Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Respuestas a los medios de comunicación

29.4.2016

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P.- Vicepresidenta, tenía dos preguntas. La primera, en cuanto a Eurovisión y la ikurriña. Me gustaría saber si el Gobierno va a hacer algo para defender la bandera de todos los vascos y que no aparezca como ejemplo de banderas prohibidas en una lista junto a la bandera del ISIS.

La segunda pregunta se refiere a las cláusulas abusivas de los contratos y el procedimiento abierto a España por parte de la Comisión Europea. Quería preguntar si van a adaptar la Ley, si un Gobierno en funciones tiene capacidad para adaptar la Ley y qué impacto puede tener esto en un sector como el bancario, que ha sido rescatado.

Sr. De Guindos.- Lo que ha hecho la Comisión Europea es mandarnos una carta de emplazamiento. Tenemos un período de dos meses para contestar y ya habíamos estado hablando con ellos anteriormente. Nosotros hemos ido modificando en el tiempo nuestra legislación hipotecaria, no solamente a través de medidas de protección para aquellos deudores hipotecarios que tenían problemas como consecuencia de las posibilidades del desahucio: todo lo que ha sido el Fondo Social de Viviendas, lo que fue el Código de Buenas Prácticas… Prácticamente más de 60.000 familias se han visto favorecidas por este tipo de actuaciones.

Lo iremos viendo. Aquí hay cuestiones muy, muy, técnicas de relación entre un procedimiento declarativo y un procedimiento ejecutivo. Lo tenemos que analizar. Yo creo que las modificaciones que se harán serán, lógicamente, acordadas con la Comisión Europea y lo haremos de tal forma siempre teniendo en cuenta que hay que cumplir y hay que mantener un principio fundamental, y es que las cláusulas de los contratos hipotecarios no pueden ser abusivas. Ese ha sido siempre el principio que nos ha guiado.

La implicación que esto pueda tener desde el punto de vista del sistema bancario español yo creo que no es relevante.

Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus preguntas, la ikurriña es una bandera constitucional, legal y legítima, y, como tal, el Gobierno de España la defenderá donde haga falta. Es una bandera que representa a los españoles que residen en una Comunidad Autónoma y que merecen un respeto, y nosotros vamos a hacer valer ese respeto.

¿Qué hemos hecho? El Consejo de Ministros ha encargado al ministro de Asuntos Exteriores que se ponga en contacto con las autoridades suecas para hacerles notar este hecho, y también hemos sido informados de que el director de Radiotelevisión Española se ha puesto en contacto, a través de la UER, que es la Unión Europea de Radiodifusión, con los organizadores del evento para explicarles que no pueden tratar a la ikurriña, que es una bandera constitucional dentro de España y de una Comunidad Autónoma, de este modo.

P.- Al ministro de Economía quería preguntarle si considera que es realista presentar un escenario de crecimiento positivo, partiendo de la base, como nos han explicado, de mantener la presión fiscal o la reducción del gasto público, cuando hemos visto el fracaso político para formar Gobierno y que no está claro que estas medidas vayan a mantenerse. ¿Es más un plan electoral con muy buenas intenciones que un plan de estabilidad?

A la vicepresidenta también quería preguntarle si considera lógico o tienen el mismo mérito en las Medallas al Mérito al Trabajo algunos emprendedores que nos han mencionado, como Juan Roig, que el secretario general de UGT, Cándido Méndez, porque durante su gestión el sindicato ha tenido que gestionar el tema de los ERE en Andalucía y hay cargos suyos que están implicados en las "tarjetas black". ¿Tienen el mismo mérito para recibir una Medalla al Mérito al Trabajo?

Por último, al ministro de Hacienda. Me gustaría saber qué opina de que Cataluña haya contratado en el primer trimestre a veinte mil empleados públicos más, a pesar de que tiene el déficit desbocado.

Sr. De Guindos.- En el Programa de Estabilidad el cuadro macroeconómico es un cuadro macroeconómico realista --hay un crecimiento medio durante los cuatro años prácticamente del 2,5 por 100; y una creación de empleo, además, que se puede considerar como cauta-- y que se basa en un principio fundamental, y es, no solamente en hipótesis conservadoras de evolución de tipos de interés, tipos de cambio, precio del petróleo, etc., etc., sino también, lógicamente, en que España ha ganado muchísima competitividad, que tiene un sistema financiero saneado, que en estos momentos se confía en nosotros, que tenemos credibilidad, etc., etc.

