Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- ACUERDO por el que se solicita autorización del Congreso de los Diputados para prorrogar el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020 por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de los vuelos directos entre la República Italiana y los aeropuertos españoles.
Derechos Sociales y Agenda 2030
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la financiación de las prestaciones básicas de los servicios sociales de las comunidades autónomas, diputaciones provinciales, o las corporaciones locales, que tengan por objeto exclusivamente hacer frente a situaciones extraordinarias derivadas del COVID-19 según lo previsto en los artículos 1 y 2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la financiación de ayudas destinadas a garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos según lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los trabajos de composición, edición, manipulado y entrega al operador postal Correos y Telégrafos, S.A., de aproximadamente 3.970.000 tarjetas censales que se enviarán a los electores residentes en Galicia y País Vasco con motivo de las elecciones a los Parlamentos de Galicia y País Vasco 2020.
- ACUERDO por el que se autoriza bajo condición la adquisición de Bolsas y Mercados Españoles, S.A., por SIX Group AG.
- ACUERDO por el que se aprueban las características del primer tramo de la Línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la fabricación, suministro y entrega de contenedores ENUN 32P para el almacenamiento en seco del combustible gastado de las centrales nucleares de Almaraz y de Trillo. Valor estimado 85.138.800 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la fabricación, el suministro y la entrega de contenedores ENUN 52B para el almacenamiento en seco del combustible gastado de la central nuclear de Santa María de Garoña. Valor estimado 127.600.000 euros.
Justicia
- ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, no más tarde del jueves 2 de abril de 2020, en relación con el proyecto de Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal.
Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios de agencia de viajes para la Corporación de Radio Televisión Española, cuyo valor estimado asciende a 13.620.962,55 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contratación del servicio de desarrollo y mantenimiento de los sistemas y aplicaciones informáticas para el impulso de la transformación digital del Departamento de Informática Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por un valor estimado de 42.298.375,68 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 1.032.700.000 euros.
Industria, Comercio y Turismo
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto sobre inversiones exteriores.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- ACUERDO por el que se autoriza el encargo a la empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), para la prestación del servicio de funcionamiento del dispositivo de extinción y prevención de incendios forestales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Años 2020-2024, por un importe máximo de 157.397.679,33 euros.
Política Territorial y Función Pública
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado a que se refiere el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
Cultura y Deporte
- ACUERDO por el que se autoriza al Consejo Superior de Deportes la convocatoria correspondiente al año 2020 de ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas, por un importe total de 50.055.500 euros.
Ciencia e Innovación
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., la convocatoria correspondiente al año 2020 de ayudas por importe de 25.000.000 de euros, destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (programa NEOTEC), del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Presidencia del Gobierno
MODIFICACIÓN PROHIBICIÓN DE LOS VUELOS DIRECTOS ENTRE LA REPÚBLICA ITALIANA Y LOS AEROPUERTOS ESPAÑOLES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020 por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la prohibición de los vuelos directos entre la República Italiana y los aeropuertos españoles.
En relación a las medidas excepcionales adoptadas por el la pandemia del COVOD-19, el Consejo de Ministros ha aprobado en este Acuerdo para de la prohibición de vuelos directos de Italia a España a aquellos que repatríen a nuestros nacionales.
Dada la evolución de la epidemia y con objeto de facilitar el regreso desde Italia a España de los ciudadanos españoles y de aquellos que se encuentren registrados como residentes en España, se hace necesario modificar el Acuerdo de 10 de marzo de 2020 que prohibía los vuelos directos entre ambos países, para incluir esta situación entre las excepciones contemplada.
Por ello y previa autorización del Ministerio de Sanidad, se podrá levantar la prohibición de vuelos de aeronaves que transporten exclusivamente ciudadanos españoles o registrados como residentes en España, limitando su entrada a los aeropuertos contemplados en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen los puertos y aeropuertos españoles designados como «puntos de entrada con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional», según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005), que son los de: Madrid, Barcelona, Las Palmas de Gran Canarias, Málaga y Palma de Mallorca.
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
PRÓRROGA ESTADO DE ALARMA
El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dicha prórroga se solicita hasta las 00:00 horas del día 12 de abril y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.
