Referencia del Consejo de Ministros

3.7.2015

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo; el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de Montenegro de aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Montenegro sobre la readmisión de personas que residen sin autorización.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Reglamento de pesca para el tramo internacional del río Guadiana.
  • ACUERDO por el que se autoriza la adquisición por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial de acciones de la Sociedad Innvierte Economía Sostenible, S.A., SCR, así como la posterior fusión por absorción de la Sociedad Innvierte Economía Sostenible Coinversión S.A., SCR (absorbida) por la Sociedad Innvierte Economía Sostenible, S.A., SCR.
  • ACUERDO por el que se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia del Proyecto de Ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la Enmienda al Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre los vehículos especiales utilizados en esos transportes, adoptada el 11 de octubre de 2013.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Marco de Cooperación entre el Reino de España y la República de Colombia y su ratificación, y se solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.
  • REAL DECRETO por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
  • ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Venezuela, la extradición del ciudadano de nacionalidad española José Ignacio de Juana Chaos, por un delito de justificación pública de actos terroristas propios y ajenos que a su vez humillan e intensifican el dolor de las víctimas de los mismos y de sus familiares.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 1.567.991 euros, para atender los daños causados en instalaciones militares del Ministerio de Defensa como consecuencia de las inundaciones provocadas por las crecidas del río Ebro durante los meses de febrero y marzo del año 2015, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del referido Departamento por el importe y para la finalidad indicada.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Junta de Extremadura para la realización de obras de conservación de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en dicha Comunidad Autónoma.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de la Adenda por la que se modifica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía para el Programa de Desarrollo Sostenible de los Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el organismo autónomo Jefatura de Tráfico, dependiente del Ministerio del Interior, a fin de proceder a la contratación de un servicio bancario y de apoyo a la gestión administrativa.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto en el ejercicio 2016 en el presupuesto del Ministerio de Educación Cultura y Deporte al objeto de posibilitar la convocatoria anticipada de actividades de cooperación y programas de lenguas extranjeras en el ámbito de las Consejerías de Educación en el exterior.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Tesorería General de la Seguridad Social a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros derivados de la Resolución conjunta del Secretario de Estado de la Seguridad Social y de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, para intensificar la colaboración recíproca entre la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social y la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Memorando entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España y el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos para compartir la sede de sus respectivas Embajadas en Bangladesh, Dhaka.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la Interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación con el artículo 23.1 de la Leyy 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Jefatura Central de Tráfico para contratar las actuaciones de conservación y explotación de las instalaciones de ITS en las carreteras gestionadas desde el Centro de Gestión de Tráfico de Madrid, por un presupuesto base de licitación de 23.661.545,68 euros, y un valor estimado de 47.323.091,36 euros por incluir la posibilidad de prórroga del mismo.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas, Concesionaria Española, S.A., para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la autopista AP2, en el tramo Lleida-Montblanc.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba Convenio el entre la Administración General del Estado y Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S.A., para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la autopista AP-9, en el tramo Puxeiros-Porriño.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y AP-1 Europistas, Concesionaria del Estado, S.A., para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la Autopista AP-1, Burgos-Armiñón.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y Autopista Concesionaria Astur-Leonesa, S.A., para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la autopista AP-66, Campomanes-León.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas Aumar, S.A., Concesionaria del Estado, para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la autopista AP-4, en el tramo Dos Hermanas-Jerez Norte.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Convenio entre la Administración General del Estado e Iberpistas, S.A., Concesionaria del Estado, para la aplicación temporal de medidas de bonificación para determinados vehículos pesados en la autopista AP-6, en el tramo Villalba-Villacastín.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Empleo y Seguridad Social

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero.
  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 214.614,37 euros a la empresa Desarrollos de Hostelería Gran Vía, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 699/2013, de 20 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • ACUERDO por el que se formalizan, para el ejercicio de 2015, los criterios objetivos de distribución, así como la distribución resultante, de los créditos previstos para los programas derivados del Plan Nacional sobre Drogas que desarrollen las distintas comunidades autónomas.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Justicia

  • ACUERDO por el que se nombran vocales del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos a:
    • Dª. MERITXELL BATET LAMAÑA.
    • Dª. MARÍA ROSA VINDEL LÓPEZ.
    • Dª. MARÍA DEL MAR ESPAÑA MARTÍ.
    • Dª. MARÍA ÀNGELS BARBARÀ I FONDEVILA.
    • D. JOSÉ IGNACIO PARIENTE DE PRADA.
    • D. ÁNGEL FERNÁNDEZ DÍAZ.
    • D. LUIS ANTONIO RIBOT GARCÍA.
    • D. JULIÁN VALERO TORRIJOS.
    • D. ALEJANDRO PERALES ALBERT.
    • D. PABLO POZA CISNEROS.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que nombra secretario de estado de Educación, Formación Profesional y Universidades a D. MARCIAL MARÍN HELLÍN.
  • REAL DECRETO por el que nombra director del Gabinete del ministro de Educación, Cultura y Deporte a D. MANUEL BARRANCO MATEOS.

Empleo y Seguridad Social

  • REAL DECRETO por el que se nombra directora general del Trabajo Autónomo de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas a Dª. CARMEN CASERO GONZÁLEZ.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se comunica al Congreso de los Diputados la propuesta de nombramiento del presidente del FROB a D. JAIME PONCE HUERTA.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden de Isabel la Católica a su Excelencia señor OLLANTA MOISÉS HUMALA TASSO, Presidente de la República de Perú.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a la señora NADINE HEREDIA ALARCÓN, esposa del Presidente de la República de Perú.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Empleo y Seguridad Social

APROBADO EL PROYECTO DE LEY QUE REGULARÁ LA PROTECCIÓN SOCIAL DE TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR MARÍTIMO-PESQUERO
  • Por primera vez una ley define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina independientemente del régimen en que se hallen encuadrados

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que regulará la protección social de todos los trabajadores del sector marítimo-pesquero.

El texto, para cuya tramitación parlamentaria se solicita el procedimiento de urgencia, unifica la dispersión normativa existente y las distintas sentencias de los tribunales que han creado jurisprudencia, y que han servido para configurar la organización y protección del sector laboral ligado a la actividad en el mar.

De esta forma, la regulación incluye la prestación de asistencia sanitaria y actividades formativas a los trabajadores del sector. En 2014, la salud del medio marítimo, que incluye una amplia cartera de servicios y actividades de prevención, contabilizó 54.313 reconocimientos médicos, 75.378 pruebas médicas complementarias y la revisión de 7.726 botiquines.

Además, se atendieron 1.569 llamadas al centro radiomédico. En los buques-hospital "Juan de la Cosa" y "Esperanza del Mar" se dispensó asistencia a 2.007 trabajadores marítimos. También se impartió formación sanitaria específica a 24.436 personas en más de 1.500 cursos.