Lo que supone es que se mantienen, de alguna forma, las señas de identidad de la política económica que ha permitido a España salir de la crisis desde mediados del año 2013, o, mejor dicho, salir de la recesión desde mediados del año 2013, y que, tal como se pinta en el cuadro macroeconómico, implica, fundamentalmente, que a finales de este año o principios del próximo ya recuperaremos los niveles de renta que teníamos anteriormente.

Yo creo que un dato muy claro y muy significativo de lo que es la prudencia es que en el primer trimestre la tasa de crecimiento interanual es del 3,4 por 100 y hemos puesto para el conjunto de este año el 2,7 por 100. Se tiene que dar, como decía anteriormente, una desaceleración muy intensa, que nadie en estos momentos proyecta ni prevé, de la economía española para que nos vayamos a ese 2,7 por 100.

Pero tiene que primar, como siempre ha ocurrido, lo que es la prudencia. Yo simplemente le diría un ejercicio: coja usted las proyecciones que nosotros hemos presentado en los últimos años y después cotéjelas con la realidad, y lo que verá es que siempre las revisiones, la gran mayoría de las revisiones, han sido siempre al alza.

Sr. Montoro.- El dato al que se refiere a empleo en Cataluña es el de EPA y, entonces, ese dato no se corresponde a plantillas públicas en términos exactos. Son dos orígenes y dos identificaciones diferentes, pero claramente distintas. Todas las Administraciones Públicas, a la hora de cambiar su plantilla, están sujetas a regulación básica y no cabe una Administración, digamos, que, por ejemplo, decida en un momento determinado elevar su plantilla un 20 por 100. Eso va contra la Ley y, entonces, sería inmediatamente recurrida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. y lo llevaría al contencioso-administrativo, impidiendo ese incremento de plantilla.

Entonces, las mediciones es que son diferentes en términos de lo que está ocurriendo. Insisto en la diferencia. EPA es una encuesta, una encuesta tendencial, que está marcando y que, como ustedes saben también, si ven la evolución del empleo público en términos EPA, desde el año 2012 ha habido una reducción muy importante del empleo público en términos EPA: 400.000 empleos públicos. Pero eso no se corresponde exactamente con las plantillas de las propias Administraciones; son dos fuentes diferentes. Por ejemplo, con la contratación de un servicio externo para estar realizando un trabajo para una Administración en términos EPA puede responder que se está trabajando para el sector público, y se está trabajando para el sector público, pero a través de una contratación, por ejemplo. Por eso decía que esto hay que tenerlo en cuenta. Son mediciones diferentes.

Ninguna Administración puede incumplir la Ley y esa Ley es la tasa de reposición, que recuerdan que para el año 2016 para los servicios públicos básicos establecimos en el cien por cien por primera vez en la Legislatura. Pero, a partir de ahí, no cabe ningún tipo de movimiento, puesto que automáticamente es recurrido por el Ministerio.

Vicepresidenta.- Sobre la segunda de sus preguntas, como verán en el listado de los condecorados, hay personas con muy diferentes perfiles y muy distinta trayectoria, y cada uno aporta un mérito diferente para ser adjudicatarios de esta condecoración.

Yo quiero reconocer y recordarles a ustedes que los sindicatos en nuestro país tienen un encargo constitucional importante. Aquí también se reconoce ese encargo en las figuras de quienes han tenido puestos de ex secretarios generales, por un lado, de UGT y, por otro lado, de Comisiones Obreras, que el diálogo social es importante en nuestro país; que a lo largo de esta Legislatura se ha hecho un gran esfuerzo en ese diálogo social y se ha llegado a acuerdos importantes. El otro día presentábamos un Real Decreto Ley, la ministra de Empleo y yo, sobre la prórroga del Programa de Activación, que fue, por ejemplo, pactado con los sindicatos. Y la tarea de muchos años es la que se reconoce, tanto en el señor Cándido Méndez, como en el señor Fidalgo, al servicio de los sindicatos, que, como digo, junto a los partidos políticos, son instituciones constitucionales a los que nuestra Constitución les da una especial relevancia.

