Madrid
SUMARIO
Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
- REAL DECRETO-LEY de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España.
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1098/2011, de 22 de julio, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa "SAPA OPERACIONES, S.L.", para el desarrollo y aplicación de la tecnología de lógica binaria y su posterior empleo en transmisiones para vehículos civiles y militares de cadenas o ruedas.
- ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).
- ACUERDO por el que se toma conocimiento del Anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución Española.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan las obligaciones y la compensación económica del servicio público de noticias de titularidad estatal encomendado a la AGENCIA EFE, S.M.E., S.A.U.
- INFORME para la elaboración del Plan de Derechos Humanos 2019-2023.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se nombra Presidente de la Delegación que asistirá el próximo día 8 de diciembre de 2018, en Orán, a la ceremonia de beatificación de Caridad Álvarez Martín y Esther Paniagua Alonso, y otras personas, a don Fernando Morán Calvo-Sotelo, Embajador de España en la República Argelina Democrática y Popular.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países entre el Reino de España y la República Portuguesa y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los Anexos 6, 8 y 9 del Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR.
- ACUERDO por el que se autoriza con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento la asignación de un importe máximo de 4.500.000 euros, en el ejercicio 2018, para gastos derivados de la gestión del Fondo.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago al Instituto de Crédito Oficial de 83.751,24 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, en concepto de compensación de gastos por la gestión del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento durante el año 2016.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago al Instituto de Crédito Oficial de 83.259,80 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, en concepto de compensación de gastos por la gestión del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento durante el año 2017.
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 2.075.705,47 euros a la Municipalidad de Comayagua de Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Proyecto de Agua y Saneamiento en el Valle de Comayagua. Fase Complementaria".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 2.178.117 euros a la Municipalidad de Choluteca de Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Optimización de los sistemas de agua potable y saneamiento de la ciudad de Choluteca".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 3.000.000 de euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del "Programa de Gestión Integral del Agua en Áreas Urbanas".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 5.000.000 de euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Apoyo al Programa de Agua y Alcantarillado Urbano y Periurbano".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 125.000 euros al Ministerio de Salud de la República de Panamá, para la financiación del programa "Elaboración participativa y difusión de la Guía Nacional para la Selección de Tecnologías de Tratamiento de Aguas Residuales", con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 4.800.000 de euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del sub sector de agua potable y saneamiento en el área rural. Fase 1".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 893.700 euros al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos de la República Dominicana, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Apoyo a la elaboración del Plan Nacional de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Hídricos en la República Dominicana. Fase 1".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 648.029 euros al Instituto Nacional de Recursos Hídricos de Cuba, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora y Gestión Sostenible del Servicio de Agua en los Municipios de Cueto y La Palma".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 6.000.000 de euros a la organización no gubernamental Acción Contra el Hambre Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Proyecto RU K´UX YA´- Contribuir a la salud y a la reducción de la incidencia de enfermedades diarreicas agudas de las familias de 12 municipios del departamento de Sololá, mediante la mejora de la gestión y el acceso sostenible a agua y saneamiento a nivel comunitario, municipal y en los servicios públicos básicos de salud y escuelas primarias".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 2.310.269,31 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Bases técnicas para el establecimiento de una estrategia de Seguridad Hídrica para el Área Metropolitana de Ciudad de Guatemala y Municipalidades de la Mancomunidad Gran Ciudad del Sur, compatible con una explotación sostenible del acuífero".
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 2.314.525 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Agua y Saneamiento en comunidades rurales dispersas en el Cantón Portoviejo, Provincia de Manabí" de Ecuador.
Justicia
- ACUERDO por el que autoriza la contribución de España a la Red Europea sobre los Derechos de las Víctimas, por importe de 5.752, 60 euros.
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el servicio de recepción, almacenamiento, aditivación y distribución de combustible JET A-1 para su entrega al Ejército del Aire como combustible JP8, en Península y Baleares, por un valor estimado de 12.232.149,88 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la adquisición, mantenimiento y servicios de asistencia técnica correspondientes al software de los entornos distribuidos y al hardware de los Centros de Proceso de Datos de la infraestructura de información de la I3D del Ministerio de Defensa, por un valor estimado de 17.076.645,75 euros.
Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención nominativa para financiar el sistema de transporte terrestre público regular de viajeros por importe de 47.500.000 euros, para el ejercicio 2018.
- ACUERDO por el que se modifican los límites y el número de anualidades establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, al objeto de posibilitar al Ministerio de Fomento la firma de un Acuerdo para la ejecución de diversas sentencias del Tribunal Supremo, una Adenda al Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias en materia de carreteras, así como la firma de un nuevo Convenio.
- ACUERDO por el que se modifican y autorizan límites y se modifican el número de anualidades establecidos en el apartado 5 del artículo 27 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria correspondiente al ejercicio 2018 de ayudas en el marco del vigente Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, así como la resolución de concesión de subvenciones convocadas en ejercicios anteriores.
- ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito en el presupuesto del Organismo Autónomo "Jefatura Central de Tráfico", por importe de 3.030.352, 24 euros, con la finalidad de dar cumplimiento al Acuerdo suscrito entre el Ministerio del Interior, Sindicatos de Policía Nacional y Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 99.038,02 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Fomento, por la citada cuantía, en cumplimiento del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia.
- ACUERDO por el que se autoriza la enajenación directa, a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, del inmueble sito en el Paseo de la Castellana número 19, de Madrid.
- ACUERDO por el que autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Cantabria de una subvención destinada a financiar inversiones del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla por importe de 22.000.000 de euros, para el ejercicio 2018.
- ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, según el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública para posibilitar la convocatoria de subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Galicia previstas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de noviembre de 2017.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) la suscripción de las prórrogas de los programas de satelitales obligatorios MSG y EPS de la Organización Europea para la Explotación de Satélites Meteorológicos (EUMETSAT).
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el presupuesto del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, con la finalidad de posibilitar la tramitación de un Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración General de la Comunidad de Castilla y León para la financiación del Consorcio "Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana", para el periodo 2018-2021.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Dirección General de Fondos Europeos la contratación que afectan a diferentes áreas, como consultoría, auditoría o publicidad, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1313/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Hacienda con la finalidad de llevar a cabo diversos contratos de soporte técnico complementarios al soporte que ofrece el propio personal y que resultan imprescindibles para garantizar los servicios informáticos demandados.
- ACUERDO por los que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2019-2021.
Interior
- ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA sobre la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.
- ACUERDO sobre desclasificación de documentos.
Fomento
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector SO-2. Soria. Valor estimado: 21.083.701,73 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del Proyecto constructivo de adecuación de vía e infraestructura del tramo Sagunto - Teruel y actuaciones singulares en el tramo Teruel - Zaragoza para el fomento del tráfico de mercancías. Valor estimado del contrato: 48.232.201,33 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del Proyecto de construcción para la implantación del ancho estándar en el Corredor Mediterráneo. Tramo: Castellbisbal - Murcia. Subtramo: Font de Sant Lluís - Almussafes. Vía y electrificación. Valor estimado del contrato: 21.804.132,75 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del Proyecto constructivo de renovación de vía y electrificación del túnel Atocha - Recoletos - Chamartín L-900. Valor estimado del contrato: 35.566.566,30 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de suministro y transporte de traviesas para la renovación de vía entre las estaciones de Cariñena y Sagunto (3 lotes). Provincias de Valencia, Castellón, Teruel y Zaragoza. Valor estimado del contrato: 16.726.500 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia n.º 3 de las obras en la línea de alta velocidad León - Asturias. Tramo: Sotiello - Campomanes. Valor estimado del contrato: 2.907.555,27 euros.
- ACUERDO por el que se solicita la declaración de urgente ocupación en el procedimiento expropiatorio de las obras del proyecto de construcción del Ramal de continuidad Sierrapando - Barreda y mejora de los enlaces de Sierrapando, Barreda y Torrelavega. Valor estimado: 11.160.000 euros.
- ACUERDO por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo.
Educación y Formación Profesional
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2018 para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 4.481.170 euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2018 al Programa de cooperación territorial de orientación y refuerzo para el avance y apoyo en la educación, por importe de 81.208.638 euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2018 para financiar el desarrollo de Acciones de calidad en formación profesional del sistema educativo español, por importe de 8.642.960 euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2018 para financiar acciones para la formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado, por importe de 19.600.000 euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2018 para financiar el impulso a la Formación Profesional Dual, por importe de 46.000.000 de euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2018 al Programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos, por importe de 48.559.610 euros.
- ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito para el año 2018 destinado a la concesión de ayudas a Confederaciones y Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos del ámbito territorial de las Comunidades Autónomas en que aquellas se integran, por importe de 203.280 euros.
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
- ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.
Industria, Comercio y Turismo
- ACUERDO por el que se convalida la omisión del trámite de la función interventora del gasto correspondiente al expediente de ayudas del Plan de Acción Social de TURESPAÑA para el ejercicio 2018.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Organización para la Cooperación Europea en Metrología Legal (WELMEC) correspondiente al ejercicio 2017, por importe de 5.600 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Asociación Europea de Institutos de Metrología (EURAMET) correspondiente al ejercicio de 2017, por importe de 7.056 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Asociación Europea de Institutos de Metrología (EURAMET) correspondiente al ejercicio de 2018, por importe de 7.056 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Confederación Internacional de Medida (IMEKO) correspondiente al ejercicio de 2016, por importe de 900 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro Español de Metrología a pagar la aportación a la Confederación Internacional de Medida (IMEKO) correspondiente al ejercicio de 2017, por importe de 900 euros.
- ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J. (FIEM), para la realización del Proyecto de extensión de la línea Trillium del metro de la ciudad de Ottawa, Canadá, por importe de 19.250.000 dólares canadienses.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de una segunda adenda al Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A., para la ejecución de los planes de seguros agrarios combinados en el ejercicio presupuestario 2018.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria al Programa de la Organización Mundial de Sanidad Animal: la buena gobernanza como medio de prevención y control de las enfermedades animales emergentes y reemergentes, por un importe de 254.999,19 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria al Registro Mundial de Buques de Pesca, Transporte Refrigerado y Suministro, por un importe total de 50.000 euros.
Política Territorial y Función Pública
- REAL DECRETO de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital - Araiz e Irauregi - Lutxana - Barakaldo.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del convenio específico entre la Administración General del Estado y la Administración de la Generalidad de Cataluña para la gestión de las ayudas previstas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, y reguladas en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero.
Transición Ecológica
- ACUERDO por el que se aprueba la propuesta final de declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves.
- ACUERDO por el que se declara la inadmisión a trámite de la solicitud de revisión hecha por la representación de Cerámica Carbonero, S.L., mediante la que se insta acción de nulidad del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de diciembre de 2017, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Consejo de Ministros, de fecha 10 de marzo de 2017, relativa a imposición de sanción de 50.001 euros por infracción de la Ley 1/2005, de 9 de marzo.
- ACUERDO por el que se declara la inadmisión a trámite de la solicitud de revisión hecha por la representación de Cerámica Arévalo, S.L., mediante la que se insta acción de nulidad del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de diciembre de 2017, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Consejo de Ministros, de fecha 10 de marzo de 2017, relativa a imposición de sanción de 50.001 euros por infracción de la Ley 1/2005, de 9 de marzo.
- ACUERDO por el que se autoriza al Instituto para la reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A., la convocatoria de las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, correspondiente al ejercicio 2018, por importe máximo de 12.900.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación urgente del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo.
Economía y Empresa
- ACUERDO por el que se autoriza la aportación de España al Foro Global de Productividad de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico correspondiente a 2018, por importe de 12.500 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución y participación en las dos convocatorias realizadas por la Empresa Común ECSEL en el año 2015 para ejecutar la Iniciativa Tecnológica Conjunta sobre «componentes y sistemas electrónicos para un liderazgo europeo», de acuerdo con el Reglamento (CE) Nº 561/2014, relativo a la creación de la Empresa Común ECSEL, por importe de 4.100.000 euros.
Sanidad, Consumo y Bienestar Social
- ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución al Comité de Salud de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico correspondiente a 2017, por importe de 18.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución al Comité de Salud de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico correspondiente a 2018, por importe de 18.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el abono a la Alianza Europea de Organizaciones de Transfusión Sanguínea de la contribución correspondiente a 2018, por importe de 28.100 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución correspondiente a 2018, a la Organización Internacional para el Desarrollo de Estándares de Terminología Sanitaria, por importe de 385.392,82 dólares estadounidenses.
- ACUERDO por el que se aprueba para el ejercicio 2018 la distribución definitiva del crédito, por importe de 1.750.000 euros, de la aplicación presupuestaria del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social destinada al programa de reasentamiento y reubicación de refugiados.
- ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio de 2018 los criterios de distribución y la distribución resultante de créditos, por importe de 2.818.070 euros, entre comunidades autónomas para la financiación de estrategias frente a enfermedades raras y frente a enfermedades neurodegenerativas y de la vigilancia en salud.
- ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio 2018 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante de créditos, por importe de 3.575.000 euros, a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, Galicia, Madrid y País Vasco para la financiación del Plan Anual de Trabajo 2018 de la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
- ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución económica, correspondiente al período 2018-2019, a la Secretaría del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud, por importe de 276.428 dólares estadounidenses.
Ciencia, Innovación y Universidades
- ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria correspondiente al año 2018 (tramitación anticipada) de ayudas "Ramón y Cajal", "Juan de la Cierva-Formación", "Juan de la Cierva-Incorporación" y ayudas para personal técnico de apoyo, contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, por importe de 100.915.000 euros.
- ACUERDO por el que se declara nula de pleno derecho la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 9 de octubre de 2017, por la que se concedió el título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria a doña Consuelo Barroso Recasens.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en los Estados Federados de Micronesia y de la República de las Islas Marshall con residencia en Manila a D.JORGE MORAGAS SÁNCHEZ.
Ciencia, Innovación y Universidades
- REAL DECRETO por el que se nombra Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia a D. RICARDO MAIRAL USÓN.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
APROBADO EL ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN QUE DOTA DE MAYOR PROTECCIÓN A LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Consejo de Ministros ha aprobado a iniciativa de la vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo, el Anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución, relativo a los derechos de las personas con discapacidad.
La redacción del nuevo texto constitucional se ha realizado a iniciativa del Gobierno a partir de la propuesta de la Comisión para las políticas integrales de la discapacidad y ha contado con la participación del colectivo de personas con discapacidad, representado por CERMI. Se han incluido en el nuevo texto constitucional los aspectos que este colectivo considera fundamentales.