Novedades

Entre las novedades más destacadas de la regulación, que ha recibido el dictamen favorable del Consejo Económico y Social, están, por un lado, la incorporación de trabajadores al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar, tanto autónomos como asalariados, que durante años han reivindicado su encuadramiento en este régimen. Por otra parte, se define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina independientemente del régimen en que se hallen encuadrados.

El Proyecto de Ley que ahora comienza su tramitación parlamentaria estructura el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos: autónomos y asalariados, y termina con modalidades ficticias de encuadramiento como la de los armadores embarcados. Estos figuraban encuadrados como asimilados al Régimen General, aunque cotizaban por cese de actividad -contingencia propia de los autónomos-, y no por desempleo, como la generalidad de los trabajadores por cuenta ajena.

La norma pretende una simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación. En todo lo demás, el texto remite a la normativa general de la Seguridad Social, con lo que se evitan duplicidades en la regulación.

Gestión del Instituto Social de la Marina

Por primera vez, una norma con rango legal definirá a los beneficiarios de la protección social específica que lleva a cabo el Instituto Social de la Marina, trabajadores del sector que no están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Por otra parte, se clarifica el concepto de estibador portuario de acuerdo con la definición realizada en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

El Anteproyecto da cumplimiento a reivindicaciones del sector en relación con los colectivos integrados en el Régimen Especial, que se configura con dos grandes colectivos: los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia.

Trabajadores por cuenta ajena

Así, se incorporan al colectivo de trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar:

  • Personal que presta sus servicios en plataformas fijas, y se incluyen las plataformas petrolíferas, de gas o similares.
  • Trabajadores dedicados a la acuicultura, entendida como actividad que se desarrolla en la zona marítima y marítima-terrestre. Se excluyen criaderos, granjas marinas y centros de investigación de cultivos marinos, así como la acuicultura en agua dulce, que seguirán estando encuadrados en el Régimen General.
  • Buceadores, tanto a los extractores de recursos marinos, como a los profesionales, con exclusión de los recreativos.
  • Rederos, por primera vez expresamente como trabajadores por cuenta ajena.
  • Estibadores Portuarios, como trabajadores que realizan las actividades que integran el servicio portuario de manipulación de mercancías relacionadas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
  • Prácticos de Puerto, tanto trabajadores por cuenta ajena, como propia y asimilados a cuenta ajena.

Autónomos

Por otro lado, se recogen en el texto las incorporaciones de autónomos al Régimen Especial del Mar:

  • Autónomo de Marina Mercante o de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, además de aquellos que realizan actividades relacionadas con la pesca. Se trata de una de las más constantes petición del sector.
  • Autónomo de pesca marítima en cualquiera de sus modalidades. Se sustituye el concepto de armador de pequeña embarcación por el más amplio de autónomo de pesca marítima.
  • Se regula expresamente el concepto de acuicultura.
  • Buceadores, tanto extractores de recursos marinos como profesionales, con la exclusión de los recreativos.

Justicia

ACTUALIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. Adapta sus funciones, reguladas hasta ahora por otro Real Decreto del 9 de enero de 1981, a la nueva realidad de la libertad religiosa en España, a la práctica registral y a las necesidades de las entidades religiosas.

El Real Decreto se enmarca en la doctrina del Tribunal Constitucional y en las directrices de la OSCE sobre la adquisición de la personalidad jurídica de las entidades religiosas.

Mejor definición de las entidades

La norma establece una mejor definición de las entidades que pueden acceder al Registro y de los actos con trascendencia registral. Así, este Real Decreto establece que, además de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas, podrán inscribirse, entre otras, las circunscripciones territoriales, comunidades locales, las asociaciones con fines religiosos, los centros de formación y los centros superiores de enseñanza.

Los actos que se incorporan al Registro son: la fundación en España de la entidad; las modificaciones estatutarias; la identidad de los titulares del órgano de representación; la incorporación y separación de las entidades a una federación; la disolución de la entidad; los lugares; los ministros de culto y cualquier otro dato derivado de los acuerdos de cooperación firmados. La personalidad jurídica se adquiere tras la inscripción en este Registro.

Publicidad registral

Entre las novedades de la nueva regulación destaca la publicidad registral que permitirá a cualquier interesado poder consultar los datos de las entidades inscritas en el Registro a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

De este modo, se transforma un Registro que se gestionaba desde el formato papel, a una realidad electrónica que permitirá avanzar en una gestión digital que servirá para mejorar en eficacia, eficiencia y ahorrar trámites a los ciudadanos que podrán realizar sus actuaciones de forma telemática. Con ello, se ponen, además, las bases para su interoperatividad.

Solo en los últimos diez años, el número de entidades inscritas en el Registro se ha incrementado en un 30 por 100 constituyendo un claro indicador de la pluralidad religiosa de la sociedad española.

Confesiones religiosas

Justicia

REGULADA LA DECLARACIÓN DE NOTORIO ARRAIGO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la declaración de notorio arraigo que se exige en España a las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas. La norma establece los requisitos precisos y un procedimiento público con todas las garantías para solicitar esta declaración, lo que reduce el margen de discrecionalidad de la Administración en su concesión e incrementa el grado de certidumbre de los solicitantes.

Hasta este momento las solicitudes se dirigían a la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, órgano que valoraba el arraigo de cada confesión mediante una instancia del interesado en el que el único requisito objetivo era la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, así como demostrar un ámbito y número de creyentes en un expediente justificativo del notorio arraigo solicitado. Entre los integrantes de esta Comisión, creada en la Ley orgánica de Libertad Religiosa de 1980 y regulada mediante un Real Decreto de noviembre de 2013, hay doce representantes de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas o federaciones de las mismas que cuentan ya con notorio arraigo en España.

Requisitos para obtener la declaración

A partir de ahora se establecen cinco requisitos obligados para obtener la declaración de notorio arraigo: una antigüedad de treinta años en el Registro de Entidades Religiosas (serán quince años si se puede demostrar un reconocimiento en el extranjero de, al menos, sesenta años); un número mínimo de entidades y lugares de culto inscritos en el mismo Registro; acreditar el ámbito territorial de actuación; una estructura organizativa interna adecuada y la presencia activa en la sociedad española.

Las solicitudes se dirigirán a la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones. La Comisión Asesora de Libertad Religiosa emitirá un informe preceptivo, no vinculante, que será resuelto por el ministro de Justicia.

El Real Decreto establece también el procedimiento para la pérdida de la condición de notorio arraigo en España, que se iniciará de oficio por el titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones cuando se produzca una modificación sustancial de las circunstancias requeridas para la obtención de este reconocimiento.

Declaraciones ya efectuadas

Tras la declaración de notorio arraigo en España del Protestantismo (1984), el Judaísmo (1984) y del Islam (1989), se ha declarado el notorio arraigo en España de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (2003), de la Iglesia de los Testigos de Jehová (2006), del Budismo (2007) y de la Iglesia Ortodoxa (2010).