P.- Sobre la presentación del recurso que ha decidido poner el Gobierno, me gustaría saber si sin la reunión del señor Puigdemont y el señor Rajoy, y sin el encuentro que mantuvo ayer usted con el señor Oriol Junqueras, se hubiera recurrido lo mismo o si supone un síntoma de distensión entre las dos Administraciones.

Por otro lado, me gustaría que nos pudiera aclarar qué puntos de la parte de vivienda de la Ley son recurridos, si lo que hace referencia a la segunda oportunidad para los hogares o a los pisos vacíos, a la obligación de los tenedores de prestar los pisos vacíos.

Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus cuestiones, yo ayer, en la comparecencia que tuvimos, lo explicaba con amplitud. Cuando uno plantea un recurso de inconstitucionalidad respecto a Cataluña o a cualquier otra Comunidad Autónoma, incluso a cualquier otra Administración, lo hace fundamentándose en criterios constitucionales, en criterios de orden competencial y de carácter jurídico, y eso no está a la libre disposición, entiendo, de un Gobierno.

Sí dije que creo que es importante, y es una de las cosas que yo le transmití al señor Junqueras, que hiciéramos un esfuerzo en los órganos previos a la interposición de esos recursos. Por ejemplo, nosotros tenemos una comisión bilateral Estado-Generalitat, en la que hay una comisión técnica que depende de funcionarios y del equipo del señor Cristóbal Montoro, que, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, puede durante un periodo de seis meses sentarse a hablar con los representantes correspondientes de la Comunidad Autónoma y analizar qué preceptos entiende que son inconstitucionales o que vulneran competencias de una u otra Administración, y ver la manera de resolver el conflicto.

Es la senda que creo que se utiliza, porque acabamos de cerrar cinco acuerdos en temas tan relevantes como el Instituto Catalán de Finanzas o la Ley de Protección a la Infancia, en los que se han llegado a acuerdos. Y esa es la vía que creo que tenemos que utilizar.

Una vez que esa vía no tuvo éxito, y no tuvo éxito en esta Ley, la 24/2015, el Gobierno la eleva al Consejo de Estado sobre una serie de artículos sobre los que entiende que puede haber dudas de inconstitucionalidad. El Consejo de Estado emite dictamen -para que ya ustedes no tengan ningún género de duda, tengo aquí la fecha- el 21 de abril de 2016 y señala qué preceptos considera que pueden entrar dentro del reparto constitucional y que no vulneran la igualdad entre españoles, y qué preceptos sí.

Pero sí hay una cosa en la que yo le insistí el señor Junqueras, que creo que es buena, que es que utilicemos los mecanismos llámense de mediación, porque realmente es lo que es, o de negociación previo a la interposición de recurso ante el Tribunal Constitucional. Del mismo modo que le dije que nosotros vamos a hacer un esfuerzo en la contestación al requerimiento de las auditorías medioambientales para ver si con ese requerimiento la Generalitat de Cataluña entiende que se respetan sus competencias y lo evitamos en un tema tan importante como el medioambiental.

En segundo lugar, hay un tema que yo señalaba ayer y que es importante, y es el enfoque de estas cuestiones. No es que el Gobierno vaya en contra de las leyes de carácter social de ninguna Comunidad Autónoma; es como si yo dijera que la Generalitat va en contra de las normas de lucha contra el cambio climático que aprueba el Gobierno. No lo voy a decir porque no es verdad. Entiendo que la Generalitat está tan preocupada por el cambio climático como nosotros, como nosotros a lo largo de esta Legislatura hemos estado preocupados, y mucho, y aquí está uno de los ministros que ha trabajado más en ese tema, el ministro de Hacienda también, y el ministro de Asuntos Sociales en materia de exclusión social y lucha contra los desahucios. De hecho, se ha reducido, y mucho, la cifra de desahucios en nuestro país.

