Empleo y Seguridad Social

Aprobado el desarrollo del sistema de liquidación directa de las cotizaciones a la Seguridad Social

24.7.2015

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  • Las ventajas del sistema de facturación directa de las cotizaciones sociales llegarán a fin de año a cinco millones de trabajadores y la Seguridad Social ha notificado la obligatoriedad al nuevo sistema a 208.480 empresas, con lo que ya son dos millones los trabajadores a los que puede incorporar
  • El nuevo modelo simplifica a los empresarios la obligación de liquidar las cuotas y permite al trabajador conocer de forma transparente su desglose

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla el sistema de liquidación directa de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se trata de un procedimiento que a final de 2015 llegará a cinco millones de trabajadores. Los datos registrados en el mes de julio indican que este sistema puede beneficiar a más de dos millones de trabajadores encuadrados en 208.480 empresas a lo largo de todo el territorio nacional.

Esta cifra corresponde a las notificaciones comunicadas desde la Seguridad Social por las que las sociedades quedan obligadas a integrarse en el nuevo procedimiento de liquidación e ingreso de cuotas sociales.

Se trata de un modelo que supone la simplificación en la obligación de los empresarios a la hora de liquidar las cotizaciones y que garantiza al trabajador información -transparencia total- en el desglose e ingreso de las cotizaciones. Los empresarios adjuntarán junto a la nómina los documentos en los que se establecen los conceptos por los que se cotiza a la Seguridad Social, así como el justificante del ingreso correspondiente.

El texto aprobado hoy dota de mayor simplicidad y uniformidad a la obligación de cotizar por parte de los empresarios, ya que es la propia Tesorería General de la Seguridad Social la que efectúa la liquidación, una vez recibidos los datos de los trabajadores desde la empresa.

Reducción de plazos y novedades en la gestión

En el Real Decreto se establece la reducción de los plazos para comunicar bajas y variaciones de datos de empresas y trabajadores, fijados en los tres días naturales siguientes a que se produzcan, gracias al uso generalizado de medios electrónicos.

Además, se generaliza el uso de medios electrónicos para comunicar cualquier variación de datos personales que afecten al trabajador o sus circunstancias laborales (procesos de incapacidad temporal, cambio de puesto, etcétera).

Se completa la información que consta en las bases de datos de los diferentes organismos (Instituto Nacional de la Seguridad Social, Servicio Público de Empleo Estatal...), de forma que cualquier variación en la situación del trabajador provoca automáticamente el recálculo de la liquidación mensual. Se incorpora también el convenio colectivo en el que está encuadrado cada asalariado.

El objetivo del desarrollo reglamentario del Sistema de Liquidación Directa es dotar de una mayor simplicidad y uniformidad a los actos de encuadramiento de los trabajadores en la Seguridad Social.

Se trata de lograr los objetivos de simplificación del cumplimiento de la obligación de cotizar, reducción de costes para la Seguridad Social, consecución de una mayor efectividad en el control de la gestión recaudatoria y mejora de la calidad de la información utilizada para la liquidación de cuotas.