Referencia del Consejo de Ministros

9.12.2016

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Madrid

SUMARIO

Presidencia y para las Administraciones Territoriales

  • REAL DECRETO por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.
  • ACUERDO por el que se adopta el Marco de Acción Nacional de Energías Alternativas en el Transporte.
  • ACUERDO por el que se declaran determinadas provincias "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil", como consecuencia de inundaciones y pedrisco, y se adoptan medidas para reparar los daños causados.
  • ACUERDO por el que se solicita la autorización del Congreso de los Diputados para el despliegue de efectivos de la Guardia Civil y el incremento de los efectivos de las Fuerzas Armadas Españolas en la misión "Apoyo a Irak" en el marco de la coalición global contra el ISIL-DAESH.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2013 al Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2014 al Anexo III del Protocolo de 1978, relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2014 al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del Acuerdo por el que se crea el Fondo Fiduciario de la Unión Europea para Colombia y se establece su Reglamento Interno y la autorización de una contribución voluntaria de 3.000.000 de euros.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el mantenimiento de diversos sistemas de armas, por un valor máximo estimado de 25.400.000 euros, así como los contratos que se adjudiquen basados en el citado acuerdo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la contratación del transporte por carretera de vehículos, ganado equino y material al servicio del Ejército de Tierra, por un valor estimado de 14.876.032,79 euros, así como los contratos que se adjudiquen basados en el citado acuerdo.

Hacienda y Función Pública

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por un importe máximo de 265.888.125 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a formalizar operaciones de deuda a corto plazo, por un importe máximo de 120.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar préstamos a largo plazo por un importe máximo de 46.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía a otorgar avales en el marco de convenios suscritos con entidades de crédito y sociedades de garantía recíproca, a través de fondos carentes de personalidad jurídica, por un importe máximo de 40.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba transferir crédito desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a los Ministerios de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte, por importe de 200.469,85 euros, para financiar el cambio de adscripción de puestos de trabajo derivado de la implantación de un único Registro de Fundaciones y un Protectorado de competencia estatal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 372.063,34 euros, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad por la citada cuantía, para la aplicación a presupuesto de los pagos realizados a los afectados por el síndrome tóxico según sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 1997 y de conformidad con el Real Decreto Ley 3/1999, de 26 de febrero, sobre pago de las indemnizaciones derivadas de la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 1997, a los afectados por el síndrome tóxico.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 98.834,32 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Fomento por la citada cuantía, en cumplimiento del Real Decreto Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 26.543,96 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior por la citada cuantía, para atender gastos en concepto de complemento de productividad en cumplimiento de sentencias y autos dictados por las Salas de lo Contencioso-Administrativo de distintos Tribunales Superiores de Justicia y por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Castellón.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar la celebración de contratos para el soporte y mantenimiento de la infraestructura informática de la Dirección General del Catastro.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el Acuerdo de 22 de julio de 2016 para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Defensa la reprogramación de las anualidades correspondientes al año 2016 relativas a 18 programas especiales de modernización de las Fuerzas Armadas, trasladando su importe a las anualidades del año 2017.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con la finalidad de permitir al Ministerio de Fomento suscribir un convenio entre la República Francesa, el Reino de España y la Sociedad "Línea Figueras-Perpiñan, S.A." para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria de alta velocidad entre Perpiñan y Figueras.

Interior

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se prorroga el Plan Estatal de fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 regulado por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO LEY de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 a la concesión de ayudas a Confederaciones y Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, por importe de 203.280 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 al Programa de Cooperación Territorial Convivencia Escolar, por importe de 1.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 al Programa de Cooperación Territorial para el Aprendizaje de Lenguas Extranjeras, por importe de 7.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 al Programa de Financiación de Libros de Texto y Materiales Didácticos, por importe de 24.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, de los créditos destinados en el año 2016 a la financiación de la implantación de nuevos itinerarios en Educación Secundaria Obligatoria, por importe de 93.806.072,83 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 a la financiación del desarrollo de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria por importe de 1.451.930 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, de los créditos destinados en el año 2016 a la financiación de la implantación de nuevos ciclos de Formación Profesional Básica por importe de 230.431.452,50 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 al Programa de Cooperación Territorial de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo, por importe de 13.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2016 al Programa de Cooperación Territorial Salud Escolar, por importe de 1.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2016 a financiar el desarrollo de acciones de calidad en la Formación Profesional, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, por importe de 11.496.998,45 euros.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito destinado en el año 2016 a financiar el desarrollo de acciones de Formación Profesional Dual, por importe de 1.200.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, para la tramitación de la segunda fase de ayudas a la producción de cortometrajes realizados y de las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, previstas en la Resolución de 18 de abril de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la encomienda de gestión con la Empresa de Transformación Agraria, S.A., para la ejecución de las obras destinadas a la regulación de la estación de bombeo y red de riego del sector XIX de la subzona de Payuelos, zona regable del embalse de Riaño, 1ª fase, por un importe máximo de 14.581.850,43 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la encomienda de gestión con la Empresa de Transformación Agraria, S.A., para la ejecución de las obras destinadas a la regulación de la estación de bombeo y red de riego del sector XXI de la subzona de Payuelos, zona regable del embalse de Riaño, 1ª fase, por un importe máximo de 15.113.974,54 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cantabria el 16 de junio de 2016.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Extremadura el 16 de junio de 2016.
  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios correspondientes a los criterios objetivos fijados en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, celebrada el 30 de junio de 2016.
  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios correspondientes a los criterios objetivos fijados en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, celebrada el 4 de octubre de 2016.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación de la cuarta adenda al Memorándum de entendimiento con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL), así como la contribución de 200.000 euros para 2016.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución internacional a la Asociación Europea de Producción Animal, por importe de 14.641 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución a la UNESCO para la realización de actividades de la Conferencia de Directores Iberoamericanos del Agua (CODIA) por importe de 40.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución al Secretariado de la Estrategia del Agua en el Mediterráneo, Red Mediterránea de Organismos de Cuenca, por importe de 50.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución al Grupo de Cooperación del Modelo de Área Limitada de Alta Resolución C, período 2016-2020, por un importe total de 406.300 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución al proyecto de cooperación pesquera Comeped, fase II, por un importe total de 90.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, para la tramitación de determinados contratos y expedientes de la Dirección General del Agua y de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.
  • ACUERDO por el que se autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, para la tramitación de un expediente de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Economía, Industria y Competitividad

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de la fachada del edificio de Alcalá 47, de Madrid, por importe de 484.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago correspondiente a la novena reposición de recursos del Fondo Asiático de Desarrollo, FASD X, por importe de 1.615.508 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago correspondiente a la regularización de atrasos de la contribución de España a la duodécima reposición del Fondo Africano de Desarrollo, por importe de 41.770.625 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago al Fondo Español de Consultoría en el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por importe de 77.633,04 dólares estadounidenses.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra director general de Políticas Financieras, Macroeconómicas y Laborales de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno a D. AITOR JOSÉ MATE RINCÓN.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de Almirante del Cuerpo General de la Armada al Vicealmirante D. SALVADOR MARÍA DELGADO MORENO, y se le nombra almirante jefe de Apoyo Logístico de la Armada.

Hacienda y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se nombra presidenta de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a Dª PILAR PLATERO SANZ.

Fomento

Educación, Cultura y Deporte

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

Economía, Industria y Competitividad

  • REAL DECRETO por el que se nombra director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) a D. RAMÓN GAVELA GONZÁLEZ.

CONDECORACIONES

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco al jefe de Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas de la República Portuguesa señor ARTUR NEVES PINA MONTEIRO.

Educación, Cultura y Deporte

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Educación, Cultura y Deporte

APROBADO UN REAL DECRETO LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA AMPLIACIÓN DEL CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), del 9 de diciembre de 2013.

El objetivo perseguido con el Real Decreto Ley es proporcionar seguridad jurídica sobre las características y efectos de las evaluaciones que deberán realizar al finalizar estas etapas educativas a la comunidad educativa y, en particular, a los alumnos matriculados este curso escolar en cuarto de Educación Secundaria Obligatoria y segundo de Bachillerato.

La disposición final 5ª de la LOMCE estableció el calendario de implantación de la reforma educativa y, en concreto, la celebración de las evaluaciones finales:

  • De Educación Primaria, sin efectos académicos, al final del curso 2015/2016.
  • De ESO y Bachillerato, en el curso 2016/2017 sin efectos académicos (únicamente la de Bachillerato para el acceso a la Universidad), y en el curso 2017/2018 con efectos académicos.

Pacto de Estado

El Gobierno se ha fijado como objetivo alcanzar un Pacto de Estado social y político por la educación con todas las formaciones políticas y la comunidad educativa, que dote el sistema educativo de estabilidad normativa.

Con objeto de colaborar decididamente al proceso de dialogo, y en cumplimiento de los compromisos políticos asumidos, el Gobierno ha decidido ampliar el plazo para la implantación de los efectos de las evaluaciones, de manera que, mientras se lleven a cabo las negociaciones, los resultados de las evaluaciones finales no tengan efecto alguno para la obtención de los títulos de ESO y de Bachillerato, y su organización y desarrollo no afecte al funcionamiento ordinario de las Administraciones educativas y de los centros docentes.

Características de las evaluaciones finales

Por ello, hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, las evaluaciones finales tendrán las siguientes características:

  • La evaluación final de Educación Primaria:

Será muestral, es decir, se realizará sólo sobre una muestra de alumnos que permite obtener datos representativos. No obstante, nada impide que las Administraciones educativas que lo decidan, continúen realizando esta prueba a todos los alumnos (censal).

  • La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria:

Será muestral, participando únicamente en ella el alumnado matriculado en cuarto curso que haya sido seleccionado por la Administración educativa, exclusivamente por la opción cursada. La muestra de alumnos y centros deberá ser suficiente para obtener datos representativos. En cualquier caso, las Administraciones educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales, o incluyo realizarla con carácter censal.

Se limitará a las materias troncales generales del último curso.

No tendrá efectos académicos, sino que tendrá una finalidad meramente diagnóstica. En consecuencia, su superación no será necesaria para la obtención del título de Graduado de ESO, ni sus resultados constarán en el expediente académico individual.

  • La evaluación final de Bachillerato:

Se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios.

Será similar a la Prueba de Acceso a la Universidad, aunque con dos importante diferencias: Por un lado, la evaluación tendrá por objeto las competencias en los términos establecidos en los currículos de ESO y Bachillerato aprobados en desarrollo de la LOMCE (Real Decreto del 26 de diciembre de 2014) y por otro, se avanza en la uniformidad de la prueba, que deberá ajustarse a las características, fechas y contenido que se establezcan mediante Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

No tendrá otros efectos académicos que los del acceso a la universidad.

Se limitará a las materias troncales generales del último curso, y las materias troncales de opción para subir nota.

Modificación del calendario

Para lograr estos objetivos es necesario modificar el calendario de implantación previsto en la disposición final 5ª de la LOMCE hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación. Con ello se establece un período de transición hacia el nuevo sistema educativo que permita su aplicación con todas las garantías.

Esta suspensión de los efectos académicos de las pruebas no supone la paralización de las evaluaciones, cuya realización no sólo es conveniente, en la medida en que facilita información relevante para el diagnóstico del sistema educativo, sino imprescindible en el caso del Bachillerato, para permitir el acceso de los estudiantes a las enseñanzas universitarias.