Es decir, pongamos las cosas en su justo término, porque ni yo puedo decir, porque no atiendan al requerimiento del Gobierno de la nación, que la Generalitat no está por luchar contra el cambio climático porque recurre las auditorías energéticas, como la Generalitat no puede mantener y sostener que nosotros no estamos a favor de darle una protección social a las personas que están en riesgo de exclusión social, porque no es verdad. Ellos defienden sus competencias y nosotros defendemos las del Estado y otra obligación que tenemos a mayores, que es la igualdad de todos los españoles, para que todos puedan disfrutar de los mismos derechos y tener las mismas obligaciones en cualquier lugar del territorio español donde vivan.

Dicho lo cual, me pregunta usted qué recurrimos y qué no recurrimos. Sin perjuicio de que se lo puedo dar extensamente detallado, esa Ley tiene nueve artículos, una disposición adicional, tres disposiciones transitorias y siete disposiciones finales; es decir, es una ley amplia. Se recurre por infracción de la legislación procesal y de la legislación civil. La legislación procesal es competencia exclusiva del Estado. El Poder Judicial es un poder único y las leyes procesales son iguales en todo el territorio nacional. Fíjese si fueran diferentes cómo arreglábamos el sistema de recursos ante el Tribunal Supremo, por poner un ejemplo. Es decir, las leyes procesales son iguales para todos.

Se recurre el aspecto del artículo dos relativo a las comisiones de valoración, porque se les da naturaleza decisoria. Esto es una mediación y la mediación no puede tener naturaleza decisoria, no se puede imponer como un arbitraje.

En segundo lugar, el procedimiento judicial para la resolución de situaciones de sobreendeudamiento, porque crea un proceso judicial distinto del proceso judicial concursal general. Entonces, no puede ser que los concursos se resuelvan ante los Tribunales de manera diferente según el domicilio del sobre-endeudado o según el domicilio de la empresa. Es legislación concursal. ¡Fíjese de lo que estamos hablando! No estamos hablando del fondo del asunto.

Por ejemplo, los contratos… Sobre el artículo cuatro, que es el asunto del contrato de fianza, el contrato de fianza es un contrato que tiene que ser único en su tratamiento, tal y como se recoge en el Código Civil.

Del artículo 5 no se recurre todo, sólo los puntos 1, 2, 3, 4 y 9, porque introducen un requisito previo a la interposición de una demanda judicial de ejecución hipotecaria, es decir, es un proceso judicial, y los requisitos previos a la interposición de las demandas tienen que ser los mismos en todo el territorio nacional y los mismos porque el procedimiento judicial tiene que ser único.

Por otro lado, se recurre el artículo 7 de la norma porque vulnera el principio de igualdad y la regulación del derecho de la propiedad. El derecho de propiedad tiene que tener una regulación de carácter general en toda España. Téngase en cuenta que el derecho de propiedad es uno de los fundamentos básicos del régimen de derechos y libertades del sistema de derechos civiles en cualquier país. Entonces, no es posible que haya regulaciones asimétricas del derecho de propiedad en todo el territorio nacional y que los propietarios tengan más o menos derechos, más o menos obligaciones, según donde tengan radicados sus bienes.

Por último, la disposición adicional primera de la norma, en el sentido de que es contraria, como señala el Consejo de Estado, porque tiene una serie de lagunas en la regulación de esas cesiones, de esas obligaciones de cesión, y lo que ello comporta, con la regulación civil dada por el Estado.

Es decir, lo que estamos recurriendo es, fundamentalmente, las normas que son de naturaleza procesal, porque la Ley Concursal es única para todos los jueces de nuestro país. Ésta es una de las normas más claras en el régimen de distribución competencial del artículo 149 de la Constitución, que es la legislación procesal. Y, en segundo lugar, algunos aspectos de la legislación civil, que no caen dentro de la órbita de la legislación foral. Ustedes saben que algunas Comunidades Autónomas de régimen foral pueden actualizar su régimen de foralidad, pero hay una serie de instituciones básicas, entre ellas el derecho a la propiedad, en que ha de garantizarse un régimen jurídico único.

Pero, no obstante, tengo todo esto detallado y en el propio texto del Acuerdo se detalla lo que se recurre; si bien es cierto que yo también les he señalado lo que no se recurre.

