Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Se inicia la tramitación del ANTEPROYECTO DE LEY de Memoria Democrática, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Azerbaiyán para el intercambio y la protección mutua de la información clasificada.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la ciudad de Melilla para la atención integral de los usuarios del centro de atención a personas con discapacidad intelectual "Francisco Gámez Morón", perteneciente a la ciudad de Melilla.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Convenio entre el Centro Nacional de Información Geográfica y la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la obtención de cobertura LiDAR de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el periodo 2020-2021.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a "The International Forum of Independent Audit Regulators" (IFIAR) correspondiente al ejercicio 2020, por importe de 2.080.913 yenes japoneses.
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de productos alimenticios para unidades del Ejército del Aire, por un valor estimado de 34.013.720 euros.
Interior
- REAL DECRETO por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil ante emergencias aeronáuticas de aviación civil.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro de 25 dispensadores de hidrogel en 12 estaciones de viajeros, por un importe estimado de 49.337,95 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios para la reparación urgente de los daños causados por el descarrilamiento del tren RM 82786 entre Sobradelo y Quereño el día 28 de julio de 2020. Línea 800. A Coruña-León, por un importe de 598.290 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de infracciones para luchar contra la morosidad en el ámbito del transporte por carretera.
Educación y Formación Profesional
- REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Procesado y Transformación de la Madera y se fijan los aspectos básicos del currículo.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la ejecución de las obras del "Proyecto de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Sectores IV, VI y balsa de regulación Matalobos II (León). Fase SEIASA", con un valor estimado de 26,6 millones de euros.
Sanidad
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos previstos para los programas derivados del Plan Nacional sobre Drogas que desarrollen las distintas comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2020.
Ciencia e Innovación
- ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Salud Carlos III la convocatoria de concesión de subvenciones para la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT) de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020, por importe de 25.800.000 euros.
Igualdad
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca para fomentar la igualdad efectiva de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el sector pesquero.
Universidades
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1, letra b), de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajadora de España en la Commonwealth de Australia a DªALICIA MORAL REVILLA.
- REAL DECRETO por el que se nombra director general de Diplomacia Económica a D. LUIS ÓSCAR MORENO GARCÍA-CANO.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
ANTEPROYECTO DE LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática. Un texto con 66 artículos que se agrupan en 5 títulos, estructurados en torno al protagonismo y la reparación integral de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, así como a las políticas de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Título preliminar, objetivo y finalidad
El objeto de esta Ley es el reconocimiento de los que padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el período comprendido entre el golpe de Estado de 1936, la Guerra Civil y la Dictadura franquista hasta la promulgación de la Constitución Española de 1978. Se trata de promover su reparación moral y recuperar su memoria e incluye el repudio y condena del golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la posterior dictadura.
A su vez, la Ley adopta medidas destinadas a suprimir elementos de división entre la ciudadanía y promover lazos de unión en torno a los valores, principios y derechos constitucionales.
Título I, las víctimas
Se determina la consideración de víctima con arreglo a los parámetros internacionales de Derechos Humanos y declara el carácter nulo de todas las condenas y sanciones dictadas durante la Guerra Civil y la Dictadura por los órganos de represión franquista, que asimismo se declaran ilegítimos. Todas ellas tendrán derecho a una Declaración de reconocimiento y reparación.
Además, instaura el 31 de octubre, fecha de la aprobación en Cortes de la Constitución española en 1978 como el día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas. Asimismo, se declara el 8 de mayo como día de recuerdo y homenaje a las víctimas del exilio como consecuencia de la Guerra Civil y la Dictadura.
Un Título que también recoge la elaboración un Censo Nacional de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, dando respuesta a la fragmentación y dispersión de la información disponible sobre las desapariciones forzadas en ese periodo.
Título II, políticas integrales de Memoria Democrática
Consta de cuatro capítulos y se abre con una mención especial al papel activo de las mujeres en España como protagonistas de la lucha por la democracia y los valores de libertad, igualdad y solidaridad, que por otra parte es transversal en todo el texto de la ley.
La articulación de estas políticas se asegura a través de un plan cuatrienal de actuaciones y, en el ámbito territorial, con la creación de un Consejo Territorial como instrumento de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas, con participación de las entidades locales a través de la Federación Española de Municipios y Provincias.
En el Capítulo I de este Título, sobre el derecho a la verdad de las víctimas, se asume que la búsqueda de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura corresponderá a la Administración General del Estado, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas relacionadas con dicha actividad, reforzando la colaboración entre las mismas. Incluye medidas como el impulso al mapa de fosas, el protocolo de exhumaciones y régimen de autorizaciones. Asimismo, se crea el Banco Nacional de ADN de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.
