Anteproyecto de Reforma Constitucional para restringir los aforamientos

30.11.2018

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Reforma de los artículos 71.3 y 102.1 de la Constitución, relativos a los aforamientos de los diputados, senadores y miembros del Gobierno.

El aforamiento es habitual en las constituciones europeas, aunque su alcance material es más restringido que el previsto en la Constitución Española. Se prevé expresamente en las constituciones de Francia, Italia, Países Bajos, Austria, Dinamarca, Noruega, Polonia, Rumanía, Portugal, Bélgica, Luxemburgo, Grecia y Suecia. En todos estos casos, está limitado a delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, como ha recomendado la Comisión de Venecia del Consejo de Europa.

En la línea de situar a la Constitución Española en esta clara tendencia de las constituciones europeas y de acuerdo con el fundamento de la prerrogativa del aforamiento, y tras el informe que el Gobierno solicitó al Consejo de Estado, la presente reforma limita el alcance de los aforamientos previstos en la Constitución Española para que únicamente resulten aplicables en relación con los delitos que los parlamentarios y los miembros del Gobierno puedan cometer en el ejercicio directo de sus funciones y durante el período de su mandato. A juicio del Consejo de Estado, la supresión absoluta puede distorsionar el normal desenvolvimiento de las actividades legislativa y ejecutiva, especialmente por la existencia de una acción popular (art. 125 CE) que no se contempla en otros ordenamientos europeos.

El Gobierno ha asumido la propuesta del Consejo de Estado y presenta esta reforma constitucional, que pretende ser el primer paso de un proceso más amplio que lleve a la revisión de los aforamientos previstos en múltiples normas de los ordenamientos estatal y autonómicos.

El Anteproyecto será remitido al Consejo General del Poder Judicial, como indica el Consejo de Estado, y será enviado a las Cortes Generales antes de finalizar el año 2018.

El régimen de los aforamientos establecido en la presente reforma de la Constitución Española se aplicará a los procesos iniciados con posterioridad a su entrada en vigor.

(ANTEPROYECTO REFORMA CONSTITUCIÓN)