El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio sobre transporte aéreo entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, Convenio que actualiza el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países.
El Convenio sigue la fórmula habitual de este tipo de acuerdos bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados Miembros. A su vez, para la conclusión del texto del Convenio se han cumplido todos los preceptos de un Reglamento comunitario de 2004 sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea.
Este Convenio supone un gran avance dado que, además de la inclusión de las cláusulas comunitarias, se han establecido unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y México y se han añadido las disposiciones referentes a las tarifas.
Además, el Convenio otorga grandes facilidades operativas y oportunidades comerciales para las compañías aéreas de España y México, ofrece la posibilidad de prestar servicios aéreos en régimen de acuerdos de código compartido y otorga un tratamiento favorable y flexible a los servicios exclusivos de carga y los servicios aéreos no regulares.