P.- Vicepresidenta, sobre este mismo asunto, quería aclarar si el Gobierno…, Me imagino que pediría antes un informe a la Abogacía del Estado, ¿o no?, sobre esta misma Ley, que es donde se vio la posible inconstitucionalidad de la parte de la pobreza energética, y, a partir de ahí, después se pidió el informe del Consejo de Estado. No sé si ha sido así. Entonces, quería saber si esa interpretación que ha hecho el Consejo de Estado, al considerar que no es inconstitucional la parte de pobreza energética, al menos es un mensaje positivo que se envía a la Generalitat. ¿Lo considera así el Gobierno y favorece ese diálogo que se ha abierto en esta nueva etapa?

Vicepresidenta.- Previo a la interposición de los recursos de inconstitucionalidad, debemos recabar informe preceptivo del Consejo de Estado. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Estado, la Abogacía del Estado es un órgano consultivo y, de hecho, quien se encarga de la gestión de la interposición de estos recursos en cuestión, que está en el Ministerio de Hacienda, trabaja, indudablemente, de acuerdo con criterios jurídicos. Pero el supremo órgano consultivo del Estado es el Consejo de Estado y siempre, previamente a la interposición del recurso de inconstitucionalidad, es preceptivo pedirle su informe.

Es decir, aquí el Gobierno puede dudar de la constitucionalidad o no de una serie de preceptos, se abre la comisión de negociación y se eleva diciendo: "consideramos que éstos pueden o no ser inconstitucionales". El Consejo de Estado señala cuáles considera, cuáles no considera, y los somete al criterio del Gobierno. Éste es el funcionamiento normal. Si me equivoco, el Ministro, que es el competente… Yo tiro de oficio, que se me está olvidando, pero el Ministro, que es el competente, lo puede aclarar.

Sobre la segunda de sus cuestiones, ¿qué mensaje se envía? Yo creo que un mensaje muy claro, que es importante. Mandarle el mensaje a la Generalitat de que este Gobierno no manda los asuntos al Tribunal Constitucional porque considere que el Gobierno de la Generalitat es de mejor o peor condición que otros. Llevamos los asuntos al Tribunal Constitucional de acuerdo con criterios constitucionales y jurídicos. Y yo creo que eso es importante: sobre todo, dejar claro y transmitirle a la Generalitat que nosotros no tenemos ninguna intención de plantear recursos de inconstitucionalidad más allá de los que suponen nuestra obligación de defender el orden constitucional y el principio de igualdad ante todos los españoles, de los que derivan, por cierto, todo lo demás.

Yo creo que ése es un mensaje muy positivo, porque nadie puede pretender… "Es que el Gobierno de España parece ser que a nosotros…". No, porque, si fuera el caso, ergo, si la Generalitat nos ha planteado a nosotros 51 recursos, entre recursos y cuestiones de competencia, y nosotros 32, diríamos: "es que…". No, yo entiendo que ellos plantean sus recursos amparándose en que creen que hay una vulneración de sus competencias y nosotros planteamos los nuestros para defender la igualdad de todos los españoles y el orden constitucional.

Yo creo que ese mensaje es muy importante pero, sobre todo, también otro que yo le transmití al señor Junqueras: tenemos una institución previa de negociación, la Comisión Bilateral. Allí se abre un período en que puede negociar las Administraciones, la catalana o cualquier otra Administraciones; se ponen los argumentos encima de la mesa; los técnicos, los expertos, lo estudian y dicen: "si tú modificas este artículo, o si tú interpretas este artículo de esta manera, o si el desarrollo --eso también se pacta en otras ocasiones-- de esta Ley la haces en esta línea, para que quede bien claro que ésta es la situación…". Por ejemplo, yo ponía el ejemplo del Instituto Catalán de Finanzas. ¿Preocupación, ministro de Economía? Que fuera considerado como una entidad de crédito. No lo es. Lo dejaron claro y llegamos a un acuerdo.

Esa es la vía que yo creo, y tanto para Cataluña como para el resto de las Comunidades Autónomas en España fue introducida en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que es una vía de negociación, es una vía de resolución de conflictos y, del mismo modo que a los particulares les estamos diciendo que la mediación es un buen sistema, que se buscan mecanismos alternativos de resolución extrajudicial de conflictos, yo lo que pido y lo que digo es que lo utilicemos también todas las Administraciones, porque, además, se llega a acuerdos.

