Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de extracciones marítimas.
- ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día para la Igualdad Salarial.
- ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2020, del Fondo procedente de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- PROYECTO DE LEY para la transformación digital del sistema financiero.
- PROYECTO DE LEY reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión del Principado de Andorra al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República Federativa de Brasil al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Costa Rica al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Kazajstán al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
Defensa
- REAL DECRETO por el que se declaran zonas de interés para la Defensa Nacional las propiedades denominadas "Estación de Vigilancia Aérea" números 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 21 y 22, y sus accesos.
Hacienda
- PROYECTO DE LEY del impuesto sobre determinados servicios digitales.
- PROYECTO DE LEY del impuesto sobre las transacciones financieras.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato de servicios de desarrollo de aplicaciones en el ámbito de la contabilidad, el control y la gestión presupuestaria con destino a la Intervención General de la Administración del Estado, cuyo valor estimado asciende a 21.843.570 euros.
Interior
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la autorización para la tramitación anticipada del expediente de contratación de la campaña de publicidad institucional Divulgación de la Seguridad Vial 2020 y Semana Santa 2021, de la Dirección General de Tráfico.
Transporte, Movilidad y Agenda Urbana
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de conservación y explotación en la autopista E-15/AP-7, tramo Tarragona - Alicante, a partir del 1 de enero de 2020, en las provincias de Tarragona, Castellón, Valencia y Alicante, por importe de 30.948.995,94 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de conservación y explotación en la autopista AP-4, tramo Sevilla - Cádiz, a partir del 1 de enero de 2020, en las provincias de Sevilla y Cádiz, por importe de 6.007.019,74 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de daños estructurales del viaducto sobre el arroyo Maragato, carretera N-502, punto kilométrico 42+093, en la provincia de Ávila, por importe de 599.283,66 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños graves en el falso túnel para la vía 2 convencional del Nudo Sur de Valencia, por importe de 548.787,26 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios por daños ocasionados en la línea 770 Oviedo Santander, entre los puntos kilométricos 452/100 y 452/500, debido a las intensas lluvias de los días 22 y 23 de octubre de 2019 en la red de ancho métrico dentro de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, por importe de 577.290 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios a consecuencia de los problemas de estabilidad y asientos en terraplén de la línea Sierrapando - Solvay Factoría que ocasionaron un descarrilo el día 26 de noviembre de 2019, término municipal de Torrelavega, por importe de 899.325 euros.
Trabajo y Economía Digital
- REAL DECRETO-LEY por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Política Territorial y Función Pública
- REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
- REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
ACUERDOS DE PERSONAL
Presidencia del Gobierno
- REAL DECRETO por el que se nombra directora del Departamento Digital de la Secretaría de Estado de Comunicación a Dª MARÍA DELIA RODRÍGUEZ MARÍN.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se nombra director general de Estrategia, Prospectiva y Coherencia a D. FEDERICO DE TORRES MURO.
Defensa
- REAL DECRETO por el que se nombra director general de Infraestructura al General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. LUIS CEBRIÁN CARBONELL.
- REAL DECRETO por el que se nombra secretario general del Centro Nacional de Inteligencia a D. ARTURO RELANZÓN SÁNCHEZ-GABRIEL.
Hacienda
- REAL DECRETO por el que se nombra secretaria general de Financiación Autonómica y Local a Dª INÉS OLÓNDRIZ DE MORAGAS.
- ACUERDO por el que se comunica al Congreso de los Diputados la propuesta de nombramiento de la presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal a Dª CRISTINA HERRERO SÁNCHEZ.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
- REAL DECRETO por el que se nombra presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a D. SANTIAGO DURÁN DOMÍNGUEZ.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- REAL DECRETO por el que se nombra secretaria general de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social a Dª MARÍA MILAGROS PANIAGUA SAN MARTÍN.
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ASUNTOS GENERALES
Hacienda
PROYECTOS DE LEY DE LOS IMPUESTOS SOBRE SERVICIOS DIGITALES Y SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de los Proyectos de Ley que crean el Impuesto sobre las Transacciones Financieras y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Ambas figuras tributarias van en la línea trazada por la Comisión Europea, y que también defienden otros organismos internacionales, para adecuar el sistema fiscal a las nuevas áreas de negocio digital y también a la realidad transfronteriza que implica la globalización y que no están bien reflejadas en el marco tributario actual.