El artículo 49 de la Constitución fue un gran avance en la protección de las personas con discapacidad. Reconoció constitucionalmente al colectivo y previó un ámbito concreto de protección. No obstante, el paso de cuatro décadas ha hecho envejecer el texto constitucional. Además, en este tiempo se ha aprobado la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, que ha supuesto un punto de inflexión en el reconocimiento y protección de sus derechos. Con esta reforma, el artículo 49 de la Constitución Española se actualiza para adaptarlo a la Convención de 2006 y se modifica íntegramente tanto desde el punto de vista del lenguaje como de su estructura y contenido.
En primer lugar, se modifica la terminología que emplea el artículo 49 para referirse ahora al colectivo de las personas con discapacidad. De esta manera, se actualiza el lenguaje de una forma que refleja los propios valores de la Constitución y la dignidad inherente a este colectivo.
En segundo lugar, se reforma la estructura del artículo en coherencia con la multiplicación de los enfoques desde los que se aborda la discapacidad. Así, se divide el precepto en cuatro apartados, cada uno de los cuales refleja una dimensión diferente de la protección de las personas con discapacidad.
En tercer lugar, se modifica el contenido del artículo 49, para adaptarlo a las concepciones actuales sobre la protección de las personas con discapacidad, que ya no se basan en la concepción médico-rehabilitadora que subyace en su redacción original.
De este modo se pone el énfasis sobre los derechos y deberes de los que son titulares las personas con discapacidad, como ciudadanos libres e iguales. Además, se fijan los objetivos que deben orientar la acción positiva de los poderes públicos como son su plena autonomía personal y su inclusión social, políticas que deberán respetar siempre la libertad de elección y preferencias de las personas con discapacidad.
En la fijación de estas políticas, la reforma incluye expresamente la participación de sus organizaciones representativas, con el objetivo de que sean consultadas y cooperen activamente en la adopción de las políticas públicas que les afecten.
La situación de especial vulnerabilidad de las mujeres y niñas con discapacidad justifica claramente que el nuevo artículo 49 de la Constitución haga una alusión expresa a la atención específica de sus necesidades.
Se consagra asimismo el principio de protección reforzada de las personas con discapacidad, para que reciban la atención especializada que requieren y se encuentren especialmente amparadas para el disfrute de los derechos que la Constitución otorga a toda la ciudadanía.
Finalmente, se hace una referencia a la protección que ofrecen los tratados internacionales que velan por los derechos de las personas con discapacidad.
TEXTO ARTICULADO DEL NUEVO ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN
Artículo uno.
El artículo 49 de la Constitución Española queda redactado como sigue:
1."Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación.
2.Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad. Estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y serán adoptadas con la participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad.
3.Se regulará la protección reforzada de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes.
4.Las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos".
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
APROBADO EL PLAN DE EMPLEO JOVEN 2019-2021 PARA LA FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DE LOS MENORES DE 30 AÑOS
- El Plan se ha consensuado con las Comunidades Autónomas y con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas
- Entre sus objetivos destaca el establecimiento de un marco laboral de calidad en el empleo y la dignidad en el trabajo y hacer protagonistas a los jóvenes de su inserción laboral y cualificación
- Se prevé que la tasa de actividad de las personas jóvenes entre 20 y 29 años se incremente hasta el 73,5% y que las contrataciones indefinidas aumenten un 15%
- Entre los resultados se persigue que al menos 225.000 jóvenes se formen en competencias digitales
- Supondrá la creación de una red de 3.000 nuevos orientadores
- El coste estimado en los tres años de vigencia es de 2.000 millones de euros
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021. Un Plan que ha recibido el respaldo unánime de la mesa de diálogo social y que prevé, entre otros resultados, reducir la tasa de paro juvenil hasta el 23,5%, y que 168.000 desempleados menores de 25 años se incorporen al mercado laboral.
Los problemas que afectan al colectivo de personas jóvenes requieren la puesta en marcha de medidas que permitan conseguir una mejora de la integración laboral, fomentar la Formación Profesional, combatir el abandono escolar temprano, impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, promover el autoempleo y el emprendimiento, mejorar la gestión del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y promover la colaboración entre los interlocutores sociales, y las Comunidades Autónomas, entre otras.
Asimismo, el Plan se centra en los colectivos más vulnerables, con acciones que actúen sobre la brecha de género, el entorno rural y el reto demográfico, la población joven migrante, y que tengan en cuenta los cambios sociales y tecnológicos.
Las medidas que recoge tienen que ver con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y sirven para alcanzar la Meta 8.6 de los Objetivos "Para 2020, reducir considerablemente la proporción de jóvenes que no están empleados y no cursan estudios ni reciben formación".
Además, se trata de un Plan desarrollado con una metodología participativa y consensuado con las Comunidades Autónomas y con los agendes sociales, que han dado su apoyo explícito al plan a través de un acuerdo de la mesa de diálogo social. También ha contado con la participación de las Entidades Locales, de los interlocutores económicos, y con entidades responsables de juventud, mujer, educación y servicios sociales, entre otros.
Objetivos del Plan:
- Establecer un marco laboral de calidad en el empleo y la dignidad en el trabajo.
- Hacer protagonistas a las personas jóvenes de su proceso de inserción laboral y cualificación.
- Incrementar la cualificación e inserción laboral dotando a los jóvenes de más competencias profesionales.
- Fomentar un nuevo modelo económico basado en la productividad y el valor añadido.
- Dotar a los Servicios Públicos de Empleo de los medios y recursos para prestar una atención adecuada e individualizada.
- Eliminar la segregación horizontal y la brecha salarial de género
- Combatir el efecto desánimo de los jóvenes
- Prestar especial atención a los colectivos más vulnerables (migrantes, parados de larga duración, personas con discapacidad, etc).
Resultados que se prevé lograr:
- Reducir la tasa de paro juvenil hasta el 23,5%, en los tres años de vigencia, disminuyendo en 168.000 el número de personas jóvenes menores de 25 años en paro.
- Incrementar la tasa de actividad de personas jóvenes entre 20 y 29 años hasta el 73,5%.
- Reducir en un 20% la actual brecha de género en el paro registrado de personas menores de 30 años.
- Incrementar cada año un 15% el número de contrataciones indefinidas, alcanzando durante el conjunto de los tres años 2.900.000 de contrataciones.
- Conseguir que, al menos, un 43% (100.000) de las personas jóvenes inscritas como desempleadas y, que no disponen de titulación en Educación Secundaria Obligatoria, adquieran mediante programas de formación las competencias clave en Lengua y Matemáticas. Fomentar la formación en competencias lingüísticas.
- Lograr que, al menos, 225.000 jóvenes se formen en competencias digitales, el 75% en competencias básicas y el 25% en competencias superiores, que supone un 40% y 38% respectivamente de la población joven menor de 30 años.
- Formar a un 25% (40.000) de las personas jóvenes en competencias de sectores estratégicos (un 25% del colectivo de personas jóvenes con Estudios Superiores y de FP).
Seis ejes y cincuenta medidas
El Plan se estructura en torno a seis ejes: orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad, y emprendimiento y mejora del marco institucional, y cincuenta medidas pensadas con una perspectiva integral y sistemática, no fragmentadas, sino combinables y ajustables a cada perfil.
El primer eje, orientación, potencia la intermediación activa y la personalización de los servicios en base al diagnóstico y diseño de itinerarios de inserción y formativos individuales. Una de las prioridades de este eje es el Programa Orientajoven, que supondrá la creación de una red de 3.000 personas que se responsabilizarán de la orientación, complementados por una red de mediadores jóvenes, provenientes de organizaciones sociales que atenderán a través de la ventanilla única.
Asimismo, se orientará a jóvenes inmigrantes con atención integral para inserción laboral de menores no acompañados y la participación de la FEMP y la red SIJ-INJUVE, con 110 mediadores adicionales.
En el segundo eje, formación, se establecen actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación dual y en alternancia con la actividad laboral, que permita al beneficiario mejorar su experiencia profesional. Se trata de facilitar la inserción laboral mediante Programas de formación con compromiso de contratación, incluyendo la cotización por desempleo en contratos de formación, y Programas de segunda oportunidad con becas.
El eje oportunidades de empleo tiene como finalidad incentivar la contratación y el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad, especialmente discapacitados, personas en situación de exclusión social, víctimas de terrorismo y mujeres víctimas de la violencia de género. Este eje incluye la creación del Estatuto de las prácticas no laborales, y el desarrollo de programas de retorno del talento y de apoyo a la movilidad.
El cuarto eje, Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, establece medidas dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres jóvenes en el acceso, permanencia y promoción en el empleo, y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Las actividades de este eje promueven el impulso al trabajo de los Agentes de Igualdad, el fomento de "startups" o proyectos tecnológicos para mujeres jóvenes, y el apoyo a la mujer joven en el entorno rural.
Las actuaciones del eje Emprendimiento fomentan la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, y dinamizan el desarrollo económico local, con medidas como el impulso a programas piloto con empresas de vanguardia con experiencia en programas de "startup", y el fomento de los convenios con organismos intersectoriales de autónomos.
El sexto y último, Mejora del marco institucional, recoge acciones de mejora en gestión, colaboración, coordinación y comunicación dentro del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través del impulso de la accesibilidad, transparencia y coordinación.
El Plan de Empleo Joven tendrá una vigencia de 3 años, y se estima que el coste total ascienda a 2.000 millones de euros, que afectará principalmente al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal. En el año 2019 la dotación es de 670 millones, y en los presupuestos de 2020 y 2021 se consignará el resto.
En cuanto a su operatividad se elaborará un plan anual de actuación, vinculado al Plan Anual de Política de Empleo (PAPE), en actuaciones de carácter autonómico, que tendrá un seguimiento semestral. También será evaluado a través de aplicaciones informáticas compartidas y será sometido a evaluación a los 18 meses de funcionamiento.
Industria, Comercio y Turismo
APROBADO UN REAL DECRETO-LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA EL IMPULSO DE LA INDUSTRIA ESPAÑOLA
- Su objetivo es fomentar la competitividad del sector industrial a través de acciones como la mejora de la productividad laboral, la reducción del coste energético o el refuerzo de la seguridad industrial
- El Real Decreto regula la jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo para la industria manufacturera, de especial incidencia en el sector de automoción
- La creación del Estatuto de Consumidor Electrointensivo y de la figura de la red de distribución de energía eléctrica cerrada, principales medidas de apoyo a las empresas electrointensivas
- El paquete normativo se inscribe en el Marco Estratégico para la España Industrial 2030 del Gobierno y en las Agendas Sectoriales que lo desarrollan
- Se complementa con medidas que inciden en la competitividad del sector comercial, como la limitación de la venta con pérdida y la supresión de los Registros de Franquiciadores y de Ventas a Distancia
El Gobierno ha aprobado hoy el Real Decreto-ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Competitividad Económica en el Sector de la Industria y el Comercio en España.
El Real Decreto-ley aborda aspectos que afectan a la competitividad de los sectores industrial y comercial. Según figura en el texto normativo aprobado hoy, "el cambio de paradigma hacia un modelo de economía circular y un modelo energético sostenible requiere un esfuerzo de transformación por parte del sector industrial que contribuya a mantener y potenciar su competitividad". Así, el Marco Estratégico para la España industrial 2030 del Gobierno y las Agendas que lo desarrollan contemplan medidas a corto y medio plazo con el fin de alcanzar, en este ámbito, un crecimiento sostenible, justo e integrador, con los objetivos de incrementar la competitividad del tejido industrial español, favorecer e impulsar la adopción de la Industria Conectada 4.0, impulsar el crecimiento y desarrollo de las pymes industriales y profundizar en la generación de talento y puestos de trabajo de calidad.
Estas actuaciones deben acometerse sin demora para evitar una pérdida de competitividad que conduzca a la industria española a una situación de desventaja en los mercados internacionales y con respecto del resto de socios europeos, y que le permita hacer frente a los retos de la digitalización y globalización que la economía mundial está experimentando de manera cada vez más acelerada.
Dado que la industria es, además, el sector que genera empleo de más calidad en el conjunto de la economía española, con estas medidas se pretende con estas medidas anclar el tejido industrial en el territorio y evitar ajustes innecesarios en las plantillas.
En materia de industria, los apartados principales son:
- Contrato de relevo:
Se prorroga hasta el 1 de enero de 2023 la aplicación de la normativa relativa a la jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, dado que el 31 de diciembre de 2018 finaliza el plazo de aplicación de la Disposición Transitoria 4ª del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre), siempre y cuando se acredite el cumplimiento de ciertos requisitos.
Es necesario y urgente alargar su período de aplicación para lograr los objetivos de esta modalidad de jubilación parcial: Procurar el rejuvenecimiento de las plantillas, fomentar la contratación indefinida e incrementar la productividad de las empresas. La medida también contribuirá a asegurar la transición ecológica de la industria, manteniendo su actividad y sus empleos.
A través de esta medida, la industria española renovará su plantilla y tendrá capacidades adicionales para abordar su necesaria digitalización y eficiencia energética. Se espera poder asegurar, al menos, 70.000 puestos de trabajo en los próximos cinco años gracias a esta prórroga.
- Régimen sancionador de homologación de vehículos
Se modifica la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria en lo que se refiere al régimen sancionador de homologación de vehículos, al objeto de estar en condiciones de adaptar las reglamentaciones estatal y autonómica al marco comunitario de reglamentos en materia de homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.
Se refuerza la supervisión y control del sistema de homologación europeo y se imponen obligaciones estrictas en cuanto a la vigilancia de los productos comercializados en el mercado.
- Instalaciones Frigoríficas:
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas impone una serie de requisitos administrativos que hacen que, en la práctica, el coste de una instalación con gas refrigerante de categoría 2-L sea inviable. Para evitar esta traba, se ha iniciado una reforma reglamentaria, pero mientras se concluye, es urgente llevar a cabo una actuación de carácter transitorio que elimine unos trámites y requisitos tan exigentes como los actuales (sin comprometer la seguridad), de manera que los fabricantes obtengan la certidumbre jurídica sobre la aceptación en España de estos equipos frigoríficos, en tanto no se apruebe el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Redes de distribución de energía eléctrica cerradas:
Se modifica la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, permitiendo la creación de redes de distribución de energía eléctrica cerradas, que permitirán una reducción de costes de la energía eléctrica para la mediana y gran industria concentrada en ámbitos territoriales reducidos, garantizando unas condiciones de conexión a la red pública de manera que esta no quede afectada.
El Real Decreto-Ley establece los principios básicos que deben regir la constitución y autorización de estas redes, y fija un plazo máximo de seis meses para que el Gobierno desarrolle el reglamento que recoja el procedimiento y los requisitos que deberán cumplirse para el otorgamiento de la autorización administrativa, de acuerdo con los principios de sostenibilidad económica y financiera del sistema, eficiencia energética y transición justa.