La Sección 2ª de este Capítulo I se dedica a los archivos y documentación, verdadera memoria escrita del Estado, regulando el acceso a los fondos y archivos públicos y privados, y garantizando su acceso y protección, con una mención especial al Centro Documental de la Memoria Histórica de Salamanca.
El derecho a la justicia se regula en Capítulo II. Con este fin, se crea la Fiscalía de Sala para la investigación de los hechos producidos durante la Guerra Civil y la Dictadura, hasta la entrada en vigor de la Constitución, que constituyan violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Tendrá las funciones de impulso de los procesos de búsqueda de las víctimas de los hechos investigados, en coordinación con los órganos de las distintas administraciones con competencias sobre esta materia.
Las medidas de reparación están contempladas en el Capítulo III. Se incluyen actuaciones como la investigación de los bienes expoliados durante la Guerra Civil y la Dictadura o el reconocimiento y reparación de las víctimas que realizaron trabajos forzados. Como medida reparadora de las personas que sufrieron el exilio, se dispone una regla para la adquisición de la nacionalidad española para nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia. Los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales podrán adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza.
El Capítulo IV se refiere al deber de memoria como garantía de no repetición. De esta forma, las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para la retirada de los símbolos y elementos públicos contrarios a la Memoria Democrática. Introduce a su vez medidas para evitar actos de exaltación o enaltecimiento del alzamiento militar, la Guerra Civil o el régimen dictatorial. Con el mismo objetivo se ocupa de la revocación de distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales, de condecoraciones y recompensas o títulos nobiliarios, que hayan sido concedidos o supongan la exaltación de la Guerra Civil y la Dictadura.
Asimismo, incluye actuaciones dirigidas a fundaciones y asociaciones entre cuyos fines se encuentre la apología del franquismo o la incitación directa o indirecta al odio o la violencia contra las víctimas de la Dictadura franquista.
Recoge también acciones en el plano educativo actualizándolos contenidos curriculares para ESO y Bachillerato, y en el plano de la investigación y la divulgación con el fin de fomentar, promover y garantizar en la ciudadanía el conocimiento de la historia democrática española y la lucha por los valores y libertades democráticas. Se contempla la constitución de una Fundación del Sector Público, cuyo objeto será contribuir al conocimiento, difusión y promoción de la historia de la democracia en España a través de la preservación de los archivos de los presidentes del Gobierno Constitucionales.
Se regulan los Lugares de Memoria Democrática con una función conmemorativa y didáctica. En cuanto al Valle de los Caídos, se enfatiza su resignificación con una finalidad pedagógica y se reconoce el derecho de los familiares a recuperar los restos de sus ascendientes. Las criptas adyacentes a la Basílica y los enterramientos tienen el carácter de cementerio civil y solo podrán albergar restos de personas fallecidas a consecuencia de la Guerra Civil. Asimismo, se procederá a reubicar cualquier resto mortal que ocupe un lugar preeminente en el recinto. En ningún lugar del recinto podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra Civil, de sus protagonistas o de la Dictadura. Se declara extinguida la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.
Título III, movimiento memorialista
El Título III reconoce la labor realizada durante décadas por la sociedad civil en la defensa de la memoria democrática y la dignidad de las víctimas, disponiendo la creación de un registro de entidades memorialistas. Se crea un Consejo de Memoria Democrática como órgano consultivo y de participación de dichas entidades y prevé la constitución de una comisión estatal de la Memoria y la Reconciliación con el Pueblo Gitano en España.
Título IV, régimen sancionador
Finalmente, el Título IV incorpora un régimen sancionador regulador de las infracciones y sanciones, en garantía del cumplimiento de los preceptos de la ley, en defensa de las víctimas y de la dignidad de los principios y valores constitucionales en el espacio público. Establece multas que van desde los 200 euros para las infracciones más leves hasta los 150.000 euros para las muy graves.
La parte final tiene ocho disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA DEL INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS A "THE INTERNATIONAL FORUM OF INDEPENDENT AUDIT REGULATORS"
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la contribución voluntaria del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) a "The International Forum of Independent Audit Regulators" (IFIAR) correspondiente al ejercicio 2020, por importe de 2.083.381 yenes japoneses.
