de fabricación nacional, por lo que la norma tendrá un impacto muy positivo sobre la cadena de valor industrial y el empleo nacional.
Producto subastado
El desarrollo del nuevo marco retributivo se realizará mediante subastas que se ajustarán a los principios de transparencia, eficacia, proporcionalidad, objetividad y eficiencia. Antes de la celebración de una subasta, se establecerá el cupo de energía y/o potencia máxima que se subasta. Cada subasta se realizará a sobre cerrado y adjudicará el producto subastado a las ofertas de menor cuantía hasta alcanzar el cupo establecido.
El precio para cada adjudicatario coincidirá con el precio por el que pujó ("pay-as-bid", por su denominación en inglés) y no será objeto de actualización.
Además, en las subastas se podrá distinguir por tecnologías de producción en función de sus características técnicas, niveles de gestionabilidad, criterios de localización geográfica, madurez tecnológica, tamaño o componente innovador, entre otros factores.
El proyecto de Real Decreto también permite que, en la convocatoria de la subasta, se establezcan criterios adicionales orientados a que determinados proyectos con características específicas, como pueden ser los de reducido tamaño, los proyectos de demostración y los de comunidades energéticas, puedan competir en igualdad de condiciones. También será posible habilitar un proceso de adhesión al resultado de la subasta, con un precio de adjudicación calculado a partir de los resultados, para instalaciones de pequeña magnitud y proyectos de demostración.
En la orden por la que se regule el mecanismo de subasta se podrán establecer hitos de control intermedios para verificar el cumplimiento del compromiso de generación de energía que asumen las instalaciones adjudicatarias de la subasta.
Un calendario de subastas previsible
El Real Decreto establece, asimismo, el sistema de convocatoria de las subastas. En primer término, y mediante orden ministerial, se regulará el mecanismo de subasta, pudiendo incluir entre otros aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el producto a subastar, así como los parámetros y resto de elementos que configuran y concretan el Régimen Económico de Energías Renovables.
Por otro lado, y al objeto de favorecer la previsibilidad de las subastas, y también mediante orden ministerial, se recogerá una previsión de calendario de celebración de subastas, que comprenderá un periodo mínimo de cinco años y que incluirá plazos indicativos, la frecuencia de las subastas, la capacidad esperada y las tecnologías previstas, en su caso. Dicho calendario se actualizará, al menos, anualmente y estará orientado a la consecución de los objetivos de producción renovable establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.
Las subastas desarrolladas al amparo de cada orden ministerial se convocarán mediante Resolución de la Secretaria de Estado de Energía, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Precio de la subasta y participación en mercado
Las instalaciones beneficiarias del Régimen Económico de Energías Renovables participarán en el mercado diario e intradiario y percibirán, por la energía vendida en dichos mercados, el precio fijado en la subasta, corregido, en su caso, por la exposición a mercado que sea de aplicación, hasta un volumen de energía determinado y para un plazo máximo establecido.
La orden podrá adaptar el mecanismo de retribución para su aplicación en las instalaciones de almacenamiento.
Alternativamente, se puede establecer que el precio resultado de la subasta sea corregido con incentivos de participación del adjudicatario en el mercado, introduciendo cierta exposición de las instalaciones al mercado eléctrico. Con ello, se puede fomentar, por ejemplo, que oferte su energía en las horas más caras del mercado, lo cual permite desplazar a otras formas de generación con precios más elevados. Con esta medida, también se puede favorecer la instalación de plantas capaces de desplazar su producción a determinadas horas, como son aquellas que cuenten con almacenamiento. En su caso, este porcentaje de corrección sobre el precio fijado en la subasta se definirá en cada convocatoria, con un valor que siempre estará comprendido entre 0 y 0,5.
Por último, las instalaciones adjudicatarias podrán participar en los servicios de ajuste y de balance, donde cobrarán el precio del mercado de dichos servicios.
Registro
La norma también regula el procedimiento para la inscripción de las instalaciones adjudicatarias en el Registro Electrónico del Régimen Económico de Energías Renovables, así como la garantía económica que deben presentar, cuyo importe concreto se especificará en la orden que regule el procedimiento de subasta. Inicialmente, los adjudicatarios serán inscritos "en estado de preasignación" y, una vez hayan comenzado a vender energía en el mercado, pasarán a figurar "en estado de explotación".
La potencia inscrita en el registro en estado de explotación se corresponderá con la potencia realmente instalada, pudiendo ser superior a la potencia inscrita en estado de preasignación.
En la normativa reguladora de subastas se podrán establecer mecanismos mediante los que acreditar la madurez de las instalaciones con carácter previo a la inscripción en el registro electrónico en cualquiera de los dos estados.
El desistimiento en la construcción de la instalación o el incumplimiento de los requisitos establecidos en la subasta supondrá la ejecución de la garantía y la pérdida del derecho al régimen retributivo.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA FINANCIAR PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES EN GALICIA
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) una convocatoria de ayudas de 12 millones de euros para apoyar la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable en Galicia, lo que movilizará una inversión privada adicional de al menos 33,64 millones, generando empleo local; y eliminará más de 25.190 toneladas equivalentes de CO2 al año (t eq. CO2/año), contribuyendo a la lucha contra el cambio climático.