El Consejo de Ministros considera que el sistema fiscal debe evolucionar en la misma dirección que lo hace la sociedad y la tecnología en el siglo XXI. Por lo tanto, la aprobación de estos dos nuevos impuestos se enmarca en la necesidad de modernizar el sistema tributario español con el objetivo de que siga siendo una palanca eficaz en el desarrollo de un Estado del bienestar potente y que ofrezca una amplia cobertura.".
Se trata de buscar un sistema fiscal más justo y redistributivo y para ello ve necesario avanzar por la senda impositiva ya iniciada por países de nuestro entorno, como Francia o Italia, y avalada por las autoridades comunitarias. Esta transformación del sistema fiscal se realizará sin subir los impuestos a la clase media y trabajadora, ni a los autónomos ni a las pymes.
Estos dos nuevos tributos ya se presentaron en la anterior legislatura, pero su tramitación no pudo completarse por la convocatoria de elecciones.
Impuesto sobre Transacciones Financieras
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Transacciones Financieras para reforzar el principio de equidad del sistema tributario, ya que grava unas operaciones que no se encuentran sujetas en estos momentos a impuesto alguno. Además, este tributo afecta al sector financiero, que fue receptor de importantes ayudas públicas durante la crisis, de forma que ahora contribuya más al mantenimiento del Estado de bienestar.
El Impuesto va en la línea defendida por la Comisión Europea y que ya han adoptado otros países, como Francia o Italia. Esto también contribuye a una mayor coordinación de estos gravámenes en el ámbito europeo.
Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia
de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. De esta forma, se evita que el Impuesto afecte a la compraventa de acciones de pymes.
Además, el Impuesto no afecta al mercado primario, por lo que no tendrá impacto en las empresas que salieran por primera vez a Bolsa. El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición.
Entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, destacan, además de las operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuración empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal.
La liquidación del Impuesto será mensual y los contribuyentes deberán presentar una declaración anual. La estimación de ingresos de este gravamen es de 850 millones de euros anuales.
Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales
El Consejo de Ministros también ha aprobado el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con el objetivo de adaptar la tributación a los nuevos modelos de negocio digital. Actualmente, hay operaciones propias de la economía digital que no están gravadas, lo que supone también un agravio para los negocios tradicionales. El Proyecto presentado tiene su origen en la propuesta de Directiva comunitaria de marzo de 2018 para gravar esos servicios digitales.
España apuesta por lograr un consenso a nivel internacional en esta figura y trabaja en el marco de la OCDE y el G20 para lograr ese acuerdo. Sin embargo, sin dejar de buscar ese consenso global, hay que avanzar a nivel nacional en esta figura con el compromiso de que, una vez alcanzado un acuerdo internacional, España adaptará su legislación a ese tributo consensuado.
Varios países del entorno europeo comparten esta postura de España y ya han dado pasos para implantar un impuesto digital propio e incluso, en algunos casos como Francia o Italia, ya ha sido aprobado. También Reino Unido ha presentado un gravamen y Austria o Alemania tienen impuestos que gravan algún servicio digital.
Además, este Impuesto sigue las conclusiones recogidas en el programa BEPS de lucha contra la erosión de bases imponibles aprobado por la OCDE y que identificó entre los desafíos fiscales, la digitalización de la economía. De hecho, el Impuesto aprobado hoy pretende gravar ingresos obtenidos en España por grandes empresas a partir de ciertas actividades digitales que escapan al actual marco fiscal.
El objetivo del Impuesto, de carácter indirecto, es gravar servicios digitales en los que existe una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.
El Impuesto afecta a aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en España. Estos umbrales ayudan a garantizar que sólo se grave a las grandes empresas y que las pymes no estén afectadas por este tributo.
El tipo de gravamen del Impuesto es del 3% y se aplica a tres conceptos: la prestación de servicios de publicidad en línea; servicios de intermediación en línea; y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.
Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea; y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no actúa como intermediario.
La recaudación estimada es de 968 millones de euros y su liquidación tendrá una periodicidad trimestral. Sin embargo, de manera excepcional, este primer año el pago se efectuará a finales de 2020. Esta medida pretende dar un mayor margen a las negociaciones a nivel internacional, con idea de llegar a un consenso global en los próximos meses, y, además, facilitar la adaptación de las empresas afectadas.
