Referencia del Consejo de Ministros

30.9.2016

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales.

Justicia

  • ACUERDO por el que se autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, para la tramitación de contratos de suministros imprescindibles para el funcionamiento del proyecto de Justicia Digital.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO LEY por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.
  • ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de Acuerdos de modificación de Convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Comunidad Valenciana y determinadas instituciones de investigación, para la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científico-tecnológicas cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de un Acuerdo de modificación de un Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud, para la selección y ejecución del proyecto "Construcción del Centro Andaluz de Nanomedicina y Biotecnología", cofinanciado por el FEDER.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de un Acuerdo de modificación de un Convenio de colaboración suscrito entre el suprimido Ministerio de Educación y Ciencia, la Junta de Andalucía y la Universidad de Almería, para colaborar en la realización de actuaciones de investigación y desarrollo a través de la construcción de un edificio científico-técnico en el campus universitario, dedicado a albergar los Institutos y Centros de Investigación de Base Tecnológica de la Universidad de Almería.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a otorgar avales a la Feria de Zaragoza por un importe máximo de 3.339.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Valenciana a otorgar avales por medio del Instituto Valenciano de Finanzas por un importe máximo de 1.945.000 euros.
  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con los artículos 2, 4, 5, 7, 8, 11, 12,17, disposición adicional segunda y disposiciones finales segunda y quinta del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 13/2015, de 24 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un contrato con la sociedad mercantil estatal RENFE-Viajeros, S.A. para la prestación de los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril de "Cercanías", "Media Distancia" y "Ancho Métrico", competencia de la Administración General del Estado, sujetos a obligaciones de servicio público en el periodo 2016.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se modifica el anexo III C del Real Decreto 906/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior de Coordinación de Emergencias y Protección Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se remite al Ministerio Fiscal y se suspende el procedimiento administrativo sancionador incoado en virtud del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia a la empresa Reciclaje Industrial el Polígono, S. L.

Industria, Energía y Turismo

  • ACUERDO por el que se resuelve la suspensión del procedimiento sancionador incoado a la empresa Seat, S.L.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia de la conducción de agua desalinizada de la red de distribución de la desalinizadora de Valdelentisco al embalse de Algeciras, en los términos municipales de Alhama de Murcia y Librilla (Murcia), por un importe máximo de 5.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia destinadas a la clausura de las conducciones de las obras de la modificación nº 2 del proyecto de desagües que completan la red de la zona regable del campo de Cartagena, en los términos municipales de Cartagena, Torre Pacheco y Los Alcázares (Murcia), por importe de 1.045.000 euros.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la Memoria Anual sobre la política de endeudamiento del Tesoro Público correspondiente al año 2015 y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en Papúa Nueva Guinea, con residencia en Canberra, a D. MANUEL CACHO QUESADA.

CONDECORACIONES

Interior

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Teniente General del Ejército de Tierra, D. RICARDO ÁLVAREZ-ESPEJO GARCÍA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Almirante de la Armada, D. JUAN RODRÍGUEZ GARAT.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil al Teniente General del Ejército de Aire, D. PEDRO JOSÉ ABAD GIMENO.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda y Administraciones Públicas

ADELANTADO EL PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES A GRANDES EMPRESAS
  • Se fija un pago fraccionado mínimo del 23 por 100 para empresas que facturen más de diez millones de euros, pago que será del 25 por 100 para las entidades de crédito y las que se dediquen a la explotación de yacimientos de hidrocarburos
  • Se aplicará de forma inmediata para garantizar la senda de reducción del déficit público comprometida con la Unión Europea

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. El objetivo fundamental es aumentar los ingresos públicos para cumplir con los compromisos adquiridos con la Unión Europea, reafirmar la credibilidad de las finanzas públicas y continuar generando confianza en la economía española.

Las medidas no van a afectar a las Pymes, que constituyen la mayoría del tejido empresarial español, sino a los pagos fraccionados que realizan las empresas con volumen de facturación superior a los diez millones de euros. El impacto recaudatorio estimado es de 8.300 millones de euros, a repartir entre las 9.000 mayores empresas.

Medidas:

1.- Pago mínimo

El Real Decreto Ley reestablece la figura de un tipo mínimo en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. No se trata de una subida del tipo de gravamen del impuesto, sino de un mayor adelanto a cuenta de lo que deban tributar, que será descontado cuando presenten la oportuna declaración del impuesto, según estipula la Ley.