El 10 de septiembre, el Instituto realizó el primer reparto territorial, distribuyendo 181 millones de euros para apoyar iniciativas en siete regiones: Andalucía, Principado de Asturias, Castila-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid y Murcia. Como continuación de este primer paquete de ayudas, el 23 de septiembre se asignaron otros 24 millones de euros para apoyar iniciativas en cinco regiones -Aragón, Cantabria, Comunitat Valenciana, La Rioja y Melilla. Finalmente, el pasado 28 de octubre se aprobaron otros 8 millones de euros para producción térmica con energías renovables con energías renovables en Galicia que se ve complementada con esta nueva convocatoria para generación eléctrica.
El IDAE continuará trabajando con las regiones para aprobar, lo antes posible, el resto de convocatorias hasta completar la dotación inicial del paquete de ayudas, de 316 millones de euros. En total, se estima que esta nueva convocatoria supondrá un aumento de capacidad de 28,53 megavatios (MW) en proyectos renovables de generación eléctrica.
En la Comunidad Autónoma de Galicia las ayudas supondrán una apuesta importante por el impulso a las energías renovables eléctricas en los sectores de automoción, forestal y maderera, turismo y electrointensiva, con partidas específicas que permitirán el desarrollo de proyectos como instalaciones de generación y aprovechamiento de biogás agroindustrial o industrial, instalaciones fotovoltaicas, reservando parte para su desarrollo en islas, en los sectores público o privado o instalaciones eólicas, destacando la innovación y el desarrollo de potencia renovable vinculada al almacenamiento o la producción de hidrógeno y las aplicaciones en autoconsumo.
El programa puede ser cofinanciado por Fondos de la Unión Europea, como el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y podrá ser reforzado con otros instrumentos europeos dirigidos a impulsar la recuperación económica. Además, esta línea podrá ser complementada con los fondos previstos por la Unión Europea para la reactivación económica frente a la COVID-19.
Activación de inversiones
Se prevé que, en conjunto, esta convocatoria movilice al menos 33,6 millones de euros en inversiones asociadas a proyectos que, además de suponer un impulso para la reactivación económica, contribuirán a la diversificación de las fuentes de energía primaria, a la reducción de la dependencia energética y evitarán la emisión de al menos 25.193 t eq CO2/año, en línea con los objetivos marcados por el Plan Nacional Integral de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y del proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Los importes finales asignados a cada tecnología pueden variar en función de la demanda para cada tecnología en el proceso de concurrencia competitiva. De acuerdo con el reparto inicial por tecnologías acordado con la Comunidad Autónoma de Galicia, esta tanda de convocatorias se distribuirá de la siguiente manera:
Tipo de actuación | Total tecnología eléctrica (€) |
---|---|
Biogás agroindustrial o industrial | 500.000 |
Biomasa | 500.000 |
Eólica | 2.000.000 |
Fotovoltaica | 9.000.000 |
Total | 12.000.000 |
Criterios de transición justa y reto demográfico
Una vez acordado el reparto entre tecnologías, corresponde a IDAE realizar la correspondiente convocatoria de ayudas, que se otorgarán mediante un régimen de concurrencia competitiva. Las autoridades regionales han definido las tipologías de tecnología específicas elegibles, adaptadas a las necesidades de la región.
A la hora de valorar los proyectos, y también en concierto con las comunidades autónomas, se han establecido criterios vinculados a la transición justa, el reto demográfico, la generación de empleo, innovación, lucha contra la pobreza energética, impulso a sectores industriales estratégicos locales o apoyo a la participación ciudadana, como el impulso a las comunidades energéticas, en el sistema energético.
Podrán presentarse a las convocatorias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que vayan a realizar un proyecto acorde con estas especificaciones. También podrán solicitar subvenciones comunidades de bienes, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y otras agrupaciones que puedan llevar a cabo la actuación de la ayuda.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE DEPURACIÓN Y REUTILIZACIÓN DE AGUAS RESIDUALES DEL OESTE DE TENERIFE
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha autorizado a la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. (ACUAES), la celebración del contrato de ejecución de las obras y puesta en marcha del "Sistema de depuración y reutilización de aguas residuales del Oeste de Tenerife: Ejecución de las obras del proyecto de la EDAR del oeste, en el término municipal Guía de Isora", por un valor estimado de 15.617.937 euros.
El Sistema de saneamiento y depuración del Oeste de Tenerife recoge todas las actuaciones necesarias para trasformar el actual saneamiento municipal de los ayuntamientos de Santiago del Teide y de Guía de Isora. En la actualidad no existe depuración en este sistema, por lo que los vertidos son únicamente pretratados y trasladados a los emisarios submarinos existentes. El nuevo sistema de ámbito comarcal será más eficiente y sostenible y permitirá cumplir los objetivos establecidos en la Directiva Europea sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE).
Todos los vertidos serán conducidos a la nueva estación depuradora de aguas residuales (EDAR) del Oeste, bien mediante colectores de gravedad en el caso de las medianías (núcleos de Chío y Guía de Isora), o mediante impulsiones en el caso del colector de costa y de Santiago del Teide.
La nueva EDAR del Oeste tendrá una capacidad de tratamiento de 11.955 m3/día y dará servicio a 109.000 habitantes equivalentes, correspondiendo estos al año horizonte 2036. El proceso de tratamiento es mediante membranas de ultrafiltración (MBR), posibilitándose la reutilización de las aguas generadas, aumentando los recursos hídricos para riego y contribuyendo a minimizar la explotación del acuífero. Al estar emplazada la EDAR a la cota aprox +200, se consigue además establecer un sistema orientado a la optimización de coste-eficacia, desde la perspectiva funcional, energética y económica.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
SERVICIOS PARA LA CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA ZONA REGABLE DE LA REAL ACEQUIA DEL JARAMA
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de servicios para la "Conservación y explotación de la zona regable de la Real Acequia del Jarama", por un valor estimado de 14.221.612 euros.