La contribución voluntaria del ICAC permite su participación de pleno derecho en los grupos de trabajo y en la reunión plenaria del IFIAR, así como un mejor cumplimiento de sus funciones en la supervisión de las firmas de auditoría, lo que es de especial relevancia para el correcto funcionamiento de los mercados de capitales.
El IFIAR se constituyó en 2006, cuenta con 55 miembros (supervisores independientes de la profesión de auditoría), y tiene como objetivo fundamental promover el intercambio de información y de experiencia, así como la colaboración y el contacto entre los países y organismos internacionales, en el ámbito de la auditoría.
España participa en el International Forum of Independent Audit Regulators desde el año 2010. La contribución se hará con cargo a los fondos del presupuesto del ICAC, quien se financia totalmente a través de las tasas que recibe.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ACUERDO CON AZERBAIYÁN PARA EL INTERCAMBIO Y LA PROTECCIÓN MUTUA DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Azerbaiyán para el intercambio y la protección mutua de la información clasificada. (MPCM)
Antecedentes
El Acuerdo tiene por finalidad garantizar la protección de la información clasificada generada o intercambiada entre las Partes; o por personas físicas o jurídicas bajo la jurisdicción de cualquiera de las Partes. Su firma contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, ya que éstas exigen a veces el intercambio de información que -por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales- debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.
En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro, implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, se hace necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.
Por tanto, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales bilaterales en este sector.
Contenido
El texto consta de un Preámbulo y 17 artículos. En el Preámbulo, las Partes manifiestan su propósito de proteger la información clasificada generada o intercambiada entre las mismas o por las personas físicas o jurídicas bajo su jurisdicción.
El Artículo 1 establece el objeto de este Acuerdo.
El Artículo 2 contiene la definición de los términos más comunes empleados en el Acuerdo.
El Artículo 3 relaciona las autoridades competentes de la aplicación del Acuerdo en cada uno de los Estados firmantes.
El Artículo 4 enumera los grados de clasificación de seguridad nacionales, junto con sus respectivas equivalencias en Azerbaiyán.
El Artículo 5 regula las medidas de seguridad de la información clasificada.
El Artículo 6 regula las disposiciones relativas al acceso a la información clasificada.
El Artículo 7 regula las restricciones en materia de uso y divulgación de la información clasificada.
El Artículo 8 regula la trasmisión de la información clasificada.
El Artículo 9 se ocupa de los métodos de traducción, reproducción y destrucción de la información clasificada.
El Artículo 10 regula la cooperación en materia de seguridad de la información clasificada.
El Artículo 11 contiene una serie de disposiciones sobre los contratos clasificados.
El Artículo 12 regula las visitas relacionadas con la información clasificada.
El Artículo 13 regula el procedimiento en los incidentes de seguridad.
El Artículo 14 determina que para la cooperación sobre este tratado se utilizará el idioma inglés.
El Artículo 15 regula los pagos que se efectúen en base a este tratado.
El Artículo 16 regula la resolución de conflictos.
El Artículo 17 contiene las disposiciones finales, incluyendo duración, entrada en vigor, procedimiento de enmiendas o adiciones, procedimiento de finalización del acuerdo y otros.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA UNIDADES DEL EJÉRCITO DEL AIRE
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de productos alimenticios para unidades del Ejército del Aire, que tiene por objeto la selección de un adjudicatario para cada uno de los 28 lotes en que se desglosa, atendiendo a la distribución geográfica y a las distintas categorías de los productos alimenticios a adquirir.
La necesidad de la adquisición de los productos alimenticios en el Ejército del Aire deriva de la confección de las comidas en las cafeterías y comedores de las distintas unidades del Ejército del Aire, que cuentan con medios propios en la mayoría de los casos, y no con servicios de catering en sus distintas modalidades.
Interior
DIRECTRIZ BÁSICA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL FRENTE A LOS ACCIDENTES DE AVIACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión el Real Decreto que recoge la directriz básica de criterios mínimos que deben reunir los planes especiales de protección civil frente al riesgo de emergencias por accidente de aviación civil que, por imperativo legal, deben elaborar las distintas administraciones estatal, autonómicas y locales.
La aprobación de esta directriz básica garantiza que esos planes especiales autonómicos o locales, en sus aspectos organizativo y funcional, den una respuesta homogénea a escala nacional ante emergencias de esta naturaleza con independencia del lugar en el que ocurra y de su alcance, de forma que se asegure la adecuada coordinación de las actuaciones de todos los órganos participantes.