Derechos Sociales y Agenda 2030
AYUDAS PARA ALIMENTACIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DEBIDO AL CIERRE DE CENTROS EDUCATIVOS POR EL COVID 19
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la financiación de ayudas destinadas a garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos según lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19
El reparto, acordado en el Consejo Interterritorial de Servicios Sociales, se trata de 25 millones de euros, destinado a ayudas que garanticen el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad.
Se trata de niños que recibían en sus centros educativos una beca comedor, y que ante el cierre de los mismos, se encuentran desprovistos de esta comida esencial.
Las ayudas podrán consistir en transferencias económicas directas o la prestación directa de distribución de alimentos. Serán beneficiarias las familias con alumnado desde educación infantil hasta secundaria a quienes las comunidades autónomas o los servicios sociales municipales hayan concedido becas o ayudas para el comedor escolar durante el presente curso académico.
Las ayudas se prolongarán mientras permanezcan clausurados los centros educativos, sin perjuicio de su revisión en función de la duración de esta circunstancia.
CCAA/ Ciudad | Euros | % |
---|---|---|
Andalucía | 4.300.250 | 17,20% |
Aragón | 899.250 | 3,60% |
Principado de Asturias | 858.500 | 3,43% |
Illes Balears | 628.250 | 2,51% |
Canarias | 1.276.000 | 5,10% |
Cantabria | 597.000 | 2,39% |
Castilla-La Mancha | 1.435.750 | 5,74% |
Castilla y León | 1.768.250 | 7,07% |
Cataluña | 3.003.000 | 12,01% |
Extremadura | 1.104.000 | 4,42% |
Galicia | 1.895.250 | 7,58% |
Comunidad de Madrid | 2.455.750 | 9,82% |
Región de Murcia | 1.049.750 | 4,20% |
La Rioja | 395.750 | 1,58% |
Comunitat Valenciana | 2.312.250 | 9,25% |
Ciudad de Ceuta | 523.250 | 2,09% |
Ciudad de Melilla | 497.750 | 1,99% |
Total | 25.000.000 | 100% |
Derechos Sociales y Agenda 2030
DISTRIBUCIÓN DEL FONDO SOCIAL EXTRAORDINARIO PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DERIVADAS DEL COVID-19
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la financiación de las prestaciones básicas de los servicios sociales de las comunidades autónomas, diputaciones provinciales, o las corporaciones locales, que tengan por objeto exclusivamente hacer frente a situaciones extraordinarias derivadas del COVID-19 según lo previsto en los artículos 1 y 2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Se trata de la distribución por comunidades autónomas del Fondo Social Extraordinario dotado con 300 millones de euros aprobado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
El Ministerio de Hacienda autorizó la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito al ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2020 por un importe de 300 millones que se transferirá a las comunidades autónomas para reforzar sus políticas sociales y de atención a familias, especialmente aquellas en situación de mayor vulnerabilidad. Nos referimos a personas mayores, dependientes, personas sin hogar o familias monoparentales entre otros.
Los recursos de este Fondo, que se transferirá a las comunidades autónomas, solo puede utilizarse para hacer frente a situaciones derivadas del COVID-19.
Así, el Fondo Social Extraordinario financiará proyectos y contrataciones laborales necesarias para el desarrollo de prestaciones como:
- Reforzar los servicios de proximidad de carácter domiciliario.
- Incrementar y reforzar el funcionamiento de los dispositivos de tele asistencia domiciliaria.
- Trasladar cuando sea necesario al ámbito domiciliario los servicios de rehabilitación.
- Reforzar los dispositivos de atención a personas sin hogar.
- Adquirir medios de prevención
- Ampliar las plantillas de centros de servicios sociales o centros residenciales.
La mayor parte de estas medidas están dirigidas especialmente a los colectivos de más edad. En cualquier caso, el Fondo Social se puede utilizar para cualquier política que las comunidades autónomas consideren imprescindible y urgente para atender a las personas especialmente vulnerables con motivo de esta crisis.