A la hora de plantear este tributo se ha tenido en cuenta el fuerte crecimiento de los ingresos por la publicidad 'online', los servicios de intermediación prestados por plataformas digitales y el tráfico de datos en Internet.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
PROYECTO DE LEY PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DEL SISTEMA FINANCIERO
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para la creación de un "sandbox", o espacio controlado de pruebas, para acompañar la transformación digital del sistema financiero. El Proyecto, que se remitirá a las Cortes para su tramitación parlamentaria, establece un entorno jurídico adecuado para garantizar que el proceso innovador en el ámbito financiero se desarrolla de forma eficaz y segura para los usuarios.
El "sandbox" permitirá llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero con pleno acomodo en el marco legal y supervisor. Esta iniciativa responde a la necesidad de impulsar la innovación como elemento esencial para un desarrollo económico sostenible y equitativo. Asimismo, se garantiza que el cambio tecnológico protege al consumidor de servicios financieros, mantiene la estabilidad financiera y la integridad de los mercados e impide la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
PROYECTO DE LEY REGULADORA DE DETERMINADOS ASPECTOS DE LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE CONFIANZA
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, por el que adapta el ordenamiento jurídico nacional al reglamento comunitario. Se refuerza así la seguridad jurídica y se da un paso más en la ordenación del proceso de digitalización de la economía y la sociedad, en beneficio de los ciudadanos.
En concreto, este Proyecto se refiere a servicios electrónicos de confianza como la firma y sello electrónicos de personas físicas y jurídicas, o el sello de tiempo electrónico, que son utilizados habitualmente en las relaciones telemáticas de ciudadanos, empresas y Administraciones públicas. Su objetivo es complementar al Reglamento de la UE nº 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios electrónicos, en aplicación desde el 1 de julio de 2016. Este reglamento prevé que determinados aspectos técnicos y de organización interna se establezcan por parte del legislador nacional.
Trabajo y Economía Digital
DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES QUE AMPARABA EL DESPIDO POR BAJAS MÉDICAS JUSTIFICADAS
El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana el Real Decreto-ley que deroga el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, que contemplaba el despido procedente por bajas médicas justificadas.
La supresión de este precepto, impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, responde a la necesidad de garantizar jurídicamente los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, especialmente las que padecen alguna discapacidad, sufren enfermedades crónicas o de larga duración o que se dedican al cuidado de personas dependientes, que son, en su mayoría, mujeres.
El Real Decreto-ley, aprobado hoy, cumple además con las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en la sentencia del 18 de enero de 2018 ya había advertido a España de que la aplicación de esta modalidad de despido objetivo, por faltas de asistencia justificadas, iba en contra de la Directiva 2000/78, que prohíbe la discriminación por razón de discapacidad.
La derogación del artículo contribuirá a promover la prevención de riesgos, la salud y la seguridad en el trabajo, objetivos por los que el Ministerio de Trabajo y Economía Social tiene la obligación de velar.
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
DÍA PARA LA IGUALDAD SALARIAL
Con motivo de la celebración del "Día para la Igualdad Salarial" el Gobierno de España expresa en Acuerdo del Consejo de Ministros el 18 de febrero de 2020 aprobar en una declaración institucional su firme compromiso en la lucha contra la desigualdad retributiva y de los cuidados que afecta a la práctica totalidad de las trabajadoras, comprometiéndose a tomar las medidas de justicia que sean precisas para revertir esta situación.
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros del año 2010, se estableció el día 22 de febrero como "Día para la Igualdad Salarial". Según datos del Instituto Nacional de Estadística, se calcula que la llamada brecha de género en el salario alcanza, de acuerdo con el último dato disponible (2017), el 21,92% en el cómputo total del año. Esta brecha no sólo tiene un impacto negativo en las condiciones laborales de las mujeres, sino que también afecta a sus futuras pensiones y a los cuidados familiares y de personas dependientes, soportados mayoritariamente por mujeres. El empleo y el cuidado precisan una revolución que interpele al conjunto de la sociedad y ponga fin a una desigualdad en nuestro sistema económico que impide el pleno avance de la economía y la sociedad española.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ACEPTACIÓN POR ESPAÑA DE LA ADHESIÓN DE DIVERSOS PAÍSES AL CONVENIO SOBRE LA OBTENCIÓN DE PRUEBAS EN EL EXTRANJERO EN MATERIA CIVIL O MERCANTIL
ANTECEDENTES
El Consejo de Ministros ha aprobado una serie de Acuerdos por los que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión del Principado de Andorra, la República Federativa de Brasil, la Republica de Costa Rica y la República de Kazajstán al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
El Convenio de la Conferencia de La Haya de 18 de marzo de 1970, fue firmado por España el 21 de octubre de 1976 y ratificado el 22 de mayo de 1987, entrando en vigor para nuestro país el 21 de julio de 1987. El propósito esencial que se persigue con el Convenio es facilitar la práctica de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, mediante una ordenación de las comisiones rogatorias y la ejecución de otras actuaciones judiciales, ampliando las facultades de los representantes diplomáticos y consulares.