La Zona Regable del Jarama provee agua para el riego de 10.000 hectáreas (ha). La urgencia de la contratación radica en la necesidad de contar con una empresa para el mantenimiento de la red de acequias y canales durante la campaña de riego 2021, y que pueda hacer frente a las averías que surjan. De no estar contratado el servicio, la cosecha 2021 estaría en riesgo, con lo que ello supone para más de 1.700 familias titulares de parcelas en dicha zona de Madrid y Toledo.
Esta contratación de servicios correrá a cargo de los fondos de la Confederación Hidrográfica del Tajo, con el fin de realizar el correcto mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de las infraestructuras de la zona regable de la Real Acequia del Jarama, correspondientes a los canales de Aranjuez.
Estos servicios garantizarán el correcto funcionamiento, la seguridad y la limpieza de las instalaciones, así como la adecuada conservación y mejora de las condiciones estructurales y funcionales de la infraestructura existente y de la futura que se pueda implantar en la Zona Regable de la Real Acequia del Jarama.
Esta actuación para mantenimiento, conservación y mejora de la gestión de la infraestructura de la Zona Regable de la Real Acequia del Jarama, correspondiente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, incluye, la presa del Rey; la elevación de bombeo de Añover de Tajo; el Canal de la Real Acequia del Jarama; las oficinas de la zona regable; las zonas de almacén y acopio y la red de acequias y tuberías.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
CONVENCIÓN RELATIVA A LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE AYUDAS A LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma de la Convención relativa a la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima. (MPCM).
La Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA) es una asociación creada en 1957 al amparo de la ley francesa sobre asociaciones sin ánimo de lucro, cuyo objetivo es contribuir a la mejora de la seguridad de la navegación y del tráfico marítimo a través de la armonización de las ayudas a la navegación marítima a nivel mundial.
Para solventar las dificultades planteadas derivadas de su estatus no gubernamental, en los últimos años se empezó a considerar que la mejor forma de coordinar el desarrollo, la mejora y la armonización de las ayudas a la navegación marítima en beneficio de la comunidad marítima y la protección del medio ambiente sería la configuración jurídica de la Asociación como Organización Internacional.
En la XVIII Conferencia y Asamblea General de IALA en 2014, en A Coruña, se aprobó el mandato a su órgano de gobierno (Consejo) de llevar a cabo las acciones necesarias para el cambio de estatus de la Asociación a Organización Intergubernamental, manteniendo su carácter técnico y consultivo.
Tras diversas Conferencias preparatorias, en las que se discutió el texto del tratado constitutivo, se llegó a un texto de Convención consensuado, convocándose una conferencia diplomática formal en Kuala Lumpur (Malasia) del 25 al 28 de febrero de 2020. En dicha conferencia se adoptó el texto de la Convención y una resolución en la que se dispuso que la Convención se abriría a la firma el próximo mes de noviembre en París, al ser Francia el Estado depositario de la Convención.
Contenido
Se estructura en 22 artículos y un anexo, en los que se definen los objetivos, funciones, miembros, estructura, financiación y funcionamiento de la organización, Se mantienen los principios de organización y funcionamiento que han caracterizado a esta organización desde su fundación.
El Artículo 1 recoge la constitución y el carácter de la organización.
Los Artículos 2 y 3 se refieren a las definiciones y a la finalidad y objetivos.
El artículo 4 detalla sus funciones.
El Artículo 5 recoge sus miembros.
Los Artículos 6 a 10 contienen la regulación de sus órganos, que son la Asamblea General, el Consejo, Comités y órganos subsidiarios y la Secretaría
El Artículo 11 establece el procedimiento de votación.
El Artículo 12 señala que los idiomas oficiales de la Organización serán el árabe, el chino, el español, el francés, el inglés y el ruso.
El Artículo 13 regula la financiación.
El Artículo 14 se refiere a la personalidad jurídica, privilegios e inmunidades.
Los Artículos 15 y 16 detallan las enmiendas y reservas.
El Artículo 17 recoge la interpretación y controversias.
El Artículo 18 regula la firma, ratificación, aceptación, aprobación y adhesión.
El Artículo 19 se refiere al Depositario de la Convención, que será la República Francesa.
El Artículo 20 se refiere a la entrada en vigor, que será el nonagésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el trigésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
Por último, los Artículos 21 y 22 regulan la denuncia y la terminación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
MODIFICACIÓN DEL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE ESPAÑA Y MÉXICO
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo para la modificación del Convenio sobre transporte aéreo entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos. (MPCM)
El Convenio sobre transporte aéreo entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos -hecho en Madrid el 20 de abril de 2017- entró en vigor el 26 de julio de 2018. Consta de 21 artículos y dos anexos. El Convenio prevé en su Artículo XVII, tercer párrafo, un procedimiento de modificación que establece que "Si las Partes Contratantes acordaran modificar el presente Convenio, las modificaciones deberán ser formalizadas a través de un Canje de Notas diplomáticas adicional en el que ambas Partes Contratantes se comuniquen haber cumplido con los requisitos exigidos por su legislación Nacional".
Contenido
Teniendo en cuenta el interés de ambas partes en desarrollar iniciativas que favorezcan el establecimiento y el aumento de las conexiones aéreas entre ambos Países y de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo XVII "Modificaciones" del vigente Convenio se va a proceder a la modificación del Artículo VIII "Oportunidades comerciales", del citado Convenio, con la finalidad de permitir a las compañías aéreas de ambas partes alcanzar acuerdos de código compartido para efectuar el servicio de transporte intermodal en el territorio de la otra parte con proveedores locales de transporte por superficie.