Confesiones religiosas

Educación, Cultura y Deporte

ESTABLECIDOS LOS UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR Y LAS CUANTÍAS DE BECAS PARA EL CURSO 2015-2016

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016.

El Real Decreto hoy aprobado se sustenta bajo dos ideas principales:

  • Se mantienen los umbrales de renta, que son los vigentes desde el año 2011 y que siguen siendo relevantes en un entorno de inflación baja o negativa.
  • También se mantienen los indicadores académicos respecto al año pasado. La inclusión de los mismos en años anteriores ha servido para mejorar los resultados de la tasa de rendimiento (relación entre los créditos matriculados y créditos aprobados) en todas las áreas de conocimiento, pasando en el global del 75 por 100 en el período 2010-2011 al 86,8 por 100 en los últimos datos disponibles (2012-2013) frente al 69,7 por 100 en el período 2010-2011 al 76,3 por 100 en el período 2012-2013 del general de estudiantes. Además, se ha obtenido una menor tasa de abandono de los estudios (16,9 por 100 frente al 22,65) en el primer año.

Novedades

  • Desaparece la mención a los Programas de Cualificación Profesional Inicial, que en el curso 2015-2016 serán sustituidos completamente por los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica.
  • Se regula el cómputo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas del juego a efectos de obtención de becas y ayudas, conforme a la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Se prevé la posibilidad de conceder beca para cursar enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de Máster a quienes estén en posesión de un título oficial de Grado que haya sido adscrito al nivel 3 (Máster) del MECES o en posesión de un título oficial de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado o que haya obtenido la correspondencia con el mencionado nivel 3 (Máster) del MECES.

Presupuesto

El importe destinado al sistema estatal de becas y ayudas al estudio continúa creciendo, y así en los Presupuestos de 2015 ha alcanzado un importe de 1.413.524.600 euros, el más alto en la historia.

Política de becas y ayudas al estudio

La política en materia de becas y ayudas al estudio seguida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte desde 2012 (implantada a partir del curso 2012/13) se basa en tres ejes esenciales:

  • Mantenimiento de los umbrales de renta y patrimonio. Los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio se han mantenido inalterados, para evitar la exclusión de los colectivos de estudiantes que pudieran resultar afectados por el impacto de la recesión económica. En el curso 2013-2014 se redujeron los umbrales de cinco a tres, lo que simplifica su configuración para evitar los saltos y discontinuidades que se producían en el sistema anterior al superar algún umbral de renta por escaso margen.
  • Promoción de la cultura del esfuerzo. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha venido incrementando progresivamente los requisitos académicos asociados al sistema de becas y ayudas al estudio. En este sentido, en el curso 2013/14 se incorporaron al sistema general de becas y ayudas al estudio los requisitos académicos que ya fueron anunciados en 2012, para permitir que los solicitantes de beca conocieran con antelación los futuros escenarios del sistema con objeto de acometer una adecuada programación de sus actividades académicas.
  • Se han adoptado medidas para garantizar la sostenibilidad financiera del sistema. Las constantes desviaciones entre las cantidades presupuestadas y los costes reales de las convocatorias generales provocaban un déficit de financiación que obligaba a diferir gasto a ejercicios futuros, con la consiguiente acumulación de compromisos de gasto que lastraban la viabilidad financiera del sistema.

Para atajar esta situación, el Real Decreto del 2 de agosto de 2013, por el que se fijaron los umbrales de renta y patrimonio y las cuantías de las becas del curso 2013-2014, modificó de forma sustancial otro Real Decreto del 21 de diciembre de 2007 por el que se estableció el régimen de las becas y ayudas al estudio. Se trataba de definir un nuevo modelo de becas y ayudas al estudio que sigue concibiendo la beca como un derecho, pero que permite definir su cuantía final en función, tanto de la situación socioeconómica de las familias, como del rendimiento académico de los estudiantes, a través de la media de notas obtenida en relación con la nota media del área de conocimiento que corresponda. De este modo, se mejora la eficiencia del sistema, se evitan las desviaciones presupuestarias y se garantiza la sostenibilidad del sistema.

Conclusiones derivadas de los resultados obtenidos en la última convocatoria finalizada (curso 2013-2014)

En el curso 2013-2014 se introdujeron cambios importantes en el sistema de becas, que han venido mostrado efectos positivos en lo que se refiere al rendimiento académico de los estudiantes, en general, y de los estudiantes becarios, en particular.

Por lo que se refiere al ámbito universitario, los expedientes académicos han pasado de los 6,8 puntos de nota media obtenida en el curso 2012-2013 a 7,4 puntos del curso 2013-14, y el porcentaje de créditos superados por los estudiantes becarios también ha mejorado, al pasar del 93,0 por 100 al 96,4 por 100.

En cuanto al ámbito no universitario, en el curso 2012-2013 se denegó la beca a un 7,49 por 100 de los solicitantes por haber dejado sin superar dos o más asignaturas o el 20 por 100 de los créditos matriculados. Este porcentaje ha descendido en seis décimas al 6,9 por 100 en el curso 2013-2014, pese a que en este curso se requería para la obtención de beca dejar sin superar una única asignatura o el 15 por 100 de los créditos matriculados.

Convocatoria del curso 2014-2015

Aunque aún es pronto para conocer sus resultados, se ha conseguido una importante mejora en la gestión del programa, de tal manera que al comienzo del segundo trimestre del curso escolar se habían concedido y abonado todas las becas y ayudas correspondientes al curso 2014-2015, a excepción de las becas de matrícula que, como todos los años, se abonan a las Universidades una vez finalizado el curso, lo que no repercute en el becario ya que no tiene que adelantar importe alguno.

Fomento

APROBADO EL PLAN DE DESVÍO VOLUNTARIO DE VEHÍCULOS PESADOS A LAS AUTOPISTAS DE PEAJE
  • Se trata de una prueba piloto en seis tramos de carretera, con un total de 318 kilómetros y supondrá significativos ahorros de coste y de tiempo
  • Fomento bonificará a los transportistas hasta el 50 por 100 de la tarifa, bonificación que podrá beneficiar a más de 1,3 millones de vehículos pesados y el ahorro de costes podría alcanzar los 7,4 millones de euros

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante seis Reales Decretos, los convenios entre la Administración General de Estado y las concesionarias de autopistas para la puesta en marcha del plan de desvío voluntario de tráfico pesado de las carreteras convencionales a las autopistas de peaje.

La medida persigue que los transportistas que usan para su actividad vehículos pesados -de cuatro o más ejes- utilicen las autopistas de peaje allí donde las mismas sean una mejor alternativa a la carretera convencional, ofreciéndoles una bonificación de hasta el 50 por 100 del peaje.

La prueba piloto se realizará en seis tramos de carretera, con una longitud total de 318 kilómetros, y se calcula que podrá beneficiar a más de 1,3 millones de vehículos pesados.