Beneficios

La celebración de estas Pruebas en todo el territorio español durante el período de negociación proporcionará indudables beneficios:

  • Permitirá realizar un diagnóstico de las necesidades de los centros educativos y de sus alumnos, con el objetivo de mejorar las actuaciones educativas en cada centro.
  • Permitirá que la comunidad educativa se adecúe al nuevo sistema y a la realidad educativa de cada Comunidad Autónoma.

Interior

REMISIÓN A LAS CORTES DEL PROYECTO DE LEY SOBRE PRECURSORES DE EXPLOSIVOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre precursores de explosivos.

Los precursores de explosivos son sustancias que, aun siendo legales (se utilizan en la composición de numerosos productos como fertilizantes, herbicidas, pesticidas, algunos conservantes, productos de limpieza incluidas piscinas, desinfectantes e incluso componentes de champús y pasta de dientes, entre otros), son susceptibles de utilizarse en una concentración elevada para la fabricación "casera" e ilícita de explosivos con los que se pueden cometer atentados terroristas, como sucedió en Londres en 2005, en Oslo en 2011 y en los últimos de París y Bruselas, entre otros. Estas sustancias se pueden adquirir fácilmente en concentraciones suficientes para fabricar un potente artefacto siguiendo la información disponible en internet.

Normativa comunitaria

Ante la necesidad de establecer unas medidas de control en las operaciones de venta y adquisición de estas sustancias en el ámbito de la Unión Europea, se aprobó el 15 de enero de 2013 un Reglamento comunitario sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos, que por primera vez establece normas armonizadas con el fin de controlar o limitar la disponibilidad por los particulares de una serie de sustancias susceptibles de utilizarse para la fabricación ilícita de explosivos, además de imponer algunas obligaciones a los operadores económicos para garantizar el control de las transacciones que realicen con dichas sustancias.

Pese a que el Reglamento es de aplicación directa desde el 2 de septiembre de 2014, éste contiene una serie de previsiones que cada Estado miembro debe adoptar en su respectivo territorio para hacer posible su correcta aplicación, como es la regulación de un régimen sancionador para los particulares y los operadores económicos, y que resultan necesarios para la completa y efectiva aplicación del Reglamento comunitario antes referido.

Por esta razón se ha procedido a elaborar el presente Proyecto de Ley, que contempla todas aquellas cuestiones que deja el citado reglamento comunitario a la regulación los Estados miembros. En el caso de España, la futura Ley cobra mayor relevancia ya que no existe normativa específica que regule las transacciones con esta clase de sustancias en su condición de precursores de explosivos. El rango de Ley viene impuesto básicamente por la regulación del régimen sancionador que, por imperativo del artículo 25 de la Constitución, debe contenerse en una norma de dicho rango.

El citado Reglamento comunitario distingue entre precursores de explosivos restringidos y aquellos que no lo son, y establece medidas de control diferentes para cada uno de ellos. Tomando como referencia esta clasificación, las principales líneas regulatorias del Proyecto de Ley son las siguientes:

Precursores de explosivos restringidos

Los precursores de explosivos restringidos (peróxido de hidrógeno, nitrometano, ácido nítrico, clorato potásico, perclorato potásico, clorato sódico y perclorato sódico) son sustancias que, por encima de un determinado nivel de concentración, debido a sus características, se pueden utilizar para la fabricación de explosivos. Con respecto a esta clase de precursores de explosivos, el Reglamento comunitario ha dejado que cada Estado miembro decida entre dos opciones:

  • prohibir en su territorio la adquisición de esas sustancias por encima de los niveles de concentración que hacen posible su desvío para la fabricación de explosivos, o
  • permitir su adquisición por encima de esos niveles de concentración, mediante un sistema de licencia.

En lugar de prohibir su adquisición, que produciría un efecto económico perjudicial para fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de estas sustancias, se ha optado por permitir a los particulares (entendiendo por tales a las personas físicas cuando actúen con fines que no estén relacionados con sus actividades comerciales o profesionales) la adquisición de estas sustancias o de un producto que las contenga, previa solicitud de una licencia. La obligación de obtener una licencia sólo afecta a los particulares, de manera que el uso profesional e industrial de estas sustancias o de los productos que las contienen y su adquisición por profesionales queda fuera del objeto de esta restricción, que podrán seguir adquiriéndose como hasta ahora.

Licencias

En la práctica, este sistema de licencia no va a afectar al consumidor que compra productos de droguería, de limpieza o para otros usos cotidianos que contienen esas sustancias, como son detergentes, blanqueantes, quitaesmaltes, tintes de peluquería o pastillas para barbacoas, entre otros, ya que en esos productos el nivel de concentración de esas sustancias está por debajo del que exige la obtención de una licencia para su adquisición, sin que nada cambie a este respecto. El Reglamento ya tuvo en cuenta al establecer los niveles de concentración que quedaran por debajo los productos que de manera habitual se adquieren por los particulares.

Sin embargo, hay algunos productos en los que el nivel de concentración de estas sustancias sí está por encima del permitido y que, a pesar de ser de uso más común en el ámbito profesional, también se pueden adquirir por particulares, en cuyo caso a partir de ahora deberán obtener previamente una licencia. Algunos de estos productos son ciertos combustibles que se utilizan comúnmente en automodelismo y aeromodelismo (nitrometano), productos para grabados de metales en bellas artes y joyería (ácido nítrico), productos para el pavonado de metales que eviten su corrosión, utilizados por aficionados a las bellas artes y a las armas (clorato potásico) o herbicidas (clorato sódico).

La licencia se concederá por el secretario de Estado de Seguridad por un periodo máximo de validez de un año y autorizará a su titular a adquirir o introducir en España dichos precursores de explosivos restringidos, en la cantidad, condiciones y uso que se indiquen en la misma. Se exigirá que la exhiba cuando vaya a realizar una transacción para verificar que dispone de la licencia y está en vigor. Podrá ser denegada o revocada si no queda debidamente acreditado el interés legítimo del interesado o deja de cumplir las condiciones bajo las que se expidió, en particular, la legitimidad de su utilización.

Comunicaciones de robos o desapariciones

Junto con la exigencia de licencia, como medida de seguridad se impone a los particulares una medida adicional de control que no recoge el Reglamento comunitario, al obligarles a comunicar, a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en el plazo de 48 horas, al Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, que es el punto de contacto nacional a efectos de este reglamento comunitario, las sustracciones o desapariciones de los precursores de explosivos restringidos adquiridos con licencia. No obstante, de acuerdo con una observación del Consejo de Estado, se ha estimado oportuno esperar dos años para exigir a los particulares el cumplimiento de esta medida, por entender que necesitan un tiempo suficiente para familiarizarse con la novedad que supone tener que solicitar una licencia, antes de imponerles también el cumplimiento de esta otra obligación.

Por el contrario, el Reglamento comunitario sí impone expresamente a los operadores económicos (personas físicas o jurídicas que ofrezcan productos o servicios) ese deber de comunicar cualquier robo o desaparición de estas sustancias, así como las transacciones o intento de transacciones que puedan ser consideradas sospechosas (entre otras, cuando el adquirente no parece estar familiarizado con la utilización de las sustancias; intenta comprar sustancias en concentraciones inusuales, o es reacio a aportar pruebas de su identidad o lugar de residencia).

Por último, a través de este Proyecto de Ley se impone otra medida de control adicional que no se recoge en el Reglamento, al obligar a todos los operadores económicos a registrar las transacciones que realicen con esos precursores de explosivos restringidos, tanto si son con particulares como si son con otros operadores económicos o profesionales.

Precursores de explosivos no restringidos

Los precursores de explosivos no restringidos (hexamina, ácido sulfúrico, acetona, nitrato sódico, nitrato cálcico, nitrato amónico y cálcico) son sustancias que también pueden ser desviadas para la fabricación de explosivos pero, a diferencia de los restringidos, los particulares no necesitan de una licencia para su adquisición a partir de un determinado nivel de concentración, entre otros motivos debido a que es técnicamente imposible fijar límites de concentración en algunos de ellos, sin que sea aconsejable establecer restricciones en su venta como pueden ser las licencias, ya que la mayoría de ellas se utilizan legítimamente para múltiples usos (productos para el hogar, quitaesmaltes, etcétera) y se generarían costes desproporcionados para los consumidores. No obstante, se impone a los operadores económicos la obligación de comunicar su robo, su desaparición, o si la transacción es sospechosa.

Régimen sancionador

En aplicación del citado Reglamento comunitario, se establece un régimen de infracciones y sanciones en función de que el infractor sea un operador económico o un particular.

La sanción siempre será de multa para los operadores económicos (mínimo de 601 euros y máximo de 60.000 euros) y se podrá imponer adicionalmente, cuando la infracción sea grave o muy grave, la suspensión de las actividades autorizadas con los precursores de explosivos (máximo seis meses). Los particulares también serán sancionados en todo caso con multa (mínimo de 601 euros y máximo de 30.000 euros), y adicionalmente, por infracciones muy graves o graves, con la revocación de la licencia, que comportará la prohibición de volver a obtenerla por un plazo variable en función de la gravedad.

La competencia para sancionar se atribuye al secretario de Estado de Seguridad por infracciones muy graves, a los delegados del Gobierno por infracciones graves, y a los subdelegados del Gobierno por infracciones leves.

Interior

DECLARADAS VARIAS PROVINCIAS COMO ZONAS AFECTADAS GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL
  • Corresponde a las provincias andaluzas, de la Comunidad Valenciana y de Extremadura afectadas por inundaciones y pedrisco

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declaran determinadas provincias "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil", como consecuencia de inundaciones y pedrisco, y se adoptan medidas para reparar los daños causados

Andalucía, Comunidad Valenciana y Extremadura

Durante los últimos días del mes de noviembre y especialmente los días 3, 4 y 5 del mes de diciembre de 2016 se han producido precipitaciones persistentes y de elevada intensidad que han afectado principalmente a la costa occidental de la provincia de Málaga y al litoral de las provincias de Cádiz y Huelva, así como a las provincias de Castellón, Valencia y Alicante. Como consecuencia del temporal de lluvia se activaron el Plan Especial por Inundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los Planes de emergencia municipales, el Plan de Autoprotección del Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol en fase de alarma y el Plan de Autoprotección del Metro de Málaga.

Dada la proximidad de los sucesos es pronto para hacer una valoración completa de daños, pero puede destacarse el dato de la pérdida de dos vidas humanas (en Málaga y Cádiz), y multitud de actuaciones de rescate y evacuación de personas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como cortes en el suministro de servicios esenciales y daños en viviendas y vehículos. Tampoco se han podido cuantificar de manera definitiva los daños producidos.

Por otra parte, durante los días 6 y 7 de julio se produjo un fuerte pedrisco en diversos municipios de la provincia de Badajoz, que también provocó cuantiosos daños. La Junta de Extremadura los ha valorado en más de 10.000 hectáreas dañadas, con pérdida del 100 por 100 de la cosecha en 5.198,34 hectáreas y pérdidas valoradas en más de 11.700.000 euros.

De acuerdo con la nueva Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, del 9 de julio de 2015, el Consejo de Ministros puede declarar una emergencia grave, en la que se incluye, en todo caso, la delimitación del área afectada, las medidas aplicables dentro de las previstas en esta ley y la forma de financiación de las ayudas.