  • El tipo mínimo en el pago fraccionado será del 23 por 100 del resultado contable positivo y se aplicará a las empresas con un volumen de facturación superior a diez millones de euros.
  • El pago fraccionado mínimo será del 25 por 100 del resultado contable positivo, para las empresas con facturación superior a los diez millones de euros y que cuentan con un tipo de gravamen incrementado del 30 por 100 en el Impuesto sobre Sociedades (el tipo general del gravamen es del 25 por 100). Concretamente, este pago fraccionado mínimo incrementado del 25 por 100 corresponderá a las entidades de crédito y las que se dediquen a la exploración de yacimientos de hidrocarburos (excluidas otras como el refino), según marca la Ley del citado impuesto.

La aplicación del nuevo pago fraccionado mínimo contará con algunas excepciones como las rentas derivadas de operaciones de quita consecuencia de un acuerdo de acreedores y las rentas exentas que afecten a entidades sin ánimo de lucro.

2.- Mayor proporción para calcular el pago fraccionado

Además de fijar un pago fraccionado mínimo, se modifica también el cálculo del pago fraccionado para las empresas con volumen de facturación superior a diez millones de euros, con el fin, precisamente de aproximarlo al tipo nominal del impuesto. De esta forma, se aplicará el 24 por 100 de la base imponible en vez del 17 por 100 actual.

Aplicación inmediata

El Real Decreto Ley entrará en vigor de forma inmediata, una vez que se publique hoy en el Boletín Oficial del Estado. Se crea con vigencia indefinida y afectará ya a los próximos pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, correspondientes a los meses de octubre y diciembre de 2016, con el objetivo de garantizar la senda de reducción del déficit público comprometida con la Unión Europea.

El Real Decreto Ley deberá ser convalidado por el Parlamento en las próximas semanas.

Justicia

EXCEPTUADOS DE LAS OPERACIONES DE CIERRE PRESUPUESTARIO TRES CONTRATOS VINCULADOS A LA EXTENSIÓN DE LA JUSTICIA DIGITAL

El Consejo de Ministros ha autorizado exceptuar la aplicación de la Orden del Ministerio de Hacienda del pasado 14 de julio por la que se regulaban las operaciones de cierre del ejercicio relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, con el fin de tramitar varios contratos de suministros imprescindibles para el proyecto de Justicia Digital.

Se trata de un total de tres contratos destinados a suministrar ordenadores portátiles ultraligeros, "docks station" (estaciones de carga) y teclados para dispositivos "Surface Pro 4", así como lectores de tarjetas "bluetooth" imprescindibles para los puestos de trabajo móviles que precisan determinados usuarios de la Administración de Justicia (jueces, magistrados, letrados y fiscales) en esta fase de la Justicia digital.

Plataformas utilizadas por 150.000 profesionales de la Justicia

El cierre del ejercicio 2016 el pasado mes de julio comprometía las contrataciones previstas para el segundo semestre del presente ejercicio en relación con el cumplimiento de los proyectos de Justicia Digital y Fiscalía Digital en fase II. La obligación para todos los profesionales de la Justicia, oficinas judiciales y fiscales de emplear desde enero de 2016 los sistemas telemáticos en todos sus escritos, así como la de los Juzgados y Tribunales de tramitar electrónicamente los procedimientos, supone que más de 150.000 profesionales de la Justicia acudan diariamente a las plataformas que el Ministerio ha implantado para digitalizar el sistema en los plazos establecidos.

Además, a partir del 1 de enero de 2017 otros colectivos e instituciones que trabajan con la Justicia, como la Policía, la Guardia Civil, los hospitales y los notarios, entre otros, deben utilizar los medios electrónicos en sus comunicaciones. Se implantará también la Fiscalía Digital en las 42 fiscalías gestionadas por el propio Ministerio.

El incumplimiento de estos compromisos podría suponer riesgos graves en el funcionamiento de los servicios ordinarios y críticos que presta normalmente el Ministerio de Justicia, además de posibles reclamaciones de los profesionales ya adaptados al nuevo sistema.