Para poder acogerse a las bonificaciones los vehículos deben disponer de dispositivo de telepeaje. Los cálculos realizados por el Ministerio de Fomento estiman que el ahorro de costes de los desvíos alternativos podría alcanzar alrededor de 53.000 euros diarios, lo que representa más de 7,4 millones de euros para la prueba piloto que se prolongará durante cinco meses.

Los tramos en los que comenzará a aplicarse este plan son los siguientes: Villalba‐Villacastín, Dos Hermanas‐Jerez Norte, Lleida‐Montblanc, Rubena‐Armiñón, Puxeiros‐Porriño y León‐Campomanes. Todos ellos serán adecuadamente señalizados en el comienzo y final del tramo.

Tramos y ahorros

  • Tramo de autopista de la AP-6 Villalba-Villacastín. Se podrán beneficiar de esta medida unos 175.000 vehículos. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 1,14 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 17 minutos de conducción con respecto a los 62 minutos estimados para el recorrido por la carretera N-IV.
  • Tramo de autopista de la AP-1 entre Rubena y Armiñón. Se podrán beneficiar de esta medida unos 475.000 vehículos. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 9,46 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 10 minutos de conducción con respecto a los 54 minutos estimados para el recorrido por la carretera N-I.
  • Tramo alternativo de la AP-66 entre León y Campomanes. Podrán beneficiarse en torno a 47.000 vehículos pesados. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 9,46 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 22 minutos de conducción con respecto a los 59 minutos estimados para el recorrido por la carretera N-630.
  • Tramo de carretera Puxeiros-Porriño de la AP-9. Se calcula que podrá beneficiar a más de 278.000 vehículos pesados. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 2,26 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 6 minutos de conducción con respecto a los 13 minutos estimados para el recorrido por la carretera A-55.
  • Tramo Dos Hermanas-Jerez Norte de la AP-4. Se calcula que podrá beneficiar a más de 214.000 vehículos pesados. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 7,09 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 8 minutos de conducción con respecto a los 54 minutos estimados para el recorrido por la carretera N-IV.
  • Tramo de carretera Lleida-Montblanc de la AP-2. Se calcula que podrá beneficiar a más de 145.000 vehículos pesados. El ahorro de coste estimado por el Ministerio de Fomento para este tramo es de 5,85 euros por vehículo y recorrido. Los transportistas que tomen la alternativa de pago se ahorrarán 16 minutos de conducción con respecto a los 43 minutos estimados para el recorrido por la carretera N-240.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

9,5 MILLONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LUCHAR CONTRA LAS DROGAS
  • Su objetivo es contribuir a financiar los gastos derivados del desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016

El Consejo de Ministros ha acordado transferir a las Comunidades Autónomas un total de 9.519.400 euros para el desarrollo de programas de lucha contra las drogas, de acuerdo con la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016.

La transferencia se hará con cargo a los presupuestos generales de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Su objetivo es cubrir los gastos derivados del desarrollado de la Estrategia Nacional sobre Drogas en los planes autonómicos (programas de atención directa a toxicómanos, programas de atención a familias, de reinserción social y laboral, etc…), el desarrollo de programas de prevención, el desarrollo de los sistemas de información, así como los gastos derivados de programas de rehabilitación de toxicómanos con problemas jurídico-penales.

Esta transferencia permitirá a las Comunidades y Ciudades Autónomas desarrollar, entre otras actuaciones, convocatorias de subvenciones para las entidades del Tercer Sector dedicadas a las drogodependencias en sus respectivos ámbitos territoriales,

El destino de estos créditos y su aplicación es independiente de las obligaciones de las Comunidades Autónomas de proveer la asistencia normalizada a la población drogodependiente, reconocida como prestación del sistema público en la Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud, cuya financiación corresponde a las administraciones autonómicas

Distribución por Comunidades Autónomas

El importe total de estos créditos se trasfieren directamente a las Comunidades Autónomas y se destinan a planes autonómicos de lucha contra las drogas (excepto Navarra y País Vasco, debido a su régimen de cupo), en las siguientes cuantías:

COMUNIDADES AUTÓNOMASTransferencias 2015
Andalucía1.507.340,52
Aragón372.446,74
Asturias366.250,80
Illes Balears262.907,64
Canarias450.754,39
Cantabria207.670,73
Castilla-La Mancha455.803,33
Castilla y León711.645,21
Cataluña1.412.849,02
Comunidad Valenciana824.787,76
Extremadura326.178,57
Galicia558.124,30
Madrid1.461.698,15
Murcia329.322,21
La Rioja124.905,20
Ceuta68.042,06
Melilla78.673,37
Navarra(*)
País Vasco(*)
TOTAL 9.519.400,00

(*) Tanto Navarra como el País Vasco no reciben transferencias de los Presupuestos Generales del Estado debido a su régimen foral, pero sí reciben del Fondo de Bienes Decomisados si lo solicitan.

Los criterios y la distribución de los créditos entre las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas fueron aprobados, por unanimidad, en la última Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas, en la que están representadas, tanto la Administración Central (a través de los ministerios de Presidencia; Interior; Empleo; Educación, Cultura y Deporte; Economía y Competitividad; Hacienda y Administraciones Públicas; Asuntos Exteriores y Cooperación y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) como las Comunidades Autónomas.

Criterios

Dichos criterios son los siguientes:

¬ Para toda clase de gastos que origine el desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 en los programas autonómicos derivados del Plan Nacional sobre Drogas: 3.270.160 euros. Los criterios de distribución son:

  • 60,5 por 100 proporcional a la población de hecho, según padrón oficial.
  • 4 por 100 inversamente proporcional al índice de densidad de la población.
  • 0,5 por 100 como apoyo a las Comunidades y Ciudades Autónomas extrapeninsulares.
  • 35 por 100 como apoyo a las estructuras de coordinación de los planes autonómicos.

¬ Para toda clase de gastos que originen los programas de prevención dedrogodependencias desarrollados en el marco de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016: 3.962.630 euros. Se distribuirán de acuerdo a los siguientes criterios:

  • 65 por 100 proporcional a la población de hecho, según Padrón Oficial.
  • 35 por 100 como apoyo al desarrollo de programas de prevención.

¬ Para toda clase de gastos derivados del desarrollo del Observatorio Español sobre Drogas: 1.033.290 euros. Los criterios de distribución son:

  • 40 por 100 en función del indicador tratamiento: una cantidad fija por realizar la notificación del indicador y el resto proporcional al número de admisiones a tratamiento notificadas.
  • 30 por 100 en función del indicador urgencias: una cantidad fija por realizar la notificación del indicador y el resto proporcional al número de casos notificados.
  • 30 por 100 en función del indicador mortalidad: una cantidad fija por realizar la notificación del indicador y el resto proporcional al número de casos notificados.

¬ Para toda clase de gastos derivados de programas de rehabilitación-reinserción detoxicómanos con problemas jurídico-penales: 1.253.320 euros. Los criterios de distribución son:

  • 10 por 100 en una cantidad fija por establecimiento penitenciario.
  • 30 por 100 en una cantidad proporcional al número de internos (penados y preventivos) en cada Comunidad Autónoma.
  • 60 por 100 en función de los programas dirigidos a toxicómanos con problemas jurídico-penales.