En primer lugar, la directriz básica recoge las características, funciones básicas y contenido mínimo del futuro plan estatal, que deberá crear una estructura organizativa que permita la dirección y coordinación del conjunto de las administraciones públicas en emergencias aeronáuticas en las que esté presente el interés nacional, así como las funciones de apoyo a las comunidades autónomas para facilitar la aplicación de sus respectivos planes.
Los planes especiales autonómicos o locales, para ajustarse a lo dispuesto en la directriz básica, incluirán, entre otros componentes homogéneos, análisis de riesgo, procesos de búsqueda y localización de aeronaves siniestradas, protocolos de notificación de incidentes y accidentes, así como las actuaciones necesarias para la protección de personas, bienes y el medio ambiente.
Entre estas actuaciones figuran los sistemas de información, avisos y alertas; la delimitación de zonas de actuación y control de accesos, así como los medios de evacuación, transporte sanitario, hospitalización e identificación de heridos. En todo caso, los diferentes planes estatal, autonómicos y en su caso municipales deberán tener en cuenta, en todas sus fases, las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad, estableciendo protocolos de actuación específicos para garantizar su asistencia y seguridad.
Por último, la directriz básica encomienda a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea la realización de una guía técnica complementaria que facilite la armonización entre los requisitos y procedimientos administrativos establecidos en la normativa sectorial aeronáutica respecto de los planes de autoprotección de las instalaciones aeronáuticas y el contenido de los planes especiales autonómicos y locales.
Esos planes serán de aplicación a las emergencias ocurridas en instalaciones aeronáuticas, los accidentes de aeronaves ocurridos dentro del espacio aéreo de soberanía y de responsabilidad española, las emergencias de aeronaves en vuelo que puedan derivar en accidente y las actuaciones a realizar en coordinación con el Servicio de Búsqueda y Salvamento Aéreo, la Dirección General de la Marina Mercante y la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) en aquellos casos en que el accidente hubiera ocurrido en el mar.
También serán aplicables a las emergencias de aeronaves civiles ocurridas en bases aéreas o aeródromos militares abiertos al tráfico aéreo civil. En el caso de accidentes en los que se vean involucradas aeronaves de las Fuerzas Armadas o de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los planes especiales solo serán activados a requerimiento expreso de las autoridades militares o policiales.
La directriz básica ha sido elaborada por un grupo de trabajo constituido en el Consejo Nacional de Protección Civil y ha recibido el informe favorable de todas las instituciones y organismos afectados por su contenido.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
CONVENIO CON CASTILLA-LA MANCHA PARA LA OBTENCIÓN DE UNA COBERTURA DE VUELO LIDAR Y DEL MODELO DIGITAL DEL TERRENO
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma de un convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), a través del Centro Nacional de Información Geográfico (CNIG) -organismo autónomo adscrito al Ministerio a través del IGN-, con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la coordinación de actuaciones conjuntas en la obtención de cobertura de vuelo LiDAR (cuyo resultado es una nube de puntos tridimensionales georreferenciados del terreno) y del Modelo Digital del Terreno de la totalidad de su territorio.
El convenio tendrá vigencia hasta el 1 de diciembre de 2021, con posibilidad de prórroga hasta cuatro años más. Supondrá la ejecución de trabajos valorados en un total de 2.184.621,7 de euros, de los que el CNIG aportará trabajos por un valor de 1.684.644,55 euros y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha asumirá el coste de trabajos por valor de 499.977,15 euros.
Como resultado de este convenio se obtendrá una cobertura de datos LiDAR para la totalidad del territorio de Castilla-La Mancha a una resolución de 0,5 o 1 punto/m2 y sus Modelos Digitales del Terreno derivados.
Esto supone una clara optimización de recursos públicos pues, a partir de esta cobertura LiDAR 2020-21, se podrán llevar a cabo análisis y servicios forestales, agrícolas y medioambientales, entre otros, muy demandados por la sociedad.
Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA)
Esta actuación aprobada forma parte del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA), proyecto del Consejo Superior Geográfico coordinado por el IGN, que constituye un proyecto de actuación conjunta entre administraciones públicas destinado a obtener y actualizar periódicamente la cobertura de España con ortofotografías aéreas de alta resolución y con un modelo digital del terreno de alta precisión y resolución.
En el año 2009, tras realizar una serie de pruebas piloto y atendiendo a la necesidad de ofrecer Modelos Digitales del Terreno con mayor precisión, se incorpora la tecnología LIDAR al proyecto PNOA, surgiendo de esta manera el proyecto PNOA-LiDAR.