- Estatuto de Consumidores Electrointensivos:
El Real Decreto contempla la figura del Consumidor Electrointensivo y da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de seis meses, elabore y apruebe un Estatuto que reconozca las particularidades de aquellos consumidores con un elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica y una curva de consumo estable y predecible, y recoja sus derechos y obligaciones en relación a su participación en el sistema y los mercados de electricidad.
Para estas empresas el precio de la electricidad es uno de los principales factores de producción y con este Estatuto podrán mantener competitividad y cuota de mercado.
La creación y regulación de esta figura permitirá proporcionar a estos consumidores de escenarios predecibles para sus costes energéticos, reduciendo la volatilidad inherente a los mercados energéticos globales y dotando de seguridad a las inversiones industriales.
- Cogeneración:
En la Disposición Transitoria 3ª se establece que las instalaciones de cogeneración que utilicen combustibles renovables o gas natural y que hayan superado su vida útil regulatoria con fecha posterior al 1 de enero de 2018 podrán percibir el término de retribución a la operación correspondiente a su instalación tipo por la energía que produzcan hasta un periodo máximo de dos años.
Con este conjunto de medidas se apuesta decididamente por la industria como sector generador de crecimiento y de cohesión social.
Este paquete regulatorio se complementa con medidas que inciden en la competitividad del sector comercial. Así, se regula la limitación de la venta con pérdidas, adaptando la regulación española a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y se suprimen los Registros de Franquiciadores y de Ventas a Distancia.
Hacienda
APROBADOS LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PARA EL PERIODO 2019-2021
- El Gobierno da un nuevo paso para presentar los Presupuestos Generales del Estado de 2019.
El Consejo de Ministros ha aprobado nuevamente los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda para el periodo 2019-2021, se trata de un requisito previo para ofrecer mayor seguridad jurídica en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para 2019.
De esta manera, el Gobierno da cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La senda de estabilidad presentada hoy en el Consejo de Ministros ya recibió el aval del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) que se celebraron los días 22 y 23 de agosto, respectivamente.
Los objetivos de déficit aprobados suponen una revisión de la senda de consolidación vigente para adaptarla a la realidad económica. La flexibilización de la senda comunicada a la Comisión Europea que permite reducir el déficit público al tiempo que fortalece el Estado de Bienestar y preserva el crecimiento económico.
Objetivos de déficit
Para el conjunto de las Administraciones Públicas se contempla un déficit del 1,8% del PIB en 2019; del 1,1% del PIB para 2020, y del 0,4% del PIB para 2021.
Si se analiza por las distintas Administraciones Públicas, el déficit de la Administración Central y de las Comunidades Autónomas se reducirá progresivamente hasta alcanzar el equilibrio en 2021.
Para las Entidades Locales se fija un equilibrio presupuestario en todo el periodo 2019-2021.
Por último, la Seguridad Social reducirá su déficit hasta situarlo en el 0,4% del PIB en 2021, siendo el subsector que realiza el mayor esfuerzo de consolidación.
2019 | 2020 | 2021 | |
Administración Central | -0,4 | -0,1 | 0,0 |
Comunidades Autónomas | -0,3 | -0,1 | 0,0 |
Entidades Locales | 0,0 | 0,0 | 0,0 |
Seguridad Social | -1,1 | -0,9 | -0,4 |
Total Administraciones Públicas | -1,8 | -1,1 | -0,4 |
Objetivos de deuda
Respecto a los objetivos de deuda pública para el periodo 2019-2021, se remiten los siguientes para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores:
Objetivos de deuda pública (%PIB)
2019 | 2020 | 2021 | |
---|---|---|---|
Administración Central y Seguridad Social | 70,1 | 68,9 | 67,2 |
Comunidades Autónomas | 23,7 | 23,0 | 22,2 |
Entidades Locales | 2,3 | 2,2 | 2,1 |
Total Administraciones Publicas | 96,1 | 94,1 | 91,5 |
Regla de gasto
Asimismo, a efectos del cumplimiento de la regla de gasto, en el informe de situación que acompaña a este Acuerdo de Consejo de Ministros se ha establecido la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española. La variación del gasto computable nominal de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales no podrá superar dicha tasa de referencia en este periodo, siguiendo la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento:
Tasa de referencia nominal
(% variación anual)
2019 | 2020 | 2021 |
---|---|---|
2,7 | 2,9 | 3,1 |
Interior
ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LOS DATOS DEL REGISTRO DE NOMBRES DE PASAJEROS PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ENJUICIAMIENTO DE DELITOS DE TERRORISMO Y DELITOS GRAVES
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica sobre la utilización de los datos del registro de nombres de pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.
La futura Ley tiene por objeto incorporar a nuestro ordenamiento la Directiva 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo, la llamada Directiva PNR, relativa a la utilización de datos del registro de los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delincuencia grave.
La Ley aborda tanto la recogida y tratamiento de estos datos como su intercambio con otros Estados miembros, terceros Estados y Europol.
Los datos PNR se deberán recoger en vuelos internacionales, tanto extracomunitarios como intracomunitarios, comerciales y privados. Forman parte de esta información el nombre y apellidos del pasajero, dirección y datos de contacto, datos de pago, información sobre el equipaje, itinerario de viaje, información sobre viajeros asiduos, agencia u operador de viajes, información del billete y datos del asiento.
Los datos serán recogidos y tratados por la Unidad de Información sobre Pasajeros española, encuadrada en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. Se les aplica la normativa vigente sobre protección de datos, y servirán únicamente para prevenir, detectar, investigar y enjuiciar los delitos de terrorismo tipificados en nuestro Código Penal y delitos muy graves a los que se refiere la Directiva PNR.
Una vez recogidos los datos, se cotejarán informáticamente con todos los ficheros disponibles, y la Unidad de Información sobre Pasajeros podrá ponerlos a disposición de las autoridades con los fines previstos.
Educación y Formación Profesional
200 MILLONES DE EUROS PARA PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL EDUCATIVOS CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
- Los programas comprenden orientación educativa, financiación de libros de texto, impulso a la FP Dual, movilidad de profesorado, acciones de calidad de la FP, acreditación de competencias profesionales y actividades de asociaciones de padres y madres de alumnos.
- Estos acuerdos fueron aprobados por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación el pasado 29 de noviembre.
El Consejo de Ministros ha aprobado un total de 208.695.658 de euros en diferentes Programas de cooperación territorial educativos con las Comunidades Autónomas. Estos Acuerdos fueron aprobados el pasado 29 de noviembre por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación.
Los Programas de cooperación territorial son un mecanismo de coordinación del Gobierno y las Comunidades Autónomas para la actuación conjunta en áreas de especial relevancia como el refuerzo a los estudiantes con riesgo de abandono, el impulso a la Formación Profesional, el apoyo a la participación de padres y madres o la gratuidad de los libros de texto, entre otras cuestiones.
De esta forma, para el programa Orientación y Refuerzo para el Avance y Apoyo en la Educación (anterior PROEDUCAR), el Consejo de Ministros ha aprobado 81.208.638 euros. El criterio de distribución entre Comunidades Autónomas es el resultado del producto de las siguientes variables: número de alumnos escolarizados en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (ponderación 50%), porcentaje de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ponderación 20%), tasa de idoneidad a los 15 años (ponderación 20%) y dispersión de la población (ponderación 10%).
El Consejo de Ministros también ha aprobado un total de 48.559.610 euros para el Programa Financiación de Libros de Texto y Materiales Didácticos. El criterio de distribución entre Comunidades es el resultado del producto de dos variables: la tasa del riesgo de pobreza por Comunidad Autónoma extraída de la Encuesta de Condiciones de Vida 2017 y el número de alumnos matriculados en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en cada Comunidad Autónoma.
El programa Impulso a la Formación Profesional Dual ha recibido un importe de 46 millones de euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo. Los criterios de distribución han sido: territorios especiales, insularidad, ultraperiféricos; número de alumnos en FP Básica y de Grado Medio; número de centros que imparten FP Básica y de Grado Medio; número de empresas tecnológicas e industriales; número de empresas participantes en FP Dual; número de centros que ofertaron FP Dual; tasa de abandono educativo temprano, y brecha de género en títulos de familias tecnológicas e industriales.
Con la cofinanciación también del Fondo Social Europeo, el Consejo de Ministros ha aprobado un total de 19.600.000 euros al Programa Acciones de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad del Profesorado. Los criterios de distribución por Comunidad Autónoma han sido el número de profesores de Enseñanzas de Régimen General y el número de centros de ESO y/o Bachillerato y/o FP.
Para el Programa Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español (CALIDAD), cofinanciado también por el Fondo Social Europeo, el Consejo de Ministros ha aprobado 8.642.960 euros. La cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma se calculó siguiendo factores de proporcionalidad de los siguientes criterios: número de alumnos matriculados en FP, número de profesores que imparten enseñanzas de FP, tasa de riesgo de pobreza, número de centros que imparten enseñanzas de FP y dispersión territorial de las administraciones públicas educativas.
El Fondo Social Europeo también cofinancia el Programa Actividades para la Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales (ACREDITA) para el que el Consejo de Ministros ha aprobado 4.481.170 euros. La cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma se calculó siguiendo factores de proporcionalidad de los siguientes criterios: número de personas en búsqueda de empleo sin estudios profesionalizantes, número de personas en búsqueda de empleo de entre 30 y 64 años, dispersión geográfica de las administraciones públicas y dispersión de la población activa.
Por último, el Consejo de Ministros ha aprobado destinar 203.280 euros al Programa Actividades de las Confederaciones y Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (AMPAS). La Comisión General de Educación aprobó que el 80% del crédito se distribuyera en la misma proporción que acordó la Comisión General de Educación celebrada el año anterior para 2017 y el 20% restante se distribuye en función del número de alumnos de cada Comunidad Autónoma.
Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
APROBADA LA PUESTA EN MARCHA DEL II PLAN DE DERECHOS HUMANOS DE ESPAÑA
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el informe previo a la elaboración del II Plan de Derechos Humanos, que girará en torno a cuatro ejes materiales prioritarios en el marco de la acción del Gobierno: protección de la infancia, igualdad de género, migraciones y transición ecológica.
Con motivo del 40º aniversario de la Constitución Española y coincidiendo con el 70º Aniversario de la adopción por las Naciones Unidas de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Gobierno relanza y pone en marcha una política que permite avanzar en la promoción y protección de Derechos Humanos y que se concretará en este Plan.
Su objeto será la mejora de la protección y disfrute de todos los Derechos Humanos sobre la base de la Declaración Universal, los Pactos Internacionales de 1966 y todos los Tratados específicos ratificados por España. Además, tomará en consideración la indivisibilidad e interdependencia de los Derechos Humanos.
Junto a los mencionados cuatro objetivos sustantivos, se incorporan dos ejes transversales que afectan a todas las áreas: la mejora y efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales y la promoción de la igualdad de trato y no discriminación.
A estos efectos, se integrará el Plan de Derechos Humanos con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Tomando como referencia las cinco esferas de acción definidas en la Agenda 2030, los ámbitos de acción del Plan serán:
- Personas: acabar con la pobreza en todas sus formas y dimensiones y garantizar, a través de la educación de calidad, que todos los seres humanos se desarrollen con dignidad e igualdad en un ambiente sano.
- Planeta: proteger el planeta contra la degradación ambiental y prevenir el impacto negativo sobre el disfrute de los Derechos Humanos, a través del consumo y producciones sostenibles, la gestión sostenible de los recursos naturales; así como la aplicación de medidas urgentes contra el cambio climático.
- Prosperidad: asegurar que todos los seres humanos pueden gozar de una vida próspera y plena y que se pueda lograr un progreso económico, social y tecnológico, teniendo a las personas en el centro de las decisiones en armonía con la naturaleza.
- Paz y Justicia: propiciar sociedades pacíficas, justas e inclusivas donde todo el mundo se sienta seguro y protegido.
- Alianzas: propiciar la colaboración y movilización de todos actores y recursos implicados en la construcción de una sociedad libre que respete, proteja y promueva todos los Derechos Humanos.
Para llevar a cabo de una forma participativa y ordenada todo el proceso de elaboración del II Plan de Derechos Humanos, el Gobierno creará una Comisión de Personas Expertas, cuyos componentes se nombrarán en enero de 2019. Se establecerán contactos con la sociedad civil y otros actores públicos implicados que permita la elaboración del Plan de manera participada y deliberativa, entre ellos, las Cortes Generales y el Defensor del Pueblo.
En cuanto a su vigencia, se ha tenido en cuenta que el Plan de Derechos Humanos sea un esfuerzo colectivo para mejorar y aumentar la garantía y eficacia de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas y una llamada de atención sobre la situación de los Derechos Humanos en el país. Por ello, otra novedad del II Plan de Derechos Humanos es que su vigencia se extienda a 5 años (2019-2023), con la intención de que no coincida con una legislatura concreta.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
REAL DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA PRESIDENTE DE LA DELEGACIÓN QUE ASISTIRÁ A LA CEREMONIA DE BEATIFICACIÓN DE CARIDAD ÁLVAREZ MARTÍN Y ESTHER PANIAGUA ALONSO, A DON FERNANDO MORÁN CALVO-SOTELO, EMBAJADOR DE ESPAÑA EN ARGELINA
El próximo 8 de diciembre tendrá lugar en Orán (Argelia) la ceremonia de beatificación de 16 religiosos franceses, 1 belga y 2 religiosas españolas, hermanas misioneras agustinas, Sor Caridad Alvarez Martín y Sor Esther Paniagua Alonso, asesinados todos ellos entre 1994 y 1996. Las religiosas españolas fueron asesinadas el 23 de octubre de 1994. Entre los religiosos franceses se encuentra el que fuera obispo de Orán y los siete monjes trapenses del monasterio de Tibhirine, asesinados en 2006.
La ceremonia religiosa tendrá lugar el 8 de diciembre a las 13 horas en el Santuario de la Santa Cruz de la Diócesis de Orán. Presidirá la ceremonia el cardenal Angelo Becciu, prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos.
Por el presente Real Decreto, se designa al embajador en Argelia, Fernando Morán, presidente de la delegación española en dicho acto.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ACUERDO SOBRE CONDICIONES DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE LAS FLOTAS ESPAÑOLA Y PORTUGUESA EN LAS AGUAS DE AMBOS PAÍSES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países entre el Reino de España y la República Portuguesa y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.
ANTECEDENTES
El Acuerdo sobre condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países entre el Reino de España y la República Portuguesa fue firmado en Luxemburgo el 18.06.2018, previa autorización por el Consejo de Ministros de 13.04.2018.
La actividad pesquera de las flotas española y portuguesa en aguas de ambos países lleva siendo regulada por los acuerdos bilaterales suscritos por España y Portugal desde el año 1986.