Justicia

SOLICITADA A VENEZUELA LA EXTRADICIÓN DE IGNACIO DE JUANA CHAOS

El Consejo de Ministros ha solicitado a las autoridades de Venezuela la extradición del miembro de la banda terrorista ETA José Ignacio de Juana Chaos, para enjuiciarle por un presunto delito de justificación pública de actos terroristas propios y ajenos que humillan e intensifican el dolor de las víctimas y sus familiares.

El reclamado, localizado en Venezuela el pasado mes de mayo, está en busca y captura nacional e internacional desde el 11 de noviembre de 2008, cuando huyó de España tras negarse a declarar. La solicitud de extradición se fundamenta en los hechos sucedidos el 2 de agosto de 2008 en San Sebastián, durante la celebración de un homenaje al reclamado tras cumplir veintiún años de prisión por veinticinco asesinatos consumados y un delito de amenazas. En ese acto se dio lectura a una carta entregada por De Juana en la que se instaba a la continuación del uso de la violencia y se enaltecía a otros etarras como Domingo Iturbe Abasolo, "Txomin".

Asuntos Exteriores y de Cooperación

APROBADO EL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

El Consejo de Ministro ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

La Ley sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española, del 22 de abril de 2014, modificó la Ley del Fondo para la Promoción del Desarrollo (en adelante, FONPRODE), principalmente en la definición de las operaciones financiables con cargo al fondo, los actores responsables de su gestión y el reparto de tareas en la llevanza del fondo. Con dicha reforma se dotó al FONPRODE de una mayor seguridad jurídica al definir clara y taxativamente los tipos de operaciones financiables y los requisitos de cada una de ellas, lo que redundará en la mejora de su funcionamiento y gestión.

La nueva redacción de la Ley del FONPRODE conlleva la necesidad de elaborar un nuevo reglamento que desarrolle lo previsto por el legislador. Con el Real Decreto hoy aprobado se pone en marcha el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Basándose en la experiencia adquirida, el Reglamento mejora el sistema de gestión y coordinación del fondo e incorpora recientes avances en el campo de la cooperación financiera reembolsable. Además, el Reglamento integra lo previsto por el Código de Financiación Responsable, fortalece las labores de programación y planificación del fondo, estableciendo una programación anual de acciones elegibles, y consolida las obligaciones de seguimiento, control y rendición de cuentas de la actividad del fondo frente a la sociedad civil, las Cortes Generales y el ámbito internacional.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las operaciones del FONPRODE los siguientes países, instituciones y organizaciones:

  • Países calificados según el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE como menos adelantados, de renta baja o de renta media y los territorios que estén incluidos en las prioridades geográficas establecidas por Planes Directores de la Cooperación Española.
  • Administraciones públicas regionales o locales y otras entidades de carácter público de países en vías de desarrollo;
  • Organismos multilaterales de desarrollo no financieros, incluidos fondos globales, programas y fondos fiduciarios de desarrollo en dichos organismos, que computen como Ayuda Oficial al Desarrollo;
  • Fondos fiduciarios en instituciones financieras internacionales de desarrollo y fondos multidonantes gestionados o administrados por instituciones financieras internacionales;
  • Entidades financieras locales y entidades de derecho privado como instituciones privadas de inversión colectiva, entidades privadas de capital riesgo, instituciones dedicadas a la concesión de microcréditos u otros servicios micro financieros o, en su caso, sociedades de propósito específico para inversiones de apoyo al tejido económico o de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa tales como fondos de fondos, fondos de capital riesgo, fondos de capital privado o fondos de capital semilla.

Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE MINAS DE ILLES BALEARS
  • La norma autonómica regula las condiciones especiales para la solicitud de derechos mineros de forma contraria a lo dispuesto en la Ley de Minas para todo el territorio español

El Consejo de Ministros ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad en relación con el artículo 23.1 de la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears, con expresa invocación al artículo 161.2 de la Constitución, a fin de que por el Tribunal Constitucional se acuerde la suspensión del precepto mencionado por la ley autonómica.

El artículo 23 de la Ley 10/2014 de ordenación minera de las Illes Balears regula las condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros de recursos de la sección C (yacimientos y recursos sin valor económico), permitiendo la declaración de registro necesaria para otorgar cualquiera de los derechos mineros en los términos señalados, a solicitud del interesado, sólo cuando acredite que dispone de los terrenos y cumpla determinadas condiciones. De esta forma, en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, con carácter general, los terrenos están considerados como no registrables.

Se da la circunstancia de que este esquema es el opuesto al propuesto con carácter básico por la Ley de Minas, que señala que el territorio es zona registrable para el aprovechamiento de los recursos mineros cuando se cumplan los requisitos establecidos en la propia Ley de Minas, siendo potestad estatal declarar el carácter no registrable de los terrenos.

Argumentos

Por este motivo, el artículo 23.1 contravendría lo dispuesto en la Ley de Minas en los siguientes aspectos:

  1. No está previsto que un territorio tan amplio como toda la extensión de una Comunidad Autónoma se declare como no registrable, pues eso impediría, en la práctica, que se pudieran solicitar concesiones o permisos de investigación en la Comunidad Autónoma.
  2. No están contempladas las excepciones al carácter no registrable del terreno en función de la disponibilidad, porque ello va en contra del contenido y el espíritu de la Ley de Minas, donde los recursos con del Estado con independencia de quien sea el dueño de los terrenos donde se encuentra el yacimiento.

Aval constitucional

Los preceptos de la Ley de Minas estatal encuentran su aval constitucional en los artículos 128.1, 130 y 132 de la Constitución Española, destacando el artículo 128.1 que señala que "Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general."

Cabe señalar, con base en la jurisprudencia constitucional, que no puede admitirse que la Comunidad Autónoma de Illes Balears establezca prohibiciones desproporcionadas para otorgar cualesquiera derechos mineros que puedan dar lugar a la privación de recursos relevantes e incluso eventualmente esenciales o estratégicos para el interés general.

El asunto cuenta con el dictamen favorable y preceptivo del Consejo de Estado de 2 de julio de 2015.

Justicia

NOMBRADOS LOS VOCALES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el nombramiento de los vocales del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos. Con este trámite se da comienzo al proceso que culminará con el nombramiento del nuevo director de la Agencia, que será elegido de entre los miembros del Consejo Consultivo.