Aplicación forestal de los datos LiDAR
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
RÉGIMEN SANCIONADOR PARA LA LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA
El Consejo de Ministros ha aprobado la tramitación administrativa urgente de una modificación de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) para establecer un régimen sancionador para los casos de morosidad en el sector del transporte de mercancías por carretera.
La situación generada por el COVID-19 ha tenido una incidencia extraordinaria en la liquidez de muchas empresas de transporte de mercancías por carretera, por lo que es necesario garantizar que esa falta de liquidez no se vea agravada por el incumplimiento de los plazos de pago en los contratos de transporte de mercancías por carretera.
El acuerdo permite agilizar al máximo la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), en la que se está trabajando, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para cada uno de los trámites tendentes a la aprobación del proyecto de ley.
De este modo, se permite abordar de forma inmediata esta cuestión, reforzando el cumplimiento del plazo máximo legal de pago en el ámbito de las operaciones de transporte de mercancías por carretera.
Este Acuerdo es fruto del compromiso adquirido con el Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera, órgano de representación del sector y de interlocución con el Ministerio, para abordar los retos que afronta el transporte de mercancías por carretera.
Educación y Formación Profesional
NUEVO TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA PROFESIONALES DEL SECTOR DE LA MADERA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece un nuevo título de Técnico en Procesado y Transformación de la Madera -Grado Medio de Formación Profesional-, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como los correspondientes aspectos básicos del currículo.
Esta titulación, perteneciente a la familia profesional de Madera, Mueble y Corcho, tiene como competencia general la de llevar a cabo el despiece de la madera, aplicando tratamientos preventivos y curativos, así como la de fabricar tableros y otros productos de transformación de la materia prima. Todo ello, utilizando los métodos específicos, de acuerdo con la calidad requerida, y en las condiciones de seguridad, salud laboral y protección medio ambiental.
El nuevo título recoge hasta 22 especializaciones profesionales, entre ellas la de aserrador de madera, operador de máquinas tronzadoras, operador de serrerías, operario de trenes mecanizados de tableros aglomerados y operario de máquinas melaminizadoras.
España es uno de los países con mayor superficie forestal arbolada, por lo que la producción de madera y derivados juega un papel importante en la industria del país. La actual modernización del sector implica la demanda de una mano de obra cada vez más cualificada, con conocimientos en competencia digital para el uso y manejo de maquinaria y equipos, entre otros, y que asuma funciones de control de calidad, prevención de riesgos laborales y protección ambiental.
La aprobación de esta titulación se enmarca dentro del Plan de Modernización de la Formación Profesional aprobado por el Gobierno y que contempla, entre otras actividades, la ampliación del Catálogo de títulos y la agilización de su publicación para dar respuesta a las necesidades de cualificación de cada sector productivo. Con el título aprobado hoy, el sistema educativo cuenta con un total de 181 titulaciones de FP.
Agricultura, Pesca y Alimentación
LICITACIÓN DE UN PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DE REGADÍOS EN EL CANAL DEL PÁRAMO
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la licitación de un nuevo proyecto para la ejecución de las obras del "Proyecto de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo, Sectores IV, VI y balsa de regulación de Matalobos II. Fase SEIASA" en León, con un presupuesto de 26,6 millones de euros.
El proyecto se ejecutará a través de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) en el marco del convenio existente entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Junta de Castilla y León y gracias al cual se beneficiará de la aportación de fondos FEADER del Programa de Desarrollo Rural de esta comunidad para el periodo 2014-2020.
Estas obras afectarán a una superficie de 3.765 hectáreas, de las que 3.250 serán regables, en los términos municipales de Bustillo del Páramo y de Villazala, ambos en la provincia de León.
El objeto es completar la modernización de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Para ello, se realizarán varias operaciones para cambiar el actual sistema de riego por gravedad por un sistema de riego presurizado. Al mismo tiempo, se mejorará la regulación, manejo y aprovechamiento de las aguas del Canal de Matalobos, que parte del Canal del Páramo.
Como en el resto de la zona regable ya modernizada, se trata de mejorar la eficiencia de los caudales suministrados a los agricultores mediante la sustitución de la infraestructura actual del sistema de riego, compuesto por un sistema de cauces abiertos que con el tiempo se han deteriorado.
En consecuencia, la forma en que es distribuida el agua dentro de la comunidad de regantes, actualmente a turnos, se sustituirá por un moderno riego a la demanda.
Las obras incluirán la instalación de tuberías de abastecimiento, redes de distribución, estación de bombeo, sistemas de monitorización y telecontrol y balsa de regulación, entre otras.