CCAA/Ciudad | Euros | % |
---|---|---|
01 Andalucía | 51.718.498,00 | 17,25% |
02 Aragón | 9.905.392,00 | 3,30% |
03 Asturias, Principado | 6.643.568,00 | 2,22% |
04 Balears, Illes | 7.453.028,00 | 2,49% |
05 Canarias | 14.087.602,00 | 4,70% |
06 Cantabria | 3.975.348,00 | 1,33% |
07 Castilla y León | 17.652.224,00 | 5,89% |
08 Castilla - La Mancha | 14.600.260,00 | 4,87% |
09 Cataluña | 45.509.640,00 | 15,18% |
10 C. Valenciana | 29.985.996,00 | 10,00% |
11 Extremadura | 7.806.792,00 | 2,60% |
12 Galicia | 17.010.652,00 | 5,67% |
13 Madrid, Comunidad | 38.755.146,00 | 12,93% |
14 Murcia, Región de | 9.284.806,00 | 3,10% |
15 Navarra, Comunidad | 4.520.984,00 | 1,51% |
16 País Vasco | 13.395.064,00 | 4,47% |
17 Rioja, La | 4.497.000,00 | 1,50% |
18 Ceuta | 1.499.000,00 | 0,50% |
19 Melilla | 1.499.000,00 | 0,50% |
TOTAL | 299.800.000,00* | 100,00% |
CRÉDITO | 300.000.000,00 | 100,00% |
Asuntos Económicos y Transformación Digital
LÍNEA DE AVALES PARA GARANTIZAR LA LIQUIDEZ DE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
El Gobierno da así cumplimiento al compromiso con las empresas, especialmente con los trabajadores autónomos y las pymes, de poner en marcha las medidas necesarias para garantizar su liquidez y preservar la actividad productiva y el empleo.
Con este objetivo, la Línea de Avales garantizará los nuevos préstamos y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
Esta Línea será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial, en colaboración con las entidades financieras.
Características de la Línea de Avales
La Línea de Avales se aprobó con una dotación de hasta 100.000 millones de euros. El primer tramo activado en el acuerdo de hoy tiene un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reservará para garantizar préstamos de autónomos y pymes.
Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.
El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes. Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.
El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años. El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.
Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020. Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.
Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19.
También asumen el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
ADQUISICIÓN DE CONTENEDORES PARA EL COMBUSTIBLE GASTADO DE LAS CENTRALES NUCLEARES DE TRILLO, ALMARAZ Y GAROÑA
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A., S.M.E. (Enresa) la celebración de dos contratos para la fabricación y suministro de contenedores para el almacenamiento en seco del combustible gastado de las centrales nucleares de Almaraz (Cáceres), Trillo (Guadalajara) y Santa María de Garoña (Burgos). Los dos contratos se adjudicarán a la empresa española Equipos Nucleares, S.A., S.M.E. (ENSA), que resultó adjudicataria de los primeros contenedores para las tres centrales.
En las centrales nucleares, después de las recargas, el combustible gastado extraído del reactor se almacena en piscinas que se encuentran ubicadas en el interior de las mismas. Para garantizar la continuidad operación de las centrales en explotación, cuando la capacidad de las piscinas se acerca a su saturación, o para permitir el desmantelamiento de una central, cuando ésta ha cesado su explotación, el combustible gastado se introduce en contenedores y se deposita en un almacén temporal individualizado (ATI) construido en la propia central. El acuerdo de Consejo de Ministros autoriza la adquisición de dichos contenedores.
El primero de los contratos autorizados tiene como objeto suministrar un total de 24 contenedores: 14 para la central de Almaraz y 10 para la de Trillo. El valor estimado del contrato es de 85.138.800 € y el plazo de ejecución 5 años, iniciándose la entrega en 2022. Los contenedores son del mismo tipo que los 10 que fueron adquiridos por Enresa en 2015 y que han sido autorizados por el Ministerio, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).
El segundo contrato tiene como objeto suministrar 44 contenedores para el almacenamiento del combustible gastado de la central nuclear de Garoña. El valor estimado del contrato es de 127.600.000 €, el plazo de ejecución 5 años, y las primeras unidades se suministrarán en 2023. Los contenedores son del mismo tipo que los 5 que fueron adquiridos por Enresa en 2012 y que han sido autorizados por el Ministerio previo informe del CSN.
Las necesidades de contenedores se han planificado teniendo en cuenta lo previsto en el borrador de Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), y el Protocolo firmado en lo relativo a las fechas de cese de la operación de cada uno de los reactores, que en el caso de Almaraz se ha fijado en el año 2027 para la unidad 1 y en 2028 para la unidad 2, y en el caso de Trillo en el año 2035. En el caso de Garoña, Enresa y el titular de la central, Nuclenor, trabajan para planificar y acometer su desmantelamiento a la mayor brevedad posible. Entre los trabajos iniciales destacan los de extracción del combustible gastado de la piscina y su almacenamiento en seco, para lo que es preciso adquirir los contenedores correspondientes, por lo que, con esta autorización, se da un paso real y efectivo para poder ejecutar el desmantelamiento de esta central.