Mediante el Acuerdo hoy aprobado se procede, por un lado, a declarar las provincias de Cádiz, Huelva, Málaga, Castellón, Valencia y Alicante como zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil, debido a las inundaciones acaecidas en los últimos días de noviembre y primeros días del mes de diciembre de 2016, y la provincia de Badajoz por los daños acaecidos por las tormentas de pedrisco de julio de 2016. Por otro lado, se adoptan las ayudas habituales que se vienen concediendo en situaciones catastroficas similiares: ayudas por daños materiales y personales, beneficios fiscales, medidas laborales y de Seguridad Social, etcétera.

En concreto, las medidas adoptadas son las siguientes:

MINISTERIO DEL INTERIOR

  • Ayudas por daños personales.
  • Ayudas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes.
  • Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.
  • Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.

Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto del 18 de marzo de 2015, por el que se determinaron subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se abonarán con cargo a los créditos de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

Cuantía de las ayudas

Conforme a lo dispuesto en el mencionado Real Decreto del 18 de marzo de 2015, las cuantías por las citadas ayudas son las siguientes:

  • Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • Ayudas por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580 euros.
  • Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 8.000 euros.
  • Ayudas a las personas físicas o jurídicas: importe total de los gastos.
  • Ayudas a las Corporaciones Locales: gastos realizados por actuaciones inaplazables de emergencia.

Además, en aplicación del mismo Real Decreto, las cuantías de las ayudas por daños en la vivienda serán las siguientes:

  • por destrucción total: el coste de los daños con un máximo de 15.120 euros.
  • por daños a la estructura: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 10.320 euros.
  • por otros daños: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 5.160 euros.
  • por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por 100 de los daños con un máximo de 8.000 euros.
  • por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad: 2.580 euros.
  • Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Se prevé la exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.

OTROS MINISTERIOS

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Infraestructuras locales:

  • Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial.

Ministerio de Hacienda y Función Pública

Beneficios fiscales:

  • Exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias, marítimo-pesqueras y locales de trabajo o similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o parcial de personas o bienes.
  • Reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas: se reduce de manera proporcional al tiempo de paralización de la actividad para aquellas industrias, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros y a aquellos profesionales cuyos locales de negocio hayan sido dañados y hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o de cierre temporal de la actividad.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: estarán exentas las ayudas por daños personales.

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Medidas laborales y de Seguridad Social:

  • Los despidos colectivos, suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan causa directa en los daños producidos por los acontecimientos catastróficos, así como las pérdidas de actividad en el sector marítimo-pesquero, de la hostelería y hospedaje tendrán la consideración de fuerza mayor.
  • El empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato motivada por los citados acontecimientos y, en el caso de extinción del contrato, las indemnizaciones por despido correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial.
  • Asimismo, las empresas y los trabajadores por cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, correspondientes a los tres meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro.

Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

  • Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina, así como en el dominio público hidráulico y en el dominio público marítimo terrestre:
  • Se adoptarán las disposiciones necesarias para las actuaciones de restauración en el dominio público hidráulico y en el dominio público marítimo terrestre, y se concederán ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.

Ministerio de Economía, Industria y Competitividad

  • Apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONTRIBUCIÓN DE TRES MILLONES AL FONDO FIDUCIARIO DE LA UNIÓN EUROPEA PARA COLOMBIA

El consejo de Ministros ha autorizado la suscripción del Acuerdo por el que se crea el Fondo Fiduciario de la Unión Europea para Colombia y se establece su Reglamento interno, así como una contribución voluntaria de tres millones de euros.

El proceso de negociación entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), iniciado el 4 de septiembre de 2012, concluyó con la firma de un acuerdo de paz alcanzado el pasado 24 de agosto en La Habana, el denominado "Acuerdo General para la Terminación del Conflicto".

La Comisión Europea decidió en marzo de 2016 establecer un Fondo Fiduciario de la Unión Europa para Colombia con el objetivo principal de apoyar la aplicación de las disposiciones resultantes del acuerdo de paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC, así como apoyar a la población colombiana a superar los graves efectos negativos derivados de los cincuenta años del largo y violento conflicto interno armado.

Se prevé que el Fondo Fiduciario se constituya mediante la firma del "Acuerdo por el que se crea el Fondo Fiduciario de la Unión Europea para Colombia y se establece su Reglamento interno", en los márgenes del Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea del próximo 12 de diciembre. Su duración tiene un período limitado de cinco años.

Noventa millones de euros en recursos comprometidos

El Fondo cuenta en la actualidad con unos recursos comprometidos de 90.232.000 euros, que provienen de los propios instrumentos de financiación de la Unión Europea y de las contribuciones de sus Estados miembros.

España impulsó la constitución del Fondo y la contribución española prevista asciende a tres millones de euros. Los objetivos del Fondo se encuentran en sintonía con los de la Cooperación Española. En efecto, el objetivo principal de los actores de la Cooperación Española en Colombia, de acuerdo con el vigente Marco de Asociación País 2015-2019, es el apoyo a los esfuerzos del Estado y de la sociedad civil colombiana en la construcción y logro de una paz duradera y sostenible.

El desglose de las contribuciones al Fondo Fiduciario de la UE sería el siguiente:

  • Comisión Europea, 72.000.000 de euros
  • España, Irlanda, Italia, Holanda y Suecia, 3.000.000 de euros cada uno.
  • Reino Unido y Alemania, 1.500.000 de euros cada uno.
  • Portugal, 200.000 euros
  • Eslovaquia, 20.000 euros
  • Lituania, 12.000 euros
  • Francia y Andorra (sin determinar)


Defensa

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA EL DESPLIEGUE EN IRAK DE 25 GUARDIAS CIVILES Y 125 EFECTIVOS MILITARES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita la autorización del Congreso de los Diputados para el despliegue de efectivos de la Guardia Civil y el incremento de los efectivos de las Fuerzas Armadas españolas en la misión "Apoyo a Irak", en el marco de la coalición global contra el ISIL-DAESH.

El objeto es enviar veinticinco efectivos de la Guardia Civil para formar, capacitar e instruir a las Policías locales, regionales y de fronteras iraquíes, y, simultáneamente, incrementar el contingente militar en otros 125 efectivos militares. El despliegue máximo pasa a ser de 300 a 425 militares, tras dos años desde el comienzo de la misión.

Este aumento proporcionará unidades para seguridad, protección, apoyo logístico, sanitario y el proyecto de formación de personal iraquí, con destino a la formación en la lucha contra artefactos explosivos improvisados, al apoyo en el asesoramiento en materia de sanidad y en la continuación del adiestramiento táctico de unidades.

Compromiso con el esfuerzo global contra el DAESH

Por otra parte, para mantener su compromiso con el esfuerzo global contra el DAESH España quiere reforzar su contribución actual con capacidades adicionales que proporcionen un apoyo especializado en áreas consideradas críticas para la estabilización de Irak. Entre ellas, la primera prioridad es la formación de unidades policiales que velen por la seguridad en los territorios recuperados, permitiendo liberar al Ejército de estos cometidos en los pueblos y ciudades, que pasarían a ser protegidas por la Policía.

Posteriormente, esta formación podría extenderse a la policía de Guardia de Fronteras. España está especialmente preparada para apoyar los cometidos de formación y adiestramiento policial por contar con unidades altamente especializadas, como las de la Guardia Civil, y con unidades militares con alta experiencia en el adiestramiento inclusivo de unidades iraquíes.

Un año prorrogable

La autorización inicial será por un año prorrogable, dependiendo de la evolución de la situación y las decisiones adoptadas, junto con los aliados de España en el marco de la Coalición contra el DAESH y en la Alianza Atlántica. En ningún caso los militares y guardias civiles españoles intervendrán en operaciones de combate sobre el terreno. Las actividades de adiestramiento podrán ser realizadas en territorio de Irak o en los países de la Coalición donde se realice el mismo.

La ampliación de la participación española se financiará con cargo a la rúbrica presupuestaria "Participación de las Fuerzas Armadas en Operaciones de Mantenimiento de la Paz".

Economía, Industria y Competitividad

APROBADOS UN REAL DECRETO SOBRE LA INFRAESTRUCTURA PARA COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS Y EL MARCO DE ACCIÓN DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS
  • Se regulan las obligaciones de información a los usuarios y los requisitos técnicos de los puntos de recarga de vehículos eléctricos y para repostaje de gas natural e hidrógeno
  • El Marco de Acción Nacional de Energías Alternativas en el Transporte contempla medidas destinadas a promover la sostenibilidad en este ámbito

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y un Marco de Acción Nacional de Energías Alternativas en el Transporte con el objetivo de reducir la dependencia del petróleo en el transporte y de promover el mercado de los medios de tránsito sostenibles (por carretera, marítimos y aéreos).

Ambas medidas se enmarcan dentro de la trasposición de una Directiva comunitaria que regula las acciones concretas para asegurar la creación de una infraestructura que garantice el suministro de electricidad, de hidrógeno y de gas natural en el sector transporte, así como la información que debe facilitarse a los usuarios. El objetivo es que en 2020 la cuota de mercado para las energías renovables en el transporte sea de un 10 por 100.

Infraestructura para combustibles alternativos

El Real Decreto establece los requisitos básicos de la infraestructura de los combustibles alternativos al petróleo y concreta las especificaciones técnicas de los puntos de recarga para vehículos eléctricos, así como para las instalaciones de suministro eléctrico para buques, puntos de repostaje de hidrógeno en carretera y puntos de repostaje de gas natural para el transporte. Establece, entre otras, la obligación de que los gestores de recarga públicos hagan posibles estas recargas sin necesidad de contrato previo.

Información al consumidor

Asimismo, incluye una serie de obligaciones de información al consumidor:

  • Los fabricantes de vehículos deberán informar sobre los tipos de carburante que acepta cada vehículo. Esta información deberá figurar en los manuales de los medios de transporte, en los puntos de repostaje y recarga y en los concesionarios.
  • Además, será necesario regular la información relativa a los precios del gas natural y el hidrógeno, de forma que el consumidor pueda comparar fácilmente el precio de estos combustibles frente al de los tradicionales.
  • Se pondrán a disposición de los usuarios los datos de la situación geográfica de los puntos de repostaje y recarga.

Marco de Energías Alternativas

En cuanto a la aprobación del Marco de Energías Alternativas en el Transporte, tiene como objetivo aumentar la sostenibilidad del sistema eléctrico y gasista, mejorar la balanza comercial al reducir las importaciones de petróleo y enfocar a la industria de automoción, naval y de equipamiento industrial hacia tecnologías de futuro.

Los vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles tradicionales están llamados a formar parte de la movilidad sostenible en el transporte.

Educación, Cultura y Deporte

385 MILLONES DE EUROS A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA DESARROLLAR MEDIDAS Y PROGRAMAS DE MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA
  • De ese importe, 24 millones de euros se destinan a financiar la compra de libros de texto por parte de las familias.

El Consejo de Ministros ha aprobado once Acuerdos por los que se destinan más de 385 millones de euros a las Comunidades Autónomas para el desarrollo de medidas y programas de mejora del sistema educativo. Se trata de un reparto acordado con las diferentes Comunidades en la pasada Conferencia Sectorial de Educación.