El contenido del nuevo apartado 7 del Artículo VIII es el siguiente:
"Cada Parte Contratante permitirá a las líneas aéreas designadas por la otra Parte Contratante utilizar, en conexión con el transporte aéreo internacional, cualquier transporte de superficie a o desde cualquier punto en los territorios de las Partes o de terceros países, sujeto a los requisitos reglamentarios normalmente aplicados a tales servicios de transporte. Las líneas aéreas designadas podrán realizar el transporte de superficie mediante acuerdos, incluso de código compartido, con otros transportistas de superficie. Los servicios intermodales podrán ofrecerse como un servicio directo y a un precio unificado para el transporte aéreo internacional y de superficie combinados, siempre que los pasajeros y expedidores de carga estén informados de los proveedores del transporte en cuestión."
Por lo tanto, el procedimiento para realizar dicha enmienda es el previsto en el propio Convenio, en su Artículo XVII, tercer párrafo; dicha modificación deberá formalizarse mediante un Canje de Notas diplomáticas, que entrará en vigor mediante un Canje de Notas diplomáticas adicional, en el que ambas partes se comuniquen haber cumplido los requisitos exigidos por su legislación nacional.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENMIENDA AL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE ESPAÑA Y NUEVA ZELANDA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se acepta la enmienda del Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y Nueva Zelanda.
El Acuerdo sobre transporte aéreo entre el Reino de España y Nueva Zelanda, firmado en Madrid el 6 de mayo de 2002 y en vigor desde el 16 de septiembre de 2003, incluye un Anexo que enumera las rutas que pueden ser explotadas por las empresas de los dos estados contratantes. En 2016, en el curso de las negociaciones entre delegaciones aeronáuticas de ambos países celebradas en Nassau, se acordó una modificación del contenido de dicho Anexo.
El nuevo Anexo introduce un nuevo cuadro de rutas más abierto y flexible y reconoce el derecho de las compañías aéreas designadas a transportar hasta el destino su tráfico procedente de la realización de una parada-estancia (stop-over). Su contenido es el siguiente:
1. Cuadro de Rutas:
a. Para las compañías designadas por España:
Puntos en España - puntos intermedios - puntos en Nueva Zelanda - puntos más allá.
b. Para las compañías designadas por Nueva Zelanda:
Puntos en Nueva Zelanda - Puntos intermedios - Puntos en España - puntos más allá.
c. Para ambos: los puntos intermedios y los posteriores que se sirvan sin derechos de tráfico de 5ª libertad serán elegidos libremente por las compañías aéreas designadas.
2. Derechos de tráfico; 3ª y 4ª libertad. Derechos de 5ª libertad ejercitables en los puntos intermedios y los puntos posteriores, previo acuerdo ambas autoridades aeronáuticas.
3. Código compartido: se permite con compañías aéreas de cualquier parte contratante o con la de terceros Estados. No se contabilizará contra la capacidad de la aerolínea comercializadora. Esta última no ejercerá derechos de tráfico de 5ª libertad.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 del Acuerdo cuyo Anexo se modifica, las enmiendas del Anexo entrarán en vigor mediante intercambio de Notas Diplomáticas, no siendo necesaria la conclusión de un nuevo tratado internacional, sino solo su aceptación por el Consejo de Ministros.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AMPLIACIÓN DEL SUMINISTRO DE LICENCIAS CITRIX REMOTE PC ACCESS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de ampliación de 200 licencias Citrix Remote PC Access al objeto de garantizar las modalidades de trabajo no presenciales, por un importe estimado de 15.388,78 euros IVA incluido.
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, ha requerido la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura.
Mediante Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establecieron las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.
Por otro lado, el Artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, establece que "La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de las entidades del sector público para hacer frente al COVID-19 justificará la necesidad de actuar de manera inmediata, siendo de aplicación el Artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, relativo a la contratación de emergencia.
Adicionalmente, el mismo Artículo 16 en su segundo párrafo, dispone, que a "todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia".
Con base en la normativa referenciada, y ante la crisis sanitaria mundial provocada por el COVID-19, se hace indispensable mantener en el tiempo de forma estable la infraestructura que se creó urgentemente en los primeros momentos de la pandemia para impulsar las modalidades no presenciales de trabajo. Esto ha provocado que los puestos de teletrabajo hayan pasado de los 48 autorizados según el Plan de Teletrabajo aprobado, a 1600.
Ante la coyuntura inicial, y la evolución actual de la pandemia tanto a nivel nacional como internacional, las previsiones iniciales de licencias Citrix Remote PC Access se han visto superadas por la evolución de los acontecimientos, dando lugar a una demanda creciente de solicitudes de teletrabajo, lo que se ha traducido en la necesidad de ampliar el suministro en 200 licencias Citrix Remote PC Access de forma urgente para garantizar el correcto funcionamiento de procesos y puestos de trabajo.
La situación expuesta justifica que las actuaciones a llevar a cabo para afrontar esta emergencia sanitaria, que se concretan en la contratación referenciada, se realicen mediante tramitación de emergencia.