Los nuevos vocales, que ejercerán su mandato durante los próximos cuatro años, son los siguientes:

  • Meritxell Batet Lamaña, a propuesta del Congreso de los Diputados
  • María Rosa Vindel López, a propuesta del Senado
  • Mar España Martí, como vocal de la Administración General del Estado, a propuesta del ministro de Justicia
  • María Àngels Barbarà i Fondevila, directora de la Autoridad Catalana de Protección de Datos
  • José Ignacio Pariente de Prada, director de la Agencia Vasca de Protección de Datos, a propuesta del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma del País Vasco
  • Ángel Fernández Díaz, como vocal de la Administración Local, a propuesta de la Federación Española de Municipios y Provincias
  • Luis Antonio Ribot García, a propuesta de la Real Academia de la Historia
  • Julián Valero Torrijos, a propuesta del Consejo de Universidades
  • Alejandro Perales Albert, como vocal de los Consumidores y Usuarios, a propuesta del Consejo de Consumidores y Usuarios
  • Pablo Poza Cisneros, como vocal del sector de ficheros privados, a propuesta de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España

Una vez sean efectivos los nombramientos, el nuevo Consejo Consultivo propondrá el nombre de uno de los vocales para asumir la responsabilidad como nuevo director de la Agencia Española de Protección de Datos. Posteriormente, mediante un acuerdo del Consejo de Ministros, se comunicará al Congreso de los Diputados el candidato propuesto para que comparezca ante la Comisión Constitucional del Congreso antes de su nombramiento definitivo mediante Real Decreto.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN CON COLOMBIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Marco de Cooperación entre el Reino de España y la República de Colombia y su ratificación, además solicitar su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

España y Colombia buscan favorecer e impulsar eficazmente el desarrollo de la cooperación entre ambos países y mejorar las condiciones establecidas en el Convenio Básico General de Cooperación Científica y de Cooperación Técnica de 1979, el Acuerdo Complementario de 1988, en el Convenio Cultural de 1953 y en el marco del Tratado General de Cooperación y Amistad entre la República de Colombia y el Reino de España, de 1992.

Por otro lado, en el tiempo transcurrido desde la firma del Convenio Básico General de Cooperación Científica y de Cooperación Técnica se ha producido una importante evolución en los conceptos de la cooperación técnica internacional, en las políticas de desarrollo y en las modalidades de la cooperación para el desarrollo, que hace igualmente conveniente su inclusión en un instrumento más actualizado que dé cabida a dichos conceptos.

Asimismo, los dos países reconocen la importancia de promover y fortalecer la cooperación técnica, científica, económica, educativa y cultural como instrumento para el desarrollo económico y social; de mejorar los niveles socioeconómicos de vida, reducir los niveles de pobreza y prevenir los conflictos armados y la construcción de la paz en Colombia.

El Convenio, cuya remisión a las Cortes Generales hoy se aprueba, tiene por objeto establecer el marco jurídico y de entendimiento para la identificación, desarrollo, ejecución y evaluación de las políticas, programas, proyectos y cualquier intervención de cooperación que acuerden ambos países, que serán ejecutados con arreglo a estas disposiciones, en los dos países o en países terceros.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

AUTORIZADA LA FIRMA DEL REGLAMENTO DE PESCA PARA EL TRAMO INTERNACIONAL DEL RÍO GUADIANA

La Comisión Internacional de Límites entre España y Portugal (CIL) acordó, ya en su sesión plenaria de 1997, la constitución de un Comité hispano-portugués para el estudio de la pesca en el tramo internacional del río Guadiana, con el objeto de elaborar un Reglamento de pesca aplicable al mismo.

Esta Comisión, en su sesión plenaria de los días 19 y 20 de mayo de 2014, aprobó el Reglamento, acordando que se iniciarían los trámites legales preceptivos en cada Parte para su entrada en vigor.

La elaboración del Reglamento obedece básicamente a la necesidad de cooperación y de coordinación de acciones entre España y Portugal, dotando a las respectivas administraciones de los instrumentos necesarios para garantizar el derecho a la pesca y la debida gestión de los recursos; regulando el ejercicio de la pesca profesional, recreativa y deportiva en el tramo internacional del río Guadiana, y garantizando la igualdad de condiciones para los sectores pesqueros de ambos países y la protección del ecosistema y la biodiversidad.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ESPAÑA Y LOS PAÍSES BAJOS COMPARTIRÁN SEDE DE SUS EMBAJADAS EN BANGLADESH

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Memorando entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España y el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos para compartir la sede de sus respectivas Embajadas en Bangladesh, en su capital Dhaka.

España mantiene en la actualidad abierta la Embajada en Dhaka en local arrendado. Dado que el arrendamiento actual llegaba a la finalización de su vigencia, se inició una búsqueda de alternativas en el mercado inmobiliario local, que eran incluso más onerosas que la actual no prorrogable.

Con la firma del Memorando con el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos el personal de la cancillería española compartirá local en la sede de un país miembro de la Unión Europea y los costes fijados en el Memorando serán considerablemente inferiores a los actuales y a otras alternativas valoradas.

La presencia del personal de la Cancillería española, en un local compartido con un país miembro de la Unión Europea, no altera el régimen de acreditación.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

MODIFICADO EL CONVENIO PARA FOMENTAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS MUNICIPIOS RIBEREÑOS DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA
  • Sólo afecta a la programación de las anualidades de inversión previstas, no al importe final ni al destino del gasto

El Consejo de Ministros ha acordado ratificar la autorización provisional para suscribir la Adenda por la que se modifica el convenio de colaboración firmado en 2007 por el entonces Ministerio de Medio Ambiente (Dirección General del Agua y Confederación Hidrográfica del Tajo), la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía para el Programa de Desarrollo Sostenible de estos municipios situados en las provincias de Guadalajara y Cuenca.

El convenio, que tiene como objetivo mejorar la situación y las condiciones de vida de los habitantes de la zona, recoge una serie de actuaciones a desarrollar por las partes.

Estas actuaciones están destinadas, preferentemente, a mejorar las infraestructuras relacionadas con el ciclo del agua (abastecimiento, distribución y depuración de aguas); las comunicaciones (acondicionamiento de carreteras) y las dotaciones ambientales urbanas (mejora de caminos rurales, sellado de vertederos, actuaciones en montes de utilidad pública, etcétera). Para ello contempla una serie de actuaciones por un importe total de 175,2 millones de euros.

El pasado 31 de octubre de 2014, la Comisión de Coordinación y Seguimiento del convenio acordó por unanimidad proponer una nueva reprogramación de las anualidades financiadas con cargo al capítulo VI del presupuesto de gastos de la Dirección General del Agua del Ministerio, sin variación alguna en el destino del gasto ni en su importe total (86 millones de euros), para el periodo 2008-2018.

Esta modificación en las anualidades del convenio es la que hoy se ha autorizado en el Consejo de Ministros y tendrá que ser recogida en la próxima Adenda que se suscriba.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

APLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA UNIÓN EUROPEA Y MONTENEGRO SOBRE READMISIÓN DE RESIDENTES SIN AUTORIZACIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de Montenegro de aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Montenegro sobre la readmisión de personas que residen sin autorización.

