​Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo de maremotos

20.11.2015

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El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos, que abarca los 7.880 kilómetros de costa repartidos entre el litoral peninsular y los archipiélagos balear y canario, y las Ciudades de Ceuta y Melilla.

La planificación de Protección Civil ante el riesgo de maremotos se articula en torno a los siguientes ejes:

  • Evaluación a través de una cartografía de peligrosidad por zonas.
  • El sistema de alerta consistente en un sistema único y coordinado englobando la red sísmica nacional, los sistemas de detección marina estatales y autonómicos, el sistema de alertas internacionales de países vecinos y los centros regionales de aviso de tsunami, además de la red de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima.
  • La operatividad de los planes, para lo que se constituye una Comisión Técnica sobre riesgo de maremotos como comisión de trabajo que actuará como órgano técnico de consulta de los órganos del plan estatal y, en su caso, autonómicos que detalla la organización de las fases de alerta, emergencia y normalización. Estará compuesta por representantes de las Direcciones Generales de Protección Civil y Emergencias, del Instituto Geográfico Nacional, de Sostenibilidad de la Costa y del Mar y de la Marina Mercante, del Instituto Español de Oceanografía, del Instituto Hidrográfico de la Marina, del Real Instituto y del Observatorio de la Armada, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas -CEDEX-, del Ente Público Puerto del Estado, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y del Instituto Geológico y Minero de España.
  • La previsión de medidas de información, educación y preparación, entre otros, a través de planes de información preventiva en las zonas potencialmente afectadas.