El acuerdo previo llevaba vigente desde el año 2014 y tenía una duración de dos años, con posibilidad de renovarse automáticamente por un periodo de un año, siempre que las dos partes estuvieran de acuerdo, como así sucedió en 2017. En 2018, al no poder renovarse tácitamente, se ha negociado otro acuerdo adecuándolo a las circunstancias actuales del sector pesquero español y portugués.
Estos acuerdos han funcionado correctamente siendo muy beneficiosos para el sector pesquero tanto en España como en Portugal y han permitido una mejora de la gestión de la pesca en las zonas económicas exclusivas respectivas, además de proporcionar estabilidad a los operadores de ambos países. Por tanto, su renovación es importante dada la satisfacción mostrada por ambas Administraciones sobre su grado de cumplimiento y los beneficios que suponen para ambas flotas nacionales.
CONTENIDO
El nuevo acuerdo consta de 8 artículos y dos anexos, que la regulan las áreas donde se puede realizar la actividad pesquera de cada país, que son las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana y las aguas sometidas a soberanía o jurisdicción española y portuguesa del Océano Atlántico que rodean la Península Ibérica y aspectos tales como la comunicación de listas nominativas, aguas continentales, las delimitaciones fronterizas de los ríos Miño y Guadiana, el intercambio de información, cooperación y control o la entrada en vigor y duración.
El Acuerdo tiene en cuenta los principios generales de acceso a las aguas y recursos pesqueros definido en el Reglamento (UE) nº 1380/2013 relativo la Política Pesquera Común de la Unión Europea, así como la gestión del esfuerzo pesquero en el marco del Reglamento (CE) n.º 1954/2003 del Consejo.
Este nuevo Acuerdo no introduce grandes cambios con respecto al anterior. Los cambios que se han introducido han sido para mejorar el aprovechamiento del mismo, dar estabilidad a la flota y facilitar la gestión interna del mismo. Como principales novedades se han suprimido las posibilidades de pesca para los buques atuneros-cañeros (cebo vivo) para ambos países, se ha acordado que el acuerdo tenga una duración de cinco años, frente a los dos del anterior, y se ha introducido un anejo sobre medidas técnicas.
El Consejo de Estado, en dictamen de 21.06.2018, dispone que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del Acuerdo requiere la previa autorización de las Cortes Generales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94.1 e) de la Constitución Española.
El Acuerdo no supone ninguna repercusión presupuestaria para la Hacienda Pública española, ni para el presente ejercicio ni para los sucesivos.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENMIENDAS AL CONVENIO ADUANERO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS AL AMPARO DE LOS CUADERNOS TIR
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los Anexos 6, 8 y 9 del Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR.
El Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR ("Transport International Routier") fue hecho en Ginebra el 14.11.1975 y entró en vigor el 20.03.1978. España es desde el 01.08.1982 parte de este Convenio, que entró en vigor para nuestro país el 11.02.1983.
El Convenio TIR ha demostrado ser uno de los convenios de transporte internacional más fructíferos, siendo, de hecho, el único sistema universal de tránsito que existe. El marco de dicho Convenio y su régimen de tránsito constituyen la base de numerosos sistemas de tránsito regional y contribuyen directa e indirectamente a facilitar el transporte internacional, y el transporte por carretera en particular, no sólo en Europa y Oriente Medio sino también en otras partes del mundo, tales como África y América Latina.
Mediante notificación de la Secretaría General de las Naciones Unidas de 03.11.2017 se ponían en circulación las siguientes Enmiendas a los Anexos 6, 8 y 9 del Convenio, adoptadas en Ginebra el 12.10.2017:
- El Anexo 6 se modifica, a fin de armonizar el texto del Convenio con el aumento del importe máximo por cuaderno TIR asumido por la cadena de garantía, situando este importe en 100.000 euros en lugar de 50.000 dólares de los Estados Unidos.
- Las Enmiendas del Anexo 6, del Anexo 8, artículo 1 bis, y del Anexo 9, parte III, apartado 2, tienen por objeto aumentar la transparencia de las cuestiones financieras relacionadas con el funcionamiento de la Unión Internacional del Transporte por Carretera, IRU, la organización internacional autorizada para asumir la responsabilidad de la organización y funcionamiento eficaces del sistema internacional de garantía.
- La Enmienda del Anexo 9 establece nuevas normas en materia de requisitos de auditoría, así como condiciones y requisitos para las organizaciones internacionales autorizadas, con el objetivo de asegurar la transparencia y la buena gobernanza de los registros y las contabilidades pertinentes y la impresión y distribución de los cuadernos TIR.
- Las Enmiendas del Anexo 8, artículo 1 bis, tienen por objeto establecer la exigencia de que los estados financieros anuales y los informes de auditoría presentados por la organización internacional autorizada de conformidad con las obligaciones establecidas en el Anexo 9, parte III, sean objeto de examen o comprobación por parte del Comité Administrativo. Se debe otorgar al Comité Administrativo el derecho a solicitar exámenes adicionales, si se considerase justificado sobre la base de una evaluación de riesgos.
- La Enmienda del Anexo 6 tiene por finalidad especificar la manera en que deben llevarse a cabo los exámenes adicionales.
Al no haberse producido objeciones, el Secretario General de Naciones Unidas comunicó, mediante notificación de 09.04.2018, la entrada en vigor de dichas Enmiendas el 01.07.2018 para todas las Partes Contratantes, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 60 del Convenio TIR.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO DE UN IMPORTE MÁXIMO DE 4.500.000 EUROS PARA GASTOS DERIVADOS DE LA GESTIÓN DEL FONDO EN 2018
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento la asignación de un importe máximo de 4.500.000 euros, en el ejercicio 2018, para gastos derivados de la gestión del Fondo.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El artículo 8.1 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece que: "[…] Deberán ser autorizadas, asimismo, por el Consejo de Ministros tanto las operaciones para la compensación anual al Instituto de Crédito Oficial, como para atender los gastos de evaluación, seguimiento, inspección y asistencia técnica de los proyectos […]".
- La cartera del FCAS está constituida actualmente por 47 programas activos, y para realizar las funciones de evaluación, seguimiento, inspección y asistencia técnica requeridas por los mismos, es necesario contar con expertos del sector y medios materiales propios de los que carecen las Oficinas Técnicas de Cooperación y el Departamento del FCAS de la AECID.
- En la reunión del Comité Ejecutivo del FCAS celebrada el 28.02.2018 se aprobó destinar un máximo de 5 millones de euros durante el ejercicio 2018 para operaciones necesarias para hacer frente a los gastos derivados de la gestión del Fondo.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42.000,00 miles de euros, (…). Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones: Las operaciones necesarias para hacer frente a los gastos derivados de la gestión del fondo, esto es, los gastos de evaluación, seguimiento, inspección y asistencia técnica o de otros gastos asociados a las operaciones formalizadas por el fondo. (…)".
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO AL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL DE 83.751,24 EUROS, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO PARA GASTOS POR LA GESTIÓN DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO EN 2016
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza el pago al Instituto de Crédito Oficial de 83.751,24 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, en concepto de compensación de gastos por la gestión del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento durante el año 2016.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- Así mismo, según dicha ley, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en nombre y representación del Gobierno de España y por cuenta del Estado, formaliza los correspondientes convenios de financiación; presta los servicios de instrumentación técnica, contabilidad, caja, control, cobro y recuperación y en general todos los servicios de carácter financiero relativos a las operaciones autorizadas con cargo al FCAS.
- El ICO presentó ante el Comité Ejecutivo del FCAS, celebrado el 26 de julio 2017, una propuesta de compensación por los gastos incurridos en la administración del Fondo durante el ejercicio 2016. Este importe asciende a 83.751,24 euros.
- La obligación de compensar al ICO por los gastos en que incurra como agente financiero del Fondo está regulada en el artículo 2 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del FCAS.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO AL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL DE 83.259,80 EUROS, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO PARA GASTOS POR LA GESTIÓN DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO EN 2017
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza el pago al Instituto de Crédito Oficial de 83.259,80 euros, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, en concepto de compensación de gastos por la gestión del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento durante el año 2017.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- Así mismo, según dicha ley, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en nombre y representación del Gobierno de España y por cuenta del Estado, formaliza los correspondientes convenios de financiación; presta los servicios de instrumentación técnica, contabilidad, caja, control, cobro y recuperación y en general todos los servicios de carácter financiero relativos a las operaciones autorizadas con cargo al FCAS.
- El ICO presentó ante el Comité Ejecutivo del FCAS, celebrado el 22.10.2018, una propuesta de compensación por los gastos incurridos en la administración del Fondo durante el ejercicio 2017. Este importe asciende a 83.259,80 euros.
- La obligación de compensar al ICO por los gastos en que incurra como agente financiero del Fondo está regulada en el artículo 2 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del FCAS.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 2.075.705,47 EUROS A LA MUNICIPALIDAD DE COMAYAGUA DE HONDURAS CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "PROYECTO DE AGUA Y SANEAMIENTO EN EL VALLE DE COMAYAGUA. FASE COMPLEMENTARIA"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 2.075.705,47 euros a la Municipalidad de Comayagua de Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Proyecto de Agua y Saneamiento en el Valle de Comayagua. Fase Complementaria".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Honduras figura en el Grupo 1, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el FCAS es de hasta el 100%.
- El programa "Proyecto de Agua y Saneamiento en el Valle de Comayagua. Fase Complementaria" pretende ampliar los impactos del programa "Proyecto de Agua y Saneamiento en el Valle de Comayagua", con código HDN- 014 -B financiado por el FCAS en 2010, y mejorar así las condiciones de vida de la población de las comunidades del noroeste del Valle de Comayagua. Su objetivo es ampliar la cobertura y acceso a un mayor número de habitantes garantizando el acceso a servicios de calidad en agua y saneamiento, la seguridad jurídica de los sistemas, la protección ambiental, con la participación de todos los actores dentro de un enfoque de gestión integrada de recurso hídrico.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros por importe de 13.173.325,02 euros, según detalle del certificado del ICO de 04.06.2018.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 26.07.2017, se aprobó la propuesta de una aportación, con cargo a fondos procedentes de reintegros del FCAS, por un importe máximo de 2.344.748 de euros condicionado a la existencia de saldo disponible procedente de reintegros. Con el objetivo de dar respuesta a dicho requerimiento debido a que los fondos disponibles a fecha actual no son suficientes para hacer frente a la totalidad del programa, se propone aprobar en una primera fase, una aportación por un importe máximo de 2.075.705,47 de euros, con cargo a fondos procedentes de reintegros del FCAS, adecuada a los fondos disponibles, dejando para una segunda fase el monto restante de 269.042,53 euros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 2.178.117 EUROS A LA MUNICIPALIDAD DE CHOLUTECA DE HONDURAS, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "OPTIMIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA CIUDAD DE CHOLUTECA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 2.178.117 euros a la Municipalidad de Choluteca de Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Optimización de los sistemas de agua potable y saneamiento de la ciudad de Choluteca.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Honduras pertenece al Grupo 1 y, por tanto, le corresponde al FCAS la totalidad de la financiación del programa.
- El programa surge de una demanda del Gobierno de Honduras, Municipalidad de Choluteca, y tiene como objetivo la mejora de las condiciones de vida de la población de esta ciudad, a través de la cobertura inclusiva y sostenible del sistema integral de agua potable y saneamiento. En concreto, las actuaciones se centran en el acceso al agua potable mediante el estudio de alternativas de captación de aguas superficiales y subterráneas y su implementación posterior y del sistema de saneamiento mediante la eliminación de la planta de tratamiento de aguas residuales en el Barrio el Edén y la reconstrucción del sistema de alcantarillado sanitario; asimismo, el apoyo a la Municipalidad de Choluteca para el fortalecimiento de la gestión del recurso hídrico y de acciones específicas para la protección y control de los recursos hídricos.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 de euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 6 millones de euros procedentes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07. 2018, se aprobó una aportación de 2.178.117 euros a la Municipalidad de Choluteca, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), para la financiación del programa "Optimización de los sistemas de agua potable y saneamiento de la ciudad de Choluteca".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 3.000.000 EUROS AL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE BOLIVIA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL "PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA EN ÁREAS URBANAS"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 3.000.000 euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del "Programa de Gestión Integral del Agua en Áreas Urbanas".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Bolivia pertenece al Grupo 1 y, por tanto, le corresponde al FCAS la totalidad de la financiación del programa.
- El proyecto financiará intervenciones para la ampliación y mejora de los servicios de agua potable y saneamiento, enfocadas en aquellas que permitan mitigar las crisis de abastecimiento de agua provocada por las sequías. El programa contribuirá adicionalmente a mejorar la gestión de la oferta y la demanda de los recursos hídricos de manera integral y la resiliencia de los sistemas a través de mejoras continuas en la eficiencia en la prestación de los servicios. Además, contribuirá a la gestión adecuada de las aguas residuales, que se verán incrementadas como efecto de la mayor disponibilidad de agua en los sistemas.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 3 millones de euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 3.000.000 euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia, con cargo al FCAS, para la financiación del "Programa de Gestión Integral del Agua en Áreas Urbanas".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 5.000.000 EUROS AL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "APOYO AL PROGRAMA DE AGUA Y ALCANTARILLADO URBANO Y PERIURBANO"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 5.000.000 euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de la República de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Apoyo al Programa de Agua y Alcantarillado Urbano y Periurbano".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Bolivia pertenece al Grupo 1 y, por tanto, le corresponde al FCAS la totalidad de la financiación del programa.
- El programa surge de una demanda del Gobierno de Bolivia e incide en un sector, el agua y saneamiento, clave para el desarrollo del país. Se incide de manera particular en el saneamiento y el tratamiento de las aguas residuales, así como en la gestión de sequías tras crisis hídrica sufrida por el país. El programa toma como base el trabajo realizado en otros programas del FCAS y va a permitir la configuración de una operación multidonante de mayor envergadura, en elaboración en el ámbito de la cooperación delegada con la Unión Europea.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 5.241.105,60 euros, según detalle del certificado adjunto del ICO de 17.05.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 5 millones de euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.06.2017, se aprobó una aportación de 5.000.000 euros al Ministerio de Medio Ambiente y Agua de la República de Bolivia, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Apoyo al Programa de Agua y Alcantarillado Urbano y Periurbano".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación propuesta.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 125.000 EUROS AL MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, PARA EL PROGRAMA "ELABORACIÓN PARTICIPATIVA Y DIFUSIÓN DE LA GUÍA NACIONAL PARA LA SELECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES", CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 125.000 euros al Ministerio de Salud de la República de Panamá, para la financiación del programa "Elaboración participativa y difusión de la Guía Nacional para la Selección de Tecnologías de Tratamiento de Aguas Residuales", con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Panamá pertenece al Grupo 3, lo que implica que el porcentaje de financiación que podrá asumir el Fondo será de hasta el 50% de la operación.