El regadío de la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo se sitúa entre Santa Marina del Rey y Azares del Páramo (provincia de León), con una superficie neta aproximada de 17.600 hectáreas que se distribuyen entre 9 términos municipales: Santa Marina del Rey, Bustillo del Páramo, Villazala, Urdiales del Páramo, San Pedro Bercianos, Bercianos del Páramo, Laguna Dalga, Valdefuentes del Páramo y Valdevimbre.
La mayoría de la zona regable se dedica principalmente al maíz y la remolacha azucarera, que copan el 90% de la superficie. El resto se reparte en cultivos como los cereales de invierno y la judía grano.
Actuaciones en el Canal del Páramo
Las obras de modernización de la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo fueron declaradas de Interés General por la Ley 14/2000 de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y se han ido ejecutando mediante la firma de distintos convenios de financiación, construcción y explotación suscritos por la comunidad de regantes, la Junta de Castilla y León y Seiasa.
El MAPA, a través de esta sociedad estatal, ha realizado inversiones en esta comunidad por valor de 62,6 millones de euros mediante la ejecución de obras en seis sectores de riego; así, se han modernizado 13.834 ha que han beneficiado 5.348 regantes.
Sanidad
DISTRIBUCIÓN DE FONDOS A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DERIVADOS DEL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS
El Consejo de Ministros ha acordado la distribución a las comunidades autónomas de 9,5 millones de euros para ejecutar programas en materia de drogodependencias y otras adicciones. Se formaliza así este reparto y los criterios del mismo, que se aprobaron por unanimidad en la Conferencia Sectorial del Plan Nacional Sobre Drogas del pasado 2 de septiembre.
Esta suma procede de distintas partidas recogidas en los Presupuestos Generales del Estado, que se destinan anualmente a cubrir los gastos derivados del desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas en los planes autonómicos. Así, sirven para sufragar programas de atención directa a adicciones, programas de prevención, de atención a familias, de rehabilitación y reinserción social y laboral, etc.
Esta transferencia permitirá a las comunidades autónomas poder desarrollar, entre otras actuaciones, convocatorias de subvenciones para las entidades del Tercer Sector dedicadas a las drogodependencias y otras adicciones en sus respectivos ámbitos territoriales.
Distribución a las Comunidades Autónomas en 2020
COMUNIDAD AUTÓNOMA | TOTAL (euros) |
---|---|
Andalucía | 1.499.814.09 |
Aragón | 370.740.10 |
Asturias | 385.753,24 |
Baleares | 261.296,03 |
Canarias | 451.594,41 |
Cantabria | 209.008,02 |
Castilla-La Mancha | 460.359,32 |
Castilla y León | 714.023,55 |
Cataluña | 1.384.205,86 |
C. Valenciana | 835.221,55 |
Extremadura | 325.552,75 |
Galicia | 576.767,86 |
Madrid | 1.454.853,48 |
Murcia | 335.761,33 |
Rioja | 126.120,01 |
Ceuta | 67.977,40 |
Melilla | 60.351,00 |
TOTAL | 9.519.400,00 |
Ciencia e Innovación
SUBVENCIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA DE MEDICINA DE PRECISIÓN ASOCIADA A LA CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD 2017-2020
El Consejo de Ministros ha aprobado la convocatoria para poner en marcha la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT), el primer paso de la nueva Estrategia Española de Medicina Personalizada reflejada en el Plan de Choque para la Ciencia y la Innovación presentado en julio. Con una dotación de 25,8 millones de euros en subvenciones, permitirá avanzar en la implantación de una nueva forma de hacer medicina, vinculada al conocimiento científico y a la capacidad de explotar toda la información disponible para aumentar la calidad y la eficiencia del sistema sanitario. En concreto, prevé que el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) ponga en marcha tres nuevos programas: Medicina Predictiva, Ciencia de Datos y Medicina Genómica.
La Estrategia Española de Medicina Personalizada contará para su puesta en marcha con 77,3 millones de euros. A estos 25,8 millones -aprobados en una transferencia de crédito al Ministerio de Ciencia e Innovación en el Consejo de Ministros del pasado martes- se añadirán otros 51,5 millones en 2021, para completar las acciones previstas en el Plan de Choque, entre las que se encuentran la creación de un Centro Nacional de Terapias Avanzadas y proyectos I+D+I. Esta Estrategia será coordinada por el ISCIII y su elaboración e implantación estará coliderada por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Ciencia e Innovación, con la participación de todas las comunidades autónomas.