El Convenio facilita el funcionamiento de la Administración de Justicia respecto a los procedimientos civiles o mercantiles en que sea necesario practicar pruebas en el extranjero en relación a ciudadanos españoles o para que, recíprocamente, se practiquen en España pruebas acordadas por Tribunales extranjeros en relación a ciudadanos de los Estados Parte del Convenio.
El Convenio quedó abierto a la firma de los Estados representados en el 11º periodo de sesiones de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado. El Artículo 39 establece que todo Estado no representado en dicho periodo de sesiones que fuere Miembro de la Conferencia, o de las Naciones Unidas o de un Organismo especializado de las Naciones Unidas, o que fuere Parte en el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, puede adherirse al Convenio después de su entrada en vigor general.
Según dicho precepto, el Convenio entrará en vigor -para el Estado adherido- a los sesenta días del depósito de su instrumento de adhesión, pero solo surtirá efecto en las relaciones entre dicho Estado y los Estados contratantes que hubieren declarado aceptar dicha adhesión.
Tras la emisión del Dictamen 1/13 del TJUE, de 14 de octubre de 2014, en el que afirmaba la competencia externa exclusiva de la UE para aceptar las adhesiones de terceros Estados al Convenio de 1980, sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, el Ministerio de Justicia suscitó la cuestión sobre la posible incidencia de dicho Dictamen en relación con la aceptación por España de las adhesiones a esta Convención sobre obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil.
Sobre este asunto, el Ministerio de Justicia informó -el 27 de septiembre de 2018- que la Comisión Europea considera que la aceptación por un Estado miembro de la adhesión de un tercer Estado a esta Convención de 1970 no interfiere en la competencia de la UE.
Andorra presentó su adhesión a este Convenio el 26 de abril de 2017. Con esa misma fecha, formuló una Reserva (En aplicación del segundo párrafo del Artículo 4, solo aceptará las comisiones rogatorias redactadas en catalán, español o francés o acompañadas de su traducción a alguna de esas lenguas) y cinco Declaraciones relativas a la designación de la autoridad central a efectos del Convenio, al ámbito de autorización y a la no ejecución de las comisiones rogatorias cuyo objeto sea el procedimiento conocido en los Estados del Common Law con la denominación de "pre-trial Discovery of documents".
Brasil presentó su adhesión a este Convenio el 9 de abril de 2014. Con esa misma fecha, formuló una Reserva y Declaraciones. Posteriormente, el 14 de agosto de 2014 declaró al Ministerio de Justicia de Brasil como Autoridad Central.
Costa Rica presentó su adhesión a este Convenio el 16 de marzo de 2016.
Kazajstán presentó su adhesión a este Convenio el 26 de septiembre de 2016, y con esa misma fecha formuló una reserva (De conformidad con los artículos 4 y 33 del Convenio, la República de Kazajstán aceptará las comisiones rogatorias de los Estados Contratantes redactadas en inglés y acompañadas de una traducción certificada en kazajo y/o ruso) y cinco declaraciones relativas a actos de instrucción; a asistencia; al ámbito de autorización y a la no ejecución de las comisiones rogatorias cuyo objeto sea el procedimiento conocido en los Estados del Common Law con la denominación de "pre-trial Discovery of documents"; a ejecución de actos y uso de otros métodos de obtención de pruebas, y a la designación de la autoridad central a efectos del Convenio.
Defensa
ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
Como novedades del nuevo Real Decreto, destacan las siguientes:
1.- Se presta especial atención a la situación del personal de tropa y marinería con un compromiso de carácter temporal y a los reservistas de Especial Disponibilidad, estableciéndose actuaciones y responsabilidades, encaminadas al desarrollo profesional y formación de dichos colectivos, incluyendo la promoción en el seno de las Fuerzas Armadas para los que permanecen o su reincorporación al ámbito laboral.