Los 385,3 millones de euros se distribuyen de la siguiente manera:

Programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos: 24 millones de euros.

El programa de ayudas para la financiación de libros de texto y materiales didácticos trata de favorecer los principios de equidad e igualdad para compensar las situaciones socioeconómicas más desfavorables, al objeto de contribuir a que el sistema educativo garantice la equidad en la educación y la igualdad de derechos y oportunidades.

El crédito se destinará preferentemente a la adquisición hasta el 31 de diciembre de 2017 de:

  • Libros de texto y materiales didácticos que hayan de utilizarse en el desarrollo de las enseñanzas de las asignaturas troncales de los cursos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en los que se implanten las modificaciones introducidas por la LOMCE.
  • Asimismo, y con el mismo límite temporal, las Comunidades Autónomas podrán destinar parte de dichos fondos para conceder ayudas para la adquisición de libros y materiales didácticos en los cursos correspondientes a las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional en los que se implanten modificaciones introducidas por la LOMCE.

Programa de Cooperación Territorial para el aprendizaje de lenguas extranjeras: 7 millones de euros.

Este Programa tiene por objeto acciones de apoyo y refuerzo para la adquisición de destrezas de comprensión y expresión oral y escrita en lenguas extranjeras mediante actuaciones tales como actividades con alumnos en horario escolar y extraescolar, formación de maestros y profesores de secundaria, y acciones de apoyo y refuerzo.

El crédito se destinará hasta el 31 de diciembre de 2017 a financiar, preferentemente, las actuaciones que se detallan:

  • Programa de acompañamiento escolar en lengua extranjera.
  • Acciones dirigidas al alumnado de los primeros cursos de Educación Primaria de centros sostenidos con fondos públicos que no ofertan modalidades de enseñanza con un tercio o más del horario en lengua extranjera y que se encuentran ubicados en zonas en las que el apoyo a la enseñanza de lenguas extranjeras sea menor.
  • Incremento de auxiliares de conversación. Tiene por objeto incrementar el número de auxiliares de conversación extranjeros destinados a centros sostenidos con fondos públicos para el refuerzo de la práctica lingüística de los alumnos.
  • Estancias formativas en el extranjero para profesores y alumnos de centros sostenidos con fondos públicos o acciones relativas a inmersión lingüística realizadas en territorio nacional.

Programa de Cooperación Territorial de Convivencia Escolar: 1,5 millones de euros.

El Programa tiene por objeto impulsar medidas para la prevención, detección y solución pacífica de conflictos y lucha contra todo tipo de violencia dentro y fuera del aula, con especial atención a la igualdad y no discriminación, a través de planes y proyectos de convivencia escolar así como elaborar y difundir documentos o guías en las que figuren actuaciones educativas de éxito y prácticas que garanticen la inclusión educativa y la erradicación de la violencia.

El crédito se destinará hasta el 31 de diciembre de 2017 a financiar en centros sostenidos con fondos públicos alguna de las líneas de actuación del Plan estratégico de Convivencia, especialmente las siguientes:

  • Formación del profesorado y otros agentes de la comunidad educativa.
  • Planes o protocolos para la coordinación y cooperación entre administraciones, entidades e instituciones con competencia en este ámbito.
  • Realización de planes y proyectos de fomento y mejora de la convivencia en los centros educativos.
  • Realización de un Congreso o Jornada de Convivencia escolar en el que se presenten las investigaciones recientes sobre la mejora de la convivencia.
  • Elaboración de guías, documentos o publicaciones en las que se presenten actuaciones de éxito y prácticas basadas en criterios científicos que garanticen la inclusión educativa y la erradicación de la violencia.

Programa de Cooperación Territorial de necesidades específicas de apoyo educativo: 13,5 millones de euros.

Tiene por objeto actuaciones y programas específicos cuyo objetivo sea, tanto la disminución del impacto de los factores que inciden en el abandono del sistema educativo de los alumnos sin la titulación correspondiente, como la vuelta al sistema de aquellos jóvenes, con actividad laboral o sin ella, que han abandonado sus estudios.

El crédito se destinará hasta el 31 de diciembre de 2017 a la aplicación en centros sostenidos con fondos públicos de los programas de Apoyo y Refuerzo para la reducción del abandono educativo temprano y de apoyo educativo para los alumnos de altas capacidades.

Las medidas serán las siguientes:

I.- Programa de Apoyo y Refuerzo para la reducción del abandono educativo temprano

a) Medidas preventivas dirigidas a aumentar el porcentaje de alumnos que finaliza con éxito la educación secundaria obligatoria.

  • Establecimiento de estrategias concretas en los centros de educación primaria y secundaria para la identificación del alumnado con dificultades de aprendizaje, tales como desdobles de clases en pequeños grupos y atención personalizada dentro y fuera del horario escolar, reforzando las actuaciones de los Departamentos de Orientación y los programas de acompañamiento, apoyo y seguimiento académico.
  • Realización de programas específicos en aquellas zonas y colectivos en los que se dan las mayores tasas de abandono escolar, favoreciendo la cooperación y coordinación con diferentes entidades y administraciones locales y regionales mediante el establecimiento de planes conjuntos de actuación, convenios, etcétera.

b) Medidas para la orientación y seguimiento dirigidas a recuperar al alumnado que ha abandonado el sistema educativo.

  • Fomentar unidades de orientación para seguimiento y apoyo de jóvenes desescolarizados, entre dieciséis y veinticuatro años, a través de los centros de educación de adultos y corporaciones locales para favorecer su reincorporación al sistema mediante el establecimiento de programas flexibles conducentes a la titulación básica.
  • Convenios de colaboración con entidades y otras instituciones para la realización de proyectos específicos (aulas de actividades lúdico-deportivas y de ocio saludable, talleres prelaborales, etcétera) en zonas de mayor riesgo de exclusión social y abandono escolar, que favorezcan la captación de estos jóvenes y su reinserción en el sistema educativo.

c) Ofertas educativas para jóvenes que han abandonado el sistema educativo, dirigidas a la obtención de una formación y titulación reglada de educación secundaria postobligatoria.

  • Programas de escolarización compartida mediante acuerdos con el sector empresarial, que faciliten la formación y cualificación profesional de jóvenes trabajadores con baja cualificación o sin ella.
  • Programas presenciales de formación reglada que contemplen la flexibilización y adecuación de la organización escolar para favorecer la permanencia y/o continuidad en los estudios de jóvenes con empleos temporales o discontinuos.
  • Programas de formación no reglada dirigidos a favorecer la reincorporación de los jóvenes al sistema educativo.
  • Programas específicos para zonas y colectivos que presentan alta tasa de abandono y que persiguen la reincorporación al sistema educativo, y su promoción dentro del mismo, de la población comprendida entre los dieciséis y veinticuatro años.

II.- Apoyo Educativo para alumnos con altas capacidades

a) Actuaciones de refuerzo y estímulo del talento dentro del centro y acompañamiento extraescolar.

  • Programas extracurriculares de fines de semana o campamentos de verano
  • Proyectos de enriquecimiento curricular.
  • Talleres de enriquecimiento o de investigación.
  • Proyectos de colaboración con otras entidades públicas o privadas.
  • Cursos y jornadas de Formación del profesorado.

Programa de Cooperación Territorial de Salud Escolar: 1,5 millones de euros.

El crédito se destinará hasta el 31 de diciembre de 2017 a financiar en centros sostenidos con fondos públicos algunas de las líneas de actuación de Plan Estratégico de Salud Escolar y Estilos de Vida Saludable, especialmente las que siguen:

  • Realizar talleres en los centros educativos con la implicación de las familias sobre diferentes ámbitos de la Educación para la Salud con la intención explícita de mejorar las habilidades familiares para la gestión y promoción de estilos de vida saludable.
  • Fomentar un ocio saludable en la realización de actividades extraescolares. Fomento de actividades saludables deportivas (con especial atención a las alumnas adolescentes) o que promuevan valores como la convivencia, o la solidaridad.
  • Estimular el intercambio entre profesionales sobre aspectos teóricos, conceptuales, metodológicos de la promoción de la comunidad educativa. Fomentar el intercambio de materiales y buenas prácticas en materia de salud escolar entre docentes y centros.
  • Promover el conocimiento de la educación vial y el acceso al centro utilizando medios de movilidad sostenible (caminar, bicicleta, etc.) como medio para desarrollar la salud y reducir el consumo, la contaminación y los atascos en los accesos al centro educativo.

Financiación de la implantación de nuevos ciclos de Formación Profesional Básica: 230,5 millones de euros.

Financiación de la implantación de nuevos itinerarios en Educación Secundaria Obligatoria: 93,8 millones de euros.

Ayudas a Confederaciones y Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de alumnos: 203.280 euros.

Financiación de desarrollo de acciones de calidad en la Formación Profesional: 11,5 millones de euros.

Financiación del desarrollo de las Pruebas de Evaluación Final de Educación Primaria: 1,45 millones de euros.

Financiación de acciones de Formación Profesional dual: 1,2 millones de euros.

DISTRIBUCIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Los 385,3 millones de euros se distribuyen entre las Comunidades Autónomas de la siguiente manera:

COMUNIDAD AUTÓNOMATOTALES POR COMUNIDAD AUTÓNOMA
ANDALUCÍA86.170.125,43
ARAGÓN11.772.831,21
ASTURIAS (Principado de)5.686.400,71
BALEARS (Illes)10.565.879,13
CANARIAS20.497.339,14
CANTABRIA6.033.140,00
CASTILLA Y LEÓN26.282.347,69
CASTILLA-LA MANCHA26.384.850,76
CATALUÑA7.608.459,98
COMUNITAT VALENCIANA49.498.260,77
EXTREMADURA13.813.363,67
GALICIA23.629.699,72
MADRID (Comunidad de)48.602.831,18
MURCIA (Región de)19.501.558,36
NAVARRA (C.Foral de)4.924.247,61
PAÍS VASCO19.495.673,34
RIOJA (La)4.886.019,86
TOTALES 385.353.028,56

Fomento

APROBADA LA PRÓRROGA DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2013-2016

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga durante un año del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. Con esta prórroga se garantiza la continuidad de la financiación de las ayudas estatales a la vivienda durante el año 2017.

El Plan Estatal 2013-2016 centra sus esfuerzos en el fomento de las ayudas al alquiler y a la rehabilitación y regeneración y renovación urbanas.

Las ayudas al alquiler se conceden a las familias con menos recursos económicos, priorizando en función del número de personas y composición de la unidad de convivencia. Se conceden las ayudas a las familias que más lo necesitan.

Las ayudas a la rehabilitación y a la regeneración y renovación urbanas mejoran la calidad de vida de los ciudadanos y renuevan el parque inmobiliario español. Han creado en estos últimos cuatro años más de 36.000 puestos de trabajo.

Más de 570.000 ayudas

Con cargo a fondos del Ministerio de Fomento, desde 2013 hasta la fecha se han concedido más de 570.000 ayudas. Así, 239.354 familias han sido beneficiarias de ayudas al alquiler y 80.709 viviendas han sido rehabilitadas o están en proceso de serlo.

En el mismo período, 249.973 familias han disfrutado de ayudas de subsidiación para la adquisición de vivienda protegida.

El Ministerio de Fomento ha invertido en los ejercicios 2013-2016 hasta la fecha más de 2.427 millones de euros en ayudas estatales a la vivienda.