- A través de este proyecto, que se realizará participativamente, se difundirá la "Guía Nacional para la Selección de Tecnologías de Tratamiento de Aguas Residuales", con la cual se contribuirá a paliar los déficits existentes en el marco normativo y de formación y capacitación en materia del tratamiento de aguas residuales.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 2.314.527,76 euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 125.000 euros, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Elaboración participativa y difusión de la "Guía Nacional para la Selección de Tecnologías de Tratamiento de Aguas Residuales" dentro del marco de implementación de la "Política Nacional de Agua Potable y Saneamiento 2017-2030 de la República de Panamá".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 4.800.000 DE EUROS AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE EL SALVADOR, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "CONSTRUCCIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA QUE GARANTICE LA SOSTENIBILIDAD DEL SUB SECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL ÁREA RURAL. FASE 1"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 4.800.000 de euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del sub sector de agua potable y saneamiento en el área rural. Fase 1".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, El Salvador pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% de la operación, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 20%.
- El programa surge de una demanda del Gobierno de El Salvador, que considera pertinente trabajar a nivel institucional a fin de garantizar el acceso a servicios sostenibles de agua potable y saneamiento para las poblaciones más vulnerables del país. Dado el deficiente marco jurídico e institucional en este ámbito, resulta necesario apoyar el desarrollo de marcos normativos, y por ello se formula el apoyo a la creación de una instancia reguladora, el Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONAPS).
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 5.241.105,60 euros, según detalle del certificado del ICO de 17.05.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 5 millones de euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 4.800.000 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del sub sector de agua potable y saneamiento en el área rural. Fase 1".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 893.700 EUROS AL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "APOYO A LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. FASE 1"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 893.700 euros al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos de la República Dominicana con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Apoyo a la elaboración del Plan Nacional de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Hídricos en la República Dominicana. Fase 1".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, República Dominicana pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación del Fondo puede llegar hasta el 80% de la operación, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 20%.
- La intervención propone elaborar un plan de aprovechamiento de los recursos hídricos a escala nacional, haciendo especial hincapié en el proceso de participación pública y coordinación interinstitucional. Para ello se procederá a la revisión y eventual actualización del Plan Hidrológico Nacional, publicado en 2012, en el que la Cooperación Española apoyó financiera y técnicamente al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en la República Dominicana durante los años 2007 a 2009, para la elaboración de los estudios de factibilidad.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 893.700 euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 893.700 euros, con cargo al FCAS, para la realización de la primera fase del "Plan Nacional de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Hídricos en la República Dominicana".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 648.029 EUROS AL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HÍDRICOS DE CUBA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "MEJORA Y GESTIÓN SOSTENIBLE DEL SERVICIO DE AGUA EN LOS MUNICIPIOS DE CUETO Y LA PALMA"
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 648.029 euros al Instituto Nacional de Recursos Hídricos de Cuba, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora y Gestión Sostenible del Servicio de Agua en los Municipios de Cueto y La Palma".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Cuba pertenece al Grupo 3, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el FCAS será hasta el 50 % del programa, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 50 %.
- El proyecto que se presenta propone intervenciones para la mejora de la infraestructura de los servicios de agua de dos municipios, Cueto y La Palma, y el fortalecimiento de la gestión de los mismos orientada a su sostenibilidad, que incluye actividades de inversión en infraestructura, fortalecimiento de la gestión de los operadores y sensibilización de la población. El proyecto complementa las acciones llevadas a cabo a través de anteriores programas del FCAS.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros en 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado adjunto del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 648.029 euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 648.029 euros al Instituto Nacional de Recursos Hídricos de Cuba, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), para la financiación del programa "Mejora y Gestión Sostenible del Servicio de Agua en los Municipios de Cueto y La Palma"
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 2.314.525 EUROS CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA "AGUA Y SANEAMIENTO EN COMUNIDADES RURALES DISPERSAS EN EL CANTÓN PORTOVIEJO, PROVINCIA DE MANABÍ" DE ECUADOR
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 2.314.525 euros con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Agua y Saneamiento en comunidades rurales dispersas en el Cantón Portoviejo, Provincia de Manabí" de Ecuador.
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Ecuador pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación del Fondo puede llegar hasta el 80% de la operación, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 20%.
- A través de este programa, de una duración estimada de 48 meses, se atenderá a la población rural dispersa del cantón Portoviejo, permitiendo el abastecimiento de agua domiciliaria y soluciones básicas de saneamiento a la población en mayor situación de vulnerabilidad, con objeto de garantizar sus derechos al agua y al saneamiento. Este programa complementaría una operación conjunta con el Banco Europeo de Inversiones, FONPRODE y el Banco Interamericano de Desarrollo, en la que se apalancarían fondos LAIF de la Unión Europea.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un remanente total de 2.314.527,76 euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 22.10.2018, se aprobó una aportación de 2.314.525 euros, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Agua y Saneamiento en comunidades rurales dispersas en el Cantón Portoviejo, Provincia de Manabí. Ecuador".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 6.000.000 DE EUROS A LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE GUATEMALA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA " PROYECTO RU K´UX YA´
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 6.000.000 de euros a la organización no gubernamental Acción Contra el Hambre Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa " Proyecto RU K´UX YA´ - "Contribuir a la salud y a la reducción de la incidencia de enfermedades diarreicas agudas de las familias de 12 municipios del departamento de Sololá, mediante la mejora de la gestión y el acceso sostenible a agua y saneamiento a nivel comunitario, municipal y en los servicios públicos básicos de salud y escuelas primarias".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Guatemala pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% de la operación, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 20%.
- El proyecto que se presenta tiene como objetivo contribuir a la reducción de la incidencia de las enfermedades diarreicas agudas, fortaleciendo las estructuras comunitarias, municipales y del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala, en sus funciones sanitarias relacionadas con el derecho humano al agua y el saneamiento, con pertinencia cultural, de género y ambiental.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 6.000.000 de euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 6.000.000 de euros a la ONG Acción Contra el Hambre Guatemala, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Proyecto RU K´UX YA´ - "Contribuir a la salud y a la reducción de la incidencia de enfermedades diarreicas agudas de las familias de 12 municipios del departamento de Sololá, mediante la mejora de la gestión y el acceso sostenible a agua y saneamiento a nivel comunitario, municipal y en los servicios públicos básicos de salud y escuelas primarias".
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
AUTORIZACIÓN PARA EL PAGO DE 2.310.269,31 EUROS CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO, PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROGRAMA DE SEGURIDAD HÍDRICA EN LA CIUDAD DE GUATEMALA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 2.310.269,31 euros con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Bases técnicas para el establecimiento de una estrategia de Seguridad Hídrica para el Área Metropolitana de Ciudad de Guatemala y Municipalidades de la Mancomunidad Gran Ciudad del Sur, compatible con una explotación sostenible del acuífero".
- El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
- El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.
- Por otra parte, el artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, explicita que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Guatemala pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación del Fondo puede llegar hasta el 80% de la operación, y el porcentaje de cofinanciación será de al menos el 20%.
- El proyecto que se presenta caracterizará el acuífero bajo Ciudad de Guatemala de manera que se puedan valorar los recursos subterráneos aprovechables de forma sostenible cualitativa y cuantitativamente. Se estudiará en profundidad el agua no contabilizada y se implementarán las herramientas y procedimientos para reducir la misma al mínimo. Se determinarán las necesidades de otros recursos, subterráneos y/o superficiales, con objeto de llegar a alcanzar la seguridad hídrica, la sostenibilidad ambiental y la protección del acuífero, actualmente sobreexplotado.
- El artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".
- En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial(ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2018 por importe de 29.345.349,23 euros, según detalle del certificado del ICO de 18.07.2018. Por lo tanto, se dispone de un total de 2.310.269,31 euros provenientes de reintegros con los que, según la citada ley, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable.
- En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 23.07.2018, se aprobó una aportación de 2.310.269,31 euros, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Bases técnicas para el establecimiento de una estrategia de Seguridad Hídrica para el Área Metropolitana de Ciudad de Guatemala y Municipalidades de la Mancomunidad Gran Ciudad del Sur, compatible con una explotación sostenible del acuífero"
- En virtud del artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, se establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros.
- Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de la operación.
Defensa
MODIFICADO EL REAL DECRETO 1098/2011 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE UN PRÉSTAMO A LA EMPRESA "SAPA OPERACIONES, S.L."
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1098/2011, de 22 de julio, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa "SAPA OPERACIONES, S.L.", para el desarrollo y aplicación de la tecnología de lógica binaria y su posterior empleo en transmisiones para vehículos civiles y militares de cadenas o ruedas.
Por Real Decreto 1098/2011, de 22 de julio, se concedió un préstamo a la empresa "SAPA Operaciones, S.L" con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia e Innovación al considerarse el objeto del proyecto de naturaleza de I+D.
No obstante, con el préstamo concedido sólo se ha desarrollado tecnología de exclusiva utilización en el ámbito militar que recae en capacidades industriales consideradas estratégicas para el Ministerio de Defensa según el acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de mayo de 2015.
Así, los desarrollos tecnológicos efectuados objeto del proyecto, en el ámbito de transmisiones de vehículos, únicamente son aplicables a vehículos militares sin que la tecnología desarrollada se haya extendido al ámbito civil, por lo que se procede a la modificación del Real Decreto 1098/2011, en el siguiente sentido:
Se modifica la denominación del real decreto y se procede a traspasar la gestión del préstamo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades al Ministerio de Defensa.
También se procede a una modificación del periodo de carencia y del tipo de interés para adecuarlo al que se aplica usualmente en préstamos para actividades de I+D de interés militar.
Defensa
AUTORIZACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA DE LOS CENTROS DE PROCESO DE DATOS DE LA INFRAESTRUCTURA DE INFORMACIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA
El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición, mantenimiento y servicios de asistencia técnica correspondientes al software de los entornos distribuidos y al hardware de los Centros de Proceso de Datos (CPDs) de la infraestructura de información de la I3D (infraestructura integral de la información para la Defensa) del Ministerio de Defensa, por un valor estimado de 17.076.645,75€.
El objeto del contrato es la adquisición, mantenimiento y servicios de asistencia técnica correspondientes al software de los entornos distribuidos y al hardware de los CPDs de la infraestructura de información de la I3D del Ministerio de Defensa.
En el entorno tecnológico del ordenador central (HOST) del Ministerio de Defensa, están instaladas y en explotación toda una serie de aplicativos críticos para el funcionamiento del Departamento.
El Acuerdo aprobado pretende asegurar el funcionamiento y estabilidad de las plataformas del Ministerio de Defensa, y proporcionar la evolución tecnológica necesaria; para ello es necesario contratar con la empresa fabricante y propietaria Intelectual e Industrial de las mismas, tanto la renovación tecnológica de la plataforma HOST como los servicios de mantenimiento de las plataformas hardware referidas, así como la adquisición de nuevo software que posibilite la implantación de los nuevos sistemas y mantener y soportar adecuadamente el software que ya se encuentra en explotación.
Defensa
AUTORIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA EL SERVICIO DE RECEPCIÓN, ALMACENAMIENTO, ADITIVACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLE JET A-1
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el servicio de recepción, almacenamiento, aditivación y distribución de combustible JET A-1 para su entrega al Ejército del Aire como combustible JP8, en península y Baleares, por un valor estimado de 12.232.149,88 euros (excluido el IVA).
El objeto del Acuerdo Marco es la prestación de los servicios que precise el almacenamiento temporal del combustible JET A-1 puesto a disposición en la brida de entrada de sus instalaciones desde diferentes medios, normalmente refinería o buque tanque, su aditivación para transformarlo en JP8 y su entrega, cuando se requiera, en las instalaciones del Ejército del Aire en Península y Baleares como JP-8.
El Acuerdo Marco tiene un plazo de vigencia desde su firma hasta el día 30 de junio de 2020, susceptible de prórroga por dos años más.
Interior
ACUERDO SOBRE DESCLASIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
El Consejo de Ministros ha acordado desclasificar como materia calificada con la categoría de "secreto" la documentación relativa al operativo policial denominado "Kitchen", tal como lo solicitó el magistrado-juez del Juzgado Central de Instrucción Número 6.
También se ha acordado relevar del deber de secreto que afecta a los funcionarios policiales que hubieran intervenido en ese operativo para que puedan declarar como testigos o, en su caso, voluntariamente en la condición de investigados sobre cualquiera de los hechos relativos al mencionado operativo policial.
Hacienda
ACUERDO SOBRE FINANCIACIÓN DE LAS CARRETERAS DE CANARIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites y el número de anualidades establecidos en el artículo 47 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.
Esta modificación de la asignación presupuestaria permitirá al Ministerio de Fomento:
- La firma de un Acuerdo para la ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo, que declaran la obligación de la Administración General del Estado de transferir a la Comunidad Autónoma de Canarias las cantidades comprometidas en el Convenio de Carreteras entre 2012 y 2017 incrementadas en los intereses legales correspondientes.
- La firma de una nueva Adenda al Convenio de Colaboración entre la AGE y el Gobierno de Canarias en materia de carreteras, que prorrogue la vigencia del mismo hasta 2021.
- La firma de un nuevo Convenio en materia de carreteras.
Hacienda
AUTORIZADOS CONTRATOS DE SOPORTE TÉCNICO EN EL MINISTERIO DE HACIENDA PARA SOPORTES INFORMÁTICOS
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Hacienda a adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, con la finalidad de que la Intervención General del Estado (IGAE) pueda llevar a cabo contratos de soporte técnico complementarios al que ofrece el propio personal y que resultan imprescindibles para garantizar los servicios informáticos que se demandan, por un importe total de 3.695.335,56 euros para 2019.
En concreto, se trata de los contratos de suministro de licencias, mantenimiento y soporte técnico y servicio de consultoría de productos, cuya vigencia, finaliza el próximo 31 de diciembre de 2018.
Hacienda
AUTORIZADA LA ENAJENACIÓN DIRECTA AL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS DEL ANTIGUO EDIFICIO DE LA CNMV EN MADRID
El Consejo de Ministros ha autorizado la enajenación directa, a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, del inmueble sito en el Paseo de la Castellana nº 19, de Madrid, antigua sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
El inmueble tiene una superficie construida total de 6.298,45 m2, en los que se incluyen 39 plazas de garaje, con un precio de venta de 40.065.000 euros.
El Consorcio había solicitado la compra de este inmueble para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por su Consejo de Administración, el pasado 30 de enero de 2018, de aumentar la inversión en inmuebles hasta el 5,5% del total de su cartera de inversiones.
La enajenación directa al Consorcio está amparada por la normativa patrimonial al realizarse a favor de una entidad pública empresarial perteneciente al sector público estatal, considerándose oportuna por contribuir así al cumplimiento de los fines del Organismo y al fortalecimiento de sus provisiones técnicas.