Por ello, en cumplimiento del Dictamen aprobado por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados de 27 de septiembre de 2018, se establecen actuaciones y responsabilidades, dentro de la Estrategia Integral de Orientación Laboral del Departamento, encaminadas al desarrollo profesional y formación de dichos colectivos que les permita tomar decisiones sobre su futuro profesional, incluyendo la promoción en el seno de las Fuerzas Armadas para los que permanecen o su reincorporación al ámbito laboral civil.
En este sentido, se incrementan las funciones de la actual Subdirección de Reclutamiento y Orientación Laboral que pasa a denominarse Subdirección de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de personal militar y Reservistas de Especial Disponibilidad para representar mejor el esfuerzo de orientación profesional dirigido tanto al personal militar que está en activo como al colectivo de Reservistas de Especial Disponibilidad con los que el Departamento está firmemente comprometido.
2.- Se refuerzan las funciones de igualdad. En este sentido, el ejercicio de las funciones de igualdad del Departamento se atribuye a la Dirección General de Personal, no solo a través de la División de Igualdad y Apoyo Social al Personal, como se venía realizando para el personal militar, sino ahora también a través de la Subdirección General de Personal Civil, para el personal civil del Departamento. Ello permitirá tener dos Unidades de igualdad, una para personal militar (ya existente) y otra para personal civil. Se considera necesaria esta diferenciación por ser dos colectivos con regímenes jurídicos distintos.
3.- Se visibiliza el apoyo a las personas con discapacidad en las Fuerzas Armadas que viene prestando la Dirección General de Personal.
4.- Se visibiliza más la función social del Departamento que presta la División de Igualdad y Apoyo al Personal, que pasa a denominarse División de Igualdad y Apoyo Social al Personal.
5.- Por último, tras la publicación del Real Decreto 61/2018, de 9 de febrero, por el que se crea y regula el Consejo Superior del Deporte Militar, se incluye como órgano adscrito a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, y sus órganos rectores entre los órganos directivos dependientes de dicha Dirección general.
El número de Direcciones Generales y Subdirecciones Generales del Ministerio de Defensa no cambia, ni supone incremento del gasto público.
Defensa
NUEVO REGLAMENTO DE EXTRACCIONES MARÍTIMAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de Extracciones Marítimas.
Según se recoge en el nuevo Reglamento de Extracciones Marítimas, y que ha sido dictado al amparo del apartado 2 de la disposición final novena de la Ley de Navegación Marítima, la Armada mantiene la tradicional competencia para autorizar las operaciones de exploración, rastreo, localización y extracción de buques y bienes naufragados o hundidos, por su especial cualificación para el conocimiento del entorno marítimo y por estar dotada de medios adecuados para garantizar la protección de los restos.
La materia regulada reviste especial importancia por las múltiples implicaciones que posee. Los buques naufragados o hundidos y sus bienes continúan siendo objeto del derecho de propiedad y su extracción puede conllevar beneficios económicos, además podrían ocasionar un obstáculo para la navegación o la pesca o representar un serio peligro de contaminación marina. También puede ocurrir que los bienes sean de comercio prohibido o restringido o incluso puede tratarse de buques de Estado y, en particular de guerra, merecedores de especial protección por las circunstancias en que se perdieron.
La competencia para que la Armada autorice estas operaciones afecta a los buques de propiedad privada naufragados o hundidos en aguas interiores o mar territorial español. También a los buques que sean del Estado, extendiéndose en este caso la competencia a la zona económica exclusiva o alta mar. En ambos casos, cuando se trate de objetos pertenecientes al patrimonio cultural subacuático se requiere autorización previa conforme a la legislación sobre patrimonio histórico y cultural para que puedan adoptarse las medidas necesarias para su conservación.
Además, cuando las extracciones afecten a armas, municiones, explosivos u otro material militar que pueda afectar a la Defensa Nacional o a bienes de comercio restringido o prohibido habrá de tenerse en cuenta las normas especiales en cada materia.
En el procedimiento que se regula para dar la autorización se adoptan las medidas necesarias para que produzca la menor afectación posible al medio marino, se recoge el derecho de inspección, incluso abordo, por parte de la Armada para garantizar el cumplimiento de la normativa y se prevé la posibilidad de formalizar contratos para la extracción de los restos hundidos o naufragados.
Defensa
DECLARACIÓN DE ZONAS DE INTERÉS PARA LA DEFENSA NACIONAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declaran zonas de interés para la defensa nacional los asentamientos de las Estaciones de Vigilancia Aérea números 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 21 y 22 del Ejército del Aire y sus accesos.
