Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría

20.3.2015

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Vicepresidenta.- Muy buenos días.

Antes de informarles de los asuntos que han sido aprobados en este Consejo de Ministros, permítannos que, en nombre de todo el Gobierno, en nombre de todo el Consejo hoy reunido, demos nuestro más sentido pésame a todas las familias de las víctimas del último atentado de Túnez y, con ellas, a todas las víctimas del terrorismo. Éste es un momento para transmitirles nuestra solidaridad, también para hacérselo al Gobierno y a todo el pueblo de Túnez, y para, una vez más, tratar de trabajar todos juntos, toda la Comunidad Internacional, en el fortalecimiento de nuestros instrumentos democráticos contra el terror y en la defensa de las libertades y del Estado de Derecho.

En segundo lugar, vamos a informarles de los acuerdos que hemos adoptado en el Consejo de Ministros; un Consejo de Ministros importante, en el que se ha aprobado una de las reformas estructurales clave de esta Legislatura, como es la reforma de la formación: la Formación para el Empleo. Se trata de una reforma estructural, como digo, de primer orden, de las más importantes de la Legislatura, que se hace en una doble clave: en primer lugar, la reforma de la Formación es esencial para fomentar el acceso a un empleo; a un empleo, además, de mayor calidad, para lograr con ello luchar contra la desigualdad y contra las fracturas de la cohesión social. Pero también es una reforma importante desde el punto de vista de la transparencia, porque con el sistema que hoy aprobamos lo que se fortalece es la transparencia y el control frente al fraude.

Por desgracia, ligados a la formación y, por tanto, ligados a los fondos para el empleo, este país ha conocido algunos de los casos de corrupción más graves y más llamativos de toda nuestra democracia, y consideramos que este segundo elemento de transparencia como control frente al fraude hace de esta reforma, como decía, una reforma con un doble objetivo: la transparencia que siempre ha de regir el funcionamiento de la Administración Pública y de las políticas públicas en cualquier ámbito; y, en segundo lugar, nuevos mecanismos para mejorar la formación, para mejorar el acceso al empleo, a empleo cada vez mejor y a empleo cada vez de mayor calidad.

En segundo lugar, también muy importante, hoy se aprueba la Oferta de Empleo Público; una Oferta de Empleo Público importante en la que hacemos un esfuerzo muy destacado por mejorar algunos de los servicios públicos que dependen de la Administración General del Estado. Se hace mediante cuatro instrumentos: un Real Decreto Ley y tres Reales Decretos.

Se aprueba un Real Decreto Ley para una oferta extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración de Justicia y para la mejora de la Administración Local. Se prevé, por tanto, un mayor incremento del que estaba inicialmente previsto para incorporar nuevos funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional; luchar contra el fraude laboral y de la Seguridad Social contra el fraude fiscal; y para incrementar el número de los funcionarios dedicados al control y a la legalidad en el control del gasto público. Asimismo, se amplía la oferta en la Administración de Justicia en lo que afecta a los secretarios judiciales, que pasarán a llamarse letrados de la Administración de Justicia, como ustedes saben.

Entre las novedades principales figuran la oferta extraordinaria que se lleva a cabo en la Agencia Tributaria y la oferta que se lleva a cabo en la lucha contra el empleo irregular, donde además se fortalecerá la colaboración de todos los organismos competentes de las distintas políticas laborales y sociales.

Como lo explicará el Ministro ampliamente, yo voy a centrarme en dos Ofertas de Empleo Público claves, que es el refuerzo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de Policía y de Guardia Civil. En el caso de la Policía. es una oferta muy amplia: 1.299 plazas en la escala básica y 75 plazas en la escala ejecutiva, por oposición libre, además de 150 para su promoción interna desde la categoría de subinspector, mientras que en el ámbito de la Guardia Civil se convocan 820 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, con reserva de plazas para militares profesionales que lleven al menos cinco años de servicios efectivos, 328 plazas, y 164 para alumnos del Colegio de Guardas Jóvenes. Además, se convocan 330 plazas para los cuerpos docentes de formación, mediante promoción interna.

Ahora el Ministro de Hacienda, hoy de Administraciones Públicas, dará todos los detalles; los tendrán también en la Referencia del Consejo de Ministros y este Real Decreto Ley se publicará el lunes en el Boletín Oficial del Estado con todos los anexos, donde tendrán los Cuerpos de pertenencia y las plazas que se convocan para todos y cada uno de esos Cuerpos.

También hemos aprobado, ya para su remisión a las Cortes Generales, dos Leyes importantes, que ustedes conocen, dentro del marco de la Agenda Social del Gobierno que, como saben, es uno de los elementos clave que impulsamos en este último año de la Legislatura, de acuerdo con el Debate del Estado de la Nación y las propuestas del presidente del Gobierno en ese punto.

En primer lugar, remitimos a las Cortes el Proyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social. Ésta es una norma que establece un marco regulatorio moderno y adaptado a la realidad actual de este sector para reforzar la acción solidaria de las entidades sociales y el diseño de ejecución de las políticas públicas, porque su conocimiento es esencial para asegurar el mejor desarrollo de las políticas sociales. Lo que se hace es potenciar la capacidad de interlocución de la Administración General del Estado, que es una de las principales reivindicaciones que tiene la Plataforma del Tercer Sector. El objetivo es facilitar la labor de las entidades no lucrativas, aportando identidad, estabilidad y garantías a favor de los colectivos más vulnerables.