Como yo decía el martes pasado, porque presido la Comisión Bilateral, la grande, después del señor Romeva, que firmó, firmé yo lo que los expertos del señor Montoro y de la Generalitat de Cataluña habían dictaminado como constitucional.

Sr. Montoro.- Sólo una consideración, lo más breve y lo más directo posible, porque es interesante que a estas alturas de nuestra democracia algún responsable político entienda que un miembro del Gobierno es el que decide lo que se recurre o no. Eso es no entender absolutamente nada de lo que es la Administración Pública, de quiénes son los que están haciendo esas evaluaciones; quiero decir, la cantidad de funcionarios y de altos funcionarios que intervienen en ese proceso.

Por tanto, el Gobierno, y con los contrastes además después del Consejo de Estado, es que no tiene…. Imagínese que llegara al Consejo de Ministros y el Consejo de Ministros, a propuesta de uno de sus miembros, de mí mismo, dijera: creemos que políticamente no interesa presentar esto. Pero ¿en qué país vivimos? Es que realmente a mí me resulta asombroso el tener que escuchar estas cosas y que vengan otros representantes políticos a pedírtelo. Pero, ¿qué me está usted diciendo? ¿Qué incumplamos la Ley? ¿Qué prevariquemos respecto de lo que te están diciendo y advirtiendo todos tus servicios?

La verdad es que este lenguaje es interesante: "deja de presentarme tantos recursos…". Pero es que se presentan automáticamente en función de lo que se entiende que técnicamente, en técnica jurídica, es incompatible con la ley estatal. Tan sencillo como esto.

Por lo demás, son, precisamente quienes tienen esa iniciativa legislativa, los que deben adecuarse a las normas, igual que hemos hecho nosotros en el día de hoy. ¿No nos estamos adecuando a la norma europea, cuando presentamos este Programa de Estabilidad? ¿Acaso no estamos haciendo esto? Es una propuesta para adecuarse a esa norma europea. Por tanto, todos estamos limitados por la Ley en ese terreno. Es que para ustedes ninguna duda de que el Gobierno no tiene ningún margen en ningún tipo de actuación de ello; pero, claro, el lenguaje este de "oye, déjame de presentarme tantos recurso", claro, induce a una confusión y a un debate social que está fuera de lugar, sencillamente. Es que eso es imposible en un Estado de Derecho y con Administraciones serias y rigurosas, como afortunadamente tenemos en España.

P.- Tenía una pregunta para cada uno de los dos ministros sobre el Programa de Estabilidad.

Al ministro de Economía le quería preguntar por los datos de empleo. Nos ha dicho que en el período de 2015 a 2019 se podrían crear, según este cuadro macroeconómico, 1.847.000 empleos, en términos de EPA. Me gustaría, por favor, que nos hiciera el mimo cálculo en términos de Contabilidad Nacional para saber cuántos empleos, equivalentes a jornada completa, piensa que se van a crear en este período.

Al ministro de Hacienda. Cuando se han expuesto las medidas que se van a facilitar en 2016 y el logro del objetivo de estabilidad, ha hecho referencia al acuerdo de no disponibilidad de dos mil millones, que no sé si nos puede concretar un poquito más en cómo se va a materializar, y habla de medidas, por 2.037 millones en las Comunidades Autónomas. Me gustaría saber, por favor, cómo se reparten estas medidas, en qué consisten, y, en particular, cómo contribuye Cataluña a este --no sé si llamarlo-- acuerdo de no disponibilidad autonómico, o usted le podrá el nombre, por 2.037 millones.

Vicepresidenta.- Pero ése es el del Estado.

P.- No, 2.000 millones, el Estado y Comunidades Autónomas, 2.037 millones.

Sr. De Guindos.- Nosotros lo que hacemos siempre es el estudio inicial y el análisis inicial en términos de Encuesta de Población Activa. La Encuesta de Población Activa lo que tiene, fundamentalmente, es que no distingue entre empleos a tiempo completo y empleos a tiempo parcial. Después, cuando se pasa a Contabilidad Nacional, siempre son puestos de trabajo equivalente a tiempo completo y hay unas tablas de conversión que, lógicamente, lo reducen por la propia metodología de la Contabilidad Nacional.