El próximo 15 de diciembre se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo en la que el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas iniciarán el debate de propuestas con objeto de consensuar un nuevo Plan Estatal de Vivienda para los ejercicios 2018 a 2021, ambos incluidos.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

104,8 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROGRAMAS AGRÍCOLAS, GANADEROS Y DE DESARROLLO RURAL
  • 41,8 millones corresponden al reparto de la Conferencia Sectorial del pasado mes de junio y se destinan a desarrollo rural, sanidad animal y al fomento de la apicultura.
  • Los restantes 62,9 millones de la Conferencia Sectorial de octubre se destinan también a desarrollo rural, lucha contra plagas y a la erradicación de enfermedades de los animales.

El Consejo de Ministros ha aprobado el reparto de 104.821.622,72 euros entre las Comunidades Autónomas para el desarrollo de programas agrícolas, ganaderos y de desarrollo rural. Con ello se formalizan los criterios de reparto y los compromisos financieros acordados en las Conferencias Sectoriales de Agricultura y Desarrollo Rural celebradas los pasados meses de junio y octubre. Del total de fondos corresponden 73,1 millones de euros a la aportación de la Administración General del Estado para los Programas de Desarrollo Rural para el período 2014-2020.

CONFERENCIA SECTORIAL JUNIO 2016

En primer lugar, se ha aprobado la distribución de 41.821.622,72 euros correspondiente al reparto acordado en la Conferencia Sectorial del pasado mes de junio para desarrollo rural, sanidad animal y fomento de la apicultura.

Dentro de esa cantidad se destinan 32.644.546 euros para la financiación de los Programas de Desarrollo Rural 2014-2020. Esta cantidad forma parte de la aportación de la Administración General del Estado para cofinanciar la aportación del FEADER y posibilitar la correcta ejecución de los Programas de Desarrollo Rural de las Comunidades Autónomas.

COMUNIDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA8.138.598,50
ARAGÓN2.639.324,93
ASTURIAS2.237.526,90
ILLES BALEARS175.000,00
CANARIAS21.352,50
CANTABRIA1.016.878,00
CASTILLA-LA MANCHA3.455.010,18
CASTILLA Y LEÓN5.506.637,25
CATALUÑA1.829.717,00
EXTREMADURA2.524.629,25
GALICIA2.582.375,00
MADRID50.000,00
MURCIA1.250.000,00
LA RIOJA592.496,53
C. VALENCIANA625.000,00
TOTAL 32.644.546,04

También se ha aprobado la asignación de 6.758.659 euros para los Programas estatales de erradicación de enfermedades de los animales. En este apartado se incluyen las indemnizaciones por sacrificio obligatorio tras el diagnóstico de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, tuberculosis caprina, salmonelosis, encefalopatías espongiforme transmisible (EEB y tembladera) y leucosis enzootica bovina.

Se contempla, igualmente, la cofinanciación europea para la realización de pruebas de diagnóstico para el programa de vigilancia de la Encefalopatía Espongiforme Transmisible y para el apoyo al desarrollo del programa de control y erradicación de la Lengua Azul.

COMUNIDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA1.874.197,50
ARAGÓN66.245,00
ASTURIAS198.876,00
ILLES BALEARS20.942,50
CANARIAS10.044,00
CANTABRIA421.619,50
CASTILLA-LA MANCHA547.346,00
CASTILLA Y LEÓN1.551.626,50
CATALUÑA115.910,00
EXTREMADURA1.352.246,00
GALICIA375.095,00
LA RIOJA17.277,00
MADRID88.785,50
MURCIA53.556,50
C. VALENCIANA64.892,00
TOTALES 6.758.659,00

Por otra parte, se aprueba la transferencia de 2.453.607 euros para el fomento de la apicultura. En su distribución se ha tenido en cuenta el número de colmenas registradas sobre la base del Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), así como la disponibilidad presupuestaria de las Comunidades Autónomas y los remanentes derivados del ejercicio 2015.

COMUNIDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA525.962,22
ARAGÓN104.041,28
ASTURIAS36.515,54
ILLES BALEARS9.642,45
CANARIAS7.051,02
CANTABRIA9.824,78
CASTILLA-LA MANCHA173.782,08
CASTILLA Y LEÓN400.918,50
CATALUÑA105.328,51
EXTREMADURA557.767,81
GALICIA129.829,93
LA RIOJA18.163,64
MADRID9.497,97
MURCIA86.486,45
C. VALENCIANA278.794,95
TOTAL 2.453.607,13


CONFERENCIA SECTORIAL OCTUBRE 2016

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado el compromiso financiero de 62.964.810,55 euros acordado en la Conferencia Sectorial de octubre de 2016, para desarrollo rural, lucha contra plagas y erradicación de enfermedades de los animales.

Del total de los fondos corresponden 48.505.418,88 euros para la financiación por parte de la Administración General del Estado de los Programas de Desarrollo Rural para el período de programación 2014-2020.

COMUNIDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA3.953.898,50
ARAGÓN5.977.591,16
ASTURIAS3.662.742,53
ILLES BALEARS350.000,00
CANARIAS42.705,00
CANTABRIA75.435,88
CASTILLA-LA MANCHA7.630.046,15
CASTILLA Y LEÓN9.317.969,37
CATALUÑA7.012.321,27
EXTREMADURA1.254.843,90
GALICIA6.123.019,44
LA RIOJA428.879,31
MADRID100.000,00
MURCIA1.325.966,37
C. VALENCIANA1.250.000,00
TOTAL 48.505.418,88

También se destinan un total de 7.514.494,68 euros para la línea de Programas Estatales de vigilancia, control y erradicación de plagas y enfermedades. Para esta distribución se han tomado en cuenta los laboratorios colaboradores con los programas nacionales de prospecciones fitosanitarias, cuarentena y de erradicación, así como la erradicación de organismos nocivos de cuarentena o nuevos en el territorio nacional, obligada por la normativa comunitaria o europea, para lo que se brinda una colaboración financiera del 50 por 100.

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA500.051,58
ARAGÓN280.937,91
ASTURIAS157.687,50
ILLES BALEARS71.534,97
CANARIAS235.726,44
CANTABRIA1.101,00
CASTILLA LA MANCHA159.736,90
CASTILLA LEÓN809.496,96
CATALUÑA554.521,60
EXTREMADURA479.842,15
GALICIA1.194.447,24
LA RIOJA11.002,96
MADRID10.500,00
MURCIA316.453,25
VALENCIA2.531.454,22
CIUDAD DE CEUTA200.000,00
TOTAL 7.514.494,68

En materia de sanidad animal se ha aprobado el reparto entre las Comunidades Autónomas de 6.944.896,99 euros para los programas estatales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades de los animales.

Incluyen las indemnizaciones por sacrificio obligatorio tras el diagnóstico de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, tuberculosis caprina, salmonelosis, encefalopatías espongiforme transmisible (EEB y tembladera) y leucosis enzootica bovina.

También se destinan estos fondos al desarrollo del programa de control y erradicación de la Lengua Azul en algunas Comunidades Autónomas, para participar en la adquisición de vacunas.

COMUNIDADES AUTÓNOMASDISTRIBUCIÓN (en euros)
ANDALUCÍA1.932.935,49
ARAGÓN66.245,00
ASTURIAS198.876,00
ILLES BALEARS20.942,50
CANARIAS10.044,00
CANTABRIA421.619,50
CASTILLA-LA MANCHA674.846,00
CASTILLA Y LEÓN1.551.626,50
CATALUÑA115.910,00
EXTREMADURA1.352.246,00
GALICIA375.095,00
LA RIOJA17.277,00
MADRID88.785,50
MURCIA53.556,50
C. VALENCIANA64.892,00
TOTAL 6.944.896,99

Fomento

COMPROMISO DE GASTO PARA EL CONVENIO DE LA SOCIEDAD LÍNEA FIGUERES-PERPIGNAN

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a adquirir límites de compromiso de gasto, con cargo a ejercicios futuros, con la finalidad de posibilitar la suscripción de un convenio entre el Reino de España, la República Francesa y la sociedad Línea Figueras-Perpignan, para que pueda hacerse cargo de modo transitorio de la gestión, explotación y mantenimiento de la Sección Internacional entre ambas ciudades.

Para ello, los administradores de infraestructuras ferroviarias de España y Francia, Adif y SNCF Réseau, constituyeron el pasado 21 de octubre la empresa Línea Figueras-Perpignan, una sociedad anónima conjunta y participada al 50 por 100 por ambas entidades, que tendrá su sede social en Madrid y que se encargaría de la explotación y mantenimiento de la conexión internacional de alta velocidad entre España y Francia.

La llamada Sección Internacional incluye todas las obras, instalaciones, conexiones y equipamiento relacionados con la línea ferroviaria de alta velocidad, de tráfico mixto (pasajeros y mercancías) y doble vía, entre las ciudades de Figueras y Perpignan.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

MODIFICADOS LOS REGLAMENTOS DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO Y DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA
  • Se refuerza la capacidad de adaptación al cambio climático frente al riesgo de inundación, clarificando los usos del suelo en zonas inundables para garantizar la seguridad de las personas y bienes
  • Se fortalece la implantación uniforme de los caudales ecológicos
  • Se posibilita la declaración de nuevas reservas hidrológicas y se establecen las bases del censo nacional de vertidos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican, entre otros, los Reglamentos de Dominio Público Hidráulico y de Planificación Hidrológica en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales. Con esta norma se da respuesta a las obligaciones derivadas de la Directiva Marco del Agua y de la Directiva de evaluación y gestión de los riesgos de inundación.

Respuesta frente a los riesgos de inundación

En cuanto a los riesgos de inundación, la modificación refuerza la capacidad de respuesta frente al riesgo de inundaciones, riesgo que tiende a agravarse como consecuencia del cambio climático. Para ello se clarifican las limitaciones a los usos de suelo en zonas inundables, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas y bienes, desarrollando lo establecido en la Ley de Aguas, y sin perjuicio de las regulaciones específicas de las Comunidades Autónomas, cuyas competencias se respetan plenamente. Se garantiza, así, una adecuada implantación y coordinación de la norma y se fortalece la seguridad jurídica.

En este sentido, se identifican con claridad los usos y actividades vulnerables a evitar en las zonas de alto riesgo de inundación. También se establecen criterios técnicos en el diseño de infraestructuras con el fin de no afectar de forma negativa al dominio público hidráulico y al riesgo de inundación existente, en coordinación con la normativa desarrollada al respecto por el Ministerio de Fomento.

Estas modificaciones se desarrollan en el marco de la Directiva europea y de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación del Gobierno de España, y mejorarán la adaptación al cambio climático mediante el fomento de una ordenación del territorio responsable y de una planificación urbanística diseñada para aumentar la resiliencia y disminuir la vulnerabilidad ante estos episodios.

Caudales ecológicos

En materia de caudales ecológicos, la modificación tiene por objeto precisar y mejorar la definición jurídica de determinados aspectos de los caudales ecológicos o ambientales.

La nueva normativa mantiene la naturaleza jurídica de los caudales ecológicos como "restricción al uso del agua en los sistemas de explotación" y la exigencia de su cumplimiento, y define los criterios para garantizar su mantenimiento, control y seguimiento por los Organismos de cuenca.