El importe total estimado del suministro que proporciona solución al problema expuesto es de 12.718,00 € euros sin IVA (15.388,78 euros con el 21% de IVA incluido), según el siguiente desglose:
Producto | Número de Unidades | Precio Unitario | Precio Total |
---|---|---|---|
Virtual Apps and Desktops Service Cloud License Citrix - 6 months License Citrix | 200 | 63,59 € | 12.718,00 € |
Total sin IVA | 12.718,00 € | ||
21% IVA | 2.670,78 € | ||
Total IVA incluido | 15.388,78 € |
Defensa
DECLARACIONES DE EMERGENCIA PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN GENERADA POR LA COVID-19
El Consejo de Ministros ha procedido a la toma de razón de seis declaraciones de emergencia en el Ministerio de Defensa, para hacer frente a la situación generada por la COVID-19, por un importe total de 3.858.820,85 euros.
Las adquisiciones consisten en guantes de exploración médica y material de protección y diagnóstico para el Hospital General de la Defensa. Este material es necesario para satisfacer las necesidades de las Fuerzas Armadas a efectos de control sanitario del personal.
También se han adquirido mascarillas higiénicas reutilizables encaminadas a la protección de la salud y la seguridad del personal del Ejercito del Aire; productos sanitarios para la reserva estratégica del Centro Militar de Farmacia de la Defensa y equipamiento hardware y software necesario para los rastreadores COVID del Ministerio de Defensa.
Asimismo, se ha contratado el suministro de reactivos necesarios para analíticas PCR para la determinación del virus SARS-CoV-2 para el instituto de toxicología de la Defensa.
Defensa
AUTORIZADA LA INVERSIÓN EXTRANJERA DE LA EMPRESA DE LUXEMBURGO BTC-TREA S.C.A. SICAR EN LA EMPRESA ESPAÑOLA AIRTIFICIAL AEROSPACE & DEFENSE ENGINEERING, S.A.U.
El Consejo de Ministros ha autorizado que la inversión extranjera en la empresa AIRTIFICIAL AEROSPACE & DEFENSE ENGINEERING, S.A.U. se pueda destinar a actividades relacionadas con la Defensa Nacional.
La sociedad española AIRTIFICIAL AEROSPACE & DEFENSE ENGINEERING, S.A.U., fue constituida en el año 2003, tiene su domicilio social en La Rinconada (Sevilla), y su actividad principal es la de prestación de servicios de ingeniería, de fabricación y desarrollo de productos electrónicos complejos en los sectores aeroespacial, automotriz y de infraestructura. La sociedad inversora es "BTCTREA S.C.A., SICAR", domiciliada en Luxemburgo.
La operación consiste en una inversión indirecta de "BTC-TREA S.C.A., SICAR", en el capital social de AIRTIFICIAL AEROSPACE & DEFENSE ENGINEERING, S.A.U. por el 20,71% de su capital (equivalente a 33.177,42 €) a través de la sociedad española AIRTIFICIAL INTELLIGENCE STRUCTURES, S.A, y cuenta con la aprobación de la Junta de Inversiones Exteriores.
Hacienda
APOYO PÚBLICO TEMPORAL A AIR EUROPA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas la aprobación de la operación de respaldo público temporal solicitado por Air Europa Holding, S.L.U, Air Europa Líneas Aéreas, S.A.U y Aeronova, S.L.U.
La ayuda, que asciende a un total de 475 millones, se encauzará a través de un préstamo participativo por importe de 240 millones de euros y un préstamo ordinario de 235 millones, instrumentos ambos contemplados en la Orden ministerial del pasado 23 de julio que publicó el acuerdo del Consejo de Ministros que establece el funcionamiento del fondo, dotado con un total de 10.000 millones de euros.
Este fondo fue aprobado por el Gobierno el pasado julio con el objetivo de aportar apoyo público temporal para reforzar la solvencia de empresas no financieras afectadas por la pandemia de la COVID-19 que sean consideradas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional.
La operación autorizada es la primera que ha sido aprobada con cargo a este fondo desde su nacimiento. Las empresas beneficiarias de este apoyo público temporal dispondrán de un plazo máximo de seis años para amortizar en su totalidad los préstamos que reciban. Los tipos de interés fijados para el préstamo participativo son los contemplados en el anexo del acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio y en el Marco Temporal de la Comisión Europea.
Con la autorización de esta operación se completa el procedimiento que rige para el funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas.
Importancia de Air Europa
Air Europa es la segunda aerolínea española con mayor número de autorizaciones para volar a destinos internacionales. Lo hace a 130 en 60 países, lo que implica un importante impacto en el sector turístico español, puesto que una elevada cuota de sus pasajeros está ligada a destinos turísticos y de ocio. Su dimensión en términos de ingresos es también muy relevante ya que supone el 18% de la cifra global del conjunto de las compañías aéreas españolas.
Esta aerolínea presta un servicio esencial para asegurar la adecuada conectividad de España, tanto en vuelos domésticos como internacionales, al mantener rutas donde su presencia contribuye decisivamente a garantizar una adecuada oferta, favoreciendo así a los usuarios.
Además, presenta un carácter relevante en el transporte aéreo español, tanto por el volumen de pasajeros transportados, los mercados y las rutas atendidas, y significativamente por su posición y aportación al aeropuerto de Adolfo Suarez- Madrid Barajas, 'hub' de sus vuelos intercontinentales (básicamente hacia Sudamérica y Centroamérica).
Con esta medida el Gobierno muestra una vez más su compromiso con el tejido productivo.