El fundamento jurídico de este Protocolo de Aplicación se encuentra en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Montenegro sobre readmisión de residentes ilegales, firmado en Bruselas el 8 de noviembre de 2007, que contempla la posibilidad de que Montenegro y un Estado miembro elaboren un protocolo de aplicación del mencionado Acuerdo.

La suscripción del presente Protocolo responde a los siguientes objetivos:

  • Establecer un instrumento de cooperación jurídica internacional con el fin de combatir más eficazmente la inmigración ilegal.
  • Establecer, sobre una base de reciprocidad, procedimientos rápidos y eficaces de identificación y repatriación segura y ordenada de las personas que no cumplen o han dejado de cumplir las condiciones de entrada, presencia o residencia en el territorio de Montenegro o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Interior

CONTRATACIÓN DE ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE INSTALACIONES DE TRÁFICO

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Jefatura Central de Tráfico para contratar las actuaciones de conservación y explotación de las instalaciones de ITS en las carreteras gestionadas desde el Centro de Gestión de Tráfico de Madrid, por un presupuesto base de licitación de 28.630.470,27 euros, IVA incluido, y un valor estimado de 47.323.091,36 euros por incluir la posibilidad de prórroga del mismo con cargo a los ejercicios 2015, 2016 y 2017.

Para el desarrollo de estos trabajos se han establecido tres grupos de operaciones, que clasifican las tareas a efectuar y los equipos y materiales necesarios para llevar a cabo esas tareas, que son:

  • Operaciones tipificadas en el Grupo I: consisten en la conservación sistemática de los sistemas instalados de cámaras de vídeo, paneles de mensajes variables; estaciones remotas; estaciones de toma de datos; estaciones meteorológicas; sistemas de comunicaciones; cinemómetros; obra civil; suministro eléctrico y equipos del Centro de Gestión. Dichas operaciones implican, básicamente, la comprobación diaria del funcionamiento de todos los equipos y, con carácter periódico, la realización de los ajustes eléctricos, mecánicos o de calibración de aquellos equipos que lo requieran.
  • Operaciones tipificadas en el Grupo II: recogen los trabajos necesarios paras la reparación y/o adecuación de elementos imprescindibles para garantizar el funcionamiento de los sistemas mencionados en el Grupo I. Se presta especial atención a las operaciones encaminadas a la reparación de averías producidas en los equipos y en la adecuación o sustitución de los equipos obsoletos.
  • Operaciones tipificadas en el Grupo III: son de carácter complementario y menos recurrentes, aportando un valor adicional a la conservación de las instalaciones. Se incluyen las unidades de ingeniería de tráfico, programación, implementación y modificación de las aplicaciones de los sistemas de gestión de tráfico.

SERVICIO BANCARIO Y DE APOYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Además, el Consejo de Ministros ha autorizado a la Jefatura de Tráfico a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para contratar un servicio bancario y de apoyo a la gestión administrativa por importe de 1.500.000 euros y que será distribuido en dos anualidades: 2015 (375.000 euros) y 2016(1.125.000 euros).

Interior

CONVENIO CON EXTREMADURA PARA OBRAS EN CUARTELES DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización provisional para la suscripción del convenio de colaboración entre el ministerio del Interior y la Junta de Extremadura para la realización de obras de conservación de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en dicha comunidad autónoma. Las obras tendrán un presupuesto total de un millón de euros para el año 2015, que serán financiados al 50 por 100 por ambas partes.

Empleo y Seguridad Social

TRANSPOSICIÓN AL DERECHO ESPAÑOL DE LA DIRECTIVA SOBRE CLASIFICACIÓN, ETIQUETADO Y ENVASADO DE SUSTANCIAS Y MEZCLAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otros cuatro Reales Decretos en vigor relativos a la prevención de riesgos laborales, protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos y agentes químicos durante el trabajo.

El objetivo de la norma aprobada hoy es dar cumplimiento a la transposición al Derecho español de una Directiva comunitaria del 26 de febrero de 2014 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

Las modificaciones que este Real Decreto introduce son, únicamente, las necesarias para dar cumplimiento a la obligación de transposición de la citada Directiva y afectan sólo a aspectos puntuales de las normas modificadas, que son las siguientes: Real Decreto del 17 de enero de 1997, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; Real Decreto del 14 de abril de 1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo; Real Decreto del 12 de mayo de 1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y el Real Decreto del 6 de abril de 2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Educación, Cultura y Deporte

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA CONVOCAR ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y PROGRAMAS DE LENGUAS EXTRANJERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que modifica los límites de gasto para convocar actividades de cooperación y programas de lenguas extranjeras en el ámbito de las Consejerías de Educación en el exterior.

El importe total de los compromisos a asumir en el año 2016 para estas actividades se eleva a 6.030.244 euros.

La Subdirección General de Promoción Exterior Educativa de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades es el centro directivo competente para la orientación e impulso de las relaciones internacionales en materia de educación, formación profesional y universidades; el seguimiento de las actuaciones de la Unión Europea en este ámbito; la planificación y dirección de la administración educativa en el exterior y de los centros docentes de titularidad estatal en el extranjero, así como la definición de los programas de cooperación internacional tanto de carácter bilateral como multilateral.

En este contexto, para poder llevar a cabo programas cuyas actividades se desarrollan en el ámbito de las Consejerías de Educación en el exterior, en colaboración con otros países, es necesario tramitar anticipadamente las convocatorias del año 2016 de los siguientes programas:

  • Auxiliares de conversación en centros educativos para el curso académico 2016-2017. A través de este programa se fomenta el conocimiento y la difusión de la lengua y la cultura españolas en el exterior, tanto a través de los auxiliares de conversación españoles que van destinados a diversos países, como de los auxiliares de conversación extranjeros que se incorporan a centros educativos españoles, que acaban adquiriendo un alto dominio del español y un profundo conocimiento de la cultura española. El Ministerio tiene previsto realizar la tramitación anticipada de la convocatoria para el curso académico 2016-2017 publicándola en el último trimestre del año 2015, con un gasto previsto para el último trimestre de 2016 de 1.858.750 euros.
  • Teatro Escolar Europeo en español. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte desarrolla acciones de promoción de la lengua y cultura española en los sistemas educativos de países de Europa Central y Oriental. Vinculada a esta promoción está prevista la celebración en el año 2016 de la XXIII edición del Festival de Teatro Escolar Europeo en español en Republica Checa, para lo cual el Departamento estima un presupuesto de organización de 50.000 euros en dicho ejercicio.
  • Profesores visitantes en centros educativos de Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2016-2017. Anualmente se convocan plazas de profesores visitantes españoles en centros estadounidenses y canadienses de enseñanza primaria y secundaria. Los distritos escolares de Estado Unidos y Canadá asumen la contratación de estos profesores españoles, mientras que por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se asumen los gastos originados por un curso formativo para los candidatos seleccionados. Para el curso 2016-2017 el gasto estimado para las jornadas de formación asciende a 20.000 euros.