La compra será financiada con cargo al Fondo del PGRR
Las compras de los contenedores se realizarán con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR), que se nutre de la prestación que satisfacen los productores de los residuos. En el caso de las centrales nucleares en explotación, la cuota que abonan es el resultado de multiplicar la energía generada por cada central por una tarifa fija unitaria.
El pasado día 16 de marzo el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico recibió el borrador del 7º Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR), que solicitó a Enresa) en y que dará cumplimiento a la Directiva europea relativa a la gestión de los residuos radiactivos. En consecuencia, el MITECO ha iniciado ya la tramitación del mismo en base a la normativa.
Hacienda
SERVICIO DE DESARROLLO DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
El Consejo de Ministros ha autorizado un Acuerdo para la contratación del servicio de desarrollo y mantenimiento de los sistemas y aplicaciones informáticas para el impulso de la transformación digital del departamento de informática tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), por un valor estimado de 42.298.375,68 euros.
Se trata de un contrato de dos años con dos de prórroga y se ejecutará con cargo a las anualidades presupuestarias de los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Las nuevas tecnologías de la información relacionadas con Internet hacen posible la implantación de funcionalidades avanzadas tanto en las herramientas que los funcionarios de la Agencia Tributaria tienen a su disposición para la realización de sus tareas de gestión y control, como en las relaciones telemáticas con los contribuyentes y con los operadores de comercio exterior y de los impuestos especiales.
Dentro de la Estrategia de Transformación Digital de la Administración General del Estado, resulta necesario llevar a cabo un impulso integral en el seno de las competencias de la Agencia Tributaria que permita, no sólo la plasmación de servicios en medios electrónicos, sino un rediseño integral de sus procesos que explote el potencial que brindan las tecnologías de la información como factor clave generador de valor, resultando nuevos y mejores modelos de relación con ciudadanos y empresas.
Hacienda
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA LA CORPORACIÓN RTVE
El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación del servicio de agencia de viajes para la Corporación Radio Televisión Española SA SME.
La finalidad es la gestión de los desplazamientos y las estancias del personal de Corporación RTVE con motivo del cumplimiento de las funciones de servicio público encomendadas por normativa.
Para acometer este servicio se requiere la contratación de un proveedor especializado, que disponga de los medios y recursos necesarios para conseguir el servicio más adecuado para la Corporación.
La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto, tras su licitación pública.
El valor estimado de la contratación asciende a 13.620.962,55 euros para dos años de contrato, más una posible prórroga de hasta un año más. Su inicio se prevé para el año 2020.
Hacienda
AUTORIZACIÓN A BALEARES A FORMALIZAR PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO Y EMITIR DEUDA PÚBLICA
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la Comunidad de Baleares a formalizar préstamos a largo plazo y a emitir deuda pública por un importe máximo de 1.032,7 millones de euros.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
El objetivo de esta operación es completar las necesidades de financiación previstas en el Plan Plurianual de Endeudamiento de la Comunidad Autónoma, mediante la emisión de deuda pública; y refinanciar préstamos de su cartera de deuda para cancelar la deuda con el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas.
Esta Comunidad Autónoma tiene intención de abordar parte del endeudamiento previsto para 2020 según el procedimiento que se acordó por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión de 5 de julio de 2018, combinando la financiación con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas con la captación de recursos a través del mercado de capitales y de préstamos bancarios.
Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizar hasta el 31 de diciembre de 2020.
Agricultura, Pesca y Alimentación
DISPOSITIVO DE EXTINCIÓN Y PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES
El Consejo de Ministros ha autorizado el encargo a la Empresa de Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA), para la prestación del servicio de funcionamiento del dispositivo de extinción y prevención de incendios forestales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el periodo 2020-2024.
Este servicio, que supondrá una inversión de 157.397.679,33 euros con cargo a los presupuestos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, integra los medios humanos y materiales encargados de ejecutar distintas acciones de extinción y prevención sobre el territorio, en apoyo a las comunidades autónomas.