Hacienda
AUTORIZADA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LAS APLICACIONES CORPORATIVAS DE LA CORPORACIÓN RADIO TELEVISIÓN ESPAÑOLA
El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación del servicio de evolución y mantenimiento de aplicaciones corporativas para la Corporación Radio Televisión Española, S.A., S.M.E. (CRTVE)
concreto, se autoriza la contratación de los servicios profesionales necesarios para la evolución funcional y técnica de las aplicaciones corporativas de CRTVE, a través de su desarrollo y mantenimiento, diseñando e implantando nuevas funcionalidades requeridas, consecuencia de las necesidades demandadas por los distintos proyectos en curso y de aquellas necesidades requeridas por las distintas áreas de negocio usuarias de las distintas aplicaciones de CRTVE.
Para acometer este servicio se requiere la contratación de un proveedor especializado que disponga de los medios y recursos necesarios para conseguir el servicio más adecuado para la Corporación.
La adjudicación del contrato, cuyo inicio se prevé para el año 2021, se realizará mediante procedimiento abierto, tras su licitación pública.
El valor estimado de la contratación asciende a 14.548.149 euros, con una eventual modificación del 10% y con una duración para cuatro años, más una posible prórroga de hasta un año más.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
RENOVACIÓN DE VÍA Y ADAPTACIÓN DE LAS ESTACIONES DE PLASENCIA Y MONFRAGÜE
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), a través de Adif Alta Velocidad, a licitar las obras de renovación de vía y adaptación de las estaciones de Plasencia y Monfragüe.
El objetivo de esta actuación, que cuenta con un valor estimado de 12.648.923,08 euros (IVA no incluido) y un plazo de ejecución de 11 meses, es la definición de las actuaciones necesarias para la renovación de vía en una longitud aproximada de 16,7 kilómetros, así como las adaptaciones de las estaciones de Monfragüe y Plasencia, todo ello en el marco de las actuaciones que se desarrollan en la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura.
El contrato se desarrolla en los términos municipales de Plasencia y Malpartida de Plasencia, en la provincia de Cáceres, y contempla, entre otras, las siguientes actuaciones:
Estación de Monfragüe:
- Reconfiguración de la cabecera lado Plasencia.
- Instalación de nuevos desvíos, carril y traviesas polivalentes.
- Cambio de señales y cableado de las instalaciones de seguridad.
Renovación del trayecto
- Renovación completa del balasto y del carril, e instalación de nuevas traviesas polivalentes.
Estación de Plasencia
- Ampliación de andén en ambas cabeceras de la vía del edificio de viajeros, para que disponga de una longitud aproximada de 550 m.
- Ejecución de una nueva zona de carga y acopio.
- Renovación de las vías 1 y 2 con nuevo balasto, carril y traviesas polivalentes.
Financiación europea
Esta actuación va a ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del P.O. Plurirregional de España 2014-2020, Objetivo Temático 7: Transporte sostenible.
Educación y Formación Profesional
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL EDUCATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
El Consejo de Ministros ha aprobado una inversión de 33 millones de euros destinados a diferentes programas educativos de cooperación territorial con las comunidades autónomas en el ámbito de la Formación Profesional. Estos acuerdos fueron aprobados el pasado 21 de octubre por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación.
Esta inversión distribuida entre las CCAA irá destinada a programas de Evaluación y Acreditación de Competencias Profesionales (3.481.170 euros), Formación Profesional Dual (9.000.000 de euros), acciones de Calidad de FP del Sistema Educativo (4.634.960 euros), programa REACTIVAFP 20-21, dentro de las acciones para el fomento de la calidad de la FP, (10.583.870 euros), así como a iniciativas de formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado de FP con 5.300.000 euros. Estos fondos se suman a los previstos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional.
El periodo de ejecución está comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, y su justificación se realizará antes del 31 de marzo de 2022.
Los criterios de distribución empleados en el reparto de estos fondos son, entre otros, el número de alumnado, profesores y centros de FP, la tasa de riesgo de pobreza, el número de municipios con menos de 10.000 habitantes, la tasa de abandono educativo temprano, la cantidad de empresas participantes en FP Dual, la brecha de género en las titulaciones, las personas en búsqueda de empleo o la dispersión de la población activa y de las Administraciones Públicas en cada territorio.
Evaluación y acreditación de las competencias profesionales
En el caso de las actividades para la Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales, las comunidades autónomas se comprometen a realizar acciones destinadas al desarrollo del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas durante la experiencia laboral. Además, llevarán a cabo iniciativas específicas para la puesta en marcha de convocatorias de acreditación y ofertas específicas de formación para quienes superen los procedimientos de acreditación y quieran completar su formación no acreditada y lograr una titulación de FP.
También se cubrirá con estos fondos la formación de asesores, evaluadores y orientadores, así como el desarrollo de aplicaciones informáticas y bases de datos necesarias para agilizar estos procesos e implementar una sede abierta de manera permanente para cualquier persona interesada.
Impulso a la Formación Profesional Dual
Para el impulso a la Formación Profesional Dual, las CCAA desarrollarán proyectos colaborativos con empresas y de apoyo a PYMES y micro PYMES. Asimismo, crearán plazas y convocatorias de becas para alumnado durante el tiempo en que realiza la formación en la empresa. También se recogen en este programa las ayudas para la movilidad y estancias de estudiantes y profesorado en empresas de diferentes localidades a la del centro educativo, además de la implantación de ciclos formativos de FP básica, Grado Medio y Grado Superior en centros.
Acciones de calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo
En el programa de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo se incluyen acciones de difusión de la calidad de la FP como la organización y participación en campeonatos autonómicos, estatales, europeos y mundiales de estas enseñanzas, o la creación y desarrollo de la Red de Referencia Española de Calidad en FP.