Economía y Competitividad

AUTORIZACIÓN AL CDTI PARA ADQUIRIR ACCIONES DE LA SOCIEDAD INNVIERTE ECONOMÍA SOSTENIBLE Y SU POSTERIOR FUSIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) la fusión por absorción de la sociedad Innvierte Economía Sostenible Coinversión (absorbida), que cuenta con 80 millones de euros de capital social, por la sociedad Innvierte Economía Sostenible, (absorbente) con 70 millones de euros. Como consecuencia del proceso, la sociedad absorbida se extinguirá, transmitiendo en bloque la totalidad de su patrimonio a la absorbente.

El Programa INNVIERTE tiene como objetivo dinamizar la inversión en empresas tecnológicas e innovadoras españolas que presenten una fuerte capacidad de crecimiento y un alto potencial de retorno, contribuyendo a una capitalización inteligente de las mismas. La nueva normativa reguladora de las entidades de capital riesgo (Ley 22/2014, de 12 de noviembre) permite que ambas entidades puedan fusionarse para realizar las diferentes actividades bajo una misma entidad.

Esta fusión se enmarca dentro de las medidas impulsadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, que pretende eliminar las duplicidades en el sector público y un gasto más eficiente.

Hacienda y Administraciones Públicas

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA REPARAR DAÑOS EN INFRAESTRUCTURAS MILITARES POR LA CRECIDA DEL EBRO

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 1.567.991 euros, para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio de Defensa destinado a reparar daños en infraestructuras militares del acuartelamiento de Sangenis en Monzalbarba (Zaragoza) y en el Centro Deportivo Militar El Soto, de Zaragoza, causados por las inundaciones provocadas por la crecida del río Ebro durante los meses de febrero y marzo de 2015.

Esta autorización se acuerda según lo establecido en el Real Decreto Ley 2/2015 por el que se adoptaron medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.

El importe de la inversión asciende a 1.567.991 euros, de los que 1.559.991 euros son para el Acuartelamiento SAGENSIS, situado en Monzalbarba (Zaragoza) y 8.000 euros para el Centro Deportivo Militar El Soto, que es la cuantía máxima de los daños indemnizables producidos por el siniestro.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

MODIFICADA LA NORMATIVA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ONG CON ACTIVIDAD DE INTERÉS GENERAL EN LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la normativa que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades u organizaciones no gubernamentales, que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente.

La normativa establece los criterios más destacables para la recepción de las citadas subvenciones por parte de estas entidades y ONG, entre los que se encuentran la realización de actividades de investigación y/o seguimiento que contribuyan al conocimiento y a la protección del medio ambiente y de la biodiversidad en España. La modificación hoy aprobada tiene la finalidad de conseguir mayor eficacia en la tramitación de expedientes de subvención.

También se valora la realización de actividades de colaboración con la Administración General del Estado que contribuyan a apoyar los compromisos adquiridos por España ante la Unión Europea u otros organismos y organizaciones internacionales, así como los adquiridos mediante instrumentos internacionales ya sean bilaterales o multilaterales, en materia medioambiental.

Igualmente, se tienen en cuenta las actividades de este tipo de entidades y ONG destinadas a programas de educación ambiental y aquellas que tengan por objeto difundir entre los ciudadanos la necesidad de adoptar comportamientos que contribuyan al cuidado del medio ambiente. Se valoran también las actividades de participación en foros de carácter nacional o internacional de carácter medioambiental.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana.-

D. JUAN CARLOS MORAGUES FERRER.

Nacido el 4 de septiembre de 1969 en Gandía. Es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, y en Derecho, y pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Ha sido administrador de la Agencia Tributaria de Gandía, Xátiva, Valencia-Grao e Inspector de Aduanas en el Puerto de Valencia. Fue administrador de la Administración de la Agencia Tributaria "Guillem de Castro" y delegado de la Agencia Tributaria en la provincia de Castellón. Entre 2012 y 2015 ha sido consejero de Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Secretario de Estado para la Unión Europea.-

D. FERNANDO EGUIDAZU PALACIOS.

Nacido el 11 de julio de 1944 en Bilbao, es Licenciado en Ciencias Económicas y en Derecho, y pertenece al Cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Ha sido jefe del Gabinete Técnico del Ministro de Comercio, director general de Ordenación Económica y director general de Transacciones Exteriores. Miembro del Comité de Mercados Financieros de la OCDE, consejero del Banco Exterior de España, de la Empresa Nacional de Turismo y de la Compañía General de Tabacos de Filipinas. Fue presidente de Sovhispan, S.A., director general de Fraternidad-Muprespa, vicepresidente del Círculo de Empresarios, vicepresidente del Foro de la Sociedad Civil, vicepresidente de la Fundación Transición Española y Patrono de la Fundación Acción Familiar. Desde enero de 2012 era director general de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Educación, Cultura y Deporte

Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.-

D. MARCIAL MARÍN HELLÍN.

Nacido en 1968 en Fuente-Álamo (Albacete), casado, con dos hijas, es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Murcia.

Después de trabajar en distintos puestos en banca y en empresas de nuevas tecnologías, fue director gerente de la Asociación de Empresarios de Campollano (ADECA), en Albacete. Ha sido diputado por el Partido Popular en las Cortes de Castilla-La Mancha entre 2007 y 2015, y en 2011 fue nombrado consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Castilla-La Mancha. Vicesecretario de Sectorial del Partido Popular de Castilla-La Mancha.

Director del Gabinete del ministro de Educación, Cultura y Deporte.-

D. MANUEL BARRANCO MATEOS.

Nacido el 17 de julio de 1971 en Almuñécar, es Licenciado en Filosofía y Letras por la Universidad de Granada.

Ha sido director de Documentación y Análisis en FAES, asesor del secretario de Estado de Cultura y del ministro de Educación y Cultura, director del Gabinete del ministro de Educación, Cultura y Deporte, director general de la Sociedad Estatal para Acción Cultural Exterior, y de la Fundación de Estudios Financieros, y secretario general de la Fundación Dos de Mayo, Nación y Libertad. En febrero de 2012 pasó a ocupar el puesto de asesor del Departamento de Educación y Cultura del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, y desde octubre de 2013 era director de ese Departamento.

Empleo y Seguridad Social

Directora General del Trabajo Autónomo de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.-

Dª. CARMEN CASERO GONZÁLEZ.

Nacida en Tomelloso, casada, con tres hijos, es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Comunidades Europeas por ICADE.

Secretaria ejecutiva de Sanidad en el Partido Popular de Castilla-La Mancha. Ha sido diputada por el Partido Popular en las Cortes de Castilla-La Mancha, donde fue vicepresidenta primera de la Mesa, portavoz de la Comisión de Sanidad y viceportavoz del Grupo Popular. En el Ayuntamiento de Tomelloso ocupó los puestos de Primera Teniente de Alcalde y portavoz del Grupo Popular. Hasta la fecha era consejera de Empleo y Economía del Gobierno de Castilla-La Mancha.

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