En el marco de este encargo se llevarán a cabo actuaciones para la extinción, prevención integral y análisis de incendios forestales mediante las Brigadas de refuerzo en incendios forestales (BRIF), los Equipos de Prevención Integral de Incendios Forestales (EPRIF) y los Equipos de Prevención y Análisis de Incendios Forestales (EPAIF).
También se incluye la labor del Servicio de apoyo al Centro de Coordinación de la Información Nacional sobre Incendios Forestales (CCINIF) y otros aspectos horizontales del servicio de prevención y extinción de incendios forestales.
Este encargo, es gestionado temporalmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, hasta que entre en vigor el Real Decreto por el que se apruebe la estructura orgánica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Política Territorial y Función Pública
REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN LA COMISIÓN BILATERAL GENERALITAT-ESTADO
El artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña crea la Comisión Bilateral Generalitat-Estado como marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la Generalitat y el Estado a los efectos previstos en dicho precepto.
En el citado artículo se establece que la Comisión está integrada por un número igual de representantes del Estado y de la Generalitat, y que su presidencia será ejercida de forma alternativa entre las dos partes en turnos de un año.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, adoptado por el Pleno en su reunión de 16 de abril de 2007 y, modificado posteriormente en su reunión de 19 de julio de 2011, la Comisión Bilateral estará constituida por seis representantes de cada parte.
Los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado creada por el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, son:
La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión corresponderá a la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Vocales: los titulares de los siguientes órganos:
- Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública.
- Secretaría de Estado de Hacienda.
- Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales
- Delegación del Gobierno en Cataluña.
La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local
Los representantes de la Administración General del Estado podrán ser sustituidos o delegar su representación en una autoridad que ostente el cargo con rango de Secretaría de Estado o de Subsecretaría, como mínimo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado
Convocatoria de ayudas a las federaciones deportivas españolas
Cultura y Deporte
AYUDAS A LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
El Consejo de Ministros ha autorizado al Consejo Superior de Deportes la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas a las Federaciones deportivas españolas.
El montante final de esas ayudas supera los 50 millones de euros. Más de 1,3 millones irán destinados directamente a los deportistas por sus resultados durante esta temporada. El Ejecutivo ha querido acelerar los trámites en un momento especialmente delicado para estas entidades, primero por las actuales restricciones presupuestarias y después por la crisis sobrevenida de la lucha contra el Covid-19.
Anualmente, mediante una convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, el CSD concede ayudas y subvenciones a las federaciones con la finalidad de optimizar la preparación deportiva y los resultados de los equipos y deportistas que representan a España en las competiciones deportivas internacionales.
Otras de sus finalidades son:
1) Fomento cuantitativo y cualitativo de las competiciones nacionales e internacionales.
2) Formación y perfeccionamiento de técnicos deportivos y de jueces, árbitros o equivalentes.
3) Fomento de la participación de la mujer en todos los ámbitos del deporte.
4) Programas de tecnificación deportiva para promover el desarrollo deportivo en la alta competición.
5) Ayudas para promover la adecuada representación de directivos de España en las federaciones deportivas internacionales.
Dicha convocatoria incluye además otras líneas de subvención específicas:
- Ayudas para deportistas españoles, por resultados deportivos obtenidos en el año anterior.
- Ayudas para sedes de federaciones internacionales en España y para presidentes españoles o miembros de comités ejecutivos de Federaciones Deportivas Internacionales.
Ciencia e Innovación
AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS (PROGRAMA NEOTEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., la convocatoria correspondiente al año 2020 de ayudas por importe de 25.000.000 de euros, destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (programa NEOTEC), del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.
El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E (CDTI), Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, comprometerá 25 millones de euros en subvenciones en la nueva convocatoria del programa NEOTEC para empresas de base tecnológica (EBTs).
Las EBTs son empresas cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieren el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora. Las EBTs basan su estrategia de negocio en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.
El objetivo del programa NEOTEC es fomentar la tecnología y la innovación como factores competitivos para el desarrollo de las empresas. Esta convocatoria financiará nuevos proyectos empresariales procedentes de pequeñas empresas innovadoras que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología propia.
Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los fondos propios del CDTI. Estas ayudas podrán financiar hasta el 70% del presupuesto de cada uno de los proyectos empresariales que opten a este programa y que tengan un mínimo financiable de 175.000 euros. Cada subvención podrá alcanzar hasta un máximo de 250.000 euros por beneficiario.