Además, las CCAA se encargarán de acciones de mejora en centros, profesorado y alumnado para reforzar la colaboración con el sector productivo. Cabe señalar las labores de promoción de innovación para el alumnado, autoempleo y emprendimiento o proyectos integrales de mejora de centros, entre otros.
REACTIVAFP 20-21 durante la Covid-19
Teniendo en cuenta la situación excepcional provocada por la pandemia de la Covid-19, el Ministerio de Educación y Formación Profesional pone en marcha el programa REACTIVAFP 20-21, vinculado al fomento de la calidad de la enseñanza, para el refuerzo y apoyo de los alumnos de FP Básica y Ciclos Formativos de Grado Medio de FP, que tendrá una dotación de 10,5 millones de euros.
Con este programa, las CCAA podrán incrementar el cupo de profesores para desdobles, diseñar acciones complementarias para el alumnado con dificultades o riesgo de abandono, programar actuaciones en talleres, programas individualizados de orientación profesional y apoyo educativo o el refuerzo de los planes locales de prevención y lucha contra el abandono escolar.
Además, las comunidades autónomas impulsarán proyectos de innovación en los centros para el diseño y manejo de recursos on-line de formación profesional, formación para el profesorado a distancia para las enseñanzas técnicas y acuerdos para el uso de mecanismos digitales utilizados en la empresa de cada sector y que fueran de utilidad en el proceso formativo.
Formación del profesorado de FP
En cuanto al programa de formación del profesorado, se establecen cursos relacionados con las 26 familias profesionales de la Formación Profesional, así como aquellos relativos a la orientación profesional y los que incidan en la mejora de la FP y en la Formación a lo Largo de la Vida. También podrán cubrir con estos fondos el desarrollo de aplicaciones informáticas y bases de datos aplicables a acciones para la formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado.
Los programas de cooperación territorial son un mecanismo de coordinación del Gobierno y las comunidades autónomas para la actuación conjunta de áreas de especial relevancia como el impulso a la Formación Profesional.
Distribución por Comunidades Autónomas
La financiación de estos programas en el País Vasco, debido a su Régimen Foral de financiación, se realiza a través de los recursos de la comunidad autónoma.
Industria, Comercio y Turismo
SUMINISTRO DE 16 AUTOBUSES TURÍSTICOS A POLONIA
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito reembolsable en condiciones comerciales OCDE, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) para el suministro de 16 autobuses para uso turístico y transporte interurbano y urbano por importe de hasta 3.506.250 euros a Wanicki Serwis Spp Zoo en Polonia.
Estos autocares y autobuses están dotados de los últimos avances tecnológicos del Grupo Irizar en los sistemas de seguridad, eficiencia y almacenamiento energético, carga y gestión de flotas y entretenimiento.
La realización de este proyecto permitirá facilitar nuevas oportunidades futuras en este mercado y otros cercanos. En la difícil situación en la que se encuentran nuestras empresas, el crédito propuesto tendría efectos positivos tanto para la industria, el comercio y el turismo.
El proyecto es de especial interés para la estrategia de internacionalización de la economía española.
Industria, Comercio y Turismo
CONSTRUCCIÓN DE DOS DESALADORAS EN MARRUECOS
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito reembolsable concesional desligado con cargo al FIEM a la Office National de l'Electricité et de l´Eau Potable (ONEE) en Marruecos, para la adquisición y puesta en marcha de dos desaladoras en las ciudades de Zag y Moulay Brahim, por importe de hasta 5 millones de euros.
El proyecto se enmarca en un sector prioritario para la estrategia de internacionalización de la economía española, el agua, en el que las empresas españolas cuentan con gran experiencia, lo que refuerza la probabilidad de que el contrato sea adjudicado a una de ellas.
Así, España se ha convertido en una referencia mundial en desalinización, con grandes grupos filiales de constructoras como Acciona Agua, Sacyr Agua, Aqualia (filial de FCC) o Cadagua (Ferrovial) capaces de abordar proyectos complejos en todos los continentes.
Política Territorial y Función Pública
SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) de una subvención directa de 477.970 euros con cargo al presupuesto de gastos del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) correspondiente al ejercicio 2020, para promover un plan de formación que estará destinado al conjunto de empleados públicos de las administraciones locales del ámbito territorial del Estado.
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, en su reunión de 16 de enero de 2020, adoptó el Acuerdo de Gestión de los Fondos de Formación para el Empleo para 2020 por el que se destinarían 477.970 euros a la financiación del plan de formación promovido por la FEMP.
En la actual situación excepcional de prórroga presupuestaria, en atención a los principios que rigen dicha excepcionalidad y teniendo en cuenta que existen suficientes razones de interés público y social que justifican la concesión de subvención de forma directa, se propone la concesión directa, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas es el órgano de naturaleza paritaria, constituido como instancia deliberante, decisoria, de coordinación y cooperación entre las diferentes administraciones públicas, y de participación del conjunto de las empleadas y empleados públicos en materia de formación para el empleo.
Esta Comisión la preside el director del INAP y en ella están presentes las comunidades autónomas (excepto País Vasco) y ciudades de Ceuta y Melilla, las entidades locales, a través de la FEMP, y las organizaciones sindicales de las administraciones públicas
A la Comisión General le corresponde asignar los fondos de formación asignados para cada ejercicio entre las distintas administraciones (estatal, autonómica y local) mediante la aprobación del Acuerdo Anual de Gestión de Fondos.
