Aprobada la regulación y constitución del Observatorio de Salud de las Mujeres

1.3.2019

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El Consejo de Ministros ha aprobado la regulación y composición del Observatorio de Salud de las Mujeres (OSM). De esta forma se desarrolla el acuerdo adoptado en el Real Decreto 1047/2018 que desarrolla la estructura orgánica básica del ministerio, en la que se recuperó el OSM.

Con ello, se da un paso más en su compromiso con la igualdad entre hombres y mujeres, así como la voluntad de sumarse activamente a los compromisos internacionales dirigidos a eliminar cualquier forma de discriminación en materia de salud por razones de género.

De esta forma, se aprueba la regulación y composición de este organismo, que desempeñará funciones como promover la integración del principio de igualdad en las políticas públicas de salud, especialmente en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (SNS), en cumplimiento de lo establecido por el artículo 27 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

También cuenta entre sus objetivos obtener y difundir la información para mejorar el conocimiento acerca de las causas y dimensiones de las desigualdades de género en la salud, así como dar soporte al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) en el desarrollo de los indicadores, la metodología y los procedimientos que permitan el análisis de género de las políticas sanitarias del SNS.

A estas funciones suma las de colaborar con la Comisión contra la Violencia de Género del CISNS en el marco de la elaboración del Informe Anual de Violencia de Género. También realizar el seguimiento de las actuaciones que pudieran abordarse en el ámbito de la incidencia del género en la salud y de aquellas que en materia de igualdad afecten a todos los agentes del sistema sanitario, entre otras.

Entre las acciones más inmediatas a desarrollar por parte del OMS se encuentran, en materia de salud sexual y reproductiva, la actualización, desarrollo e implementación de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva, la elaboración de una nueva encuesta nacional de salud sexual con perspectiva de género y de un estudio cualitativo de salud sexual en jóvenes.

En el apartado de violencia de género, se elaborará un informe anual de los casos detectados en el SNS y se presentarán los resultados de la aplicación de las buenas prácticas en el SNS sobre violencia de género (cribado de violencia de género en atención primaria, entre otros aspectos).

Además, en el área de análisis de políticas de salud se recuperará la Estrategia de Salud y Género en el SNS y en la parcela de formación profesionales se impulsarán cursos y talleres de buenas prácticas junto con la Escuela Nacional de Sanidad del instituto de Salud Carlos III.

Respecto a su composición, el OSM contará con una presidencia, dos vicepresidencias, 21 vocalías y una secretaría.

Recuperación del OSM

El 5 de marzo de 2004 el Consejo de Ministros acordó la creación del Observatorio de Salud de la Mujer (OSM) con el objetivo de dotar a la Administración General del Estado de una comisión que permitiera coordinar la actuación de los diferentes órganos implicados, y contribuir así a conseguir la equidad en el ámbito de la salud desde una perspectiva que contemplase las diferencias de género.

En la Ley 15/2014 de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa se estableció la integración funcional de varios observatorios del ámbito sanitario en un único órgano de consulta y asesoramiento, el Observatorio de Salud. Uno de los organismos afectados fue el OSM que se vació de recursos y dejó de tener la actividad de generación de contenidos, evidencia y propuestas que había registrado los años anteriores.

La medida adoptada hoy consolida la recuperación iniciada con la recuperación del OMS en la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.