Hacienda
AUTORIZADA LA MODIFICACIÓN DEL LÍMITE DE GASTO PARA LA CONTRATACIÓN EN DIFERENTES ÁREAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS EUROPEOS
El Consejo de Ministros ha acordado modificar los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria 47/2003 para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Dirección General de Fondos Europeos la celebración de contratos de consultoría, auditoría o publicidad, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
En concreto, se tiene previsto celebrar un contrato de asistencia técnica para la realización de los controles de calidad en los Programas Operativos de Cooperación Territorial Europea cofinanciados por el FEDER en el período 2014-2020, y otro contrato de asistencia técnica para el Programa Operativo plurirregional de España (FEDER).
Hacienda
AUTORIZADO EL FONDO DE CONTINGENCIA PARA REPARAR DAÑOS CAUSADOS EN EL TERREMOTO DE LORCA DE 2011
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 99.038,02 euros y la concesión de un suplemento de crédito, por la citada cuantía, en el presupuesto del Ministerio de Fomento para reparar los daños causados por el terremoto acaecido el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).
En mayo de 2011 se produjo en el municipio de Lorca un terremoto y, como consecuencia de los daños materiales producidos, se hizo necesaria la aprobación del Real Decreto-ley 6/2011 por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados y financiar ayudas excepcionales.
En virtud de lo establecido en el citado Real Decreto-ley, el 17 de mayo de 2011 se suscribió el convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca, con el objeto de establecer las bases generales de colaboración y cooperación. La vigencia de este convenio se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2019.
En el convenio se establece que el Ministerio de Fomento financiará en un 50 por ciento los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas.
Se han recibido nuevas certificaciones de concesión de ayudas de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que cumplen los requisitos establecidos, por lo que corresponde abonar 99.038,02 euros.
Hacienda
AUTORIZADAS DOS SUBVENCIONES PARA EL HOSPITAL MARQUÉS DE VALDECILLA DE CANTABRIA Y PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS EN CANARIAS
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de dos subvenciones. Una para la Comunidad Autónoma de Cantabria, por importe de 22 millones de euros, para financiar inversiones en el Hospital Universitario Marqués de Valdecilla y otra para la Comunidad Autónoma de Canarias, por importe de 47,5 millones de euros, destinados a financiar el sistema de transporte terrestre público regular de viajeros.
La subvención destinada a la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene como finalidad contribuir en la financiación de las inversiones del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Cantabria coinciden en la necesidad de dar cumplimiento al compromiso de garantizar la continuidad del hospital Marqués de Valdecilla como centro de referencia nacional. Como respuesta a este compromiso, el Gobierno aporta recursos económicos destinados a financiar inversiones de dicho hospital.
Por su parte, la subvención destinada a la Comunidad Autónoma de Canarias tiene como finalidad la financiación del sistema de transporte terrestre público regular de viajeros de las Islas Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esta subvención es recurrente cada año y responde al compromiso del Gobierno de coadyuvar en la mejora de la calidad del transporte público de viajeros.
Fomento
AUTORIZADA LA LICITACIÓN DE UN CONTRATO DE MÁS DE 21 MILLONES DE EUROS PARA CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CARRETERAS EN SORIA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando la celebración de un contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en carreteras del Estado en un sector de la provincia de Soria, con un valor estimado de 21,08 millones de euros.
El sector de carreteras afectado es el nº 2 de Soria, que incluye las siguientes carreteras:
- A-11, p.k. 21,0 al 27,8 y p.k. 44,0 al 61,80.
- N-110, p.k. 66,8 al 90,2.
- N-122, p.k. 158,6 al 247,1.
- N-234, p.k. 352,9 al 408,40.
Características Técnicas
Los contratos de servicios para la ejecución de operaciones de conservación y explotación en la Red de Carreteras del Estado tienen el objetivo de realizar los trabajos de servicios de comunicaciones, servicios de vigilancia, atención a accidentes, mantenimiento de los elementos de la carretera, mantenimiento sistemático de las instalaciones de suministro de energía eléctrica, alumbrado, señalización variable y semaforización.
Además, se incluyen las labores de establecimiento de inventarios y reconocimientos de estado, agenda de información de estado y funcionamiento de la carretera, programación, coordinación, seguimiento e información de la ejecución de los trabajos, actuaciones de apoyo a la explotación, estudios de accidentalidad e informes de seguridad vial.
Asimismo, se realizarán los trabajos de desbroce, fresados y reposición del firme, limpieza de cunetas y, en general, todas las labores de conservación ordinaria de las vías a su cargo.
Fomento
DECLARACIÓN DE URGENTE OCUPACIÓN EN LAS EXPROPIACIONES DE LAS OBRAS DEL RAMAL DE CONTINUIDAD ENTRE EL ENLACE DE SIERRAPANDO Y LA A-67
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando la declaración de urgente ocupación en el procedimiento expropiatorio de las obras de construcción del Ramal de continuidad Sierrapando-Barreda y mejora de los enlaces de Sierrapando, Barreda y Torrelavega, con el fin de dar cumplimiento al mandato previsto en la Ley de Expropiación Forzosa.
La autovía A-67 constituye la principal conexión de la Comunidad Autónoma de Cantabria con la Meseta, y desde allí con la zona centro y sur peninsular. El tramo inicial de la autovía, desde Santander a Torrelavega, es el que más tráfico soporta, con Intensidad Media Diaria (IMD) superiores a 60.000 vehículos. Ello es debido a la confluencia en este tramo de los tráficos de largo recorrido desde Santander a la zona sur de Cantabria y la Meseta con los tráficos de agitación entre Santander y Torrelavega, muy importantes en volumen y con componentes de punta muy acusadas.
Por otra parte, esos tráficos de la A-67 se superponen con los propios de la A-8 en la rama noreste de la Ronda de Torrelavega, entre los enlaces de Torrelavega y Sierrapando.
Las anteriores circunstancias, unidas a unas características de diseño estrictas de la A-67, se traducen en problemas de capacidad, con situaciones de congestión recurrentes en horas punta, y también en problemas de seguridad vial.
Con esta actuación se persigue resolver los problemas descritos, segregando el tráfico de la A-67 del tráfico de la A-8 con la que confluye en la actualidad en el ámbito del proyecto, mejorando de forma significativa el tránsito en ambas autovías en la zona.
La declaración de urgente ocupación permite avanzar en el procedimiento expropiatorio al objeto de obtener los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
Fomento
AUTORIZADA LA LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE IMPLANTACIÓN DEL ANCHO ESTÁNDAR EN EL TRAMO FONT DE SANT LLUÍS-ALMUSSAFES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando al Ministerio de Fomento a licitar, a través de Adif, las obras para la implantación del ancho estándar y la electrificación del tramo comprendido entre la estación Valencia Font de Sant Lluís y Almussafes, que se enmarcan en el desarrollo del Corredor Mediterráneo en la Comunidad Valenciana.
El presupuesto de licitación para la realización de los trabajos asciende a 19.035.887,97 euros (IVA incluido), con un plazo de ejecución de 12 meses y medio. El valor estimado de los materiales que aporta Adif para la ejecución de las obras se eleva a 6.071.993,93 euros (sin IVA).
El proyecto contempla la ejecución del conjunto de operaciones necesarias para la implantación del ancho mixto en este tramo, de más de 18 km de longitud, y su electrificación a 3 kV, adaptando las instalaciones para permitir una óptima explotación con trenes de mercancías de 750 m (longitud de tren estándar interoperable).
Asimismo, se pretende garantizar en todo momento una adecuada prestación de la explotación ferroviaria con óptimos parámetros de seguridad, capacidad, flexibilidad y fiabilidad para estos tráficos.
Esta actuación también incluye las correspondientes conexiones con las líneas y derivaciones particulares existentes (línea Valencia-Xàtiva y acceso a la factoría de Ford) y futuras (Línea de Alta Velocidad Valencia-Alicante).
El objetivo es disponer de un corredor ferroviario destinado al tráfico de mercancías, que se enmarca dentro de las actuaciones planificadas en materia de transporte ferroviario para la potenciación de este tipo de transportes en el Corredor Mediterráneo, definido como prioritario en la Red Transeuropea de Transportes (TEN-T).
Financiación europea
Estas actuaciones van a ser cofinanciadas por el Mecanismo "Conectar Europa" (CEF).
Fomento
AUTORIZADA LA LICITACIÓN DE NUEVAS ACTUACIONES EN EL CORREDOR CANTÁBRICO-MEDITERRÁNEO POR MÁS DE 58 MILLONES
- Estas obras comprenden la adecuación de vía e infraestructura del tramo Sagunto-Teruel.
- También, se contemplan actuaciones singulares entre Teruel y Zaragoza, así como el suministro de traviesas para la renovación de vía entre las estaciones de Cariñena y Sagunto.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando al Ministerio de Fomento a licitar, a través de Adif, nuevas actuaciones de mejora en la línea ferroviaria Sagunto-Teruel-Zaragoza por importe global de 58.037.798,14 euros (IVA incluido).
De este modo, se garantiza el avance en el plan de inversiones comprometido para asegurar la competitividad de esta línea como eje estratégico del Corredor Cantábrico-Mediterráneo, según se anunció en la última reunión de la comisión de seguimiento del Plan Director celebrada el pasado 23 de octubre.
Por un lado, el Gobierno ha autorizado la licitación de las obras de adecuación de vía e infraestructura del tramo Sagunto-Teruel y actuaciones singulares entre Teruel y Zaragoza, para avanzar en el fomento del tráfico de mercancías. Este proyecto, con un plazo de ejecución previsto de 22 meses, cuenta con un presupuesto de licitación de 37.798.733,14 euros (IVA incluido). A este importe se suma el valor estimado de los materiales que se emplearán en las obras, que se eleva a 16.993.578,9 euros (sin IVA).
Las principales actuaciones consisten en la renovación integral de la infraestructura y la vía para dotar a la línea de una nueva superestructura (carril, traviesas y balasto) de mayor solidez, robustez y durabilidad con el fin de optimizar sus parámetros geométricos y sus condiciones de seguridad, disponibilidad, eficacia y fiabilidad lo que contribuirá a incrementar la vida útil de las instalaciones, disminuir las necesidades de mantenimiento y reducir la probabilidad de incidencias que afecten al servicio.
De este modo, se actuará en diferentes puntos de los 130 km del tramo Teruel-Sagunto mediante la detección y renovación del armamento de vía con carril y traviesas de mayor robustez, el tratamiento de la capa de balasto, la adecuación de parámetros geométricos en el actual trazado y la colocación de nuevos aparatos de vía.
Además, se llevarán a cabo actuaciones en dos terraplenes situados entre Teruel y Caminreal para permitir la eliminación de dos limitaciones temporales de velocidad existentes actualmente, con el consiguiente beneficio que representa el aumento de la velocidad y la reducción de los tiempos de viaje.
Gracias a estas obras, se optimizarán los parámetros geométricos de la infraestructura mejorando la calidad de rodadura y aumentando la capacidad y flexibilidad de la explotación y las prestaciones de confort, seguridad y fiabilidad.
Asimismo, el Consejo de Ministros ha autorizado la licitación del contrato de suministro de traviesas para la renovación de vía entre las estaciones de Cariñena y Sagunto. Este contrato, dividido en tres lotes, tiene un presupuesto de licitación de 20.239.065 euros (IVA incluido) y un plazo de ejecución de 22 meses.
En total, se suministrarán 215.000 traviesas de hormigón monobloque polivalentes (76.000 unidades para el trayecto Cariñena-Ferreruela, Teruel-La Puebla de Valverde; otras 68.000 para entre La Puebla de Valveder y Barracas; y las 71.000 restantes entre Barracas, Navajas y Estivella). Las operaciones consistirán en la fabricación de estos elementos de la superestructura de vía, la colocación de las sujeciones, el acopio en fábrica, la carga y transporte hasta su descarga en la zona de las obras de forma previa a su colocación en la vía.
Plan Director de la línea Sagunto-Teruel-Zaragoza
El Plan Director de la línea Sagunto-Teruel-Zaragoza, con un horizonte temporal de ejecución hasta 2022/2023, representa una inversión global de 386,6 millones de euros. Su objetivo es mejorar de forma significativa el estado de la infraestructura actual para permitir seguir potenciando este tramo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo, especialmente para el tráfico de mercancías, facilitando las conexiones ferroportuarias y con centros logísticos en este eje ferroviario estratégico, de gran importancia al discurrir por territorios que representan el 21% del PIB del Estado.
Una vez completadas las actuaciones previstas, este plan permitirá a la línea disponer de una mayor capacidad de tráficos, reducir de forma sustancial los tiempos de viaje tanto para los viajeros como para las mercancías, una mejor competitividad de los servicios de carga, un incremento de la velocidad máxima de circulación, un aumento de la eficiencia en el transporte, la incorporación de trenes eléctricos, mejores parámetros de seguridad, fiabilidad y confort, la reducción de las incidencias y convertirla en plenamente interoperable con los corredores Atlántico y Mediterráneo.
Fomento
AUTORIZADA LA LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DEL TÚNEL FERROVIARIO DE RECOLETOS POR IMPORTE DE CASI 30 MILLONES DE EUROS
- El objetivo de esta actuación es mejorar la fiabilidad de la infraestructura y reducir las incidencias en este tramo, que soporta el mayor número de circulaciones de toda la red.
- El contrato incluye la sustitución de la actual vía sobre balasto por vía en placa y el cambio de la catenaria flexible existente por catenaria rígida.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando al Ministerio de Fomento a licitar, a través de Adif, el contrato para la renovación de vía y la electrificación del túnel de Recoletos, situado entre las estaciones madrileñas de Atocha Cercanías y Chamartín, por importe de 29.988.172,15 euros (IVA incluido).
Esta actuación, que tiene un plazo de ejecución previsto de siete meses de duración, contempla la renovación de la vía y la catenaria del túnel y tiene por objetivo mejorar la fiabilidad de la infraestructura y reducir las incidencias en este tramo clave para la red de Cercanías de Madrid. Aunque los trabajos se han planificado para minimizar la afección a los usuarios, Adif ha previsto un corte extraordinario de la circulación en el túnel de Recoletos durante cuatro meses.
El túnel de Recoletos (de aproximadamente 7 km) comunica las estaciones de Atocha y Chamartín, a través de las estaciones intermedias de Recoletos y Nuevos Ministerios, dando servicio a las líneas C1, C2, C7, C8 y C10 de Cercanías. Es el tramo que más circulaciones soporta de toda la red, con 3.365 circulaciones semanales (el 98% de las cuales corresponden a trenes de Cercanías).
El túnel comenzó a construirse en 1933 aunque no se puso en servicio hasta 1967. Este dilatado proceso de construcción explica la diversidad de tipologías y métodos constructivos existentes a lo largo del trazado.
