La Moncloa, Madrid
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la nueva metodología para determinar el cálculo de los costes de comercialización que corresponden a los comercializadores de referencia (COR) para realizar el suministro de energía eléctrica a Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC). Se cumple, así, con las tres sentencias del Tribunal Supremo que obligaban a modificarla.
El PVPC es el precio de la electricidad que aplican las comercializadoras de referencia a aquellos clientes domésticos acogidos a este mecanismo. El PVPC se compone del coste de la electricidad en el mercado, los peajes y los costes de comercialización, y exige tener una potencia contratada inferior a 10 Kw.
Impacto reducido sobre la factura
El coste de comercialización resultante de la nueva metodología es similar al establecido anteriormente, por lo que el impacto sobre la factura del consumidor será reducido.
Según las sentencias del Tribunal Supremo, es necesario regularizar la facturación realizada desde el 1 de abril de 2014 conforme a los nuevos precios que resultan de la metodología, lo que supone de media 1,76 euros por consumidor. En el futuro, la nueva metodología incrementará la factura media doméstica de forma muy moderada. De mantenerse las condiciones vigentes en 2016, el impacto para una factura media sería de veinticinco céntimos de euro/año, es decir, unos dos céntimos al mes.
Esta norma sólo afecta a los consumidores que hayan estado acogidos al PVPC en algún momento entre 2014 y la actualidad, por lo que no afecta a aquellos que hubieran tenido contratado el suministro en el mercado libre.
Metodología
Para elaborar la metodología, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha utilizado como referencia la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y ha tenido en cuenta las valoraciones de todos los agentes afectados. La modificación cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado. Esta metodología reconoce aquellos costes en los que incurren las empresas de acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico.
Una vez que entre en vigor, las compañías tienen nueve meses para realizar las regularizaciones. El consumidor recibirá una carta en la que se le informará de los efectos de la aplicación de la nueva metodología y en su factura se establecerá de forma separada este concepto.