Detalle de los contratos

Por ello, la excepción aprobada hoy por el Consejo de Ministros permitirá tramitar tres contratos básicos con los que se cumplirán en plazo los objetivos previstos en esta fase de implantación de la Justicia digital, especialmente la dotación de movilidad a los jueces, magistrados, letrados de la Administración de Justicia y fiscales que trabajan en distintas ubicaciones físicas (salas de vistas, atención a testigos, diferentes juzgados, etcétera) y requieren herramientas informáticas que les permitan consultar los expedientes digitales en cada una de ellas.

El primer contrato consiste en el suministro de 1.450 ordenadores portátiles ultraligeros para dotar de un puesto de trabajo móvil a 450 magistrados, 450 letrados de la Administración de Justicia, 400 fiscales y 150 jueces. El importe estimado es de 1.417.321,24 euros.

El segundo contrato incluye el suministro de "docks station" (estaciones de carga) y diversos accesorios necesarios para hacer efectiva la movilidad del colectivo citado anteriormente. El importe de esta partida es de 163.211,58 euros.

Por último, el tercer contrato incluye el suministro de 695 teclados para equipos "Surface Pro 4" y 695 lectores de tarjetas "bluetooth", dispositivos que completarán la movilidad de estos profesionales de la Justicia que ya podrán consultar siempre el expediente judicial electrónico y prescindir de las copias de papel en las distintas ubicaciones. El importe alcanza los 144.693,86 euros.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

OBRAS DE EMERGENCIA DE LA CONDUCCIÓN DE AGUA DE LA DESALINIZADORA DE VALDELENTISCO AL EMBALSE DE ALGECIRAS (MURCIA)
  • Con un presupuesto de cinco millones de euros, garantizará, en caso necesario, el suministro de caudales al canal del acueducto Tajo-Segura de la margen derecha, a la altura del embalse y desde la red de distribución de la desalinizadora de Valdelentisco, así como el doble suministro al valle del Guadalentín

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia de la conducción de agua desalada de la red de distribución de la planta desalinizadora de Valdelentisco al embalse de Algeciras, en los términos municipales de Alhama de Murcia y Librilla (Región de Murcia), por importe de cinco millones de euros.

El objetivo principal de esta actuación es poder garantizar el suministro al Valle del Guadalentín, bien mediante caudales del Trasvase, bien mediante caudales desalados, desde la red de distribución de la desalinizadora de Valdelentisco.

La interconexión se acometerá mediante una conducción de cinco kilómetros de longitud, de acero helicosoldado y un diámetro de 1.016 mm, con un trazado en planta situado junto a caminos o carreteras, con el fin de facilitar la ejecución y minimizar también las afecciones a colindantes.

La conexión con la conducción existente se realizará junto a la localidad de Inchola. Dese este punto, la conducción discurrirá en sentido noroeste hacia embalse de Algeciras donde verterá al canal del Trasvase de la margen derecha cruzando el río Guadalentín, la rambla de Algeciras y la plataforma del tren y la autovía A-7.

Real Decreto de Sequía

Esta actuación se enmarca en la respuesta del Gobierno de España a la situación de sequía del Segura y se suma a la prórroga del Real Decreto de sequía, aprobada el pasado viernes, hasta septiembre de 2017, que permitirá movilizar todos los recursos disponibles desde el inicio del nuevo año hidrológico (mañana), desde agua procedente de las plantas desalinizadoras, a la puesta en marcha de pozos de sequía, agua reutilizada, agua desalada y cesiones de derechos que puedan acordar los regantes, así como todas las medidas excepcionales que estén en mano del Gobierno para paliar los efectos de la sequía en el nuevo año hidrológico.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes prorrogar la situación de sequía declarada en las cuencas del Júcar y del Segura hasta septiembre de 2017, dado que la escasez de recursos hídricos en estas dos demarcaciones hidrográficas hace necesaria la adopción de medidas urgentes en previsión de que la sequía se prolongue.

Así, la cuenca del Segura arrancó el año hidrológico que termina en situación de alerta, muy cercana a la emergencia, al tiempo que el indicador del subsistema Trasvase se sitúa en una situación de emergencia muy pronunciada. Durante este año, las precipitaciones han sido muy escasas (la mitad de la media de los últimos años) y, consecuentemente, ha habido una reducción importante en las aportaciones de la cuenca. En el Júcar hay que destacar la situación de emergencia en los sistemas de la Marina Baja y Serpis, y de alerta en el sistema de la Marina Alta.