Se trata de mejoras que nacen de la experiencia acumulada en el otorgamiento de concesiones y en la tramitación y aplicación de los Planes Hidrológicos de cuenca, que es donde se fijan los volúmenes que configuran los regímenes de caudales ecológicos en cada cuenca.

Reservas hidrológicas

En tercer lugar, se configura el régimen jurídico de las reservas hidrológicas, en coordinación con los Planes Hidrológicos del segundo ciclo. Se hace, así, posible completar la declaración de las 135 reservas naturales fluviales incluidas en los Planes Hidrológicos de Cuenca. El pasado 20 de marzo ya se declararon un total de 82 por un Acuerdo del Consejo de Ministros y, con la modificación normativa, se procederá posteriormente a la declaración formal de las 53 reservas naturales fluviales restantes.

La nueva norma mejora la definición de esta figura y las medidas de gestión asociadas para conseguir la compatibilización de los usos existentes con el estado de las mismas, y buscar sinergias con el resto de Espacios Naturales Protegidos. Además, se define el Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas para dar soporte a toda la información técnica que posibilite la adecuada descripción física de las reservas hidrológicas.

Vertidos de aguas residuales

La modificación propuesta desarrolla aspectos relativos a la organización y funcionamiento del Censo Nacional de Vertidos. Así, se da cumplimiento a la Ley de Acceso a la Información Ambiental, que exige difundir informes sobre el estado del medio ambiente de ámbito nacional, de los cuales son especialmente importantes los referentes a las presiones que pueden contaminar las aguas.

Además, se concreta el destino del canon de control de vertidos para reforzar su carácter finalista, de forma que se invierta en el control, protección y mejora del medio receptor de cada cuenca hidrográfica, tal y como prescribe la Ley de Aguas.

Por último, se pretende aumentar la eficacia de la Administración, mediante la simplificación de los procedimientos y la reducción de cargas administrativas para los titulares de vertidos poco contaminantes, al tiempo que se mejora la protección de las aguas frente a vertidos generados por residuos industriales o mineros.

Educación, Cultura y Deporte

CONCESIÓN DE LA GRAN CRUZ DE ALFONSO X EL SABIO A FRANCISCO LUZÓN Y A JOAQUIM MOLINS I AMAT

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos por los cuales se conceden las Grandes Cruces de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Francisco Luzón y Joaquím Molins en atención a los méritos y circunstancias que concurren en ambos.

Francisco Luzón López. Nacido en Cuenca en 1948. Es Liicenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Siendo Presidente de la Fundación Argentaria en 1991, desarrolló actividades y programas educativos innovadores, destacando entre otros el apoyo a la Ruta Quetzal Argentaria (actualmente Ruta Quetzal BBVA). Presidió el Consejo Social de la Universidad de Castilla- La Mancha.

Desde 1996-2013 trabajó en el Banco Santander, donde tuvo un papel muy destacado como vicepresidente mundial de Universia, que es la Red de universidades más importante de Iberoamérica, constituida por 1.404 universidades de 23 países, que representan a 19,2 millones de estudiantes y profesores. Es referente internacional de relación universitaria y cuenta con el mecenazgo de Banco Santander, a través de Santander Universidades.

En el ámbito cultural, ha sido patrono de la Fundación Príncipe de Asturias, actualmente Fundación Princesa de Asturias, y también de la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD). También ha sido vicepresidente segundo del Real Patronato de la Biblioteca Nacional de España.

Joaquim Molins i Amat. Nacido enBarcelona en 1945. Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Cataluña y Master en dirección de empresas por el IESE (1969-1971). Fundador y Director de Estudios del IBEDE (Instituto Balear de Estudios de Dirección Empresarial) (1971-1973).

Desde 1977 hasta 2001 ha ejercido una intensa actividad política que le ha llevado a desempañar importantes responsabilidades tanto en las Cortes Generales como en el Gobierno de la Generalitat, donde ha demostrado tener una gran sensibilidad por la cultura.

Su intensa sensibilidad hacia el mundo de la cultura ha hecho que en 2013 fuese designado presidente del Patronato de la Fundació del Gran Teatre del Liceu, una de las principales instituciones culturales catalanas y, desde esta posición de privilegio, ha participado activamente en múltiples instituciones y proyectos de promoción de la cultura en la Comunidad Autónoma de Cataluña. En octubre de este año manifestó su voluntad de ser relevado del cargo por razones de salud, que se hizo efectiva el día 21 del mismo mes.

Educación, Cultura y Deporte

AUTORIZADAS AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS Y A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES SOBRE PROYECTO

El Consejo de Ministros ha autorizado exceptuar la aplicación de la Orden del Ministerio de Hacienda de Cierre presupuestarios del pasado 14 de julio a las convocatorias de la segunda fase de las ayudas a la producción de cortometrajes realizados y a las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto.

Las dotaciones a conceder son las siguientes: 650.000 euros a las ayudas a cortometrajes sobre proyectos y 128.796,33 euros a la segunda fase de las ayudas a cortometrajes realizados.

Educación, Cultura y Deporte

APROBADO EL NUEVO ESTATUTO DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE ESPAÑA
  • Se crean un Comité Científico y dos nuevas divisiones específicas dedicadas a la actividad cultural y a los procesos y servicios digitales.
  • El Real Patronato realizará una labor activa de captación de recursos.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el nuevo Estatuto de la Biblioteca Nacional de España (BNE), derivado de la Ley Reguladora que se aprobó en 2015.

El nuevo Estatuto de la Biblioteca supone un impulso para la mejora de la gestión interna, los servicios a los usuarios, tanto presenciales, como digitales, así como la actividad cultural. Permitirá, además, el desarrollo de proyectos de investigación, la búsqueda de patrocinios y el emprendimiento de nuevos proyectos a través de la colaboración público-privada.

Con el objetivo de adaptarse a las tecnologías de la información y a la demanda social, el nuevo Estatuto modifica la estructura básica de la institución y se crean dos nuevas divisiones específicas dedicadas a procesos y servicios digitales y a la actividad cultural.

Composición y órganos rectores

El Estatuto incorpora a sus órganos rectores al Real Patronato, por lo que los órganos rectores de la Biblioteca pasan a ser tres: la Presidencia (titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), el Real Patronato y la Dirección de la Biblioteca nacional.

El Real Patronato está compuesto por el Pleno y por la Comisión Permanente como órganos colegiados de gestión. Entre las competencias del Pleno están el impulso de las iniciativas de mejora y proyectos de colaboración e innovación, proponer el Plan Estratégico Plurianual, el Plan Anual de Objetivos o la participación en sociedades, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro.

Entre las competencias de la Comisión Permanente figuran la aprobación de donativos de patrimonio bibliográfico y documental, salida de obras para préstamos externos, precios públicos, proyectos de investigación, futuros desarrollos normativos o el impulso de proyectos de colaboración tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

Comité científico

Con el fin de dar apoyo a la investigación se crea un Comité Científico que asesorará a la Biblioteca Nacional de España en la participación de programas y proyectos de investigación, tanto nacionales como internacionales. Estos proyectos estarán destinados, tanto a proporcionar un mejor y mayor conocimiento sobre sus colecciones, como a la innovación tecnológica.

Los miembros del Comité serán natos y designados. Los designados serán elegidos por la Comisión Permanente del Patronato entre personas pertenecientes a universidades y centros de investigación, nacionales o internacionales, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia en relación a los fines y objetivos de la Biblioteca.

Captación de patrocinios

El Real Patronato de la Biblioteca Nacional de España realizará una labor activa de captación de recursos, especialmente los derivados de las aportaciones a título gratuito de entidades privadas y de particulares y de los ingresos recibidos como consecuencia del alquiler de espacios.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

29,6 MILLONES PARA DOS PROYECTOS DE ESTACIONES DE BOMBEO Y REDES DE RIEGO EN LA ZONA REGABLE DEL EMBALSE DE RIAÑO EN LEON Y VALLADOLID
  • El objetivo es la transformación de secano en regadío de alrededor de 4.650 hectáreas y beneficiará a 800 agricultores

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dos Encomiendas de gestión para la ejecución de dos proyectos de estaciones de bombeo y redes de riego, que afectan a los sectores XIX y XXI de la sub zona de Payuelos, perteneciente a la Zona Regable del embalse de Riaño, cuya transformación económica y social fue declarada de Interés General de la Nación mediante un Real Decreto de febrero de 1986.

Estos proyectos, cuya inversión conjunta ascenderá a 29.695.824 euros, se enmarcan en el Plan Coordinado de obras, que fue aprobado por el entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en abril de 2015, dónde se definen las obras necesarias para la transformación en regadío de estos sectores.

Para el cumplimiento de este Plan, se inició en mayo de este año la ejecución de la tubería de abastecimiento de agua de los sectores XVIII, XIX y XXI, con el fin de transportar agua de la balsa nº 3 del Canal Bajo de Payuelos a las estaciones de bombeo de esos sectores.

Mediante los proyectos hoy autorizados, se impulsarán las obras de las estaciones de bombeo y redes de riego de los sectores XIX y XXI, cuyo objetivo es la transformación de secano en regadío de alrededor de 4.650 hectáreas.

Estas obras, cuya finalización está prevista para 2019, beneficiarán a 800 agricultores de los términos municipales de Bercianos del Real Camino, Calzada del Coto, Gordaliza del Pino, Joarilla de las Matas y Sahagún de Campos, todos ellos en la provincia de León, y Melgar de Abajo, Melgar de Arriba y Monasterio de la Vega, en la provincia de Valladolid.

Defensa

LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS ESTARÁN REPRESENTADAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO DE ISFAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, modificación que tiene por objeto que un representante de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, que a su vez tengan representación en el Consejo de Personal, forme parte de la composición de la Junta de Gobierno del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)

La Ley Orgánica del 27 de julio de 2011, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, regula las asociaciones profesionales integradas por miembros de las Fuerzas Armadas para la defensa y promoción de sus intereses profesionales, económicos y sociales y fija las normas relativas a su constitución y régimen jurídico.

El artículo 49.2 de la Ley Orgánica prevé que los vocales de las asociaciones que formen parte del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas elegirán, entre ellos, hasta tres representantes en los órganos de gobierno o dirección de las mutualidades, asociaciones y entidades de previsión social y asistencial, cuyo ámbito de actuación incluya miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias cuando así lo prevea su normativa específica.

Propuesta en el Pleno del Consejo de Personal

En este sentido, en el Pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas del día 24 de marzo de 2015 la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas propuso la modificación de la normativa vigente para facilitar la representación de las asociaciones profesionales en el ISFAS, propuesta que fue aceptada en el sentido de instar a dicho Instituto para que iniciara el procedimiento normativo.

La inclusión de este nuevo miembro implica suprimir uno de los vocales actuales, en concreto el secretario general adjunto a la Secretaría General del ISFAS, para no superar el número máximo de miembros de la Junta de Gobierno de dicho Instituto, fijado en doce.

Composición de la Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno del Instituto Social de las Fuerzas Armadas estará compuesta, por lo tanto, de la siguiente forma:

Presidente: El Secretario General Gerente del ISFAS.