Política Territorial y Función Pública
INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS ALTOS CARGOS DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN LA LEY 3/2015, DE 30 DE MARZO, REGULADORA DEL EJERCICIO DEL ALTO CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Consejo de Ministros acuerda la toma de conocimiento de la información prevista en el artículo 24 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. La Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) debe examinar la situación patrimonial de los altos cargos al finalizar su mandato para verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones reguladas en la Ley e informar semestralmente al Gobierno.
El último informe fue elevado a la sesión del Consejo de Ministros con fecha 12 de mayo. El informe que se eleva ahora para su conocimiento incluye los altos cargos sobre los que se ha examinado su situación patrimonial desde el día 21 de abril hasta el 20 de octubre de 2020.
Política Territorial y Función Pública
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DEL AÑO 2020
El Consejo de Ministros ha autorizado la convocatoria de la oferta de empleo público para personal docente e investigador de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2020.
Se convocan 36 plazas a concurso en las figuras de Profesor Contratado Doctor (24 plazas) y Profesor Titular de Universidad (12 plazas), en los términos previstos en la Ley Orgánica de Universidades.
El artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada para el año 2020, señala que la tasa de reposición se fija en el 100 por cien para plazas de Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, Profesores Contratados Doctores y Personal de Administración y Servicios de las Universidades.
El número de efectivos de Personal Docente e Investigador de la UNED (Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos de Escuela Universitaria, Profesores Titulares de Escuela Universitaria, Profesores Contratados Doctores y de Profesores Colaboradores) que dejó de prestar servicio en el año 2019, fue de 34, más 2 plazas de Profesor Contratado Doctor que han quedado vacantes como consecuencia del acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Dentro de este límite de la tasa de reposición, cada Universidad está obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal o bien a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales. Se reservan, por tanto, 5 plazas, 1 de Profesor Contratado Doctor más 4 plazas de Profesores Titulares de Universidad, para este personal.
Asimismo, se autoriza la convocatoria de 12 plazas de Catedrático de Universidad para su cobertura por el procedimiento de promoción interna.
Política Territorial y Función Pública
SUBVENCIÓN A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA PALIAR DAÑOS CAUSADOS POR TEMPORALES Y OTRAS SITUACIONES CATASTRÓFICAS
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de una subvención a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por importe de 14.923.040,69 euros, para paliar daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Embajador de España en la República de Cuba.-
Nació en Zaragoza. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología en la Universidad de la UNED. Máster en Filosofía en la Universidad de la UNED y Doctorando en Ciencias Políticas de la Universidad Complutense de Madrid. Profesor Universitario en grado y posgrados en diferente Universidades Latinoamericanas. Desde 2005 a la actualidad ha sido el director y representante de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura en Colombia. En 2014 fue nombrado director del Instituto Iberoamericano de Derechos Humanos de la Organización de Estados Iberoamericanos, función que ha ejercido hasta el presente. Desde 2018 dirige el Programa Iberoamericano de Derechos Humanos, Democracia y Ciudadanía. Ha sido condecorado por la Cámara de Representantes de Colombia con la Orden de la Democracia Simón Bolívar, por el Senado de Colombia con la Orden del Congreso y en 2018 fue reconocido con la Orden de Boyacá, la de mayor rango en Colombia, que le fue impuesta por el ex Presidente D. Juan Manuel Santos.
Justicia
Agente del Reino de España para la representación de España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.-
D. LUIS ENRIQUE VACAS CHALFOUN.
Licenciado en derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Desde 2010 abogado del Estado en Lleida. Hasta la fecha era ponente del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, coordinador del Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Nacional de Educación a Distancia y abogado del Estado-Adjunto en la Subdirección General de Constitucional y Derechos Humanos.
Durante el 2020 también fue abogado del Estado-Adjunto en la Subdirección General de Asuntos Contenciosos en el Departamento de Arbitrajes Internacionales y coordinador del Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado y la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
Autor en diversas obras colectivas de contenido jurídico, como por ejemplo el Memento Experto Delitos cometidos por funcionarios públicos publicado en 2019 o "Transparencia: la aplicación jurisprudencial de los límites del derecho de acceso a la información pública" del año 2019.
Hacienda
Presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.-
Dª MARÍA LUISA ARAÚJO CHAMORRO.
Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid y Licenciada en Derecho por la UNED.
Funcionaria del Cuerpo Superior de la Administración de Castilla-La Mancha desde 1990.
Trabajó durante diez años en la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde ocupó diferentes destinos hasta llegar a ser Interventora General entre 1997 y 2000. Fue Consejera de Economía y Hacienda en Castilla-La Mancha y desempeñó puestos directivos en diversas empresas públicas y órganos de la administración regional.
Desde 2011 presta servicio en la Administración General del Estado, primero como Secretaria General del Instituto de Turismo de España (Turespaña), en el Ministerio de Industria, y después como Coordinadora en el Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia. Desde 2018 es Asesora Ejecutiva en la Dirección General de la Policía, en el Ministerio del Interior. Ha participado en diferentes órganos colegiados de la Administración del Estado, siendo representante del Ministerio de Justicia en la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones del Plan Nacional de Drogas y en la Junta de Inversiones Exteriores.
Ponente en varias ediciones del curso de "Administración Electrónica: novedades. Leyes 39 y 40 de 2015", organizado por el Ministerio de Justicia en colaboración con el INAP. Fue también miembro del Consejo de Redacción de la Revista especializada en investigación económica "Clm.economía", desde su creación en 2002 hasta 2011.