Presidencia

PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN NORMATIVA A TRAVÉS DE LOS PORTALES WEB MINISTERIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y de Presidencia por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales.

La Ley del Gobierno, del 27 de noviembre de 1997, establecía dos vías para posibilitar la participación de ciudadanos, organizaciones y asociaciones en el proceso de elaboración de los anteproyectos de ley, proyectos de real decreto legislativo y proyectos de normas reglamentarias impulsados por la Administración General del Estado: con carácter previo a la elaboración del texto normativo, una consulta pública a los potenciales destinatarios de la norma a través del portal web del departamento competente y, una vez elaborado el proyecto o anteproyecto, y en el caso de que afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, la publicación del texto en el mismo portal web, al objeto de sustanciar el trámite de información pública o conceder audiencia a los afectados.

Armonización de la imagen identificativa y de la estructura del punto de acceso

En estos momentos resulta conveniente armonizar la imagen identificativa y la estructura del punto de acceso que facilite esta participación pública en los portales web de los distintos ministerios, de forma que se garantice su visibilidad y fácil acceso. Por las mismas razones, se establecerá en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración General del Estado un enlace a cada uno de los puntos de acceso ministeriales.

En la pantalla de inicio del portal web de cada departamento ministerial figurará en lugar visible un punto de acceso para facilitar la participación pública en el procedimiento de elaboración de las normas a que se refiere el apartado anterior. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas facilitará a los restantes departamentos ministeriales la imagen identificativa de este acceso, que incluirá la expresión "Participación pública en proyectos normativos".

Asimismo, la participación ciudadana podrá también iniciarse a través del Portal de Transparencia, que canalizará a cada departamento ministerial competente las correspondientes propuestas.

Los puntos de acceso ministeriales ofrecerán una doble opción: "Consulta pública previa" y "Audiencia e información pública". En ambos casos, se ofrecerá al ciudadano la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuadro de texto libre, con la opción de adjuntar documentos. Se enviará al ciudadano un aviso de la recepción de sus aportaciones.

Fomento

CERCA DE QUINIENTOS MILLONES PARA COMPENSAR A RENFE POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN 2016

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un contrato entre la Administración General del Estado y la sociedad Renfe-Viajeros, S.A. para la prestación de los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril de "Cercanías", "Media Distancia" y "Ancho Métrico", competencia de la Administración General del Estado, sujetos a obligaciones de servicio público en el año 2016.

Este contrato cubrirá la compensación a RENFE por la prestación de estos servicios durante el año 2016, con un importe máximo de 495,4 millones de euros. Las condiciones de prestación serán las mismas que en el contrato firmado entre la Administración General del Estado y Renfe-Operadora para la prestación del servicio durante los años 2013-2015.

Mediante este contrato se garantiza el derecho a la movilidad de los ciudadanos y la vertebración territorial con los mayores estándares de seguridad y calidad. Se asegura también un nivel de frecuencia adecuado y se establece el mismo compromiso de puntualidad, confort y limpieza de los servicios.

Industria, Energía y Turismo

SUSPENDIDO EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR A SEAT

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que suspende el procedimiento administrativo sancionador incoado por la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, energía y Turismo contra la empresa SEAT, perteneciente al grupo Volkswagen, por "la instalación en sistema de control del motor de un software que detecta cuando el vehículo se encuentra en las condiciones de ensayo de homologación, reduciendo en estos casos sus emisiones contaminantes de óxidos de nitrógeno", hechos que pueden ser constitutivos de una infracción muy grave tipificada en la Ley de Industria.

La razón de la suspensión es que existen actuaciones judiciales en curso por los mismos hechos y la jurisdicción penal prevalece sobre la administrativa.

El 11 de julio de 2016 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo acordó incoar un expediente administrativo sancionador a SEAT como presunta responsable de la infracción muy grave al haber incumplido la obligación de satisfacer los requisitos reglamentarios aplicables para la homologación en materia de emisiones. Conforme al artículo 38.1 de la Ley de Industria, la competencia para imponer sanciones muy graves le corresponde al Consejo de Ministros, por lo que es este mismo órgano el competente para acordar la suspensión del procedimiento sancionador.