Vocales:

  • Los directores de Personal de los Mandos o Jefaturas de Personal de los tres Ejércitos.
  • El jefe de Personal de la Guardia Civil.
  • El inspector general de Sanidad de la Defensa.
  • El subdirector de Prestaciones del ISFAS.
  • El subdirector económico-financiero del ISFAS.
  • El director general de Recursos o miembro del CNI en quien aquel delegue con rango, al menos, de subdirector general.
  • Un vocal en representación de todas las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el Consejo de Personal.
  • El asesor jurídico del ISFAS, quien ejercerá, además, la función de Secretario.
  • El interventor delegado del ISFAS."

Defensa

ACUERDO MARCO PARA EL MANTENIMIENTO DE AERONAVES DEL EJÉRCITO DEL AIRE

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco y de los contratos que se adjudiquen basados en el mismo para el mantenimiento de componentes de las aeronaves del Ejército del Aire T19/D4 (CN-235), T12 (C-212) y T21 (C-295), la entrega de kits de modificación y material urgente, así como el suministro de repuestos para atender las necesidades de los citados sistemas de armas. Estas aeronaves requieren apoyo externo para algunas de las tareas de mantenimiento, al igual que para el suministro de repuestos.

Este Acuerdo Marco pretende facilitar el mantenimiento de las aeronaves mencionadas, para de esta forma tenerlas operativas en la mayor brevedad posible, con objeto de que el Ejército del Aire pueda cumplir con las misiones asignadas.

El valor máximo estimado de este Acuerdo Marco asciende a 25.400.000 euros, y su plazo de vigencia será de dos años, distribuido en 5.900.000 euros en 2017 y 6.800.000 euros en 2018, con la posibilidad de ser prorrogado por otros dos más por valor de otros 12.700.000 euros.

Defensa

CONTRATACIÓN DEL TRANSPORTE POR CARRETERA DE VEHÍCULOS, GANADO EQUINO Y MATERIAL AL SERVICIO DEL EJÉRCITO DE TIERRA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la contratación del transporte por carretera de vehículos, ganado equino y material al servicio del Ejército de Tierra por un valor estimado de 14.876.032,79 euros, con una distribución en cuatro anualidades: 2017-2020.

Mediante este contrato se pretende solventar las distintas actividades de transporte de las Unidades del Ejército desplegadas en toda España. Éstas no tienen carácter regular y en numerosas ocasiones la demanda es tan alta con ocasión de maniobras o ejercicios que no se pueden atender con medios militares, o su caso no es rentable. Por ello los servicios a realizar deben ser prestados por compañías que operan en todas las áreas geográficas.

El plazo de vigencia del Acuerdo comenzará el 1 de junio de 2017 o, en su defecto, desde la fecha que se indique en la formalización del acuerdo (siempre posterior al 1 de junio) hasta el 31 de mayo del año 2020, con la posibilidad de prórroga un año.

El procedimiento de adjudicación que se utilizará en este Acuerdo Marco de servicios será el procedimiento abierto.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para las siguientes finalidades:

  • 372.063,34 euros para la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para proceder a la aplicación a presupuesto de los pagos realizados a los afectados por el Síndrome Tóxico.
  • 98.834,32 euros para la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Fomento, para financiar en un 50 por 100 los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).
  • 26.543,96 euros para la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior para atender los gastos en concepto del cumplimiento de productividad de veinticinco miembros de la Guardia Civil por especial rendimiento y actividad extraordinaria realizada fuera de la jornada ordinaria de trabajo.

Hacienda y Función Pública

ASTURIAS Y ARAGÓN PODRÁN FORMALIZAR PRÉSTAMOS Y EMITIR DEUDA, Y ANDALUCÍA PODRÁ OTORGAR AVALES

El Consejo de Ministros ha autorizado a formalizar operaciones de deuda y préstamos a las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y Aragón, mientras que la de Andalucía recibe la autorización para otorgar avales.

Estas autorizaciones derivan de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que establece, en su artículo 20, que las operaciones de endeudamiento y la concesión de avales de las Comunidades Autónomas incumplidoras de los objetivos de estabilidad, deuda pública o regla de gasto precisarán autorización del Estado mientras persista el incumplimiento.

Las Comunidades Autónomas a que se refieren las autorizaciones hoy concedidas incumplieron el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto en el ejercicio 2015. Además, el Principado de Asturias incumplió el objetivo de deuda pública.

Las operaciones autorizadas hoy son las siguientes:

  • La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ha sido autorizada a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 265,89 millones de euros, que se destinarán a refinanciar operaciones de su cartera de deuda a largo plazo para reducir costes financieros. De igual forma, ha sido autorizada para formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 120 millones de euros, con objeto de financiar desfases transitorios de tesorería.
  • La Comunidad Autónoma de Aragón ha sido autorizada a formalizar operaciones de préstamos a largo plazo por importe de 46 millones de euros, que se destinarán a refinanciar operaciones de préstamos y créditos vivas de las que son titulares empresas públicas incluidas en el Sector Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma a precios más competitivos.
  • La Comunidad Autónoma de Andalucía ha sido autorizada a otorgar operaciones de avales por importe total de 40 millones de euros, en el marco de los convenios suscritos con distintas entidades financieras a través de determinados fondos carentes de personalidad jurídica.

La autorización para el Principado de Asturias a corto plazo sólo podrá amparar autorizaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2016. El resto de las autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de marzo de 2017. Todas las operaciones de deuda que formalicen las Comunidades Autónomas quedan supeditadas al cumplimiento de los objetivos de deuda pública fijados para el año 2016 y 2017, en su caso, y deberán respetar el principio de prudencia financiera.

Defensa

REPROGRAMACIÓN DE ANUALIDADES DE 2016 EN DIECIOCHO PROGRAMAS ESPECIALES DE MODERNIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la reprogramación de las anualidades correspondientes al año 2016 relativas a dieciocho programas especiales de modernización de las Fuerzas Armadas, trasladando su importe a las anualidades del año 2017.

De esta forma, la anualidad del año 2017 que fue autorizada por el acuerdo del Consejo de Ministros el 22 de julio de 2016, por una cuantía de 1.107.713.678,85 euros, se verá incrementada en la cantidad de 716.763.259,39 euros, con lo que resulta, en consecuencia una nueva anualidad para el ejercicio 2017 de 1.824.476.938,24 euros.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

APORTACIÓN DE 800.000 EUROS A DIVERSOS ORGANISMOS INTERNACIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado seis Acuerdos mediante los cuales se materializa la aportación de 800.941 euros como contribución española a diversos organismos internacionales. Su detalle es el siguiente:

Contribución en materia meteorológica

En primer lugar, el Consejo de Ministros ha autorizado a la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) el pago de la contribución voluntaria al programa Grupo de Cooperación del Modelo de Área Limitada de Alta Resolución C (Hirlam), período 2016-2020, por un importe total de 406.300 euros. Se trata de programas fundamentales para la prestación de servicio público y salvaguarda de las vidas y bienes que desarrolla la AEMET.

El citado Grupo está integrado por los Servicios Meteorológicos Nacionales de Dinamarca, Estonia, Finlandia, Holanda, Irlanda, Islandia, Lituania, Noruega, Suecia y España, y el de Francia como miembro asociado. Desde hace dos décadas este Grupo participa en el desarrollo y explotación de modelos numéricos de alta resolución para el uso operativo en la predicción meteorológica, programa en el que AEMET lleva participando desde 1997.

El sistema de análisis y predicción HIRLAM constituye la base para la predicción meteorológica operativa a corto plazo en los países mencionados. La contribución al programa HIRLAM proporciona a la AEMET el modelo numérico operativo para la predicción de corto plazo (0-4 días); que es la base en un 90 por 100 de las predicciones que ofrece AEMET y también del Sistema nacional de avisos de fenómenos adversos para las Comunidades Autónomas y Protección Civil. Dicho modelo de predicción numérica es la piedra angular de la detección y predicción de las situaciones de tiempo severo, así como de apoyo a la aviación y a la seguridad.

Cooperación con Iberoamérica en cambio climático

Además, el Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de la cuarta adenda al Memorándum de entendimiento con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL), así como la contribución de 200.000 euros para 2016.

Esta Comisión tiene como objetivo contribuir al desarrollo económico y social de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo, incluyendo actividades en el ámbito de la lucha contra el cambio climático.

La Dirección General de la Oficina Española de Cambio Climático promueve actuaciones de cooperación con países en desarrollo en materia de cambio climático, como parte del compromiso asumido como país de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Entre estas actuaciones de cooperación se destacan las desarrolladas en el marco de la Red Iberoamericana de Oficinas de Cambio Climático, de la cual la Oficina española ejerce las funciones de secretariado desde su creación.

Proyecto de cooperación pesquera de la FAO

Asimismo, se ha autorizado la contribución al proyecto de cooperación pesquera "Copemed Fase II" de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación (FAO), por valor de 90.000 euros.

Este proyecto de "Apoyo técnico y creación de redes de cooperación que faciliten la coordinación en apoyo de la ordenación pesquera en el Mediterráneo Occidental y Central" se enmarca en las acciones de cooperación pesquera de la Secretaría General de Pesca, dentro de las líneas de política internacional que viene desarrollando en el ámbito de sus competencias.

Su objetivo general es la sostenibilidad de los recursos pesqueros de las sub-regiones del Mediterráneo Occidental y Central y de sus ecosistemas, teniendo en cuenta los aspectos ambientales, biológicos, económicos, sociales e institucionales, así como la promoción de la cooperación científica inter-regional y el apoyo a los foros de gestión pesquera regionales.

Mediante la participación de España en este marco de cooperación, como principal actor en la subregión centro-occidental del Mediterráneo, nuestro país mantiene una relevancia estratégica de nuestro país en la zona y sirve de modelo en el ámbito pesquero a los países de la orilla sur, menos desarrollados y con necesidad de apoyo.

Contribución a la Estrategia 5+5 en el Mediterráneo

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha autorizado la contribución al Secretariado de la Estrategia del Agua en el Mediterráneo, Red Mediterránea de Organismos de Cuenca), por importe de 50.000 euros.

Se trata de una Red Regional de Organismos de Cuencas Hidrográficas, que forma parte de la Red Internacional de Organismos de Cuenca, y tiene por objetivo promover la gestión integrada de los recursos hídricos por cuenca hidrográfica, como un útil esencial del desarrollo sostenible.

Esta Red está implicada en el desarrollo de la Estrategia del Agua para el Mediterráneo Occidental, que es una iniciativa liderada conjuntamente por España y Argelia. Los trabajos previstos de la Estrategia 5+5 en 2016 se centran en el desarrollo de un Plan de Acción y puesta en práctica del mismo, de vital importancia para promover la cooperación en el Mediterráneo. La Red Mediterránea de Organismos de Cuenca es la entidad elegida como Secretaría de la Estrategia del Agua para el Mediterráneo Occidental, trabajará para el Plan de Acción de cara a su definición, implementación y seguimiento, y proporcionará soporte técnico a las propuestas, apoyo para coordinación de solicitudes de financiación, etcétera.

Contribución a la UNESCO para la Conferencia de Directores Iberoamericanos del Agua

Igualmente, el Consejo de Ministros ha autorizado la contribución a la UNESCO para la realización de actividades de la Conferencia de Directores Iberoamericanos del Agua (CODIA), por importe de 40.000 euros.

La CODIA surge como respuesta al mandato del I Foro Iberoamericano de Ministros de Medio Ambiente (España, 2001) para crear un foro de la región en la que participaran los principales responsables de la gestión del agua en la región latinoamericana. Existe una asociación estratégica con la UNESCO que permite incorporar a CODIA las líneas de trabajo comprendidas en los acuerdos suscritos con UNESCO.