Principales actuaciones
El proyecto contempla la renovación de la vía y la catenaria del túnel, desde el inicio de la vía en placa existente en la estación de Atocha Cercanías sentido Chamartín (vías 1, 2, 3, 4 y 5) hasta la salida del túnel en las inmediaciones de Chamartín, incluyendo las transiciones entre la nueva vía en placa a ejecutar y la actual vía sobre balasto.
De esta forma, se renovará la superestructura de vía en balasto y traviesa de madera por vía en placa y se sustituirá la catenaria flexible existente por catenaria rígida, excepto en la cabecera de Atocha, donde se renovarán los elementos de electrificación por otros de similares características. Tanto la vía en placa como la catenaria rígida ofrecen mayor fiabilidad y facilitan el mantenimiento de la instalación.
El montaje de la nueva catenaria mejorará de manera significativa la calidad del servicio en un trayecto que registra un elevado tráfico, al requerir un menor mantenimiento, disponer de una gran capacidad de transporte de corriente y ofrecer más prestaciones de durabilidad, robustez y resistencia, además de prevenir posibles incidencias.
Otra de las ventajas que ofrece este tipo de catenaria es que, en líneas electrificadas de corriente continua, como las de la red ferroviaria de ancho convencional, se reduce el desgaste y la sustitución de sus elementos se hace de manera automática mediante maquinaria especializada.
Las actuaciones previstas son las siguientes:
- Renovación de vía y electrificación de la cabecera de Atocha (vías 1, 2, 3, 4 y 5).
- Renovación de vía y electrificación de las vías generales en el túnel.
- Renovación de vía y electrificación de las vías generales a la salida del túnel en Chamartín hasta la conexión con las vías existentes.
- Ejecución de las canalizaciones hormigonadas para las instalaciones de seguridad y comunicaciones y los cruces de las mismas.
- También se procederá a la adaptación de la rasante para la mejora de los gálibos.
Financiación europea
Este contrato podrá ser cofinanciado por el Mecanismo "Conectar Europa" (CEF).
Fomento
APROBADO TRASPASAR LA TITULARIDAD DE LAS LÍNEAS FERROVIARIAS BASURTO HOSPITAL-ARAIZ E IRAUREGUI-LUTXANA-BARAKALDO AL PAÍS VASCO
- Al haber desaparecido los motivos que justificaron su inclusión en la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).
- El Acuerdo prevé además que el País Vasco garantice el acceso a las líneas y estaciones transferidas por parte de cualquier operador que necesite utilizarlas para poder prestar servicios ferroviarios en la RFIG.
- Las estaciones de Basurto e Irauregui se mantendrán en la RFIG, si bien, se garantiza el acceso de los servicios promovidos por la Comunidad Autónoma Vasca.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando el traspaso de la titularidad de las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Araiz e Irauregui-Lutxana-Barakaldo al País Vasco, tal y como establece la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, por la que el ministro de Fomento podrá excluir una determinada infraestructura ferroviaria de la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) siempre que hayan desaparecido los motivos de interés general que justificaron su inclusión en aquélla.
El Catálogo de líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General fue modificado, tras haberse realizado la tramitación prevista en la citada Ley 38/2015, mediante la Orden de 10 de septiembre de 2018, para excluir las líneas Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo, dando así cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional 214/2016, de 23 de junio, en la que se declaró que ambas líneas no pertenecían a la RFIG.
En este Acuerdo se incluye el inventario de los bienes y de los contratos, concesiones demaniales y convenios objeto de traspaso, debiendo ser posteriormente formalizada la entrega mediante la suscripción de la correspondiente acta.
El Acuerdo prevé además que el País Vasco garantice el acceso a las líneas transferidas y estaciones incluidas en las mismas por parte de cualquier operador que necesite utilizar unas u otras para poder prestar servicios ferroviarios en la Red Ferroviaria de Interés General del Estado.
Cabe destacar que las estaciones de Basurto e Irauregui se mantendrán en la Red Ferroviaria de Interés General, si bien, se garantiza el acceso de los servicios promovidos por la Comunidad Autónoma Vasca. Es por ello, que se prevé la celebración de acuerdos para regular las condiciones de circulación tanto en el entorno como dentro de ambas estaciones, estableciéndose que en tanto se suscriben dichos acuerdos, ADIF mantenga transitoriamente la gestión de las líneas en dicho entorno.
Asimismo, se establece la cotitularidad de la estación de Lutxana, estando prevista la suscripción de un acuerdo para regular dicho régimen y la gestión conjunta de la citada estación.
Este Acuerdo se complementa con el Real Decreto que también ha aprobado el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, de traspaso al País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con estas dos líneas ferroviarias, tal y como fue acordado en la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco, el pasado 26 de noviembre.
Industria, Comercio y Turismo
AUTORIZACIÓN DE UN CRÉDITO REEMBOLSABLE PARA EMPRESAS ESPAÑOLAS PARA LA AMPLIACIÓN DEL METRO DE OTTAWA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a conceder un préstamo de hasta 19 millones de dólares canadienses a SPV ACCIONA CONCESIONES S.L. y CAF Investment Projects S.A. para, en el caso de ser asignado, la realización del proyecto de extensión de la línea Trillium de la ciudad de Ottawa, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa.
Este proyecto tiene por finalidad el diseño, construcción, rehabilitación y mantenimiento de una extensión de 8 km de una línea existente de diésel ("Existing Trillium Line"), con dos ramales adicionales de 4 km cada uno.
Además, comprende la integración de una flota mixta entre vehículos existentes y vehículos nuevos, que conjuntamente operen en la infraestructura ampliada. Los vehículos existentes serán modernizados y adaptados a la nueva infraestructura para garantizar la operatividad del sistema.
Una vez finalizado el proyecto, la responsabilidad del mantenimiento de todo el sistema (incluyendo infraestructura y vehículos) será transferido a una sociedad concesionaria del mantenimiento, participada al 100% por socios españoles.
Agricultura, Pesca y Alimentación
AUMENTO DE 19,88 MILLONES DE EUROS EN EL GASTO EN SEGUROS AGRARIOS
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Acuerdo por el que se incrementa en 19,88 millones de euros el límite máximo de gasto previsto en el convenio suscrito entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados (AGROSEGURO), para la ejecución de los Planes de Seguros Agrarios Combinados en el ejercicio 2018.
El Acuerdo hoy aprobado autoriza la suscripción de una segunda adenda al Convenio firmado por ambas entidades el 28 de junio de 2018, que tenía una dotación inicial de 211,26 millones de euros y que ya había sido ampliado el 31 de agosto en 77 millones de euros. De esta forma, el importe del crédito para la ejecución de los Planes de Seguros Agrarios Combinados en 2018 asciende a más de 308 millones de euros.
El citado convenio tiene por objeto facilitar la ejecución del 39º Plan de Seguros Agrarios Combinados, definir el procedimiento para la liquidación de las subvenciones previstas en dicho plan y de planes anteriores, y regular otros ámbitos de cooperación entre ambas entidades.
RECORD EN CAPITAL ASEGURADO
En el año 2017 se suscribieron más de 426.000 pólizas, con un capital asegurado que alcanzó los 13.700 millones de €, el más alto de la historia del seguro agrario.
La importancia y utilidad del seguro agrario ha quedado patente de manera especial a lo largo de 2017 y del actual 2018, dos años consecutivos con una extraordinaria siniestralidad (sequía y heladas en 2017 y tormentas e inundaciones en 2018), en los que las indemnizaciones abonadas a los asegurados afectados han superado o superarán los 700 millones de €. En estas situaciones de elevada siniestralidad, el seguro agrario ha respondido de manera satisfactoria, paliando las pérdidas y permitiendo la viabilidad económica de muchas explotaciones agrarias.
El Sistema de Seguros Agrarios es un pilar fundamental de la política agraria en España, ya que permite garantizar la viabilidad de las explotaciones agrarias, contribuye al mantenimiento de la Producción Final Agraria y favorece una mayor competitividad del sector.
Agricultura, Pesca y Alimentación
CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA AL PROGRAMA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL Y AL REGISTRO MUNDIAL DE BUQUES DE PESCA, TRANSPORTE REFRIGERADO Y SUMINISTRO
El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a dos organismos internacionales como son el Programa de la Organización Mundial de Sanidad Animal y el Registro Mundial de Buques de Pesca, Transporte Refrigerado y Suministro, por un valor total de 304.999 euros.
España contribuye así con 254.999 euros al Programa "La buena gobernanza como medio de prevención y control de enfermedades animales emergentes y reemergentes", cuyo objetivo es avanzar hacia la mejora de la situación sanitaria y la capacidad de lucha contra las enfermedades animales en las áreas geográficas estratégicas para nuestro país.
Este programa forma parte del Convenio Marco suscrito por el Ministerio con la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) encargada de mejorar la sanidad animal en el mundo. Su principal misión es combatir las enfermedades a nivel mundial, manteniendo una serie de objetivos, como la transparencia, la información científica, la solidaridad internacional, la seguridad alimentaria, la promoción de los servicios veterinarios y la sanidad de los alimentos y el bienestar animal.
Esta organización intergubernamental cuenta con 180 Países miembros, y mantiene relaciones permanentes con otras 35 organizaciones internacionales y regionales. Asimismo, dispone de oficinas regionales y sub-regionales en todos los continentes.
La importante referencia que para la Organización Mundial de Comercio constituyen las normas de la OIE, tiene especial interés para un país exportador de productos ganaderos como es España, en el que el comercio exterior relacionado con la ganadería constituye una estrategia fundamental para los principales sectores ganaderos del país.
APORTACION AL PROYECTO GLOBAL RECORD
También ha quedado aprobada la aportación de 50.000 euros para el Registro Mundial de Buques de Pesca, Transporte Refrigerado y Suministro. La Administración Española se mantiene firme en su compromiso para eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR). Por ello, y en base a su cooperación con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), realiza esta aportación económica para el mantenimiento y desarrollo de este Registro Mundial, conocido en inglés como "Global Record Register".
Esta nueva contribución se suma a los 250.000 euros aportados en los inicios del proyecto en el año 2015, convirtiendo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en uno de los mayores impulsores económicos junto a la Comisión Europea, el Ministerio de Industria e Innovación de Islandia, la Administración Nacional del Océano y la Atmósfera de Estados Unidos, y recientemente el Ministerio de Asuntos Exteriores de Suecia.
El Registro Mundial de Buques de Pesca es una iniciativa de aplicación gradual y colaboración mundial destinada a proporcionar, de manera rápida, datos certificados procedentes de las autoridades estatales con respecto a los buques y las actividades relacionadas con los buques. El programa está encaminado a proporcionar un único punto de acceso a la información relativa a los buques utilizados en la pesca y actividades relacionadas con la pesca, siendo su principal objetivo la lucha contra la pesca INDNR mejorando la transparencia y la trazabilidad.
A través de este ambicioso proyecto se persigue que progresivamente un número mayor de buques sean identificados inequívocamente mediante el número IMO proporcionado por la Organización Marítima Internacional, frente a otras características del buque que son variables, tal y como su nombre, el pabellón de registro o el indicativo de radio.
Paralelamente a su contribución económica, la administración pesquera española trabaja de manera activa en el ámbito técnico del proyecto, tanto asumiendo la presidencia o vicepresidencia de los grupos de trabajo organizados, como en la alimentación del Registro con los datos de la flota pesquera española.
La herramienta fue presentada de manera oficial en el Comité de Pesca de la FAO en Roma en julio de 2018, fecha desde la cual los datos del Registro están totalmente disponibles al público.
Política Territorial y Función Pública
TRASPASO AL PAÍS VASCO DE LAS LÍNEAS FERROVIARIAS Y TRANSPORTE FERROVIARIO DE BASURTO-ARIZ E IRAUREGI-LUTXANA-BARAKALDO
- Comisión Mixta de Transferencias Estado-País Vasco acordó este traspaso en su reunión de Bilbao el pasado 26 de noviembre
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto tras el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Transferencias Estado-País Vasco el pasado 26 de noviembre, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario de las líneas Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo.
El coste total anual a nivel estatal de este traspaso asciende a 2.212.990 euros. De acuerdo con el régimen de Concierto Económico, la Comunidad Autónoma del País Vasco procederá a reducir del cupo el resultado (138.090,58 euros) de aplicar el índice de imputación (6,24%) al coste total anual a nivel estatal.
Política Territorial y Función Pública
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA Y LA GENERALITAT DE CATALUÑA PARA GESTIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A REPARAR DAÑOS DE LOS ÚLTIMOS TEMPORALES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo autorizando la firma de un convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y la Generalitat de Cataluña para la gestión de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 2/2017 por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, reguladas en la Orden HAP/196/2015.
La Generalitat promovió ante el Tribunal Constitucional conflicto positivo de competencia contra la citada Orden HAP/196/2015 del entonces Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que aprobaba las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de obras de reparación o restitución de infraestructuras y servicios de titularidad municipal consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viales de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.
La Sentencia del Tribunal Constitucional 87/2016 estima parcialmente el conflicto positivo de competencia y declara que determinados "artículos y formatos establecidos en las bases de la citada orden, vulneran las competencias de la Generalitat de Cataluña", desestimando el conflicto en el resto.
De conformidad con la sentencia, en los casos en que el Gobierno apruebe una declaración de "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" que afecte al territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, la gestión de las ayudas destinadas a reparación o restitución de infraestructuras municipales y red viaria provincial corresponde a la Generalitat en virtud de su competencia exclusiva en materia de protección civil (art. 132.1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña).
El objeto del convenio que hoy se autoriza es articular la cooperación en la gestión de las ayudas, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Constitucional.
Una vez efectuadas las valoraciones de daños se ha cuantificado en 1.103.640,00 euros el importe que el Ministerio de Política Territorial y Función Pública aportará a la Generalidad de Cataluña para la gestión de estas ayudas.
Transición Ecológica
PLAN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ECOLÓGICA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).
La contratación pública ecológica es una importante herramienta para el logro de las políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático, la utilización de los recursos y la producción y el consumo sostenibles.
En este sentido, el Plan de Contratación Pública Ecológica responde a la necesidad de incorporar criterios ecológicos en la contratación pública, lo que permitirá a las Administraciones Públicas, en el desarrollo de su actividad, fomentar y contribuir a los objetivos de sostenibilidad económica y medioambiental.
El Plan es un marco de referencia para la contratación de las Administraciones Públicas, incorpora criterios ecológicos de la Unión Europea y puede servir también como modelo en otros tipos de contratos privados.
El Plan, que resulta de aplicación a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, define qué se entiende por contratación pública ecológica y establece una serie de objetivos como el fomento de la adquisición por la administración pública de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental, un uso más racional y económico de los fondos públicos, o la promoción de cláusulas medioambientales en la contratación pública.