A la luz de la información facilitada por la empresa en sus alegaciones, y por los requerimientos de información formulados al Ministerio, se ha constatado que existe identidad subjetiva y objetiva entre los hechos que son objeto del procedimiento sancionador y los de las diligencias previas que sigue la Audiencia Nacional. Por tanto, se acuerda suspender el procedimiento sancionador por la prevalencia de la jurisdicción penal sobre la administrativa (artículo 30.4 de la Ley de Industria).

Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
  • Se refiere a mecanismos que se extralimitan respecto a la normativa básica del personal de los servicios de salud

El Consejo de Ministros ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad de Madrid de medidas fiscales y administrativas.

La interposición del recurso tiene su origen en la inclusión en la mencionada Ley de varios preceptos que se estiman contrarios al sistema de distribución de competencias, al establecer mecanismos que se extralimitan respecto a la normativa básica del personal de los servicios de salud, constituida por el Estatuto Marco del Personal Sanitario Estatutario.

Aspectos recurridos

La Ley de la Comunidad de Madrid incluye una serie de previsiones (de integración, de movilidad y de promoción) aplicables a personal laboral propio de determinados centros hospitalarios, que implican una vulneración de la normativa básica de acceso al empleo público y de su régimen jurídico.

Del mismo modo, habilita la integración del personal laboral y funcionario que actualmente desempeña funciones informáticas en los servicios centrales del Servicio Madrileño de Salud en las categorías estatutarias, lo que implica un incumplimiento de las previsiones del Estatuto Marco y, además, puede dar lugar a un acceso restringido a la función pública, en lo que afecta al personal laboral.

Finalmente, regula un procedimiento que podría conducir a la conversión en interinos de forma automática del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud con contratos eventuales sucesivos, ignorando las medidas previstas en el Estatuto Marco cuando se detecta el encadenamiento de contratos eventuales.

En relación con esta Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid se inició el procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que concluyó con un acuerdo parcial.

Motivación del recurso

La procedencia del recurso viene dada por la necesidad de garantizar no sólo la aplicación de los principios de igualdad y mérito en el acceso al empleo público, principios estos articulados en el Estatuto Marco, sino también el mantenimiento de un marco común de actuación entre las Administraciones Públicas.

El recurso se eleva con invocación del artículo 161.2 de la Constitución con el fin de obtener la suspensión de los preceptos impugnados, por motivos de seguridad jurídica y con el fin de evitar perjuicios de difícil reparación entre el personal afectado, en el caso de declararse la inconstitucionalidad de los preceptos impugnados.

Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY GALLEGA DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS
  • Está vinculado al cálculo de la retribución del servicio en el sector eléctrico

El Consejo de Ministros ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de 2015 de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Los tres preceptos cuestionados (artículos 32.2, 33 y 34) están vinculados con el cálculo de la retribución del servicio en el sector eléctrico. En concreto, regulan aspectos como el tratamiento de las solicitudes de potencia eléctrica de los operadores económicos en suelos industriales, los cobros por equipos de medida con capacidad para la telemedida y la telegestión, y el régimen de la obligación de facturación con base en consumos reales y sus excepciones.

El recurso se plantea por motivos competenciales al considerar que no respetan el orden de distribución de competencias. Al tener dicha regulación efectos en el régimen económico del sector eléctrico, corresponde al Estado su regulación, de acuerdo con la competencia que en esta materia le reconoce el artículo 149.1 de la Constitución, en sus apartados 13ª y 25ª. Por otra parte, la regulación de los preceptos impugnados contradice lo dispuesto en las normas que, en desarrollo de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, se han dictado en relación con los aspectos citados. El recurso se eleva con invocación del artículo 161.2 de la Constitución con el fin de obtener la suspensión de los preceptos impugnados.

Educación, Cultura y Deporte

RESPUESTA AL REQUERIMIENTO DE INCOMPETENCIA FORMULADO POR CATALUÑA SOBRE LAS EVALUACIONES FINALES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con los artículos 2, 4, 5, 7, 8, 11, 12, 17, disposición adicional segunda y disposiciones finales segunda y quinta del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regularon las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.