Las zonas de interés para la Defensa Nacional se contemplan en el artículo 30 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional y tienen como objetivo, la salvaguardia de los intereses de la Defensa Nacional, asegurando la seguridad y eficacia de sus organizaciones e instalaciones.
Se regulan por la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que las define como extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan o puedan constituir una base permanente a un apoyo eficaz de las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin, señalando que dicha declaración se realizará por Decreto aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del Departamento ministerial interesado.
Las "estaciones de vigilancia aérea" constituyen infraestructuras militares de carácter permanente del Ejército del Aire y están dotadas de las instalaciones necesarias para la obtención, procesamiento y transmisión de datos radar para su posterior explotación por los Centros de Mando y Control, como parte de la misión de vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía nacional que tiene atribuida el Ejército del Aire.
Hacienda
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DESARROLLO TECNOLÓGICO
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato de servicios de desarrollo de aplicaciones con destino a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), en el ámbito de la contabilidad, el control y la gestión presupuestaria, cuyo valor estimado asciende a 21.843.570 euros.
La contratación abarca diferentes sistemas, como son el sistema de información contable de la Administración General del Estado (SIC'3), el sistema de apoyo a la gestión económico-presupuestaria de los centros gestores y entidades públicas administrativas (SOROLLA2), el sistema de apoyo a la fiscalización de expedientes de gasto (IRIS), la base de datos nacional de subvenciones (BDNS), y el inventario de entes del sector público estatal, autonómico y local (INVENTE), entre otros.
En concreto, se trata de servicios tecnológicos orientados al desarrollo de los sistemas de información de la IGAE, necesarios para la gestión económico-presupuestaria de los órganos gestores y entidades públicas administrativas, acciones de fiscalización, control y de contabilidad de operaciones.
El periodo de vigencia de la contratación, que se configurará en dos lotes diferenciados, es de 25 meses, con posibilidad de prórroga por un período adicional de 35 meses.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto, según lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público de 2017.
Justicia
CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN PARA 2020 DEL FONDO PROCEDENTE DE BIENES DECOMISADOS POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y OTROS DELITOS RELACIONADOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2020, de los recursos del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, regulado en la Ley 17/2003, de 29 de mayo.
Conforme a este Acuerdo, durante 2020 se van a sufragar las siguientes actividades:
1.Programas de prevención de toxicomanías, asistencia e inserción social y laboral de drogodependientes, consistentes en:
1.1.programas de sensibilización y prevención, frente al consumo de drogas,
1.2.atención a menores afectados o en situación de riesgo, así como a drogodependientes con problemas judiciales o internados en instituciones penitenciarias y poblaciones de alto riesgo,
1.3.formación y reciclaje de profesionales, voluntarios y mediadores sociales,
1.4.proyectos de investigación en materia de drogodependencias,
1.5.proyectos y programas sobre drogodependencias que incluyan la perspectiva de género.
2.Programas y actuaciones acometidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de lucha contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales, dirigidos a mejorar las comunicaciones y los sistemas informáticos, incrementar los medios materiales y promover la formación de los recursos humanos dedicados a esta actividad.
3.Programas y actuaciones de cooperación internacional en estas materias.
También se atenderán los gastos de administración y de gestión del propio Fondo. Además, el Acuerdo permite la financiación de otros programas de especial interés que deban desarrollarse en el ejercicio 2020, en especial los que se ejecuten en cumplimiento de la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024 y de los Planes de Acción que la desarrollan.
Una vez aprobado este acuerdo, la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones establece el reparto de los fondos y se efectúan las transferencias de créditos. Posteriormente, se podrán convocar subvenciones o suscribir los correspondientes convenios.
BIOGRAFÍAS
Presidencia del Gobierno
Directora del Departamento Digital de la Secretaría de Estado de Comunicación
Dª MARÍA DELIA RODRÍGUEZ MARÍN.
Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. A lo largo de su carrera ha ejercido labores de estratega digital, periodista, editora y autora especializada en el desarrollo de audiencias y nuevas narrativas. Posee veinte años de experiencia en medios digitales en España y Estados Unidos, la mayoría de ellos dedicados a la conceptualización y lanzamiento de nuevos productos periodísticos y al análisis de la intersección entre tecnología, medios y sociedad.
Antes de establecerse como profesional independiente, Rodríguez ocupó el cargo de directora de desarrollo de audiencias en la división de noticias digitales de Univision, el medio y sitio web de habla hispana número uno en los Estados Unidos. Antes de eso, fue fundadora y directora de Verne, la web de contenido para redes sociales de El País. Anteriormente, trabajó como redactora jefe de El Huffington Post y lanzó la web de SModa, la revista de moda de El País.