Medicina de Precisión
La medicina de precisión implica una transformación en la forma en la que se toman decisiones con efecto directo en la práctica clínica y en las medidas de salud pública. Supone disponer de información genómica y molecular a nivel individual, y tener la capacidad para integrarla con información clínica y otros factores sociales, ambientales y de conducta, con el objetivo de mejorar el diagnóstico, el tratamiento o la capacidad de predecir el desarrollo de enfermedades. El objetivo final es una medicina más segura, eficiente, preventiva y predictiva.
La convocatoria para el año 2020 supondrá la creación de la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología, a través de tres programas: Medicina Predictiva, Ciencia de Datos y Medicina Genómica. Los tres programas, estrechamente relacionados entre sí, permitirán generar este año una sólida base científica en red que facilitará las acciones que se llevarán a cabo durante el próximo año.
El primero de los tres programas, Medicina Predictiva, está orientado al diseño y puesta en marcha de una gran cohorte poblacional con datos clínicos, epidemiológicos y biológicos, medidos a nivel individual, que permita representar a la totalidad de la población residente en España, incluyendo la variabilidad étnica y la diversidad geográfica y ambiental. La idea es generar un registro de datos individuales y poblacionales que sea la base para una mejor toma de decisiones en salud; permitirá construir modelos predictivos de enfermedad, identificar desigualdades en salud, monitorizar indicadores clave y evaluar el impacto de las políticas sanitarias.
Por su parte, el Programa de Ciencia de Datos persigue desarrollar un sistema de recogida, integración y análisis de datos clínicos y moleculares orientado a mejorar la salud de cada paciente individual, y que permita el uso secundario de la información existente en el Sistema Nacional de Salud para el beneficio de la sociedad con objetivos de salud pública, planificación sanitaria e investigación. Su objetivo es optimizar la gestión de la información generada, para interpretarla y aplicarla de la manera más efectiva para la población y el sistema sanitario; proporcionará herramientas bioinformáticas para la gestión de datos genómicos y soluciones de Informática médica para la gestión e integración de datos clínicos, facilitando la interoperabilidad de los sistemas de información clínica de los diferentes sistemas autonómicos de salud.
Finalmente, el tercer programa, Medicina Genómica, desarrollará infraestructuras y protocolos de coordinación para llevar a cabo análisis genómicos y otros datos 'ómicos' de forma eficaz, eficiente y equitativamente accesible en todo el territorio nacional, tomando como apoyo grandes centros de investigación españoles que ya disponen de tecnología de secuenciación de última generación y experiencia en su aplicación al diagnóstico de enfermedades humanas. Su fin es garantizar una reserva estratégica estatal de servicios diagnósticos de secuenciación de muy alta complejidad, que se prestarán sin coste económico para los pacientes o los servicios de salud autonómicos; optimizará y reforzará las capacidades de secuenciación masiva disponibles, orientándolas a las necesidades de diagnóstico genético -exomas, genomas completos…- y prestando especial atención al diagnóstico molecular temprano de las enfermedades poco frecuentes.
Pueden beneficiarse de esta convocatoria entidades e instituciones que realizan o gestionan actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, como los institutos de investigación sanitaria acreditados, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al Sistema Nacional de Salud, los Organismos Públicos de Investigación, las universidades y otros centros de I+D.
Un proyecto por programa
Las entidades interesadas podrán solicitar la coordinación de uno de los tres programas de la convocatoria, para lo que presentarán una propuesta de Plan de Actuación, así como la relación de entidades colaboradoras que participarán junto con la entidad solicitante y de los recursos e infraestructuras que aporten. Se concederá un proyecto por programa.
La organización y procesos de IMPaCT deberán adecuarse a los principios de Investigación e Innovación Responsable (RRI) y Open Science, incorporando específicamente principios de gobernanza responsable, ética, igualdad de género, educación científica, acceso abierto y participación ciudadana.
En definitiva, esta convocatoria permitirá configurar una infraestructura de servicios científico-técnicos que vertebre y fortalezca las capacidades de I+D+I en Medicina de Precisión existentes y facilite la implementación real de la Medicina de Precisión en el Sistema Nacional de Salud. Asimismo, permitirá generar la capacidad de análisis inmediato de datos obtenidos en tiempo real, para dar una respuesta coordinada e inmediata a cualquier urgencia científica que afecte a la Salud Pública, y orientar la investigación la investigación hacia los problemas de salud a través de la implementación real de la Medicina de Precisión en el SNS. También potenciará la participación y liderazgo de España en proyectos, programas, plataformas e infraestructuras internacionales de I+D+I orientadas a la Medicina de Precisión y la ciencia de datos.