El Acuerdo hoy adoptado determina, fundamentalmente, los siguientes aspectos:

  • El Real Decreto referido se limita a dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa, del 9 de diciembre de 2013.
  • El título competencial invocado por el Estado no es, como señala la Generalidad, la competencia para dictar las normas básicas para el desarrollo del art. 27 CE (art. 149.1.30 CE, segundo inciso), sino su competencia exclusiva para regular las condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales (artículo 149.1.30 CE, primer inciso).
  • De acuerdo con esta competencia, el Estado puede acometer toda la regulación de la materia, por suponer la reserva al Estado de toda la función normativa en relación con dicho sector, y determina que las Comunidades Autónomas sólo puedan asumir competencias ejecutivas en relación con esta. Por lo tanto, no se estima posible aceptar la alegación de exceso en la regulación básica aducida por la Comunidad Autónoma.
  • Por otra parte, el Estado ha dejado margen a la intervención autonómica, como reconoce la propia Comunidad Autónoma, pues se incluye la evaluación de una asignatura específica y, en las Comunidades con lengua cooficial propia, se evalúa también la asignatura correspondiente a esa lengua y literatura.
  • En tanto que estas evaluaciones permiten verificar que el alumno se encuentra en condiciones de acceder a una etapa superior de su formación, es necesario asegurar una cierta homogeneidad en las pruebas, de modo que resulten equiparables los resultados obtenidos por los estudiantes de las distintas Comunidades Autónomas.
  • El título competencial invocado por el Estado supone una reserva normativa plena, por lo que no se aprecia exceso competencial en el precepto, más aún si se tiene en cuenta que se observa la posibilidad de las Comunidades Autónomas de adoptar las medidas que tengan por convenientes, entre las que se encuentran las previstas en la norma.
  • Por lo que se refiere a los cuestionarios de contexto aludidos, se ha de tener en cuenta que la información que aporta el resultado de las evaluaciones es fundamento de la mejora de la calidad educativa, considerada elemento esencial del sistema educativo.
  • No se determina la obligación de utilizar el catalán o castellano en las pruebas de evaluación que se refieran a asignaturas distintas de Lengua Castellana y Literatura, Primera y Segunda Lengua Extranjera y Lengua Cooficial y Literatura, sino que permite que sean los padres, madres o tutores legales los que determinen cuál será la lengua utilizada por los alumnos.

Economía y Competitividad

MEMORIA DE LA POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO DEL TESORO PÚBLICO EN 2015

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento, para su posterior remisión a las Cortes Generales, de la Memoria Anual en la que se describe la política de endeudamiento del Tesoro Público en el año 2015, así como de los datos referidos a la deuda de los organismos autónomos, en cumplimiento del mandato del artículo 93 de la Ley General Presupuestaria, del 26 de noviembre de 2003.

La Memoria explica la política de financiación seguida a lo largo del ejercicio, indicando el volumen de emisión bruta efectiva realizada y su distribución por monedas e instrumentos, las amortizaciones de Deuda del Estado y la financiación neta efectiva.

Menor coste de financiación de la historia reciente

En 2015 el Tesoro Público completó su programa de financiación al menor coste de financiación de su historia reciente. La financiación neta del Tesoro ascendió a 47.717 millones, es decir, por debajo de los 55.000 millones previstos en la Estrategia de Financiación para 2015. En términos brutos, incluida la refinanciación de los vencimientos de la Deuda Pública, el Tesoro emitió 236.817 millones de euros, de los cuales 139.000 millones de euros fueron en instrumentos a medio y largo plazo y 97.816 millones de euros, en Letras del Tesoro. A finales de 2015 el porcentaje del total de Deuda del Estado en circulación en manos de inversores no residentes ascendía al 46,98 por 100, casi la mitad del total de la cartera.

El coste medio de emisión se situó en mínimos históricos, que se han vuelto a batir en 2016. Así, en 2015 el coste medio de emisión se situó en el 0,84 por 100 a cierre del año, a pesar de que se produjo un incremento en la vida media de la cartera desde los 6,28 años a final de 2014 hasta los 6,45 años actuales.

En 2015 se amortizaron anticipadamente 4.000 millones de euros del préstamo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), solicitado en 2012 para la recapitalización del sector financiero, con lo que se daba una señal de fortaleza financiera y de mejora en las condiciones de financiación del mercado de deuda pública.

