El Consejo de Ministros ha acordado remitir a las Cortes Generales el Proyecto de Ley que revertirá recortes educativos introducidos por el Gobierno del PP mediante el Real Decreto-ley 14/2012.
La nueva norma, desarrollada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y con un artículo único, contempla suprimir tres medidas: la posibilidad de elevar hasta un 20% las ratios máximas de alumnos por aula, el aumento obligatorio de la jornada lectiva de los docentes (como mínimo de 25 horas, en infantil y primaria, y de 20, en secundaria) y la espera de 10 días lectivos para nombrar a funcionarios interinos que sustituyan a profesores titulares de baja.
El Proyecto de Ley de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria expone que, puesto que las medidas del Real Decreto-ley se tomaron por la coyuntura económica del momento, la favorable evolución de la situación económica del país aconseja su revisión.
Impacto en la calidad de la enseñanza
Mantener la posibilidad de elevar las ratios por aula "tendría un alto impacto en la garantía de los estándares de calidad de la enseñanza, que se ven afectados con la elevación del número de alumnos por aula", recoge la nueva norma.
Las Administraciones educativas proveerán los recursos necesarios para garantizar que no se supere el número máximo de alumnos por aula en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria establecido en la Ley Orgánica de Educación.
En cuanto a la eliminación del incremento de la jornada lectiva de los docentes, las Administraciones Públicas con competencias educativas podrán establecer en su respectivo ámbito la parte lectiva de la jornada semanal de los profesores. De esta forma, se devuelve a las comunidades la capacidad de determinar la carga lectiva de sus docentes.
Lo mismo ocurre con la tercera medida que contempla revertir la nueva norma, la referida al periodo de sustitución transitoria de los docentes, que pasará de 10 días a ser una sustitución inmediata desde el momento de la baja del titular.
La derogación de este plazo de 10 días entrará en vigor de manera inmediata, al día siguiente de la publicación de la ley en el BOE. Las otras dos medidas entrarán en vigor para el curso 2019-2020 por razones de planificación y organización del curso escolar.
Presentado a comunidades, sindicatos y órganos consultivos
El anteproyecto fue presentado a los consejeros autonómicos en la Conferencia Sectorial de Educación del pasado 30 de julio y fue aprobado.
El texto también fue presentado a las organizaciones sindicales de la enseñanza y ha sido analizado por el Consejo Escolar del Estado. También se ha sometido a consulta e información pública y se ha explicado a los sindicatos de docentes de enseñanza pública no universitaria.