España, de la mano de los países de la comunidad iberoamericana, trabaja desde hace más de quince años para hacer de la CODIA una plataforma de conocimiento y de capacitación que dote a los gestores iberoamericanos del agua de la formación necesaria para desarrollar sistemas eficaces de su gobernanza de los recursos hídricos.

Apoyo a la Asociación Europea de Producción Animal

También se ha aprobado el pago de 14.641 euros como contribución a la Asociación Europea de Producción Animal, organización internacional de carácter científico, bajo los auspicios de la FAO, cuyo objetivo es promover las mejores condiciones económicas y estructurales para la producción animal, a través de una activa colaboración entre organizaciones nacionales que son miembros de esta organización en los campos de la investigación científica, la experimentación, la genética animal y la asistencia técnica.

España es uno de los miembros fundadores de esta Asociación y ha mantenido un papel activo durante los más de sesenta años de vida de la misma, con la organización de varios congresos anuales.

Hacienda y Función Pública

CONTRATOS PARA MANTENIMIENTO INFORMÁTIVA DE LAS BASES DE DATOS DEL CATASTRO

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la celebración de contratos para el soporte y mantenimiento de la infraestructura informática de la Dirección General del Catastro.

la base de datos del Catastro permite realizar las funciones catastrales, utilizando aplicaciones informáticas propias, y la prestación de los servicios catastrales electrónicos para los ciudadanos, las administraciones públicas y notarios y registradores, mediante su acceso a la Sede Electrónica del Catastro.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

EXCEPTUADOS DEL CIERRE PRESUPUESTARIO CONTRATOS Y EXPEDIENTES DE VARIAS DIRECCIONES GENERALES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Acuerdos por los que se autoriza exceptuar la aplicación de la Orden del Ministerio de Hacienda del pasado 14 de julio que regulaba las operaciones de cierre del ejercicio 2016 al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarios, a determinados contratos y expedientes de tres direcciones generales del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Dirección General del Agua

La excepción afecta a la tramitación de las autorizaciones de determinados expedientes relativos a actuaciones en materia de agua. Se trata de ocho contratos en total, con un presupuesto conjunto de 6.575.234 euros, y se corresponden con avances de modernización de regadíos, depuración de aguas residuales y trabajos dirigidos a atender requisitos comunitarios derivados de los Planes Hidrológicos del segundo ciclo.

Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar

Se trata de exceptuar el expediente de contrato de servicios de asistencia técnica a la dirección de obra y coordinación de seguridad y salud en las obras de regeneración de la Bahía de Portmán y tratamiento de la corta minera Murcia, con un importe de 628.948 euros. La importancia de la obra de regeneración medioambiental de la Bahía de Portmán, así como la complejidad de la dirección de esta obra, ya en marcha, aconsejan agilizar la contratación de la asistencia técnica para garantizar el adecuado desarrollo de los trabajos. Dada la importancia de las actuaciones a realizar y la conveniencia de no tener que suspender su ejecución, se precisa proseguir la tramitación del expediente.

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural

La última de las excepciones se refiere al desarrollo en marcha por parte del Ministerio de una plataforma electrónica para el intercambio y mejora del conocimiento de la gestión de residuos en España, con el fin de poder dar cumplimiento, de forma más eficaz, a las obligaciones de información del Reino de España en la materia, especialmente en lo que respecta al control de los traslados de residuos. En el desarrollo de la plataforma e-SIR se han invertido hasta la fecha 326.000 euros. El coste de la modificación de esta encomienda para la que se solicita la excepción de la Orden de cierre presupuestario es de 250.000 euros, con lo que se completarían los trabajos desarrollados hasta la fecha.

Fomento

TOMA DE CONOCIMIENTO DE ENMIENDAS A CONVENIOS DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobados tres Acuerdos por los que se toma conocimiento de la entrada en vigor de determinadas Enmiendas aprobadas en el seno de la Organización Marítima Internacional y que afectan a diferentes Convenios Internacionales de aplicación en el ámbito de la construcción de buques, la navegación y el transporte marítimo. Son los siguientes:

  • Enmiendas al Convenio sobre el Reglamento internacional para prevenir los abordajes de 1972. Este Convenio establece las reglas de rumbo y gobierno que permiten a los buques una navegación segura en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella, definiendo la posición de las luces y marcas, y las señales acústicas y luminosas, que deben exhibir en diferentes condiciones de trabajo, navegación y visibilidad.
  • Enmiendas a los Anexos III y VI del Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL). Este Convenio fija las reglas para prevenir y reducir al mínimo la contaminación del medio marino ocasionada por los buques, tanto de forma accidental como la procedente de las operaciones normales que realizan, y cubre en sus diferentes anexos aspectos tales como la prevención de la contaminación por: hidrocarburos, sustancias nocivas transportadas a granel, sustancias perjudiciales transportadas en bultos (Anexo III), aguas sucias generadas en los buques, basuras, así como la prevención de la contaminación atmosférica (Anexo VI).

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Director general de Políticas Financieras, Macroeconómicas y Laborales de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno.-

D. AITOR JOSÉ MATE RINCÓN

Nacido en 1978 en Barcelona, es Licenciado en Economía por la Universidad Carlos III de Madrid y pertenece al Cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Después de prestar sus servicios en la Oficina Comercial de España en Seúl, en la División de Industrias Culturales de la Unesco y en la Asociación de Empresas de Electrónica y TIC (AETIC), fue consejero en la dirección general del Tesoro y Política Financiera y vocal asesor en la Oficina Económica del Presidente del Gobierno. Actualmente era consejero económico y comercial jefe en la Oficina Económica y Comercial de España en Belgrado.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Directora general de Medios y Diplomacia Pública.-

Dª ANA MARÍA RODRÍGUEZ PÉREZ

Licenciada en Filosofía y Letras con especialidad en Árabe e Islam por la Universidad Autónoma de Madrid, posee el Diploma Internacional en Administración Pública por l'Ecole Nacionale d'Administration (ENA) de Francia. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha estado destinada en el Gobierno Civil de Granada y, como consejera de Información, en las representaciones diplomáticas españolas en Marruecos, Representación Permanente de España ante la Unión Europea e Italia. Ha ocupado diferentes puestos en la Secretaría de Estado de Comunicación del Ministerio de la Presidencia y en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Hacienda. Desde agosto de 2012 era consejera coordinadora de Información en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea.

Defensa

Almirante jefe de Apoyo Logístico de la Armada.-

Almirante D. SALVADOR MARÍA DELGADO MORENO

Nacido el 5 de noviembre de 1956 en Cartagena, ingresó en la Armada en 1974.

Ha estado destinado en el buque "Velasco", en el patrullero "Villaamil", en el buque de transporte "Conde del Venadito", en la corbeta "Descubierta", en los patrulleros "Ulla" e "Infanta Elena" y en el cazaminas "Guadalmedina", del que fue comandante al igual que de la fragata "Numancia" y el buque escuela "Juan Sebastián de Elcano". Fue jefe de la División de Logística del Estado Mayor de la Armada y almirante jefe del Mando Naval de Canarias. Desde septiembre de 2012 era almirante jefe de la Fuerza de Acción Marítima.

Hacienda y Función Pública

P residenta de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.-

Dª PILAR PLATERO SANZ

Es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece a los Cuerpos de Inspectores de Hacienda y de Aduanas del Estado, de Interventores y Auditores del Estado, y Técnico de Auditoria y Contabilidad. Miembro del Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Después de trabajar en la Oficina Nacional de Auditoría, donde dirigió equipos en numerosos controles financieros y de gestión, fue asesora de gasto público del Ministro de Hacienda y directora de Gabinete del Secretario de Estado de Presupuestos. En mayo de 2004 pasó a ocupar el puesto de interventora delegada del Museo Nacional del Prado en representación del Ministerio de Economía y Hacienda, y en enero de 2009 el de socia del despacho de consultoría económica estratégica Equipo Económico. Desde diciembre de 2011 era subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas.

Fomento

D irectora general de Programación Económica y Presupuestos.-

Dª MARÍA JESÚS ROMERO DE ÁVILA TORRIJOS

Nacida el 2 de octubre de 1972, es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales y Actuaria de Seguros por la Universidad Complutense de Madrid, y pertenece al Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.

Fue interventora auditora en la Intervención General de la Seguridad Social y subdirectora de Política Financiera en la Comunidad de Madrid. Desde 2013 era subdirectora general de Relaciones Financieras con las Comunidades Autónomas en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Educación, Cultura y Deporte

D irector general de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.-

D. LUIS LAFUENTE BATANERO

Es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y Licenciado en Ciencias Políticas por la UNED. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha sido jefe de servicio y consejero técnico en la subdirección general de Planificación de Recursos Humanos; subdirector general adjunto de Seguimiento y Control de la Gestión en el Ministerio de Administraciones Públicas; subdirector general de Protección del Patrimonio Histórico de la dirección general de Bellas Artes y Bienes Culturales y responsable en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. En 2010 fue nombrado subdirector general de Difusión y Gestión de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en la que actualmente era subdirector general de Protección y Conservación.

D irector general de Industrias Culturales y del Libro.-

D. JOSÉ PASCUAL MARCO MARTÍNEZ

Nacido el 13 de febrero de 1958 en Madrid, es Licenciado en Filosofía y en Derecho, e ingresó en 1983 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Pakistán y Nicaragua. Fue cónsul general de España en Melbourne, subdirector general de la Oficina de Planificación y Evaluación, jefe de la Oficina Comercial de la Embajada de España en Turquía, segundo jefe en la Embajada de España en Sudáfrica y consejero y coordinador en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea. En 2002 fue nombrado director adjunto del Gabinete de la Ministra de Asuntos Exteriores y, posteriormente, embajador de España en la República Democrática del Congo y en la República del Congo. Fue segundo jefe de la Embajada de España en Estados Unidos y, en septiembre de 2010, fue designado embajador Representante Permanente Adjunto de España ante la Unión Europea. Desde julio de 2015 era director general de Política e Industrias Culturales y del Libro.

Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

S ecretario general técnico.-

D. ALFONSO CODES CALATRAVA

Nacido el 8 de abril de 1985, es Licenciado en Derecho por ICADE y pertenece al Cuerpo de Abogados del Estado.

Después de ejercer la abogacía en el sector privado, ha sido abogado del Estado en A Coruña y en Murcia. Actualmente era abogado del Estado en la Secretaría de Estado de Cultura.

Economía, Industria y Competitividad

D irector general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) .-

D. RAMÓN GAVELA GONZÁLEZ

Nacido el 18 de septiembre de 1948, es Ingeniero Superior Industrial por el ICAI y Diplomado en Energía Nuclear por la Junta de Energía Nuclear.

En 1972 entró en la Junta de Energía Nuclear (hoy CIEMAT) donde fue jefe de la sección de Proyectos Mecánicos y director del Departamento de Infraestructura General Técnica. En ENRESA ocupó los puestos de director de los departamentos de Ciencia y Tecnología y Administración y Servicios. En 2004 se incorporó al CIEMAT donde ha dirigido los departamentos de Tecnología y de Energía, puesto éste último que desempeñaba en la actualidad.

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