El Consejo de Ministros ha aprobado el funcionamiento del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID-19, cuya dotación inicial es de 1.000 millones de euros. El Fondo está contemplado en el Real Decreto-ley de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial aprobado en marzo por el que se moviliza 11.000 millones de euros en ayudas directas a las empresas, mediante subvenciones, reducción de costes y refuerzo de su capital.
El acuerdo del Consejo de Ministros establece los criterios de elegibilidad de las empresas, reglas de funcionamiento y liquidación del Fondo, competencias de la Gestora y del Comité Técnico de Inversiones. Se mandata al Ministerio de Industria para que directamente o a través de COFIDES, Sociedad Mercantil Estatal que gestiona el fondo, se asegure de la puesta en marcha del fondo en los 30 días siguientes a la autorización de la Comisión Europea.
El Fondo de recapitalización tiene como finalidad fortalecer y recuperar la solvencia de empresas de mediano tamaño de cualquier sector con un importe neto de la cifra de negocios de entre 15 y 400 M€ a nivel consolidado y que, siendo viables a medio y largo plazo, se están viendo afectadas por los efectos de la pandemia en sus balances y en sus mercados. Las operaciones financiadas con cargo al Fondo tendrán un importe de entre 4 y 25 M€ por beneficiario. Dicho intervalo será de entre 3 y 15 M€ en el caso de las PYMEs.
Con cargo al Fondo se prestará apoyo público temporal bajo criterios de rentabilidad, riesgo e impacto en desarrollo sostenible y se hará mediante instrumentos de capital e híbridos de capital y, en su caso, complementariamente, de deuda.
Las operaciones de apoyo público temporal con cargo al Fondo podrán otorgarse hasta el 31 de diciembre de 2021, o hasta la fecha posterior que pudieran disponer el Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, y sus modificaciones (Marco Temporal) o el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, autorizado por la Decisión SA.56851 (2020/N), y sus sucesivas modificaciones (Marco Nacional).
Funcionamiento del Fondo
En su calidad de Gestora del Fondo, COFIDES llevará a cabo en general todas las acciones relativas a la gestión de este y, en particular, tendrá las competencias y desarrollará las funciones que se describen a continuación:
- Recibir, estudiar y evaluar las solicitudes de financiación con cargo al Fondo.
Solicitar del Comité Técnico de Inversiones la aprobación para realizar las operaciones que la Gestora haya considerado viables.
Suscribir y ejecutar los contratos que formalicen las operaciones que previamente le hubiera aprobado el Comité Técnico de Inversiones.
Efectuar el seguimiento de las operaciones e informar al Comité Técnico.
Proponer las personas que deban ser nombradas consejeros en los órganos de administración de las empresas participadas con cargo al Fondo.
Fijar la posición de la AGE en el ejercicio de los derechos y facultades que le correspondan por su participación en el capital social de las beneficiarias.
Realizar los cobros y pagos derivados de las operaciones formalizadas con cargo al Fondo.
Solicitar al Comité Técnico la aprobación para llevar a cabo las renegociaciones, las desinversiones o liquidaciones de las operaciones formalizadas.
Ejercitar las acciones legales en defensa de los intereses públicos.
Registrar todas las operaciones en una contabilidad específica, diferenciada e independiente de la propia.
Elaborar los presupuestos anuales del Fondo.
Aprobar las cuentas del Fondo y remitirlas al Comité Técnico, al propio Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).