El Tercer Sector está integrado en España por más de veintinueve mil organizaciones en todo el país, de carácter privado, voluntario y sin ánimo de lucro. En ellas trabajan más de medio millón de personas con carácter retribuido y cerca de novecientos mil voluntarios, que prestan servicios a más de cinco millones de personas.

El Proyecto de Ley establece, en primer lugar, unos contornos jurídicos nítidos sobre la naturaleza y el ámbito de los principios rectores de las entidades de este Tercer Sector de acción social; promueve la participación institucional de estas entidades y determina la incorporación de las organizaciones a distintos instrumentos de participación institucional, cada uno dentro de su ámbito de actuación. Además, contempla el fomento de estas organizaciones con diferentes medidas, que incluyen también la adecuación de los sistemas de financiación pública en el marco de la legislación de estabilidad presupuestaria, la diversificación de fuentes de financiación, la normativa sobre mecenazgo y la responsabilidad social empresarial. Son claves estos dos elementos para fortalecer, además, la financiación privada y la implicación de las empresas en labores de esta naturaleza.

Además, se prevé en el texto la aprobación en el plazo de doce meses de un programa de impulso de las entidades del Tercer Sector para la promoción, difusión y formación; la cooperación con los servicios públicos o la financiación pública y su acceso a través de entidades de crédito oficial.

El segundo de los Proyectos es el Proyecto de Ley del Voluntariado. En éste hay algunas novedades importantes respecto al que aprobamos como Anteproyecto y ahora pasaré a relatarles. Resuelve la dispersión normativa que se ha producido en estos veinte años de vigencia de la actual Ley y lo que se había ido avanzando con las distintas legislaciones autonómicas y locales. Lo que se hace es fijar un marco jurídico que regula el ejercicio de la acción voluntaria y de las entidades de voluntariado; sienta las bases para un espacio de colaboración entre las Administraciones Públicas y los distintos agentes implicados; y potencia el voluntariado --y ahora lo explicaré-- a lo largo de toda la vida.

Quiero recordar que el voluntariado es una actividad con una importancia muy significativa. En la actualidad, alrededor del 15 por 100 de la población española mayor de edad realiza voluntariado; por tanto, somos el sexto país en el conjunto de la Unión Europea. Por otro lado, este Tercer Sector representa, aproximadamente, el 1,7 por 100 de nuestros Producto Interior Bruto y genera un 2,5 por 100 del empleo nacional.

Lo que se ha hecho es incorporar mejoras en la redacción de conceptos y dos cuestiones que han quedado aclaradas en su redacción final, que es importante: en primer lugar, en lo que se refiere a la participación del voluntariado de los menores, a partir de los doce años, indudablemente con consentimiento paterno, para fomentar esa implicación de los más jóvenes en estas tareas de voluntariado; y también para limitar, en algunos supuestos, la participación en estas tareas. ¿De qué estoy hablando? Lo que se hace es regular los supuestos de limitación para intervenir con familias, con mujeres o con jóvenes en el ejercicio de voluntariado a cualquier persona condenada por sentencia firme en delitos que impidan, por su gravedad, la consecución de los fines o los objetivos del programa de voluntariado.

Es decir, lo que tratamos de evitar es que personas que han cometido determinados delitos que pueden estar relacionados o que pueden impedir el desarrollo normal de esas tareas de voluntariado puedan acceder a ellas. Se ha incluido, con mención expresa --esto es una novedad-- a los condenados por tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas y a los condenados por terrorismo.

Como saben, también era en los casos de pederastia y algunos casos de violencia de género. Pues también en esos supuestos para evitar que puedan tener ese contacto con determinadas personas que se beneficien o que sean atendidas en los sistemas de voluntariado.

En el resto de supuestos de otro tipo de delitos, las entidades de voluntariado deberán valorar si la existencia de antecedentes penales no cancelados impide la incorporación a la entidad o justifica la suspensión de la actividad de la persona voluntaria. Es decir, las propias entidades pueden entrar a valorar si la condena en determinados delitos, que pueden estar relacionados o que pueden condicionar el ejercicio de ese voluntariado, aconseja que esa persona sea suspendida en esas tareas o que no se forme parte de determinados programas. Lo que se trata de evitar es que haya cualquier riesgo por parte de las personas que son atendidas o de las tareas que se llevan a cabo por parte de asociaciones de voluntariado.

Se redacta de nuevo un artículo sobre la compatibilidad voluntaria con el trabajo remunerado por cuenta ajena, público o privado, para llevar a cabo su desarrollo fuera de la jornada laboral. Y se aclara el apartado relativo a la promoción del voluntariado desde las empresas, para evitar la confusión con la incorporación de sus trabajadores a actuaciones de voluntariado. La participación siempre será libre y voluntaria, aunque sea en entidades que estén ligadas al desarrollo empresarial o a la estructura empresarial.