Por otra parte, determina un grupo de 20 bienes, obras y servicios prioritarios, de acuerdo con los criterios de contratación ecológica de la Unión Europea, entre los que destacan la construcción y gestión de edificios, la construcción y el mantenimiento de carreteras, suministro de electricidad, los equipos de impresión y ordenadores, productos y servicios de limpieza, sistemas de climatización y el transporte.
Asimismo, recoge una serie de criterios medioambientales generales de contratación, de carácter voluntario, que podrán ser incorporados a los pliegos de contratación como criterios de selección, de adjudicación, especificaciones técnicas y condiciones especiales de ejecución.
La vigencia del Plan es de 7 años, sin perjuicio de que se pueda proceder a su revisión y actualización.
Transición Ecológica
AUTORIZADA LA TRAMITACIÓN URGENTE DEL REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS DEL AUTOCONSUMO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la tramitación urgente del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo.
El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, ha realizado una modificación profunda en la regulación del autoconsumo en España.
El desarrollo del autoconsumo renovable permitirá disminuir la factura energética con carácter inmediato a los consumidores que lo instalen y, adicionalmente, detraerá demanda de energía en el mercado mayorista, contribuyendo de esta manera a una contención de precios en el mercado mayorista de energía eléctrica, así como a una mejora de las condiciones ambientales.
Entre otros extremos, el citado Real Decreto-ley recoge la necesidad de tramitar y aprobar un reglamento que regule varios aspectos, entre los que cabe destacar, las configuraciones de medida simplificadas, las condiciones administrativas y técnicas para la conexión a la red de las instalaciones de producción asociadas al autoconsumo, los mecanismos de compensación entre déficits y superávit de los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta 100 kW, o la organización del registro administrativo.
La aprobación de una norma que regule lo anteriormente mencionado resulta imprescindible y urgente para que aquellos sujetos que decidan obtener parte de la energía eléctrica consumida en sus hogares o negocios por la vía del autoconsumo puedan conocer aspectos tan fundamentales como los equipos de medida que han de instalar o los requisitos para conectar la instalación.
De lo contrario, la falta de aprobación de esta norma podría suponer un bloqueo en la instalación de generación para autoconsumo.
Como consecuencia de lo anterior, al amparo del artículo 27 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ha autorizado la tramitación urgente del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo.
Transición Ecológica
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA PROPUESTA FINAL DE DECLARACIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE LA SIERRA DE LAS NIEVES
Tal como establece el artículo 8 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, la iniciativa para la declaración de este Parque Nacional se formalizó mediante la aprobación inicial de una propuesta conjunta por el Consejo de Ministros (en su sesión de 9 de febrero de 2018) y por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (el 12 de febrero de 2018), en cuyo territorio se encuentra situado el mismo.
Tras el trámite de información pública y de informes de departamentos ministeriales, administraciones autonómicas afectadas, así como de aquellos municipios que aportan territorio a la propuesta de Parque Nacional y, tomando en consideración los informes y consultas aportados y el resto de documentación incorporada al expediente, se ha elaborado una nueva propuesta que se ha sometido a la aprobación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, así como del Consejo de Ministros.
Tras la aprobación por este último, la propuesta será sometida a informe del Consejo de la Red de Parques Nacionales y, finalizado dicho trámite, se iniciará la tramitación del anteproyecto de ley de declaración del Parque Nacional para su aprobación por las Cortes Generales.
Transición Ecológica
AYUDAS 2018 A PROYECTOS EMPRESARIALES GENERADORES DE EMPLEO QUE PROMUEVAN EL DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS ZONAS MINERAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A. (IRMC) para la convocatoria de las ayudas 2018 a proyectos empresariales generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras por importe máximo de 12.900.000 euros.
El marco de actuación para la minería del carbón y las comarcas mineras en el período 2013-2018, suscrito con fecha 1 de octubre de 2013 por el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo con las organizaciones Sindicales FITAG-UGT, CCOO y USO y la patronal empresarial CARBUNIÓN, consideró prioritario incentivar la creación de empleo en las comarcas y municipios mineros con el fin de aliviar las consecuencias sociales y regionales del cierre de las minas de carbón.
Con ese fin se han desarrollado dos líneas de ayudas. Una de ellas, dirigida a financiar grandes proyectos de inversión empresarial generadores de empleo, por importe superior a 100.000 euros, objeto de esta convocatoria. Y otra, cuya finalidad consiste en impulsar la inversión en dichas comarcas con pequeños proyectos empresariales, en régimen denominado de minimis.
La convocatoria autorizada ahora por el Consejo de Ministros es la correspondiente al presente ejercicio 2018 y asciende a 12,9 millones de euros, que se imputarán a los ejercicios 2019, 2020, 2021, 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 20.101.423M.771, de los presupuestos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A. (IRMC).
Se fija, asimismo, con carácter excepcional, una cuantía adicional, por importe máximo de hasta 17.100.000, sometida a las reglas contenidas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Se trata, por tanto, de una convocatoria anticipada al amparo de lo previsto en el artículo 56 del citado Reglamento de la Ley General de Subvenciones, cuya concesión quedará condicionada a la existencia efectiva de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Las ayudas que se propone convocar tienen como finalidad promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón y su entorno con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo, a la vez que se favorece el mantenimiento de los ya existentes en dichas zonas, y se impulsa su desarrollo dada su consideración de regiones desfavorecidas.
La autorización de la convocatoria por parte del Consejo de Ministros es un requisito previo a su adopción por el órgano competente al superarse los 12M €, conforme a lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley General de Subvenciones.
Economía y Empresa
APROBADA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE LA INICIATIVA ECSEL
El Consejo de Ministros aprueba el pago de 4.100.000 euros destinados a financiar 5 proyectos de empresas españolas en consorcio internacional. La iniciativa europea ECSEL (Electronic Components and Systems for European Leadership) pretende impulsar la I+D en componentes y sistemas electrónicos con el fin de fomentar el liderazgo industrial TIC europeo en tecnologías digitales disruptivas.
La empresa común ECSEL es una iniciativa tecnológica conjunta entre la Comisión Europea y los estados miembros. Las empresas españolas del sector TIC tienen gran interés en participar en este programa en consorcio con otras empresas tecnológicas de referencia europeas. Gracias a la participación del Ministerio de Economía y Empresa en la iniciativa, las empresas españolas se podrán beneficiar de estas ayudas que complementan los fondos aportados por la Comisión Europea.
Sanidad, Consumo y Bienestar Social
DISTRIBUIDOS 8.100.000 EUROS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS PARA ESTRATEGIAS FRENTE ENFERMEDADES RARAS Y OTROS PROGRAMAS DE SALUD
- Se destinan más de 2.800.000 euros a estrategias frente a enfermedades raras, neurodegenerativas y de la vigilancia de la salud; casi 3.600.000 euros a la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del SNS; y 1.750.000 euros a programas de atención sanitaria a solicitantes y beneficiarios de protección internacional.
.- El Consejo de Ministras y Ministros ha aprobado este viernes tres Acuerdos por los que se formalizan los criterios de distribución entre las Comunidades Autónomas, y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla de 8.143.070 euros destinados a financiar planes de salud pública así como el programa de reasentamiento y reubicación de refugiados de la Unión Europea.
Los criterios de distribución de las partidas económicas fueron acordados con los responsables autonómicos en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud celebrado el pasado 15 de noviembre.
Estrategia frente a enfermedades raras, neurodegenerativas y de la vigilancia de la salud
Se aprueba la distribución de 2.818.070 euros entre todas las Comunidades Autónomas., excepto País Vasco y Navarra, y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. De esa partida, un millón de euros se destinará a Estrategias frente a enfermedades raras para mejorar la información a los pacientes y a sus familias sobre los recursos disponibles así como la información epidemiológica necesaria que permita el desarrollo de políticas sociales, sanitarias y de investigación.
Además, se destinan 818.070 euros a la Estrategia frente a enfermedades neurológicas como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), Alzhéimer, Parkinson o Esclerosis múltiple.
Esta Estrategia permitirá avanzar en el diagnóstico precoz de la enfermedad y personalizar el tratamiento, incluyendo la participación del paciente y de su familia así como la atención y apoyo a las necesidades sociales.
Por último, se destina un millón de euros a vigilancia en salud, en particular, la implantación del Sistema Nacional de vigilancia de las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria. España cumple así los compromisos adquiridos a nivel internacional.
Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud
El Consejo de Ministras y de Ministros ha aprobado destinar 3.575.000 euros entre las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, Galicia, Madrid y País Vasco, las comunidades que cuentan con estas Agencias, para el desarrollo del plan anual de trabajo 2018.
El criterio de distribución es proporcional a la carga de trabajo asignada y al porcentaje ponderado atribuido a cada actividad. En el plan de trabajo 2018 se incluyen actividades tales como informes de evaluación de tecnologías sanitarias, guías de práctica clínica, estudios de monitorización o tecnologías emergentes.
La Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del SNS se encarga de evaluar las técnicas y procedimientos médicos con carácter previo a su inclusión, exclusión o modificación de las condiciones de uso en la cartera de servicios del SNS, de tal forma que proporciona orientación y asesoramiento para mejorar la atención sanitaria.
Agencia /Unidad de Evaluación | %sobre Crédito total | Cuantía sobre Crédito total |
---|---|---|
AETSA, Andalucía | 15,5 | 555.000 € |
IACS, Aragón | 19,7 | 700.000 € |
SESCS, Canarias | 15,5 | 555.000 € |
AQuAS, Cataluña | 15,5 | 555.000 € |
Avalia-t, Galicia | 15,5 | 555.000 € |
UETS, Madrid | 2,8 | 100.000 € |
Osteba, País Vasco | 15,5 | 555.000 € |
TOTAL | 100,00 | 3.575.000 € |
Programa de reasentamiento y reubicación de refugiados de la UE
El Gobierno ha aprobado el reparto de 1.750.000 euros entre todas las Comunidades Autónomas, y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla con el fin de contribuir a financiar determinadas actuaciones complementarias de la atención sanitaria prestada a los solicitantes y beneficiarios de protección internacional.
La asistencia sanitaria a los refugiados está garantizada por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, pero no así otras actuaciones complementarias como la obtención de certificados médicos o la contratación de intérpretes. A estos fines es a los que se van a destinar los fondos que se distribuyen.
Ciencia, Innovación y Universidades
AUTORIZACIÓN PARA LAS CONVOCATORIAS DE AYUDAS PARA INVESTIGADORES 2018 POR IMPORTE DE 100,91 MILLONES
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Agencia Estatal de Investigación a publicar las convocatorias 2018 de ayudas para la contratación laboral de investigadores contemplada en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad por importe de 100.915.000 euros. Esta cantidad servirá para financiar a universidades, organismos públicos de investigación y otros centros de I+D públicos o privados sin ánimo de lucro para que contraten a investigadores.
Las ayudas a contratos 'Ramón y Cajal' ascienden a 61.720.000 euros destinados a 200 doctores con trayectoria consolidada que hayan obtenido el grado de doctor entre 2008 y 2015. También se destinan 20.925.000 euros a 225 ayudas 'Juan de la Cierva-Incorporación' para incorporar doctores en universidades, organismos públicos de investigación y otros centros de I+D sin ánimo de lucro. Estas ayudas se complementan con 11,2 millones de euros de la modalidad 'Juan de la Cierva-Formación' para otras 225 ayudas destinadas a jóvenes doctores que hayan obtenido el título de doctor durante 2017 y 2018. Por último, las ayudas a contratos de 'Personal Técnico de Apoyo' destinan 7.020.000 euros para incentivar la contratación de unas 180 titulados universitarios y técnicos superiores en formación profesional para su incorporación en organismos de investigación.
BIOGRAFÍAS
Ciencia, Innovación y Universidades
Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.-
Ricardo Mairal es catedrático de Lengua y Lingüística Inglesa en el Departamento de Filologías Extranjeras de la UNED desde 2002. Después de doctorarse en la Universidad de Zaragoza, impartió docencia en la Universidad Autónoma de Madrid durante cuatro años, desde donde se trasladó a la UNED. Su actividad docente se ha centrado en la semántica, sintaxis, teoría lingüística y lingüística computacional. Además, ha participado como profesor invitado en varios programas de doctorado en las universidades de Córdoba, La Laguna, Castilla La Mancha, Autónoma de Madrid, Valencia, La Rioja, Politécnica de Valencia, Autónoma de Méjico y Pontificia de Chile, entre otras, y en el programa de doctorado de Lingüística del Instituto Universitario Ortega y Gasset.
Entre varios libros de los que es coautor o coeditor en editoriales como Mouton de Gruyter, Cambridge University Press y Akal, es coautor del libro "Nuevas Perspectivas en Gramática Funcional" (Ariel, 1999), trabajo galardonado con el Premio Nacional de Investigación en Lingüística Inglesa AEDEAN 1999 y de "Constructing a Lexicon of English Verbs" (Mouton de Gruyter, 1999), que ha recibido cerca de 350 citas. Asimismo, es autor de más de cincuenta artículos científicos que se han publicado en revistas tanto nacionales como internacionales. Ha participado como ponente en numerosos congresos de lingüística teórica y aplicada y ha dictado conferencias por invitación en Alemania, Argentina, Chile, Estados Unidos, Finlandia, Irlanda, Italia, Méjico, Pekín y Taiwan, entre otros lugares.
Ha dirigido sin interrupción proyectos del Plan Nacional de I+D desde hace dos décadas desarrollando diversos aspectos de la industria de las lenguas y lingüística computacional (http://www.seconds.edu.es/es/rmairal). Fue cofundador del grupo de investigación LEXICOM (www.lexicom.es), que aglutina un número notable de investigadores de diversas instituciones nacionales e internacionales. Recientemente, ha trabajado en el diseño de una base de conocimiento multifuncional en un entorno multilingüe (www.fungramkb.com) para el desarrollo de aplicaciones en el ámbito del procesamiento del lenguaje natural y la neurolingüística, con especial atención a los aspectos clínicos. También ha formado parte del comité editorial de revistas prestigiosas como "Functions of Language", "Atlantis" y "RESLA" y ha evaluado artículos para "Lingua", "Langages", "International Journal of Lexicography", "Language Sciences y Cognitive Linguistics".
Ha sido presidente de la "Asociación Española de Lingüística Aplicada" (2011-2017), miembro de la junta directiva de la Asociación Española de Estudios Anglo-americanos (1996-2000) y director del Grupo de Investigación Consolidado "ACTUALing" (2006-2011). En la UNED ha sido director del Departamento de Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas (1998-2000; 2011-2013), director del Centro Universitario de Idiomas a Distancia (2000-2004), vicerrector de Investigación y vicerrector Segundo (2013-2016), vicerrector de Profesorado y Planificación y vicerrector Primero (2016-2018) y rector en funciones.