También ha sido colaboradora habitual de La Ventana de la Cadena SER, ha escrito sobre tecnología e internet para varios medios de comunicación españoles y ha coordinado proyectos en línea para organismos públicos como el Instituto Cervantes. Comenzó su carrera en la web del periódico La Razón. Es ponente y profesora ocasional.
En 2013 publicó su primer libro, "Memecracia" (Gestión 2000, 2013), un análisis de cómo el contagio de fenómenos virales está afectando a la sociedad contemporánea que interesó especialmente a los periodistas preocupados por el funcionamiento de los medios en el nuevo ecosistema digital.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Director General de Estrategia, Prospectiva y Coherencia
D. FEDERICO DE TORRES MURO.
Licenciado en Geografía e Historia por la Universidad Complutense de Madrid. Ingresó en la Carrera Diplomática en 1985.
Destinado en las Embajadas de España en Tripoli, Buenos Aires, Londres (Consulado General), Rabat y en la Representación Permanente de España ante el Consejo de Europa (Estrasburgo).
Director del Gabinete Técnico de la AECID (1992-1994), director del Gabinete del Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y director de Gabinete del Secretario General de Presidencia de Gobierno.
Fue designado embajador de España en Quito (Ecuador), cargo que desempeñó entre 2008 y 2012. Fue designado vocal asesor en el Gabinete Técnico de la Subsecretaría (2012-2013). Segunda jefatura en la Representación Permanente de España Ante el Consejo de Europa, en Estrasburgo (2013-2017).
Actualmente, era embajador de España en El Salvador (2017-2020).
Defensa
Director General de Infraestructura al General de División del Cuerpo General del Ejército de Tierra
D.LUIS CEBRIÁN CARBONELL.
Ingresó en la Academia General Militar (Zaragoza) en 1978. Ha estado destinado en distintas ocasiones y empleos en unidades de la Brigada Paracaidista. Como comandante sirvió como Ayudante de Campo de SAR el Príncipe de Asturias, y como oficial de EM en la DIGENPOL. Como teniente coronel pasó destinado al CG de Operaciones de la OTAN (SHAPE - NATO) en Bélgica, y al Estado Mayor del Ejército. Ascendido a general de Brigada se hizo cargo del mando de la Brigada Galicia VII, y como general de División fue nombrado Jefe de la Dirección de Acuartelamiento y Comandante Militar de Madrid. En 2019 es nombrado comandante general de Ceuta.
Ha desplegado en misiones internacionales de las NNUU y la OTAN en cuatro ocasiones en UNPROFOR en Bosnia Herzegovina (1993), UNIFIL en el Líbano (2007), e ISAF en Afganistán (2010 y 2012).
Es diplomado de EM, master/magister en Paz, Seguridad y Defensa por el IUGGM- UNED, y ha realizado cursos en instituciones militares y civiles españolas y extranjeras.
Secretario general del Centro Nacional de Inteligencia
D. ARTURO RELANZÓN SÁNCHEZ-GABRIEL.
Ingresó en la Academia General Militar en 1978, obteniendo el empleo de teniente de Infantería en julio de 1983. Tras prestar sus servicios en unidades paracaidistas y de montaña, se incorpora al entonces CESID en febrero de 1989.
A lo largo de su carrera en el CNI ha formado parte de unidades operativas y de Inteligencia, además de haber ocupado varios puestos de representación del Centro en el exterior.
Hacienda
Secretaria general de Financiación Autonómica y Local
Dª INÉS OLÓNDRIZ DE MORAGAS.
Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Barcelona, Executive Master en Administraciones Públicas por ESADE, y Certified Financial Analyst por la European Federation of Financial Analyst Societies (EFFAS).
Ha trabajado en el Ayuntamiento de Barcelona, donde ha sido directora de financiación (2002-2019), además directora de presupuestos durante el periodo 2008-2009. Desde 2011 ha trabajado como analista senior del equipo de Sovereign & International Public Finance de S&P Global Ratings, cubriendo gobiernos locales y regionales, y entidades públicas en España y en el Reino Unido.
Se comunica al Congreso de los Diputados la propuesta de nombramiento de la presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
DOÑA CRISTINA HERRERO SÁNCHEZ.
Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid. Es funcionaria del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, y funcionaria, en excedencia, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
Desde 2014, es la directora de la División de Análisis Presupuestario de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), dirigiendo la supervisión que esta institución tiene que hacer de las actuaciones de las Administraciones Públicas vinculadas con la aplicación y cumplimiento de las reglas fiscales: déficit, deuda y regla de gasto. También dirige varios de los proyectos de revisión del gasto público que está desarrollando la AIReF.
Toda su carrera anterior ha estado vinculada a la contabilidad nacional y al diseño y aplicación de las reglas fiscales.
Así, desde 2000-2005 fue vocal asesor en la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) como coordinadora de la elaboración de las cuentas nacionales del sector de las Administraciones Públicas, tras varios años como responsable de las cuentas nacionales de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales. En esta etapa fue la responsable de las relaciones con el Fondo Monetario Internacional en el marco del acuerdo sobre las Normas Especiales de Divulgación de Datos (NEDD).
Con posterioridad, desde 2005-2014, fue subdirectora general en la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, realizando funciones de supervisión y seguimiento de las Comunidades Autónomas en el ámbito de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Dirigió la puesta en marcha y gestión de los mecanismos de financiación habilitados por el Estado para el pago a proveedores, así como la condicionalidad asociada a la parte de financiación del déficit público.
Ha participado en diversos grupos de trabajo, entre otros, Cálculo de Balanzas Fiscales, Análisis del Gasto Sanitario, Comité Técnico de la Comisión Especial para la mejora de la Dependencia y Grupos de trabajo del Consejo de Política Fiscal y Financiera en materia de estabilidad presupuestaria y de racionalización del gasto, así como vinculados al análisis y reforma del sistema de financiación.
Asuntos Económicos y Transformación Digital
Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
D. SANTIAGO DURÁN DOMÍNGUEZ.
Funcionario del cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado y en excedencia del cuerpo Técnico de Hacienda.
Su actividad profesional incluye la jefatura de equipos de Inspección en el ámbito de contabilidad, solvencia y prevención del blanqueo de capitales de Entidades Aseguradoras en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), así como la jefatura de área de control de calidad en el ICAC. En el ICAC ha sido jefe de equipo en las Inspecciones de Control de Calidad de firmas de auditoría y responsable de Investigaciones sobre encargos de auditoría.
En el ámbito internacional ha participado en representación de la DGSFP en los comités de coordinación europea y colegios de supervisión de grupos de entidades aseguradoras, así como la representación del ICAC en los colegios de supervisores europeos de las firmas de internacionales de auditoría. Ha sido jefe de equipo de las inspecciones conjuntas de firmas de auditoría entre el ICAC y el Public Accounting Oversight Board (PCAOB).
Es líder del proyecto "TWINNING" de la UE de colaboración del Reino de España con las autoridades de Georgia de fortalecimiento de la supervisión de seguros en Georgia (2019-2021). También ha sido líder del componente de reforma legal del programa TWINNING de la UE de colaboración del Reino de España con las autoridades de Egipto para el fortalecimiento de la profesión contable y de auditoría de Egipto (2015-2017).
Ha participado como experto en otros proyectos "TWINNING" de la Unión Europea: de colaboración con la autoridad supervisora de Macedonia en el ámbito de la supervisión de seguros (2016-2017), de formación para las autoridades supervisoras de Macedonia sobre el control del blanqueo de capitales (2008) y de supervisión de seguros en Bulgaria (2007).
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Secretaria general de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
Dª MARÍA MILAGROS PANIAGUA SAN MARTÍN.
Licenciada en Ciencias Matemáticas, doctora en Economía, ha realizado estancias de grado y posgrado en varias universidades europeas. Pertenece al Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. Especialista en el análisis de datos y en la evaluación de políticas públicas.
Empezó su carrera profesional en el sector privado como desarrolladora de software hasta que se incorporó al Instituto Nacional de Estadística, donde se especializó en la producción y el análisis de datos, en concreto en la Encuesta de Condiciones de Vida. Posteriormente, en el Instituto de Estudios Fiscales, donde ha desarrollado modelos de microsimulación para la evaluación del impacto de los modelos de prestaciones e impuestos sobre la desigualdad y la pobreza y donde colaboró con la D.G. Fondos Europeos (FEDER y FSE) y diversos organismos de América Latina y el Norte de África en la evaluación de las finanzas públicas. Actualmente era la coordinadora del "Spending Review" en la AIReF, donde participó, entre otros, en la evaluación de las Políticas Activas de Empleo y los Programas de Rentas Mínimas en España.