Tiene usted los datos de la evolución de las tasas de crecimiento de empleo en términos de Contabilidad Nacional. Si después le interesa, yo creo que le podemos dar perfectamente lo que sería esa conversión del crecimiento del empleo en términos EPA a términos de Contabilidad Nacional. Y también tiene usted la tasa de paro.

Los datos de Contabilidad Nacional siempre son medias anuales y, por lo tanto, coge lo que es cada uno de los cuatro trimestres. Si usted se va, por ejemplo, a lo que es la tasa de paro en términos de EPA en el último trimestre del año 2019, ve que sale el 13 por 100; sin embargo, en términos de Contabilidad Nacional es el 14 por 100. ¿Por qué? Porque vamos proyectando la reducción de la tasa de paro, que acaba en el 13 por 100, pero la del primer trimestre es un poquito más elevada. Y, evidentemente, la media es al 14 por 100.

Son diferentes metodologías pero, desde el punto de vista de lo que es la dinámica real del mercado de trabajo, te la da siempre la Encuesta de Población Activa.

Sr. Montoro.- En primer lugar, en lo que se refiere al Acuerdo de no disponibilidad de la Administración General del Estado, es una reducción sobre el Presupuesto. El Presupuesto es un programa de gasto con un techo, eso es lo que es un Presupuesto, y lo que hacemos, por tanto, es una reprogramación interna de los Departamentos para reducir nuestro gasto comprometido a realizar. ¿En función de qué? En función del volumen de nuestro Presupuesto. Y nos damos un plazo, que es que hasta el 13 de mayo el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas trabaja con cada Departamento para identificar en el Departamento la reducción pertinente. A partir de ello, para entendernos, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas le supone, de acuerdo con su Presupuesto, una cifra en torno a los 60 millones de euros de reducción. Entonces, nosotros identificamos internamente y hacemos la colaboración a ello.

Obviamente, los Ministerios inversores tienen, a mayor volumen, mayor reducción. ¿Qué ocurre? Que, como tenemos una buena situación de mercado, también trabajamos con ellos para elevar techos de endeudamiento y poder hacer inversiones a través de APPs y a través de programas que no frenen la obra pública en nuestro país. Pero sí, digamos, lo que se está haciendo es renunciar a la parte inversora directa a cambio de otras fórmulas. Es lo mismo que en el Consejo de Política Fiscal y Financiera de ayer: también en ese Consejo abordamos precisamente las fórmulas relativas a la mayor utilización de APPs por parte de las Comunidades Autónomas, para que realmente las restricciones presupuestarias afecten lo menos posible a la capacidad de inversión en un momento como el que estamos viviendo, donde tenemos un buen acceso a los mercados.

Ahora preguntaba por una Comunidad Autónoma, pero a cualquiera de ellas, ¿no? En Cataluña, en virtud de la aplicación del artículo 25 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, en la carta que yo emito lo que hace es instar al Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña a que lleve adelante un acuerdo de no disponibilidad. ¿Y en función de qué? En función de lo que ya es su gasto programado.

Cataluña no tiene nuevo Presupuesto todavía, pero tiene un Presupuesto prorrogado, para entendernos, en el año 2016 y es sobre ese Presupuesto. ¿En qué cuantía? En la cuantía que Cataluña, como dispone de nuevos recursos este año, como son los procedentes de la liquidación a su favor del año 2014, más los nuevos recursos del sistema de financiación y más los ahorros de intereses al estar también en esta fórmula pues, en concreto, Cataluña es Fondo de Liquidez Autonómica, no tiene acceso directo a los mercados. Por tanto, todo ello que lo hacemos es conformar… El Gobierno de Cataluña, digamos, toma una decisión y nosotros comprobamos que la decisión sobre esa cifra se adecúa y es coherente también con los siguientes planes que tiene una Comunidad Autónoma como la catalana, que es el Plan de Ajuste, que también se está negociando con el Ministerio, y ahora se le va a recabar un Plan Económico- Financiero en razón de que ha quedado desviada del objetivo de año 2015.