Vicepresidenta.- Buenos días. Como cada viernes, voy a informarles de los asuntos que han sido aprobados hoy en el Consejo de Ministros.
En primer lugar, hemos ratificado un Acuerdo para dar autorización provisional a la suscripción de una adenda al Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona y la Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation para la creación del Consorcio Barcelona Mobile World Capital y la aprobación de los estatutos. ¿Qué hacemos con esta modificación? Ratificar el Convenio de la Capitalidad Mundial del Móvil de Barcelona y prorrogar el programa de apoyos fiscales. Además, se adaptan los Estatutos del Consorcio para una mayor racionalización en la gestión; se adscribe el Consorcio al Ayuntamiento, que es quien preside la Fundación y la Administración más cercana al evento.
El objetivo fundamental es atraer financiación e inversión a este gran proyecto, que trasciende al ámbito estrictamente económico y contribuye de una manera muy clara a mejorar la imagen de España, asociando a nuestro país atributos de capacidad tecnológica y de modernidad. El incremento de esta aportación privada servirá para apoyar el emprendimiento de empresas tecnológicas a través del programa "Four Years From Now" para financiar a un mayor número de emprendedores españoles y para realizar más actividades que impulsen la internacionalización del sector tecnológico español.
El Barcelona Mobile es el evento más importante del mundo en cuanto a tecnologías para la telefonía móvil. La próxima semana se celebrará su edición de 2016, donde la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, aporta cinco millones de euros anuales y cuenta con un pabellón de España, donde estarán sesenta empresas de todos los sectores tecnológicos.
Desde el año 2006, la celebración de este Congreso ha generado un impacto acumulado estimado de 2.500 millones de euros y más de 60.000 puestos de trabajo.
En segundo lugar, hemos modificado el Real Decreto que regula las actividades y el funcionamiento del Fondo para Inversiones en el Exterior y del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la pequeña y mediana empresa, que lo conocerán como el FONPYME. Con esta modificación lo que hacemos es adaptar las modificaciones legales que introdujo la Ley del 15 de octubre de 2014 de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia, que permite que se financien de forma directa con cargo al FONPYME las empresas españolas, vía capital u otros instrumentos financieros participativos. Además, con cargo al FONPYME se podrán tomar participaciones temporales o minoritarias directas en vehículos o fondos de capital de expansión con apoyo oficial o fondos de inversión privados que fomenten la internacionalización de la empresa de la economía española.
Es decir, se trata, fundamentalmente, de medidas de apoyo a la internacionalización de la pequeña y mediana empresa a través de instrumentos que pone en marcha el FONPYME. Por tanto, es una muestra más del compromiso que se ha venido manteniendo con el apoyo a la pequeña y mediana empresa, no sólo en su desarrollo y competitividad dentro de nuestras fronteras, sino también en el exterior. Como ustedes saben, el incremento de las exportaciones ha sido uno de los elementos clave a la hora de afrontar la recuperación económica.
También verán ustedes en el índice del orden del día distintos Acuerdos que toman razón de obras de emergencia para la ejecución de los trabajos de control de los aprovechamientos e información hidrológica en la situación de sequía declarada en la Demarcación Hidrográfica del Segura. La situación hidrológica en la que se encuentran los aprovechamientos vinculados a esta Demarcación, dada la falta de precipitaciones, está provocando que no se garanticen o que haya dificultades para garantizar las demandas de agua. Para paliar esta situación, ya en mayo de 2015 se declaró la situación de sequía y la adopción de medidas excepcionales, y se prorrogó esta posible adopción de medidas excepcionales, mediante otro Real Decreto, hasta el 30 de septiembre de 2016.
¿Qué hacemos con estos tres Acuerdos? Aprobar una inversión de más de dos millones de euros, que se destinarán a la alimentación eléctrica y explotación de cuatro sondeos en el acuífero del Molar, a la explotación de la batería de pozos en el sinclinal de Calasparra y al control de aprovechamientos en la situación de sequía, ejecutando obras para la instalación de sistemas de medición, control y explotación, además, en el Sistema Integrado de Control y Aprovechamiento, el SICA, implantado por la Comisaría de Aguas de la Confederación del Segura.
Por último, el Consejo de Ministros ha acordado solicitar al presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de Cataluña, de 14 de mayo de 2015, de modificación de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte. El Consejo de Estado ha avalado que existen fundamentos jurídicos suficientes para la interposición de este recurso, que se hará, además, con expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución que, como saben, produce la suspensión de la Ley. El plazo para plantear el recurso de inconstitucionalidad termina el 20 de febrero de 2016.
La Ley ahora recurrida regula la inscripción en los registros de las profesiones del deporte circunscritos a la Comunidad Autónoma de Cataluña de determinadas profesiones del deporte, sin que se excluya de la obligatoriedad de dicha inscripción a los profesionales que ejerzan legalmente la respectiva actividad profesional del deporte en otra parte del territorio nacional y que quieran ejercer la actividad en la Comunidad Autónoma de Cataluña. Esta omisión supone una vulneración de la Ley de Unidad de Mercado y, por tanto, constituye un elemento de inconstitucionalidad, pues vulnera el principio de eficacia nacional establecido.
Además, la Ley prevé que la Secretaría General del Deporte pueda establecer convenios y acuerdos de equiparación de profesionales y de competencias mínimas con otros registros de profesionales del deporte de otros Estados miembros de la Unión Europea. Por lo tanto, también podría afectar al cumplimiento de nuestras obligaciones comunitarias. Tal y como ha señalado el Consejo de Estado, esto es un exceso competencial, dado que la Comunidad Autónoma de Cataluña carece de competencias para celebrar por si misma convenios y acuerdos internacionales, ya sea con Estados miembros de la Unión Europea o con otros sujetos internacionales.
Quiero decirles que ha habido dudas similares en normativa aprobada por La Rioja y por Extremadura; pero, a diferencia del caso de Cataluña, sí ha podido celebrarse con ellos acuerdos que han permitido evitar el recurso de inconstitucionalidad al avenirse a las tesis defendidas por el Estado respecto de sus competencias.