Mantenimiento de la tendencia en 2016

En 2016 se mantiene la tendencia de reducción de la emisión neta de valores del Tesoro Público. La financiación neta del Tesoro proyectada para 2016 asciende a 40.000 millones de euros, también por debajo de los 45.000 millones previstos en la Estrategia de Financiación para 2016. Asimismo, hasta finales de septiembre el coste medio de las emisiones efectuadas en 2016 se sitúa en el 0,68 por 100, con lo que se baten los mínimos históricos observados en 2015, a pesar de que la vida media de la cartera se ha incrementado notablemente hasta los 6,80 años actuales. Ello permite concluir que, tanto en 2015 como en 2016, se produjo la extraordinaria circunstancia de que el Tesoro moderó el riesgo de su cartera de deuda (medido por la mayor vida media de la misma), al tiempo que redujo su coste de financiación.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIONES PARA OTORGAR AVALES A LAS COMUNIDADES DE ARAGÓN Y DE VALENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Aragón a otorgar avales a la Feria de Zaragoza por un importe máximo de 3.339.000 euros. Asimismo, ha autorizado a la Comunitat Valenciana a otorgar avales, por medio del Instituto Valenciano de Finanzas, por un importe máximo de 1.945.000 euros.

El aval de Aragón garantizaría parcialmente una operación de crédito de la Feria de Zaragoza. Por su parte, los avales otorgados por la Comunitat Valenciana tendrían como beneficiarias a empresas del sector audiovisual.

Ambas Comunidades Autónomas precisan la autorización del Estado para estas operaciones porque incumplieron el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto del ejercicio 2015. El artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera estipula que el Estado deberá autorizar la concesión de avales, reavales u otra clase de garantías cuando la Comunidad Autónoma haya incumplido el objetivo de estabilidad, de deuda pública o de regla de gasto.

Estas autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2016.

Educación, Cultura y Deporte

LOS INGENIEROS DE MONTES PODRÁN IMPARTIR MÓDULOS PROFESIONALES DEL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Anexo III C del Real Decreto del 22 de noviembre de 2013, por el que se establecía el Título de Técnico Superior de Coordinación de Emergencias y Protección Civil y se fijaban sus enseñanzas mínimas.

La Sala Tercera de la Sección Cuarta del Tribunal Supremo, a través de una sentencia del 19 de enero de 2015, estimó un recurso contencioso-administrativo del Colegio de Ingenieros de Montes y dictaminó no conforme a Derecho la exclusión de los Ingenieros de Montes de las titulaciones previstas en el anexo III C del citado Real Decreto de 2013, además de declarar nulo dicho anexo.

En consecuencia, el Real Decreto hoy aprobado modifica el mencionado Anexo III C) en el sentido de incluir una referencia a la titulación de Ingeniero de Montes entre las titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada de otras Administraciones distintas a la educativa del Anexo III C.

Economía y Competitividad

MODIFICADOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN CON INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y DE ANDALUCÍA SOBRE PROYECTOS COFINANCIADOS CON FEDER

El Consejo de Ministros ha autorizado cuatro Acuerdos por los que se acuerda la suscripción de sendos convenios de colaboración para modificar otros tantos convenios con instituciones de la Comunidad Valenciana y Andalucía con el fin de recoger la actualización del porcentaje de la aportación FEDER a su financiación, desde el 70 al 80 por 100, tras su incremento por parte de la Comisión Europea en 2013, que aumentó la tasa de financiación a las Comunidades Autónomas.

Comunidad Valenciana

En primer lugar, se autoriza la suscripción de dos acuerdos de modificación de los convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Generalitat Valenciana y determinadas instituciones de investigación para la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científico-tecnológicas cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Los convenios afectados son con la Asociación de Investigación de Materiales Plásticos y Conexas (AIMPLAS) para la construcción y equipamiento del Centro de Desarrollo de Nuevos Materiales Composites y Nanocomposites; y con la Asociación de Investigación de la Industria del Juguete, Conexas y Afines (AIJU) para la ampliación y equipamiento del Laboratorio de Seguridad Física de Productos Infantiles.

Andalucía

En cuanto a Andalucía, el primero de los Convenios modificados es el suscrito entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Comunidad Autónoma de Andalucía y la 'Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud' para el proyecto del Centro Andaluz de Nanomedicina y Biotecnología, cofinanciado con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Además, el Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del convenio de colaboración firmado en su día entre el suprimido Ministerio de Educación y Ciencia, la Junta de Andalucía y la Universidad de Almería para la colaboración en actuaciones de investigación y desarrollo a través de la construcción de un edificio en el campus universitario de Almería destinado a albergar institutos y centros de investigación de base tecnológica.

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