Galicia y Asturias declaradas "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil", a cuasa d elos incendios forestales

10.11.2017

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declaran las Comunidades Autónomas de Galicia y del Principado de Asturias "zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil", como consecuencia de los incendios forestales acaecidos en el mes de octubre de 2017.

Galicia y Asturias se vieron afectadas por un gran número de incendios forestales, que provocaron una situación extremadamente complicada debido a la concurrencia de distintos factores tales como la sequía persistente, los fuertes vientos, unas temperaturas muy elevadas y una humedad muy baja.

En las provincias de Pontevedra, Ourense y Lugo, así como en el Principado de Asturias, los incendios fueron de grandes dimensiones, que dieron lugar a que los días 15 y 16 de octubre la Xunta de Galicia decretara numerosas "situaciones 1 y 2" por incendios forestales; esto es, una emergencia provocada por uno o varios incendios forestales que, en su evolución previsible, pudieran afectar gravemente a la población y a los bienes de naturaleza no forestal, y que exige la adopción inmediata de medidas de protección y socorro.

Medidas de competencia del Ministerio del Interior

  • Ayudas por daños personales.
  • Ayudas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
  • Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.(En estos tres tipos de ayudas se aplicarán las establecidas en un Real Decreto del 18 de marzo de 2005).
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes.
  • Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
  • Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Se prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos incendios.

Para la coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas en este Acuerdo, se constituirá una comisión de coordinación integrada por representantes de las Administraciones Públicas afectadas.

Medidas competencia de otros ministerios

  • Infraestructuras locales (Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales). Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial.
  • Beneficios fiscales (Ministerio de Hacienda y Función Pública). Por el titular de este Ministerio se podrán concretar, en su caso, la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio 2017 y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Actuaciones de restauración forestal y medioambiental en la Red Nacional de Caminos Naturales y actuaciones de reparación en el dominio público hidráulico (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente). Se faculta a la ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para declarar zona de actuación especial para la restauración forestal y ambiental, del dominio público hidráulico, o de la Red Nacional de Caminos Naturales de las zonas afectadas, y para declarar la emergencia de las obras a ejecutar con dicha finalidad.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social (Ministerio de Empleo y Seguridad Social). Por orden de la ministra de Empleo y Seguridad Social se desarrollarán las medidas laborales y de Seguridad Social: exenciones o moratorias en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, consideración de causa mayor los despidos o reducciones de jornada, etcétera.

Financiación

Dada la proximidad de los siniestros, aún no se han podido cuantificar de manera definitiva los daños producidos. No obstante, de la información suministrada por las Delegaciones del Gobierno en ambas Comunidades Autónomas, por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, y por los Departamentos afectados, los daños, de momento, ascienden a unos 13,1 millones de euros -se trata, por tanto, de una estimación provisional-, con la siguiente distribución:

  • En cuanto a las ayudas que corresponden al Ministerio del Interior, se ha estimado que las mismas pueden ascender a 1.807.280 euros para los damnificados en Galicia; en Asturias aún no se dispone de datos oficiales.
  • Respecto a los costes para los restantes Departamentos, pueden resumirse en:
  1. En el ámbito del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, los costes ascenderían a 7,5 millones de euros, que se distribuyen en la inversión necesaria para la restauración forestal y medioambiental (cinco millones de euros); la reparación de los daños en la Red Nacional de Caminos Naturales, que se ha presupuestado en unos 700.000 euros; y la reparación de los daños producidos en las cuencas del Miño-Sil, Cantábrico y Duero, estimada en unos dos millones de euros.
  2. En cuanto al Ministerio de Fomento, los daños en infraestructuras ferroviarias y en carreteras ascienden a 3,8 millones de euros.

En principio, el Acuerdo prevé que la financiación de estas medidas se realizará con cargo a las disponibilidades presupuestarias de cada Departamento ministerial.