Igualdad
SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE MUJERES DE LA PESCA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca (ANMUPESCA) para fomentar la igualdad efectiva de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el sector pesquero.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su título II, "Políticas públicas para la igualdad", contempla, entre otros, como criterios generales de actuación de los poderes públicos la integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, cultural y artística, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias retributivas.
La escasa presencia de la mujer en un sector como el pesquero de gran importancia en el conjunto de la economía nacional y las particulares dificultades a las que se enfrentan las mujeres que trabajan en él (precariedad, falta de reconocimiento de las específicas dificultades de su trabajo -escasos o nulos coeficientes reductores de jubilación, no reconocimiento de sus enfermedades laborales, escaso reconocimiento social...) determina la necesidad de realizar actuaciones para incrementar la participación de las mujeres en la vida económica, política y sociocultural, en particular en las cofradías de pescadores y en los lugares donde se toman las decisiones que afectan directamente a sus condiciones laborales y en las que en la actualidad, es tan muy escasamente representadas. Es por ello necesario facilitar el asociacionismo de las mujeres que trabajan en las actividades vinculadas con la actividad pesquera, marisquera, acuícola y actividades o servicios, para que puedan mejorar sus condiciones profesionales y puedan acceder a los puestos de toma de decisiones.
El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades tiene entre sus funcione "realizar cuantas actividades favorezcan la participación de las mujeres en la actividad económica y en el mercado de trabajo, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres" y en atención a este objetivo, desde el año 2017, las sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado han venido contemplando la concesión de subvenciones nominativas a la Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca (ANMUPESCA), asociación sin ánimo de lucro para apoyar su labor de promoción de la integración y de la igualdad efectiva de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. La Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca (ANMUPESCA), es la única organización de mujeres de ámbito estatal que tiene como objetivo apoyar a las mujeres del sector de la pesca, defender sus intereses económicos y profesionales, mejorar sus condiciones laborales, visibilizarlas como profesionales del mar, reforzando su empoderamiento, e incrementar el reconocimiento y conciencia social del papel que desempeñan.
En este contexto se elabora el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención asignada a favor de ANMUPESCA cuyo objeto es fomentar la igualdad efectiva de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el sector pesquero, facilitando el asociacionismo de las mujeres en este sector, su presencia y participación en los órganos de toma de decisiones a todos los niveles, y la visibilización y adecuada valoración de su trabajo. La cuantía de la subvención es de treinta mil euros.
Universidades
APROBADA LA ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA EUROPEA DEL RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar la tramitación administrativa urgente del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), al amparo de lo previsto en el artículo 27.1, letra b), de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Mediante el presente acuerdo se autoriza a requerir con carácter de urgencia la emisión de los informes de órganos consultivos que resulten preceptivos para la aprobación de la modificación del citado Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, con objeto de perfeccionar la transposición del derecho europeo en esta materia.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Embajadora de España en la Commonwealth de Australia.-
Es licenciada en Derecho, ingresó en 1991 en la Carrera Diplomática y es Diplomada de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas.
Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas de España en Tanzania, Indonesia, Bulgaria, Países Bajos y Paris-OCDE y ha sido Embajadora de España en Zimbabwe con acreditación en Zambia y en Malawi.
En los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha ocupado los puestos de Subdirectora General de la Escuela Diplomática, subdirectora general de Política Exterior, Consejo de Europa y OSCE, embajadora en Misión Especial para la Ciberseguridad y presidenta del Tribunal de Oposiciones para Ingreso en la Carrera Diplomática en la última convocatoria.
Director general de Diplomacia Económica.-
D. LUIS ÓSCAR MORENO GARCÍA-CANO.
Pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Es licenciado en Economía Universidad Autónoma de Madrid (U.A.M.) y licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado Universidad Autónoma de Madrid (U.A.M.) y cuenta con el Diploma de Estudios Avanzados Universidad Autónoma de Madrid (U.A.M.). Habla inglés y francés.
Su experiencia profesional ha sido: jefe de la Unidad de Apoyo de la Dirección General de Comercio e Inversiones septiembre (2019- 2020); consejero económico y comercial, jefe de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Rabat (2014- 2019); subdirector general de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones, ( 2012- 2014); vocal del Consejo de España Expansión Exterior (2014); vocal del Consejo de COFIDES (2013- 2014), subdirector adjunto en S.G. de Comercio Internacional de Servicios (2009 -2012) y jefe de Servicio y jefe de Área en S.G. de Comercio Internacional de Servicios (2008- 2009).